- Virreinato del Río de la Plata
- Juntas de Gobierno
- Triunviratos
- Directorio
- Autonomías Provinciales
- Congreso General Constituyente
- Gobierno Personalista
- Confederación Argentina
- Conclusión
- Bibliografía Consultada
Gobiernos Río Platenses, una mirada objetiva
Concluyendo la primera etapa del año lectivo, hemos de realizar un trabajo integrador de lo desarrollado. Dentro de ello se ha elegido tratar el tema de los diferentes gobiernos del Río de la Plata, desde la creación del Virreinato hasta el Período Rosista.
El modo de trabajo será distinto al ocurrido en clase. En el presente informe no se ahondará en leyes, tratados, medidas económicas o políticas, y temas similares, sino que se profundizará en las características propias de cada tipo de gobierno. Se dará una visión objetiva de los mismos, en virtud de responder él ¿Cómo, Porqué y Para Qué?, de su implementación.
1) Virreinato del Río de la Plata (1776-1810).
Las relaciones internacionales en la época se caracterizaron por la rivalidad entre las potencias europeas y las frecuentes guerras provocadas con la finalidad de incrementar las posesiones territoriales.
La decadencia española ponía en peligro sus posesiones en América. Los portugueses, aliados de Gran Bretaña, aspiraban a expandirse sobre los territorios del Río de la Plata.
La Guerra de la Independencia de los Estados Unidos dio a España y Francia la oportunidad de perjudicar a Gran Bretaña, razón por la cual se aliaron con los rebeldes americanos. La corona española aprovechó la oportunidad en que Portugal no podría recibir auxilios de Gran Bretaña y envió, en 1776, una poderosa expedición con destino al Río de la Plata. Al frente de la misma venía don Pedro de Cevallos, con el título de virrey provisorio.
El rey Carlos III transformó al Virreinato en una jurisdicción permanente, ya que respondía a la necesidad de solucionar problemas de gobierno en el extremo sur de sus posesiones.
Principales causas que favorecieron su creación
- Expansión portuguesa. Desde tiempos de la colonización y conquista, la expansión de Portugal sobre el territorio español, fue una constante. La presencia portuguesa era particularmente peligrosa por la dependencia de Portugal con relación a Inglaterra: los comerciantes ingleses introducían el contrabando desde la Colonia en los dominios españoles del Río de la Plata.
- Importancia estratégica del Atlántico Sur. La expansión comercial del siglo XVIII, hizo más frecuente los viajes a Oriente por la ruta del estrecho de Magallanes; el Atlántico Sur adquirió valor estratégico; las Islas Malvinas y las costas patagónicas se transformaron en puntos de recalada para las expediciones que debían continuar por el Océano Pacífico.
- Desarrollo socioeconómico. En el siglo XVIII, la región del Río de la Plata, adquirió importancia por la producción de cueros. Sucesivos permisos autorizaron la llegada de navíos, organizándose el comercio directo con la península por el puerto de Buenos Aires. Las posibilidades económicas de la región rioplatense se presentaron promisorias, los ministros de Carlos III trataron de preservarlas.
Gobierno Colonial
Con la creación del virreinato surgió una nueva organización político-jurídica.
a) Autoridades Residentes en España:
- El rey. Era la máxima autoridad. Disponía todas las medidas para gobernar sus extensos dominios y designaba a los funcionarios.
- La Casa de Contratación. Fue creada en el año 1503 por orden de los Reyes Católicos. Instalada en Sevilla, controlaba la actividad comercial y el tránsito de expediciones y personas entre España y América.
- El Consejo de Indias. Instalado en Madrid, este cuerpo tenía numerosas funciones: elaboraba las leyes relacionadas con América; actuaba como tribunal supremo de justicia; proponía al monarca la designación de los altos funcionarios del gobierno indio.
b) Autoridades Residentes en América:
- El Virrey. Representante directo del monarca, era una de las máximas autoridades de América. Entre sus facultades y prerrogativas estaban el presidir la Audiencia, supervisar la hacienda real y tener control sobre la Iglesia.
- Gobernadores y capitanes generales. Los gobernadores tenían funciones políticas y administrativas, y estaban subordinados a la autoridad del virrey. En los territorios fronterizos, las provincias estaban a cargo de un capitán general, que además de las funciones de gobierno se encargaba de la defensa de la región.
- Los Corregidores. Se encargaban del gobierno local.
- Las Audiencias. Organismos creados para la administración de justicia en América. Se convirtieron en las instituciones de mayor confianza para la Corona. Vigilaban en desempeño de virreyes y gobernadores e informaban a la monarquía sobre su conducta.
- Los cabildos. Se encargaban de la administración de la ciudad y sus alrededores. Cuidaban, entre otras cosas, el abastecimiento de alimentos, la justicia, la salud y la seguridad. La presidían dos alcaldes que tenían a su cargo la administración de justicia en los asuntos de menor importancia.
La razón de su desaparición se debió al descontento de los sectores locales porque estos últimos, prácticamente, no tenían participación en el poder y es por eso que, a pesar de los beneficios que trajo, no fue el mejor para nuestro país.
a) Junta Provisional Gubernativa (1810):
Esta junta juró el 25 de Mayo "conservar integra esta parte de América a nuestro augusto soberano Fernando VII y sus legítimos sucesores"; es decir que actuaban en nombre de Fernando VII.
Su instalación marco el comienzo del ejercicio del poder por parte de los criollos, prescindiendo de las autoridades existentes en España. El resto de la organización virreinal siguió intacta, estos son las audiencias, gobernadores, intendentes y cabildos.
La junta no se presentó como una ruptura del orden preexistente, sino como una continuidad de la soberanía del monarca Fernando VII, que se encontraba prisionero en Francia.
Se baso en la teoría de la retroversión de la soberanía, expuesta por Castelli en el cabildo abierto y el derecho de los pueblos a conferir la autoridad o mando en ausencia del monarca, resumida en el voto de Saavedra.
Los fundamentos doctrinarios de la Junta se complementaron con la teoría de la subrogación, por la cual al sustituir a la autoridad virreinal se asumían todas sus funciones y dignidades, por lo que la Junta debía ser reconocida por todas las ciudades y villas.
La Junta desarrolló un plan de gobierno renovador, con la aplicación de franquicias comerciales, fomento de la industria, reorganización militar, apoyo a la cultura, protección a los indígenas, etc. Este nuevo gobierno fundó un periódico semanal en el cual se publicaban los ideales del nuevo gobierno y temas de carácter social, político y económico.
La Junta realizó una labor diplomática tendiente a afianzar su obra y conservar la unidad del territorio ante la amenaza de ataques exteriores.
b) Junta Grande (1810-1811):
Con la integración de los diputados del interior, la Junta Gubernativa se transformó en la Junta Grande, primer Gobierno con representación nacional. El excesivo número de miembros y la multitud de tendencias internas dieron lentitud a su tarea.
La Junta Grande intentó dar participación a los pueblos del interior mediante el Decreto de Juntas Provisionales, que establecía en cada capital de intendencia una Junta Provincial con una autoridad sobre la gobernación integrada por el gobernador intendente designado por el gobierno central y cuatro vocales elegidos por los vecinos de dicha ciudad. En las ciudades dependientes se formaban juntas subordinadas integradas por el gobernador delegado y dos vocales electivos.
El diputado de Córdoba Gregorio Funes presentó un nuevo sistema el cual fue aceptado en las capitales de intendencias pero rechazado en las ciudades subordinadas, que no integraban las juntas provinciales.
El nuevo gobierno de 16 miembros que luego llegó a 22 careció de unidad de acción y no pudo impedir las rencillas internas, propias de un ejecutivo numeroso. Saavedra siguió ocupando el cargo de presidente y Funes tomó la iniciativa que antes había correspondido a Moreno.
- Juntas de gobierno (1810-1811).
- Triunviratos (1811-1815).
Un Triunvirato es una forma de gobierno de la Magistratura nacida en la antigua Roma en donde intervenían 3 personas las cuales dirigían el poder.
Primer Triunvirato (1811-1812):
El 22 de Septiembre de 1811 la junta grande se reunió con los apoderados del pueblo decidiendo la creación de un poder ejecutivo de tres miembros. Al día siguiente la Junta Grande decidió disolverse y crear en su reemplazo un Triunvirato, el cual estaba integrado por Feliciano Chiclana, Manuel Sarratea y Juan José Paso; representaban al sector porteñista. Su secretario, Bernardino Rivadavia, quien fue quien tomo la conducción política. De los seis integrantes del Triunvirato, cinco eran porteños y uno solo provincial (José Julián Pérez).
El Decreto del 23 de Septiembre establecía además que los señores diputados de los pueblos y provincias, es decir, los integrantes de la desprestigiada Junta Grande deberían integrar una Junta Conservadora de quien dependían los miembros del Triunvirato.
La Junta, con mayoría provinciana, se abocó a la tarea de elaborar un documento para establecer las atribuciones de cada poder y el funcionamiento del gobierno.
El 22 de Octubre de 1811 redactó un Reglamento Orgánico que adoptaba el principio de la división de poderes:
– Poder Legislativo: residía en la Junta Conservadora de la Soberanía de Fernando VII y de las leyes nacionales.
– Poder Ejecutivo: desempeñado por el Triunvirato que respondía ante la Junta.
– Poder Judicial: era independiente y ejercido por la audiencia.
El Triunvirato consideró que la Junta se reservaba excesivos poderes, por lo que dejó sin efecto el reglamento, y asumió la totalidad del gobierno disolviendo así la Junta Conservadora. Para justificar su accionar y organizar el gobierno, el 22 de Noviembre de 1811 sancionó el estatuto provisional, que lo facultaba para asumir el gobierno y adoptar cuantas medidas estime necesarias para la defensa y salvación de la patria. Este Estatuto Provisional disponía la inamovilidad de los triunviratos, que se renovaban cada seis meses. Los reemplazantes eran elegidos por una asamblea constituida por los representantes de los pueblos -que serían expulsados pocos días después y un número considerable de vecinos de la capital.
Se ratificaban los decretos de la libertad de prensa y seguridad individual y la independencia judicial.
El 8 de octubre de 1812 fue derrocado el Primer Triunvirato por un movimiento militar que contó con el apoyo popular y que fue promovido por la Logia Lautaro. Una causa del movimiento fue la continua postergación del Congreso General mencionado en el estatuto provisional antes mencionado.
Al mismo tiempo que se proclamaba la formación del Segundo Triunvirato, se anunciaba la convocatoria del Congreso General encargado de dictar una Constitución Provisoria.
Segundo Triunvirato (1812-1814):
La Logia Lautaro exigía que el cabildo reasumiera el mando y designara un nuevo gobierno que debía convocar a una asamblea general de los pueblos. Después de ciertas vacilaciones cesó el Primer Triunvirato y se constituyó el Segundo triunvirato. La elección fue ratificada por el pueblo.
El nuevo gobierno estaba integrado por Nicolás Rodríguez Peña, Antonio Álvarez Jonte y Juan José Paso. El Segundo Triunvirato no hacía referencia a Fernando VII y su disposición más importante fue la convocatoria a la Asamblea General Constituyente de 1813. Para esto hizo despertar confianza a los pueblos del interior.
Asamblea General Constituyente (1813-1815):
A fines de Octubre de 1812 el gobierno publicó el reglamento de convocatoria el cual establecía la forma de elección de los diputados. Estos serían cuatro por Buenos Aires, dos por cada capital de provincia y uno por cada ciudad dependiente de las últimas.
La Asamblea General Constituyente debía ocuparse de los temas fundamentales para la organización del estado: Emancipación y constitución del Estado.
Establecía el número de diputados en relación con la importancia política de las ciudades: Buenos Aires tendría cuatro diputados, cada capital de intendencia dos y las ciudades subordinadas uno, excepto Tucumán que tendría dos.
La Asamblea inició sus sesiones en Buenos Aires el 31 de Enero de 1813 y se dio sus propias autoridades:
Sus primeras medidas fueron asumir el ejercicio de la soberanía y la representación de las provincias unidas de la plata, dejando de lado la autoridad del rey.
En 1813 la Asamblea desarrolló una obra legislativa tendiente a reafirmar la soberanía del estado y reorganizar la sociedad bajo los principios de libertad e igualdad:
- redactó un estatuto para el funcionamiento del supremo poder ejecutivo (triunvirato)
- estableció su propio sello
- reemplazó el escudo de armas del rey por uno propio
- aprobó una única marcha nacional
- ordenó la primera acuñación de monedas
- suprimió los títulos de nobleza
- reorganizó el poder judicial mediante el reglamento de administración de justicia
- prohibió el uso de tormentos y torturas.
En el seno de la asamblea existían dos tendencias, una de ellas era la Logia Lautaro unificada con la sociedad patriótica que sostenía dos principios fundamentales: uno era declarar la independencia y dictar una constitución republicana. Esta posición era ejercida por San Martín, la otra era ejercida por Alvear que consideraba necesario adecuar la situación interna del país a los problemas exteriores, defendía un poder ejecutivo representado en una sola persona y quería postergar los dos principios fundamentales de la Logia
A pesar de estos proyectos, los desacuerdos internos impidieron la sanción de la Constitución. Esto se atribuye al predominio Alvearista en La Logia y entre los congresales, acentuado con la lejanía de San Martín y la no-admisión de los diputados de la Banda Oriental.
Los acontecimientos Europeos anunciaban el retorno del monarca de Fernando VII, y era evidente que este enviaría una expedición militar al Río de la Plata para sofocar las revoluciones. Esta delicada citación interna hizo necesaria la concentración de poder
El 22 de enero de 1814 se suprimió el Triunvirato y se lo reemplazó con la creación del Ejecutivo unipersonal: el Directorio. Por primera vez hubo un poder ejecutivo de una sola persona, el cuál es el principal antecedente en la práctica del presidencialismo. El director gobernaba por dos años y sería elegido por la Asamblea.
Existía un Consejo de Estado, integrado por un presidente designado por la Asamblea y siete vocales nombrados por su director, que asesoraba al gobierno y más tarde aparecieron los ministerios de Gobierno, de Hacienda y Guerra, conocidas como Secretarías de Estado.
El Poder Ejecutivo quedaba a cargo de un Director, cuya función duraría un año. El Poder Judicial mantenía su Independencia. El Poder Legislativo quedaba a manos de la Junta de Observación provisoriamente y se anunciaba la próxima reunión del Congreso General de las Provincias que lo ejercería definitivamente. Este estatuto no fue acatado por las provincias.
La Asamblea fue disuelta al caer Alvear en abril de 1815. Para gobernar junto al nuevo Director y en reemplazo de la Asamblea se eligió una Junta de Observación, la cuál redactó el Estatuto Provisional de 1815. En este estatuto se reconocen los derechos fundamentales y se reglamenta la ciudadanía. Se establece que ningún español disfrutará del sufragio mientras los derechos de las Provincias Unidas no sean reconocidos por España.
El estatuto también establecía que el Poder Ejecutivo quedaba a cargo de un Director, cuya función duraría un año. El Poder Judicial mantenía su Independencia. El Poder Legislativo quedaba a manos de la Junta de Observación provisoriamente y se anunciaba la próxima reunión del Congreso General de las Provincias que lo ejercería definitivamente. Este estatuto no fue acatado por las provincias.
El Reglamento de 1817 era un documento que estaba basado en el estatuto de 1815, pero se diferenciaba principalmente en que las atribuciones del poder ejecutivo eran más amplias y era más centralista. Su contenido era el siguiente:
- enumera los derechos fundamentales
- no reconoce la libertad de cultos
- reglamenta el sufragio
- el poder ejecutivo quedaría a cargo del Director
- los gobernadores serían designados por el Director
- el poder legislativo sería fijado por la futura Constitución
- el poder judicial conservaría la organización existente, pero con la creación de un tribunal de recurso de segunda suplicación.
- se afirmaba el carácter provisorio de las disposiciones hasta que se dictase una Constitución Nacional
El 24 de marzo de 1816 el Congreso Nacional inauguró sus sesiones en Tucumán. Tuvo un carácter verdaderamente nacional. Sus diputados habían sido elegidos entre las personalidades más destacadas de cada provincia. El congreso fue expresión del acuerdo entre los sectores porteños y los dirigentes del interior que comprendieron la necesidad de aunar esfuerzos para alcanzar el objetivo lanzado en 1810: la independencia y la organización constitucional. Una de las primeras medidas fue elegir un director supremo capaz de restablecer la autoridad central. Debía ser aceptado para el interior y la capital. La consolidación de la unión nacional fue otro objetivo del congreso.
El primero de febrero de 1820 se libro la batalla de Cepeda. Los caudillos marcharon sobre Buenos Aires con lo cual el pánico se apoderó de la ciudad. Exigieron la disolución del gobierno nacional y el establecimiento de un gobierno representativo de la voluntad popular. El 11 de febrero de 1820 cesó el Directorio y se disolvió el Congreso.
- Autonomías provinciales (1820 – 1826).
En las Provincias reinó lo que denominamos como "ANARQUÍA".
Las provincias proclamaban su autonomía y desconocieron las "supuestas" autoridades vigentes, que no podían dar respuesta a los problemas de la sociedad. Cada una de estas sancionó su estatuto o constitución, estableciendo sus instituciones, como por ejemplo: gobernadores, la legislatura, un tribunal y jueces, etc.
El gobierno quería organizarse en una República, pero no pudo ser, ya que no existían los mecanismos necesarios para imponer ese sistema de gobierno. Entonces el poder decayó en los caudillos.
En este período, al no haber un estado sólido, ni constitución que regule el comportamiento y relaciones entre provincias, éstas se manejaban con tratados o pactos interprovinciales.
Autoridades que asumían, que eran derrotadas, que se nombraban sin que nadie las eligiera, ese era el panorama de la época; hasta que con la llegada de Martín Rodríguez como gobernador y la ayuda de Rosas (con "los colorados del monte")se puso fin a este período de Anarquía. El factor que también permitió acabar con la monarquía era la guerra con el Brasil, y para eso, teníamos que estar unidos, organizados y ser fuertes.
Congreso de Córdoba
Este congreso (que finalmente fracasó) en el que se llamó a todos los diputados de las provincias (1821) tenía como propósito acabar con las amenazas de la época: Ramírez y Carreras, que amenazaban constantemente a las provincias, atacándolas, con la pretensión de anexarlas para hacer una república federativa dentro de las Provincias Unidas. (La supuesta "República Federativa Entrerriana")
Bustos (como fue el mediador en el Tratado de Benegas que convocó a congreso) decidió que el congreso se realizaría en Córdoba. Con la incorporación de Rivadavia al ministerio de Rodríguez. Buenos Aires logró atraer a las provincias a su política de aislar a Bustos, y el Congreso fracasó.
- Congreso General Constituyente (1824-1827.)
A fines del gobierno de Martín Rodríguez, y por iniciativa de Rivadavia, se invitaron a las provincias a reunirse en un congreso nacional.
Era necesario organizarnos como país propiamente dicho, como nación, ya que las provincias habían superado la crisis de 1820 (se habían organizado), Gran Bretaña había decidido reconocer la independencia. También, el Imperio de Brasil era una amenaza, había tomado el territorio de la Banda Oriental y amenazaba al Litoral. Sólo un gobierno organizado podía frenar esta expansión y aprovechar las oportunidades de la óptima situación interna.
Lo que se logró en este congreso fue, fundamentalmente:
- La LEY FUNDAMENTAL: en donde se reconocía la vigencia de las instituciones de las provincias, hasta que se sancionara la constitución.
Se creó un poder ejecutivo provisional, en donde la autoridad recaía sobre el gobernador de Buenos Aires (en ese entonces era Las Heras).
- La LEY PRESIDENCIAL: se creó un poder ejecutivo permanente (fue elegido Rivadavia) con proyecto centralizado y con finalidad de extender a las provincias las transformaciones operadas en Buenos Aires.
- La LEY DE CAPITALIZACIÓN: Buenos Aires y la campaña se proclamaban capital del Estado.
Para acabar con los conflictos luego de la desaparición de la autoridad en Buenos Aires, se decide nombrar a una nueva persona en dicho cargo: Juan Manuel de Rosas. Una vez nombrado el establece un gobierno de carácter personalista mediante el cuál intentará dominar toda la política del país.
"Dicha forma de gobierno (Gobierno personalista, por si no recordáis de qué hablamos) era principalmente personalista, ya que el poder se lo concentró en una máxima autoridad con un alto grado de poder para el manejo de disposiciones a las cuales las provincias no pudieron responder (hacemos referencia a las facultades extraordinarias).
Principales características de esta forma de gobierno podrán ser sintetizadas en los siguientes puntos:
- Tenía como base el contacto con los sectores populares del lugar, es decir, con los sectores campesinos, orilleros, libertos y obreros de la ciudad.
- Orden administrativo.
- Exaltación del partido gobernante.
- Eliminación del enemigo".
A pesar de que todas las medidas establecidas en tal forma de gobierno, no fueron suficientes para que continuase siendo la correcta, debido a que fallaron las intenciones políticas de quien lo estableció. Podríamos decir que, a Rosas, a pesar de que la Junta de Representantes le propuso continuar e incrementarle su poder, este se decidió por rechazarlas ya que tanto tiempo llevaría al desprestigio de su accionar político y persona. Por tal razón esta forma de gobierno no llegó a estar más de tres años ya que quien la pensó vio los riesgos personales sobre las posibles consecuencias a niveles más relevantes.
Con este nombre se designó a la segunda forma de gobierno "creada" por Rosas. Con ella se pretendió reestablecer el orden y la paz; persecución de los enemigos políticos (unitarios, intelectuales, y otros) por medio de una fuerza armada especializada; continuó siendo, al igual que la forma de gobierno explicada anteriormente, de carácter popular; Era una forma de mandato nacionalista y no liberalista como la que se quiso establecer años antes. A demás de esto, al gobierno se le entregaron las disposiciones para la suma del poder público. Esto implicó el libre accionar de la máxima autoridad sin restricciones y por ende logró larga vida.
Este sistema sentó sus bases en el pacto federal mediante el cual se le otorgaba a la autoridad nacional las disposiciones para el manejo de las relaciones exteriores, el poder comandar a los ejércitos nacionales y demás atribuciones.
Si queremos explicar por qué esta forma de gobierno vivió tanto tiempo, nos tenemos que remontar a la suma del poder público mediante la cual se logró la supervivencia de la misma, tras constantes modificaciones a la junta de representante.
Si ahora queremos aclarar su desaparición, nos basta con mencionar la cantidad de conflictos tanto internos como externos. En tal caso, el poder de esta forma de gobierno se fue degradando ya que, por ejemplo, las guerras entre la liga unitaria y federal, algunos levantamientos contra la máxima autoridad, y otros conflictos.
Su final se produce tras la batalla de Caseros, aunque continuará unos años más hasta que Urquiza cae definitivamente y es ahí cuando esta forma de gobierno concluye su vida.
Tras el análisis y la lectura de las cuatro obras citadas que se mencionan en nuestro trabajo hemos llegado a la siguiente conclusión: Si las autoridades de la época hubieran dejado de lado todas sus diferencias políticas, ideológicas o de cualquier otra índole, no se hubiera pasado por tantas formas de gobierna para que después de 80 años finalmente decidirse por la Republicana Federal y Representativa que se había propuesto durante la Revolución de Mayo.
Cabe mencionar que cada forma de gobierno tuvo su finalidad y su intención de contribuir para la organización del estado nacional, pero a nuestro juicio la que mejor hubiera permanecido es la "Confederada", ya que el país a causa de su extensión, no podía atender todo los conflictos que se presentaran. Es por eso que ni los triunviratos, ni las juntas de gobierno, ni los directorios dieron respuesta para controlar todo lo que aconteciera dentro del territorio de la nación. El virreinato no logró supervivir debido a que se negó a los sectores locales no se les dio lugar para la participación en el poder.
- COSMELLI IBÁÑEZ, José Luis; Historia Argentina, 1961, Argentina, Liberia El Ateneo Editorial. 535 p.
- FLORIA, Carlos Alberto; GARCÍA BELSUNCE, Cesar A.; Historia de los Argentinos, Buenos Aires, Larousse, 2001. 1069 p.
- RINS, Cristina; WINTER, María Felisa; La Argentina. Una Historia para pensar 1776-1996, Buenos Aires, Kapelusz, 1996. 543 p.
- VÁZQUEZ de FERNÁNDEZ, Silvia; El Mundo, América, La Argentina. Desde el siglo XV hasta fines del siglo XIX, Buenos Aires, Kapelusz, 1998. 300 p.
Marcos Imberti