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La pobreza en las fuerzas de seguridad argentinas

Enviado por cacho


  1. Prólogo
  2. Definición del tema sociológico
  3. Introducción al trabajo
  4. Planteamiento del Problema
  5. Desarrollo del tema
  6. Las condiciones que llevaron a la pobreza en las FFSS
  7. Soluciones y propuestas
  8. Conclusión
  9. Bibliografía utilizada

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Prólogo

Esto fue encontrado hace 3 años en una casilla de gendarmes que hacían seguridad en el complejo habitacional Gral. San Martin de ciudadela, mejor conocido como Fuerte Apache, dos días más tarde muere el cabo centeno….

"No pidas imposibles

¿Porque me pedís que este acá?

¿Porque me pedís que me aleje de mis seres amados?,

¿Porque me pedís que te sonría cuando pienso en si en casa lejos de mis hijos?

¿Porque me pedís que te cuide cuando no me respondes una pregunta?

¿Porque me pedís que coma con 18,50 cuando un pebete de 2 fetas sale 25?

¿Por qué nombras a los que no están para infundirme un sentimiento de falso orgullo?

¿Por qué vos no me defiendes de estos abusos?

¿Porque estoy acá en medio de la villa? ¿Decime por qué?

¿Es por tu cargo, por cuidarlo o porque te gusta ser recordado por alguien al que no le importas?

¿Es porque tenes miedo de que nadie te respete sin tus medallas?

¿Porque estoy educando a estos chicos revoltosos sino son mis hijos?

¿Porque me pedís que me ponga en la calle, sin un chaleco como la gente?

¿Porque me hablas de unidad familiar si la tengo a 1000km?

¿Porque me mentís así?Sabemos por qué lo haces, sabemos que solo con ese verde sos alguien, sabes que solo con ese cargo político sos tenido en cuenta, sabes que sin eso no sos nadie!!!!

También sabes que las políticas pasan y solo el peso del juicio crítico del paso del tiempo te demostrara lo equivocado que estabas, por que como dijo un centurión romano (oficial) en el sitio a los galos, yo sin mi tropa no soy nadie!!!!

Por eso no pidas imposibles si no tienes la capacidad de dar un paso al frente de tu gente para defenderla y dejar el regocijo y la comodidad, de una oficina ¡!!!!!!"

Definición del tema sociológico

Tema: la pobreza en las fuerzas de seguridad.

Subtema: la pauperización del la dignidad de los integrantes de las fuerzas de seguridad, de su familias y su reclamo social.[1]

Motivación del presente trabajo.

Tuve la motivación principal por la cual elegí este tema a desarrollar en el presente trabajo monográfico, porque particularmente lo considero muy importante y de gran interés a nivel nacional, ya que tanto la crisis económica como los derechos humanos son temas de preocupación en todo el ámbito de nuestra geografía gracias a políticas no muy éticas aplicadas por gobiernos de factos y otros constitucionales.

Pienso que es fundamental saber cómo y de qué manera afecta a un país, quienes son los que más sufren en estos momentos de crisis; no es justo que en ocasiones el ser humano que viste un uniforme sea considerado un sub-ciudadano sin derechos y sin beneficios que se amparan en la constitución nacional argentina.[2]

Por eso es necesario concientizarnos, que debemos hacer valer nuestros derechos, y que se respete nuestra dignidad.

También como integrante de gendarmería nacional argentina, pienso que hoy en día la pobreza a la que estamos sometidos todos los trabajadores es insultante.

Introducción al trabajo

En estos últimos días vimos con asombro, y otros lo vivimos desde adentro, a el histórico reclamo salarial de la de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA como así también el de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, estos uniformados durante toda su historia institucional fueron y son muy obedientes tanto las leyes como los reglamentos, llegaron a este lugar de quiebre y sin retorno debido a la aplicación de un decreto de él ministerio de seguridad de la nacional argentina; este decreto eliminaba por completo o suplementos no remunerativos (cobro en negro y sin aportes) que eran esenciales para la supervivencia del personal y sus familias; esto quedó manifestado cuando los uniformados se acercaron a los cajeros a retirar sus sueldos y vieron los descuentos generados por la aplicación de dicho decreto aso la eliminación de los suplementos no remunerativos con lo cual la escala salarial bajaba increíblemente; esta situación era conocida de antemano tanto por los altos jefe como por el estado nacional debido que desde hace un año se venía trabajando en la estructuración y la aplicación de la normativa denigrante y que vulneraria del poder adquisitivo del personal en actividad y retirado.[3]

Acaso el gobierno no pensó que esto era un momento único en la historia, de inflexión y que la presión generada tanto sobre los hombros de los uniformados como su familia no degenerarían un reclamo social.[4]

Acaso los grandes pensadores jurídicos que tiene el gobierno no creyeron que el personal siempre obediente reclamaría por algo que le corresponde y afecta a su entorno más intimo

Éstas y otras preguntas quedaran sin respuesta durante mucho tiempo debido a que nuestros gobiernos y sobre todo nuestros jefes siempre tienen la mala costumbre de no responder ninguna de las preguntas formuladas.[5]

Este reclamó salarial justo llevado adelante por los uniformados, los que son tomados como sub humanos gracias a tiempos pasados, demostró el frágil equilibrio que tratan de ocultar con la punta del dedo; esto dejó en claro que la convivencia de los criminales tanto dentro como fuera del gobierno sigue siendo igual que hace años y donde la corrupción y el amiguismo solamente sigue siendo moneda corriente todos los días.[6]

Planteamiento del Problema

4.1 .Identificación del Problema

Después de casi tres décadas de derechos humanos: el país está sentado en una bomba social, política y económica de tiempo.

En el país, las personas sufren de inseguridad, injusticias e indignidad. La crisis económica mundial ha creado más problemas de pobreza y desigualdad global. Esta crisis ha causado que los derechos económicos y sociales en nuestro país sean colocados en la oscuridad nuevamente. En muchas partes del mundo personas sufren de faltas de alimentos. El gobierno continúa usando el alimento los planes sociales y la comida como armas políticas y los derechos de personas que visten un uniforme son olvidados mientras que abusos contra ellos ocurren diario. [7]

4.2 Sistematización del Problema

1-¿Que es la pobreza?

2-¿Qué tanto importa la de los integrantes de la ffsss al país?

4-¿Cuales fueron las consecuencias que produjo esta crisis?

5-¿Quiénes son los responsables, realmente, de que se produzca una crisis?

6-¿Es preciso un nuevo modelo de liderazgo?

7-¿Deben tomar nuevas medidas los dirigentes del país?

8-¿En que consta el reclamo salarial de los uniformados?

9-¿Qué países respaldaron este documento?

10- ¿Cuales son las propuestas gubernamentales para enfrentar la crisis?

4.3 Formulación del Problema

Se debería dejar que los uniformados empobrecidos por viejas tácticas de sometimiento se sindicalizaran?, se deberían respetar todos los acuerdos firmados por la argentina con la OIT?

5. Delimitación del Objeto

El objeto de estudio del presente trabajo se centrara en los graves problemas de derechos humanos como consecuencias de una política segregacionista para con el personal uniformado, como y a quienes afectan estos cambios críticos.

5.1 Justificación

5.2 Justificación Teórica

Las razones para investigar, exponer este tema, consiste en la gran necesidad como sociedad de ver aplicar y respetar los derechos humanos, sobre todo en el personal uniformado que según el gobierno no tenemos derechos ni de reclamar y ni de asociarnos libremente en un sindicato que defienda nuestros derechos, por ende es una materia pendiente del estado para con todo el país. [8]

5.3 Justificación Metodológica

En esta investigación la información será recolectada de fuentes primarias y secundarias, es decir, de entrevistas y de algunos artículos periodísticos, textos basados en el tema, críticas y comentarios disponibles en Internet.

5.4 Justificación Práctica

La presente monografía determinara en qué consiste este problema, cuáles son sus causas y consecuencias que llevaron a que el personal uniformado reclame por un derecho justo. Y que granito de arena podemos aportar para que nuestro país se encuentre en un futuro con la ansiada reconciliación nacional tan necesaria.

6. Origen del Problema

Durante mucho tiempo, después de la finalización del proceso militar (represión total) el personal uniformado tanto de las fuerzas armadas como de seguridad cargó con un estigma que no nos pertenece, la mayoría de los cuadros hoy en día son todos hijos de la democracia; educados en un ideal utópico de igualdad y derechos; derechos que no quieren reconocer los funcionarios públicos y muchos jefes, al entrar a una fuerza de seguridad o armada la persona no pierde su dignidad, sufrimos , pensamos y lloramos como cualquier ser humano, esto acaecido con paupérrimas condiciones laborables en todo el país fueron el caldo de cultivo en donde el descontento y la no comprensión de los problemas que afectaban al personal y a su familia degeneró en un reclamo justo por una mejora salarial.

También se demostrara como el personal que se manifestó pacíficamente en ningún momento trato desestabilizar las instituciones gubernamentales.[9]

7. Antecedentes

No se han encontrado antecedentes sobre este tema.

8. Originalidad del proyecto

El aporte específico de este trabajo radica en informar sobre los graves problemas de derechos humanos que suceden en momentos de crisis, quienes son las personas más afectadas y de qué manera. Dar a conocer que la crisis inscripción al ha creado más problemas de pobreza y desigualdad .Sugerir posibles soluciones como tomar nuevas medidas para evitar una crisis.

Además, mencionar los derechos que debemos hacer respetar.

Desarrollo del tema

9.1 Definición de pobre.[10]

Pobre es la persona que no puede procurarse recursos suficientes para llevar a cabo una vida mínimamente decorosa de acuerdo con los niveles predominantes en la sociedad a la que pertenece. Los pobres quedan al margen del proceso de modernización, por ejemplo de la capacitación que exige el mercado laboral. En nuestro país crece el PBI pero aumenta la pobreza. Esto trae aparejado sociedades duales, con iniquidad en el reparto de la pobreza. Es posible diferenciar entre pobres estructurales (históricos) que no logran satisfacer las necesidades básicas y los pobres pauperizados (integrantes de fuerzas de seguridad y armadas), que pueden satisfacer las necesidades básicas cada vez con más dificultad. En la Argentina los pobres estructurales continúan viviendo en asentamientos marginales, villas miseria, conventillos, debajo de los puentes, casas tomadas, etc.

Por su parte un gran números de pobres pauperizados han pertenecidos a la clase media. En estos casos, es menos agresiva la pobreza porque muchos mantienen, por un tiempo la prácticas de vida que tenían antes.

El concepto pobreza es un concepto multidimensional; no atiende solo aspectos económicos, sino que también incluye aspectos no materiales y ambientales. Implican no tener la oportunidad de vivir una vida larga, sana, creativa y disfrutar de libertad, dignidad, respeto por sí mismo y de los demás. A la pobreza también se la puede definir como la situación que afecta a las personas que carecen de lo necesario para el sustento de sus vidas, es decir, que no pueden satisfacer sus necesidades básicas primordiales. [11]

Es importante tener en cuenta que la pobreza está referida a las pautas vigentes en una determinada sociedad; por ello la condición de pobre cambia de un país al otro, por lo cual la pobreza puede ser clasificada bajo diferentes aspectos:

9.2. Tipos de Pobreza: [12]

Pobreza humana: carencia de las capacidades humanas esenciales, como la alfabetización y una nutrición suficiente.

Pobreza de ingreso: falta de ingresos o de capacidad para realizar gastos mínimamente suficientes.

Pobreza extrema: indigencia o miseria, entendida como incapacidad de atender las necesidades alimentarias mínimas.

Pobreza general: nivel menos grave de pobreza, entendido como incapacidad de atender las necesidades alimentarias y no alimentarias esenciales.

Pobreza relativa: Pobreza definida de acuerdo con criterios que pueden variar según los países y a lo largo del tiempo. Un ejemplo sería el umbral de pobreza fijado a la mitad del ingreso medio por habitante. El umbral puede subir si se aumentan los ingresos.

Pobreza absoluta: pobreza definida de acuerdo con un criterio fijo. Un ejemplo sería el umbral internacional de pobreza fijado en 1 dólar diario.

9.3. La pobreza desde las fuerzas de seguridad.

Con la aplicación del decreto del ministerio de seguridad, la pobreza generada por la pauperización de la clase trabajadora (media) generó y generará graves distorsiones tanto social como lo económico, debido a que el personal uniformado deberá conseguir otro trabajo para poder subsanar sus deficiencias económicas, aparejado con el problema de la falta de unidad familiar, problemas sociológicos y psicológicos en el seno familiar (drogadicción, depresión, suicidios).

Esta situaciones tan bien documentadas, fueron advertidas hace mucho tiempo por el personal subalterno a sus superiores, también se pudo ver en casos de uniformados que se quitaron la vida al no poder conseguir llegar con sus obligaciones financieras, familias que fueron separadas y viven a miles de kilómetros de distancia.[13]

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9.4.Como afecta este decreto al salario minino[14]

El salario mínimo en la mayoría de los países de latino americe frecuentemente permanece en un nivel cercano al 40% del sueldo promedio. Esto debe ser considerado como una referencia al considerar el nivel ideal de salario mínimo. El salario mínimo por otro lado, también se ve afecto por la inflación, por lo que debe considerarse también que el IPC realmente refleje los precios del consumidor promedio, sin que esto subestime el aumento del valor de los bienes y servicios consumidos por los que ganan el salario mínimo, pues ellos gastan una mayor proporción de su salario en alimento. Para que el salario mínimo sea reforzado, por otro lado, debe haber fiscalización.

Se ha estimado que en América latina, entre el 20% y el 45% de los trabajadores ganan menos del sueldo mínimo. Al sueldo mínimo, además, le debe acompañar la promoción de la negociación colectiva y la libertad de asociación. Para esto, debe promoverse la negociación colectiva y prevenirse de este modo, mayores deterioros en la participación del salario y un aumento de la desigualdad salarial.

Una pregunta frecuente respecto al salario mínimo, además de su nivel de poder adquisitivo y la capacidad de compra de la canasta básica, es su cobertura. Esta depende, entre otros factores, del nivel que fija la política de salarios mínimos, de su relación con otros salarios relevantes del mercado laboral, así como de la capacidad administrativa de los gobiernos para lograr que las empresas cubiertas por la legislación acaten esta norma salarial.

Los gobiernos deben estar preparados administrativamente para poder fijar un sueldo mínimo competente a nivel mundial, y así los países de Latino América puedan dar a su población una buena calidad de vida, y de esta manera evitar la pobreza

VISION PANORAMICA A NIVEL NACIONAL.-

El Salario Mínimo en el país, como término utilizado a nivel internacional por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tiene la denominación de Remuneración Mínima Vital (RMV). La RMV es la remuneración mínima mensual que debe percibir un trabajador por una jornada de ocho horas de trabajo).

En concordancia con un estudio realizado, desde enero del 2008 argentina no ha reajustado el salario mínimo, y más bien se ha producido un deterioro en sus niveles reales y de acuerdo a las estadísticas,

De acuerdo como la OIT, presenta en argentina con sus estadísticas, nuestro país se encuentra en el último lugar entre los países de América Latina en tener, el sueldo mínimo mas bajo el, al cual ya no se le puede denominar de esa manera, los cuales no son suficientes para cubrir necesidades de las familias argentinas, y sobre todo afecta a las familias menos favorecidas de nuestro país, la personas de condición humilde, que tiene que mantener a padres y hermanos en otras provincias

Durante el periodo de crisis del 2003 predomino el ajuste cauteloso de los salarios mínimos respecto de la inflación pasada

-CARACTERISTICAS DEL SUELDO MINIMO según el poder ejecutivo nacional.-[15]

Son las siguientes:-

1.- Periodicidad: Esta la revisión que debería realizarse por lo menos anualmente.

2.- Generalidad: Como generalidad debe entenderse aquella característica que obliga a fijar un salario mínimo.

3.- Uniformidad: Significa que el salario mínimo debe ser similar para todas las personas que desarrollen la misma labor.

4.- Garantía mínima: La figura del salario mínimo como su nombre lo indica,

Constituye una garantía mínima establecida en la constitución política.

5.- Obligatoriedad: El salario mínimo puede considerarse de carácter obligatorio, desde dos puntos de vista:

  • a) Obligatoriedad en su fijación y revisión: Se revisan periódicamente los salarios mínimos vigentes por medio de las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos.

b) Obligatoriedad para el patrono y los trabajadores: El patrono tiene la obligación de pagar al trabajador el salario mínimo estipulado en la ley.

Atendiendo la regulación contenida en el Código de Trabajo, se podrían resumir las características del salario mínimo de la manera siguiente:

a. Es creado por medio de un sistema de determinación legal.

b. No permite estipulación inferior al mínimo determinado.

c. Es de fijación periódica.

d. Tiende a cubrir necesidades normales del trabajador y su familia.

e. Modifica automáticamente todos los contratos individuales y colectivos de trabajo.

f. Se rige por factores externos (capacidad de la empresa, condiciones de vida de determinada región, etc.).

Una de las mas representes que se destaca viene a ser que se debe revisar periódicamente el sueldo mínimo para compensarlo cuando se produzca una inflación y así de esta manera, poder enfrentar una crisis económica la cual es devastadora, esta característica es muy importante por lo que así podemos prever para hacer frente a los problemas económicos que se presenten en los años posteriores y no dejar que halla en el país un caos y no permitir también que afecte a los hogares y sobre todo a de aquellas de familias menos favorecidas.

Tenemos también características a partir de dos puntos de vista:-

Desde un punto de vista social, la remuneración mínima se justifica por su forma eficaz de crear ciertas condiciones laborales aceptables para diferentes grupos sociales vulnerables, en un contexto de economía de mercado. Se busca proteger a los sectores en condiciones de empleo precario dentro de los asalariados y otros grupos minoritarios.[16]

Desde el punto de vista económico, tales intervenciones contribuirían a que el capital humano no se vea afectado por el menor acceso a la educación, redundando en menores niveles de productividad y reduciendo las oportunidades de crecimiento de la economía en su totalidad. Dado el estado de desarrollo de la ciencia económica, no se tiene una teoría de la remuneración mínima, que sea aceptable por quienes ven en los modelos de la teoría estándar, problemas para determinar el sentido y la magnitud de sus efectos.

Con la aplicación del decreto se vería una vuelta del sueldo neto en mano a la época del 1998, cosa que afectaría de manera directa en el bolsillo del uniformando y por ende en su desepeñeo profesional al momento de actuar.

El mencionado decreto genera una merma del 70 por ciento en los sueldos, de allí que se iniciara la protesta y se tomara la decisión de no retirar los sueldos hasta se resuelva la situación, de este modo el personal de la diferentes reparticiones del estado el sábado por la noche fueron al banco central a destrabar el dinero de las cajas de ahorro de los sueldos, ante un temor injustificado de un golpe de estado, nada más alejado de la realidad.…[17]

Las condiciones que llevaron a la pobreza en las FFSS

10.1 la historia[18]

Desde la llegada de la democracia en el año 1983, la ley para con el personal uniformado de cualquier fuerza fue un poco ambigua y hasta discriminativa, se desengancho de la ley de sueldo del poder judicial , y se crearon diversos decretos para compensar los malogrados sueldos (todos en negro y no remunerativos), en los prodigiosos 90 el doctor domingo CAVALLO dedujo que el aumento salarial para las fuerzas armadas y de seguridad no era necesario y por ende genero mas decretos que solo aumentaron la brecha entre lo que tendría que cobrar un empleado civil y un uniformado, esto se agudizo notablemente en la década de inicio de siglo, en donde solo las fuerzas de seguridad estuvieron en el restablecimiento del orden a nivel nacional con la consabida renuncia del doctor de la rúa.

Ya en el año 2003 la vuelta a la institucionalidad pudo dar paso a la esperanza de poder tener un sueldo digno, pero los entonces mandatarios ratificaron los decretos en el 2005 y seguíamos sin una ley de sueldo actualizado, o con un mecanismo de liquidación estandarizado y claro.

Esto llevo a que algunos vivos generaran una pequeña pero lucrativa industria del juicio en complicidad con agentes de justicia y porque no decirlo del mismo gobierno de turno que con eso solo generaba más pobreza y se dejaba la solución del problema de lado, con los ajustes por falta de liquidez en el ejecutivo comenzaron los recortes, pero claro "el hilo se corto por lo más fino".

Soluciones y propuestas

Las soluciones impuestas por el ejecutivo no generaron el efecto deseado en los integrantes de las ffss, debido a que se sigue con la aplicación del mencionado decreto, no se respeta ningún punto del petitorio entregado al vice ministro BERNI, peor se avanza sobre el personal tomando medidas disciplinarias y administrativas,

Esto solo lleva demostrar lo que anteriormente plateaba en la introducción la dignidad y los derechos humanos y constitucionales no aplican al personal uniformado.

Como no hubo nunca una propuesta de dialogo no se pudo ejercer el derecho de un negociación justa

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11.1 la importancia de las medidas adoptadas

Esto dejo entrever el odio visceral de parte del elenco político hacia la tropa que da seguridad en el conurbano bonaerense y en el país, también quedo demostrado mediante el apoyo de la ciudadanía en su conjunto de todo el país y del extranjero (como el presidente de sindicatos de policía de Australia, de Alemania y de las guardia civil española por nombrar algunos), demostró que estábamos en la senda correcta y justa, esto acaso demostró que ellos son los buenos y nosotros los malos? Solamente demostró que las políticas tanto sociales[19]cono de seguridad no son las correctas, y un amplio sector de la población vio como su seguridad aumento con la presencia de los uniformados salga a apoyar el reclamo.[20]

11.2 sindicalización de las fss[21]

Según la OIT todo trabajador debe poder asociarse y unirse libremente a un sindicato, en ningún lugar deja expresamente nada aclarado sobre las ffss, En realidad las normas de la OIT dan libertad a sus miembros sobre la sindicalización de las fuerzas de seguridad, como lo dice el artículo 9 del convenio sobre la libertad sindical: "La legislación nacional deberá determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas y a la policía las garantías previstas por el presente Convenio."[22]Entonces ante tan importante debate, hemos de dar algunos conceptos generales sobre los derechos derivados de la libertad sindical, y referenciar los compromisos internacionales asumidos por nuestro país sobre el tema y el estado de la legislación argentina al respecto, para luego sacar algunas conclusiones.11.3. Derechos derivados de la libertad sindicalTradicionalmente se distinguen dos partes dentro del Derecho del Trabajo: el derecho individual del trabajo (que se refiere a la relación contractual del empleador con uno o varios trabajadores) y el derecho colectivo del trabajo (que surge como consecuencia de la existencia de grupos sindicales que representan los intereses de los trabajadores y de los empleadores).

El contenido del derecho colectivo comprende tres aspectos: lo atinente a la organización sindical; la negociación y convención colectiva de trabajo, y los conflictos colectivos del trabajo, y se señalan como fuentes del derecho colectivo de nuestro país a la Constitución Nacional (Art. 14 y 14 bis, y reforma constitucional de 1994); las leyes específicas, decretos reglamentarios, los convenios internacionales (en especial el convenio 87 de la OIT); los convenios colectivos y las resoluciones administrativas.

El Art. 2 del convenio Nº 87, dispone que "los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir organizaciones de su elección, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de conformarse a los estatutos de las mismas". De la norma surge el derecho a la libre constitución de las organizaciones sindicales y los beneficiarios de este derecho son todos los trabajadores sin ninguna distinción.Sin embargo, el art. 9.1 del convenio Nº 87 de la OIT admite la posibilidad de que se limite el derecho de sindicación a los miembros de la policía y de las fuerza armadas; lo que, en opinión del Comité de libertad sindical, "no debe llevar a considerar como contrario al mismo convenio el que la legislación de un Estado limite o excluya los derechos sindicales de las fuerzas armadas o de la policía, cuestión ésta que ha sido dejada a la apreciación de los Estados miembros de la OIT" .

11.4Tratados de derechos humanos incorporados a la ConstituciónEn algunos de dichos instrumentos internacionales que forman parte desde la reforma de 1994 de nuestra Constitución, se alude al derecho de los trabajadores de fundar sindicatos o de sindicarse para la defensa de sus intereses (Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre: (Bogotá, 1948): Art. XXII; Declaración Universal de Derechos Humanos (N.U., 1948). Art. 23; Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (Nueva York, 1966). Art. 5); en otros, además de ese reconocimiento, se admite la posibilidad que los Estados introduzcan restricciones legales a tales derechos cuando se trate de miembros de la policía o de las fuerzas armadas (Convención Americana sobre Derechos Humanos (San José, Costa Rica, 1969): Art. 16; Pacto internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales. (Nueva York, 1966). Art. 8; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Nueva York, 1966). Art. 22).Teniendo en cuenta lo brevemente expuesto, podemos adelantar las conclusiones siguientes:[23]

1.- Tanto el convenio de la OIT Nº 87 (de libertad sindical y protección del derecho de sindicalización) como los demás tratados internacionales señalados, que integran el plexo normativo de nuestro país, teniendo en cuenta lo establecido por el Art. 75, Inc. 22 de la C.N., no prohíben el derecho colectivo de sindicalización de las fuerzas de seguridad, pero dejan a la apreciación de cada Estado miembro que legisle la manera y forma de ejercicio de tal derecho, en la medida que lo consideren conveniente su legislación. La privación del derecho de sindicalización (y consecuentemente de negociación colectiva y huelga) no resulta violatorio a ninguno de los instrumentos internacionales reseñados.

2.- En nuestro país no existe legislación específica sobre el derecho de sindicalización de las fuerzas de seguridad, motivo por el cual, no resulta de aplicación la legislación nacional (Art. 14 bis de la CN, ley sindical 23.551, leyes de negociación colectiva Nº 14.250 y Nº 24.185) ni los mencionados convenios y tratados internacionales.

3.- A modo de ejemplo sobre el tema, recordamos una queja planteada contra el Gobierno de la Argentina ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT, por el Sindicato Policial Buenos Aires (Sipoba) y la Federación de Sindicatos Policiales y Penitenciarios (Fasipp), en el año 2002, por denegación de reconocimiento sindical por parte del Ministerio de Trabajo de la Nación, la cual, no tuvo acogida por el Organismo Internacional en base a lo expresado por el Art. 9 del Convenio Nº 87.

4.- Frente a lo expuesto, consideramos, que la única vía legítima para que las fuerzas de seguridad puedan acceder al reconocimiento de los derechos colectivos de trabajo (sindicalización, negociación colectiva y huelga) es por una ley del Congreso, que demandará un amplio debate público y parlamentario. En definitiva, se requerirá de una normativa específica que contemple dichos derechos con las limitaciones propias que exigen las particularidades de las funciones públicas que le competen (seguridad nacional y orden público). [24]

Conclusión

Todo cuanto se pueda decir sobre el tema de la declaración de las irregularidades en la falta de un sueldo digno y de una capacidad de desarrollarse tanto como persona ,como funcionario encargado de hacer cumplir la ley , esto solamente demuestra que tanto el gobierno como algunos sectores acomodados de la sociedad pensaron que esto era el inicio de los nuevos años de plomo, nada mas irrisorio, también demuestra las flaquezas en el sistema que somete al trabajador de las seguridad pública a un indigencia solapada con palabras vacías como honor , obediencia y rectitud.

Mucha agua corrió bajo el puente con el reclamo salarial de la gendarmería, se nos acuso de abandonar nuestros puestos de romper la cadena de mandos, todas mentiras si en el momento de nuestra forma pacífica de reclamar con nuestras familias estábamos cumpliendo las ordenes en controlar un piquete, porque mal que lo digan muchos nosotros si somos profesionales y cumplimos con nuestro deber hasta perder la vida.[25]

Hoy el tan mentado prestigio de la gendarmería y de la prefectura que el cuerpo de suboficiales supo conseguir se hecho al piso y pisoteado fue por culpa de los llamados elegidos señores oficiales, esto solo demuestra la falta de capacidad tanto para gestionar el bienestar de los integrantes de la fuerza y la negligencia de los cuadros superiores que no evoluciona en el trato y la doctrina, señores no estamos más en los años 20 o 50 en donde el suboficial es un bruto sin saber leer o escribir, hoy en día los señores suboficiales son todos universitarios (muy que le pese esa es la verdad),por eso esperemos que la dignidad y no la pobreza de ideas sean la vuelta de página de este estado de incertidumbre

Bibliografía utilizada

Dicionario enciclopedico, planeta agostini edición 2004

Ley de gendarmería nacional argentina.

Reglamento de justicia militar para gendarmería nacional argentina

Ordenes espaciales para gendarmería nacional argentina

Directivas públicas para gendarmería nacional argentina

Convenio de argentina con la OIT.

Estatuto del sindicato de guardias civiles de España

Orden especial de la confederación de sindicatos de la policía nacional y municipal de Alemania

Carta de constitución del sindicato de policía de new york

Estatuto del sindicato de profesionales de la seguridad de la gendarmería nacional turca

14. Fuentes primarias:

14.1 Entrevistas:

Señor Raúl maza

Señor adrian Quispe

Señor Alejandro masenazaco

Señorita Laura estigarribia

Señor cura capellán de la región uno campo de mayo presbitero Rizzo

Presencia en el reclamo salarial.

16. Fuentes secundarias.

Fuentes de internet.

 

 

Autor:

Cacho

CARRERA:

LIC. EN RELACIONES INTERNACIONALES

UNIDAD DE GESTION

[1] http://www.diariojujuy.com/contenidos/index.php?option=com_content&view=article&id=16189%3Areclamo-por-el-bajo-salario-de-los-gendarmes&catid=13%3Adestacadas&Itemid=1; http://www.youtube.com/watch?v=0iaN2-wZLjs&feature=related

[2] http://plumaderecha.blogspot.com.ar/2012/06/el-sueldo-de-los-gendarmes.html, y recibos de sueldos propios.

[3] http://foro.seprin.com/showthread.php?64583-problem%C3%A1tica-salarial-y-previsional-de-las-Fuerzas-de-Seguridad-Resoluci%C3%B3n-N%C2%BA-1066

[4] http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=01/10/2012

[5] http://www.youtube.com/watch?v=8qe9nQzVfJA&feature=related

[6] http://www.consulex.com.ar/Legislacion/Leyes/L0019349.htm

[7] http://www.treslineas.com.ar/tras-protesta-denuncian-persecucion-amenazas-agrupacion-gendarmeria-n-725587.html

[8] http://www.seprin.com/2012/10/09/conflicto-con-prefectura-y-gendarmeria-el-gobierno-no-cede-y-busca-el-desgaste/

[9] http://www.youtube.com/watch?v=AhSpqDXtN5w&feature=related

[10] Diccionario enciclopédico planeta agostini

[11] Modulo de materia.

[12] Modulo de materia

[13] Modulo de materia

[14] Ley de sueldos para personal de fuerzas armadas nunca reglamentado y puesto en vigencia

[15] Ley de sueldos para personal de fuerzas armadas nunca reglamentado y puesto en vigencia

[16] Ley de sueldos para personal de fuerzas armadas nunca reglamentado y puesto en vigencia

[17] http://www.lanacion.com.ar/1513638-el-decreto-de-garre-que-provoco-el-conflicto

[18] http://revistaidayvuelta.blogspot.com.ar/2012/10/de-prefectos-y-gendarmes-o-desde.html

[19] http://www.youtube.com/watch?v=w_cTAU2YRDE&feature=relmfu

[20] http://www.enlacecritico.com/zdestacados/unidos-y-organizados-por-la-democracia

[21] http://www.ilo.org/declaration/principles/freedomofassociation/lang–es/index.htm

[22] http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=01/10/2012

[23] http://www.apohede.com.ar/proyectonioli.htm

[24] http://www.lapoliticaonline.com/noticias/val/85811/%E2%80%9Cprefectura-y-gendarmeria-deberian-tener-su-sindicato.html

[25] http://www.larazon.com.ar/actualidad/Pese-Gendarmeria-controla-autopista-Riccheri_0_393300177.html