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La situación jurídica de las tarjetas de créditos, en Rep. Dom.


Partes: 1, 2, 3
Monografía destacada
  1. Introducción
  2. Surgimiento y desarrollo de la tarjeta de crédito en los mercados internacionales más importantes del mundo y la República Dominicana
  3. Primeras instituciones en utilizar en negocio de crédito en línea
  4. Consolidación del Negocio de la Tarjeta Crédito como Instrumento de pago en los Estados Unidos de Norteamérica
  5. Evolución de la tarjeta de Crédito a Europa
  6. Convenio contractual de la tarjeta de crédito e ilícito cometido a través de este instrumento de pago
  7. Clases de Tarjeta de Crédito en la República Dominicana
  8. Personas y entidades que intervienen en el negocio de la Tarjetas de Crédito
  9. Principales características propias de la tarjeta de crédito como instrumento de pago
  10. El instrumento legal de Protección a los Usuarios de las Tarjetas de Créditos
  11. Acciones ilegales perpetradas con el uso de la Tarjeta de Crédito
  12. Normativa contractual de protección al consumidor
  13. Aspectos Comparativos de los sistemas reguladores del uso de las tarjetas de créditos
  14. Aportes y contribución de este instrumento de pago a la Economía dominicana

Introducción

En la realización del presente anteproyecto, como fase preparatoria de la investigación que nos avocamos desarrollar sobre la situación jurídica que crea el uso de tarjeta de crédito en nuestro país, tanto para el usuario como para el emisor de la misma, de modo que veremos el marco legal, así como las ventajas y desventajas que esta ofrece, hemos hecho un planteamiento objetivo de la problemática a investigar, además se ha formulado más detalladamente sobre la necesidad y aportes de dicha investigación al sistema jurídico Dominicano, esto así, de modo que el uso de las tarjetas de crédito en el territorio dominicano, constituyen el objeto de la investigación señalada, con el objeto de tratar de encontrar las posibles soluciones a los problemas constante a los que están sometidos los tarjetahabientes, por el uso de la tarjetas de créditos en la provincia de Puerto Plata y en toda la República Dominicana, y la falta de una ley reguladora que limite el cobro abusivo de intereses y que le suministre a los tarjetahabientes de este bien o servicio el instrumento legal que le facilite poder defender sus derechos económicos.

De igual forma fueron establecidas las hipótesis que servirán de parámetro en esta investigación jurídica, toda vez que estas nos indican lo que realmente estamos buscando o tratando de probar, y como en todo proceso de estudio, se requiere de una técnicas capaz de demostrar y profundizar en la objetividad de lo que aquí se pretende establecer, de igual forma fueron planteados los métodos a utilizar en la exploración.

En esta investigación se abordan de manera directa, los antecedente histórico del uso de la tarjetas de créditos, partiendo del propio país de origen, que es los Estados Unidos de Norte América, hasta el momento en que llega a la República Dominicana, demostrando además los cuantiosos beneficios que genera a las instrucciones emisoras, el uso de este instrumento de pago, incluyendo la falta de regularización de un órgano fiscalizador del Estado, que en este caso debe de ser una normativa responsable que contengan sanciones ejempla rizadoras para las casas emisoras de este instrumento crediticio y no como hasta se ha hecho ahora, por la junta Monetaria, que resulta ser un simple organismo estatal, el que se encarga de trazar las políticas fiscalizadora y reguladoras , haciendo más gravoso y oneroso el uso de dicho instrumento para sus usuarios

El objetivo fundamental del tema objeto de estudio, consiste en la realización de un análisis pormenorizado y profundo acerca de la naturaleza jurídica del contrato de tarjetas de créditos, su contenido, sus elementos constitutivos, las ventajas y desventajas de su uso, el mal uso de este servicio, la incapacidad en el manejo de dicho instrumentos, también se hace un enfoque de porqué la junta Monetaria no debe de ser el órgano regulador de la tarjeta de crédito, sin la debida regulación legal que debe garantizarla. Esta investigación, pretende demostrar la falta de garantía a que se encuentra sometido el tarjetahabiente, por el cobro desmedido y desproporcionado de interés, por parte de los emisores y controladores de las tarjetas de crédito.

El Estado dominicano tiene la responsabilidad de garantizarle a los usuarios de tarjeta de créditos en el país, el cobro justo y equitativo de los intereses que hasta este momento resulta abusivos por parte de los emisores de las mismas, es una responsabilidad conjunta del Congreso Dominicano y del Gobierno Central, toda vez que, es sus obligaciones están las de garantizar la legalidad y transparencia del cobro de intereses por parte de las instituciones antes señaladas, de forma que se puedan facilitar los instrumentos de reclamaciones a los tarjetahabientes.

Conforme a lo previamente indicado, esta investigación consta de cuatro capítulo, que por sus contenidos se enfocan de la siguiente manera.

El Primer Capítulo comprende los aspectos teóricos y metodológicos generales de la investigación, tales como la justificación, delimitación, planteamiento del problema, interrogante clave, los objetivos, el; marco teóricos, la hipótesis así como la metodología utilizada en el desarrollo de la investigación de que se trata.

El Segundo Capítulo trata sobre el surgimiento y desarrollo de la tarjeta de crédito en los mercados internacionales más importantes del mundo y la Republica Dominicana, su cconsolidación como Instrumento de pago en los Estados Unidos de Norteamérica, así como su evolución en Europa.

El Tercer Capítulo recoge una panorámica general sobre los convenios contractuales que hacen posible la utilización de las tarjetas de créditos en la Republica dominicana, así como el ilícito cometido a través de este instrumento de pago y sus sanciones y la poca normativa existente en el país tendente a regular el uso de este instrumento de pago.

En el Cuarto y último Capítulo se presentan detalladamente los beneficios, perjuicios y las relaciones jurídicas reguladoras de las tarjetas de créditos como instrumento de pago en la republica dominicana, así como las ccondiciones Estratégicas en la que opera este sistema de crédito, los agentes que intervienen en el negocio, la normativa contractual de Protección al consumidor, frente a la ausencia de una Legislación que regule y controle el uso y comercialización de las Tarjetas de Créditos.

De modo que se hace un panorama completo sobre el uso de la tarjeta de crédito como instrumento de paga de los nuevos tiempos, desde el surgimiento hasta nuestros días a nivel mundial, y la republica dominicana no escapa a esa realidad, instrumento que ha enriquecido el sistema económico del país.

Surgimiento y desarrollo de la tarjeta de crédito en los mercados internacionales más importantes del mundo y la República Dominicana

Origen y Crecimiento de la Tarjeta de Crédito

Profundizando acerca del tema de esta investigación, ha quedado evidenciado que la tarjeta de crédito, es el sistema de pago más modernos que se utiliza en la actualidad, sin embargo, hay que remontarse a sus propios orígenes, para poder entender cuáles han sido sus frutos, su situación en los actuales momentos, así como el beneficios que tienen los usuarios y la desventaja con el pago de intereses por el uso de la misma, cuando se una como instrumento de pago.

Es oportuno señalar, que en el año 1914, apenas iniciando el siglo XX, las empresas de envíos de valores, Western Unión, se propuso establecer una especie de tarjeta de crédito para un grupo de clientes muy selectos, autorizando una línea de crédito sin ningún tipo ce cargo adicional, más que su propio consumo, todo esto con el objetivo bien definido de mantener una clientela constante en su empresa.

De igual forma hay que indicar, que a partir de la fecha indicada más arriba, varias instituciones se dicaron al servicios de créditos comerciales y a en el 1949, la general Petroleum, ofreció una especie de tarjeta de crédito, pero solo estaba dedicada de manera exclusiva a la compra de gasolina o cualquier otro producto combustible, de igual forma lo hiso la empresa telefónica American Telefon & Telefon, con la emisión de la Tarjeta Bell, para sus clientes de servicios de comunicación.

Como resultado de una nueva estructura socio económico y producto de una época convulsionada por la política, del siglo pasado, nace en los estados Unidos de Norte América, un nuevo sistema de pago en los establecimientos comerciales que estaban afiliados de manera directas a los bancos comerciales, la Tarjeta de Crédito, así lo ha indicado el maestro Gabalda, C. Les Cartes de paiement, en el año 1980, al referirse al sistema económico de los Estados Unidos, vemos por otro lado que en principio no existía ninguna fórmula jurídica mediante el cual, se pudiera controlar el uso de la misma, no hemos encontrado ningún vestigio de la tarjeta de crédito en nuestro derecho romano germánico, que es la familia jurídica de donde nace nuestro derecho.

Los primeros instrumentos de pagos o tarjetas de créditos que hemos encontrado, guardan muchas similitudes con la letra de cambio que conocemos hoy día, estas fueron emitidas por una empresa que se dedicaba a la comercialización de combustibles para todo tipo de negocios y vehículos de motor, para uso de sus clientes más conocidos, también para algunos empleados ejecutivos de la misma, quienes estaban autorizados a consumir con la presentación de dicho instrumento de pago, los productos comercializados en esa empresa, en las empresas afiliadas a dicha firma, las cuales le enviaban el comprobante firmado por el usuario a la empresa emisora de la tarjeta, para así recibir el pago que el usuario debía efectuar.

La victoria comercial lograda por esta institución comercial a través de esta forma de pago fue tal, que desde ese momento se convirtió en un agente catalizador y emisor, con el objeto claramente definido en que este tipo de negocio fuera ampliado su uso otras grandes empresas comerciales, entre las que se pudieron destacar cadenas hoteleras a lo ancho y largo del país, las cuales distinguieron a sus huéspedes con una tarjeta, que le permitía hacer consumos, siendo el pago diferido al momento en que la cadena enviaba la factura de cobro, en un plazo más o menos corto.

Este nuevo instrumento de pago se fue extendiendo a otros tipos de empresas, tal es el caso de la institución empresarial llamada "Diners Club" que contó con un intermediario que iba pagando los consumos que realizaban los tarjetahabientes autorizado por ella a los establecimientos afiliados en dicho Club de negocios, esta era aceptada exclusivamente en restaurantes, creando así un nuevo grupo social denominado el club de cenadores.

La American Express, fue la empresa que primero amplió su mercado de crédito y ampliado de manera exorbitante la cantidad de instituciones comerciales a este sistema de negocio, seguidas por éxito alcanzado por otras empresa de tarjetas de créditos como Visa y la Master Car

Primeras instituciones en utilizar en negocio de crédito en línea

A principio de la segunda mitad del siglo XX, y Como consecuencia del auge de la tarjeta de crédito vista como instrumento de pago, surge la primera tarjeta de crédito para usos múltiples, es decir, que ya se podía comprar en varios establecimientos al mismo tiempo, momento que es aprovechado por dos individuo de visión comercial y futurista, como el empresario Frank McNamara y el señor Ralp Schneider, quienes formaron un club de consumidores, a los fines de garantizar a un determinado número de restaurantes, el pago del consumo de los socios del club, a cambio de una retribución o comisión por parte de los restaurantes, por la suma pagada o consumida por cada uno de los miembros del club.

En principio afiliaron solamente a negocios dedicados a los restaurantes, naciendo de esta forma la exclusiva tarjeta de crédito "Diners Club", extendiendo más tarde con el gran auge y éxito que tuvo este negocio, emprendieron una nueva línea de créditos a los hoteles, con la propósito de facilitarle el pago a los hombres de negocios que Vivian viajando con cierta frecuencia y evitarle los problemas del transporte de grandes sumas de dinero efectivo. A este resurgir de las tarjetas de créditos, se adhieren las aerolíneas, clubes nocturnos, tiendas de regalos y los establecimientos de alquileres de vehículos de motor, Gabalda, Cardt. Les Cartes de Paiement. 1980. Francia "También surge la primera tarjeta de viajes y diversiones. Siendo así como la tarjeta de crédito se desarrollan desde New York hasta california, dirigida por Alfred Bloomingdale, que al fusionarse con Diners Club, se extendieron a todo el territorio de los Estados Unidos de Norteamérica", este es pues el impulso más importante que tiene la economía Norteamérica hasta ese momento.

Las tarjeta de crédito gerenciada por la emisora Diners Club y American express, se convirtieron en los primeros instrumentos de pagos utilizadas fuera de los Estados Unidos de Norteamérica, producto de la demanda de norteamericanos que viajaban con frecuencia al extranjero, eso estimuló que en el año 1951, los dueños de estas tarjetas iniciaran operaciones de negocios en México y otros países centro y sur americano, además del Reino Unido, Francia y España en el año 1953. El crecimiento de las tarjetas de créditos fue cada día en aumento, para el año de 1958 la emisión de American Express logra cimentarse en el gusto de los consumidores y ya para el año 1960 se une a Carte Blanche y llegan inclusive a la Rusia Soviética en el año 1969.

Consolidación del Negocio de la Tarjeta Crédito como Instrumento de pago en los Estados Unidos de Norteamérica

Tal y como hemos observado en la teoría de Lulebrt Juan en el Manual de Derecho COMERCIAL. 3RA Ed. Librería Juridica Internacional, 2010, Madrid, Tomo I. "En el año del 1950 se funda la empresa American Express para operar como emisora de tarjeta de crédito, siendo su desarrollador Henry Wells, pero para 1951, se inicia la segunda etapa y la adultez del sistema de tarjeta de crédito y hace su entrada en el mercado norteamericano la primera empresa emisora de tarjetas de créditos como un objetivo propio y especifico de dicha empresa crecer".

De acuerdo a la cita anterior, se puede colegir, que el gran surgimiento de la tarjeta de Crédito como instrumento de pago, se produce a partir de la primera mitad del siglo XX recién pasado, de modo que además se extiende a todo el territorio Norteamérica y parte de Europa.

He de observarse, que las primeras tarjetas emitidas por Diners Club tenían muchas limitaciones, y ella no pudo ser la excepción en la emisora de estos instrumentos de pago, que con su lanzamiento se fue extendiendo hasta llegar a un amplio abanico en la adquisición de bienes, productos y servicios, hasta lograr los resultados actuales.

El nacimiento, surgimiento y crecimiento del negocio de Tarjeta de crédito, está relacionado con una historia personal sucedida a uno de los fundadores de la empresa Diners Club, el señor frack McNamara, profesional de derecho Norteamericano, residente en New York, cuando fue a almorzar a un restaurant Neoyorquino en el bajo Manhattan, este olvido el dinero de hacer el pago, dejándolo en su oficina. Esta situación generó, que este abogado se inventara tarjeta de crédito para hacer el pago por consumo de comidas. En california, el nombrado Bloomingdale Jr. Fundó una tarjeta de estas características, bajo el lema coma y firme de la unión de los esfuerzos de estos empresarios antes mencionados nace la tarjeta Diners Club, sistema que se extendió no sólo a todos los Estados Unidos de Norteamérica, sino que logró alcanzar casi a todo el mundo conocido, amparándose especialmente en la sustentación de viajes y del desarrollo del turismo.

Viendo el éxito logrado por esta institución de crédito, otras instituciones comerciales que ofrecían servicios de turismo en los Estados Unidos, comenzaron a utilizar este sistema en sus transacciones comerciales y de pago, por lo que, surgió la tarjeta de crédito American Express, usando estas comercializadora su estructura turística, para aprovechar las ventajas operativas y comerciales logradas por las primeras tarjetas de créditos utilizadas en el sistema comercial Norteamericano.

Para el año de 1952 se incorporan los bancos comerciales y así como vemos nacer la tarjeta de crédito visa, que fue incorporada al sistema de afiliación inmediatamente, pero ahora desde el punto de vista de las negociaciones bancarias, con un crecimiento sostenido tan importante, que ya para el año del 1982, y producto de la solides de la bancas Norteamericana, acaparan en calidad de afiliados a la mayoría de los usuarios de este sistema de comercio en ese territorio.

El avance financiero y desarrollo económico del sistema de pago atreves de las tarjetas de créditos en la nación Norteamérica, que el congreso de los Estado Unidos, tuvieron que regular por medio de una normativa federal, a los fines de controlar este sistema de crédito tan extenso, es por eso que en el año del 1968, decretan una verdadera legislación federal de protección efectiva a los consumidor del servicio financiero, llamado el Consumer Credit Protection, y para el año del 1970, se aprueba la código federal sobre crédito limpio y protegido, también denomidao en ingles el Fair Credit Reporting Act y en ese mismo vuelve el Congreso de los Estados Unidos de América , aprobar la legislación federal sobre facturas de créditos limpios o el Fair Credit Billing Act.

Evolución de la tarjeta de Crédito a Europa

El Europeo promedio no tenía confianza en el sistema de pago a través de tarjeta de crédito, pues introducir este instrumento de pago resultó muy difícil, siendo las pioneras en introducirse a este gran continentes, las mismas que ya estaban ofreciendo ese servicio en los Estados Unidos, ellas fueron la empresa de crédito Diners Club y American Express, evento que le resultó bastante dificultoso penetrar a este mercado debido a la gran incredulidad del europeo, sin embargo los beneficios que ofrecían resultaron tan beneficios que al final se impuso dicho sistema de comercialización y hoy, los europeos son una parte de los usuarios de la Tarjeta de Crédito que mayor consumo en el mundo en el uso de las mismas.

Surgimiento de la Tarjeta de Crédito Inglaterra

Transcurrida la primera parte de la décadas del año de 1951, la empresa de financiamiento crediticia el Dining Club Limited, establece relaciones comerciales estratégicas con su homóloga de crédito, la Diners Club América, creando de esta forma un emporio crediticio de importante consideración, compitiendo incluso con instituciones bancarias, lo que trajo como consecuencia que en el año 1962, la Dining Club Limited cambia su nombre operativo y comercial por el de Diners Club Limited, al adquirir los derechos de emisor de la credit card facilities club limited.

El Banco Barclay de Inglaterra, también incursiona en este tipo de servicio y logra desarrolla el sistema de tarjetas de crédito a partir del año 1966, con la implementación de este nuevo sistema financiero bancario, a través de la barclaycard, con la que logra un gran recibimiento en la sociedad inglesa, que la acogió de inmediato, como si ya estuvieran esperando.

Es a partir de esa invasión en el sistema de tarjetas de crédito Ingles, es que este sistema de comercio se desarrolla en toda su expansión en toda la esfera comercial y en ese mismo año se establece una nueva tarjeta de crédito que fue exportada de los Estados Unidos, como lo fue la Carte Blanche.

En el año de 1967 Lloyds Bank y el Martin Bank de Inglaterra, compran los servicios de créditos de la American Expres que ya se había introducido a este importante mercado empresarial, logrando penetrar a todo el sistema financiero Europeo.

Surgimiento de la Tarjeta de Crédito de Francia

El inconveniente de articulación y circulación de las tarjetas de crédito como instrumento de pago en el mercado financiero Francés, debido a que esta había sido una sociedad acostumbrada a pagar sus compras comerciales y de bienes de consumo y servicios, por medio de efectivo o en su defecto en cheque, ya para el año 1951, se inicia la época de las tarjetas de créditos con la entrada de manera formar a este mercado de la tarjeta de credito Diners Club, la que resultó ser la primera tarjeta de créditos como instrumento de pago en esa nación, al transcurrido los años subsiguiente y llegado el año 1964, Francia ve introducir una nueva empresa crediticia, esta vez le toca a American Express, quien hace su entrada a este mercado, ofreciendo mayores ventajas de crédito que las anteriores y así como continua dinamizándose el sistema de crédito Frances y para el año 1967, son las instituciones financiera francesas, quienes se reúnen y crean una sola institución, a los fines de desarrollar una nueva tarjeta de crédito llamada Le Groupemet Carte Bleu, y es este mismo grupo los que para el año 1974 hacen un acuerdo de franquicia con el bank of American de los Estados Unidos para crear sin mayores tropiezo, la mayor tarjeta de crédito en el mundo hasta ese momento, la Carte Bleu internacionale, unida con Visa Internacional, que definitivamente se asocia con Visa Internacional para el año 1976.

Finalmente le tocó el turno a lao Bancos Agrícolas Franceses, quienes en el año 1983, se unen todos en una sola sociedad crediticia y crean la tarjeta de crédito Carter Verde, más tarde se unifican con la poderosa tarjeta de crédito internacional de la MasterCard, por medio de su subsidiaria financiera europea ya popular en toda la zona, la Eurocard.

Surgimiento de la Tarjeta de Crédito a España

El continente Europeo continuo siendo víctima del desarrollo por medio de este instrumento de pago llamado Tarjeta de crédito, tan novedoso que el país Ibérico no se podía queda rezagada, fue entonces cuando esta forma de para hace su entrada triunfal de mana de la empresa regenteada por Diners Club en el año del 1954, años más tarde, específicamente en el 1967 es acompañada de una nueva tarjeta de Corte Inglés que ya estaban induciendo al mercado comercial Inglaterra, para ese entonces ya los corredores preciados empiezan a crear su propia tarjeta de crédito y para el año 1970 el grupo Meliá Hoteles, crea su tarjeta Club Meliá, según se puede observar en el despunte económico, que para el año de 1971 el banco Bilbao, introduce la tarjeta de crédito Visa y el Banco Vizcaya, introduce la mastercard.

De igual forma el Banco popular Español en el año 1973 introduce su propia tarjeta de crédito llamada para ese entonces Multicard. Viendo el desarrollo y repunte de este negocio de crédito, es cuando otros negocios ajenos a la actividad bancarias, como lo fue la institución dedicada a la ventas de prendas de vestir "El Corte Fiel" misma que para el año 1979 introduce una nueva tarjeta de crédito con su propio nombre, respaldado por el banco Bilbao, y es ya, para el 1995, cuando American Express llega a España con el respaldo solidario del Banco de Santander.

Hay que colegir, que el país Ibérico fue uno de los más difícil mercado para el introducir el nuevo y novedoso método de pago o lo que es mejor, el sistema de tarjeta de crédito de todos los países europeos que ya se manejaban con esta forma de pago que amenazaba el mundo, sin embargo, ya estando en el negocio podemos observar los grandes beneficios del sistema hoy día, tomando en cuenta que España es el segundo país del continente europeo utilizando esta forma de pago, con más de un 40 millones de usuarios, es decir, un 70% de la población esta afiliados, por encima de Turquía con 35 millones de usuarios y Francia con 28 millones de afiliados, de modo que esta nación europea solo tienen por encima de ella al Reino Unido con 90 millones de tarjetahabientes.

Surgimiento de la Tarjeta de Crédito a Alemania

Es en Alemania en el año del 1993, donde se introduce por primera vez, u n codificador y procesador electrónico llamado Multi Card-Manager, que permite procesar transacciones comerciales de cualquier tipo, realizada por medio de tarjeta de crédito o débito, en cualquier parte del Mundo.

Transcurrido un año de la implementación de este novedoso sistema en este país Europeo, y finalizando el año 1994, se implementa un nuevo sistema inteligente por medio de pago eléctrico, con el propósito de de evitar los fraudes y robo de identidad, que permite el uso de crédito inmediato y además como tarjeta de llamadas telefónicas como fue la Eurocard, que se empezó a utilizar con muchos existo en aerolínea por los usuarios de estos servicio, y en este mismo año entra a Alemania la tarjeta Visa, la cual se inició allí siendo operada por más de ochenta bancos comerciales.

Surgimiento de la Tarjeta de Crédito como instrumento de pago a la República Dominicana

Al finalizar la dictadura de Trujillo, en los años del 1960 y 1961, los empresarios de la Republica Dominicana, introducen una tarjeta de crédito llamada Créditos Comerciales S.A., que aunque nació para ser utilizada en el territorio nacional exclusivamente, fue evolucionando conforme fue pasando en tiempo, fueron surgiendo otras como las Tarjetas de Crédito La Monetaria, Tarjeta de Crédito de Oro, etc., expedidas por entidades financieras que no tenían ningún vínculo comercial con entidades de tipo financiera, más tarde fueron desplazadas por bancos comerciales que si se dedicaban a dar este tipo de servicio de crédito, mismo que al mismos que empezaron a comercializar su producto de crédito al mercado, convirtiéndose de esta manera en entidades emisoras de tarjetas de créditos.

Para ese mismo periodo, hace su entrada al país la Tarjeta American Express, instrumento crediticio de uso internacional y que viene a ofrecer un servicio de crédito sumamente importante para los que se mantenían constantemente viajando fuera del país, mismas que se mantuvieron dirigidas en sus inicios, a personas de altos ingresos económicos, sin embargo, la competencia de otros servicios ofrecidos por otras tarjetas de crédito, la obligaron a ofrecer a toda la población dominicana estos servicios, además del gran número de empresas comerciales que empezaron a solicitar ser afiliada como empresa de servicios de crédito por medio de ese instrumento de pago.

La globalización de la economía, trajo con siga la necesidad de expandir los mercados comerciales que servían a los usuarios locales, haciendo compras por medios de la internet y otros negocios internacionales que hicieron necesarios el traspaso de las fronteras internacionales, para acceder a través de este instrumento de pago, al mercado internacional más competitivos, para lo que fue obligatorios, que los bancos emisores de tarjetas de créditos firmaran contratos de franquicias con los propietarios de marcas internacionales de tarjetas de créditos, a los fines de que le permitan operar bajo la mismas condiciones ya establecidas. De modo que las tarjetas de crédito nacionales fueron unificadas con las grandes marcas internacionales que ya estaban ofreciendo estos servicios de créditos, como las tradicionales tarjetas American Express, Dinner Club y Carte Blanche, Visa y la Master Card, mismas que ya tenían acceso a todos los sistemas comerciales del mundo conocido y son emitidas por los bancos bajo su marca.

El legislador dominicano no ha diseñado aun en este pujante siglo XXI, una normativa que sirva de soporte regulador y fiscalizador de las empresa de los usuarios del servicio de tarjeta de crédito, sin embargo, le ha dejado a la Ley 183-02 del 21 de noviembre del año 2002, que regula el Sistema Financiero y monetario en el país, fija la tasa de intereses, que por sumas no pagadas, pueden serle cargado al usuario o tarjetahabiente, cuando este decida financiar el consumos dejado de pagar en el tiempo establecido por las prestadoras del servicio, a un periodo mayor al plazo que se le otorga para realizarlo, que generalmente es de 25 días después del corte, de modo que el estado han dejado en manos de la Junta Monetaria, que es el organismo bancario rector del sistema financiero nacional, para que este sea la institución reguladora de esta actividad económica, además de otras actividades más del sector financiero, la que por medio de resoluciones debe regular el sistema de tarjeta de crédito en la República Dominicana.

Sin embargo, en el caso que nos ocupas podemos observar, que la Ley 358-05, que regula los Derechos del Consumidor o Usuario en nuestro país, en los artículos 53, 55 y 87, ha señalado e indicado que siendo dichas disposiciones aplicables también a las tarjetas de créditos, en cuanto al financiamiento de producto de consumo, que se debe tomar en cuenta que las Operaciones de Venta a Crédito, en el caso de las ventas de productores o presentación de servicios bajo modalidades de crédito al consumidor o usuario, el proveedor debe consignar so pena de ser sancionado a una determinada multa, al no especificar claramente los conceptos y el monto de cada partida, así como la suma total a pagar, además de indicar de manera 1.- el precios al contado y a crédito del producto o servicio brindado o consumido, incluyendo el impuesto o sin impuesto, considerándose que ha sido al contado, cuando se pague la totalidad, tanto en efectivo como con tarjeta de crédito y débito. De modo que se pueda determinar cuales se consideran como venta a crédito, o cuales se han hecho pago mediante el empleo de una tarjeta de crédito o débito.

Observando detenidamente lo expresado en el párrafo anterior, se puede percibir la relación que esos artículos precedentes guardan con el postulado expresado en el artículo 87 de la ley de marra, mismo que copiado nos dice que "Información sobre precios. Los precios de los bienes y servicios deberán estar señalados en forma notoria e inequívoca a la vista del público, a excepción de aquellos productos y servicios, que por sus características especiales, el precio deba convenirse de común acuerdo. Los precios no podrán ser modificados en función del medio de pago utilizado." A este respecto se puede observar, de qué forma las empresas comerciales de nuestro país incurren en violaciones constantemente, toda vez que adicionan al precio de venta, la comisión que deben de pagar al banco por dicha transacción, al momento de que los usuarios o tarjetahabientes realizan operaciones por medio de sus tarjetas de crédito o de débito, de modo que según sea el ilícito cometido por ellas las empresas, así mismo se harán posibles de ser sometidas en acciones penales y/o civiles por ante el tribunal competente.

Del mismo modo el consumidor podrá renegociar la operación a crédito y cancelar anticipadamente lo adeudado, mediante el pago total o parcial de las deudas consumidas por estos, en cuyo caso tendrán derecho a reclamar una reducción proporcional a los intereses generados por la falta de pago en el plazo establecido, en base a la proporción de las amortizaciones realizadas.

Estas disposiciones serán aplicables a las entidades financieras y emisoras de este instrumento de pago llamado tarjeta de crédito, o a cualquier otra institución que se dedique a realice operaciones de crédito en la Republica Dominicana, de donde se desprende que, y contrario a lo que suceda en la práctica, los bancos comerciales no podrán seguir calculando los intereses que por el no pago a tiempo es deudor el tarjetahabiente sobre el saldo total de la deuda, sino sobre el saldo insoluto de la misma.

En la República Dominicana, se encuentran operando un gran número de tarjetas de créditos y otras que al día de hoy no están en operación pero que se encuentran en proceso de formación o están ya aprobadas, las tarjetas de crédito existentes en nuestro país están clasificadas según el grupo de usuarios, en tres grandes grupos a saber, ellos son los de uso local, los de uso internacional y los de uso mixto.

Convenio contractual de la tarjeta de crédito e ilícito cometido a través de este instrumento de pago

En el congreso de la república dominicana, se encuentra durmiendo el sueño eterno, un anteproyecto de modificación del actual Código de Comercio, que pretende incluir ciertas regulaciones al servicios de crédito por medio de tarjeta de crédito, de forma que el título o valor que representa el contrato por el cual un banco o un establecimiento comercial autoriza a una persona, llamada tarjetahabiente o titular principal, a hacer uso de una línea de crédito previamente aprobada, para adquirir bienes o servicios en los establecimientos convenidos, mediante facturas debidamente firmadas por el titular de la tarjeta de crédito.

Como se puede observar, de aprobarse este régimen legal, se reducirían los contratos que en esta forma de pago interactúan los actores del comercio de crédito, al plástico común que es el medio mediante el cual se concretiza o se cumple dicho acuerdo comercial, por esa razón es que se puede definir este tipo de contrato, según lo estable el profesor Lama 2010, como ?Un contrato de comisión, conjunto de dos convenciones individuales, que teniendo como elemento común una parte ( el emisor), que sirve para poner en contacto a otras dos partes ligadas a él (el tarjetahabiente y el establecimiento comercial afiliado), de manera individual uno de otro, sin que entre ellos surjan obligaciones recíprocas, en principio, producto de dicho contratos, manteniéndose de forma individual las obligaciones de las partes frente al emisor, y este para ellas para la realización o ejecución de contratos de compra-venta y por la cual una parte denominada emisor, otorga a otra denominada tarjetahabiente, una línea de crédito previamente aprobada para su uso discrecional, sea contra el emisor o contra un comercio afiliado, frente al cual el emisor es responsable del pago de los consumos realizados por el tarjetahabiente ? .

Así lo ha dejado bien claro la Súper Intendencia de Bancos en su reglamento No. 004618, de fecha 7 del mes de febrero del año 2013, cuando define el contrato de tarjeta de crédito como "el Acuerdo en el cual se establecen términos y condiciones generales, bajo las cuales la entidad emisora de tarjeta de crédito otorga una línea de crédito al tarjetahabiente o titular en moneda nacional, extranjera o ambas monedas, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Monetaria y financiera, el Reglamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros y este Reglamento".

Partiendo de este criterio es fácil advertir, que la tarjeta de crédito es emitida a favor del usuario o tarjetahabiente, y es el documento indispensable por medio del cual se ejecuta el derecho que surge en la relación tripartita antes mencionados y conformada sobre la base de la celebración de dicho contrato, entre la emisora del negocio de crédito, la persona a quien se le entrega la tarjeta de crédito y por otro lado, entre la emisora y el comerciante.

En definitiva afirmamos que la tarjeta de crédito constituye un conjunto de múltiples relaciones de diversa índole, por lo que resulta inapropiado pretender definirla sin tener en cuenta esa multiplicidad. Es necesario por ellos entender a cada una de las relaciones:

Analizando el caso que nos ocupa, la relación que existe entre el emisor y el titular de la tarjeta de crédito, es un contrato por medio del cual una empresa especializada en el negocio del crédito, estipula con el cliente la apertura de un determinado crédito a su favor, tomando en cuenta que con la tarjeta efectúa compras y se satisfacen servicios de cualquier naturaleza.

Por otro lado, la relación existente entre la entidad emisora y el comerciante o proveedor, resulta de la relación jurídica o del compromiso asumido por la primera, de satisfacer el pago resultante de operaciones celebradas con el titular de la tarjeta, a cambio de una comisión preestablecida. Visto así, es de suponer que la preexistencia del vínculo que se ha crea entre el comerciante y el titular de la tarjeta constituirá un verdadero medio de pago de los bienes o servicios que se adquiera de manera obligatoria.

De modo que mediante el contrato de tarjeta de crédito, las empresas conceden una línea determinada o indeterminada, es decir, con limite o sin límite, de crédito a un determinado titular de una tarjeta de crédito, por un plazo expreso y expide la correspondiente tarjeta, con la finalidad de que el usuario de dicha tarjeta adquiera bienes o servicios en los establecimientos ya afiliados, que los proveen o en caso de solicitarlo y así permitirlo, la empresa emisora, hacer uso del servicio de disposición de efectivo u otros servicios conexos, dentro de los limites y condiciones pactados, obligándose a su vez, a pagar a la empresa que expide la correspondiente tarjeta, el importe de los bienes y servicios que haya se han utilizado y demás cargos o intereses de conformidad con lo previamente pactado o establecido en el contrato de tarjeta de crédito.

Naturaleza Jurídica del Contrato de Tarjeta de Crédito

Definir la naturaleza jurídica de este instrumento de pago llamado tarjeta de crédito resulta un tanto difícil, puesto que hemos encontrados muchas y variadas teorías al respecto y esta tiene que depender de manera inexorable de la teoría de la asignación, de modo que en este caso específico se trata de una persona que ha dado una orden a otra para que efectué un pago a un tercero denominado asignatario. Este supuesto ha sido seriamente impugnado, en vista de que no se trata simplemente de dar una orden, pues en todo caso discutible al momento en que se imparte dicha orden por la complejidad que arrastraría el susodicho mandato. Esto así porque el titular de la tarjeta de crédito o el usuario del servicio en este caso, no es el que pone en contacto al emitente con el afiliado, sino la entidad emisora, la cual, en vinculación con los demás elementos de la relación de orden trilateral creada a través de la tarjeta, la pone en movimiento. Si se tratase de una asignación, el emisor estaría en la obligación de pagar al afiliado so pena de caer en responsabilidad. De ahí que se ha dicho con justa razón el ilustre maestro de generaciones Fargosi, Horacio 1995, quien s0ostiene el criterio de que "si la asignación es correcta, en un título-valor como es el cheque, resulta ilógica tratando de aplicarla en una relación tripartita a diferir cierta clase de pagos."

Por otro lado hemos visto la famosa teoría de la asunción de deuda, criterio que también es sostenida por el jurista argentino Horacio Fargosi (op. Cit. Página 933), partiendo de este criterio, la tarjeta de crédito es percibida como una exaltación de deuda utilizada como medio indirecto de concesión de crédito, en el que el titular de la tarjeta compra los servicios ofrecidos y luego paga, esto después la entidad emisora, se ha obligado al pago de lo adquirido ante el vendedor, desobligando al comprador, cliente quien reembolsará la suma de dinero ya pagada en un plazo determinado y acordado previamente. Esta teoría tampoco resiste un severo análisis. Ella sólo es referible a una perspectiva parcial, cual es la relación del afiliado con el emisor, olvidando la segunda de las relaciones que se crean.

De aquí que nace la famosa teoría de la apertura de crédito, que es sostenida por la doctrina y legislación mexicana, en la que se afirma que el usuario de este servicio de crédito, cuando realiza una compra de servicio, de modo que de esta forma se firma un reconocimiento de deuda correspondiente a la cantidad de mercaderías o servicios adquirido a un comerciante afiliado. En tanto que el banco prestador del servicio de crédito o la empresa emisora, conviene con el afiliado una promesa de sesión de deuda. En el pasado esto facilitaba la realización de una serie de negocios engañosos por parte de algunos usuarios de servicios de créditos, pues la deuda pasaba a ser casi un simple crédito sin valor documental, que con la apertura de estos nuevos créditos, se descubrió la manera más rápida y segura de constreñir a los usuarios y afiliados en el pago de sus obligaciones. Esta teoría de la apertura de crédito en principio fue rechazada por incompleta y aun cuando es exacto que reconoce la relación que se crea entre el usuario y el emitente, olvida la que surge entre este último y el afiliado.

Es de suponer, que toda actividad humana supone una interacción entre varios actores que pudieran intervenir en un determinado proceso, y en el caso específico de la tarjeta de crédito no es una excepción, puesto que la relación de los tres elementos personales como en el caso que nos ocupa, en la que existe un carácter múltiples e igualitario entre los actores que intervienen y actúan dentro de un plano de consideraciones legales teóricamente paritarias, y es que en la tarjeta de crédito se da una relación múltiple, en virtud de la triple situación personal que se establece al realizarse una compra o satisfacerse un servicio determinado.

Creación del Contrato de Tarjeta de Crédito desde el punto de vista jurídico

En el momento en que una persona desea acceder o solicitar a una Tarjeta de Crédito, lo primero que debe de hacer es acercarse a la entidad emisora, que como ya vimos, por tratarse de una Tarjeta de crédito emitida por una entidad Bancaria llamada también Entidad Emisora o Banco comercial, y realizar el trámite correspondiente, presentando los requisitos que el Banco le solicite.

En este caso, es el interesado quien tiene que llenar una solicitud de afiliación, que luego se incorpora como parte del contrato que posteriormente firmará. Esta solicitud contiene datos generales del solicitante, datos de su conyugue en caso que lo tenga, las condiciones de la tarjeta, estado de ingresos y egresos promedio mensual, entre otros.

Llenada dicha solicitud, el interesado suscribe un Contrato de Tarjeta de crédito con la entidad bancaria emisora de la misma, la cual contiene clausulas y condiciones preestablecida que van a regir el crédito que va a ser otorgado. Este contrato será un contrato de Adhesión como lo explicaremos más adelante.

La entidad emisora o banco, examinará previamente si el interesado es sujeto de crédito y si su solvencia y condiciones tanto patrimoniales como morales le permiten acceder a la Tarjeta de crédito.

Inmediatamente esté comprobado los datos y la solvencia del interesado solicitante, procede a firmar el Contrato de Adhesión con la entidad Bancaria de que se trate, mismo que procede abrir una Cuenta Corriente de la cual debitará los importes por la utilización de la Tarjeta de Crédito de los usuarios así como los consumos realizados por estos en los establecimientos afiliados, de acuerdo a la condiciones establecidas en el Contrato de Tarjeta de Crédito Bancaria.

Posteriormente a todos esos trámites burocráticos, el Banco emite las tarjetas plastificadas para los usuarios, conteniendo expreso sus nombres, es decir para el titular y a las demás personas que este designe de manera expresa y por escrito. Entiendo de esa manera, que todas las tarjetas emitidas tienen carácter personal e intransferible y, poseen las mismas limitaciones y cumplen las mismas condiciones que la tarjeta del titular.

Partes: 1, 2, 3
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