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Principio del uti possidetis

Enviado por juanflo52


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    Indice1. Introducción 2. El uti possidetis 3. La cuestión de límites 4. Con la República de Bolivia 5. Tensión en las relaciones 6. Empréstitos extranjeros, sangre y luto en el Chaco. 7. Las negociaciones diplomáticas. 8. Consideraciones finales 9. Bibliografía

    1. Introducción

    A lo largo del discurrir de las páginas del presente trabajo, será analizado el principio sostenido por la República del Paraguay en incontables ocasiones, defendiendo el territorio que históricamente le correspondió ante potencias extranjeras, primero para lograr la consolidación de la independencia nacional ante los embates anexionistas tanto de la Confederación Argentina como del Imperio del Brasil, luego ante los intereses mezquinos e insaciable necesidad de expansión y predominio mundial.

    Y fue esa incansable e insaciable necesidad de expansión del gran imperio dominador de la época, que usando como tenaza a los gigantes del Plata, fue agotando a la floreciente economía del Paraguay, la cual, le hacía sombra erigiéndose en la potencia del Hemisferio Sur.

    Históricamente el Paraguay defendió su territorio aplicando el principio del uti possidetis, pero lamentablemente, la barbarie pudo más que la razón, pues hasta nuestros días, la República del Paraguay jamás contó con una hábil diplomacia capaz de hacer primar la tesis paraguaya por sobre los sables.

    Nuestro país, pues, fue saqueado, desmembrado, diezmado y humillado por naciones hermanas que, pisoteando cuanto tratado internacional se haya firmado con el Paraguay y, respondiendo a intereses ingleses, hace un siglo se convirtieron en los sepultureros del vasto territorio superior en recursos e infraestructura.

    Ya dentro del siglo veinte, aún cuando el Paraguay se reconstruía sobre sus cenizas, nuevamente intereses anglosajones en el Plata inician un conflicto "casualmente", de límites con la hermana República de Bolivia y, estalla una conflagración absurda como todas, tiñendo de sangre el desierto chaqueño.

    Como se dijo al principio, el presente trabajo, pretende hacer una revisión histórica del principio sostenido por el Paraguay en cuanto a límites con sus vecinos se refiere.

    2. El uti possidetis

    Uti possidetis, ita posessionis, voz latina que denota "como poseéis, así poseáis", la cual, tiende a mantener las situaciones actuales hasta la decisión que corresponde en un conflicto de límites.

    Según el Derecho Romano, la posesión es el poder que el hombre ejerce sobre una cosa corporal, hecha abstracción de la cuestión de saber si se tiene derecho o no a ejercerlo. La posesión romana contiene, por consiguiente, dos elementos, a saber, la voluntad del hombre (animus) y una cosa sometida a ésta voluntad (corpus), es decir, que requiere del señorío real y efectivo del hombre sobre la cosa.

    El sentido de la fórmula analizada, es rectilíneo, pues se refiere siempre al hecho material de la posesión. El uti possidetis, es pues, la posesión mansa y pacífica, independientemente de cualquier otro título; es la base natural para delimitar entre los Estados las tierras que real y efectivamente ocupan.

    No se confunde con la ocupación, la cual, tiene por elemento básico un territorio considerado res nullius. Por el contrario, el uti possidetis juris, constituye una contradicción en sí mismo, desde el momento en que juris se refiere a título dominial.

    Algunos publicistas hispanoamericanos, llaman uti possidetis juris a una posesión virtual que se deriva de la Bula de Alejandro VI y de los tratados que se celebraron entre España y Portugal delimitando sus posesiones en América, desde el de Tordesillas hasta el de San Idelfonso.

    Y, mientras España tomaba posesión efectiva del Perú, México, Tierra Firme, Río de la Plata, y otras tierras, Portugal se adueñaba del Brasil, y más tarde, de casi toda América meridional, sin hacer caso de la Bula Papal, ni de los tratados mencionados.

    Ésta ocupación territorial lusitana, se debía a que Portugal rechazaba el uti possidetis virtual, aplicando el principio romano de la posesión material.

    El uti possidetis en la época de la emancipación de las colonias españolas, era la posesión natural de España, lo que España poseía real y efectivamente, con cualquier título o sin título alguno, no lo que España tenía derecho de poseer y no poseía.

    La tesis del uti possidetis, fue siempre sostenida por el Paraguay, el cual ocupó de forma pacífica, ininterrumpida y efectivamente las tierras de las Misiones, el Chaco Boreal y, parte de Matto Grosso hasta el río Yguazu, que luego en sucesivas modificaciones administrativas y conflictos armados fue perdiendo.

    Los límites primitivos y sus desmembraciones.

    Para el análisis de los límites primitivos, debemos remontarnos a los antecedentes coloniales, donde sucesivas modificaciones administrativas introducidas por la Corona Española, y los pactos internacionales de ésta con la de Portugal, fueron reduciendo el territorio de la Provincia del Paraguay, la cual, durante la conquista constituía un dominio bi – oceánico, mono oceánico durante la colonia y a oceánico al tiempo de la independencia.

    Los límites primitivos de la Provincia del Paraguay, eran fijados en la Capitulación de Don Pedro de Mendoza, cuyas tierras se extendían hacia el norte hasta el sur de la Guyanas (línea del Ecuador), al oeste hasta las tierras de Almagro y Pizarro y a continuación de éstas, tenía doscientas leguas de costas sobre el Océano Pacífico.

    Hacia el sur, la Capitulación se extendía hasta el paralelo 36°57’09", límite austral de las doscientas leguas sobre el Pacífico, por último, al este lindaba con el Atlántico y la línea de Tordesillas.

    En el año de mil quinientos sesenta, a raíz de un litigio surgido entre Ñufrio de Chávez y Andrés Manso sobre la propiedad de la orilla derecha del Río Guapay, comprendida entre éste y el Río Parapití, surgió la primera desmembración de la Provincia del Paraguay. Éste terreno se desmembró con el nombre de Santa Cruz, cuyo límite con éste era el Río Parapití.

    La segunda desmembración se produjo en el año de mil quinientos sesenta y nueve, cuando algunos de los territorios de la Provincia fueron excluidos de la Capitulación de Juan Ortíz de Zárate, cuyo territorio al norte fue limitado hasta el paralelo 06°20’00", quedando excluida la Amazonia de los territorios de la Provincia del Paraguay y, al oeste, la región de Cuyo, pasó a la Gobernación de Chile.

    En el año de mil seiscientos diecisiete, tuvo lugar la tercera desmembración, cuando el Gobernador Hernando Arias de Saavedra, solicitó al rey que las ciudades que conformaban el Guaira, Villarrica, Santiago de Xeres y Ciudad Real, formaran una gobernación aparte, con el fin de que contasen con recursos propios ante las incursiones de los bandeirantes paulistas; pero, ante ésta solicitud, prevaleció el parecer del Virrey del Perú, quien propugnó que Asunción formara parte de las tres ciudades citadas, conformando así la Gobernación del Guairá o Paraguay, desmembrándose de ésta la Gobernación de Buenos Aires, que en ese entonces estaba conformadas por Concepción del Bermejo, Corrientes y Santa Fe, siendo el límite entre las dos gobernaciones una línea que dividía la tierra entre el Pilcomayo y el Bermejo en dos partes iguales, hasta ocho leguas antes de llegar al río Paraguay; y entre Asunción y Corrientes, el Río Paraná.

    La cuarta desmembración durante la colonia, se produjo en el año de mil setecientos setenta y siete, tras el Tratado de San Idelfonso, el cual legitimaba las transposiciones de la Línea de Tordesillas por parte de los bandeirantes paulistas, legalizándolas por medio del mencionado tratado, el cual dividía al Paraguay con la provincia portuguesa del Brasil por medio de los ríos Yguazú, Paraná, Ygurey, Corrientes, Paraguay y Jaurú.

    En éste sentido, la República del Paraguay, después de ser la provincia gigante de las indias, pasó a ser, al tiempo de su independencia de la Corona Española, en mil ochocientos once, una República mediterránea, rodeada por los gigantes del Plata – Argentina y Brasil -, quienes de una u otra forma, siempre asediaron las fronteras del Paraguay, hasta llegar a la primera "guerra total" de la historia, aún siendo reconocida la tesis del uti possidetis

    Pero, de las constantes turbaciones de los límites de la República del Paraguay, nos ocuparemos caso por caso y, en qué momento el Paraguay esgrimió la doctrina del uti possidetis.

    3. La cuestión de límites

    Con la República Argentina

    Por el año de mil ochocientos once, el uti possidetis del Paraguay estaba constituido por la zona del Chaco, desde el Bermejo hasta Bahía Negra y por los treinta pueblos de las Misiones ubicados en la banda izquierda del Bermejo, los cuales, fueron segregados de él por algún tiempo, se le añadieron nuevamente en los últimos años del siglo XVIII, límites que nunca fueron turbados por la Gobernación de Buenos Aires.

    El Real Despacho del veintidós de agosto del año de mil setecientos ochenta y tres, nombra Gobernador Intendente de la Provincia de Paraguay a Don Pedro Melo de Portugal y añade los trece pueblos de las Misiones. En el año de mil ochocientos tres, los trece pueblos y otros diecisiete, situados entre el Paraná y el Uruguay, fueron constituidos en un solo gobierno; pero, por Real Provisión del año de mil ochocientos seis, Don Bernardo de Velazco se constituyó Gobernador del Paraguay y de los treinta pueblos de los indios guaraníes y tapes de las Misiones.

    De manera que el Paraguay, al declararse independiente de en mil ochocientos diez, por la disolución del Virreinato del Río de la Plata, estaba constituido territorialmente por Asunción, el país de su asiento, el Chaco y los treinta pueblos de las Misiones.

    En el año de mil ochocientos diez, siendo Tomás de Rocamora el Gobernador de la Provincia de Misiones, firmó el acta de reconocimiento de la revolución de mayo y de la Junta de Gobierno Buenos Aires. Pero los cabildantes, corregidores y caciques de los pueblos de Cosme, San Ignacio Guazú, Santa Rosa y Santiago, no firmaron, señalando que no entendían el significado del nuevo gobierno de Buenos Aires. En realidad, fueron influenciados por el subdelegado del Gobierno de Asunción, el Coronel Espínola, quien los convenció de que estaban más ligados a Asunción que a Buenos Aires. Así comenzó la disputa por los territorios misioneros entre Asunción y Buenos Aires.

    El Gobierno de Buenos Aires reconoció el uti possidetis paraguayo mediante el Tratado del doce de octubre de mil ochocientos once, donde incluso caía bajo el dominio del Paraguay el pueblo de Candelaria.

    El Tratado del doce de octubre de mil ochocientos once

    El Tratado del doce de octubre, fue el primer instrumento internacional firmado por la República del Paraguay, el mismo constituye un Tratado de comercio, límites y alianza, que, al cabo de laboriosas gestiones, en la mencionada fecha se firmó la Convención que articuló los acuerdos "convenientes a la unión y común felicidad de ambas provincias y demás confederadas".

    Los tres primeros artículos reglaron las cuestiones económicas en un todo de acuerdo con las pretensiones del Paraguay.

    El artículo cuarto expresaba que "los límites de ésta Provincia del Paraguay en la forma en que actualmente se hallan, encargándose consiguientemente su gobierno de custodiar el departamento de Candelaria", hasta tanto el Congreso General estableciera la demarcación territorial.

    A pesar de lo establecido en el tratado, reconocióse la jurisdicción paraguaya en los partidos de Pedro González y Candelaria, – cuyos límites eran al norte el río Paraná, al oeste el estero del Yverá, al sur, la Sierra Grande de las Misiones y al este el río Yguazú-.

    El límite entre el Paraguay y la Argentina, era pues, la Sierra Grande de las Misiones. El mencionado Tratado no fue ratificado por la Junta de Buenos Aires

    Durante el gobierno del Dr. Francia, no se mantuvo ninguna relación diplomática con Buenos Aires, pero aún con el férreo auto aislamiento del Paraguay por parte del Dr. Francia, éste hacía conocer sus puntos de vista sobre los derechos territoriales del Paraguay de manera indirecta, pues, lo hacía a través de la correspondencia con sus comandantes de frontera, quienes a su vez, daban a conocer copias a los pocos comerciantes que ingresaban al Paraguay.

    En esa correspondencia, el dictador reivindicaba los límites del país, afirmando que el Paraguay tenía derechos sobre todo el Chaco, hasta el río Jaurú y hasta la isla del Atajo al sur y, sobre las Misiones hasta el río Uruguay. Esas reivindicaciones eran respaldadas por varios fuertes y se procedió a la ocupación permanente de las Misiones al sur del Paraná. La violación de la soberanía nacional en tiempos de Francia, aparejaba una terrible sanción.

    Al asumir Don Carlos Antonio López los designios de la república, envió a un comisionado para comunicar la ratificación de la independencia, el Gobierno de Buenos Aires se negó a hacerlo, por "poderosos e invencibles motivos", manteniéndose el statu quo en las relaciones entre el Paraguay y Buenos Aires.

    Posteriormente, se firmó en Asunción un tratado de límites que nunca ratificado por Buenos Aires, que a su vez, tenía interés por todo el Chaco, desmembrando de esa manera, la mitad del territorio paraguayo, siempre la Argentina demostró una actitud hostil en cuanto a los límites con la República del Paraguay.

    El diecisiete de julio del año de mil ochocientos cincuenta y dos, en Asunción, durante un solemne e histórico acontecimiento, Juan Ramón Derqui firmó un documento que ponía fin a cuarenta y un años de incesantes hostigamientos y reanudaba los lazos de amistad entre las dos naciones del Plata; decía Derqui: "En virtud de los plenos poderes que me ha conferido el Excelentísimo señor Gobernador y Capitán General de la Provincia de Entre Ríos, encargado de las relaciones exteriores de la Confederación Argentina y actual Director Provisorio de la misma, Brigadier Don Juan José de Urquiza, reconozco en nombre de la expresada Confederación Argentina, la independencia y la soberanía de la República del Paraguay como un hecho consumado, competentemente comunicado al Gobierno Argentino en demanda de su reconocimiento; hallándose, además, establecidos los límites territoriales entre ambos Estados. Declaro en nombre y por orden del Excelentísimo Director, que si bien éste reconocimiento ha de ser llevado al conocimiento del próximo Congreso General de la Confederación Argentina, será en el concepto de un hecho practicado con la adhesión de los Gobiernos Provisionales que lo encargan de representar a la Nación; tomando sobre sí el mismo Magistrado Supremo la responsabilidad de instruir de todo ello al mencionado Congreso General, sosteniendo su justicia, ventajas e importancia; declarando, por tanto, que la República del Paraguay está en el derecho de ejercer todas las grandes prerrogativas que son inherentes a su independencia y soberanía nacional".

    Los albores de la mutilación

    En el año de mil ochocientos sesenta y tres, el nuevo mandatario de la Confederación Argentina – Mitre – dirigió un mensaje al novel Presidente de la República del Paraguay, el Gral. Francisco Solano López, – quien asumía ésta investidura en mil ochocientos sesenta y dos, al igual que Mitre -, indicándole que desearía iniciar una negociación para el arreglo definitivo de la cuestión de límites. El gobernante paraguayo aceptó tal proposición.

    El Gral. López propuso a Mitre que las negociaciones se lleven a cabo en Asunción, a lo que Mitre respondió que debían llevarse adelante en Buenos Aires, a lo que López respondió con su negación, la Confederación declinó de llevar a cabo las negociaciones, nombróse entonces como plenipotenciario de límites por parte de la Confederación a José Mármol.

    Todo éste contacto epistolar a nada condujo, pues ni Mármol vino al Paraguay, ni se pudo arreglar pacíficamente la cuestión de límites, a pesar del ambiente aparentemente tranquilo en que se perfilaba, desatándose posteriormente la Guerra contra la Triple Alianza.

    Desatado el catastrófico conflicto armado contra el Paraguay, éste heroicamente y hasta el fin defendió la integridad territorial y la independencia de la República.

    Tras el fin de la contienda, los aliados se propusieron terminar su empresa, aniquilar el Paraguay, desmembrarlo territorialmente y terminar de saquearlo, la República Argentina siempre sostuvo la idea anexionista de "tragarse" la "Provincia Rebelde del Paraguay", pretendiendo toda posesión del Paraguay, después del año diez, desde la margen derecha del río Pilcomayo hasta Bahía Negra, es decir, toda la Villa Occidental, pero el Brasil le salió al paso postergando ésta pretensión.

    Con respecto a las pretensiones argentinas Bartolomé Mitre, profundo conocedor de la historia Americana, sostenía que su país sería ampliamente beneficiado con el territorio comprendido entre el Bermejo y el Pilcomayo, tierra ésta que nunca poseyó.

    Tras arduas negociaciones, intrigas, tejes y manejes, finalmente en el año de mil ochocientos setenta y seis, se procedió a la firma del Tratado de paz, amistad y límites entre el Paraguay y la Argentina, conocido como el Tratado Machaín – Irigoyen, en éste Tratado, se concedía todo territorio comprendido entre el Bermejo y el Pilcomayo y se sometía los territorios comprendidos entre el río Pilcomayo y el río Verde al arbitraje de los Estados Unidos, desistiendo la Argentina sus pretensiones sobre los territorios situados entre el río Verde y Bahía Negra.

    Durante la ocupación del Paraguay, todos los archivos fueron saqueados por las fuerzas aliadas, pese a esto – las escasas pruebas -, el Paraguay envió un emisario a Washington para defender los derechos de la República, el emisario fue Benjamín Aceval, por parte de la Argentina participó en las negociaciones su Ministro Plenipotenciario García.

    Casi toda la prueba se basó sobre los territorios al sur del Pilcomayo, inclusive demostró mejor derecho sobre las Misiones, territorio cedido a la Argentina en el Tratado Machaín – Irigoyen, todo éste pobre alegato desestimó las pruebas argentinas.

    En éstas condiciones, el presidente de los Estado Unidos de América, Mr. Rutheford B. Hayes, dictó su fallo el doce de noviembre del año de mil ochocientos setenta y siete con éstas palabras: "Hago saber que yo, Rotheford B. Hayes, Presidente de los Estados Unidos de América, habiendo tomado en debida consideración las referidas exposiciones y documentos, vengo a decidir por la presente que la expresada República del Paraguay, tiene legal y justo título a dicho territorio situado entre los ríos Pilcomayo y Verde, así como a la Villa Occidental, comprendida dentro de él".

    Después de éste fallo, el Paraguay tomó posesión efectiva del territorio acordado el catorce de mayo del año de mil ochocientos setenta y nueve, ante las tropas paraguayas y argentinas formadas, fueron saludadas las banderas de ambas naciones con sendas salvas de veintiún cañonazos.

    La mutilación estaba consumada, por el mencionado tratado que daba finalización a la guerra con la Argentina, ésta nos había arrancado la parte del Chaco que va desde el Bermejo hasta el Pilcomayo, área que abarca una superficie de setenta y cinco mil ciento diez kilómetros cuadrados, aparte de los territorios de las Misiones, los cuales históricamente dependieron de Asunción, siendo reconocidos por el tratado del doce de octubre del mil ochocientos once, el cual fue pisoteado por los vencedores. Así culmina el Capítulo de límites con la Argentina.

    Con la República Federativa del Brasil

    Las cuestiones limítrofes con la República Federativa del Brasil, son de larga data, pues ellas empiezan con el Tratado de Tordesillas, ya que Portugal ambicionaba con un férreo espíritu anexionista parte de los territorios de la Provincia del Río de la Plata, como se dijo en líneas anteriores.

    También, como ya se dijo, Portugal ponía en práctica el uti possidetis activo, por medio de las ocupaciones de sus bandeirantes paulistas, lo cual dio fruto al Tratado de San Idelfonso en el año de mil setecientos setenta y siete.

    Pero pese a los compromisos firmados con la corona española, los lusitanos, continuaron la ocupación de tierras de aquella, llegando a fundar al sur del río Jaurú y al oeste del río Paraguay los fuertes de Coimbra y Albuquerque, haciendo caso omiso a las protestas de la Provincia del Paraguay.

    En el año de mil ochocientos doce, los portugueses del Brasil se apoderaron del Fuerte Borbón, actualmente Fuerte Olimpo, posesión paraguaya en el Chaco, lo cual se demuestra con los innumerables archivos donde constaba que Asunción desde la fundación de dicho fuerte, siempre había enviado víveres, trasladando hacienda, etc., ante éste hecho, la Junta Superior Gubernativa, a través del comandante de Villa Real de la Concepción, intimó a los portugueses que abandonen la posesión chaqueña.

    Los invasores se negaron a abandonar el fuerte, por lo que se convocó una reunión de la Junta, el cabildo, los oficiales del cuartel, entre otros, para iniciar una expedición hacia la Villa Occidental y desalojar a los lusitanos que permanecían en el lugar, con una declarada actitud hostil.

    Entonces, los reunidos iniciaron la campaña para la retoma del Fuerte Borbón solicitando donativos de parte de los integrantes de la Junta, a de costear los gastos de la expedición.

    La expedición partió rumbo al Fuerte Borbón al mando de Fernando de la Mora, haciendo escala en Villa Real de la Concepción, donde fue informado que fuerzas nacionales salidas de esa ciudad, retomaron el fuerte ocupado por los portugueses, reincorporándose para siempre al territorio nacional.

    En el año de mil ochocientos cuarenta y cuatro, el enviado del Imperio del Brasil, José Antonio Pimenta Bueno, firmó con la República del Paraguay, un tratado de alianza, comercio, navegación y límites, con respecto a éstos últimos, las partes contratantes se comprometieron a nombrar comisarios que examinen y reconozcan los límites indicados por el Tratado de San Idelfonso del primero de octubre del año de mil setecientos setenta y siete, a fin de establecer límites definitivos entre ambos pueblos, Don Pedro II se negó a ratificar dicho tratado, pues caducó el Tratado de San Idelfonso por medio de la paz de Badajoz.

    En vista a la respuesta del Emperador del Brasil, Don Carlos A. López, envió en carácter de Ministro Plenipotenciario a Juan Andrés Gelly para gestionar otro tratado en Río de Janeiro.

    El Brasil pretendía, proyecto de tratado de límites mediante, que la frontera con el Imperio siga el cauce del Paraná, desde la boca del Yguazú hasta el Salto del Guairá, la Sierra del Mbaracayú y la del Amambay, hasta las vertientes del río Blanco hasta su confluencia con la margen izquierda del río Paraguay, quedando neutral el territorio entre éste río y el Apa, no pudiendo ser ocupado por ninguno de los Estados contratantes en una distancia superior a dos leguas del río Blanco.

    Decía el mismo proyecto, en cuanto al Chaco, que "la línea divisoria de los territorios de ambas partes contratantes sería el arroyo Negro, que desagua en el río Paraguay un poco más arriba de Fuerte Olimpo".

    El plenipotenciario paraguayo, renunciaba el derecho al litoral que se extendía desde bahía Negra hasta el río Jaurú, usurpado por los portugueses durante la colonia, siempre y cuando con ésta propuesta se redujeran las pretensiones brasileñas sobre la Región Oriental.

    Inexplicablemente Gelly proponía la neutralización de la zona litigiosa situada entre el Blanco y el Apa, cediendo el terreno situado entre el Ivinheima y el Ygatimí, ofreciendo la zona situada entre éste y la cordillera del Mbaracayú, por suerte, el Emperador consideró inaceptable la neutralización de dichos territorios.

    El mil ochocientos cincuenta, cuando aún quedaba pendiente un arreglo de límites la zona del Pan de Azúcar, tropas brasileñas invadieron de éste cerro, pese a los esfuerzos diplomáticos llevados a cabo, el Paraguay tuvo que enviar tropas para expulsar a los invasores y, la Argentina estaba decidida a reincorporar al Paraguay y reconstruir el Virreinato del Río de la Plata, idea que inquietaba al Imperio, fue en éstas circunstancias que firmó un tratado de mutua asistencia en caso de hostilidades de la Confederación.

    En mil ochocientos cincuenta y dos, el Paraguay proponía otra vez la misma línea del Salto del Guairá al río Blanco, con la neutralización del territorio situado entre éste y el Apa; nuevamente fue rechazada tal propuesta. En mil ochocientos cincuenta y tres, el Imperio dio un ultimátum al Gobierno paraguayo, intimándolo a que reconozca la margen derecha del Apa, pretensión por demás exagerada e inaceptable.

    En mil ochocientos cincuenta y cinco, se expulsó a los brasileños que habían ingresado clandestinamente a la zona de Salinas, originando un inpasse con el Brasil y un apresto bélico de las dos naciones, fortificándose Humaitá en espera de la escuadra Imperial, enviada por Don Pedro II, quien se sintió ofendido por tal expulsión.

    La escuadra al mando del Almirante Ferreira d’Oliveira – quien tenía la misión de obtener del Paraguay una amplia satisfacción por la ofensa recibida y al mismo tiempo un tratado de navegación y si fuera posible de límites -, fondeó en Tres Bocas y solicitó permiso para continuar hasta Asunción, pues venía en misión diplomática, recibió permiso de continuar con sólo un buque y que la escuadra, se retire de aguas territoriales paraguayas, siendo finalmente finiquitado el impasse, luego de algunas negociaciones.

    Al verse subsanado tal acontecimiento, se procedió a las negociaciones sobre límites. Tales negociaciones fueron encaradas por Ferreira d’Oliveira y el general Francisco Solano López.

    El proyecto expuesto por el negociador imperial, sentaba como única base para cuestiones limítrofes el uti possidetis, estableciendo como límites el río Paraná, el río Ygatimí, la cordillera del Amambay, el río Apa y el río Paraguay, aplicando las pretensiones brasileñas de forma unilateral.

    El Paraguay nunca hizo efectiva la posesión, sin embargo, el Brasil, sosteniendo la misma tesis que el Portugal – la de ocupación efectiva y no virtual -, ocupó esa zona, de modo que no había lugar al uti possidetis pasivo; no se suscribió tratado alguno con respecto a los límites; empero fueron firmados tratados de comercio y libre navegación entre los Plenipotenciarios de las partes contratantes.

    Los tratados de López – Ferreira d’Oliveira, produjeron gran indignación en Río de Janeiro, se consideró que el Almirante había sido burlado, pues, la concesión paraguaya era una limosna denigrante para la dignidad del Imperio, por lo que el Emperador se negó a ratificar los tratados.

    Finalmente, fue enviado José Berges a la capital del Imperio, siendo destacado por parte del Brasil José María da Silva Paranhos y, tras arduas negociaciones, fue mantenido el statu quo de seis años sobre los territorios litigiosos.

    El mil ochocientos sesenta y dos, vencía el plazo acordado para solucionar el conflicto sobre límites que se había acordado luego de las negociaciones entre Berges y Paranhos, pese a esto, el Imperio se mostró reticente a dar nuevamente inicio a las negociaciones, muy por el contrario, burló el statu quo sostenido hasta le fecha, fundando en la zona litigiosa las colonias de Miranda y Dourados.

    El Brasil, mantenía la tesis de que todo sería arreglado por el uti possidetis, pero por otro lado, seguía quebrando el statu quo ingresando sin prisa, pero sin pausa al territorio litigioso.

    El gobierno Imperial, se sentía mortificado por los reveses diplomáticos sufridos con el Paraguay, pues consideraba una indignante afrenta la expulsión del Ministro Pereira Leal y el fracaso de la misión Ferreira d’Oliveira, desatando el espíritu belicoso del Brasil

    Esa agresividad fue denotada de manera inocultable en las palabras del diputado Amaro da Silveira: " la guerra, que es una calamidad, será un mal, pero entiendo también que es un gran medio para que hagamos valer nuestros derechos… Por consiguiente, para no renunciar a lo que es nuestro, para sostener nuestra dignidad, no debemos retroceder ante este medio"

    Como se dijo en su momento, se desató el conflicto armado contra el Brasil, la Argentina y el Uruguay, el cual asoló el territorio nacional.

    Consumada la aplastante victoria de las fuerzas aliadas, se inició la negociación con ellas por separado, pues los gigantes de América, aliados para la contienda, luego de ella, estuvieron al borde de la guerra por sus pretensiones desmedidas.

    El Paraguay, finalmente firmó el tratado de paz, comercio, navegación y límites, el cual, lo suscribieron el Plenipotenciario brasileño – el Barón de Cotegipe – y Carlos Loizaga por parte de la República del Paraguay, quien suplantó al Ministro de relaciones Exteriores – José Falcón -, quien poseía un gran conocimiento y capacidad para sostener una discusión histórico – jurídica con respecto al uti possidetis paraguayo.

    Loizaga firmó el tratado que consagraba las estipulaciones del Tratado de la Triple Alianza sin variación alguna, perdiendo todo territorio comprendido entre el río Ygurey hasta la cordillera del Mbaracayú, territorios al norte del río Blanco hasta el río Apa, arrancando de la heredad nacional una superficie total de sesenta y dos mil trescientos veinticinco kilómetros cuadrados.

    Con éste tratado, se puso fin a la guerra con el Brasil, que a lo largo de cinco años en alianza con la Argentina, desangró sin piedad el suelo paraguayo y, de no haber terminado la contienda, el Imperio contaba aún con dos millones de negros para seguir la campaña contra el Paraguay.

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