Descargar

Informe técnico jurídico modalidad práctica forense (Fiscalía tercera del ministerio público. Venezuela) (página 2)

Enviado por Alfredo casanova


Partes: 1, 2

3. Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de las bebidas alcohólicas.

4. Participar en programas especiales de tratamiento, con el fin de abstenerse de consumir sustancias estupefacientes o psicotrópicas o bebidas alcohólicas.

5. Comenzar o finalizar la escolaridad básica si no la tiene cumplida, aprender una profesión u oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el Juez o Jueza.

6. Prestar servicios o labores a favor del Estado o instituciones de beneficio público.

7. Someterse a tratamiento médico o psicológico.

8. Permanecer en un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el tribunal determine, un oficio, arte o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia.

9. No poseer o portar armas.

10. No conducir vehículos, si éste hubiere sido el medio de comisión del delito.

A proposición del Ministerio Público, de la víctima o del imputado o imputada, el Juez o Jueza podrá acordar otras condiciones de conducta similares, cuando estime que resulten convenientes.

En todo caso, el imputado o imputada deberá cumplir con la oferta de reparación acordada por el Juez o Jueza, y someterse a la vigilancia que determine éste o ésta.

El régimen de prueba estará sujeto a control y vigilancia por parte del delegado o delegada de prueba que designe el Juez o Jueza, y en ningún caso, el plazo fijado podrá exceder del término medio de la pena aplicable.

Artículo 46. Efectos. Finalizado el plazo o régimen de prueba, el Juez o Jueza convocará a una audiencia, notificando de la realización de la misma al Ministerio Público, al imputado o imputada y a la víctima, y, luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, podrá decretar el sobreseimiento de la causa.

Artículo 242. De las Medidas Cautelares Sustitutivas. Siempre que los supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad puedan ser razonablemente satisfechos con la aplicación de otra medida menos gravosa para el imputado o imputada, el tribunal competente, de oficio o a solicitud del Ministerio Público o del imputado o imputada, deberá imponerle en su lugar, mediante resolución motivada, algunas de las medidas siguientes: (…) 3. La presentación periódica ante el tribunal o la autoridad que aquel designe. (…) 8. La prestación de una caución económica adecuada, de posible cumplimiento por el propio imputado o imputada o por otra persona, atendiendo al principio de proporcionalidad, mediante depósito de dinero, valores, fianza de dos o más personas idóneas, o garantías reales.

9. Cualquier otra medida preventiva o cautelar que el tribunal, mediante auto razonado, estime procedente o necesaria.

(…) En ningún caso podrán concederse al imputado o imputada, de manera simultánea tres o más medidas cautelares sustitutivas.

Artículo 375. Procedimiento por admisión de los hechos. EI procedimiento por admisión de los hechos tendrá lugar desde la audiencia preliminar una vez admitida la acusación, hasta antes de la recepción de pruebas.

EI Juez o Jueza deberá informar al acusado o acusada respecto al procedimiento por admisión de los hechos, concediéndole la palabra… Artículo 308. Acusación Cuando el Ministerio Público estime que la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado o imputada, presentará la acusación ante el tribunal de control.

La acusación debe contener:

1. Los datos que permitan identificar plenamente y ubicar al imputado o imputada y el nombre y domicilio o residencia de su defensor o defensora; así como los que permitan la identificación de la víctima.

2. Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que se atribuye al imputado o imputada.

3. Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción que la motivan.

4. La expresión de los preceptos jurídicos aplicables.

5. EI ofrecimiento de los medios de prueba que se presentarán en el juicio, con indicación de su pertinencia o necesidad.

6. La solicitud de enjuiciamiento del imputado o imputada.

Se consignarán por separado, los datos de la dirección que permitan ubicar a la víctima y testigos, lo cual tendrá carácter reservado para el imputado o imputada y su defensa.

  • D. Ley Penal del Ambiente

Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto tipificar como delito los hechos atentatorios contra los recursos naturales y el ambiente e imponer las sanciones penales. Asimismo, determinar las medidas precautelativas, de restitución y de reparación a que haya lugar y las disposiciones de carácter procesal derivadas de la especificidad de los asuntos ambientales.

Artículo 21. De todo delito contra el ambiente nace acción penal para el castigo del culpable. También nace acción civil para el efecto de las restituciones y reparaciones a que se refiere esta Ley. La acción penal que surja en virtud de la comisión de hechos previstos en la presente Ley como delitos, es pública y procede por denuncia o de oficio.

  • E. Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos

Artículo 44. Las personas naturales, así como los socios y directores de las personas jurídicas, bien seas de carácter público o privado, nacional o extranjero, que por sí o por interpuesta persona, promuevan, inciten y realicen las actividades primarias, conexas o auxiliares a las que se refiere este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica, sin cumplir con las formalidades establecidas, serán penadas…

  • 4.2.3. Doctrina

El delito, es un comportamiento humano típicamente antijurídico y culpable, añadiéndose a menudo su característica de punible. Por extensión de este concepto se puede afirmar que un delito ambiental es un comportamiento humano, antijurídico y típicamente culpable que atenta contra bienes ambientales. Muchos autores, califican el delito ambiental como un delito insustituible, pues sin duda atenta directa o indirectamente contra las bases mismas de la vida, de la subsistencia del mundo orgánico y, por ende, de la existencia humana. Por ello, es un delito social, que afecta las bases de la existencia social, económico, porque atenta contra las materias y recursos indispensables para las actividades productivas, y cultural, porque pone en peligro formas de vida autóctonas, cuando implica destrucción de paisajes, entre otras.

Al estar la autoridad policial o la ambiental en conocimiento de un daño o peligro, es su deber iniciar el procedimiento respectivo a objeto de comprobar si evidentemente ese daño o esa puesta en peligro representa un delito, es decir, si tiene procesalmente un "corpus" que lo lleve a categoría de "delicti", de hecho punible, para que se inicie un procedimiento.

La suspensión condicional del proceso, es una medida que suspende por vía jurisdiccional la acción penal, siempre y cuando el imputado admita el hecho y acepte formalmente su responsabilidad, para luego someterse a una serie de condiciones durante un lapso de prueba, las cuales al ser cumplidas hacen procedente el sobreseimiento de la causa.

Finalmente, se puede decir que las alternativas a la prosecución de proceso fueron establecidas por el legislador por razones de economía procesal, la cual se traduce en la reducción de los lapsos al no activarse todo el aparato judicial.

CAPÍTULO V

Juicio valorativo

Las Pasantías, es un conjunto de actividades, inherentes a la profesión en la que se está formando el estudiante, fuera del ámbito universitario, en donde se integran destrezas, habilidades, actitudes y valores con los conocimientos y saberes que se adquieren a lo largo de los estudios, y que contribuyen a la aplicación ética, proactiva y eficiente de un profesional a la hora de resolver casos concretos en el ejercicio del derecho. El periodo de pasantías, es una de las áreas más habituales de la carrera donde se conoce a fondo la profesión, participando de una manera u otra, en actividades de aplicación práctica en donde los conocimientos adquiridos en la academia permiten ampliar nuestro aprendizaje del mundo laboral jurídico, y así mejorar la inserción al campo de trabajo.

En la Fiscalía Tercera en materia de Defensa Ambiental del Ministerio Publico en Ciudad Bolívar, se llevan casos día a día de acción penal en delitos que, directa o indirectamente, afectan al ambiente y a la colectividad. La pasantía en esta área, permitió desarrollar habilidades de naturaleza jurídica que contribuyeron a una formación integral como abogado en materia de procedimiento penal y delitos ambientales, que indistintamente del delito tipificado en las leyes especiales, siempre la legislación adjetiva, en este caso el Código Orgánico Procesal Penal, prevalece ante ellas, normando los caminos que se deben seguir, ya sean en defensa de la colectividad o en defensa de los presuntos imputados.

Las pasantías como abogado en formación, fortalecieron aquellos conocimientos aprendidos en la universidad, donde un cumulo de aprendizajes formativos y de orientación al trabajo, conllevaron aprender cómo transcurre la vida profesional de los abogados, ya sea en una empresa pública, privada o un organismo público, complementando así nuestra preparación como profesionales del Derecho. CAPÍTULO VI

Conclusiones y recomendaciones

  • 6.1. CONCLUSIONES

El período de pasantías fue de vital importancia para el desarrollo profesional de la carrera de Derecho, ya que colocó en práctica todos los conocimientos teóricos adquiridos y al mismo tiempo la oportunidad de aprehender nuevos conocimientos y experiencia en materia penal.

Se logró obtener el mayor provecho en cada una de las actividades realizadas dentro de la Fiscalía, principalmente en casos de defensa ambiental donde se adquirió conocimiento en materia de solicitud de actos conclusivos, tales como acusación y sobreseimientos, solicitud de medidas preventivas y cautelares, así como de la aplicación de medidas que suspenden por vía jurisdiccional la acción penal, como la suspensión condicional del proceso.

Además se aprendió a desenvolverse de manera dinámica y amena dentro del campo laboral y a relacionarse con personas de diferentes edades, cargos y experiencias los cuales aportaron nuevos conocimientos para el crecimiento y desarrollo profesional y personal, en un período donde se adquirieron los mayores conocimientos y experiencias posibles para que en un futuro no muy lejano puedan ser aplicados en la vida laboral junto con lo aprendido dentro de la Universidad.

  • 6.2. RECOMENDACIONES

Desde el punto de visto académico, para la Universidad Nororiental Gran Mariscal de Ayacucho, extender el periodo de realización de las pasantías para poder tener tiempo de adquirir la mayor cantidad de conocimientos, así como participar no solo en la realización de actos conclusivos y administrativos, sino en asistencia a audiencias preliminares y juicios del proceso penal.

De igual manera, se le recomienda a la Universidad, estudiar la posibilidad de incrementar la unidad curricular de pasantías para darle la oportunidad al estudiante de Derecho de aprender no solo la parte sustantiva sino poner en práctica la adjetiva, permitiéndole adquirir las habilidades y destrezas de un abogado en ejercicio en distintas ramas de la carrera profesional.

Desde el punto de visto profesional, a la institución, Ministerio Publico, permitir el acceso de pasantes en el análisis y manejo de casos específicos de delitos comunes para desarrollar en la práctica el desenvolvimiento del derecho penal adjetivo.

Desde el punto de vista legal, Venezuela cuenta con un instrumento que permite el desarrollo de políticas preventivo-punitivas en materia de delitos ambientales; sólo falta que su normativa se aplique responsable mente para que la protección del ambiente se haga una realidad que redunde en beneficio de todos.

Referencias bibliográficas

Ángulo Ariza, Félix S. "Cátedra de Enjuiciamiento Criminal". Ed. La Torre. Caracas. Venezuela, 1973.

Arteaga Sánchez, Alberto. "Aspectos Sustantivos Contenidos en la Ley Penal del Ambiente". En: Varios Autores. "Ley Penal del Ambiente". Ed. Vadell Hermanos. Valencia. Venezuela, 1992.

Belisario, Francisco. "Sanciones en la Ley Penal del Ambiente". En Varios Autores. "Ley Penal del Ambiente". Ed. Vadell Hermanos. Valencia. Venezuela 1992.

Binder Alberto M., Introducción al Derecho Procesal Penal, Editorial Ad-Hoc, 2da. Edición actualizada y ampliada, año 2009. Pág. 252.

Borjas, Arminio. "Exposición del Código de Enjuiciamiento Criminal". Ed. Schenell. CA. Caracas. Venezuela, 1973. Tomo I.

Bortone Alcalá, Alberto. "Los Funcionarios de Intervención". En: Varios Autores. Libro Homenaje al Dr. ES. Ángulo Ariza. Ed. Universidad Central de Venezuela. Caracas. 1983.

Burgos Finol, Francisco. "Cuerpo del Delito". Anuario Jurídico No. 2. 1993. Ed. Colegio de Abogados del Edo. Mérida. Mérida. Venezuela, p. 11.

Cafferata Nores José Ignacio, Manual de Derecho Procesal Penal, ediciones Universidad Nacional de Córdoba, Año 2003. Pág. 600 Código Orgánico Procesal Penal (Decreto No. 9.042) (2012, Junio 12). Gaceta Oficial de la República de Venezuela, 6.078 (Extraordinario), Junio 15,2012.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela No. 36.860 del 30 de Diciembre de 1999. Delfín, Lusvioleth. Razones de economía procesal. http://www.mp.gob.ve. Boletín de Prensa consultado el domingo 10 de abril de 2016.

Jiménez Segado Carlos, La Exclusión de la Responsabilidad Criminal: Estudio Jurisprudencial Penal y Procesal, Editorial Dykinson, Madrid, 2003. Pág. 133.

Ley Orgánica del Ambiente. Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela Extraordinaria No. 5.833 del 22 de Diciembre de 2006.

Ley Orgánica del Ministerio Público. Gaceta Oficial de la República de Bolivariana de Venezuela No. 38.647 del 19 de Marzo de 2007.

Ley Orgánica que Reserva al Estado las actividades de Exploración y Explotación del Oro de demás minerales estratégicos (Decreto No. 2.165) (2013, Enero 01). Gaceta Oficial de la República de Venezuela, 6.210, Diciembre 30,2015.

Ley Penal del Ambiente. Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 39.913 del 02 de mayo de 2012 Martínez Rincones, José F. "Ley Penal del Ambiente y Delito Ecológico". Ed. Alfa. Mérida. Venezuela, 1993. CIUDAD BOLIVAR, ABRIL DE 2016 AGRADECIMIENTOS Al Gran Poder de DIOS, por ser motor de mí ser y de mi vida, a Él le debo todo lo logrado y alcanzado, gracias por jamás dejarme solo y meter su mano cuando me caigo y ayudarme a levantar.

A mi MADRE, ANA SALAZAR, pilar fundamental de mi vida, para ella el agradecimiento más grande de mi vida terrenal, ¡uff! no existen palabras para darle a ella el lugar y puesto que se merece en esta vida y en muchas más, mi fans número uno, mi orgullo de madre, mi razón de lucha. Gracias por cada consejo, por cada ánimo de seguir adelante en mi segunda carrera profesional, este título es para ti.

A mi Mama Francisca (+), por darme siempre ánimos a seguir adelante y sentirse orgullosa de tener un hijo abogado, por esas manifestaciones de amor y alegría cada vez que decía que su negro iba a ser su abogado. Gracias mama y que en tu vida eterna hables con Dios para darme mucha salud para continuar sacando a mi madre adelante y ser un abogado de bien.

A mi padre, Esteban Alfredo, por ser instrumento de vida y traerme al mundo junto a mi madre. Por su gran orgullo hacia mi cada vez que alcanzo un triunfo. Gracias Casanova, yo te amo por el simple hecho de darme vida.

A mis madres de convicción, Marisol Martínez y Ondina Pacheco, por cada consejo, por cada sonrisa, por cada animo de seguir adelante, gracias por sus honorables respeto hacia mis decisiones acertadas o no, pero hay siempre han estado.

A Junior Noel, el hijo que la vida me regalo y el que me ha enseñado a la paciencia y tolerancia, gracias por hacerme sentir un padre, por enseñarte lo que son los valores y respeto, y por estar junto conmigo dándome amor.

A Shirley Macedo, mi hermana, compañera, amiga de lucha durante estos cinco años, en los que batallamos y sobrevivimos a muchas causas buenas y malas, gracias Macedo por estar siempre conmigo.

A mis profesores por sus orientaciones y enseñanzas asertivas en la preparación de esta hermosa carrera, en especialmente a los Abogados Francisco Álvarez Chacín, Pedro Goitia, María Elena Silva, Julio Cesar Díaz, Saúl Salazar, Jorge Sambrano, Melania Cedeño, Jorge Garrido, Cesar Duerto, Rosa Méndez, en otros.

A mi asesor externo, Abg. Edmundo A. Márquez B., Fiscal del Ministerio Público, excelente profesional y persona, muy acertadas sus orientaciones y su apoyo durante mis pasantías profesionales, Dios lo bendiga por el respeto y confianza que mostro en mí en todo momento. De igual manera, a todo el personal de las Fiscalías 3° en materia de Defensa Ambiental y 5° en materia de Drogas: Carlos, Andrés, Vilma, Ana, Karla, la flaca y el Dr. Yaser Inatti. Como también a mi compañero de estudios Gregorio Vargas por el apoyo desinteresado para conseguir mis pasantías.

Al Liceo Nacional Fernando Peñalver, en especial a la Prof. Ondina, Prof. Orlando, Regina, Carlin, Johana, Victor, Luis, Rinna, Edna, Lenda, Peggy, Violeta, Irama, Daisy, Aurora, entre muchos gracias por su colaboración y apoyo en permitirme la continuidad de mis estudios de Derecho sin reprocharme ni juzgarme por las ausencias cometidas durante estos cinco años, aceptar mi permiso de pasantías.

A mis compañeros de trabajo de la Escuela de Ingeniería de la UGMA, que formaron una familia más durante estos años, Prof. Ezequiel, Yuriana, Mayerling, Magalis, Marcos, Claret, Edduirmen, Ulises, Ronald, Marenco, Melania, Argelia de Páez, mi amicha Lizzeth, Pablo, Dafnis, Salomón, Velazco, Arnaldo, Teodoro, Leonardo, Mercedes, Florangel, Elizabeth, Daniel, Milena, Aurita, entre muchos que llegaron y se fueron, gracias amigos. Alfredo Manuel Casanova Salazar.

Dedicatoria

A Dios: Quién supo guiarme por el buen camino, darme fuerzas para seguir adelante y no desmayar en los problemas que se presentaban, enseñándome a encarar las adversidades sin perder nunca la dignidad ni desfallecer en el intento.

A mi madre ANA SALAZAR: Por sus consejos, sus valores, por la motivación constante que me ha permitido ser una persona de bien, pero más que nada, por su amor. Por ser el pilar fundamental en todo lo que soy, en toda mi educación, tanto académica, como de la vida, por su incondicional apoyo perfectamente mantenido a través del tiempo sin importar nuestras diferencias de opiniones. Todo este trabajo ha sido posible gracias a ti.

A mis padres maternos, Francisca (+) y Manuel (+), ejemplo de amor, constancia, respeto y afecto, les dedico desde mi corazón este logro alcanzado, ustedes siempre fueron un amor sincero y desde la vida eterna aún más lo serán.

A mi padre Esteban Alfredo: Para que siga sintiéndose orgulloso de mí y de mis éxitos, para que llene de regocijo al verme cosechar los frutos de mi cosecha. A mi ahijado e hijo Junior Noel quien ha sido y es una mi motivación, inspiración y felicidad. Para que veas en mí un ejemplo a seguir.

A mis hermanos de sangre y corazón, Esteban José, Miguel Alfredo, Alnerys, Darwin Alfredo, Sasheline, Eglee Mercedes, Glenda Oriana, Dolkan Delfin, Alexis Eduardo, Shirley, Yesenia y Karenis, para que sigan mi ejemplo de dedicación y siempre ánimo de aprender y crecer. Dedico esta tesis a todos aquellos que no creyeron en mí, a aquellos que esperaban mi fracaso en cada paso que daba hacia la culminación de mis estudios, a aquellos que nunca esperaban que lograra terminar la carrera, a todos aquellos que aposaban a que me rendiría a medio camino, a todos los que supusieron que no lo lograría, a todos ellos les dedico esta tesis.

Ministerio Público de la República Bolivariana de Venezuela. Manual de Actuación del Fiscal del Ministerio Público en Materia Ambiental. Caracas, Octubre, 2005.

Ministerio Público de la República Bolivariana de Venezuela. (2016, Abril 01). [Página Web en línea]. Disponible: http://www.mp.gob.ve/web/guest [Consulta: 2016, Abril 01]

CIUDAD BOLIVAR, ABRIL DE 2016

UNIVERSIDAD NORORIENTAL PRIVADA

GRAN MARISCAL DE AYACUCHO

FACULTAD DE DERECHO

ESCUELA DE DERECHO

COORDINACIÓN DE PASANTÍA

NUCLEO CIUDAD BOLIVAR EN MATERIA DE DEFENSA AMBIENTAL

Culminación: 22/03/2016.

Asesor Externo:

Abg. Edmundo A. Marquez B.

Asesor Academico:

Dr. Francisco Alvarez Ch.

 

 

 

Autor:

Alfredo Manuel Casanova Salazar.

Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente