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Perú: gerenciamiento corporativo aplicado a los gobiernos locales (página 2)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

 

PARTE I:

PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO Y TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN

CAPITULO I:

PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO

  1. Según la Constitución Política del Estado, las municipalidades distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Estas grandes responsabilidades solo se pueden hacer mediante el gerenciamiento corporativo de estos gobiernos, de modo que permita administrar en forma eficiente, efectiva y económica los recursos que otorga el estado y que corresponden a toda la colectividad de la jurisdicción.

    De esta forma en este trabajo, se propone un plan de gerenciamiento corporativo para los gobierno locales, el mismo que comprende la identificación de los principios, recursos, estándares, herramientas, estrategias y proceso del gobierno corporativo. De aplicarse este plan en los gobiernos locales, los mismos podrían alcanzar eficiencia, eficacia, economía, productividad, mejora continua y competitividad en la utilización de los recursos y en la prestación de servicios a la colectividad.

  2. DESCRIPCIÓN DEL TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

    RELIMITACIÓN ESPACIAL:

    El trabajo de investigación se realizará tomando como base los Gobiernos Locales Distritales de Lima Metropolitana, porque a diferencia de los Gobiernos Locales Provinciales, en estos los recursos son mas escasos lo que no permite disponer de técnicos que realicen aportes para un adecuado gerenciamiento corporativo.

    RELIMITACIÓN TEMPORAL:

    Es una investigación de actualidad. Sin embargo se tomarán como referencia los resultados obtenidos los años 2003 a 2004 y su proyección al quinquenio 2005-2010.

    RELIMITACIÓN SOCIAL:

    Abarcará a los Alcaldes, Regidores, trabajadores y los vecinos de las jurisdicciones distritales.

    En la Ley Orgánica de Municipalidades que trata de estos elementos humanos, pero no se indica como insertarlos en un equipo que trabaje conjuntamente en el gerenciamiento corporativo de su gobierno local.

  3. DELIMITACIONES DE LA INVESTIGACIÓN
  4. PROBLEMAS DE LA INVESTIGACIÓN

1.3.1. DESCRIPCIÓN DE LA REALIDAD PROBLEMÁTICA

Según la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), "los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización.

Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico"

Según los vecinos y mi propia experiencia profesional, me ha llevado a determinar que los gobiernos locales no son los canales inmediatos de participación que la Ley establece y que los vecinos reclaman y esto se puede comprobar por las constantes denuncias y quejas de los vecinos contra las autoridades municipales.

Los gobiernos locales tienen problemas en sus elementos esenciales: territorio, población y organización. Específicamente tienen problemas de demarcación de sus territorios lo que ocasiona que los vecinos de las áreas en disputa no contribuyan a ninguno de los municipios; los servicios que prestan a sus poblaciones son insuficientes y de mala calidad, lo que ocasiona constantes reclamos y la renuencia al pago de tributos por parte de la población. En cuanto a su organización, existe falta de documentos normativos, otras veces existe los documentos pero no se aplican por las autoridades y los ejecutivos; tienen problemas de autoridad, responsabilidad y coordinación lo que hace que un trabajador no coordine su trabajo, rehuya la responsabilidad y no sepa si responde a uno u otro jefe; asimismo su estructura organizacional ha sido establecida sin criterios técnicos y sin tener en cuenta los nuevos paradigmas del gerenciamiento corporativo.

La LOM, establece que "los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción". Al respecto se ha determinado mediante encuestas que los vecinos no se sienten representados por las autoridades de los gobiernos locales por la falta de responsabilidad en el cumplimiento de las promesas electorales; los vecinos indican que no existe una política promocional ni adecuada en la prestación de servicios públicos locales; asimismo los vecinos desconocen que los gobiernos locales estén trabajando por el desarrollo integral, sostenible y armónico de sus circunscripciones, por el contrario denuncian que cada grupo de autoridades que ingresa a los municipios no realiza las obras pendientes de gestiones anteriores, realizan algunas obras sin armonizar criterios con otras entidades ni con los vecinos, lo que origina sobrecostos por tener que rehacer o en el peor de los casos tener que destruir las obras realizadas.

La LOM, establece que "el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales". Se ha determinado que muchos gobiernos locales no realizan planeación alguna, en otros casos, los planes y programas municipales no son integrales y no tienen la participación de sus vecinos.

La LOM, cuando se refiere a la gestión municipal, dice que "los servicios públicos locales pueden ser de gestión directa y de gestión indirecta, siempre que sea permitido por ley y que se asegure el interés de los vecinos, la eficiencia y eficacia del servicio y el adecuado control municipal. En toda medida destinada a la prestación de servicios deberá asegurarse el equilibrio presupuestario de la municipalidad". En este contexto, se ha determinado que los servicios son escasos y de mala calidad por tanto no aseguran el interés de los vecinos que necesitan mejores servicios de limpieza, mejor alumbrado público, mejor tratamiento de sus parques y jardines, mejor seguridad vecinal y otros servicios municipales; por otro lado la facilitación de servicios se realiza sin una adecuada racionalización de recursos, lo cual ocasiona mayores costos que beneficios y al tener una vecindad insatisfecha no se alcanza la eficacia del servicio. Como consecuencia de esto se origina un desequilibrio en los presupuestos de los gobiernos locales, lo que origina el arrastre de resultados negativos, lo que afecta la imagen institucional de estas entidades públicas.

La LOM., cuando se refiere al desarrollo económico local dice: "Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social". Se ha determinado que esto tampoco se cumple. Por el contrario los empresarios se quejan del alto costo de las licencias municipales de funcionamiento, de los avisos publicitarios, de los tributos: impuesto predial, patrimonio automotriz, embarcaciones de recreo, rodaje, tasas municipales (limpieza pública, serenazgo, parques y jardines y otros), todo lo cual antes de ser facilitador del desarrollo económico de su circunscripción territorial y la actividad empresarial local, es atentatorio contra ello. Al respecto hay acciones de amparo, denuncias en la prensa, protestas en locales municipales y otras acciones que realizan los empresarios. Por otro lado está la queja de los vecinos, cuando los municipios sin tener en cuenta sus propias normas realizan autorizaciones de grifos, plantas industriales, hoteles, discotecas u otros establecimientos junto a locales escolares, iglesias, conjuntos residenciales; lo que ocasiona la protesta airada de la vecindad.

La LOM, establece que "las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confiere el artículo 197° de la Constitución, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos. El presupuesto municipal debe sustentarse en el equilibrio real de sus ingresos y egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo que establece la normatividad sobre la materia. Para efectos de su administración presupuestaria y financiera, las municipalidades provinciales y distritales constituyen pliegos presupuestarios cuyo titular es el alcalde respectivo". Esta norma al ser relativamente nueva, no es aplicada en la gran mayoría de gobiernos locales, lo que origina que no haya participación de la población en la formulación de los presupuestos participativos y por otro lado se aprueban presupuestos en evidente desequilibrio, otras veces se mangonea a la población para obtener su apoyo.

Toda esta problemática descrita no es otra cosa que, el resultado de una falta de gerenciamiento corporativo, que no viene aplicándose en los gobiernos locales que debería incorporar en un solo equipo a las autoridades municipales elegidas, los trabajadores municipales y los vecinos de sus jurisdicciones para gestionar los recursos que utilizan las municipalidades y que redundan en la comunidad a través de servicios.

1.3.2. PROBLEMA PRINCIPAL

¿ Cómo organizar el gerenciamiento corporativo de modo que se convierta en facilitador de la Optimización de los gobiernos locales distritales y contribuya en total beneficio de su jurisdicción ?

  1. PROBLEMAS SECUNDARIOS
  1. ¿ De qué manera el proceso del gerenciamiento corporativo de un gobierno local distrital, puede optimizarse con las normas municipales ?
  2. ¿ Qué hacer para que los recursos humanos, materiales y financieros de los gobiernos locales distritales, sean facilitadores de la eficiencia, eficacia y economía de la gestión municipal ?
  3. ¿ El establecimiento de estándares gerenciales puede ayudar a la obtención de resultados en el gerenciamiento corporativo de los gobiernos locales distritales ?
  1. Para que los recursos utilizados por los gobiernos locales, alcancen las metas, objetivos, misión y visión institucional, es necesario que los mismos estén gestionados corporativamente por el Alcalde, Regidores, trabajadores municipales y vecinos de su jurisdicción.

    El gobierno corporativo, incluye la planeación, organización, ejecución, coordinación y control de las actividades establecidas por la Ley Orgánica de Municipalidades para los gobiernos locales, mediante la utilización de los recursos humanos, materiales y financieros para el logro de los objetivos.

    En la gestión institucional moderna, es vital el gerenciamiento corporativo de los planes, cumplimiento de leyes y otros aspectos relacionados con la gestión de las actividades de los gobiernos locales; lo que se puede realizar eficazmente con la participación activa y dinámica de autoridades, trabajadores y vecinos.

    La aplicación del gerenciamiento corporativo, permitirá asegurar que las políticas y procedimientos vigentes se adecuen a las necesidades de los vecinos. Asimismo asegura un seguimiento adecuado para constatar si las políticas y actividades de control son obedecidas por las autoridades, trabajadores y vecinos.

    El gerenciamiento corporativo, permitirá hacer frente a la rápida evolución del entorno económico, social y competitivo, así como a las exigencias y prioridades cambiantes de la comunidad y adaptar su estructura, procesos y procedimientos para asegurar la continuidad y desarrollo

    El gerenciamiento corporativo, fomenta la eficiencia y ayuda a garantizar la optimización de los sistemas, sub-sistemas, recursos, la fiabilidad de la información financiera y el cumplimiento de las normas vigentes.

    Debido a que el gerenciamiento corporativo es mucha utilidad para la consecución de los objetivos institucionales, cada vez es mayor la necesidad de aplicarlo, lo que hace que se justifique ventajosamente su aplicación en los gobiernos locales distritales.

    El gerenciamiento corporativo, debe ser considerada como una solución a los problemas potenciales en la gestión de todos los sistemas administrativos de las municipalidades distritales.

    La importancia que tiene este trabajo es que podría ser utilizado por los gobiernos locales distritales para llevar a cabo su gestión municipal en el marco de las estrategias y orientado a mejorar la calidad de su gestión institucional en total beneficio para las comunidades locales. Con este documento pueden ayudarse en la previsión oportuna y utilización adecuada de los recursos disponibles con el objeto de optimizar las deficiencias existentes en las administraciones municipales vigentes.

  2. JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN
  3. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN

OBJETIVO GENERAL:

Determinar un plan de gerenciamiento corporativo, que considere a las autoridades, trabajadores y la comunidad vecinal; las estrategias; recursos materiales y financieros y los objetivos que deben alcanzarse en provech9o de sus jurisdicciones municipales distritales

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

  1. Establecer los criterios técnicos para aplicar las normas municipales, de modo que contribuyan adecuadamente a la Optimización de los gobiernos locales de los distritos de lima metropolitana
  2. Establecer la participación integral de autoridades, trabajadores y vecinos de las municipalidades distritales en el logro de las metas y objetivos institucionales
  3. Establecer los estándares para el gerenciamiento corporativo de los gobiernos locales distritales, para medir la eficiencia, eficacia y economía de los servicios que prestan en provecho de la comunidad.
  1. HIPÓTESIS DE LA INVESTIGACIÓN

HIPÓTESIS GENERAL:

El gerenciamiento corporativo, debe organizarse entrelazando los recursos humanos, ideas estratégicas, recursos materiales y los objetivos institucionales; de tal modo que se obtenga eficiencia, eficacia y economía en la gestión integral de los gobiernos locales distritales.

HIPÓTESIS SECUNDARIAS:

  1. Los gobiernos locales distritales pueden optimizar su gerenciamiento corporativo si aplican las normas municipales con criterio técnico y buscando efectividad en la comunidad.
  2. La participación de las autoridades, trabajadores y vecinos de una comunidad son los verdaderos facilitadores de la eficiencia, eficacia y economía de los recursos municipales
  3. Los estándares permiten medir la eficiencia, eficacia y economía de los gobiernos locales; lo que se refleja en los resultados financieros, económicos y sociales.

VARIABLES E INDICADORES DE LA INVESTIGACIÓN:

1. VARIABLE INDEPENDIENTE:

X. GERENCIAMIENTO CORPORATIVO

  • INDICADORES:

X.1..Proceso del gerenciamiento corporativo

X.2. Recursos para ejecutar el gerenciamiento corporativo

X.3. Estándares para medir la gestión del gerenciamiento corporativo.

2. VARIABLE DEPENDIENTE:

Y. OPTIMIZACION DE LOS GOBIERNOS LOCALES

  • INDICADORES:

Y.1. Normas de los gobiernos locales distritales

Y.2. eficiencia, eficacia y economía de los gobiernos locales distritales

Y.3. Resultados financieros, económicos y sociales de los gobiernos locales

distritales

  1. METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

1. 7. 1. TIPO DE INVESTIGACIÓN

Este trabajo, es una investigación científica del tipo básica o pura, por cuanto presenta la teorización integral a través de la doctrina administrativa y/o gerencial: principios, normas, conceptos, procesos y procedimientos, técnicas, prácticas.

En este trabajo se dispone de información administrativa, financiera, económica, patrimonial, presupuestaria, los Informes de Auditoria interna y externa y las memorias de los Alcaldes Distritales. Asimismo se contará con las Leyes: orgánicas y específicas; Estatutos, Reglamentos internos, manuales, directivas y otros documentos relacionados con la programación, ejecución y control de las actividades municipales. Se estima que todo este banco de datos representará el sustento empírico y numérico para llegar a conclusiones.

1.7.2. NIVEL DE INVESTIGACIÓN

Es una investigación del nivel descriptivo – explicativo, por cuanto presenta la realidad actual de la gestión municipal distrital y se explica la forma como obtener la eficiencia, eficacia y economía en la utilización de los recursos, los mismos que redundarán de una u otra forma en los servicios que prestan los gobiernos locales a sus comunidades.

1.7.3. MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN

DESCRIPTIVO:

El que ha permitido detallar, especificar, particularizar los hechos que se han suscitado en la gestión municipal, de modo que permitan inferir o sacar conclusiones válidas para ser utilizadas en el trabajo de investigación

ANALÍTICO:

Este método permitirá examinar la gestión municipal en la operatividad de los servicios que reciben las jurisdicciones locales, para poder inferir o formular conclusiones sobre su incidencia en la eficiencia, eficacia y economía de la gestión municipal

En el proceso de desarrollo de este trabajo de investigación, además de estos métodos se aplicarán otros pero en menor incidencia, de modo que su adecuada complementación permitirá obtener los resultados que persigue este Trabajo. En todo caso, la utilización de métodos o cualquier procedimiento o técnica de trabajo no es limitativa en el trabajo de investigación, si no meramente enunciativa.

1.7.4 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN

El diseño que se ha aplicado en la investigación es el de objetivos. De esta forma el Objetivo general se forma a partir de los objetivos específicos, con los cuales se contrastan. A su vez los Objetivos específicos, constituyen la base para formular las Conclusiones Parciales de la Investigación. Las Conclusiones Parciales, se correlacionan adecuadamente para formular la Conclusión Final de la Investigación, la misma que debe ser congruente con la Hipótesis General, la misma que constituye la respuesta a la problemática planteada en el trabajo de investigación.

1.7.5. POBLACIÓN

La población de este trabajo de investigación estará constituida por los Gobiernos Locales Distritales de Lima Metropolitana.

1.7.6. MUESTRA

La muestra de este trabajo de investigación estará constituida por:

  • La Municipalidad Distrital de Comas.
  • La Municipalidad Distrital de Independencia.
  • La Municipalidad Distrital de Los Olivos.

Las razones que me han llevado a direccionar la muestra, es debido al carácter técnico del trabajo, a la facilidad en la obtención de la data que necesita la investigación y que por lo general otras municipalidades son renuentes a facilitarla. Otra razón es el crecimiento poblacional de estos distritos y que por tanto requieren mayor dotación de servicios para sus vecinos. La ubicación geográfica también a incidido y otros factores que se desarrollarán ampliamente en el marco teórico de la investigación

1.7.7. TÉCNICAS DE RECOPILACIÓN DE DATOS

  • Revisión documental.- Se utilizarán para obtener datos de las normas, libros, tesis, manuales, reglamentos, directivas, memorias, presupuestos, estados financieros y presupuestarios relacionados gestión institucional de las municipalidades distritales.
  • Entrevistas.- Esta técnica se aplicará para obtener datos de parte de los alcaldes y regidores de las municipalidades distritales para determinar como se desarrollan la gestión de sus recursos municipales.
  • Encuestas.- Para aplicar cuestionarios de preguntas, con el fin de obtener datos para el trabajo de investigación de parte de los trabajadores y vecinos de las municipalidades distritales.

1. 7. 8. INSTRUMENTOS DE RECOPILACIÓN DE DATOS

  • Ficha bibliográfica– Instrumento para recopilar datos de las normas legales, administrativas, contables, de auditoria, de libros, revistas, periódicos, trabajos de investigación e Internet relacionados con el trabajo de investigación..
  • Guía de Entrevista.- Instrumento que será utilizado para llevar a cabo las entrevistas con los alcaldes y regidores de los gobiernos locales distritales.
  • Ficha de encuesta.- Este instrumento será aplicado para obtener datos de los trabajadores y vecinos de las municipalidades distritales, para luego convertirla en información del trabajo de investigación

1.7.9. TÉCNICAS DE ANÁLISIS

Se aplicarán las siguientes técnicas:

  1. Análisis documental
  2. Tabulación de cuadros con cantidades y porcentajes
  3. Comprensión de gráficos
  4. Conciliación de datos
  5. Indagación
  6. Rastreo
  1. TECNICAS DE PROCESAMIENTO DE DATOS.
  1. Ordenamiento y clasificación
  2. Registro manual
  3. Proceso computarizado con Excel
  4. Proceso computarizado con SPSS

CAPITULO II:

PLANTEAMIENTO TEÓRICO DE LA INVESTIGACIÓN

  1. Se ha podido determinar que existen trabajos de investigación referidos a la administración, planeamiento, organización, ejecución presupuestal, sistema de control interno de entidades privadas como públicas; pero ninguno referido directamente al gerenciamiento corporativo de los gobiernos locales.

    Los trabajos que existen aportan algunos puntos importantes a nuestra investigación.

    La Tesis de León y Zevallos (2001), tiene como objetivo hallar soluciones a los problemas de la gestión municipal debido a las irregularidades administrativas y de control. Este trabajo se relaciona con el presente trabajo.

    Avendaño (2002), a través de su Tesis, realiza una descripción del proceso de Ejecución presupuestal. Se puede establecer un nexo con la presente investigación en la medida que ambos trabajos precisan los recursos humanos, materiales y financieros que necesita la entidad para ejecutar sus actividades y cumplir sus objetivos.

    Otro trabajo de investigación, es el de Tello (2003), en este caso la vinculación que tiene ese trabajo con la presente investigación, se refiere a la formulación, programación y ejecución presupuestal , enfocada desde una perspectiva critica y descriptiva , el autor hace una referencia al proceso de consolidación y ejecución del presupuesto central en todos los ámbitos. El trabajo de Tello está enmarcado en los principios del presupuesto: La unidad, la universalidad, anualidad y la especialidad.

    Otro trabajo investigado es el de Garay quien al referirse a la Ejecución del presupuesto dice que " Implica el manejo de los planes y actividades aprobadas para un determinado periodo, a un costo que se mantenga dentro de los limites de los recursos disponibles estimados". A continuación dice "Hay dos aspectos que concierne a la ejecución presupuestal , uno de ellos es el control, que son las medidas que se toma para cumplir con lo fijado en el plan financiero aprobado, y el otro la flexibilidad , en la que se relaciona la recepción de los fondos con el ajuste de los planes a las nuevas necesidades"

    Terry , en su obra, hace referencia al proceso de gerenciamiento empresarial: planeación, organización, ejecución, coordinación y control; lo cual evidentemente está relacionado con nuestro trabajo de investigación.

    Krause, cuando adapta el texto clásico de Sun Tzu al mundo de hoy, se refiere a las tácticas y estrategias que debe adoptar el gerenciamiento corporativo para cumplir con sus objetivos, lo cual será de mucha utilidad para la investigación.

    JOHNSON & SCHOLES, establecen una serie de conceptos sobre el gerenciamiento corporativo, como: la definición de estrategias, el análisis estratégico, la elección de estrategias gerenciales, implementación de las estrategias.

    ANDRADE, dice que en un mundo contemporáneo, los gerentes de las empresas públicas y privadas deben actuar bajo el supuesto de que la economía es muy dinámica y el cambio es la regla afín de las empresas y las personas. A continuación indica que el planeamiento es una técnica de gestión gerencial que permite dominar y afrontar los cambios previstos. Toda entidad requiere de técnicas científicas y métodos modernos, siendo el planeamiento gerencial un método para la búsqueda de mejoras y solución a los problemas existentes en un período dado.

    Elorrega Montenegro G., cuando se refiere al sistema de control interno dice que es el encargado de examinar las operaciones de las entidades en consideración de los siguientes aspectos. i) que los planes y la política general del organismo, así como los procedimientos aprobados para su ejecución, se cumplan de manera satisfactoria; ii) que los resultados de los planes y de la política general respondan en su ejecución a los objetivos perseguidos; iii) que la estructura orgánica de la entidad, la división de las funciones y los métodos de trabajo sean adecuados y eficaces; iv) que la adopción o revisión de algún plan, política, procedimiento o método, o algún cambio en la estructura básica o en la división de funciones, pudiera contribuir a mejorar el funcionamiento general de la institución; v) que los bienes patrimoniales se hallen debidamente protegidos y contabilizados; vi) que las transacciones diarias se registren en su totalidad en forma correcta y oportunamente; vii) que la entidad se encuentre razonablemente protegida contra fraudes, despilfarros y pérdidas; viii) que los medios internos de comunicación transmitan información fidedigna, adecuada y oportuna a los niveles de decisión y de ejecución responsables de la buena marcha de la entidad; y, ix) Que las tares individuales se cumplan con eficiencia, eficacia, prontitud y honestidad.

  2. ANTECEDENTES BIBLIOGRÁFICOS

    Uno de los sectores de la Administración Pública que ha demorado ponerse acorde con la modernidad y en carrera de la calidad total en prestación de servicios, es indudablemente la Municipalidad, refiriéndonos a las municipalidades en general. Los servicios en general que se brindan en estas instituciones dejan mucho que desear. Podría decirse que son muestra de la ineficiencia alcanzada con experiencia. Sin embargo, es necesario realizar un análisis mucho más serio del por qué la situación actual de las Municipalidades y sobretodo de la situación de la Administración Tributaria Municipal y su necesaria modernización.

    Haciendo un poco de historia podemos decir que, entre 1892 y 1919, en la llamada República Aristocrática, se reorganizó tímidamente la institución municipal. En 1892, se promulgó una Ley Orgánica, que increíblemente, se mantuvo vigente hasta 1984.

    En 1920, en el Oncenio de Leguía, se suspendió la electividad de los cargos municipales. Se decidió que el Ministerio de Gobierno, actualmente Interior, nombre a alcaldes y regidores. En consecuencia tuvieron que pasar cuarenta y tres años para que, en el primer gobierno de Fernando Belaunde Terry, se volviera a elegir democráticamente a las autoridades locales. Posteriormente, durante el gobierno militar se retomó a la "dedocracia", para designar a los alcaldes.

    Al recuperarse la democracia, en 1980, se reinició la elección de alcaldes y regidores, y al igual que en 1963 fue en el segundo gobierno del presidente Belaunde.

    A pesar de este escenario sombrío, los municipios son la vanguardia del proceso de democratización que requiere el país. Cabe manifestar entonces que el desarrollo municipal en general ha sido y es muy incipiente en el Perú, lo cual indudablemente involucra a todos sus sistemas. Y es necesario mencionar que desde que se restablecieron las elecciones democráticas para la elección de alcaldes y regidores, el municipio se convirtió en la fuente para poder pagar los favores políticos, derivando ello en la asimilación de personal que no era el más adecuado para desempeñar funciones propias de dichas instituciones.

    La nueva Ley Orgánica de Municipalidades – Ley No. 27972, fue publicada en el Diario Oficial el Peruano el 27 de Mayo de 2003. Como antecedente diremos que la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley no. 23853, derogada, entró en vigencia en el mes de Junio del año 1984 e interpretaba la realidad económica, política, social y cultural de esa época y dentro del marco de la Constitución Política de 1979.

    En 1993 entra en vigencia la nueva Constitución y trajo novedades en materia municipal. De hecho modificó la Ley Orgánica de Municipalidades en vigencia. Por ejemplo en la Constitución de 1979 sólo se reconocía a las Municipalidades la autonomía política y económica, mientras que la Constitución de 1993 le agrega la autonomía administrativa, otorga a las Ordenanzas rango de Ley, también les otorga iniciativa legislativa en materia de su competencia, y la irrenunciabilidad y revocabilidad de los cargos de Alcaldes y Regidores, entre otras situaciones que ésta nueva Ley Orgánica de Municipalidades recoge.

    La realidad política, económica, social, cultura y jurídica en que vivimos hoy es distinta a la que sirvió de base para la derogada Ley No. 23853, es más vivimos hoy en un mundo globalizado al que nuestro país no escapa.

    En general esta nueva Ley Orgánica de Municipalidades agrega a la anterior nuevos conceptos que buscan hacer posible la interrelación de una democracia representativa con el carácter participativo. Se habla de presupuestos participativos, rendición de cuentas, vigilancia ciudadana, transparencia en la información, aspecto esencial para el ansiado desarrollo, de concertación del medio ambiente, desarrollo sostenible, desarrollo de capacidades, del proceso de descentralización y dentro de ella transferencias de competencias, de la organización y participación ciudadana en la gestión de la administración municipal y en base a ello, de alguna manera, superar los males de la administración Municipal que son similares a los de la administración Pública.

  3. RESEÑA HISTÓRICA DE LA INVESTIGACIÓN
  4. BASE LEGAL DE LA INVESTIGACIÓN

Los gobiernos locales distritales se rigen en base a las siguientes normas:

  • Constitución Política del Estado
  • Ley Orgánica de Municipalidades
  • Ley de Regionalización.
  • Ley de gestión Presupuestaria del Estado
  • Ley del Presupuesto Anual del Sector Público
  • Ley de Creación del Distrito.
  • Ley de Tributación Municipal- Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal.
  • Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana
  • Ley y reglamento de Procedimientos de ejecución Coactiva.
  • Directiva para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestado de los gobiernos locales.
  • Plan Operativo de Municipalidad Distrital.
  • Directivas y otros documentos internos.
    1. Según Valdivia (2006), la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, establece que basados en los Planes de Desarrollo Municipal Distritales Concertados y sus Presupuestos Participativos, el Consejo de Coordinación Local Provincial procede a coordinar, concertar y proponer el Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado y su Presupuesto Participativo, el cual luego de aprobado es elevado al Consejo de coordinación regional para su integración a todos los planes de desarrollo municipal provincial concertados de la región y la formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado.

      Estos planes deben responder fundamentalmente a los principios de participación, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusiónk, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia de las políticas locales, especialización de las funciones, competitividad e integración.

      Los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos tiene un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos concejos municipales.

      Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, conforme al artículo 197° de la Constitución.

      Adecuando los conceptos de Toso (2005), un plan, es un instrumento de planificación, parte del proceso administrativo, muy útil que comprende la estructura de operaciones a realizar, ordenadas de manera coherente, coordinada e implementada con los recursos disponibles en este caso de la localidad. Este plan de desarrollo concertado debiera concluir en un plan de acción, que es en definitiva una declaración precisa y clara de la finalidad que se persigue, así el plan debe constituirse en una guía opara determinar y orientar la inversión o la asignación y ejecución de los recursos ediles hacia los propósitos concertados con la comunidad para bien de la localidad.

    2. PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL DISTRITAL CONCERTADO
    3. ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL Y FUNCIONAL
  1. GOBIERNOS LOCALES

Son órganos de gobierno local las municipalidades provinciales y distritales. La estructura orgánica de las municipalidades está compuesta por el concejo municipal y la alcaldía.

2.4.2. 1. CONCEJO MUNICIPAL

El concejo municipal, provincial y distrital, está conformado por el alcalde y el número de regidores que establezca el Jurado Nacional de Elecciones, conforme a la Ley de Elecciones Municipales. Los concejos municipales de los centros poblados están integrados por un alcalde y 5 (cinco) regidores. El concejo municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras.

Corresponde al concejo municipal:

  1. Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo.
  2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos.
  3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local.
  4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley.
  5. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial.
  6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades.
  7. Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional.
  8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
  9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley.
  10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor.
  11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.
  12. Aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal.
  13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al Congreso de la República.
  14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal.
  15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento.
  16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad.
  17. Aprobar el balance y la memoria.
  18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley, conforme a los artículos 32 y 35 de la presente ley.
  19. Aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales.
  20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.
  21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías económicas y otros actos de control.
  22. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización.
  23. Autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.
  24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley.
  25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública.
  26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.
  27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores.
  28. Aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores.
  29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales.
  30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave.
  31. Plantear los conflictos de competencia.
  32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo.
  33. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la municipalidad.
  34. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento.
  35. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley.

2.4.2.2. LA ALCALDÍA Y LOS REGIDORES

La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

ATRIBUCIONES DEL ALCALDE

Son atribuciones del alcalde:

  1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos;
  2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal;
  3. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad;
  4. Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos;
  5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación;
  6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
  7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil;
  8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal;
  9. Someter a aprobación del concejo municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado;
  10. Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley;
  11. Someter a aprobación del concejo municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido;
  12. Proponer al concejo municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios;
  13. Someter al concejo municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional;
  14. Proponer al concejo municipal los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;
  15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado;
  16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil;
  17. Designar y cesar al gerente municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios de confianza;
  18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad;
  19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del serenazgo y la Policía Nacional;
  20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal;
  21. Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control;
  22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna;
  23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones;
  24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales;
  25. Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado;
  26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en que se implementen;
  27. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia;
  28. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera;
  29. Proponer al concejo municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley;
  30. Presidir el comité de defensa civil de su jurisdicción;
  31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes;
  32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo municipal;
  33. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad;
  34. Proponer al concejo municipal espacios de concertación y participación vecinal;
  35. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.
Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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