La razón por la cual estudiamos el tema del Maltrato Infantil, es que desde años anteriores ha existido y nos pareció de mucha importancia, ya que la sociedad antiguamente no le daba la debida atención, sin embargo, en nuestros tiempos ha despertado gran interés y/o preocupación en la sociedad ayudar a los niños que han sufrido algún tipo de maltrato.
Con el paso del tiempo esta situación se incrementa, por esa razón este tema a objeto de dilucidar las causas que originan estos maltratos y buscar las formas de cómo ayudar a estos niños que han sufrido algún tipo de maltrato.
El maltrato infantil es uno de los hechos que más afecta el desarrollo físico — mental de un niño.
Si se analiza esta situación se puede observar que el maltrato físico y psicológico es muy común en la sociedad; y que ambos están íntimamente ligados, ya que cuando se maltrata a un niño físicamente se altera su estabilidad psicológica. Consecuencia de ello puede ser: el miedo, las culpas y los sentimientos de inseguridad. Muchas veces este daño sobre los menores es realizado por sus padres, o por familiares cercanos y otras veces por terceras personas.
Entonces, ¿Será justo que estos menores estén bajo la patria potestad de padres que no son capaces de brindarles un ambiente de tranquilidad y armonía donde puedan desarrollarse? Por esta razón y muchas otras se hace necesario estudiar a fondo la relación que existe entre el maltrato infantil, y los padres y/o familiares que ejercen la patria potestad.
Mediante el estudio de un caso específico, en donde se evidencie el maltrato infantil efectuado por los padres y/o familiares, se explicará qué procedimiento legal pueda aplicarse a las personas que incurran en él, y las sanciones que castigan este hecho.
Es importante mencionar que los niños son el futuro del país; son ellos los que estarán encargados de desarrollarlo y para ello requieren de una adecuada salud física y psicológica, a fin de evitar que se transformen en individuos inseguros, sin educación y en el peor de los casos: trastornados.
1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
El maltrato infantil ha causado gran impacto en nuestra sociedad, debido a la influencia negativa sobre algunos menores, generalmente dicha agresión es generada por los padres, familiares o terceras personas, muy cercanas a estos. Estos daños influyen de una manera u otra en la conducta del niño, lo que determina un desempeño negativo de estos en la sociedad. Estos maltratos influyen directamente en el niño, y no se lo olvidarán de ello por el resto de su vida.
La pregunta es: ¿se justifica que los padres que realizan estos tipos de actos sean merecedores de tenerlos bajo su tutela?, Teniendo en sus manos la patria potestad (que es simplemente la encomendación de la protección de los niños a sus padres). Por lo anteriormente expresado, se realizará un estudio serio y profundo del procedimiento utilizado para la solución de este problema que nos afecta a todos.
Actualmente en nuestro país, el Código Civil y la Ley Orgánica para Protección del Niño y del Adolescente, establecen que la patria potestad de los hijos corresponde al padre y a la madre, todo dependiendo del interés superior del niño. Los hijos cualesquiera que sea su estado, edad, y condición deben honrar y respetar a su padre y a su madre. En caso de muerte o ausencia de uno de los padres, el otro continuará ejerciendo solo la patria potestad.
En la actualidad, la prensa, radio y la televisión, como medios importantes de comunicación, han enfocado de una manera alarmante una serie de casos, donde se observa, con gran incidencia, el maltrato realizado a menores por sus padres o por un tercero, donde no sólo se ven maltratados físicamente, sino también violados sus derechos como: cuando los mandan a trabajar para conseguir un sustento económico, siendo en todo caso, los padres quienes tienen esa responsabilidad.
Podemos estimar que a lo largo de muchos años se presentaban casos de maltrato infantil, sólo que no se mostraban a la luz pública, por ello los medios de comunicación no manejan cifras estadísticas exactas. No llegando a sí, a la verdadera gravedad del problema.
Esta investigación pretende demostrar los motivos que originan el maltrato en los niños y las consecuencias que podrían tener a corto y largo plazo, ya que sabemos que en nuestra sociedad existen padres que pretenden dar una buena educación a sus hijos disciplinándolos de una manera incorrecta ó también en muchos casos el padre no cumple ningún propósito disciplinario, mas bien, sirve de escape para su propia ira, sentimientos frustración y desdicha.
Algunas personas desconocen las características de un maltrato, sea psicológico, físico y/o abuso sexual, asimismo, las razones por las cuales los padres maltratan a sus hijos. La mayoría de las personas no saben a dónde recurrir para dar ayuda a un niño que ha sido maltratado y mucho menos cómo se le puede ayudar al padre agresor. Creemos que esto refleja la desinformación que existe sobre las instituciones encargadas de estos casos.
Es importante demostrar que un niño presenta características cuando ha sido maltratado y que como niño también tiene derechos para defenderse, sólo que por ignorancia la mayoría de las personas no saben de estos derechos.
Todo niño maltratado necesita ayuda, y aún más el padre que agrede a su hijo.
Es de vital importancia que el padre reconozca la situación que vive y que acepte la ayuda que se le puede dar, para así establecer un cambio en su vida y en la manera de cómo conducir una buena educación para sus hijos.
El primer paso en toda intervención es el conocimiento. Qué tanto se conoce acerca de este problema. Por ello la importancia de que la sociedad se informe acerca del maltrato infantil y sus consecuencias.
Esto permite no solo la educación de los padres sobre este hecho, sino también que tomen medidas para ayudar ó para no maltratar a los hijos.
"Todo tipo de maltrato tiene consecuencias a largo plazo."
Pero puede que no solo sean consecuencias a largo plazo, sino que pueden presentarse también a corto plazo; una de ellas puede ser que el niño presente un comportamiento y/o actitudes muy distintas al de cualquier otro, en el caso de golpes y agresión física puede provocar consecuencias al instante (moretones y fracturas). A largo plazo pudiera darse dos situaciones: estos niños en el futuro pueden ser padres de familia que maltraten a sus hijos o por lo contrario pueden ser padres de familia que por haber sido maltratados, no les gustaría que sus hijos sufrieran lo mismo.
1.2 OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIÓN.
1.2.2 OBJETIVO GENERAL:
- Analizar el estudio de un caso, en donde se evidencie el maltrato infantil.
1.2.3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- Conocer la causa que genera el maltrato infantil.
- Saber qué consecuencias tienen los niños que han sido maltratados en el paso del tiempo en el ámbito psicológico, físico y emocional.
- Dar a conocer algunas instituciones en las que se puede recurrir en busca de ayuda para un niño que ha sido maltratado.
- Que los padres le den una buena educación a sus hijos sin tener que recurrir a la agresión, ya que puede tener consecuencias en el futuro.
- Abarcar soluciones de ayuda para aquellas personas que conviven con un niño que ha sido maltratado.
- Establecer el procedimiento legal que se le aplica a las personas que incurren en el maltrato infantil.
- Determinar las sanciones correspondientes que se aplican a las personas que incurren en el delito del maltrato infantil.
1.3 JUSTIFICACIÓN E IMPORTANCIA DEL ESTUDIO.
La importancia de la investigación se centra en el número de denuncias, que cada año se presentan por este hecho, el cual no escapa a la realidad económica, política y social que actualmente vive nuestro país.
En la evolución de esta investigación podrá observarse la relevancia social que tiene el problema del Maltrato Infantil dentro de la sociedad, por ser precisamente esa población, los forjadores del futuro. De allí la importancia de que esa nueva generación se levante con normas y valores claramente definidos, es decir, basados en el respeto, lealtad y justicia.
Esperamos que esta investigación pueda crear conciencia en cada una de estas personas, que de una u otra forma han recurrido en el maltrato a niños, de la misma manera, sean beneficiados niños, que se encuentran con padres y/o familiares que por razones variadas no están en condiciones de su criaza.
2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN.
El maltrato a los niños es un hecho muy frecuente. El más conocido de ellos es el maltrato o castigo físico, que consiste en hacer uso de la fuerza de un adulto para golpear, patear, empujar o darle correazos al niño; generalmente se hace con la intención de corregir su conducta o asustarlo para obtener su obediencia. También cuando se le abandona, se le descuida o se le deja que crezca sin guía ni atención, cuando se le insulta o se le somete a vergüenza y humillaciones, cuando se abusa sexualmente de él, se está incurriendo en el maltrato infantil. Así mismo el niño es maltratado socialmente, si no se le da la posibilidad de estudiar, recibir atención médica, recrearse, participar en diferentes manifestaciones culturales y beneficiarse de los programas sociales que tiene el Estado. La vida de un niño maltratado puede ser una vida en peligro de muerte.
Los maltratos físicos y psicológicos son los más comunes dentro de la sociedad. Siempre se encuentran ligados ya que cuando se maltrata físicamente a un menor, en él quedan incertidumbres acerca del porque del maltrato y comienzan a imaginar que no lo quieren o simplemente comienza a sentirse como un ser sin importancia dentro de su casa. También puede haber solamente maltratos psicológicos, sin que este presente necesariamente el maltrato físico.
El maltrato físico ocasiona en los niños moretones, quemaduras, marcas de correas, incluso fracturas o daños de órganos internos que requieren intervenciones quirúrgicas de emergencias. Si la violencia del maltrato es extrema el niño puede morir. Todas las formas de maltrato tienen graves consecuencias en la conducta del niño y lejos de corregirlos, influyen negativamente en su conducta donde: "un grito atemoriza al niño, un golpe lo hiere, pero una palabra de estima le da confianza y seguridad".
Un niño maltratado generalmente presentará las siguientes características:
- No se sentirá querido, ni aceptado, ni útil
- Se volverá agresivo, sumiso o ambas cosas a la vez.
- Tendrá una imagen negativa de sí mismo y de los demás.
- Aprenderá que para educar es necesario agredir.
- No obedecerá al adulto por respeto o por cariño sino por miedo.
- Perderá su capacidad para aprender, para amar y tener confianza en sí mismo y en el mundo que lo rodea.
"El maltrato al niño no lo corrige, ni lo enseña a respetar sino a temer a los adultos".
CONSECUENCIAS LEGALES DEL MALTRATO INFANTIL.
(PATRIA POTESTAD).
Las consecuencias legales del maltrato infantil se pueden referir particularmente hacia el ejercicio de la patria potestad; pero antes, es conveniente indicar las principales relaciones jurídicas entre padres e hijos, de las cuales la patria potestad es la más importante.
- Nombre civil: los padres pasan al hijo sus apellidos y les colocan sus nombres.
- Honra y respeto: los hijos deben honrar y respetar a sus padres cualquiera que sea su estado civil, edad o condición.
- Obligación alimentaría: los padres están en la obligación de mantener, educar e instruir a sus hijos menores, así como también satisfacer sus necesidades. Recíprocamente los hijos están en la obligación de asistir y suministrar alimento cuando los padres así lo requieran.
- Derechos sucesorales: los padres tienen derecho de suceder a sus hijos que son llamados por la ley y viceversa.
- Patria potestad: los hijos menores de edad no emancipados están bajo la patria potestad de sus padres, salvo en casos excepcionales.
- Visitas: el padre y la madre incluso, cuando no ejerzan la patria potestad, tienen derecho de visitar a su hijo menor de edad.
- Funeral y sepultura: los padres tienen derecho de disponer de los funerales y sepultura de los hijos en la medida en que ellos mismos no lo hayan hecho ni exista otra persona con derecho preferente a tal efecto (por ejemplo el cónyuge), y la inversa con las mismas salvedades.
Como se observa, todas las relaciones indicadas son e directos de la paternidad y de la filiación. Dichas relaciones existen incluso cuando los padres no ejercen la patria potestad de los hijos.
Patria Potestad: Es el régimen de protección de los menores no emancipados, donde la protección de estos, está encomendada a sus padres. Igualmente podemos definirlo como el conjunto de derechos, deberes y poderes de los padres sobre la persona y bienes de los hijos menores no emancipados. Se define como un régimen de protección y no como un régimen de incapaces porque la patria potestad, además de subsanar la incapacidad de hijo, provee el gobierno de su persona.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA PATRIA POTESTAD.
La patria potestad ha evolucionado a través del tiempo distinguiéndose:
a.-) La patria potestad en el Derecho Romano:
Se diferencia de la nuestra en:
- Naturaleza: en una forma primitiva la patria potestad era un derecho ilimitado de su titular (el padre) sobre la persona y los Nenes del hilo; en lo personal el padre tenía el derecho a la vida y muerte del hijo; en lo patrimonial el hijo tenía la capacidad para adquirir o tener bienes, todo cuanto adquiría entraba al patrimonio del padre.
- Duración: la patria potestad era para siempre, no terminaba por razón de la edad. Sin embargo, se permitía que el hijo se saliera de la patria potestad del padre con su consentimiento y en vida de este.
- Titularidad: el titular de la patria potestad no necesariamente era del padre, podría serlo otro ascendiente, siempre que fiera varón, la madre no tenía potestad sobre el hijo.
b.-) La patria potestad en la edad media:
En los países de Derecho Escrito se conservó la patria potestad romana, pero esta finalizaba cuando el hijo cumplía la mayoría de edad. En los países de Derecho Consuetudinario, la patria potestad se extinguía con la mayoría de edad del hijo, correspondía al padre y a la madre, el hijo bajo la patria potestad tenía su propio patrimonio, administrado por el padre. El poder judicial ejercía cierto control en el ejercido de la patria potestad.
En la edad media la patria potestad se perfila como una autoridad de protección.
c.-) La patria potestad en el Derecho intermedio Francés:
- La patria potestad se extingue con la mayoría de edad del hijo.
- El padre no tenía derecho a desheredar.
- Para que el padre dé el consentimiento para que su h contraiga matrimonio siempre que éste sea menor de 21 años.
d.-) La patria potestad en el Código Napoleónico:
Su idea es que la patria potestad es una institución de protección.
Restableció el consentimiento del padre para que el hijo contraiga matrimonio siempre que este sea menor de 21 años.
e.-) La patria potestad en el siglo XIX:
Aparece la privación de la patria potestad por el incumplimiento grave de los deberes. Se desarrolla el control judicial sobre la patria potestad. Se consolida la idea de que las facultades paternas encuentran su causa y su límite en sus propios deberes paternos.
Principios Fundamentales De La Patria Potestad En Nuestro Derecho.
a.-) La patria potestad es Únicamente un régimen de protección al menor:
La protección del hijo por patria potestad está regulada para satisfacer intereses individuales del hijo, de terceros, de los padres. La patria potestad está organizada exclusivamente para proteger los intereses personales, individuales y patrimoniales del hijo, y protege el interés de que los menores sean educados y vigilados para que no causen daños a terceros. La protección del hijo representa para el padre un interés moral tutelado por la ley. La patria potestad tiene como finalidad la protección del hijo. La patria potestad se fundamenta en los deberes paternos que están establecidos en intereses propios del hijo.
Para el cumplimiento de estos deberes la patria potestad confiere al padre, facultades que son consideradas como poderes frente al hijo, estas son:
- Guardas: Conjunto de poderes sobre la persona y moral del hijo.
- Representación: Poder de celebrar negocios jurídicos en nombre del hijo.
- Otras facultades diversas: designación de un tutor o señalar personas para constituir el concejo de tutela.
- La patria potestad es obligatoria: Los padres correspondientes están obligados a asumirla, no existe ninguna excusa para que el padre se libre de esta obligación.
- Es personal e intransferible: Es el régimen que ofrece mayores garantías para la protección de los menores.
- Es indisponible: El ejercicio de la patria potestad no puede ser atribuido, modificado, regulado ni extinguido por la sola voluntad privada.
La Patria Potestad es un oficio gratuito, privado y familiar. El padre y la madre deben ser privados de la patria potestad cuando no sean manifiestamente idóneos para realizar esa función.
b.-) La patria potestad sólo se aplica a los menores no emancipados: Si el hijo muere, se emancipa o llega a la mayoría de edad la patria potestad cesa. Si la persona necesita de protección, la misma puede encomendarse a sus padres.
c-) La patria potestad es el régimen que ofrece mayores garantías para la protección de los menores no emancipados porque cuentan con el concurso de los protectores naturales de estos.
d.-) La patria potestad es un régimen de protección de derecho común para los menores no emancipados. La patria potestad debe ejercerse personalmente por el padre o la madre. La patria potestad provee toda la protección que requiere el menor en su persona o bienes.
2.2 Bases Teóricas.
Según Yrene Padrón (UBA 1994) en su trabajo "Mientras exista un niño que sufra".
…La historia de la humanidad esta llena de torturas aplicadas a los niños, no sólo ha sido amenazada en su salud y en su existencia por lógicas razones de higiene, sino también por la agresividad adulta.
Luego del reconocimiento de los Derechos del Niño, y la noción de protección de la infancia en peligro, ha disminuido la natalidad y mortandad in por causas naturales y ha creado, de manera ligera, conciencia en nuestra sociedad.
Los niños maltratados pueden tener diferentes características según el tipo de maltrato que presenten.
Regularmente esta condición los lleva a diversas conductas y dificultades para comunicarse con los demás, por tanto, burlan disciplinas e inducen en los adultos sentimientos de rabia y el deseo de actuar agresivamente contra ellos.
Por supuesto cuando se entiende a un niño hay más posibilidades de maltratarlo, por lo tanto cuando el adulto actúa con rabia sobre él, estará propenso al maltrato.
Según la Enciclopedia Didáctica Océano en su capítulo acerca del maltrato infantil.
… Un niño no sólo puede ser maltratado físicamente; una forma de maltrato infantil muy común es obligarlos a trabajar; explotarlos de tal forma que dejen a un lado su infancia, sus sueños, sus juguetes, su espíritu de niño, su alegría, entre otras; Para empezar una vida triste llena de amarguras.
Hay que tomar en cuenta que la mayoría de las veces los niños son explotados por sus propios padres que buscan enriquecerse y satisfacer sus necesidades a costa de ellos, sin tomar en cuenta que son niños y que tienen derecho a disfrutar su infancia, a jugar, a reír, a sentirse protegidos, a sentirse queridos.
Las consecuencias de obligar a los niños a trabajar no son solamente psicológicas. El niño al incorporarse al medio del trabajo deja a un lado sus estudios, siendo la educación uno de los factores más importantes para la formación del menor o de la persona en sí; y por ello su futuro se verá afectado y el día de mañana será una persona sin estabilidad económica que brindarle a su familia, sin cultura, sin educación y sin principios.
Según el Ministerio de la Familia en el folleto "Educa a tus hijos sin maltratarlos".
… Muchos padres maltratan a sus hijos, porque están convencidos que actuar así es lo mejor para sus hijos y, además, esa es su responsabilidad como padre.
Muchas veces al dirigirnos a nuestros hijos repetimos actitudes, palabras o acciones que no son buenas y que aprendimos de pequeños:
A los padres no les gusta maltratar pero no saben que hacer para educar mejor a sus hijos; piensan que a ellos también les dieron palo y no salieron malos. Pero se olvidan del dolor, la tristeza y la rabia con la que aprendieron a ser mejores.
El sufrimiento no es una condición necesaria para el aprendizaje es posible aprender con alegría.
Con frecuencia las personas que maltratan a los niños, también fueron maltratadas, esto es muy visto en nuestra sociedad.
Por ello es preciso destacar que los padres antes de actuar por impulso, rabia o ira y descargar la agresividad en el niño, tienen que detenerse y pensar bien lo que en realidad va hacer. Un ambiente familiar en armonía donde se expresen los sentimientos y las ideas sin agredir ni ser agredido, es la mejor manera de prevenir el maltrato.
Según la Enciclopedia Microsoft Encarta 2000 en su capítulo acerca del maltrato infantil.
… El maltrato infantil es el uso intencionado de la fuerza física u omisión de cuidado por parte de los padres o tutores que tienen como consecuencia heridas, mutilación o incluso la muerte del niño.
El término maltrato infantil abarca una amplia gama de acciones que causan daño físico, emocional o mental en niños de cualquier edad. Sin embargo, el tipo de maltrato infligido varía con la edad de los niños. Los malos tratos en bebés y niños en edad preescolar suelen producir fracturas, quemaduras y heridas intencionadas. En casi todos los casos de acoso sexual el agresor suele ser un hombre y la víctima una niña en edad escolar o adolescente. Sin embargo, en los últimos tiempos está aumentando el número de niños varones en edad preescolar que sufren este tipo de maltrato.
Tal vez el tipo más común de malos tratos es el abandono, es decir, el daño físico o emocional a causa de deficiencias en la alimentación, el vestido, el alojamiento, la asistencia médica o la educación por parte de los padres o tutores. Una forma común de abandono entre los niños es la sub. – alimentación, que conlleva a un desarrollo deficiente e incluso la muerte.
Los estudios han revelado que la mayor parte de los padres que abusan de sus hijos, habían sufrido ellos también la misma situación por parte de sus progenitores. Algunos investigadores afirman que este tipo de padres presentan una personalidad infantil, mientras que otros opinan que éstos esperan de forma poco realista que sus necesidades psicológicas sean cubiertas por sus hijos y que al no ver cumplidas estas expectativas experimentan un gran estrés y se vuelven violentos en las relaciones con sus hijos, es decir, violencia intrafamiliar. A pesar de este enfoque psicopatológico, pocos padres de este tipo pueden ser considerados verdaderos sicóticos o psicópatas, dado que en otras facetas de la vida funcionan sin distorsiones sociales o psicológicas.
Casos de malos tratos se dan en todos los grupos religiosos, étnicos y raciales, y en todas las áreas geográficas. La gran mayoría de los casos de maltrato infantil se dan en las familias con menos recursos, tal vez debido a las faltas de oportunidades educativas para poder manejar las frustraciones emocionales y económicas.
Violencia intrafamiliar, actos violentos cometidos en el hogar entre miembros de una familia. En la década de 1970 las feministas analizaron el alcance de la violencia intrafamiliar (considerada como un fenómeno exclusivamente masculino) y crearon centros de acogida y de ayuda para las mujeres maltratadas y para sus hijos. La violencia intrafamiliar también está relacionada con los niños maltratados (muchas veces, aunque no siempre, por abuso sexual) y con acciones verbales y psicológicos que pueden ser cometidos tanto por mujeres como por hombres.
2.2.1 Bases Legales.
Para la realización de este trabajo de investigación se revisará la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, el Código Civil y la Ley Orgánica de Protección al Niño y el Adolescente para saber las normas jurídicas que rigen este problema. Se consultaron los siguientes artículos en la Constitución Nacional:
Artículo 56: Toda persona tiene derecho a un nombre propio, al apellido del padre y de la madre y a conocer la identidad de los mismos. El Estado garantizara el derecho de investigar la maternidad y la paternidad.
Toda persona tiene derecho a ser inscrita gratuitamente en el registro civil después de su nacimiento y a obtener documentos públicos que comprueben su identidad biológica, de conformidad con la ley. Estas no contendrán mención alguna que califique la filiación.
Artículo 75: El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El estado garantizara la protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia.
Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir, ser criados o criadas y a desarrollarse en el seno de su familia de origen. Cuando ello sea imposible o contrario a su interés superior, tendrá derecho a una familia sustituta, de conformidad con la ley. La adopción tiene efectos similares a la filiación y se establece siempre en beneficio del adoptado o la adoptada, de conformidad con la ley. La adopción internacional es subsidiaria de la nacional.
Artículo 76: La maternidad y la paternidad son protegidas integralmente, sea cual fuere el estado civil de la madre o del padre. Las parejas tienen derecho a decidir libre y responsablemente el número de hijos o hijas que deseen concebir y a disponer de la información y de los medios que les aseguren el ejercicio de este derecho. El Estado garantizará asistencia y protección integral a la maternidad, en general a partir del momento de la concepción, durante el embarazo, el parto y el puerperio, y asegurará servicios de planificación familiar integral basados en valores éticos y científicos.
El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus hijos o hijas, y éstos o éstas tienen el deber de asistidos o asistirlas cuando aquel o aquella no puedan hacerlo por sí mismos o por sí mismas. La ley establecerá las medidas necesarias y adecuadas para garantizar la efectividad de la obligación alimentaría.
Artículo 78: Los niños, las niñas y adolescentes son sujetos plenos de derechos y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, Tos cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 83: La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.
También fueron consultados los artículos del Código Civil, Título VII "De La Patria Potestad" Libro Primero que fueron los siguientes:
Artículo 261: Los hijos, cualesquiera que sean su estado, edad y condición, deben honrar y respectar a su padre y a su madre, y si son menores está bajo la potestad de éstos.
Durante el matrimonio, la patria potestad sobre los hijos comunes corresponde, de derecho, al padre y a la madre, quienes la ejercerán conjuntamente, en interés y beneficio de los menores y de la familia.
En los casos de divorcio, separación judicial de cuerpos o anulación del matrimonio, se aplicarán las disposiciones correspondientes del Título IV "Del matrimonio" Libro Primero del presente Código.
La patria potestad de los hijos concebidos y nacido fiera del matrimonio corresponde conjuntamente al padre y a la madre cuando la filiación hubiese sido establecida simultáneamente respecto de ambos.
En los demás casos, la patria potestad corresponde al primero que haya reconocido o establecido legalmente su maternidad o paternidad; pero el otro progenitor que lo reconozca posteriormente, compartirá el ejercicio de la misma, probando que el hijo goza, en relación con él, de la posesión de estado.
El juez competente del domicilio del hijo podrá también conferir el ejercicio conjunto de la patria potestad al progenitor que no lo tenga por la ley cuando ésta haya reconocido voluntariamente al hijo y tal ejercicio se revela como justo, y en beneficios de los intereses del menor y de la familia, según las circunstancias.
Artículo 262: En caso de muerte del padre o de la madre que ejerza la patria potestad, si se hallare alguno de ellos sometido a tutela de entredicho, deber haber sido declarado ausente, de no estar presente o cuando por cualquier motivo se encuentra impedido para cumplir con ella, el otro progenitor asumirá o continuará ejerciendo solo la patria potestad; pero si había sido privada de la misma por sentencia o decisión judicial, no podrá hacerlo sino después de que haya sido autorizado o rehabilitado por el mismo tribunal.
Artículo 263: El padre o la madre menor de edad ejerce la patria potestad sobre sus hijos, pero la administración de los bienes de éstos y su representación en los actos civiles se regirá por lo dispuesto en el artículo 277.
Artículo 277: Cuando uno de los progenitores que ejerzan la patria potestad es menor de edad, esté sometido a curatela de inhabilitado o no supiere leer ni escribir, el otro ejercerá solo la administración y representación de los bienes e intereses de los hijos, previa autorización judicial.
Si ambos progenitores son menores o están sujetos a curatela de inhabilitados o no supieran leer ni escribir, el Juez competente nombrará un curador especial que se encargue de la administración de los bienes de los hijos y ejerza su representación en los actos civiles. El Juez procederá de oficio en este último caso, por denuncia de quien tenga conocimiento de tal situación o a petición del representante del Ministerio Público.
Y también fueron consultados los artículos de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño y del Adolescente (L. O. P. N. A.), que fueron los siguientes:
Artículo 2°. Definición de Niño y Adolescente. Se entiende por niño toda persona con menos de doce años de edad. Se entiende por adolescente toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.
Si existe duda acerca de sí una persona es niño o adolescente se presumirá niño, hasta prueba en contrario. Si existen dudas acerca de sí una persona es adolescente o mayor de dieciocho años, se le presumirá adolescente, hasta prueba en contrario.
Artículo 3°. Principio de Igualdad y no Discriminación. Las disposiciones de esta Ley se aplicaran por igual a todos los niños y adolescente, sin discriminación alguna lindada en motivos de raza, color, sexo, edad, idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política o de otra índole, posición económica, origen social, ético o nacional, discapacidad, enfermedad, nacimiento o cualquier otra condición del niño o adolescente, de sus padres, representantes o responsables, o de sus familiares.
Artículo 10. Niños y Adolescentes Sujetos de Derechos. Todos los niños y adolescentes son sujetos de derecho; en consecuencia, gozan de todos los derechos y garantías consagrados a favor de las personas en el ordenamiento jurídico, específicamente aquellos consagrados en la convención sobre los derechos del Niño.
Artículo 15. Derecho a la Vida. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la vida. El Estado debe garantizar este derecho mediante políticas públicas dirigidas a asegurar la sobrevivencia y el desarrollo integral de todos los niños y adolescentes.
Artículo 16. Derecho a un Nombre y a una Nacionalidad. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad.
Artículo 32. Derecho a la Integridad Personal. Todos los niños y adolescente tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral.
Párrafo Primero: Los niños y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Párrafo Segundo: El Estado, la familia y la sociedad deben proteger a todos los niños y adolescente contra cualquier forma de explotación, maltratos, torturas, abusos o negligencias que afectan su integridad personal. El Estado debe garantizar programas gratuitos de asistencias y atención integral a los niños y adolescentes que hayan sufrido lesiones a su integridad personal.
Artículo 33. Derecho a ser Protegidos contra Abusos y explotación Sexual. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra cualquier forma de abusos y explotación sexual. El Estado garantizará programas permanentes y gratuitos de asistencia y atención integral a los niños y adolescentes que hayan sido víctimas de abuso o explotación sexual.
Artículo 352. Privación de la Patria Potestad. El padre o la madre o ambos pueden ser privados de la patria potestad respecto de sus hijos cuando:
a.-) Los maltraten física, mental o moralmente;
b.-) Los expongan a cualquier situación de riesgo o amenaza a los derechos fundamentales del hijo;
c.-) Incumplan los deberes inherentes a la patria potestad;
d.-) Traten de corromperlos o prostituirlos o fueren conniventes en su corrupción o prostitución.
e.-) Abusen de ellos sexualmente o los expongan a la explotación sexual;
f.-) Sean dependientes de sustancias alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicas u otras formas graves de fármaco dependencia que pudieran comprometer la salud, la seguridad o moralidad de los hijos, aun cuando estos hechos no acarreen sanción penal para su autor;
g.-) Sean condenados por hechos punibles cometidos contra el hijo;
h.-) Sean declarados entredichos;
i.-) Se nieguen a prestarle alimentos;
j.-) Inciten, faciliten o permitan que el hijo ejecute actos que atente contra su integridad física, mental o moral.
El juez atenderá a la gravedad, reiteración, arbitrariedad y habitualidad de los hechos.
2.3 Definición de Términos.
Adolescente: Es el periodo de transición entre un niño y un adulto.
Emancipación: Es un acto jurídico, en el cual el menor se encuentra provisto de la dirección de su persona y de una capacidad limitada o parcial en lo que se refiere a la administración de su patrimonio. El matrimonio, constituye la fuente de la emancipación.
Maltrato Infantil: es el uso intencionado de la fuerza física u omisión de cuidado por parte de los padres o tutores que tienen como consecuencia heridas, mutilación o incluso la muerte del niño.
Maltrato: Tratar mal, Hacer daño, atropellar, molestar.
Niño: Edad y período de la vida humana que comprende desde el nacimiento hasta la adolescencia.
Patria Potestad: Los hijos menores de edad no emancipados están bajo la patria potestad de sus padres, salvo en casos excepcionales. Conjunto de derecho y de deberes que al padre y, en su caso, a la madre corresponde en cuanto a las personas y bienes de sus hijos menores de edad y no emancipado.
Tutela: Autoridad conferida por la ley para cuidar de los bienes de un menor.
CAPITULO III. MARCO METODOLÓGICO.
3.1 Metodología Utilizada.
Al momento de realizar la investigación, es importante tener en cuenta el tipo de investigación del estudio que se realizará.
Según la naturaleza del problema podemos decir que el trabajo será descriptivo – explicativo; descriptivo porque describe algunas características fundamentales de conjunto homogéneos de fenómenos, utilizando criterios temáticos para destacar los elementos esenciales de su naturaleza. Con éstas se pueden tener características de la realidad estudiada, y explicativa porque su objetivo primordial es conocer porque suceden ciertos hechos, a través de la delimitación de las relaciones casuales existentes o, al menos, de las condiciones en que ellos se producen.
Por lo mismo, la investigación pretende sacar las características, él ¿por qué? Se producen y lo más importante cuales serán las consecuencias que traen el problema, es decir, todo lo referente al maltrato infantil y a las consecuencias que producen este hecho.
Para seleccionar la muestra se utilizará la técnica del muestreo intencional, porque aquí el investigador selecciona los elementos que a su juicio no son representativos de la población, lo cual exige un conocimiento previo de la misma; y la técnica del muestreo aleatorio simple (o al azar) porque con esta, la muestra representativa se obtiene a través de azar, es decir, cada uno de los individuos de una población tiene la misma probabilidad de ser elegido.
Con las técnicas de muestreo anteriormente expresadas se procederá a resolver y sacar una conclusión acerca de nuestro problema, para esto utilizará la muestra con la mayor cantidad de aquellas características peculiares que corresponde a toda la población.
La información verbal se revisará sistemáticamente, juzgando su calidad y el grado de confianza que merece cada una y seleccionando aquellas que pueden incluirse en el informe de investigación, aquellas que deberán corregirse o modificarse en algo y las que tengan graves deficiencias serán excluidas.
Técnicas de análisis de datos:
Según Sabino (1992) analizar significa "descomponer un todo de sus partes constitutivas para profundizar el conocimiento de cada una de ellas".
En esta investigación se hará un análisis cualitativo. Este se efectuará cotejando los datos que se refieren a un mismo aspecto y tratando de evaluar la fiabilidad de cada información.
Si los datos, al ser comparados no atrojan ninguna discrepancia seria, y si cubren todos los aspectos previamente requeridos, habrá que tratar de expresar lo que ellos nos dicen, redactando una nota donde se sinteticen los hallazgos.
Igualmente el análisis será descriptivo ya que se representarán en forma detallada y precisa los datos que se obtengan, y estos serán comparados entre sí. A través de esta comparación y utilizando criterios sistemáticos se podrán obtener características de la realidad estudiada.
3.2 Tipo De Investigación.
La población es la totalidad del fenómeno a estudiar donde sus unidades poseen una(s) característica(s) en común, la cual es estudiada para sacar los datos de la investigación. Según Busot (1993), población "es el conjunto de elementos o eventos a fines, en una o más características tomadas como una totalidad y sobre la cual se generalizan las conclusiones de una investigación" (p. 130).
En este caso, la población ha estudiar será los niños maltratados, personas que incurran en el delito del maltrato infantil y de todas las instituciones encargadas en controlar y velar por todos aquellos niños que estén en peligro en lo que a maltrato se refiere, en el Estado Bolívar.
Al mismo tiempo Tamayo y Tamayo (1993) definen a la muestra como "el subconjunto perteneciente a la población total que se va a estudiar. Es la parte representativa de la población que se investiga". (p. 150):
La nota peculiar en esta investigación será el estudio profundizado y exhaustivo de un caso específico, lo que nos permitirá obtener un conocimiento amplio y detallado del problema.
Se basa en la idea que si estudiamos con atención cualquier unidad (muestra) de un cierto universo (población), estaremos en condiciones de tener una perspectiva que orientará provechosamente a la solución de nuestro problema.
Técnicas de recolección de datos:
Las técnicas de recolección de datos representan las herramientas de trabajo necesarias que van a permitir recoger información y verificar los objetivos planteados.
Sabino (1992) dice que las técnicas de recolección de datos pueden ser "cualquier recurso de que se vale el investigador para acercarse a los fenómenos y extraer de ellos información." (p. 143).
En esta investigación se utilizará como técnica de recolección de datos, la observación y la entrevista.
La observación se define según Sabino (1992) como "el uso sistemático de nuestros sentidos, en búsqueda de los datos que necesitamos para resolver un problema de investigación." (p. 146).
Otra técnica a utilizar es la entrevista, que desde el punto de vista general, es una forma específica de interacción social. Aquí el investigador se sitúa frente al o los investigados y le formulan preguntas, a partir de cuyas respuestas habrán de surgir los datos de interés y necesarios para conseguir una conclusión. Aquí se establece un dialogo necesario.
Aquí se entrevistarán a personas encargadas del Instituto Nacional de Asistencia al Menor (I. N. A. M.) y sus dos dependencias: La Casa Hogar (para Hembras) y La Casa Taller (para varones), Abogados y demás personas que consideremos necesarias para obtener información.
A continuación se presentarán los tipos de procedimientos que serán utilizados.
En cuanto a las técnicas de recolección de datos, el procedimiento utilizado tanto para la entrevista como para la observación es el siguiente: La forma para realizar la observación será antes que todo, la presencia de los integrantes del grupo y será realizada a través de nuestros sentidos, que con ellos obtendremos respuestas al problema que se nos presentan en dicha investigación, al realizar la observación los hechos van hacer percibidos directamente, es decir, que nos colocará ante la situación estudiada tal como se da naturalmente y estudiaremos un caso especifico, en donde se evidencie el maltrato infantil.
Y luego con los datos obtenidos realizaremos el registro de la observación con la descripción detallada.
En cuanto a la entrevista el procedimiento a utilizar es que aquí el investigador se sitúa frente a los investigados y les formulan preguntas. A partir de las respuestas del entrevistado se obtendrán datos de sumo interés para llegar a una conclusión de la investigación.
Todo este proceso se realizara a través de un diálogo y se colocarán en el registro, los datos tanto del entrevistador como del entrevistado y luego las preguntas que se realicen se colocarán con sus respectivas respuestas.
A continuación se presentarán modelos de registros de la observación y la entrevista.
OBSERVACIÓN.
Membrete: ___________________________________________________________
Nombre: _____________________________________________________________
Sexo: _______________________
Profesión: ____________________________________________________________
Numero de casos estudiados: _____________________
Objetivos observados: realizar el estudio de un caso, en donde se evidencie el maltrato infantil.
Fecha: 10 / 06 …al… 15 / O6.
Nombre de los autores: Floraixa Páez, Ángel Avilez, Yentzy Ruiz, Maria Rodríguez,
William Araujo.
REGISTRO DE OBSERVACIÓN.
DESCRIPCIÓN DETALLADA.
_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
ENTREVISTA.
Nombre del entrevistador: Nombre del entrevistado:
_______________________________ _______________________________
Edad: __________________________ Edad: _________________________
Sexo: __________________________ Sexo: __________________________
Fecha: _________________________ Profesión: ______________________
Hora: __________________________
Lugar: _________________________
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1. ¿Son frecuentes las denuncias que se hacen sobre el maltrato hacia el niño menor?
____________________________________________________________________
2. Aproximadamente ¿Cuántos niños llegan en indicio de maltrato al centro de atención mensualmente?
____________________________________________________________________
3. Normalmente ¿Quiénes son los responsables de que estos niños (menores) llegan maltratados a los centros de atención?
____________________________________________________________________
4. ¿Quiénes están capacitados para hacer una denuncia de esta índole?
____________________________________________________________________
5. ¿Adónde es más recomendable asistir, al querer denunciar a un maltratado, a las autoridades o directamente al centro de atención?
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Estadísticas.
1. Área: Salud y Bienestar.
Según la sociedad Venezolana de Pediatría de cada (1000) niños nacidos (25) mueren. Para 1995.
Nacidos = 1000 100%
Muertos = 25 2,5%
Sobreviven = 975 97,5%
2. Área: Educación y Desarrollo.
- Derecho a la educación:
- Abandono Escotar = (1) de cada (3) niños que ingresa al primer grado no logra culminar el noveno grado.
Según Datos de Antonio Luis Cárdenas, Ministerio de Educación. Datos para el año 1995.
3. Crianza y Cuidado del Niño:
- Cobertura del programa de hogares y multihogares.
Total Multihogares = 4.545.
Niños Atendidos = 136.000
Total Hogares de cuidado diario 24.000
Niños Atendidos = 112.000
Según datos de Mercedes Pulido. Ministerio de la Familia para 1995.
4. Área de Protección.
Muertes Violentas de Niños, niñas y jóvenes.
Un 67,6% de las muertes se producen en Caracas.
Un 32,3% en el resto del País.
Los más expuestos son los jóvenes entre 16 y 17 años (61% de los casos).
Causantes desconocidos de las muertes = 46,15%
Delincuencia: 42,84%
Organismos de Seguridad: 9,61%
5. Niños Trabajadores:
Total estimados de niños deja calle en todo el país: 5000.
Total en Caracas: 500
Varones: 97%
Hembras: 3%
59% tienen entre 12 y 15 años. 19% son analfabetas. (Según datos de UNICEF 1995)
6. Niños Maltratados.
El maltrato físico continúa siendo una práctica frecuente en muchos hogares de Venezuela, según un informe de UNICEF. Esta practica abarca el 7 de la población. El derecho más maltratado es el más irrespetado.
7. Abuso Sexual.
- El 79,7% de los ataques se producen en el hogar o en sitios considerados seguros por la victima
- En el 65% de los casos el agresor es un familiar o persona allegada.
- Sólo en el 55% de los casos se efectúa denuncia ante las autoridades policiales.
(Datos de AVESA, asociación Venezolana de Educación Sexual Alternativa 1995)
A lo largo del desarrollo de este trabajo de investigación, pudimos apreciar lo grave de la problemática actual, en cuanto al maltrato físico y mental del niño y el adolescente. Es por ello que hemos querido llegar a cada uno de los lectores, hasta el fondo de sus sentimientos, a través de la presentación de un problema real tratado como caso esquemático en este trabajo, con la única intención de ejemplificar los aspectos que tratamos en esta investigación De lo anteriormente escrito, pudimos apreciar el grado de influencia que tienen los padres y familiares, cercanos en el maltrato físico y mental de los niños, y a través del ejemplo pudimos aprender de forma legal de atacar este tipo de flagelos, así como también los tipos de castigos aplicables en estos casos.
Por otra parte, pudimos aprender cuales son las instituciones a las que les compete este tipo de problemas, y cuales son los resultados que se obtienen luego de tratar a estos niños con problemas; En la mayoría de los casos "IRREPARABLES". Es lamentable que en un país como el nuestro, existan problemas de educación y subdesarrollo, que conllevan a los padres o a los que desempeñen la patria potestad a ocasionar con sus acciones este tipo de maltrato; ya que la mayoría de los casos al final se detecta como principal causa de maltrato a los niños, "los padres o familiares con muy bajo nivel educativo y con resentimientos morales", de una data anterior al nacimiento de los niños no deseados o planificados con juicio y criterio de los padres responsables.
Para finalizar queremos dejar una interrogante en el aire para despertar la inquietud de todos los venezolanos preocupados por el progreso de nuestro País. ¿Cómo Comenzamos A Atacar El Problema Del Maltrato infantil Educando A Los Padres O Representantes O Castigando A Los Que Cometen Los Abusos A Través De Las Instituciones Dedicadas A Hacer Estos Seguimientos Y Estudios. ¿Acaso Debemos Evitar La Procreación De Niños No Planificados Con Criterio De Responsabilidad Paterna?
RECOMENDACIONES.
Crear al nivel de parroquia, instituciones que estén pendientes de cualquier irregularidad, anomalía o abusos que pudiera generar en la relación entre padres y menores en un momento determinado. Tratar psicológicamente y psiquiátricamente al menor objeto de abusos físico, psíquico, moral y sexual hasta lograr su salud integral.
Fomentar entre los menores e incluirlos a estudiar carreras técnicas cortas las cuales serian dictadas por instituciones creadas a tal fin, que fueron muy sensibles a estas problemáticas tal es el caso del "Colegio Jesús Obrero" en Catia, Caracas. Prestarle ayuda tanto psicológica como moral al adulto que fue maltratado cuando niño.
Prestar ayuda medica al menor, que debido al maltrato físicos le haya quedado marcas, hematomas, cicatrices, quemaduras, cortadas, desnutrición; esta ayuda medica vendría dada por un equipo medico multidisciplinaría, compuesto de psiquíatras, traumatólogos, nutricionistas, los cuales los trataran hasta que queden en condiciones normales. Tratar médicamente a los niños que nazcan con malformaciones físicas congénitas evidentes, tales como labios leporinos, deformaciones en el rostro, etc.
Darle apoyo económico y moral a la iglesia Católica, la cual ha demostrado a lo largo de los años y en todo el mundo que ha sido bastión en la protección a la infancia incluyendo la indígena. Llevar hasta el nivel de parroquia, escuelas rurales, municipales, estatales públicas y privadas el conocimiento de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente.
Garantizar a los menores, todos los derechos fundamentales de la infancia reconocidos por la convención, tales como de supervivencia, al desarrollo, a la protección, a la participación. Crear en los galenos (pediatras) la curiosidad sana de intuir en sus pacientes, cualquier rasgo o señal que ha sido maltratado en cualquiera de sus formas, y en el caso de que se compruebe o sospeche, el maltrato propiciar el ligamento y solución al problema.
Crear al nivel de parroquia, en los módulos asistenciales, en iglesias, escuelas para padres. Fomentar el control de la natalidad, tanto en el sector pobre como pudiente, ya que deben tener solo los hijos que pueden ser amados. Fomentar cabildos abiertos en los barrios, donde los niños, padres y representantes, puedan expresar libremente sus ideas y opiniones, tendientes a la solución de este problema.
Fomentar el compartir, pueden ser días de campo en familias propiciados por el Estado. Hacer del conocimiento de los padres (ambos o de las madres) que existen instituciones del Estados, abiertas a escuchar sus problemas y planteamientos, con respecto del maltrato in a titulo gratuito.
Hacer del conocimiento de los niños y adolescentes, la existencia de organismos tales como: Los tribunales de menores, de fiscalías de menores, abiertos a recibir sus problemas y planteamientos, a titulo gratuito, y sin tener que ser acompañados de ningún adulto.
Ley Orgánica Para La Protección Del Niño Y Del Adolescente Con Sus Exposición De Motivos (2000).
Enciclopedia Didáctica Océano.
Fundación oficina nacional de denuncias del niño maltratado filial sucre. II seminario sobre maltrato del menor (1992). Folleto.
CAMPOS José. El síndrome del niño maltratado. Folleto.
GUTIÉRREZ José Vicente. Oficina nacional de denuncia del niño maltratado. El maltrato infantil, mareo legal. Trabajo.
GARAY Juan (2000). La Nueva Constitución. Librería Ciafré. Constitución Nacional De La Republica Bolivariana De Venezuela.
MÁRQUEZ Rómulo Perdomo (1996). Metodología De La Investigación Jurídica. Universidad De Los Andes. Concejo De Publicaciones. Mérida – Venezuela.
MONTERO Maritza Y HOCHMAN Elena (1996). Investigación Documental Técnicas Y Procedimientos. Ediciones Panapo. Caracas – Venezuela.
CECODAP (1995). Folleto Somos Noticia. Situación De Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Jóvenes De Venezuela Resumen Del Informe.
Código Civil (1994). Biblioteca De La Legislación. Editorial El Giro.
EGG Ezequiel Ander (1983). Técnicas De Investigación Social. Ediciones Hvmanitas. Buenos Aires – Argentina
PADÓN Yrene (UBA 1994). En Su Trabajo "Mientras Exista Un Niño Que Sufra".
Enciclopedia Microsoft Encarta 2000.
Autor:
Br. Ángel Avilez
Estudiante de Derecho
Ciudad Bolívar – Venezuela
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD GRAN MARISCAL DE AYACUCHO
FACULTAD DE DERECHO
ESCUELA DE DERECHO