Descargar

Sistema previsional chileno


Partes: 1, 2, 3

  1. Introducción
  2. Objetivos
  3. Antecedentes generales del Sistema
  4. Marco teórico
  5. Marco metodológico
  6. Análisis al sistema previsional chileno
  7. Anexos
  8. Conclusiones y recomendaciones
  9. Bibliografía

CAPITULO I

Este trabajo realiza un análisis de variados antecedentes y documentos para describir como el funciona el Nuevo Sistema y sus modificaciones, que permanecen vigentes hasta el día de hoy.

Se analizarán aspectos que permiten avanzar en el análisis de las debilidades que posee el Sistema de Capitalización en Chile y comprender, entre otros aspectos, como funciona el modelo de Capitalización Individual.

Uno de los elementos importantes de este trabajo, es que se pretende, una vez analizados todos los antecedentes de esta temática, proponer que deben hacer los trabajadores que están en el proceso, etapa de jubilar o pensionarse, para que, en ciertos casos hagan un uso eficiente de los ahorros previsionales, con el objeto de mejorar el monto de la pensión al momento de jubilar, ya que este monto le acompañará hasta el resto de sus días.

Otro aspecto relevante y objetivo de este trabajo, es dar a conocer el efecto que produjo en las personas, el aumento de las exigencias para optar a una Pensión de Vejez y Pensión de Vejez Anticipada, acompañado con el aumento de las expectativas de vida que han desmedrado las pensiones en general en el país.

Es conocido que el antiguo Sistema de Reparto, (Cajas de Previsión) la jubilación era un derecho garantizado por el Estado, y las mejores jubilaciones las lograban quienes obtenían leyes y garantías especiales. El financiamiento recaía en primer término en el Estado, quien traspasaba los costos al resto de la economía, provocando un déficit cada vez mayor, el que se financiaba por una decreciente proporción de trabajadores activos[1]

Este cambio de Sistema de Reparto al de Capitalización se debe, a que se pasó de Estado benefactor a un Estado subsidiario, generando cambios conceptuales y estructurales que permitieron llevar a cabo un funcionamiento totalmente distinto en el tema de previsión, sin quedar claramente definidos en la Constitución chilena de 1980, la aseguración de la Seguridad Social

Pero, ¿cuáles son las tasas de reemplazo reales que entrega el Sistema de Capitalización? El nuevo sistema que ha evolucionado desde 1981, todavía no logra cumplir con las expectativas económicas, que era reemplazar el sueldo por una pensión cercana al 78% de la remuneración de los trabajadores y del 55% de las trabajadoras. A pesar del esfuerzo hecho por el Estado, creando un sistema más solidario, que se expresa en la Nueva Reforma Previsional del 2008, los afiliados con menores sueldos no alcanzan a financiar las pensiones mínimas establecidas por el Estado.

El Sistema de Capitalización Individual además de contar con nuevas herramientas para incrementar los fondos de pensión, como el Ahorro Previsional Voluntario y el Ahorro Previsional Voluntario Colectivo, implica que la mayoría de los trabajadores no pueden acceder a estos beneficios, especialmente la clase trabajadora, debido a que el mayor empleo es generado por las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), que no están dispuestas a contratar estos productos para mejorar las pensiones de los trabajadores.

Además, los afiliados que cuentan con ahorro suficiente, y que pueden financiar pensiones anticipadas, un alto porcentaje no podrá acceder a ella, como lo veremos en el desarrollo de este trabajo, ya que las altas expectativas de vida exigen cada vez mayor ahorro. Cada día que transcurre, los afiliados toman decisiones para pensionarse, con el propósito de acceder a una jubilación y cubrir las necesidades en la época de la vejez. El presente estudio intenta demostrar la importancia de informarse de cómo opera el Sistema Previsional y que a veces es necesario posponer esta gestión, debido al momento económico que viven las AFP y las Compañías de Seguros, esto será determinante al momento de pensionarse, como también, será conocer los "beneficios del sistema para tomar la mejor decisión". Adicionalmente, se está en condiciones de afirmar que esta investigación aportará datos útiles a los afiliados para la decisión de pensionarse en el modelo previsional existente en nuestro país.

CAPITULO II

2.1 Objetivo General

Describir el funcionamiento del modelo de Capitalización Individual, sus particularidades de su funcionamiento, el impacto que genera en las pensiones y jubilaciones que obtienen los cotizantes.

Proponer acciones y actividades específicas de resguardo, para que los cotizantes al momento de realizar los trámites de jubilación o pensión, estén debidamente informados y conozcan las alternativas que más les acomoden y convengan.

2.2 Objetivo específicos

2.2.1.- Examinar y describir el funcionamiento del Sistema de Capitalización Individual, los principales beneficios, sus dificultades y entregar información para hacerlo más conocido, que permita y facilite la toma de la mejor decisión en la época de pensionarse.

2.2.2.- Demostrar a través del análisis crítico de cómo funciona el Sistema de Capitalización Individual, la pérdida de beneficios que sufren los distintos grupos etáreos existentes en los afiliados del sistema.

2.2.3.- Analizar, describir y demostrar a través de ejemplos prácticos y reales, las exigencias establecidas por la autoridad para pensionarse. La importancia de identificarlas, para establecer estrategias de pensión, con el fin de obtener un monto mayor.

2.2.4.- Demostrar a través del análisis de casos reales, el grado de satisfacción o insatisfacción de los afiliados con el Sistema de Capitalización Individual y las bajas tasas de reemplazo.

CAPITULO III

3.1.- Historia

Durante la época de los años veinte tiene inicio la creación diversas leyes sociales, que establecieron el actual Sistema Previsional que tiene el país.

Con la promulgación de la Ley Nº 4.054 se crea la Caja de Seguro Obrero Obligatorio, cuyo objetivo era otorgar cobertura de riesgos de vejez, invalidez, muerte y brindar beneficios de salud domésticos. El financiamiento de este sistema era compartido y se realizaba con aportes patronales, estatales, y un porcentaje del salario del obrero.

Paralelamente se creó el Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social que unificó todos los servicios asistenciales y de salud del país. Este ministerio se denominó luego Ministerio de Salubridad y finalmente Ministerio de Salud Pública.

Unos años antes se había creado el Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; a partir de 1925 el sistema se empieza a generalizar con la creación de la Caja de Empleados Particulares (EMPART), y la Caja de Empleados Públicos y Periodistas (CANAEMPU); y en 1937 se crean las normas legales que otorgan los beneficios de prestaciones familiares y subsidio de cesantía.

En la década de los ochenta en la administración del Gobierno Militar, llevo a cabo una profunda reforma que afectó al Sistema Previsional, reemplazando el esquema de reparto, por un Sistema de Capitalización Individual, administrado por el sector privado. Además, se creó el mercado privado de Seguro de Salud, que funciona en forma paralela al Sistema Público.

Este Sistema de Pensiones de Capitalización Individual reemplazó al esquema de reparto vigente desde 1924. El Sistema de Capitalización Individual se creó para evitar los cambios demográficos y económicos que afectarán su viabilidad financiera; sus beneficios se definieron sobre la base de contribuciones efectuadas y se eliminaron las prestaciones basadas sobre la antigüedad; también se redujo la posibilidad del uso de fondos sobre la base de consideraciones políticas; y se tuvo como objetivo importante aumentar la eficiencia en la administración del sistema. Adicionalmente, se consideraba que la reforma podría fomentar el ahorro y la inversión, al generar una acumulación de fondos que podría ser invertido en el Sistema Financiero.

El Sistema de Capitalización Individual puso término a los regímenes basados en el Sistema de Reparto, beneficios definidos y administrados principalmente por el estado, y se estableció un sistema transitorio con el objeto de respetar los derechos adquiridos y beneficios otorgados a los afiliados a estos esquemas, este sistema transitorio se financió con presupuesto fiscal.

En el Sistema de Reparto los beneficios eran financiados con las cotizaciones regulares de los trabajadores activos y los beneficios no guardaban relación con las contribuciones hechas al sistema.

En la época de los setenta, el Sistema de Reparto ya mostraba síntomas de crisis financieras; las tasas de contribución alcanzaban el 26% del salario del trabajador y la contribución del gobierno al sistema alcanzaba el 38% del total de las contribuciones. Adicionalmente los cambios demográficos implicaron que la tasa de trabajadores activos a retirados cambiara desde 10.8% activos por retirado en 1960, a 3.2% en 1975 y a 2.2% en 1980 por retirado.

Esta situación es el reflejo de lo que ocurre en otros países del mundo, por ejemplo en Alemania la razón de pensionados a trabajadores en 1980 era de 45%, probablemente la más alta del mundo, y se calcula que el año 2030 puede llegar a un 90% casi un pensionado a un trabajador.

Un deterioro de esta magnitud de la relación entre los trabajadores activos que financian el sistema y los pasivos que se benefician de él, bastaría para explicar el quiebre estructural que afectó a los regímenes de reparto.

Figura 3.1 Organigrama del Sistema Previsional en Chile.[2]

3.2 El nuevo Sistema de Pensiones.

La característica principal del Nuevo Sistema de Pensiones, es que se financia con el ahorro individual de los trabajadores, a través de lo cual se crea una relación entre aporte y beneficio que en algunos casos desalienta la evasión.

La Capitalización Individual se complementa con un seguro para financiar las pensiones de aquellos trabajadores que por haber sufrido una invalidez o fallecido prematuramente, no alcanzaron a reunir los fondos suficientes para financiar la pensión.

3.3 Características del Sistema de Pensiones.

3.3.1 Universalidad

Este sistema consagra un solo régimen aplicable a todos los trabajadores del país, dejando a estos la posibilidad de ajustar su pensión a sus necesidades más personales, a través del esfuerzo personal.

3.3.2 El sistema basado en la libertad

  • a) Cotización; la ley establece una cotización mínima de un 10 % de la remuneración, facultando a los afiliados para efectuar cotizaciones voluntarias.

  • b) Elección de AFP; el monto de la pensión depende en gran medida, de la eficiencia en que han sido administrados los fondos, es por eso que la ley permite al afiliado elegir la AFP que estime más adecuada para la administración de los fondos.

  • c) Modalidades de pensión; la ley permite a los afiliados a tomar decisiones de la modalidad de pensión, esto a través de un Retiro Programado o una Renta Vitalicia o la combinación de ambas.

  • d) Edad; aunque la ley establece la edad para obtener una pensión de vejez, reconoce el derecho a acogerse a ella antes de cumplirla, a todos los afiliados que hayan reunido los fondos suficientes para financiar su pensión.

  • e) Disposición de excedentes; los fondos acumulados en la cuenta de los afiliados, si se consideran adecuados niveles de rentabilidad y eventuales ahorros voluntarios, pueden exceder los montos necesarios para financiar la pensión que establece la ley, en tal caso el DL 3500 faculta al trabajador para que, a su elección, aplique dichos excesos al financiamiento de una pensión mayor o que los retire libremente.

3.3.3 Administración privada

En este régimen de pensiones la ley entregó su gestión a las Sociedades Anónimas llamadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). El estado arbitrará las medidas que enmarquen la acción privada orientándola al bienestar de los afiliados y dejando la administración directa a privados. Estas sociedades deben tener como único objetivo la administración de fondos de pensiones, de cuya rentabilidad responderán, el patrimonio de estas es independiente del patrimonio de fondos que gestiona[3]

CAPITULO IV

Cuando se tiene planteado un problema en estudio y cuando además se ha evaluado su relevancia y factibilidad, el siguiente paso es sustentar teóricamente el estudio. Ello implica analizar y exponer las teorías, investigaciones y antecedentes en general que se consideren válidos para el correcto encuadre del estudio. (Rojas 1981)[4].

El Sistema Previsional es una de las ramas de Seguridad Social, que tiene por objeto cubrir las necesidades de las personas cuando por enfermedad o vejez ya no puede mantenerse en actividad laboral, la Seguridad Social es un concepto universal y cuya definición por los organismos internacionales dice que; "Tiene por objeto abolir el estado de necesidad, asegurando a cada ciudadano en todo tiempo, una entrada suficiente para hacer frente a sus responsabilidades. Se trata de que cada hombre en toda circunstancia tenga la posibilidad de asegurar en condiciones convenientes la subsistencia y la de las personas a su cargo".

Respecto al estudio es indispensable definir los siguientes conceptos:

4.1 La Afiliación.

El inicio de la labor del trabajador produce la afiliación automática al sistema, y la obligación de cotizar en una Administradora de Fondos de Pensiones, sin perjuicio de lo dispuesto para los independientes.

4.1.1 Definición.

La afiliación es la relación jurídica entre un trabajador y el Sistema de Pensiones de Vejez, Invalidez y Sobrevivencia, que origina los derechos y obligaciones que la ley establece y en especial, el derecho a las prestaciones y a la cotización.

4.1.2 Características.

Es única; cada trabajador aunque preste servicios a más de un empleador, solo podrá cotizar en una administradora. (Articulo 2 DL 3.500).

Es permanente; significa que subsiste toda la vida de afiliado ya sea que se mantenga o no en actividad, que ejerza una o varias actividades simultaneas sucesivas o cambie de administradora dentro del sistema.

Es excluyente; es decir un trabajador no puede estar afiliado al Nuevo Sistema de Pensiones y al Antiguo a la vez. No obstante los pensionados del Antiguo Sistema pueden afiliarse al Nuevo.

Es obligatoria o voluntaria según sea el caso; todos los trabajadores que inicien sus labores por primera vez a partir de Enero de 1983 y que prestan servicio a un empleador bajo el vínculo de subordinación y dependencia están obligados a afiliarse al Sistema Previsional y efectuar cotizaciones en la AFP que elijan, la que no puede rechazar la solicitud de afiliación.

4.1.3 Es voluntaria en los siguientes casos

  • a) Afiliados que cumplieron la edad para pensionarse por vejez; si los afiliados continúan trabajando después de cumplir las edades para pensionarse por vejez, 60 años las mujeres 65 los hombres, solo están obligados a cotizar un 7% de salud.

  • b) Trabajadores que iniciaron sus labores antes de 1° de Enero de 1983; la afiliación para ellos también es voluntaria. Solo ellos pudieron seguir afiliados al Antiguo Sistema.

  • c) Los Independientes; son aquellas personas que ejercen alguna actividad mediante la cual obtienen un ingreso, esto solamente hasta el año 2012, ya que, con la nueva Reforma Previsional (Ley 20.255) obliga a cotizar a los independientes a partir de dicha fecha.

  • d) Pensionados por Invalidez Total; al igual que los pensionados de vejez si continúan trabajando como dependientes quedan exentos de cotizar, solo están obligados a cotizar el 7 % de salud.

  • e) No es discriminatoria; la AFP no puede rechazar por ningún motivo, la incorporación de un afiliado, ni puede discriminar entre ellos.

  • f) Es de libre elección para el trabajador; esto quiere decir que la elección de la AFP corresponde exclusivamente a cada trabajador y tiene derecho a traspasar sus fondos a otra administradora[5]

4.2 El Sistema Previsional en Chile.

Primero debemos definir que es un sistema, ya que, el modelo previsional lo lleva incorporado.

4.2.1 Definición de Sistema

Sistema tiene muchas connotaciones: "un conjunto de objetos interrelacionados entre sí; un conjunto de elementos interdependientes e interactuarte; un grupo de unidades combinadas que forman un todo organizado y cuyo resultado (output) es mayor que el resultado de las unidades podrían tener si funcionaran independientemente. El ser humano, por ejemplo, es un sistema que consta de varios órganos y miembros, y solamente cuando éstos funcionan de modo coordinado, el hombre es eficaz. De igual manera, se puede pensar que la organización es un sistema que consta de varias partes interactuantes."

Figura: 4.1 El Sistema Previsional Chile opera de la siguiente forma:

Corriente de entrada:

Es la afiliación al Sistema de Capitalización Individual, que es fuerza de arranque o de partida del sistema, que provee el material o la energía para la operación de éste. Es la energía necesaria para la administración de fondos de pensión.

Proceso de transformación:

Es la administración de los fondos de pensiones que es el fenómeno que produce cambios. Es el mecanismo de conversión de insumos en productos o resultados.

Corriente de salida:

Son los beneficios previsionales del afiliado que es la finalidad para lo cual se reunieron los elementos y relaciones del sistema. Los resultados de un proceso son los productos (salidas). Estos deben ser congruentes (coherentes) con el objetivo del sistema.

Retroalimentación: (Feed Back)

Es la función del sistema que busca comparar el producto (salida) con un estándar previamente establecido. La retroalimentación tiene por objetivo el control, es decir, el estado de un sistema sujeto a un monitor (monitoreo).

4.3 Necesidad de Seguridad

Nuestro Sistema Previsional que es parte de la Seguridad Social en Chile, es entendida y aceptada como un derecho, que se consagra en la Constitución Política de 1925, este reconocimiento jurídico que le asiste a toda persona de acceder por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad.

Dentro de las necesidades podemos incorcoporar a las pensiones, como aquellas de seguridad que permitirá cubrir y resolver el problema económico en la vejez o tal vez antes producto de un siniestro, de Invalidez o Sobrevivencia.

Figura 4.2 Piramide de Maslow.

4.4 Cotizaciones

Concepto

Es la parte de la remuneración de la renta declarada, que los trabajadores dependientes e independientes, respectivamente, están obligados a enterar a la AFP a la que se encuentran afiliados, para financiar las prestaciones que establece la ley y para pagar las remuneraciones que corresponde a las administradoras.

La cotización se ha definido como una forma de descuento coactivo, ordenada por la ley con respecto a determinados grupos, afectos a garantizar prestaciones de seguridad social.

Entre las personas que están obligados a cotizar están:

  • Trabajadores dependientes

  • Trabajadores sujetos a subsidio por incapacidad laboral.

  • Pensionados por invalidez.

  • Los independientes desde Julio del 2012.

4.4.1 Cotización Obligatoria de Capitalización:

El afiliado debe cotizar en su cuenta de capitalización individual el 10% de las remuneraciones imponibles o rentas declaradas.

Con esta cotización se financia las pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, además de la vejez anticipada cuando corresponda.

4.4.2 Cotización Adicional:

Es la cotización destinada al financiamiento de la AFP, incluido el pago del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

4.4.3 Cotización por Trabajo Pesado:

Es la cotización del 1% o 2% (según corresponda) que cotizan los trabajadores que desempeñen trabajos que se consideran pesados, este porcentaje lo determinará la Comisión Ergonómica Nacional. Los empleadores deberán efectuar un aporte de su cargo cuyo monto será igual al efectuado al trabajador. (Ley 19.404).

4.4.4 Cotización de Seguro de Cesantía:

Es una cotización del 0,6% que ingresa a la cuenta individual para la cesantía y financia el seguro, mientras que el empleador financia el 2,4%. El seguro de cesantía es un instrumento de protección social destinado a proteger a las personas que quedan cesantes. Es obligatorio para los trabajadores dependientes mayores de 18 años y regidos por el Código del Trabajo que inician una relación laboral con fecha igual o posterior al 2 de octubre de 2002. La incorporación es voluntaria para aquellos que firmaron un contrato de trabajo antes de esa fecha

.4.4.5 Cuenta de Ahorro Voluntario

En agosto de 1987 se crea la Cuenta de Ahorro Voluntario, también llamada "cuenta dos", como complemento de la Cuenta de Capitalización Individual, con el objetivo de constituir una fuente de ahorro adicional para los afiliados.

La Cuenta de Ahorro Voluntario es independiente de todas las demás cuentas administradas por las AFP. En esta cuenta el afiliado puede realizar depósitos en forma regular o no, los cuales son de libre disposición. La Superintendencia establecerá el número máximo de retiros que los afiliados pueden efectuar en cada año, el cual no podrá ser inferior a cuatro.

4.4.6 Cuenta de Ahorro de Indemnización Sustitutiva

Trabajadores dependientes en general, a contar del 1 de diciembre de 1991 (Ley Nº 19.010), los trabajadores regidos por el Código del Trabajo, con más de seis años en la empresa, pueden pactar con su empleador, a partir del séptimo año de la relación laboral, la sustitución de la indemnización legal por una indemnización a todo evento, esto es, pagadera con motivo de la terminación del contrato de trabajo, cualquiera que sea la causa que la origine, exclusivamente en lo que se refiera al lapso posterior a los primeros seis años de servicios y hasta el término del undécimo año de la relación laboral.

Los trabajadores con contrato vigente al 1 de diciembre de 1990 y que hubiesen sido contratados con anterioridad al 14 de agosto de 1981, tendrán derecho a pactar con su empleador una indemnización sustitutiva sin límite de años.

Pueden acogerse al beneficio señalado, tanto los afiliados al nuevo sistema, como los que se encuentran afectos al régimen antiguo. En ambos casos, el aporte se efectúa en una AFP. La que se encarga de perpetrar la cobranza y administración de los fondos.

El empleador debe financiar esta indemnización, mediante un aporte de su cargo, de al menos un 4,11% de la remuneración mensual imponible del trabajador con un tope de 97,1 UF.

Para materializar el pacto entre trabajador y empleador, ambos deben suscribir el formulario "Pacto de Indemnización Sustitutiva" emitido por la AFP., en la que se encuentra incorporado el trabajador o en la cual desee que se efectúen los aportes, según se trate de un afiliado al Nuevo Sistema o al Antiguo Sistema de Pensiones.

El Pacto de Indemnización Sustitutiva es irrevocable y sólo cesa con el término de la relación laboral o con el cumplimiento del undécimo año desde el inicio de ésta, salvo para los trabajadores cuya relación laboral se inició con anterioridad al 14 de agosto de 1981.

La Cuenta de Indemnización Sustitutiva es personal y totalmente independiente de la Cuenta de Capitalización Individual y de la Cuenta de Ahorro Voluntario.

El trabajador puede retirar los fondos de la Cuenta de Indemnización, incluida su rentabilidad, cuando acredite el término de la relación laboral. En el caso que preste servicios a más de un empleador, sólo puede retirar los fondos acumulados con el empleador con el cual se dio término a la relación laboral.

El retiro de los aportes no está afecto a impuestos.

En caso de muerte del trabajador, su cónyuge, sus hijos legítimos o naturales o sus padres legítimos o naturales, unos a falta de los otros, pueden girar directamente de su cuenta un equivalente de hasta 5 unidades tributarias anuales (UTA.) El saldo, si lo hubiere, constituirá herencia.

4.4.7 Ahorro Previsional Voluntario

Estas alternativas permiten que el cotizante deposite en su Cuenta de Capitalización Individual en cualquier fondo de la Administradora en que se encuentre afiliado (Cotizaciones Voluntarias) o en alguna de las instituciones autorizadas para la administración de este tipo de ahorro (Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario), un porcentaje de su renta superior al 10% obligatorio. Los afiliados pueden cotizar libremente con exención tributaria hasta 50 unidades de fomento mensuales (en caso que tenga APVC se suman ambos ahorros).

Esta cotización da derecho a beneficios tributarios para el afiliado, ya que está exenta de impuestos hasta el máximo señalado (50UF). Sin embargo, estos ahorros no son considerados en la determinación del derecho a la garantía estatal de pensión mínima, ni del aporte adicional para efectos de las pensiones de invalidez y sobrevivencia, como tampoco en la determinación del Aporte Previsional Solidario del Sistema de Pensiones Solidarias.

Los aportes pueden ser retirados en cualquier momento por el trabajador, cancelando una sobretasa al impuesto global complementario.[6]

Tabla 4.3 Tasas de Cotizaciones.

  • Cotización.

Es la retribución en dinero que recibe la AFP de parte del afiliado (ACTIVO O PASIVO) por la gestión de recaudar, invertir y por toda la gestión que implica la administración de las cuentas. Las comisiones son determinadas libremente por las administradoras.

Para modificar las comisiones, las administradoras deben notificar con 90 días de anticipación, de manera tal que el afiliado tome conocimiento y decida si permanece o no en ella.

4.6 Rentabilidad

Es la variación que experimenta la cuota de un periodo a otro (diario, mensual, anual etc.). Al comparar la cuota aumenta o disminuye dependiendo de la rentabilidad de las inversiones.

Figura 4.4 Formula de variación de la cuota:

El valor de la cuota no es relevante en sí mismo, lo que importa es la variación de su valor en un determinado tiempo, esto es lo que refleja la rentabilidad. La rentabilidad no es la misma, para igual forma en distinta AFP, en los casos de rentabilidad negativa, la AFP debe recurrir al encaje para suplir perdidas.

También la Reforma Previsional (Ley 20.255) establece reparar perjuicios causados por baja rentabilidad de las AFP, siendo responsable estas de compensar dicho daño.

Tabla 4.5

4.7 Multifondos.

El Sistema de Multifondos (creado por la Ley Nº 19.795, de fecha 28 de febrero de 2002), corresponde a la administración de 5 Fondos de Pensiones por parte de cada AFP. Estos Tipos de Fondos se diferencian a partir de la proporción de su portafolio invertida en títulos de renta variable, lo que significa diferentes niveles de riesgo y rentabilidad entre dichos tipos de fondos.

Cada fondo está invertido en instrumentos de renta fija e instrumentos de renta variable. Los distintos tipos de Fondos de Pensiones se diferencian por la proporción de sus recursos invertidos en títulos financieros de renta variable, los cuales se caracterizan por tener un mayor riesgo y una mayor rentabilidad esperada.

El Fondo Tipo A, tiene una mayor proporción de sus inversiones en renta variable, la que va disminuyendo progresivamente en los Fondos B, C, D y E.

Límites de inversión máximos y mínimos en instrumentos de renta variable:

Tabla 4.6

 Riesgo

Límite máximo permitido

Límite mínimo permitido

Fondo A más riesgoso

80%

40%

Fondo B riesgoso

60%

25%

Fondo C intermedio

40%

15%

Fondo D conservador

20%

5%

Fondo E +conservador

5%

0%

4.8 Bono de Reconocimiento.

Son las cotizaciones efectuadas en el Régimen Antiguo se hicieron en el sistema de reparto, en consecuencia, se convirtieron en pensión de los trabajadores de las generaciones anteriores. Al cambiar al Sistema de Capitalización Individual era necesario reconocerles aquellos aportes que no quedaron en su cuenta, si no que fueron a dar a la de los trabajadores de la generación anterior.

El Bono de Reconocimiento se reajusta en un 4% anual más IPC, y es parte de los recursos para financiar las pensiones.[7]

El Bono de Reconocimiento se hace exigible y en consecuencia se abona a la cuenta individual del afiliado en las siguientes situaciones:

  • a) Cuando el afiliado fallece.

  • b) Pensión de invalidez definitiva.

  • c) Pensión de invalidez no cubierta por el seguro de invalidez y sobrevivencia.

  • d) Cuando el afiliado cumple la edad legal.

  • e) Cuando el trabajador realiza cotización por trabajo pesado.

  • f) En caso de vejez anticipada mediante la cesión de este, endosándolo a una Compañía de Seguros o transar el bono en el mercado secundario.

4.8.1 Alternativa de cálculo de bono de reconocimiento.

Las alternativas de cálculo son las siguientes:

  • a) El 80% de las 12 remuneraciones imponibles anteriores a Julio de 1979.

  • b) El 10% de la suma de remuneraciones imponibles posteriores a Junio de 1979, inclusive hasta el mes anterior a la afiliación al sistema de AFP.

  • c) Las 60 remuneraciones imponibles anteriores a junio de 1979.

4.9 Desafiliación

Es importante también mencionar la desafiliación debido a que hay muchos afiliados que podrían optar a esta alternativa para volver al Antiguo Sistema de Pensiones.

Se entiende por desafiliación cuando un trabajador afiliado al Sistema Previsional de las AFP vuelve al Antiguo Sistema de Pensiones, con el fin de pensionarse de acuerdo a las normas y requisitos que en este último se establecen.

Emitida la resolución que aprueba la desafiliación, la AFP debe enviar el saldo de la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, a la Caja de Previsión que corresponde.

Pueden desafiliarse aquellas personas que cotizan en AFP y se encuentren en las siguientes situaciones:

  • a) Personas que teniendo imposiciones en alguna caja de previsión no tengan derecho al Bono de Reconocimiento.

  • b) Quienes tengan derecho a Bono de Reconocimiento calculado solo en base al 10% de las remuneraciones posteriores al 30 de Junio de 1979 y que tengan a lo menos 60 meses de cotizaciones anteriores a Julio de 1979.

Al desafiliarse se produce un inconveniente que es la mayor tasa en el régimen previsional antiguo, ya que estas son mayores a las tasas de cotización de las AFP, existe una diferencia de pago, que es cancelada por el afiliado.

CAPÍTULO V

5.1 Hipótesis:

En el Sistema Capitalización Individual si aumentan las expectativas de vida, menores serán los montos de pensión en el momento de jubilar, y la información es el medio para asegurar al afiliado bienestar económico en el tiempo de pensionarse.

Las hipótesis nos indican lo que andamos buscando o tratando de probar y pueden definirse como explicaciones tentativas del fenómeno investigado formuladas a manera de proposiciones[8]

En muchos países del mundo los habitantes cada vez tienen más altas expectativas de vida, y en nuestro país no es la excepción, es por eso que el modelo de Capitalización Individual, requerirá más ahorro para financiar las futuras pensiones, por lo tanto creemos que el modelo previsional no es suficiente para garantizar buenas pensiones a sus afiliados en general.

5.2 Estudio Descriptivo.

Esto es describir situaciones y eventos, es decir como es y se manifiesta determinado fenómeno.

Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que sea sometido a análisis (Dankhe, 1986). Miden o evalúan diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno o fenómenos a investigar. [9]

Este estudio se desarrolló en Talca, recopilando información en las AFPs: Cuprum y Capital y en las Compañías de Seguros: Bice; Consorcio Nacional de Seguros e ING, expertos en materia de pensión. Además se obtuvo información en los Diplomados de Seguridad Social de la Universidad de Concepción y un Diplomado de Rentas Vitalicias en la Universidad de la Frontera. Se desarrollaron entrevistas a clientes de Rentas Vitalicias obteniendo valiosa información, se asistió a capacitación, y se recopiló información a través de la literatura escrita de este tema, con el fin de dar una descripción práctica al Sistema Previsional Chileno y exponiendo casos reales en forma didáctica, para la comprensión del modelo, ya que, es complejo de comprender para muchos y lo relacionan con el Modelo Antiguo de Reparto.

5.2.1 Para la obtención de la información se recurrió a:

Fuentes Primarias: Información proporcionada por los principales actores que intervienen en el Sistema Previsional; Afiliados, jubilados, Asesores Previsionales.

Fuentes Secundarias: Revisión bibliográfica como tesis, libros de diversos autores indicados en bibliografía adjunta a la tesis, internet, etc.

5.3 Descripción de la Investigación.

Cumpliendo con el primer objetivo específico describiremos el funcionamiento del modelo de capitalización y analizaremos el sistema para tomar decisiones fundadas al momento de jubilar.

Ha existido preocupación en los últimos tiempos respecto, a la capacidad de los Sistemas de Capitalización Individual de otorgar pensiones adecuadas a sus afiliados, dadas las características laborales en Chile, la informalidad y el autoempleo, tienen un impacto negativo sobre la acumulación de fondos previsionales. (Bersteín; Larraín; Pino). Una encuesta de "Radio Cooperativa", "Imaginacción" y la "Universidad Federico Santa María" reveló que la mayor parte de los trabajadores tiene una percepción negativa de sistema y que el mayor porcentaje no está al tanto de su funcionamiento ni del monto de la pensión a la que accederá una vez que jubile. También la ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei, concedió la necesidad de cambios: "Vamos a tener que empezar a revisar si las edades o las tasas de cotización son las correctas como para producir buenas pensiones" y la Superintendente de Pensiones reconoce que el cálculo de las pensiones es tremendamente difícil de comprender para las personas, esto nos permite suponer que es imperativo la participación de los Empleadores y del Estado en el actual sistema, con el objeto de mejorar aún más el modelo previsional.

5.3.1 Riesgos en los modelos de Seguridad Social.

Respecto a la Seguridad Social, años atrás en Alemania de Bismarck se creó un Sistema de Seguridad que luego sería emulado en el resto de Europa y gradualmente el resto del mundo, la expectativa de vida apenas superaba la edad de jubilación a los 60 o 65 años. En dicho contexto, prácticamente cualquier contribución a la Seguridad Social durante la vida activa era capaz de financiar una pensión, adicionalmente, el mundo estaba ad portas del inicio de un fuerte ciclo de crecimiento de la población. Con masivas nuevas generaciones ingresando a los mercados laborales, las contribuciones de ellos a la Seguridad Social eran capaces de financiar pensiones de los retirados. Estos últimos, gracias a los avances de la medicina, gradualmente fueron teniendo expectativas de vida cada vez más elevadas, pero ello no representaba un problema si el crecimiento de la población permitía que los jóvenes pagaran las pensiones de los más viejos. Mientras haya jóvenes que coticen para financiar las pensiones, un sistema de reparto es viable sin mayores problemas.

Este proceso mundial también ha estado en Chile. La tasa de fertilidad hacia 1950 se situaba en torno a 5%, llegó a un máximo de 5,3% entre 1955 y 1960. Por su parte, la edad de jubilación, estaba en función de la Caja de Previsión a la cual perteneciera el trabajador y tal como en países desarrollados, estaba fijado en torno a los 65 años para los hombres y entre 55 y 60 años para las mujeres. Estas cifras coexistían en el caso chileno con una expectativa de vida a la edad de los 60 años, que hacia 1920 alcanzaba a 12,6 años en el caso femenino y solo de 9,4 años en el caso masculino. Chile y el mundo entonces han compartido similares puntos de partida. Y en cierta medida Chile y el mundo están compartiendo el mismo punto de llegada.

Son hechos conocidos la caída de las tasas de natalidad y el envejecimiento de la población en los países desarrollados, pero esa tendencia también está en Chile a pesar de ir desplegándose por un desfase.

Según datos del CELADE, (Centro Latinoamericano y Caribeño de Demografía) el crecimiento total de la población en Chile pasó del 21.3 por mil entre 1950-55 a 11 por mil en el presente quinquenio (período de cinco años) y se proyecta en casi 0 en 35 años más. Este es el resultado tanto de una menor fecundidad como una mayor expectativa de vida. De hecho, la expectativa de vida al nacer en Chile en el presente quinquenio llega a 78,9 años en promedio para hombres y mujeres, cifra que era de 54,8 años en el quinquenio de 1950-55 mientras que se proyecta que llegue a los 81,8 años dentro de 35 años más.[10]

Partes: 1, 2, 3
Página siguiente