Descargar

Manual sobre los fundamentos de la criminología


Partes: 1, 2

  1. Fundamentos de la criminología
  2. El objeto de la criminología
  3. Funciones de la criminología
  4. Criminología contemporánea
  5. Bibliografía

I UNIDAD:

Fundamentos de la criminología

INTRODUCCIÓN

CONCEPTOS

En 1958 se decía que la Criminología era la ciencia que estudia los elementos reales del delito: el comportamiento del delincuente y los efectos de ese comportamiento en el mundo exterior.

En la actualidad, se dice que la Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del crimen, de la personalidad del infractor, de la víctima y el control social del comportamiento delictivo.

Fenómenos como el alcoholismo, la prostitución, la asociabilidad, son susceptibles de estudiarse por la Criminología dado que son comportamientos que pueden desembocar en delitos.

El conocimiento criminológico ha de referirse a hechos observables que han de analizarse de forma sistemática y ordenada.

OBJETO

En sus inicios, la Criminología, como ciencia, que nace del positivismo, analiza al criminal, ya como producto biológico o social.

La Criminología contemporánea deja atrás el positivismo encauzándose en el sociologismo funcional, es decir, centrándose en la desviación social que supone el delito.

La Criminología más actual e integradora tiene por objeto tanto a la persona infractora como a la infracción en sí misma, y también a la víctima y el control del componente antisocial. La intención es esclarecer el fenómeno criminal.

MÉTODO

El estudio y elaboración de cualquier disciplina precisa de un método que lleve al investigador al logro de la verdad.

En lo que conocemos por ciencia moderna del Derecho Penal, encontrarnos constantemente enfrentados dos clases de métodos:

a) El lógico abstracto o deductivo; y

b) El inductivo o experimental.

En el método lógico abstracto o deductivo, se toma como punto de partida un principio general y de él saca las consecuencias lógicas pertinentes.

Por su modo de formular una proposición determinada, el método deductivo debe admitir necesariamente un "a priori", es decir, un presupuesto del que hace derivar las proposiciones sucesivas.

En el método inductivo o experimental, se parte de la observación de los datos particulares y de ellos se remonta a una proposición general que comprende los supuestos observados y todos los demás que están en relación con aquellos.

El método inductivo parte de los datos objetivos que la experiencia ofrece, extrayendo conclusiones, por inducción, de la generalización de los hechos observados. Mediante este método solo es posible formular proposiciones a posteriori.

La Criminología, como ciencia empírica, (experimental) su método es el inductivo, pues se basa en la observación, en la experimentación y en la cuantificación, contrariamente a las ciencias apriorísticas, que utilizan el método deductivo (matemáticas).

CLASES DE CRIMINOLOGÍA

I.- Atendiendo al delito:

-Criminología Clásica. Beccaria.

II.- Atendiendo al criminal:

-Criminología Positiva. Escuela Positiva Italiana: Lombroso, Garofalo, Ferri.

III.- Atendiendo a los estudios de la Criminología y a la procedencia:

-Criminología local o nacional.

-Criminología comparada (entre países).

IV.- Atendiendo a la variedad de los estudios:

-Criminología victimológica.

-Criminología individual y colectiva.

-Criminología de las toxicomanías.

V.- Atendiendo a la prevalencia otorgada a las distintas ciencias que conforman el estudio criminológico:

-Criminología biológica.

-Criminología psicológica.

-Criminología sociológica.

Criminología General / Criminología Clínica.

Es la clasificación más importante y actual:

-General o Sintética: unifica el saber de las Criminologías especializadas.

Es un conjunto ordenado o sistematizado de conocimientos relacionados con los acontecimientos anteriores al delito y con sus consecuencias sobre el propio delincuente, sobre la víctima y sobre la realidad.

-Clínica: aplicación integrada de todo el saber criminológico y de las técnicas médicas de diagnóstico (diagnóstico delincuencial) a casos concretos con fines terapéuticos.

La Criminología clínica y la clínica médica coinciden en:

*Emitir una opinión fundada.

*Elaborar un diagnóstico y un pronóstico.

*Considerar la necesidad de un tratamiento.

A.- CONCEPTOS Y ALCANCES DE LA CRIMINOLOGÍA

El estudio del delito, de su autor y de los medios de lucha contra ambos, no puede llevarse a cabo por una sola disciplina.

Designamos el conjunto de todas las disciplinas que se dedican al estudio del delito, autor y medios de lucha contra ambos con la denominación de Enciclopedia de las Ciencias Penales y que comprende, básicamente, a la Criminología, a la Penología y a la Política Criminal.

Una contemplación del panorama doctrinal de la Criminología permite distinguir:

1.- Un sector doctrinal que concibe la Criminología como una suerte de "constelación criminológica" de la que formarían parte todas las Ciencias que se ocupan del crimen.

2.- La orientación norteamericana mantenida últimamente por criminólogos alemanes, que incluyen en la Criminología las materias que integran lo que llamamos Penología, esto es, ejecución de las penas y medidas de seguridad. Es la orientación predominante en la actualidad.

3.- La Escuela Austriaca.- Fundada por Gross y continuada por Seeling y Belcavic, que ensancha aún más que la posición anterior el ámbito de la Criminología haciéndola abarcar también la Política Criminal y la Criminalística.

4.- Una Orientación Restringida que reduce el ámbito de la criminología a la investigación de los factores de la criminalidad. Hurwitz, Mezger, Exner y P. Peláez.

En todo caso, puede señalarse que:

La Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado.

La criminología es una ciencia empírica pues se basa en la observación y, además, es una ciencia interdisciplinaria.

El objetivo de la Criminología es el delito, el delincuente, la víctima y el control social.

En una acepción restrictiva, la Criminología se limita a la investigación empírica del delito, la personalidad del autor y la ejecución de la pena.

En consecuencia, se produce una catalogación de los delincuentes y, la acepción restrictiva, no se centra en el estudio del control social.

Una acepción extensiva, en cambio, tiene en cuenta las transformaciones del concepto de delito, la criminalización y el control del comportamiento desviado.

La palabra Criminología se utiliza en 1879 por el antropólogo francés Pablo Toppinard. A partir de 1885, hay otros vocablos: en 1792 se habla de psicología criminal, en 1882 se habló de sociología criminal y en 1883 de biología criminal.

La criminología nace de la antropología, pero también nace de la psicología, de la biología y de la sociología. A partir de aquí se crea un núcleo de términos sólidos, será la ciencia que aglutinará el conocimiento de todas estas ciencias.

La palabra Criminología deriva del latín criminis y del griego logos, que significa el tratado o estudio del crimen y el delito-delincuente.

Las definiciones, incumbencias, divisiones y alcances de esta Ciencia, fueron variando de acuerdo a los distintos autores, criminólogos y lugar geográfico de nuestra tierra, según los diversos enfoques y encuadres teóricos, como asimismo de acuerdo a la época en las que fueron expresadas.

Según Rafael Garófalo a fines de 1885 menciona que la Criminología es la ciencia del delito y edita un primer libro llamado precisamente Criminología.

Garófalo la definió como la ciencia general de la criminalidad y de las penas.

Vont Lizt y Mezger la definen como la ciencia que tiene por objeto de indagación la etiología criminal.

Quintanilla Saldaña en el año 1929 la define como la ciencia del crimen o estudio científico de la criminalidad, sus causas y medios para combatirla.

Es una ciencia que tiene un objeto claro: el crimen, el delincuente, la víctima y el control social.

B.- LA CRIMINOLOGÍA COMO CIENCIA EMPÍRICA E INTERDISCIPLINARIA

1.- La Criminología es una ciencia: aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal, información obtenida gracias a su método empírico que descansa en el análisis y observación de la realidad.

En consecuencia, la cientificidad de la Criminología significa que esta disciplina, por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información viable y fiable sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos datos obtenidos del examen de éste, en un marco teórico definido.

2.- La Criminología es una ciencia Causal-Explicativa, Empírica e Interdisciplinaria, cruzada por ciencias distintas y fundamentalmente por la Biología Criminal (Antropología y Psicología criminal), y la Sociología Criminal.

Esta ciencia utiliza un método empírico y los problemas que plantea la Criminología nunca deben ser investigados desde el punto de vista de una de las ciencias que integra la Criminología, pues, en caso que así ocurriese, se arribaría a un resultado parcial.

La Criminología, entonces, es una ciencia del "ser", empírica; el Derecho, en cambio, es una ciencia cultural del "deber ser", normativa.

El que la Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en primer lugar, que su objeto (delito, delincuente, víctima y control social) se inserta en el mundo de lo real, de lo verificable, de lo mensurable y no en el de los valores.

La naturaleza empírica de la Criminología implica, ante todo, que ésta descansa más en hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos.

Por otra parte, cuando se dice que la Criminología es una ciencia interdisciplinaria, se quiere decir que está compuesta por varias disciplinas y su éxito pasa porque no haya una supremacía de una ciencia con otras.

Si preponderase una ciencia, estaríamos ante resultados parciales ya que sólo el problema se vería desde un enfoque.

El principio interdisciplinario, por tanto, es una exigencia estructural del saber científico, impuesto por la naturaleza totalizadora de éste, y no admite monopolios, prioridades ni exclusiones entre las partes o sectores de un tronco común.

C.- ETAPA PRE CIENTÍFICA DE LA CRIMINOLOGÍA

Se trata de examinar las tesis criminológicas mantenidas en la etapa previa al positivismo, esto es, hasta la consagración de la Criminología como disciplina científica, hecho que se produce a finales del siglo XIX.

Los aportes, en esta etapa, provienen de dos fuentes:

1ª. Las de carácter filosófico, ideológico o político; y

2ª. Las de naturaleza empírica (perteneciente, relativo o fundado en la experiencia) y el aporte desde otros campos empíricos, como la fisonomía. Orientaciones empíricas

1ª. Directrices de carácter filosófico, ideológico o político

A.- Tomás Moro es el representante fundamental de este pensamiento, desarrollando su labor a finales del siglo XV y principios del siglo XVI.

Tomás Moro, probablemente, fue el primero en resaltar la conexión del crimen con los factores socio económicos y con la estructura de la sociedad.

Para Moro, el crimen responde a una serie de factores, tales como, déficit cultural y educativo, guerras, el ambiente social o la ociosidad, etc., pero, entre todos ellos, destacan los factores socio económicos.

Por ello, Moro sostenía que el Estado, al margen de la represión penal, debía neutralizar las verdaderas causas del crimen, como la miseria o la desigualdad.

Moro aportó a la Criminología la tesis de la conexión del crimen con la estructura de la sociedad: el crimen responde a una serie de factores y el factor que más destaca es el económico, destacando la pobreza. Moro, criticó abiertamente la dureza y la desproporción de los castigos, abogando por una labor preventiva por parte del Estado y pensaba que los poderes públicos tenían que establecer los medios necesarios para que el delincuente pudiese satisfacer, con su trabajo a la víctima a título de compensación.

B.- En segundo término, aparece la filosofía política de la Ilustración, analizando el problema criminal.

Las corrientes fundamentales de la Ilustración reaccionaron en contra de la sola idea de la prevención general o intimidación, que tomaba al delincuente como un ejemplo para los demás.

En efecto, la Teoría de la Prevención General, ve "el fin de la pena no en la retribución ni en actuar sobre el autor, sino en la influencia sobre la generalidad, a la cual se le debe enseñar a través de las amenazas penales y de la ejecución de las penas lo relativo a las prohibiciones legales."

Se la denomina Teoría de la Prevención General porque no actúa en forma especial sobre el condenado, sino, en general, es decir, sobre la generalidad.

C.- Criminología Clásica

La Escuela Clásica o Criminología Clásica completa el cuadro de ideas sobre el problema criminal que tienen su origen las ciencias del espíritu.

Bajo la etiqueta de "clásicos" se han agrupado autores y tendencias divergentes en muchos puntos de vista, incluso contradictorias en algunos, pero que presentan una serie de concepciones comunes sobre postulados fundamentales, que es precisamente lo que permitió a los positivistas reunirlas con propósitos dialécticos.

Hay algo muy significativo en la escuela clásica, como es, la defensa de las garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder.

Francisco Carrara, es considerado el padre de la Escuela Clásica del Derecho Penal.

Carrara sostiene que el Derecho es connatural del hombre. La Ciencia del Derecho Criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral, preexistente a las leyes humanas.

El delito es un ente jurídico que reconoce dos fuerzas esenciales: una voluntad inteligente y libre y un hecho exterior lesivo del Derecho y peligroso para el mismo.

Postulados de la Escuela Clásica

1º. Normalidad del delincuente: nada distingue al hombre delincuente de aquel no delincuente, pues todos los hombres son iguales.

2º. Irracionalidad del crimen: el crimen es un acto irracional e incomprensible ya que el hombre con su libertad y capacidad de decisión no ha sabido elegir el camino que más le convenía.

3º. Establecen una prioridad del hecho sobre el autor: el delincuente sólo aparecerá como el sujeto activo del delito y no se le prestará mayor atención.

4º.Explicación situacional del hecho delictivo: no existe una etiología del crimen, sino que, el crimen es consecuencia de un mal uso de la libertad y todos los ciudadanos son criminales en potencia porque todos son libres. Son situaciones específicas las que pueden explicar, caso a caso, la opción del hombre a favor del crimen.

5º. La aportación penológica ha sido su mayor éxito. Fundamentan la legitimación y delimitación del castigo y sacan conclusiones sobre el cuando, el cómo y el porqué se castigan los delitos. La respuesta al comportamiento delictivo se efectúa con una pena justa, proporcionada y útil.

6º. Aportación en el ámbito de la política criminal, donde la escuela clásica sí legitima el uso sistemático del castigo como instrumento del control del crimen.

2ª. Las de naturaleza empírica (perteneciente, relativo o fundado en la experiencia) y el aporte desde otros campos empíricos, como la fisonomía. Orientaciones Empíricas

Aquí, se consigna a un conjunto de contribuciones heterogéneas que no son meramente filosóficas o políticas, sino que, cuentan con algún respaldo empírico.

Destacan los pioneros de la ciencia penitenciaria, basados en la observación directa y en el rico conocimiento de la realidad carcelaria; y la experiencia empírica y criminológica que los cultivadores de sus respectivas disciplinas acumulan en torno al delito y al delincuente, como la fisonomía.

En la ciencia penitenciaria, destaca Howard, que dio prioridad al método de trabajo del contacto directo con el hombre delincuente.

Destaca, también, Bentham, como pionero de la ciencia penitenciaria y como teórico de la concepción utilitaria de la pena.

Bentham, propone un nuevo diseño para la arquitectura carcelaria en aras del control y del tratamiento de los reclusos: el panóptico. *

El nuevo establecimiento debe ser circular, con una torre de vigilancia en el medio, desde la que un guardián ejerciera el control total y permanente de los reclusos. Para su buen régimen y funcionamiento, deben seguirse tres criterios: (a) ausencia de sufrimiento corporal; (b) severidad, pues el recluso no puede encontrarse mejor que en libertad; y (c) economía, es decir, evitando gastos innecesarios.

En cuanto a la pena, Bentham formuló la teoría utilitaria del castigo: el delincuente debe comprobar como de su delito derivan consecuencias más negativas que positivas para el mismo.

En el campo de los aportes de otros campos empíricos, cabe señalar que antes de Lombroso ya se habían llevado a cabo las más diversas investigaciones sobre el delito y el hombre delincuente.

Así, existen campos del saber que, por su método y algunas hipótesis, deben ser considerados como antecedentes del positivismo criminológico.

Uno de ellos, es la Fisonomía, que versa sobre la apariencia externa del individuo y la interdependencia de lo somático y lo psíquico; el cuerpo y la personalidad; lo interno y lo externo.

Se trata de una vieja idea: alma y cuerpo se hallan en íntima relación, de modo que las deformidades somáticas se corresponden con vicios y defectos anímicos. Se asocia la belleza física con la bondad y la maldad, con la fealdad corporal.

El origen de la palabra "malhechor" puede significar no sólo a una persona que hace el mal, sino también, a persona mal hecha.

Algunos elaboraron toda una técnica de la observación, señalándose algunos caracteres como de índole criminal: anomalías en la cabeza, frente, orejas, nariz, dientes, etc.

La fisonomía permitió en el siglo XVIII decir: "cuando tengas dudas entre dos presuntos culpables, condena al más feo"; o decir a un juez napolitano, "Oídos los testigos de cargo y de descargo, y vista tu cara y tu cabeza, te condeno a…"

c) Escuela Cartográfica, Estadística Moral o Física Social

Los precursores de esta Escuela son Lambert Adolphe Jacques Quetelet y Andre Michael Guerry.

Para esta escuela, el delito es un fenómeno colectivo y hecho social, regido por leyes naturales, como cualquier otro suceso y requerido de un análisis cuantitativo. No es un acontecimiento individual.

El delito es una magnitud regular y constante. Tiene periodicidad producto de leyes sociales que el investigador debe descubrir y formular. No interesa averiguar las causas del delito, sino observar su frecuencia.

El delito es un fenómeno normal, inevitable, constante, regular y necesario. El único método adecuado para la investigación del crimen como fenómeno social y magnitud es el Método Estadístico.

Quetelet dice que los hechos humanos y sociales se rigen por las leyes que gobiernan los hechos naturales, por leyes físicas, y propugna una nueva disciplina; la mecánica social, y un nuevo método, el método estadístico, para analizar dichos hechos humanos.

Quetelet, aplicando la estadística a los fenómenos sociales en (1835) originó la Antropometría y se ocupó de obtener datos acerca del número de suicidios, delitos, etc.

Formula, también, las Leyes Térmicas, que son la interdependencia entre los factores térmicos y climáticos y las diversas clases de criminalidad y que son válidas solo para el hemisferio Norte:

1.- En verano hay mas delitos contra las personas: ya que la gente en esta estación suele salir con mas frecuencia, existe un relacionamiento con sus congéneres. En los países nórdicos el día dura casi 23 horas, las playas y las o piscinas están casi siempre llenas.

2.- En invierno hay mas delitos contra la propiedad: esto se debe a que las noches son mas largas, además existe gran excitación por Navidad, por las compras, etc.

3.- En primavera hay mas delitos de tipo sexual: esta sería la época de apareamiento, quizá el influjo del tiempo eleve las pasiones.

En conclusión, la Escuela postula que:

a) El crimen es un fenómeno social de masas, no es individual.

b) El crimen es regular y constante.

c) La normalidad del delito, pues, el delito es normal en la sociedad y sólo se lo debe investigar cuando sobrepase los índices normales.

Esta Escuela ha sido criticada por su método ya que los datos estadísticos son solo presupuestos del crimen y no siempre reflejan la realidad.

Andre Michael Guerry, es otro precursor de esta Escuela y fue fundador de la escuela cartográfica franco-Belga e intentó establecer una geografía de la criminalidad. Realizó los primeros Mapas de la Criminalidad en Europa, concediendo importancia al factor térmico.

D.- ETAPA CIENTÍFICA DE LA CRIMINOLOGÍA

La Criminología ha sufrido, desde sus inicios, una serie de cambios vinculados a la concepción que se tenía en cada momento histórico sobre el delito y la conducta del delincuente.

Así, se vivió la etapa de la Criminología Clásica, la etapa del Revisionismo Neoclásico y la etapa de la revolución positivista.

De la Escuela Clásica, ya mencionamos algunas características. En cuanto a la segunda, sustenta la revisión de algunas de las concepciones clásicas, como por ejemplo, la aplicación de medidas penales universales sin tomar en consideración las diferencias individuales entre los delincuentes y la incorporación al ámbito de la criminología de especialistas de otras disciplinas ajenas al derecho penal como el psiquiatra y posteriormente el trabajador social.

En cuanto a lo que concierne al paradigma positivista, el cual actualmente sigue teniendo amplia vigencia en algunos contextos, éste se fundamenta en la aplicación a los fenómenos sociales, en general, y al comportamiento humano, en particular, de los instrumentos y técnicas que se estipulan como fundamentales y eficaces para el estudio del mundo físico.

a) Escuela Positiva

La Escuela Positiva se presenta como la superación del liberalismo individualista, en demanda de una defensa de la sociedad.

La Escuela fundamenta el derecho a castigar en la necesidad de la conservación social y no en la mera utilidad, anteponiendo los derechos de los hombres honrados a los derechos de los delincuentes.

La Escuela Positiva nace en el siglo XIX. Su creador fue Cesar Lombroso como una reacción contra la Escuela Clásica.

La Escuela positiva es un cuerpo orgánico de concepciones que estudian al delincuente, al delito y su sanción, primero en su génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos remedios, que por consiguientes serán eficaces. (Ferri)

La escuela criminal positiva no consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos ofrece.

La Escuela hizo de la ciencia de los delitos y de las penas una ciencia de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología y la estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que Ferri llamó sociología criminal.

Los postulados de esta Escuela son:

1º. Ius puniendi: el derecho a imponer sanciones pertenece al Estado a titulo de defensa social.

2º. El método es inductivo – experimental: la escuela Positiva se caracteriza por su método científico.

3º. El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.

4º. El delincuente es aquella persona que comete delitos por influencias del medio en que vive. La Escuela busca la readaptación del delincuente y, para estos, establece los sustitutivos penales.

5º. Determinismo. La voluntad del hombre no juega ninguna papel en sus actos. El hombre no tiene libre albedrío. El ser humano esta determinado a cometer delitos.

6º. La responsabilidad penal. Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad.

7º. El concepto de Pena se sustituye por el de sanción: la sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal. Las sanciones deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente y por eso son de duración indeterminada.

8º. Proporcionalidad de la pena. Busca la proporcionalidad de la pena, no se debe castigar conforme a lo que dicen los Códigos, sino que tiene que haber sustitutivos penales. Por ejemplo, un menor que comete asesinato no se lo puede sancionar con 30 años de reclusión, sino que, antes se debe estudiar sus antecedentes, las causas por las que cometió tal acto, las atenuantes, etc. y se debe buscar su readaptación.

Substitutivos penales. Mas importante que las penas son los sustitutivos penales.

9º. Tipos de delincuentes. Acepta "tipos" criminales.

10º. Legislación penal. La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos.

11º. La ley penal. La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.

DIFERENCIAS CON LA ESCUELA CLASICA

Para la Escuela Positiva la pena debe ser útil. La Escuela Clásica no habla de utilidad.

La Escuela Positiva busca la readaptación del criminal. La Escuela Clásica solo ve el delito y sanciona; no ve al delincuente.

La Escuela Positiva busca e investiga las causas del delito. La Escuela Clásica no busca las causas del delito, ya que el delincuente actúa en base a su libre albedrío.

La Escuela Positiva, algunas veces, no sanciona al delincuente, solo le aplica medidas de seguridad. La Escuela Clásica siempre sanciona al delincuente ya que no ve las causas que llevaron al delincuente a cometer actos delictivos.

b) Escuelas Intermedias

La Escuela Ecléctica

Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino la reunión de varias escuelas reunidas en esta corriente.

La diferencia entre la Escuela Clásica y Positiva está en que éstas tenían una serie de normas con las que si no se estaba de acuerdo con una, se rompían todas las demás. Era un esquema casi perfecto.

El objetivo de la Escuela Ecléctica, era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.

El presupuesto operante de esta Escuela, es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero, le agrega el concepto de situación, referente al medio físico y social.

Escuela Social

Está apoyada por el filosofo Durkheim y esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica.

Esta escuela tiene antecedentes en la cartográfica y en la de interpsicología. Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal.

Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo.

Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.

Esta escuela permite un fuerte avance de la criminología y favorece la maduración de la misma hacia una posterior integración, todavía inexistente, con el Derecho Penal.

El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad.

Escuela Anómica

Su fundamento teórico esta basado en la anomia, que es una situación en la cual el desarrollo social desborda al control institucional.

El presupuesto está fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.

El principal aporte fue víctima de las peores criticas y rechazos: interpretación de la delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras policiales de criminalidad.

Teorías Ambientales

Su presupuesto está basado en la desigualdad material y la muy grande división del trabajo. La responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal.

El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chicago y producto de la inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.

II UNIDAD

El objeto de la criminología

A.- DEFINICIÓN CRIMINOLÓGICA DEL DELITO

El objeto de estudio de la Criminología es el delito y el delito presenta dos aspectos claramente identificables: Concepto Penal o Normativo y el Criminológico o Real.

Al primero, pertenecen los valores y el deber ser y, al segundo, todo lo físico y psíquico.

El objeto de la Criminología se circunscribe al aspecto real o criminológico.

Desde el nacimiento de la Criminología se ha polemizado sobre cual es el concepto del delito del que esta ciencia debe partir: si del mismo que ofrece el ordenamiento jurídico-penal o si puede darse un concepto distinto, propio de la Criminología.

Garófalo se propone encontrar un "delito natural" hasta los ensayos de los criminólogos norteamericanos que tratan de hallar un concepto sociológico.

El criminólogo estudia la descripción del hecho criminal (fenomenología criminal), los factores que lo producen (Etiología Criminal), la personalidad de su autor (el delincuente) y la víctima del delito, tanto en su personalidad como en su posible condición de factor o estímulo del hecho criminal.

2.- CONCEPTO PENAL Y CONCEPTO CRIMINOLÓGICO DE DELITO

La Criminología se ocupa del delito, pero, el delito, interesa, también, a otras ciencias, disciplinas y ramas del saber: la Filosofía, la Sociología, el Derecho Penal, etc. , por lo que procede delimitar el concepto de delito que utiliza la Criminología, por dos razones: porque no existe un concepto único de delito y porque la autonomía científica de la Criminología debe permitir a ésta la determinación de su propio objeto, sin someterse a las definiciones de delito que procedan de otros ámbitos o instancias.

Existen, en efecto, numerosas nociones de "delito". El Derecho Penal, por ejemplo, se sirve de un concepto formal y normativo, impuesto por exigencias ineludibles de legalidad y seguridad jurídica: delito es toda conducta prevista en la ley penal y solo aquella que la ley castiga.

La Filosofía y la Ética acuden a otras pautas e instancias más allá del Derecho Positivo: el orden moral, el natural, la razón, etc.

Pero ninguno de estos conceptos de delito puede ser asumido completamente por la Criminología.

El concepto penal constituye su obligado punto de partida pero nada más, porque el formalismo y el normativismo jurídico resultan incompatibles con las exigencias metodológicas de una disciplina empírica como la criminología.

La Criminología Clásica, dócil y sumisa a las definiciones jurídico formales de delito, hizo del concepto de delito una cuestión metodológica prioritaria.

No así la moderna Criminología, consciente de la problematización de aquél, que se interesa sobre todo por temas de mayor trascendencia, por ejemplo, las funciones que desempeña el delito como indicador de la efectividad del control social, su volumen, estructura y movimiento, el reparto de la criminalidad entre los distintos estratos sociales, etc.

Hasta tal punto ha pedido interés el debate academicista sobre el concepto criminológico de delito que un sector doctrinal sugiere utilizar el que más corresponda a las características y necesidades de la concreta investigación criminológica.

Para la Criminología el delito se presenta, ante todo, como "problema social y comunitario", caracterización que exige del investigador una determinada actitud para aproximarse al mismo.

El delito es un problema de la comunidad, nace en la comunidad y en ella debe encontrar fórmulas de solución positivas.

El crimen no es un tumor o una epidemia social, ni un cuerpo extraño ajeno a la comunidad, ni una anónima magnitud estadística referida al irreal delincuente medio, sino que, un doloroso problema humano y comunitario.

3.- LA TEORÍA DEL DELITO NATURAL

Garófalo se propone encontrar un "delito natural".

El concepto de delito natural es un concepto valorativo que sustituye a las valoraciones legales por valoraciones socioculturales. La inexistencia de criterios generalizadores válidos y la imposibilidad de elaborar un catálogo cerrado, exhaustivo, de "delitos naturales" demuestran que esta categoría carece de operatividad; que no aporta un marco conceptual sólido y definido al quehacer criminológico.

La Teoría del Delito Natural apunta a una serie de conductas nocivas, para cualquier sociedad y en cualquier momento, con independencia incluso de las propias valoraciones legales cambiantes. Su definición, sin embargo, decepciona, ya que difícilmente puede elaborarse un catálogo absoluto y universal de crímenes.

4.- PROBLEMATIZACIÓN Y RELATIVIZACIÓN DEL CONCEPTO CRIMINOLÓGICO DE DELITO

Para la Criminología el delito se presenta, ante todo, como "problema social y comunitario", caracterización que exige del investigador una determinada actitud para aproximarse al mismo.

Los problemas sociales reclaman una particular actitud en el investigador, que la Escuela de Chicago denominó empatía, interés, aprecio, fascinación por un profundo y doloroso drama humano y comunitario.

Contraria a la empatía es la actitud indiferente, tecnocrática, de quienes abordan el fenómeno criminal como cualquier otro problema, olvidando su trasfondo aflictivo, su amarga realidad como conflicto interpersonal y comunitario.

B.- CONCEPTO DE DELITO UTILIZADO EN OTRAS CIENCIAS, SU INTERRELACIÓN

Derecho Penal y Criminología

El Derecho Penal es el origen de muchas ciencias y entiende que la Criminología estudia el delito como parte de la problemática interna de la sociedad y no tiende a lo normativo.

La criminología es una ciencia empírica, interdisciplinaria, que estudia el delito no desde la norma, sino, como fenómeno colectivo, atendiendo además a la personalidad del delincuente. Además, estudia la aplicación práctica y eficaz de la pena.

El delito es el objeto central de ambos, pero, lo estudian desde prismas diferentes.

La Criminología lo hace desde el punto de vista del delincuente, y el Derecho Penal para aplicar la norma. Ambas ciencias son complementarias. Las dos parten del hecho de que en la sociedad existe la delincuencia o conductas desviadas.

El Derecho Penal nace para proteger a la sociedad con normas imperativas a las que añade una consecuencia jurídica (la pena) con expectativas de prevención general y especial.

Derecho Procesal Penal y Criminología

El Derecho Procesal Penal, es también una forma de luchar contra la criminalidad, y la mejor manera de hacerlo es huyendo del excesivo jurisdiccionalismo incidiendo, en cambio, en el carácter preventivo.

A la Criminología le interesan los elementos fundamentales del Derecho Procesal Penal.

En éste se analiza el delito, es decir, el acto criminal, pero, para, luego determinar la responsabilidad penal y, finalmente imponer una sanción.

Derecho Penitenciario y Criminología

El Derecho Penitenciario es el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y medidas de seguridad. Es decir, actúa con posterioridad al delito y a su sanción.

Criminalística y Criminología

La Criminalística está constituida por una serie de conocimientos orientados a la indagación técnica del delito y a la identificación del delincuente.

Biología Criminal y Criminología

Se centra en la vertiente hereditaria de la delincuencia pues los factores genéticos empujan al delincuente a cometer actos antisociales. Además, existen peculiaridades biológicas (anatómicas, bioquímicas) en la persona del delincuente.

La Criminología, como ciencia multidisciplinaria, incorpora la Biología Criminal, que le indica el influjo de la herencia en el comportamiento desviado.

Psicología Criminal y Criminología

La Psicología Criminal estudia la inteligencia, el carácter y las aptitudes sociales y morales del delincuente, todo ello desde el punto de vista objetivo de la Psicología Experimental (tests).

Con el Psicoanálisis se estudia la vida profunda del delincuente: relación entre Motivos Inconscientes e inmediatas.

Actualmente la Psicología Criminal se ha extendido a la delincuencia de masas.

Sociología Criminal y Criminología

Ferri, en los comienzos de la Criminología, hizo prevalecer su punto de vista sociológico, en el que señaló el gran número de factores exógenos al delincuente que generan la conducta antisocial y que son en ocasiones prevalentes a la propia psicología del delincuente.

La Sociología Criminal es la única ciencia de la que la Criminología no puede prescindir.

C.- LA IMAGEN DEL DELINCUENTE

Tradicionalmente se ha considerado la delincuencia como fenómeno individual, pero en la actualidad se hace imprescindible aplicarle un enfoque social.

La extensión de la delincuencia hay que estudiarla en un periodo de tiempo determinado en una sociedad concreta.

Partes: 1, 2
Página siguiente