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Estudio del Derecho y la formación de los juristas en Cuba posterior a la revolución (1959)


  1. Resumen
  2. Introducción
  3. Breve análisis sobre el estudio del Derecho en la etapa anterior al Triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959
  4. Acercamiento al estudio del Derecho y la formación de juristas en la etapa posterior al Triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959
  5. Conclusiones
  6. Bibliografía

Resumen

Al hacer un estudio de la Historia de Cuba, encontramos que la enseñanza del Derecho ha estado presente en los distintos centros educacionales de carácter universitario. Cuando hablamos del proceso de formación de los juristas, partimos del criterio que se estructura en torno a la cuestión de qué función estos deben cumplir en la sociedad. Una interrogante que indudablemente nos hace reflexionar en torno a la funcionalidad de estos y su papel determinante. Al estudiar la majestuosa obra de Carlos Rafael Rodríguez, podemos ver que al ocurrir el proceso de nacionalización de la enseñanza superior posterior al Triunfo revolucionario (1961), comienza a configurarse un nuevo programa de estudios en todos los niveles, teniendo como fundamento las nuevas estrategias trazadas por el gobierno que comenzaba a instaurarse. Proceso que tendría como fundamento, además de lograr perfeccionar su contenido, acercarlo a las capas más humildes de la sociedad. Cuestión esta que poseía gran relevancia y trascendencia, habiendo sido planteada con anterioridad por el Comandante en Jefe Fidel Castro y que se llevaría a cabo una vez instaurado el nuevo Poder.

Palabras Claves:

Derecho – Juristas – Cuba – Proceso – Formación – Triunfo revolucionario

Introducción

Al hacer un estudio de la Historia de Cuba, encontramos que la enseñanza del Derecho ha estado presente en los distintos centros educacionales de carácter universitario. Haciendo referencia a esto, podemos citar el Seminario de San Basilio El Magno (1722), la Universidad de La Habana (1728), Seminario de San Carlos y San Ambrosio (1774), y las Universidades de Villanueva (1946), de Oriente (1947), de Las Villas (1948).

La enseñanza del Derecho en Cuba, sin dudas, estuvo influenciada, en sus inicios, por la metrópoli española que trajo al país sus instituciones académicas y jurídicas, estas últimas heredadas de un complejo proceso de absorción; el establecimiento de la Universidad de La Habana, así como de los Seminarios de San Basilio y de San Carlos y San Ambrosio, contribuyeron a la gestación de un sistema de enseñanza del Derecho con características peculiares.

Cuando hablamos del proceso de formación de los juristas, tenemos que tener presente que se estructura en torno a la cuestión de qué función estos deben cumplir en la sociedad. Una interrogante que indudablemente nos hace reflexionar en torno a la funcionalidad de estos y su papel determinante.

Al estudiar la majestuosa obra de Carlos Rafael Rodríguez, podemos ver que al ocurrir el proceso de nacionalización de la enseñanza superior posterior al Triunfo revolucionario (1961), comienza a configurarse un nuevo programa de estudios en todos los niveles, teniendo como fundamento las nuevas estrategias trazadas por el gobierno que comenzaba a instaurarse. Proceso que tendría como fundamento, además de lograr perfeccionar su contenido, acercarlo a las capas más humildes de la sociedad. Cuestión esta que poseía gran relevancia y trascendencia, habiendo sido planteada con anterioridad por el Comandante en Jefe Fidel Castro y que se llevaría a cabo una vez instaurado el nuevo Poder.

En cuanto a la enseñanza universitaria, luego de llevarse a cabo las medidas provisionales tomadas como consecuencia de los primeros impulsos del gobierno revolucionario en 1959, se inicia la aplicación de forma paulatina de una serie de medidascon el objetivo de poner en práctica los principios de la Reforma Universitaria presentados desde finales de la década de 1920.

La formación de los juristas en Cuba ha estado dividida en varias etapas, tratando de identificarlas, podemos seguir el criterio de los Profesores Yoel Carrillo García y Walter Mondelo García:

  • Una primera etapa que se extiende desde 1963 hasta principios de la década de 1970, caracterizada por los tanteos, búsquedas y algunos nihilismos que han sido comunes, en mayor o menor medida, a todas las revoluciones.

  • Una segunda etapa que comienza a principios de la década de 1970 y se extiende hasta principios de la década de 1990, caracterizada por la formación acelerada de juristas.

  • Una tercera etapa que comienza a principios de la década de 1990 y que se extiende hasta la actualidad, caracterizada por la pérdida de referentes ideológicos externos en virtud de la caída del campo socialista y una discreta apertura a ideas y concepciones de origen diverso.

Cada una de estas etapas cargó sobre sí las características y particularidades del momento histórico a través del cual transitaron. Siendo portadoras ellas, de muchas de las concepciones surgidas en torno a la educación y estudio del Derecho.

Este trabajo se propone realizar un acercamiento al estudio del Derecho en nuestro país y la formación de los juristas posterior al Triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959, todo ello acompañado de sus fortalezas y debilidades; logros y perspectivas futuras, teniendo como prioridad la constante superación de juristas y estudiantes apasionados por la historia de esta materia, exaltada por muchos y rechazada por varios. Historia que aunque tratada por disímiles académicos de lujo en nuestro país, no deja de ser interesante y apasionada para los que comienzan a dar sus primeros pasos en el mundo de las leyes.

Desarrollo

Breve análisis sobre el estudio del Derecho en la etapa anterior al Triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959

En los años de la República Mediatizada, los estudios de Derecho fluctuaron entre su adscripción a un pensamiento iusnaturalista casi pietista, absolutamente idealista y políticamente liberal burgués o un pensamiento positivista, francamente normativista desde la década de los años cuarenta del siglo XX en que fue casi literalmente indetenible la influencia de Hans Kelsen.

La política educacional gubernamental en esta etapa, estuvo dirigida al fomento de Escuelas Técnicas. La idea no era crear universidades, sino mantener las ya existentes hasta el momento y fundar politécnicos para adecuar sus graduados a los menesteres de la época.

A pesar de que la apertura democrática que se llevó a cabo facilitó la entrada de intelectuales extranjeros que matizaron la educación superior cubana, fundamentalmente españoles, "la enseñanza superior permanecía insertada dentro de las peores tradiciones de la nación semifeudalizada, estancada y dependiente, sujeta en todos los terrenos a los intereses más reaccionarios dentro del país y al dominio extranjero, en especial del imperialismo norteamericano."

Con la publicación de la Ley No.11 de 1959, dictada por el Gobierno revolucionario, en su artículo 2 se declaraban extinguidas todas las universidades "oficiales y oficializadas" creadas por la dictadura batistiana y se ratificaban las Universidades de La Habana, de Las Villas y de Oriente, como las únicas oficiales en el país. Al respecto el Dr. Armando Hart Dávalos, en aquel entonces Ministro de Educación, expresó que:

"El Ministerio considera que ha habido una proliferación de centros de estudios superiores durante los últimos años, lo cual lejos de elevar el nivel intelectual y cultural de la Universidad, lo que hace es rebajarlo porque es imposible sostener, como se debe, a tantas Universidades. Preferimos concentrar todas nuestras fuerzas en atender las tres Universidades autónomas, las de La Habana, Las Villas y Oriente, para hacerlo de manera diferente."

La Ley No. 350, vino a modificar a la Ley No. 11/1959, al sustituir la inhabilitación por la suspensión, durante dos años, del derecho a ejercer a aquellos que poseían títulos en virtud de exámenes realizados con anterioridad al 30 de noviembre de 1956.

Acercamiento al estudio del Derecho y la formación de juristas en la etapa posterior al Triunfo revolucionario del 1 de enero de 1959

No cabe la menor duda que un hecho histórico de tal relevancia como el triunfo de una revolución, trae aparejado cambios en el ordenamiento político, económico y social en todo Estado. Por supuesto, el Derecho no se mantiene al margen de estos cambios, sino que por el contario, en la mayoría de los casos marcha al compás de las distintas controversias que puedan presentarse.

La organización económico social que adoptó la nación cubana después de 1959 es el resultado del triunfo armado contra el régimen imperante, y como tal es un acto que en su momento fue considerado en contra de la Ley. Para la legalidad imperante antes del 1 de enero de 1959, tanto el movimiento insurreccional como sus dirigentes estaban al margen del ordenamiento legal establecido y en correspondencia con ello miles de hombres, cuando no asesinados, fueron perseguidos, juzgados y encarcelados, pues es un hecho cierto que la revolución no se hace según la Ley, sino contra la Ley, visto esto en términos absolutos.

Muchas de estas figuras poseían estudios en leyes y fueron en su mayoría los que encabezaron el Gobierno revolucionario en los primeros momentos. El 15 de enero de 1959, el Consejo de Ministros estaba formado por 13 miembros, de los cuales 8 eran abogados. Después del 16 de febrero de 1959, cuando Fidel Castro juró como Primer Ministro, los abogados eran 11,5% de los miembros del Consejo de Estado, en julio eran 9 abogados.

Sin embargo, a pesar de esto, la primera de las atapas por las que ha transcurrido el estudio del Derecho y la formación de juristas en nuestro país, luego de 1959 (1963-principios de la década de 1970), se considera por los estudiosos del tema, como es el caso del Profesor Gilberto Muñoz Valdés, en su libro Introducción al estudio del Derecho, "crítica en curso de la cual muchos se interrogaron seriamente acerca de la utilidad y posible supervivencia del abogado". Esta etapa, aunque parezca increíble y algo difícil de entender, podría resumirse en la pregunta, ¿Para qué el abogado? Aún hoy cuando se estudia esta parte de la historia, interrogantes como esta calan profundo en los sentimientos de los juristas apasionados y defensores de su profesión. Muchos no llegaron a comprender nunca lo que sucedió en esta etapa, otros prefirieron no entender y aceptar con su silencio, de forma tácita, lo que comenzaba a ocurrir.

A grandes rasgos se consideraba que en una sociedad donde quedarían eliminadas las causas de la delincuencia y otros males anteriores de triste recordación, no harían falta los abogados. Desaparecería la comisión de delitos producto del crecimiento de la conciencia social y se extinguirían los transgresores de la ley. En caso de existir algún transgresor aislado de las normas legales, sería suficiente con una charla educativa de carácter profiláctico. Claro está que si no hacían falta juristas, tampoco serían necesarias las escuelas donde se llevara a cabo la formación de estos. Las consecuencias producto de esas acciones, no se hicieron esperar y se presentaron de forma rápida dejando sus huellas en el Sistema de educación universitario cubano. Huellas que ha varios años han dejado recuerdos y sensaciones imborrables e innegables.

En 1965, el estudio de la carrera de Derecho sólo se podía seguir a nivel nacional, en la ya legendaria Universidad de la Habana. En ese año no se efectuó ninguna graduación de la carrera y la matrícula se redujo a la triste cifra de 15 estudiantes, de los que sólo se graduaban como máximo 6 a partir de 1966. Por su parte, la segunda universidad que existía en el país, la de Oriente, que había sido fundada en el año 1947 y ya contaba con 14 años, tuvo que cerrar sus puertas en febrero de 1961, por falta de profesores que pudiesen llevar a cabo la carga docente. Los motivos de la ausencia del claustro eran diversos; unos porque voluntariamente se habían retirado de la docencia, otros porque fueron expulsados en el proceso de depuración de la educación superior y muchos por la creencia inicial de que sería inútil la existencia de abogados en la nueva sociedad que se comenzaba a construir y ya daba sus primeros pasos. Haciendo referencia a este tema, cabe preguntar: ¿Pasos acertados?.

Otros de los factores que de forma negativa dieron pie a la situación del mundo jurídico en esta etapa eran los prejuicios que durante años habían sido alimentados en cuanto a la moralidad y la función que en la sociedad desempeñaban los abogados del pasado. Las mentes prejuiciadas, si no se cambian a tiempo, pueden causar mucho daño en cualquier proceso de transformaciones, la etapa en análisis no escapó a esta situación.

En fecha tan reciente como el 13 de enero de 1959 y luego en febrero del propio año, se suspende en Cuba la inamovilidad de la judicatura, subrogándose al Consejo de Ministros la facultad de designar a los nuevos jueces; esta decisión era la manifestación concreta de la contradicción que se gestaba entre las fuerzas revolucionarias y la incólume organización judicial, conflicto que se fue acrecentando paulatinamente en la medida en que se perfilaba la proyección socialista de la Revolución, a finales de 1960. Esta creciente polarización condujo a una depuración definitiva de la judicatura a finales de 1960, marchándose del país la mayoría de los jueces que conformaban el Tribunal Supremo, a ello debemos sumar el resto de los juristas que también actuaron de esta forma. A pesar de esto, los prejuicios no se marcharon juntamente con estos profesionales del Derecho, sino que permanecieron en la sociedad.

No se puede esconder que los abogados durante mucho tiempo estuvieron muy lejos de representar a las capas y sectores más humildes, estando al servicio incondicional de los intereses de los poderosos, de los explotadores. Estaban tremendamente distantes, si es que alguna vez se acercaron, a los verdaderos principios de la justicia popular reclamada por miles durante años y escuchada sólo por unos pocos.

Citando al distinguido Catedrático Mariano Rodríguez Solveira, podemos decir que "ese prejuicio histórico creó una conciencia negativa que condujo a identificar a los abogados, sencillamente, con personas corruptas al servicio de los explotadores. Ellos, como los explotadores a cuyo servicio estaban, debían, por tanto desaparecer."

Otra alusión interesante sobre el tema es la realizada por Carlos Rafael Rodríguez cuando afirmó que "durante mucho tiempo, de una manera totalmente incorrecta, desestimamos (…) la enseñanza y la preparación de nuestros juristas. (…) No nos ocupamos, no nos preocupamos de ello, por dos razones contradictorias (…): en primer lugar, y como elemento más importante, por el idealismo (…) en que se creía que con la llegada del socialismo, el establecimiento de una sociedad más justa, automáticamente produciría hombres más honestos y automáticamente crearía las condiciones para la desaparición rápida del delito; en segundo lugar (…) por un sentimiento de repudio al abogado del pasado". El contenido de las palabras de este prestigioso intelectual cubano, hablan por sí solas.

Todo esto trajo consigo de forma acelerada efectos inmediatos que terminaron desacreditando progresivamente la imagen ante la sociedad de los juristas de forma general, y en lo particular de aquellos que se desempeñaban como abogados. Las implicaciones de esta situación merecen ser analizados por la trascendencia de su contenido e implicaciones teóricas y prácticas.

El balance general de la primera década de la Revolución en el ámbito del Derecho, sin dudas, no fue particularmente estimulante. Si bien es cierto que las medidas revolucionarias se encaminaron siempre por las vías de la naciente legalidad y de hecho, cada acto de la Revolución estuvo respaldado en una profusa y rica labor legislativa, la ruptura y desgarramiento que todo cambio social de esta magnitud lleva aparejado, hace que se resienta la superestructura social y concretamente el Derecho.

Muchos de los profesionales del Derecho que no se marcharon del país, abandonaron la profesión y se dedicaron a otras labores consideradas más útiles y productivas centradas en el momento histórico que transcurría. Esto conllevó a que se produjera un bache en el área de lo jurídico que a decir de muchos estudiosos, aún hoy resiente las estructuras judiciales del país. Se habla en sentido general, de una falla generacional en el Derecho cubano. Falla que dejó marcas no imperceptibles en muchos juristas, que con dolor dijeron adiós a la profesión que habían abrazado años antes.

La segunda etapa en que se divide este estudio (principios de la década de 1970, hasta principios de la década de 1990), va a estar caracterizada por la formación acelerada de juristas. Como decía Carlos Rafael Rodríguez haciendo referencia al abandono presente en la tapa anterior, "estamos empezando a reparar desde hace algún tiempo, y estamos todos trabajando en la misma dirección". Resultaba importante llevar a cabo este objetivo si permitir tardanzas innecesarias y trabas que perjudicaran aún más la situación existente.

Para nadie es un secreto que hay errores que cuesta mucho trabajo enmendar, sobre todo por las dimensiones y consecuencias de su comisión. Estábamos ante una situación bastante compleja que debía ser reparada, una vez verificado que el delito no se podía erradicar mediante charlas, que la construcción de una sociedad nueva no haría surgir conjuntamente el hombre nuevo, que para corregir al delincuente y para organizar las nuevas relaciones sociales eran necesarias las leyes, y para hacerlas y principalmente aplicarlas, se necesitaban a los juristas. Cuando se llegó a esta conclusión era evidente que poseíamos muy pocos especialistas que pudiesen afrontar aquella importante y gigantesca tarea. Se hacía necesario formarlos cuánto antes, alejados de posibles criterios burocráticos que impidieran su realización.

Es importante resaltar la labor, que también pudiésemos llamar misión de relevancia extraordinaria, llevada adelante por muchos estudiantes que a pesar de estar en los primeros años de la carrera y casi legos en conocimiento, a principios de la década de 1970, estuvieron dispuestos a desempeñarse como fiscales, producto del déficit de juristas formados con anterioridad. En las Bases sobre la Unificación de Jurisdicciones y Principios de la Justicia Socialista elaboradas por la Comisión número 1 de las Comisiones de Estudios Jurídicos, dados a conocer en la clausura del Congreso Constitutivo de la Unión de Juristas de Cuba, celebrado el 8 de junio de 1977, se aclara que "a pesar de los requisitos para ser elegidos Fiscales, por unanimidad se acordó que mediante una transitoria se establezca en la ley, que aquellos que posean conocimientos jurídicos puedan desempeñar funciones de Fiscales; lo que permite que estudiantes de Ciencias Jurídicas, con algún desarrollo técnico, puedan desenvolver esta actividad, mientras cursan sus estudios, realizando un servicio social necesario en estos momentos y al mismo tiempo que constituye un ejercicio práctico en la disciplina que cursan".

Es evidente que este acelerado actuar de instrucción trajo consigo un proceso necesario de rectificación, el cuál debía conducir a la formación aceptada e integral de los juristas que se necesitaban en ese momento y los que de seguro se iban a necesitar en el futuro. Es en esta etapa donde comienza la tan necesaria elaboración de planes de estudio, demandados para estas actividades. En el año 1976 se puso en práctica el plan de estudios A, estando vigente hasta 1977, en que fue sustituido por el plan B aplicado hasta el curso 1990-1991.

El objetivo propuesto con la elaboración de estos planes era superar la etapa de repetición, el comentario y exégesis de textos legales, problemas estos presentes en los programas académicos utilizados con anterioridad. Cuando consultamos la obra de los Profesores Yoel Carrillo García y Walter Mondelo García, podemos leer que a pesar de esto la formación de los nuevos juristas continuó atravesando por los cauces de la dogmática tradicional. Era más que necesaria la formación de juristas capaces de interpretar y aplicar las leyes. Además de formar a los nuevos juristas, se llevó a cabo un proceso de superación técnica y política de los que ya ejercían la profesión. La creación de la Unión Nacional de Juristas de Cuba en 1977, jugó un papel fundamental en esta tarea, que resultaría tan importante, como difícil de llevar a cabo por la historia que hasta hace poco le había tocado vivir a este sector.

La última de estas etapas comienza a principios de la década de 1990 y se extiende hasta los momentos actuales. Una razón que hace un tanto, aunque no difícil, caracterizarla, es que aún no hemos salido de ella, y nos encontramos transitando por sus caminos. La caída del campo socialista se convierte en el acontecimiento que marca su inicio. Inicio marcado por todas las consecuencias que trajo consigo este suceso, al cual no escapó ningún sector de la sociedad e hizo que tuviésemos que pensar rápido en soluciones, sin abandonar las conquistas de la Revolución y evitar cometer nuevos errores que hicieran más pesado el tránsito hacia el futuro. Todos estos conflictos hicieron que la formación de juristas se hiciera más engorrosa en aquellas circunstancias, pero no se detuvo en ningún momento, a pesar del esfuerzo extra y sacrificios a veces más que evidentes, que se llevaron a cabo. Con la desaparición del campo socialista, también desapareció, casi a la par, la colaboración a nivel de profesores y especialistas provenientes de la antigua confraternidad de países de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) y Europa del Este. Nuevamente estábamos ante un problema que debía ser resuelto sin detener el proceso docente de formación de estudiantes en la rama jurídica. Proceso que se tornaba complejo por los evidentes problemas que mostraba la arena internacional y que afectaron directamente a la nación cubana.

Se repensó la utilización de los viejos manuales y se comienzan a ver los primeros frutos de estudios realizados por profesores cubanos, con una visión desde Cuba, bajo el nombre de Selección de lecturas de…, logro este que es imposible dejar de mencionar cuando se aborda el tema en esta etapa. Inicia así la aplicación del Plan de estudios C.

Al respecto decía el Profesor Julio Fernández Bulté que este plan "abandona esquemas positivistas, formalistas (…) y pretende elevar nuestro Derecho a cumbres científicas, sentar y recoger doctrina, (…) métodos activos de enseñanza , dirigido a obtener que el estudiante consiga sus propias conclusiones, derivadas de su trabajo independiente."

Dese el año académico 2005-2006 se comenzó a trabajar en la elaboración final e implementación de un nuevo plan de estudios, conocido como el Plan D. En sus materiales preparatorios se deja claro que se pretende con él una mayor independencia de los estudiantes en la realización de sus actividades de aprendizaje. Desde el año académico 2008-2009 está en práctica este plan. A poco tiempo de su aplicación, los docentes frente a las aulas han visto cómo estas constantes modificaciones conducen a acercar la formación de los juristas a niveles de competencia profesional acordes a las circunstancias históricas por las cuales atraviesa el país.

De forma acertada podemos citar a la Profesora Marta Prieto cuando decía que "la docencia universitaria obliga no solo a leer, valorar y tomar posición, respetando o contrarrestando lo que otros opinan, sino que permite apreciar la diversidad y obliga constantemente a la búsqueda de fundamentos para las ideas". El plan D nos ha conducido a esto y a trasmitirlo a los estudiantes "en el contacto cotidiano con ellos. Hay tanta información, tantas experiencias, que sería lesivo no absolverlas e incorporarlas al quehacer productivo." Enseñanzas como estas, formadas desde la base, son las que permiten que el estudio del Derecho y la formación de nuevos juristas, continúe perfeccionándose de forma ininterrumpida.

Aún y cuando el tema no resulta agotado, sienta las bases para futuras y de seguro, provechosas investigaciones al respecto. Excelentes profesores como Yoel Carrillo García, Walter Mondelo García y Juan Mendoza Díaz han incursionado de forma majestuosa en el tema, inspirando a otros, como al autor de esta ponencia, a seguir profundizando y enriqueciendo el mismo, el cual por momentos, permanece ajeno al conocimiento de nuestros actuales juristas, y este, sin dudas, es un error que no podemos cometer.

Conclusiones

La formación de juristas debe seguir siendo premisa fundamental del Estado cubano. La historia es innegable e irrenunciable, y recordar los errores cometidos en etapas anteriores, nos obliga a tener presente que existe un "tristemente recordado y nunca célebre pasado" al que bajo ninguna circunstancia podemos regresar cuando se trata de un tema tan importante como el estudio del Derecho.

Las naturales deficiencias que aún permanecen pueden ser salvadas con lecturas adicionales en obras no destinadas específicamente para el estudio de la carrera, concebidas dentro de los llamados Textos básicos. Estas acciones contribuirán de forma eficaz a la formación académica de aquellos que se adentran en el estudio de las leyes.

La formación universitaria complementada con la profesionalización práctica debe ser seguida de cerca, para formar estudiantes más capacitados y que sepan discernir entre el bien hacer y el mal proceder a que a veces se reducen las leyes cuando existe desconocimiento a la hora de su aplicación. Esta es una actividad que de forma permanente debe estar concebida dentro de los planes de estudio y formación de juristas.

Bibliografía

  • Carrillo García, Yoel y Mondelo García, Walter. La formación de los juristas, ponencia incluida en el libro: El derecho público en Cuba a comienzos del siglo XXI. Homenaje al Dr. Fernando Álvarez Tabío. Coordinado por Ana María Álvarez Tabío y Andry Matilla Correa.

  • Colectivo de Autores, La importancia de los estudios de Derecho frente al siglo XXI, Editorial Uninorte, Bogotá, 1995.

  • García Gallo, Gaspar Jorge, Bosquejo histórico de la educación en Cuba, Editorial de libros para la Educación, La Habana, 1978.

  • Guadarrama González, Pablo. Etapas principales de la educación superior en Cuba, Revistas de Historia de la Educación Latinoamericana, No. 3, Tunja, 2005.

  • Matilla Correa, Andry, Estudios sobre Historia del Derecho en Cuba, Editorial de Ciencias Sociales, La Habana, 2009.

  • Mendoza Díaz, Juan. Algunas particularidades del Sistema judicial cubano. Trabajo incluido en el libro Introducción al estudio del Derecho, coordinado por Andry Matilla Corea.

  • Naranjo Saavedra, Orlando y Silva Zaldívar, Ricardo: "Estudios de Derecho en Cuba hasta 1959" en Revista Caribeña de Ciencias Sociales, febrero 2013, en http://caribeña.eumed.net/estudios-derecho-cuba/

  • Tesis sobre la vida jurídica del país, aprobada por el Tercer Congreso de la Unión de Juristas de Cuba, 1987, pp. 19-23.

 

 

Autor:

Lic. Yuliesky Amador Echevarria

Cargo: Profesor del Departamento de Ciencias Jurídicas.

Institución: Universidad de Artemisa, Cuba.