6. MOTIVACIÓN PARA ELABORAR EL PRESENTE TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
Todo trabajo de investigación tiene una motivación, por lo cual podemos afirmar que la motivación del presente trabajo es la falta de normas y de doctrina que regulen y estudien todas las ramas del derecho sancionador, en tal sentido con este estudio se pretende cubrir este vacío.
7. NORMAS LEGALES APLICABLES
Las normas legales aplicables al derecho sancionador son las siguientes: código penal peruano de 1991, ley general de sociedades, ley del procedimiento administrativo general, ley de la carrera administrativa, ley orgánica del Poder Judicial, entre otras.
8. DERECHO CODIFICADO
El derecho se divide en dos ramas que son el derecho codificado y el derecho no codificado. El primero lo conforman las normas contenidas en códigos y el segundo lo conforman las partes del derecho que no se encuentran reunidas en códigos.
Cuando se estudia el derecho sancionador es necesario el estudio del derecho codificado, porque se estudia el Código Penal Peruano de 1991.
9. DERECHO NO CODIFICADO
Cuando se estudia el derecho sancionador es necesario el estudio del derecho no codificado, porque se estudia la ley orgánica del Poder Judicial, la ley de la carrera administrativa, la ley general de sociedades, la costumbre, las ejecutorias, la jurisprudencia, la realidad social y la manifestación de voluntad, entre otras partes del derecho.
10. DERECHO PÚBLICO
El derecho sancionador se ubica entre otras ramas del derecho, en el derecho público porque abarca a derecho penal, procesal penal, procesal, administrativo y constitucional, entre otras ramas del derecho.
En tal sentido del derecho público se aplica al derecho sancionador el código penal peruano de 1991, código de procedimientos penales, código procesal penal, ley de procedimiento administrativo general y la constitución política peruana de 1993, entre otras normas del derecho público.
11. DERECHO PRIVADO
El derecho sancionador se ubica entre otras ramas del derecho, en el derecho privado, porque abarca a societario, civil, cooperativo, agrario, industrial y sucesiones, entre otras ramas del derecho privado.
En tal sentido del derecho privado se aplica al derecho sancionador la ley general de sociedades, el código civil, la ley general de cooperativas, entre otras normas del derecho privado.
12. DERECHO SOCIAL
El derecho sancionador se ubica entre otras ramas del derecho, en el derecho social, porque abarca al derecho social y a familia.
En tal sentido del derecho social se aplica al derecho sancionador el código civil, entre otras normas del derecho social.
13. MEDIOS IMPUGNATORIOS
Frente a una sanción se puede interponer medios impugnatorios, con el objeto de que el superior revoque la resolución y deje sin efecto la sanción.
14. IMPUGNACIÓN DE ACTO O RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
En algunas oportunidades la sanción se impone en la vía administrativa, por lo cual frente a dicho supuesto es posible al amparo de la constitución y de la ley del proceso contencioso administrativo iniciar un proceso judicial para que se revise la sanción.
Esta vía para impugnar una sanción no se puede hacer uso en todos los casos, sino sólo cuando la sanción ha sido impuesta en la vía administrativa.
15. RAMAS DEL DERECHO SANCIONADOR
15.1. PARTE GENERAL
El derecho sancionador tiene diferentes ramas, dentro de las cuales destaca la parte general, en la cual se estudia algunos principios como el principio de legalidad y el principio de proporcionalidad.
Esta rama del derecho sancionador se aplica a todas las ramas del mismo, en la cual se encuentran principios generales, los cuales sirven para darle sustento al mismo y también para limitar las sanciones.
15.2. ARGUMENTACIÓN JURÍDICA
El derecho sancionador abarca a la argumentación jurídica, porque para sancionar es necesario fundamentar los motivos, argumentos o fundamentos por los cuales se impone la sanción.
En tal sentido si no existen fundamentos no se pueden imponer una sanción.
15.3. DERECHO PENAL
El derecho penal que forma parte del derecho público constituye parte del derecho sancionador, por lo cual en el presente trabajo conviene su estudio.
El derecho penal surge con el nacimiento del estado.
Esta rama del derecho público forma parte del derecho sancionador porque el Código Penal peruano de 1991 regula algunas sanciones penales y delitos.
15.4. DERECHO PROCESAL PENAL
El derecho procesal penal forma parte del derecho público, constituye parte del derecho sancionador, por lo cual ahora conviene su estudio.
Esta rama del derecho público forma parte del derecho sancionador porque el Código Procesal Penal regula los procedimientos penales.
15.5. DERECHO PENAL MILITAR
El derecho penal militar forma parte del derecho penal y del derecho público constituye parte del derecho sancionador, en tal sentido conviene en esta sede su estudio.
Esta rama del derecho público es regulada por el Código Militar y Policial.
15.6. DERECHO FAMILIAR PENAL
El derecho familiar penal forma parte del derecho familiar, civil y del derecho social constituye parte del derecho sancionador, por lo cual es conveniente su estudio en esta sede.
Esta rama del derecho social es regulada principalmente por el Código de los Niños y de los Adolescentes.
15.7. PERSONAS JURÍDICAS
15.7.1. DERECHO SOCIETARIO
El derecho societario que forma parte del derecho privado, forma parte del derecho sancionador, porque las juntas de socios pueden imponer sanción a los socios, como exclusión de la sociedad.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica la ley general de sociedades y el reglamento del registro de sociedades.
15.7.2. DERECHO COOPERATIVO
El derecho cooperativo que forma parte del derecho privado, forma parte del derecho sancionador, porque en las cooperativas se puede imponer sanción de exclusión a los socios de la cooperativa.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica la ley general de cooperativas.
15.7.3. DERECHO CIVIL
El derecho civil que forma parte del derecho privado, forma parte del derecho sancionador, porque las asociaciones, comités y comunidades campesinas pueden sancionador a los socios.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica el código civil peruano de 1984.
15.7.4. DERECHO MERCANTIL O COMERCIAL
El derecho mercantil o comercial que forma parte del derecho privado, forma parte del derecho sancionador, por que el derecho societario forma parte de esta rama del derecho.
15.7.5. DERECHO AGRARIO
El derecho agrario que forma parte del derecho privado, forma parte del derecho sancionador, porque las empresas comunales, rondas campesinas y comunidades campesinas pueden imponer sanciones.
15.7.6. DERECHO LABORAL
El derecho laboral que forma parte del derecho social, forma parte del derecho sancionador, porque los sindicatos pueden imponer sanciones a sus integrantes.
15.8. DERECHO LABORAL
El derecho laboral que forma parte del derecho social, forma parte del derecho sancionador, porque los empleadores pueden imponer sanciones a sus trabajadores.
15.9. DERECHO INDUSTRIAL
El derecho industrial que forma parte del derecho privado, forma parte del derecho sancionador, por que el Indecopi puede imponer sanciones.
15.10 DERECHO ADMINISTRATIVO
El derecho administrativo que forma parte del derecho público, forma parte del derecho sancionador, porque en la vía administrativa puede imponerse sanciones.
15.11. DERECHO MUNICIPAL
El derecho municipal que forma parte del derecho público, forma parte del derecho sancionador, porque las municipalidades pueden imponer sanciones a sus trabajadores y a sus administrados.
15.12. DERECHO TRIBUTARIO
El derecho tributario que forma parte del derecho público, forma parte del derecho sancionador, porque la Sunat puede imponer sanciones.
15.13. DERECHO ADUANERO
El derecho aduanero que forma parte del derecho público, forma parte del derecho sancionador, por que en la primera se puede imponer sanciones.
15.14. DERECHO DE SUCESIONES
El derecho de sucesiones o derecho sucesorio que forma parte del derecho privado y del derecho civil, forma parte del derecho sancionador, porque los testadores pueden imponer sanciones.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica el código civil peruano de 1984.
15.15. DERECHO PROCESAL
El derecho procesal que forma parte del derecho público, forma parte del derecho público, porque los órganos jurisdiccionales pueden imponer sanciones a los inferiores y los sujetos procesales.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica la ley orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Civil.
El artículo 52 del Código Procesal Civil Peruano de 1993 establece las facultades disciplinarias del Juez y su artículo 53 establece las facultades coercitivas del Juez.
En la doctrina los tratadistas clasifican las facultades de los Jueces de la siguiente manera:
1) Facultades ordenatorias.
2) Facultades conminatorias.
3) Facultades sancionatorias.
4) Facultades decisorias.
15.16. DERECHO CONSTITUCIONAL
El derecho constitucional que forma parte del derecho público, forma parte del derecho público, porque existe la responsabilidad política. Esta responsabilidad se encuentra poco desarrollada por haber merecido pocos estudios por parte de los tratadistas.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica la constitución política peruana de 1993.
15.17. DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
El derecho procesal constitucional que forma parte del derecho público, forma parte del derecho público, por que la responsabilidad política o constitucional es tramitada a través de esta rama del derecho.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica el Código Procesal Constitucional.
15.18. DERECHO NOTARIAL
El derecho notarial que forma parte del derecho público, forma parte del derecho sancionador, porque a los notarios se puede imponer sanciones.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica la ley del notariado.
15.19. DERECHO REGISTRAL
El derecho registral que forma parte del derecho público forma parte del derecho sancionador, porque a los funcionarios registrales se puede imponer sanciones.
En tal sentido al derecho sancionador se aplica el reglamento general de los registros públicos.
15.20. DERECHO BANCARIO
El derecho bancario que forma parte del derecho privado, comercial y empresarial, constituye parte del derecho sancionador, porque a los bancos se puede imponer sanciones.
15.21. DERECHO DE SEGUROS
El derecho de seguros que forma parte del derecho privado, comercial y empresarial, constituye parte del derecho sancionador, porque a las empresas aseguradoras se puede imponer sanciones.
15.22. DERECHO REGULADOR
El derecho regulador que forma parte del derecho empresarial, constituye parte del derecho sancionador, porque los agentes reguladores pueden imponer sanciones.
16. ÁREA DE CONOCIMIENTO
Todas las ramas del derecho citadas incluyendo registral, porque algunas sanciones se inscriben, como son las exclusiones de socios dictadas en contra de participacionistas de sociedades cuyo capital se encuentra dividido en participaciones, como son entre otras las sociedades comerciales de responsabilidad limitada.
17. OBJETIVO DEL PRESENTE TRABAJO
Todo trabajo de investigación tiene un objetivo, por lo cual podemos afirmar que el principal objetivo del presente trabajo es agrupar todas las ramas del derecho sancionador.
También constituye un objetivo del presente trabajo reflexionar sobre la importancia del derecho sancionador y difundirlo, porque el mismo no se encuentra difundido en el derecho peruano.
Esperamos alcanzar los objetivos, lo cual contribuirá a la doctrina jurídica nacional, que ha descuidado esta rama del derecho.
18. CONCLUSIONES
Luego de haber desarrollado la rama del derecho conocida como derecho sancionador, llegamos a las siguientes conclusiones:
- Que esta rama del derecho no se encuentra regulada sólo por una norma, sino por lo contrario se encuentra regulada por varias normas.
- Que no se ubica sólo en una rama del derecho, sino que se encuentra ubicada en el derecho público, privado y social.
- Que en las universidades no se estudia el derecho sancionador en forma global, sino por partes.
19. SUGERENCIAS
Luego de haber desarrollado la rama del derecho conocida como derecho sancionador, y haber formulado conclusiones, presentamos sugerencias en los siguientes términos:
- Que debe estudiarse en las facultades de derecho y unidades de post grado en derecho cursos titulados derecho sancionador, en los cuales se brinde un conocimiento global del tema.
20. PROPUESTAS LEGISLATIVAS
Habiendo desarrollado brevemente la rama del derecho conocida como derecho sancionador, y haber formulado conclusiones y sugerencias, presentamos propuestas legislativas en los siguientes términos:
- Que se regule en una ley las normas generales del derecho sancionador, las cuales serán de aplicación a todas las ramas del mismo.
21. FUENTES DE INFORMACIÓN
Para la elaboración del presente trabajo se han consultado no sólo libros, sino también revistas, motivo por el cual a la presente no se le puede denominar bibliografía, sino fuentes de información, por lo cual dejamos constancia que para la elaboración del presente trabajo se han consultado las siguientes fuentes de información:
- ALVARADO VELLOSO, Adolfo. Introducción al estudio del derecho procesal. Segunda parte. Rubinzal Culzoni Editores. Buenos Aires Santa Fe. 1998.
- TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Codificación. En: Revista Normas Legales.
- TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Derecho Empresarial.
- TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Derecho Registral. Libro por publicar.
22. NORMAS PERUANAS CONSULTADAS
Para loa elaboración del presente trabajo de investigación se han consultado las siguientes normas legales peruanas:
- Código Penal peruano de 1991.
- Código Civil peruano de 1984.
- Código de procedimientos penales.
- Código procesal penal.
- Código procesal penal.
- Ley de bases de la carrera administrativa.
- Ley del procedimiento administrativo general.
- Ley del proceso contencioso administrativo general.
- Constitución Política peruana de 1993.
- Ley orgánica de municipalidades.
- Ley general de sociedades.
- Reglamento del Registro de sociedades.
- Reglamento General de los Registros Públicos.
- Ley de bancos.
- Ley del notariado.
Fernando Jesús Torres Manrique
Juez Mixto Titular Decano de Moyabamba. Ex Registrador Público Titular de la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, en las Sedes Registrales de Ica, Pisco, Huanta, Huancavelica y Nasca. Ex Jefe Titular de la Oficina Registral de Huancavelica, Ex Presidente de la Comisión de Transferencia del Registro de Propiedad Vehicular de la Sub Dirección Regional de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción al Sistema Nacional de los Registros Públicos. Ex Miembro de la Comisión Especial de Transferencia del Registro de Vehículos Menores de la Dirección Regional de Transportes Comunicaciones Vivienda y Construcción a la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari. Ex Representante del Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia en los procesos en los que era parte la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari en el distrito judicial de Huancavelica. Ex Apoderado de la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari. Estudios de Post grado en Derecho Administrativo, Laboral, Contratos Modernos, Derecho Procesal, Derecho Registral y Notarial, Derecho Comercial y Derecho Civil, Despacho Judicial, Derecho Procesal Civil, Diplomado en Función Jurisdiccional, Negociación, Arbitraje, Pedagogía Universitaria y Conciliación Extrajudicial. Egresado del V Programa de Formación de Aspirantes de la Academia de la Magistratura. Estudios de especialización en el Perú y en el extranjero. Expositor en importantes eventos académicos en el Perú y en el extranjero. Autor de abundantes artículos jurídicos publicados en el Perú y en el extranjero (en Revista Jurídica del Perú, Revista Normas Legales, Revista Peruana de Jurisprudencia, Suplemento Hechos y Derechos, Suplemento Legal Express de la Editorial Gaceta Jurídica, Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, Diario Oficial El Peruano, Derecho y Cambio Social, Monografías.com, Elnotariado.com, Revista Temas de Derecho Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Hechos de la Justicia, Revista Juris & Marcs revista de derecho y medios alternativos de resolución de conflictos, Revista Ofired de la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, Revista Electrónica Astrolabio, Ilustrados.com, Diario Voces de San Martín, Diario Ahora de San Martín, Diario Ecos de San Martín, Diario Visión Regional de Huancavelica, FaQmania, entre otras) y de los siguientes libros: Derecho Empresarial (agotado), Garantías (agotado), Derecho Comparado y Sistemas Jurídicos (agotado), La Enseñanza del Derecho (agotado), Introducción al Derecho y Latín Jurídico (agotado), Tratado de Derecho Empresarial (por publicar), Tratado de Derecho Registral (en prensa), Personas Jurídicas (por publicar), Tratado de las Garantías (por publicar), Derecho Procesal Civil (por publicar), Garantías Mobiliarias (por publicar), Diccionario de Derecho Registral y Notarial (por publicar), Derecho Civil (por publicar), Derecho Comparado (por publicar), Ejecutorias Comentadas (por publicar), Derecho Registral (por publicar) y Calificación Registral de Documentos Judiciales (por publicar). Segundo Puesto como expositor en el Taller de Investigación Jurídica organizado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en la categoría maestristas. Un semestre en la Maestría en Derecho Empresarial en la Universidad Católica Santa María de Arequipa. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Lima – Perú). Ha estudiado en la Escuela Nacional de Control de la Contraloría General de la República. Estudios de contabilidad, administración, economía, marketing y reingeniería. Con artículos aprobados a ser publicados en la Enciclopedia Jurídica OMEBA tales como Responsabilidad Precontractual y Codificación. Consejero de la Revista Electrónica Derecho y Cambio Social.
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