El uxoricidio en la República Dominicana análisis basado en la Ley 24-97 (página 3)
Enviado por Yunior Andrés Castillo S.
4.2 Resultados del Cuestionario B: aplicado a los Fiscales Adjuntos.
Tabla No. 1-B. Tipos de violencia de género denunciaron en la Unidad con mayor frecuencia.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) |
Física | 2 | 67 |
Verbal | 0 | 0 |
Doméstica | 1 | 33 |
Psicológica | 0 | 0 |
Sexual | 0 | 0 |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 1 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 1-B
Fuente: Ver tabla No. 1-B
El 67% de los Fiscales Adjuntos encuestados contestaron que los tipos de violencia de género que con mayor frecuencia se denuncian en la Unidad de Atención, son de índole física, y doméstico, con un 33%.
Tabla No. 2-B. Ofrecimiento de la Unidad cuando las víctimas presentan denuncia.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Asesoría legal y asesoría psicológica | 3 | 100 | |
Ayuda económica | 0 | 0 | |
Asesoría psicológica | 0 | 0 | |
Facilidades de vivienda | 0 | 0 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 2 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 2-B
Fuente: Ver tabla No. 2-B
El 100% de los Fiscales Adjuntos contestaron que cuando las víctimas se presentan a denunciar, la Unidad les ofrece asesoría legal y asesoría psicológica.
Tabla No. 3-B. Factores que incidieron en la presentación de las denuncias por parte de las víctimas.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Miedo | 1 | 33 | |
Miedo y Protección de sus hijos | 1 | 34 | |
Riesgo de muerte | 1 | 33 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 3 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 3-B
Fuente: Ver tabla No. 13-B
Se observa que el 34% de los Fiscales Adjuntos encuestados contestaron que desde su punto de vista, uno de los factores que inciden en la presentación de las denuncias por parte de las víctimas es el miedo y la protección de sus hijos; el 33%, afirmó que lo hizo por miedo; y otro 33% dijo ser el riesgo de muerte.
Tabla No. 4-B. Tipos de protección ofrecidos a las víctimas de violencia de género.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Apresamiento del agresor | 3 | 100 | |
Protección de las víctimas | 0 | 0 | |
Refugios | 0 | 0 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 4 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 4-B
Fuente: Ver tabla No. 4-B.
El 100% de los Fiscales Adjuntos encuestados contestaron que el tipo de protección que se les ofreció a las víctimas de violencia de género fue el apresamiento del agresor.
Tabla No. 5-B. Acciones iniciadas por las autoridades judiciales después que las víctimas presentan las denuncias.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Presentación de querella | 1 | 34 | |
Apresamiento del agresor | 1 | 33 | |
Cita para comparecer al agresor | 1 | 33 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 5 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 5-B
Fuente: Ver tabla No. 5-B
El 34% de los fiscales adjuntos contestaron que en el ámbito de la aplicación de la justicia, las acciones que inician las autoridades judiciales después que las víctimas hayan presentado las denuncias es presentación de querella si es necesario, un 33% apresamiento del agresor, e igual porcentaje 33% dijo cita para comparecer al agresor.
Tabla No. 6-B. Modificación de la normativa actual en cuanto a la
protección de la mujer víctima de violencia de género.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) |
Sí | 2 | 67 |
No | 1 | 33 |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 6 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfica No. 6-B
Fuente: Ver tabla No. 6-B.
El 67% de los fiscales adjunto contestó que de acuerdo a su experiencia, sí deberían modificarse la normativa actual en cuanto a la protección de la mujer víctima de violencia de género y un 33% contestó que no.
Tabla No. 7-B. Justificación de respuesta afirmativa pregunta 6-B
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | ||
Las penas a aplicar deben ser más fuertes | 2 | 100 | ||
Se debe orientar a la ciudadanía en cuando al procedimiento | 0 | 0 | ||
Total | 2 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 6 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfica No. 7-B
Fuente: Ver tabla No. 7-B
Los 100% de los Fiscales Adjuntos entrevistados respondieron que sí se debe modificar la normativa actual en cuanto a protección de la mujer víctima de violencia de género, debido a que se debe aplicar una pena más fuerte.
Tabla No. 8-B. Justificación de respuesta negativa pregunta 6-B
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | ||
Las normativas están correctas y adecuada a nuestros tiempos | 1 | 100 | ||
Estas leyes cuentan con todos los procedimientos y normativas que vele por la integridad de la mujer | 0 | 0 | ||
Total | 1 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 8 del cuestionario B. aplicado a los fiscales adjuntos de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfica No. 8-B
Fuente: Ver tabla No. 8-B.
Un 100% de los Fiscales Adjuntos que respondieron que no se deben modificar las normativas actual en cuanto a la protección de la mujer víctima de violencia de género, debido a que las normativas están correctas y adecuadas a nuestros tiempos.
4.3.- Resultados del Cuestionario C: Aplicado a los policías auxiliares de la Unidad.
Tabla No. 1-C. De los siguientes casos de denuncias ha acompañado a las autoridades judiciales de la unidad para apresar al agresor.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Física | 3 | 100 | |
Doméstica | 0 | 0 | |
Sexual | 0 | 0 | |
Verbal | 0 | 0 | |
Psicológica o emocional | 0 | 0 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 1 del cuestionario C aplicado a los Policía Auxiliares de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período Octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 1-C
Fuente: Ver tabla No. 1-C
El 100% de los policías auxiliares de la Unidad convergieron en que en los casos de denuncias hechas en la Unidad las autoridades policiales de la Unidad acompañaron a las víctimas hasta sus hogares para apresar al agresor.
Tabla No. 2-C. Desde su punto de vista, ¿Qué motivó a las víctimas de violencia de género a acudir a la unidad?
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Prevenir más violencia | 0 | 0 | |
La necesidad de protección | 3 | 100 | |
El ofrecimiento de ayuda legal | 0 | 0 | |
La recomendación de la policía | 0 | 0 | |
Querían denunciar el hecho | 0 | 0 | |
El miedo a sus agresores | 0 | 0 | |
Los consejos de amigos y/o familiares. | 0 | 0 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 2 del cuestionario C aplicado a los Policía Auxiliares de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período Octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 2-C
Fuente: Ver tabla No. 2-C
El 100% de los policías auxiliares de la Unidad entrevistados dijo que los motivos que tienen las víctimas a visitar la Unidad es por la necesidad de protección.
Tabla No. 3-C. Para proteger las víctimas, ¿cuáles son las medidas que toma la unidad?
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | ||
Órdenes de alejamiento para el agresor | 0 | 0 | ||
Acogida en casas de refugios | 0 | 0 | ||
Sacar el agresor de la casa | 0 | 0 | ||
Desarmar al agresor, si porta arma de fuego | 0 | 0 | ||
Apresarlo, si es reincidente | 3 | 100 | ||
Acompañamiento domiciliario policial | 0 | 0 | ||
Ayuda económica | 0 | 0 | ||
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 3 del cuestionario C aplicado a los Policía Auxiliares de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período Octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 3-C
Fuente: Ver tabla No. 3-C
Se observa que un 100% de los policías auxiliares de la Unidad consideran que para proteger a las víctimas, la Unidad de Atención, tiende a apresar a los agresores.
Tabla No. 4-C. Han acompañado a las víctimas a sus domicilios
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) |
Sí | 3 | 100 |
No | 0 | 0 |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 4 del cuestionario D aplicado a los Policía Auxiliares de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período Octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 4-C
Fuente: Ver tabla No. 4-C
El 100% de los policías auxiliares contestó que sí acompaña a las víctimas que visitan a la Unidad a sus respectivos domicilios. Es importante destacar que las víctimas fueron acompañadas hasta sus hogares por el cuerpo policial.
Tabla No. 5-C. En caso afirmativo ¿En cuáles casos de denuncias?
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) |
Física | 3 | 100 |
Domestica | 0 | 0 |
Sexual | 0 | 0 |
Verbal | 0 | 0 |
Psicológica o emocional | 0 | 0 |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 5 del cuestionario D aplicado a los Policía Auxiliares de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período Octubre, noviembre y diciembre 2014.
Gráfico No. 5-C
Fuente: Ver tabla No. 5-C
El 100% de los policías auxiliares que afirmaron acompañar a las víctimas a sus domicilios contestaron que los casos de denuncias fueron por violencia física, y las víctimas se llevaron a sus domicilios siempre y cuando existiera un inminente peligro y por orden de la fiscal.
Tabla No. 6-C. ¿Qué debe mejorarse en lo concerniente a la protección de las víctimas?
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Que se arreste de inmediato al agresor | 2 | 67 | |
Se necesitan más vehículos y personal | 1 | 33 | |
Total | 3 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 6 del cuestionario D aplicado a los Policía Auxiliares de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Período Octubre, noviembre y diciembre 2014.
Grafico No. 6-C
Fuente: Ver tabla No. 6-C.
El 67% de los policías encuestados dijo que con relación a la protección de las víctimas se debería mejorar el proceso de arresto inmediato al agresor y un 33% que se necesitan más vehículos y personal para trabajar con mayor rapidez en los casos.
4.4.- Resultados del Cuestionario D: Aplicado a los abogados.
Tabla No. 1-D. Tipo de violencia en la que asistió a las víctimas de violencia de género que acudieron a la Unidad desde octubre, a diciembre 2014.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Física | 30 | 75 | |
Domestica | 10 | 25 | |
Sexual | 0 | 0 | |
Verbal | 0 | 0 | |
Psicológica o emocional | 0 | 0 | |
Total | 40 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 1 del cuestionario D, aplicado a los Abogados de la Unidad de Atención a la víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual, de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Periodo Octubre-Diciembre, 2014.
Gráfico No. 1-D
Fuente: Ver tabla No. 1-D
Se observa que los tipos de violencia en que se asistieron a las víctimas de género, fueron en los casos de violencia física para un 75% y un 25% por violencia doméstica.
Tabla No. 2-D. Acciones que fueron tomadas por las autoridades judiciales para asistir a las víctimas.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | ||
Charla con la psicóloga | 13 | 33 | ||
Charla con la socióloga | 0 | 0 | ||
Levantamiento del acta | 27 | 67 | ||
Orientación legal | 0 | 0 | ||
Diálogo con la víctima | 0 | 0 | ||
Asistencia a la víctima en su medio de defensa | 0 | 0 | ||
Terapia individual o en pareja | 0 | 0 | ||
Total | 40 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 2 del cuestionario D, aplicado a los Abogados de la Unidad de Atención a la víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual, de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Periodo Octubre-Diciembre, 2014.
Gráfico No. 2-D
Fuente: Ver tabla No. 2-D
En lo concerniente a las acciones que fueron tomadas en cuenta por las autoridades judiciales para asistir a las víctimas, el 67% de los abogados contestó que se hicieron levantamientos de actas, y un 33% charlas con el psicólogo.
Tabla No. 3-D. Factores que incidieron en la toma de decisiones por parte de las víctimas para acudir a presentar denuncia en la unidad.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
La prevención | 0 | 0 | |
Necesidad de protección | 0 | 0 | |
Para obtener ayuda legal | 7 | 17 | |
La recomendación policial | 0 | 0 | |
La necesidad de denunciar | 0 | 0 | |
El temor | 33 | 83 | |
Por recomendación de amigos o familiares | 0 | 0 | |
Total | 40 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 3 del cuestionario D, aplicado a los Abogados de la Unidad de Atención a la víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual, de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Periodo Octubre-Diciembre, 2014.
Gráfico No. 3-D
Fuente: Ver tabla No. 3-D.
El 83% de los abogados encuestados contestó que los factores que incidieron en la toma de decisiones por parte de las víctimas para acudir a presentar denuncia a la unidad fueron por temor y un 17% para obtener ayuda legal.
Tabla No. 4-D. En el ángulo de protección a las víctimas violencia de género, cuáles medidas fueron adoptadas por la unidad luego de presentar denuncia.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | ||
Ordenes de alejamiento para el agresor | 20 | 50 | ||
Acogida en casas de refugios | 13 | 33 | ||
Sacar al agresor de la casa | 0 | 0 | ||
Rearmar al agresor, si porta arma de fuego | 0 | 0 | ||
Apresarlo, si es reincidente | 7 | 17 | ||
Acompañamiento domiciliario policial | 0 | 0 | ||
Ayuda económica | 0 | 0 | ||
Total | 40 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 4 del cuestionario E, aplicado a los Abogados de la Unidad de Atención a la víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual, de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Periodo Octubre-Diciembre, 2014.
Gráfico No. 4-D
Fuente: Ver tabla No. 4-D
El 50% de los abogados encuestados contestó para proteger a las víctimas de violencia de género luego de presentar denuncias fue ordenes de alejamiento para el agresor, un 33% respondió que se le dio acogida en casas de refugios y el 17% que se debe apresar, si es reincidente.
Tabla No. 5-D. Acciones que fueron tomadas por la unidad previo a la remisión de la denuncia.
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | ||
Toma de declaraciones | 13 | 33 | ||
Investigación de las denuncias | 27 | 67 | ||
Remisión de las denuncias | 0 | 0 | ||
Remisión del expediente al juzgado de la instrucción | 0 | 0 | ||
Seguimiento al proceso | 0 | 0 | ||
Total | 40 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 5 del cuestionario D, aplicado a los Abogados de la Unidad de Atención a la víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual, de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Periodo Octubre-Diciembre, 2014.
Gráfico No. 5-D
Fuente: Ver tabla No. 5-D
En la tabla No. 5-D, se observa que un 67% de los abogados de la unidad contestaron que las acciones que se tomaron previo a la remisión de la denuncia fue investigar las denuncias y el 33% tomar las declaraciones.
Tabla No. 6-D. ¿Qué modificaciones debería experimentar la ley 24-97 a fin de adaptarla a los tiempos actuales?
Alternativa | Frecuencia | Porcentaje (%) | |
Modificaciones en los plazos establecidos | 0 | 0 | |
Mayor amplitud en los rangos de violencia | 7 | 17 | |
Mayores penas a los agresores | 33 | 83 | |
Definir menor los tipos de agresión | 0 | 0 | |
Total | 12 | 100 |
Fuente: Pregunta No. 6 del cuestionario D, aplicado a los Abogados de la Unidad de Atención a la víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual, de la Procuraduría Fiscal de Santiago. Periodo Octubre-Diciembre, 2014.
Gráfico No. 6-D
Fuente: Ver tabla No. 6-D
En lo concerniente a las mediciones que debería experimentar la ley 24-97, a fin de adaptarla a los tiempos actuales, los abogados de la unidad consideran en un 83% que las penas de los agresores deberían ser mayores y el 17% dijo que mayor amplitud en los rangos de violencia.
4.5 Resultados del Cuestionario E: Aplicado al personal del área social y psicología.
4.5.1 Resultados de la entrevista al Psicólogo de la Unidad.
Al ser entrevistada el Psicólogo de la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar, de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, con relación a la situación jurídica de la mujer víctima de violencia a que son sometidas y que les son referidas, se determinaron algunos aspectos que como resultado de la entrevista se indican a continuación:
¿A qué tipo de violencia se somete mayormente a las víctimas que le son referidas? A violencia física, verbal, psicológica y amenaza de muerte.
¿Qué tipo de asistencia recibieron las victimas que le son referidas? En cuanto a la asistencia que recibieron, se les proporcionó soporte emocional, terapias psicológicas, terapia grupal y evaluación psicológica.
¿Qué motivó a las víctimas de violencia de género a acudir a la Unidad desde enero a diciembre 2014? Referente a la motivación de las víctimas para acudir a la Unidad, el motivo principal es el haberse dado cuenta de que se encontraban en grave peligro de muerte.
En el ángulo de protección, ¿qué medidas tomó la Unidad para proteger a las víctimas que acudieron a denunciar? En cuanto a las medidas de protección que se les proporcionó se encuentran la orden de arresto contra el agresor, la citación del agresor, entre otras.
En el ámbito de la aplicación de la justicia, ¿qué papel desempeñan las autoridades judiciales? En lo relacionado con el papel que desempeñan las autoridades judiciales, éstos tratan de dar cumplimiento a la Ley 24-97 aplicándola y de esta forma sancionada al que la viole.
Actualmente, ¿qué medidas está tomando la Unidad para mejorar la situación de las víctimas de violencia desde el ángulo social y psicológico? En cuanto a la medida que toma la Unidad para mejorar la situación de la víctima, a nivel psicológico se incorpora tanto a la víctima como al agresor a terapias grupales para mejorar el comportamiento, sea para que la víctima salga de la situación de violencia sometida o para que el agresor modifique su conducta violenta.
4.5.2 Resultados de la entrevista con las Sociólogas de la Unidad.
Al ser entrevistadas las Sociólogas de la Unidad de Atención a la Victima de violencia de género intrafamiliar y sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, con relación a la situación jurídica de la mujer víctima de violencia que asiste a la Unidad, se extrajeron algunos aspectos relevantes para el estudio que se presentarán a continuación:
¿A qué tipo de violencia se somete mayormente a las víctimas que le son referidas? La violencia física y psicológica, son los tipos de violencia a que son sometidas la mayoría de las victimas que les fueron referidas especialmente, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2014.
¿Qué tipo de asistencia recibieron las victimas que le son referidas? En cuanto a la asistencia que les proporcionó la Unidad, sobresalieron la escucha, la investigación, la mediación de conflictos y la educación en equidad de género.
¿Qué motivó a las víctimas de violencia de género a acudir a la Unidad desde Enero a Diciembre 2014? En lo referente a la motivación de las víctimas para acudir a la Unidad, principalmente fue la aceptación de la separación y la búsqueda de acuerdos entre las partes con la finalidad de convivir con más igualdad.
En el ángulo de protección, ¿qué medidas tomó la Unidad para proteger a las víctimas que acudieron a denunciar? Con relación a las medidas que tomó la Unidad para proteger a estas víctimas, se determinó que se les proporciona la manera de poner distancia entre éstas y sus agresores, se les ayudó a darle carácter a la decisión de separarse de su parejas. Esto, especialmente, a las víctimas que desistieron o abandonaron el caso.
En el ámbito de la aplicación de la justicia, ¿qué papel desempeñan las autoridades judiciales? En el ámbito del papel que desempeñaron las autoridades judiciales, en materia de violencia de género, se destacaron la mediación, la investigación y la escucha a las víctimas.
Actualmente, ¿qué medidas está tomando la Unidad para mejorar la situación de las víctimas de violencia desde el ángulo social y psicológico? En lo relativo a las medidas que está tomando la Unidad para mejorar la situación de las víctimas, sobresalió la terapia grupal, la evaluación de la personalidad y la peligrosidad y la educación de la víctima; así como las terapias de control de violencia y despego.
CAPÍTULO V:
Análisis e interpretación de los resultados
5.1 Análisis e interpretación los resultados de las encuestas.
En este capítulo se presenta un análisis de los resultados obtenidos en la investigación de campo, en donde se explicaran los objetivos de la presente investigación, basados en la Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde enero a diciembre 2014. Los resultados que dieron respuesta a cada uno de los objetivos, fueron en los siguientes:
Objetivo General: Determinar la Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde enero a diciembre 2014.
Una vez analizado los diferentes puntos de vista de las víctimas de violencia de género, de el Psicólogo, Sociólogas, Policías Auxiliares, Fiscales Adjuntos, y Abogados de la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género, y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, se extrajeron diversas informaciones de vital importancia para determinar la Aplicación de la ley 24-97 (Violencia intrafamiliar, de género y sexual).
En lo concerniente a los resultados arrojados en el estudio, se comprobó que la mayoría de las mujeres víctimas de violencia pertenecen a los sectores de la Otra Banda, Cienfuegos, Los Rieles, Rafey, y El Egido de la ciudad de Santiago de los Caballeros, que la mayoría de estas víctimas estaban o vivían solteras y en unión libre. Que fueron víctimas de violencia de género, destacándose el maltrato físico, doméstico y verbal, y que se vieron en la necesidad de realizar actividades en contra de su voluntad.
Fueron heridas por sus agresores, dejándoles cicatrices en partes de sus cuerpos, sufrieron amenazas constantemente e insultadas en público, visitaron la Unidad de Atención de la Violencia Intrafamiliar, de Género, y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, porque la policía les dio información sobre la existencia de esta Unidad; que se trasladaron hasta la institución en espera de recibir ayuda, cooperación y protección para su familiar y para ellas mismas.
Es decir, que éstas fueron asistidas por el personal calificado, que les indicó los pasos a seguir, proporcionándose asistencia psicológica, social, legal y judicial. Se comprobó que los procesos judiciales iniciados en la Unidad se sujetaron a las normas establecidas, cabe destacar, que en el entorno de la Unidad, se percibió un ambiente muy desconcertante, en vista de que se observaron docenas de mujeres que visitaron la institución debían esperar largas horas para ser asistidas, aunque su estado psicológico y sociológico demandaran una intervención de emergencia, ya que en su mayoría eran mujeres que habían sido maltratadas, golpeadas y abusadas sexualmente.
Esta es la realidad que muestra la discordancia de la ley y la protección social que se supone cuenta la mujer, no sería nada erróneo suponer que muchas de estas víctimas no dan seguimiento a la denuncia, considerando el ambiente tosco reinante en la atmósfera, la ausencia de empatía por parte de la mayoría de las personas de la Unidad, agravando esta situación el temor que arropa a la víctima una vez hecha la denuncia.
Objetivo No. 1: Identificar los tipos de violencia intrafamiliar y de género, de acuerdo a la Ley 24-97, que se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género, y Sexual en la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente durante el mes octubre, noviembre y diciembre del 2014.
La Ley 24-97 tiene como principal objetivo prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer e intrafamiliar, así como prestar asistencia a los /las sobrevivientes de violencia, tales como la agresión sexual, el castigo corporal, el maltrato psicológico emocional, y la violencia doméstica, verbal psicológica, entre otras.
En lo concerniente a los tipos de violencia más comunes que sufrieron las mujeres víctimas de violencia de género se comprobó que las mujeres que visitaron la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, tomando especialmente como punto de partida en los meses octubre, noviembre y diciembre del 2014, se debió a violencia física para un 71%, donde un alto porcentaje de estas víctimas viven en unión libre (47%) o están solteras (34%).
Objetivo No. 2: Analizar cómo se manejaron los casos, en virtud de la Ley 24-97, de las víctimas de violencia de género que se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2014.
En cuanto al manejo de los casos, en virtud de la Ley 24-97, se determinó que los casos de mujeres víctimas de violencia de género que se presentaron en la Unidad fueron manejados en diferentes fases: primero se hacía la denuncia, se evaluaba psicológica y médicamente a la víctima, se le enviaba a la Fiscal Adjunta, quien toma las decisiones pertinentes, dependiendo de la magnitud del caso. Es decir, se envió a Litigación Inicial o citación para conciliación.
También es importante destacar, que sujeto al caso o a la situación en la que se encontraban las víctimas un policía las acompañaba por orden del Fiscal Adjunto a sus respectivos hogares. Según informaciones suministradas por las víctimas que visitaron las instalaciones de la Unidad, los servicios recibidos por el personal de esta institución son considerados relativamente buenos. El psicólogo y las sociólogas de la Unidad les dieron soporte emocional, les dieron terapia a los individuos de manera grupal y psicológica, investigaron, indagaron, escucharon y realizaron un diagnóstico de los conflictos entre las partes afectadas. En lo concerniente a la protección, los especialistas citaron a las personas que están ejerciendo la violencia, solicitaron una orden de protección a favor de la víctima y dependiendo de la magnitud del caso, ordenaron arresto en contra del agresor.
En el ámbito judicial, se focalizó lo descrito en la Ley 24-97, sobre violencia intrafamiliar, sancionando a las personas que incurrieron en la violencia de los artículos 309, 309-1, 309-2, 309-3, 309-5, 309-6, 309-7, 331, 332, 332-1 y 332-2.
Las medidas que se tomaron en cuenta en el manejo de los casos se produjeron a nivel sociológico y psicológico, se incorporaron tanto a la víctima como al agresor a terapia grupal, con el propósito de mejorar se comportamiento, pudiendo salir las víctimas de la situación de violencia o procurando que el agresor cambie su conducta violenta,
Para el aspecto sociológico se realizaron terapias de apoyo a los hombres agresores, para que los mismos trataran de controlar de impulsos; asimismo se re-analizó la discriminación de género, se dieron terapias grupales, se hicieron evaluación de peligrosidad, personalidad y educación. A las víctimas se les dio terapia grupal para empoderamiento, principalmente a las que son violentas, terapias de despego y de control.
Objetivo No. 3: Explicar las razones por las que las víctimas de violencia de género asistieron a la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2014.
En lo concerniente a las razones por las que las víctimas de violencias de género asistieron a la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2014, en su mayoría, (55%) acudió por amenazas de muerte por parte de su pareja. En muchos casos, porque la policía les informó sobre la unidad (25%), y otras razones porque las víctimas querían apresar al agresor (23%).
Objetivo No. 4: Determinar qué tipo de protección recibieron las víctimas de violencia de género cuando se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2014.
Se pudo determinar que el tipo de protección que recibieron las víctimas de violencia de género cuando se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2014, fue la de apresar a los agresores, con un (87%), otras fue la expedición de una orden de alejamiento, con un (35%), y se le proporcionó asistencia legal, con un (23%).
Objetivo No. 5: Determinar la actuación de las autoridades judiciales de la Unidad, responsables de la protección de las víctimas de violencia de género, previamente a la remisión de los casos a la Fiscalía, especialmente en octubre, noviembre y diciembre del 2014.
Según los Fiscales Adjuntos de la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago explican que los tipos de violencia por género que con mayor frecuencia se denuncian en la Unidad fue por causa de violencia física. En el mismo orden, éstos informan que cuando las victimas presentaron sus denuncias, se les ofrece asesoría legal y asesoría psicológica de inmediato. De igual modo, se procedió a apresar al agresor de las víctimas, siempre y cuando tuvieran pruebas fehacientes o fueran reincidentes.
En este mismo tenor, los Fiscales Adjuntos consideraron que en el ámbito de la justicia las acciones que iniciaron las autoridades judiciales después de que las víctimas hubieran hecho denuncias, fueron las medidas de coerción, en los casos que lo ameritaron, se hizo el apresamiento del agresor y la citación citar a comparecer ante el juez. Se destaca que los Fiscales Adjuntos de la Unidad de acuerdo a sus experiencias, consideran en su mayoría que sí debería modificarse la normativa actual en cuanto a la protección de la mujer víctima de violencia de género. Estos representantes judiciales consideran que se debe diseñar penas más severas. Sin embargo, la minoría de estos fiscales, quienes no estaban de acuerdo con dicha modificación, entendieron que no es necesario, en vista de que las normativas existentes están correctas y adecuadas a los tiempos actuales.
Es importante destacar además, que los Fiscales Adjuntos de la Unidad remiten los casos a la Fiscalía para que se inicie el proceso de investigación y posterior sometimiento.
Los policías auxiliares de la Unidad destacaron que una de las medidas que se emplea en protección de la mujer víctima de violencia de género es apresar al agresor, en caso de ser reincidente. Las autoridades del orden consideran que se debe mejorar el proceso de arresto al agresor.
En cuanto a los abogados de la Unidad, estos informaron que en las acciones tomadas en cuenta para asistir a las víctimas se realizaron levantamiento de actas y se protegió a la víctima mediante una orden de alejamiento del agresor en muchos casos se le dio refugio a la víctima.
Conclusión
Al finalizar el presente trabajo de investigación, se obtuvieron importantes conclusiones y hallazgos, como son:
Una vez analizados detenidamente los veintisiete 2,181 casos, extraídos de la Procuraduría Fiscal de Santiago, se pudo comprobar que los casos que sobresalen en dichos expedientes es la violencia física, donde se aprecia la violencia empleada. En la mayoría de los casos se recurrió al diagnóstico de un médico forense, quien reportó cómo fueron realizados los golpes y las heridas que tenían las víctimas al momento de ser presentada la denuncia.
De igual modo se procedió a realizar la bitácora de fotografías que serviría como medio de pruebas para el proceso judicial. En este mismo orden, la víctima fue sometida a evaluaciones psicológicas, a fin de identificar el estado emocional y psíquico de la misma.
La Unidad realizó junto a todo su personal todos los procesos y procedimientos establecidos por la ley, remitiendo los casos a Litigación Inicial de la Fiscalía para dar inicio al proceso. La mayoría de las pruebas que se presentaron en los casos fueron testimoniales, documentales, ilustrativas y demostrativas. Es importante destacar, que los agresores y las víctimas tenían derecho a un abogado de oficio, pero en algunos de los casos se apreció la presencia de abogados privados que los agresores buscaron para su defensa, quienes, en su mayoría, alegaron ser inocentes argumentando que estaban bajo los efectos del alcohol, y que la pelea fue entre marido y mujer.
En lo concerniente a los artículos violados de la ley 24-97, se observa que los agresores violaron los artículos 309, 309-1, 309-2, y 309-3 y el artículo 2, y 295 del Código Penal.
Entre las medidas de protección tomadas por la Unidad para proteger a las víctimas se resaltaron el arresto y la orden de alejamiento. En relación a las medidas coerción solicitadas por los Fiscales Adjuntos fue la medida coerción contentiva de prisión preventiva. En la totalidad de los expedientes, los jueces cumplieron con los plazos establecidos para tomar las acciones de lugar. En los casos analizados las medidas de coerción que con mayor frecuencia se solicitó fue la prisión preventiva.
Al Señalar los aspectos legales relativos a la Ley 24-97 que se encontraron en los expedientes remitidos por la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual a la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente en los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2014.
En lo concerniente a los aspectos legales relativos a la Ley 24-97 puntualizado en los expedientes remitidos por la Unidad, a la Procuraduría se pudo determinar que la mayoría de las mujeres víctimas de violencia asistieron a la Unidad por causa de violencia física y doméstica. Estas víctimas fueron asistidas por el personal de la institución, en donde se tomó la denuncia de la víctima de violencia, y luego, después de ser investigada la denuncia, se transfieron al Departamento de Litigación Inicial, dando inicio al proceso judicial.
Aquí luego de analizar el caso y emitir el diagnóstico de lugar se apoderó al tribunal de la Instrucción, para realizar los procedimientos correspondientes. En ese tribunal se determinó la culpabilidad del imputado y de determinarse la culpabilidad y se le dictó medida de coerción y más tarde compareció ante el juicio de fondo.
En los 2,181 casos pudo observarse que se realizaron los siguientes pasos: Una vez rellenado el cuestionario de evaluación por la víctima en lo concerniente a su situación de violencia; aquí la víctima detalla su situación, el mismo debe ser firmado por el psicólogo de turno y de la víctima. Este formulario fue enviado luego a la Unidad. Acto seguido el psicólogo realiza una prueba de escala de ansiedad para ver en qué estado se encuentra la víctima.
Cuando se realiza el diagnóstico de lugar, la Unidad realiza una evaluación psicológica de la víctima, donde detalla la situación de la misma. Si la violencia ejercida contra la víctima fue muy intensa, se llama al médico forense para que realice su diagnóstico y haga una bitácora de fotografías, donde se realiza una notificación haciendo referencia a la situación en la que se encuentra la mujer víctima de violencia de género. Luego se continúan realizando una serie de procedimientos destinados a recolectar todas las evidencias que ayuden al arresto y sometimiento del agresor.
En los aspectos legales, pudo comprobarse que la Unidad realiza todos los procedimientos de acuerdo al Código Procesal Penal, en donde se establece una serie de pasos y seguimientos referentes a la protección de la mujer, y por ende, podría aplicar las medidas necesarias que se infieren de la Ley 24-97. En los casos analizados, pudo apreciarse que los procedimientos se realizaron hasta la etapa final, por lo que fueron cerrados. No obstante se observó que los agresores violaron los artículos 309, 309-1, 309-2, (a, b, c, d, e) y 2, 295 del Código Penal.
Recomendaciones
Al Estado Dominicano:
El Estado Dominicano debe garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia en la comunidad, a través de:
– La reeducación libre de estereotipos y la información de alerta sobre el estado de riesgo que enfrentan las mujeres en una sociedad desigual y discriminatoria;
– El diseño de un sistema de monitoreo del comportamiento violento de los individuos y de la sociedad contra las mujeres, y
– El establecimiento de un banco de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas, para realizar las acciones de política criminal que correspondan y faciliten el intercambio de información entre las instancias.
– La prevención antes que la represión; La mejor manera de prevenir la delincuencia juvenil es la de impedir que surjan delincuentes juveniles, para lo cual se necesitan adecuados programas de asistencia social, económica, educacional y laboral.
A los fiscales:
– Continuar realizando sus funciones como lo han venido haciendo hasta estos momentos, cumpliendo siempre y de manera ecuánime lo estipulado en la ley, el Código Penal y el Código Procesal Penal.
– Dar seguimiento a los artículos que se exponen en la Ley 24-97, en las que se evidencia que la violencia doméstica o intrafamiliar. Se insiste en que hay que evaluar bien los casos, y aunque la víctima desista la Fiscalía debe continuarlos; Ese protocolo debe ser evaluado con rigurosidad. Es también de vital importancia que se codifique o numeren los expedientes a la entrada de la denuncia o querella, para llevar un control real y saber cuántos casos abiertos o cerrados (reincidencia), tiene ese agresor.
A los abogados (as):
– Tener mayor interacción y empatía con los casos de víctimas de violencia de género intrafamiliar.
– Orientar a las mujeres víctimas de violencia de género para que éstas tengan los conocimientos generales acerca de los derechos que les asisten como ente social.
Al Psicólogo Especialista y Las Psicólogas:
– Introducir en el programa las terapias individuales, en vista de que existen situaciones en las que las víctimas deben ser atendidas individualmente.
– Continuar realizando sus labores como lo han venido haciendo hasta estos momentos, con entrega y dedicación.
A las víctimas:
– Recurrir a las instituciones destinadas a la protección de la mujer, una vez detectado un ataque violento contra ellas.
– Concientizarse del modo que sea, sobre las causas y consecuencias de la violencia de género.
– Instruirse sobre el contenido de las diferentes leyes diseñadas para prevenir la violencia intrafamiliar.
– Buscar ayuda psicológica, sociológica o judicial en caso de que se vea involucrada en cualquier situación de violencia de género.
– Ser transmisoras de información sobre la no violencia, tanto a sus familiares, amigos o cualquier otra persona de su entorno.
– Concientizarse sobre de lo que implica la conciliación con su agresor.
– No iniciar nunca actos violentos contra su pareja, ya que el resultado puede ser la comisión de actos de violencia contra ellas.
A la Universidad de la Tercera Edad:
– Para hacer un trabajo social comunidad por comunidad, siendo la universidad, a través de profesores y directores de la carrera, el ente que coordine tales actividades.
– Seguir promoviendo en la carrera de derecho este tipo de investigaciones para que como profesionales brindemos un mejor servicio a la sociedad dominicana.
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Fuentes de Internet:
–http://www.fiscaliasantiago.gov.do.htm
-http://www.procuraduría.gov.do.htm
Apéndice
MANUAL DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Ing. Der. Yunior Andrés Castillo
Teléfono Móvil: 829-725-8571, E-Mail:[email protected]
Para cualquier información ó asesoría legal de manera Gratuita.
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