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Auditoria de gestión al sistema de gestión de recursos Humanos (página 2)


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Metodología es una palabra compuesta por tres vocablos griegos: meta ("mas allá") odos (" camino") y logos (" estudio")… "El concepto hace referencia a los métodos de investigación que permiten logar ciertos objetivos en una ciencia "…." el estudio del método" considerando a este último como "(el procedimiento para alcanzar los objetivos)"

metodología. (Del gr. µ???d??, método, y -logía). f. Ciencia del método. || 2. Conjunto de métodos que se siguen en una investigación científica o en una exposición doctrinal.

Metodología Wordreference.comDiccionario de la Lengua española

En un articulo nombrado "Aproximación al estudio de la metodología como resultado científico" se plantea:

"En el plano más general la metodología se define como el estudio filosófico de los métodos del conocimiento y transformación de la realidad, la aplicación de los principios de la concepción del mundo al proceso del conocimiento, de la creación espiritual en general o a la práctica."

"En un plano más específico significa un sistema de métodos, procedimientos y técnicas que regulados por determinados requerimientos nos permiten ordenar mejor nuestro pensamiento y nuestro modo de actuación para obtener determinados propósitos cognoscitivos".

Método significa literalmente "camino hacia algo" y en su sentido más general, según el diccionario filosófico (Rosental, 1973), es "la manera de alcanzar un objetivo, es determinado procedimiento para ordenar la actividad y por ello es también un medio del conocimiento ya que el mismo en su esencia es la manera de reproducir, en el pensar, el objeto que se estudia. Ello explica por qué la utilización de un método está indisolublemente ligada a la teoría que describe, explica y permite la transformación de un objeto determinado".

"Método. (Del lat. methodus, y este del gr. µ???d??). m. Modo de decir o hacer con orden. || 2. Modo de obrar o proceder, hábito o costumbre que cada uno tiene y observa. || 3. Obra que enseña los elementos de una ciencia o arte. || 4. Fil. Procedimiento que se sigue en las ciencias para hallar la verdad y enseñarla. || ~ real. m. Vía administrativa del Estado para la tramitación de las preces de los fieles a la Santa Sede.

Procedimientos.

Los procedimientos son "[…] la forma externa de realización de los métodos, los cuales incluyen no sólo las acciones externas realizadas por maestros y alumnos, sino también las acciones internas, que son las fundamentales." (Minujin,1989;27).Bermúdez y Rodríguez definen el procedimiento como "…una operación encaminada al logro de una tarea metodológica, a través del correspondiente sistema de medios que emplea la persona para la consecución de esa tarea."

La Resolución No.399/03 del ya extinguido Ministerio de Auditoría y Control, define los procedimientos como "los actos a realizar en el curso de una comprobación."

La NC: "Forma especificada para llevar a cabo una actividad o un proceso." Y proceso el "Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman elementos de entrada en resultados."

La Resolución No. 60/11 sobre las Normas del Control Interno de la Contraloría General de la República en el Glosario de términos lo define como "Manera especifica de realizar una actividad, que debe estar contenida en documentos aprobados, la cual incluye el objeto y el alcance de una actividad, que debe hacerse y quien debe hacerlo, cuándo, dónde y cómo debe hacerse, que materiales y equipos y documentos deben utilizarse y cómo debe controlarse y registrarse." Criterio al que se afilia la autora quien basado en el procedimiento documentado para ejecutar.

Como diseñar un Sistema de Control, según Stoner.

"1- Definir los resultados deseados. Es un plano ideal estos se determinan durante la planeación, cuando los administradores, por cuenta propia o con sus empleados, establecen metas y objetivos susceptibles de ser medidos y plazos realistas.

2- Establecer proyecciones de Resultados. […] Indican de manera confiable, cuando deben tomar medidas correctivas los administradores […].

3- Establecer estándares para las proyecciones y los resultados. Cuando se establecen estándares o "pares" de las proyecciones, se tienen puntos de referencia que sirvan para evaluar el rendimiento real. Asimismo, los pares altos, pero razonables, pueden ayudar a motivar a los empleados, siempre y cuando todos los involucrados comprendan y acepten los parámetros como algo difícil pero justo.

4- Establecer la red de información y Retroalimentación. Este paso establece el medio para reunir información sobre las proyecciones y compararlos con sus pares. La retroalimentación puede ir de arriba hacia abajo, como cuando un administrador evalúa el rendimiento de sus empleados, o de abajo hacia arriba, como cuando los empleados proporcionan información en cuanto al grado de funcionamiento de un proceso. Los sistemas de control idóneos ofrecen los dos tipos de información, y permiten que el personal clave tenga tiempo para actuar al respecto.

5- Aplicar el Sistema y aplicar medidas correctivas cuando se requiera. Cuando el sistema se este aplicando, los administradores quizás consideren que las proyecciones [….] requieran ajustes con objeto de producir un sistema de control mas satisfactorio"

Para ello, deberán además definirse las áreas claves de resultados conceptuadas por Stoner (1996),como "Aspectos de una Unidad o organización que deben funcionar de manera eficaz para que la unidad o organización total tengan éxito"; los puntos estratégicos de control considerados por (Stoner,1996), como "Puntos críticos de un sistema de los cuales se debe obtener información o en los que debe haber seguimiento"

Como todo proceso integrado, la GRH, necesita de una herramienta de control para el desarrollo eficaz del mismo, surge la concepción de realización de la auditoría de la gestión de recursos humanos en los años 80.

I.5. Control Interno, herramienta de autocontrol

Como consecuencia del desarrollo industrial, nace el Control Interno como función administrativa, para asegurar que los objetivos y políticas preestablecidos se cumplan tal como fueron fijados.

La definición de Control Interno que aparece en el Informe "Marco Integrado de Control Interno" (Internal Control-Integrated Framework) elaborado por el Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión Treadway (COSO, por las siglas en inglés de Committee of Sponsoring Organizations) que lo define como un proceso ejecutado por el consejo de directores, la administración y otro personal en la institución, diseñado para proporcionar seguridad razonable con miras a la consecución de los objetivos institucionales agrupados en tres ámbitos o categorías: eficacia y eficiencia de las operaciones; fiabilidad de la información financiera; y cumplimiento de leyes y reglamentos

En Cuba la Resolución 297/93 pone en vigor los criterios para implementar un Sistema de Control Interno adaptado a nuestra realidad, la necesidad de seguirlo perfeccionando hace que se derogue por la Resolución No. 60/11 Sistemas de normas de Control Interno que plantea: "El control interno es el proceso integrado a las operaciones con un enfoque de mejoramiento continuo, extendido a todas las actividades inherentes a la gestión, efectuado por la dirección y el resto del personal; se implementa mediante un sistema integrado de normas y procedimientos, que contribuyen a prever y limitar los riesgos internos y externos, proporciona una seguridad razonable al logro de los objetivos institucionales y una adecuada rendición de cuentas."

I.5.1. Características generales del Control Interno según la Resolución 60/11 de la CGR.

El control Interno debe ser integral, flexible en base a las características y condiciones propias de la organización, diseñado para lograr los objetivos del Sistema de Control Interno con seguridad razonable.

A criterio de la autora el Control Interno como proceso, es un sistema integrado de materiales, equipos, procedimientos y personas. Lo realizan las personas que componen esa organización y en consecuencia deben poseer conciencia de la necesidad de evaluar los riesgos, aplicar controles y estar en condiciones de responder adecuadamente a ello, solo puede aportar un grado de seguridad razonable por lo que debe constituir un elemento importante para la organización conocer las limitaciones de todo sistema operativo de control. Debe propender al logro del autocontrol, liderazgo y fortalecimiento de la autoridad y responsabilidad de los colectivos laborales, y todas sus partes tienen que ser objeto de supervisión.

La Resolución No. 60/11 de la CGR para su diseño e implantación lo estructura en cinco componentes, con sus respectivas normas que permiten evidenciar su existencia en la organización.

Ambiente de control. Considerado la base de los demás componentes: Conforma el conjunto de buenas prácticas y documentos referidos a la constitución de la organización, al marco legal de las operaciones aprobadas, a la creación de sus órganos de dirección y consultivos, a los procesos, sistemas, políticas, disposiciones legales y procedimientos; lo que tiene que ser del dominio de todos los implicados y estar a su alcance. Se estructura en las siguientes normas:"

Planeación, planes de trabajo anual, mensual e individual.

Integridad y valores éticos.

Idoneidad demostrada.

Estructura organizativa y asignación de autoridad y responsabilidad.

Políticas y prácticas en la gestión de recursos humanos.

"Gestión y prevención de riesgos:" "[….] establece las bases para la identificación y análisis de los riesgos que enfrentan los órganos, organismos, organizaciones y demás entidades para alcanzar sus objetivos. Una vez clasificados los riesgos en internos y externos, por procesos, actividades y operaciones, y evaluadas las principales vulnerabilidades, se determinan los objetivos de control y se conforma el Plan de Prevención de Riesgos para definir el modo en que habrán de gestionarse El componente se estructura en las siguientes normas: "

Identificación de riesgos y detección del cambio:

Determinación de los objetivos de control:

Prevención de riesgos:

"Actividades de control: establece las políticas, disposiciones legales y procedimientos de control necesarios para gestionar y verificar la calidad de la gestión, su seguridad razonable con los requerimientos institucionales, para el cumplimiento de los objetivos y misión de los órganos, organismos, organizaciones y demás entidades. Se estructura en las siguientes normas: "

"Información y comunicación: deben disponer de información oportuna, fiable y definir su sistema de información adecuado a sus características; que genera datos, documentos y reportes que sustentan los resultados de las actividades operativas, financieras y relacionadas con el cumplimiento de los objetivos, metas y estrategias, con mecanismos de retroalimentación y la rendición transparente de cuentas. La información debe protegerse y conservarse según las disposiciones legales vigentes. Se estructura en las siguientes normas".

a) sistema de información, flujo y canales de comunicación:

b) contenido, calidad y responsabilidad:

c) rendición de cuentas:

"Supervisión y monitoreo: "[…] dirigido a la detección de errores e irregularidades que no fueron detectados con las actividades de control, permitiendo realizar las correcciones y modificaciones necesarias. Esta se realiza mediante dos modalidades de supervisión: actividades continuas que son aquellas que incorporadas a las actividades normales generan respuestas dinámicas, entre ellas el seguimiento sistemático realizado por las diferentes estructuras de dirección y evaluaciones puntuales que son ejecutadas por los responsables de las áreas, por auditorías internas y externas. Se estructura en las siguientes normas:"

  • a) Evaluación y determinación de la eficacia del Sistema de Control Interno:

  • b) Comité de prevención y control:

Este estudio tiene como campo de acción la Auditoría de Gestión o Rendimiento como elemento integrador de autocontrol y diagnóstico continúo.

I. 6- La auditoría.

1.6.1 Antecedentes y origen.

La palabra auditoría viene del latín AUDITORIUS, y de esta proviene auditor, que tiene la virtud de oír, y el diccionario lo considera Revisor de cuentas colegiado pero se asume que esa virtud de oír y revisar cuentas está encaminada a la evaluación de la economía, la eficiencia y la eficacia en el uso de los recursos, así como al control de los mismos. Nace como resultado de la separación entre la propiedad y la administración de la empresa, surge la obligación de las mismas de rendir cuentas de forma periódica, en general anualmente, a los accionistas sobre la situación que presentan y los resultados obtenidos.

La auditoría, según plantean algunos historiadores, se practicaba aún antes de crearse la escritura por los egipcios, griegos y romanos, que ejercieron sus controles sobre sus agentes financieros. Se remonta el caso descrito de un papiro de Zirón, en el año 254 (a.n.e), en el que se refiere que Apolunios, Ministro de Finanzas del Rey Filadelfo, de la Dinastía de los Polomeos de Egipto, contrariado por haberse pagado de su caja siete talentos de plata sin su autorización, ordenó que fuesen comprobadas las cuentas de Aristeos y Antemedor, que eran sus tesoreros.

En 1494 fue escrito el primer tratado de teneduría de libros por partida doble, su autor, Fray Lucas Paceolo, monje italiano; es considerado el padre de la Contabilidad Moderna.

Como profesión; fue reconocida por primera vez; bajo la Ley británica de Sociedades Anónimas en 1862.

Antes de 1900 la auditoría se ocupaba principalmente del descubrimiento de fraudes. La profesión de la contaduría pública en los Estados Unidos, surgida en 1900, se interesó en un nuevo objetivo, como respuesta a las necesidades de los nuevos inversionistas en los valores de las sociedades y corporaciones: determinar la rectitud de los estados financieros, considerados en aquella época información confidencial de la que los terceros no podían disponer.

I.6.2. Evolución de la Auditoría en Cuba.

Los antecedentes históricos de la Auditoría en Cuba se ubican en la época de la colonización; que se utilizaba determinar el importe correcto del impuesto a pagar al gobierno español. En la época de la República se realizaban Auditorias financieras, fiscales e internas que respondían a los intereses de las casas matrices norteamericanas, y eran realizadas por firmas independientes de auditores, la función fiscalizadora recayó sobre el Ministerio de Hacienda, creado por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de 1909.

En 1927 se crea en Cuba la Escuela de Ciencias Comerciales a finales de 1950 se crea el Tribunal de Cuentas, cuyas funciones fueron fiscalizar el patrimonio, los ingresos y los gastos del Estado y de los organismos autónomos, y la ejecución de los Presupuestos del Estado; también competía a dicho tribunal fiscalizar la gestión administrativa de los funcionarios y empleados del aparato estatal y organizaciones autónomas.

El Primer Congreso Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores, se celebró en la Habana en el año 1953, fecha en que se inició un proceso de institucionalización que se continuaría en el Congreso de Brúselas (1956) y el Congreso de Tokio (1968), cuyo resultado era el establecimiento de los Estatutos de la Asociación y, con ello, la fundación formal de la Organización Internacional de Entidades de Fiscalización Superior.

En enero de 1959, se inicia un cambio en la estructura socioeconómica del país, que consideró innecesario mantener el Tribunal de Cuentas, cesando sus funciones en 1960 incorporando de nuevo estas funciones al Ministerio de Hacienda, promulgándose en 1961, la Ley 943 de comprobación, encargada de cumplir las funciones de fiscalización.

En el año 1976, la Ley 1323 de Organización de la administración Central del Estado, crea el Comité Estatal de Finanzas, que en su estructura incluye una Dirección de Comprobación, que cumple la función rectora en materia de Auditoría Estatal. Hasta 1990, se llevan a cabo Auditorias Financieras de carácter estatal, inspecciones fiscales y Auditorías internas.

El proceso de Institucionalización; al que se le puede enmarcar como fecha comienzo el año 1974, tuvo su momento mas importante con la entrada en vigor de la Constitución de la República de Cuba el 24 de febrero del 1976, ratificada por la Reforma Constitucional realizada a la Carta Magna en el año 2002.

En 1994 se extinguen los Comités Estatales de Finanzas y el Comité Estatal de Precios, cuyas funciones se fusionan en el Ministerio de Finanzas y Precios.

El 30 de mayo de 1995, se crea la Oficina Nacional de Auditaría (ONA) para ejecutar las funciones que le fueron asignadas al Ministerio de Finanzas y Precios con relación a esta materia.

Se emite el Decreto Ley No. 159/95" De la Auditoria", con la finalidad de normar la actividad y establecer sus principios fundamentales.

El Decreto Ley No 219/91 deja sin efecto ni valor legal el Acuerdo 2914 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros que autorizo la creación de la Oficina Nacional de Auditaría (ONA y crea el Ministerio de Auditoría y Control

Amparado en la Ley No. 107/09, se crea la Contraloría General De La República; que deroga el Decreto Ley No 219/01; como órgano estatal cuya objetivo fundamental es auxiliar a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado ejecutando "[…] la más alta fiscalización sobre los órganos del Estado y el Gobierno;[….] " precisándolo "[…] como órgano estatal, estructurado verticalmente en todo el país, que se le subordina jerárquicamente igual que el Consejo de Estado de la República de Cuba."

1.6.3 Definiciones de Auditoria.

Varios autores han conceptualizado el término Auditoría; y lo definieron de la siguiente forma:

La asociación americana de contadores plantea que la auditoría "[…] es el proceso sistemático de obtener y evaluar objetivamente la evidencia acerca de las afirmaciones relacionadas con actos y acontecimientos económicos, a fin de evaluar tales declaraciones a la luz de criterios establecidos y comunicar el resultado a las partes interesadas."

Arens y Loebbecke (1996) consideran que "es la recopilación y evolución de datos sobre información cuantificable de una entidad económica para determinar e informar sobre el grado de correspondencia entre la información y los criterios establecidos. La auditoría debe ser realizada por personal competente e independiente."20

El Decreto Ley 159/95, "un proceso sistemático, que consiste en obtener y evaluar objetivamente evidencias sobre las afirmaciones relativas a los actos o eventos de carácter económico – administrativo, con el fin de determinar el grado de correspondencia entre esas afirmaciones y los criterios establecidos, para luego comunicar los resultados a las personas interesadas. Se práctica por profesionales calificados e independientes, de conformidad con normas y procedimientos técnicos. "

Definida por la NC como "Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias de la auditoría y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar el grado en que se cumple el conjunto de políticas, procedimientos o requisitos"

La Ley No. 107 de la CGR: "Proceso sistemático, realizado de conformidad con normas y procedimientos técnicos establecidos, consistentes en obtener y evaluar objetivamente las evidencias sobre las afirmaciones contenidas en actos jurídicos o de carácter técnico, económico, administrativos u otros, con el fin de determinar el grado de correspondencia entre esas afirmaciones, las disposiciones legales vigentes y los criterios establecidos."

A criterio de la autora, esta ultima es la mas completa y acertada definición; no se limita su función a recopilar ni procesar datos, ni se circunscribe a obtener y evaluar actos de carácter económico – productivo , sino, que va más allá y amplia los elementos a evaluar, incluidos los actos jurídicos – señalados por el Código civil cubano como, toda manifestación lícita , ya sea de forma expresa o tácita, de voluntad, que produce un efecto jurídico dispuesto por Ley, consistente en la constitución, modificación o extinción de una relación jurídica, además, como evaluadora objetiva con fundamentación científica, al utilizar métodos y técnicas aplicables al acto que se desarrolla de forma sistémica en base a evidencias documentales, de las afirmaciones que se han realizado por una organización de los elementos económicos y/o productivos, del comportamiento ético de sus cuadros y demás miembros de la organización, el uso debido de facultades, evalúa además, su control interno, permitiendo detectar errores, ilegalidades, y evaluar la debida congruencia que debe existir entre los objetivos propuestos las afirmaciones realizadas y el cumplimiento del orden jurídico. Sirve además como elemento para que la alta dirección adopte decisiones.

1.6.4. Objetivos de la Auditoría:

En su sección Primera del Capitulo IV el Reglamento de la Ley No. 107, emitido por el Consejo de estado, refiere entre los objetivos fundamentales de la Auditoría:

"a) clasificar el estado del control interno y evaluar la efectividad de las medidas de prevención;

b) fortalecer la disciplina administrativa y económica- financiera mediante la evaluación e información de los resultados a quien corresponda y el seguimiento de las medidas adoptadas; y

c) fomentar la integridad, honradez y probidad de los dirigentes y colectivos laborales, en el interés de elevar la economía eficiencia y eficacia en la utilización de los recursos del Estado. "

1.6.4 Clasificación de las Auditorías.

Con el desarrollo de la Auditoría sobre todo en la segunda mitad en el siglo XX, estas han sido objeto de diferentes clasificaciones por parte de los diversos autores y organizaciones hasta llegar a la enunciada en 1993 por la Federación Internacional de Contadores (IFAC) en las Normas Internacionales de Auditoría, las cuales reconocen los siguientes:

En Cuba se clasificaron de acuerdo a la afiliación del auditor y se asumían los objetivos fundamentales que se persiguen, por el Decreto Ley No. 159/9, a las que se les adicionaban las establecidas en el Acuerdo 4374/2002 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros ya derogado.

Actualmente el Reglamento de la Ley No. 107 /09 las clasifica en:

"a) auditoría externa; y

b) Auditoría interna."

Considerando la auditoria interna, la que realizan los profesionales facultados dentro de su propia organización, funciona para mejorar las operaciones de una organización.

Las auditorias externas la que realizan los profesionales facultados que no son empleados de esa organización , definiéndose expresamente en este cuerpo legal quienes son las personas jurídicas facultadas para la realización de este acto.

El Reglamento de la Ley No. 107/09, Ley de la Contraloría General de la República reconoce 8 tipos de auditorías y son.

"auditoría de Gestión o Rendimiento: consiste en el examen y evaluación de la gestión de un órgano, organismo, entidad, programa, proyecto, proceso o actividad, para establecer el grado de economía, eficiencia, eficacia, calidad e impacto de su desempeño en la planificación control y uso de los recursos y en la conservación y preservación del medio ambiente, así como para comprobar la observancia de las disposiciones que le son aplicables.

auditoría financiera o de Estados Financieros: consiste en el examen y evaluación de los documentos, operaciones, registros y estados financieros de la entidad, para determinar si éstos reflejan, razonablemente, su situación financiera y los resultados de sus operaciones, así como el cumplimiento de las disposiciones económico – financieras, con el objetivo de mejorar los procedimientos relativos a su gestión y evaluar el control interno.

auditoría Forense: consiste en la investigación y verificación de información, operaciones, actividades y otras, para reunir y presentar el soporte técnico que sustente presuntos hechos delictivos y de corrupción administrativa.

auditoría de cumplimiento: es la comprobación, evaluación y examen que se realiza con el objetivo de verificar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas reglamentarias, estatutarias, y de procedimiento inherentes a la actividad sujeta a revisión, vinculando la eficacia de la norma en relación con los objetivos y metas de la entidad.

Auditoría Fiscal. Consiste en el examen de las operaciones a que están obligadas las personas jurídicas o naturales con obligaciones del fisco, tributarias y no tributarias, con el objetivo de determinar si se efectúan en la cuantía que correspondan, dentro de los plazos y formas establecidas y proceder conforme a derecho.

Auditoría de tecnologías de la información y las comunicaciones: consiste en el examen de las políticas, procedimientos y utilización de los recursos informáticos, así como de la confiabilidad y validez de la información, la efectividad de los controles, aplicaciones, sistemas de redes y otros vinculados a la actividad informática.

auditoría Ambiental: Es el proceso para verificar el uso, administración ,protección ,preservación del medio ambiente y de los recursos naturales, con el objetivo de evaluar el cumplimiento de las normas y principios que rigen su control y, cuando proceda, cuantificar el impacto por el deterioro ocasionado o que pueda producirse.

Auditoría Especial. Consiste en la verificación y análisis de temas específicos en entidades, actividades de interés nacional o territorial, programas, proyectos y otros asuntos .Cuando se requiera, se aplica con enfoque de proceso y participan uno o varios sujetos. "

1.6.4. Principios de Auditoría.

La Auditoría, como parte de la ciencia contable, se fundamenta en Principios Generales, los cuales constituyen reglas de actuación en la actividad de esta profesión, éstos estarán siempre sujetos a modificaciones, a una adaptación constante de los mismos a las condiciones del entorno y sugiere además, la forma en que pueden ser logrados los fines perseguidos.

Otro elemento importante en la regulación de la actividad de la Auditoría son las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas, consideradas como: "[..] los requisitos mínimos de calidad relativos a la personalidad del auditor, al trabajo que desempeña y la información que rinde como resultado de este trabajo ", reguladas en nuestro país en el Anexo Único de la Resolución No.399/03 del ya extinguido Ministerio de Auditoría y Control, definiendo tres tipos de normas: las generales y personales; de ejecución (del trabajo); y de presentación de informes (de información)

1.6.5. Auditoria de gestión. Conceptos.

La NC define Gestión como "Actividades coordinadas para dirigir y controlar una organización."

El Decreto Ley No. 159/95:"Examen y evaluación que se realiza a una entidad para establecer el grado de economía, eficiencia y eficacia en la planificación, control y uso de los recursos y comprobar la observación de las disposiciones pertinentes, con el objetivo de verificar la utilización más racional de los recursos y mejorar las actividades y materias examinadas"

El Glosario de Términos de la Resolución No. 399/03 del extinto MAC, define la auditoría gubernamental de gestión u operacional como "el examen y evaluación de la gestión de un organismo, entidad, programa o proyecto, para establecer el grado de economía, eficiencia, eficacia, calidad e impacto de su desempeño en la planificación, control y uso de los recursos y en la conservación y preservación del medio ambiente, así como comprobar la observancia de las disposiciones que le son aplicables"

El Reglamento de la Ley No. 107/10 en su articulo 11 amplia su denominación a "auditoría de Gestión o Rendimiento : consiste en el examen y evaluación de la gestión de un órgano , organismo, entidad, programa , proyecto, proceso o actividad , para establecer el grado de economía, eficiencia, eficacia, calidad e impacto de su desempeño en la planificación control y uso de los recursos y en la conservación y preservación del medio ambiente, así como para comprobar la observancia de las disposiciones que le son aplicables."

En el ámbito Internacional se le han concedido diferentes denominaciones, pero a mi criterio la mas acertada y es la acepción que se adopta en Cuba es Auditoria de las tres E, que se expresan con relación a los recursos humanos, financieros y materiales de que dispone la empresa en las que se interrelacionan los siguientes elementos al exponer los resultados de la Auditoria, economía, eficiencia y eficacia en relación con las funciones administrativas y la observancia del orden jurídico y dentro de él al medio ambiente como política priorizada por el Estado Cubano y las organizaciones internacionales.

V.- CONCLUSIONES.

De lo hasta aquí expuesto , se puede concluir que, independiente del autor, corriente o enfoque que se utilice, existe coincidencia en que, a lo largo del desarrollo de la administración, el hombre siempre ha sido factor determinante para el logro de las metas y objetivos trazados por las administraciones en su desarrollo.

Se destaca la significación e importancia del Sub sistema de control como herramienta dentro del Sistema de Gestión de los Recursos Humanos de la empresa el que comienza en la etapa de planificación y permite ir detectando y corrigiendo las desviaciones en los objetivos y metas propuestos.

La auditoria de gestión o rendimiento a los recursos Humanos surge de la necesidad de ejercer el control eficaz al SGRH de la empresa, su alcance debe tener presente la satisfacción de los objetivos institucionales, el nivel jerárquico de la Empresa, la estructura organizativa, la participación individual de los integrantes de la institución, debiendo concebirse como un proceso sistémico que garantice el aprendizaje y la mejora continua, con la finalidad de determinar lo hecho, evidenciar la situación actual y recomendar las posibles acciones futuras; perfeccionar u orientar nuevas políticas de los recursos humanos capaces de sensibilizar en los trabajadores altos niveles de satisfacción y motivación laboral y lograr posesionar a la organización a través de comparación con patrones de competencia fijados en el entorno.

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Autor:

Catiuza Regla Pérez García

Enviado por:

Anaida Fernández Marcos

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