Convenios y acuerdos para promover las relaciones comerciales.
Cronológicamente sería una fase previa al establecimiento de un verdadero mecanismo de integración económica y comercial. Básicamente este tipo de instrumentos son la expresión de las buenas intenciones y el deseo de cooperación de las partes respecto a un tema de interés mutuo. Pueden coexistir perfectamente con formas más avanzadas de integración.
Nombre del tratado | País u organismo. | Suscrito. | Comentarios. |
Convenio/acuerdo Comercial entre el gobierno de la República de Colombia y | La República Popular China | Beijing, 17 de julio de 1981. | Acuerdos marco de comercio, que no requieren acciones puntuales para su desarrollo. Se han realizado reuniones cuando las partes lo consideran necesario. Vigentes |
República de Corea. | Seúl, 31 de mayo de 1985 | ||
India | Bogotá, 14 de julio de 1970 | ||
Malasia | Bogotá, 14 de agosto de 1995 | ||
Federación de Rusia | Bogotá, 18 de Octubre de 1995. | ||
Rumania | Bucarest, 31 de Julio de 1997 | ||
Acuerdo de dialogo político y cooperación entre la CAN y la UE. | vigente | ||
Proyecto de cooperación técnica con Japón para proyectos de mejoramiento de la productividad. | Japón. | Oficina de JICA, Bogotá Agosto de 2000. | Vigente |
Convenio de Colaboración/ Cooperación/ cooperación técnica Turística entre la República de Colombia y | República Dominicana | Bogotá el 6 de marzo de 1985. | Estos convenios son bilaterales. Están vigentes. |
Rumania | Bogotá el 19 septiembre de 1991 | ||
República del Paraguay | Bogotá el 11 de junio de 1993 | ||
República Argentina, | Bogotá el 22 de febrero de 1994 | ||
Jamaica | Bogotá el 20 de abril de 1994 | ||
República de Chile | Bogotá el 9 de mayo de 1995 | ||
Reino de España | Bogotá el 9 de junio de 1995 | ||
República de Cuba | la Habana, Cuba, el 21 de octubre de 1995 | ||
República de Costa Rica | Bogotá, el día 15 de marzo de 1996 | ||
República Cooperativa de Guyana | Georgetown el día 17 de julio de 1997 | ||
República Oriental de Uruguay | Bogotá el 17 de febrero de 1998 | ||
Estados Unidos Mexicanos | Ciudad de México el 7 de diciembre de 1998 | ||
Reino de Marruecos | Bogotá el 8 de marzo de 2000 | ||
República de Bolivia | La Paz, Bolivia, el 20 de agosto de 2001 | ||
República del Perú | Bogotá D.C., el 26 de noviembre de 2002 | ||
Convenio de Complementación en el Sector Automotor | Lima el 16 de septiembre de 1999 | Próximo a vencer. |
Fuente: www.mincomercio.gov.co
Área de Preferencias
Forma más elemental e imperfecta de integración. Se conceden desgravaciones arancelarias para una lista de productos y en porcentajes variables.
Por ejemplo, si el país cobra 10% de arancel y da una preferencia de 20% a los países de la región, eso significa que el arancel que cobra a los socios es de 8% (10% X (100%-20%) = 8%).
Dentro de los acuerdos de alcance parcial y los de complementación económica se fijan cronogramas de desgravación para la lista de productos que hayan negociado las partes. Eso significa que el porcentaje de desgravación aumenta paulatinamente hasta llegar a 100%, lo que significa un arancel de 0%.
En el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) se han creado mecanismos de integración económica entre dos o más países miembros.
Arancel : Impuesto que se carga al valor de la mercancía importada. Busca encarecer el valor de las importaciones.
Pararancelario: Barreras al comercio diferentes a los aranceles. Generalmente son requisitos técnicos que deben cumplir los productos y normas fitosanitarias (no trae plagas o enfermedades que afecten a las plantas), zoosanitarias (no trae plagas ni enfermedades que afecten a los animales, ni animales exóticos al medio ambiente local) y de inocuidad (no hace daño a las personas, plantas, animales o medio ambiente).
PAR: Preferencia Arancelaria Regional.
AAP: Acuerdos Alcance Parcial
ACE: Acuerdos de Complementación Económica
AAP R: Renegociación de un AAP vigente.
AAPCE: AAP con características de ACE.
Nombre del acuerdo | Partes | Suscrito | Tipo | Comentarios |
Tratado de Montevideo 1980 | Todos los países miembros de la ALADI | Montevideo agosto 12 de 1980 | Multilateral | Vigente. |
ACE 24 | Entre Colombia y Chile | Santiago de Chile el 6 de diciembre de 1993 | Bilateral. | Vigente. Será absorbido por el TLC que se está negociando con este país. |
AAP R 23 | Entre Colombia y Uruguay | Montevideo. Protocolo de adecuación, Julio 10 de 1994. | Bilateral. | Vigente. |
AAP R 18 | Entre Colombia y Paraguay | Febrero 10 de 1995. | Vigente. | |
AAPCE 48 | Entre Colombia, Perú y Venezuela con Argentina. | Montevideo, Junio 29 de 2000. | Plurilateral. | Vigente desde Agosto de 2000. Reemplazado por el ACE 59. |
AAPCE 39 | Entre Colombia, Perú y Venezuela con Brasil. | Montevideo, Agosto 12 de 1999. | Plurilateral. | Rigió hasta 2001. Reemplazado por el ACE 59. |
AAP 29 | Entre Colombia y Panamá | Cartagena, Julio 9 de 1993. | Bilateral | Vigente. |
AAP 5 | Entre Colombia y Guatemala | Ciudad de Guatemala, Marzo 1 de 1984. | Bilateral | Una vez se suscriba el TLC con Centroamérica, este AAP sería absorbido por el tratado. |
AAP 6 | Entre Colombia y Nicaragua | Managua, Marzo 2 de 1984. | Bilateral | Vigente. |
AAP 7 | Entre Colombia y Costa Rica | San Jose de Costa Rica, Marzo 2 de 1984. | Bilateral | Vigente. |
AAP 8 | Entre Colombia y El Salvador | En San Salvador, mayo 24 de 1984. Revisado en 1989. | Bilateral | Una vez se suscriba el TLC con Centroamérica, este AAP sería absorbido por el tratado. |
AAP 9 | Entre Colombia y Honduras | Tegucigalpa, Mayo 30 de 1984. | Bilateral | Una vez se suscriba el TLC con Centroamérica, este AAP sería absorbido por el tratado. |
AAP 31 | Entre Colombia y los países miembros del CARICOM | Cartagena, Julio 24 de 1994. | Bilateral | |
Protocolo: George Town, Mayo 21 de 1998. | Modifica normas de origen e incluye preferencias a favor de Colombia. | |||
Acuerdo de Marrakech. Se crea la OMC. | Entre Colombia y los países miembros de la OMC. | Marrakech 1994 | multilateral | Vigente. |
Acuerdo relativo a la aplicación del artículo VI del GATT 1994. | ||||
Acuerdo sobre salvaguardias. |
Fuente: www.mincomercio.gov.co
Zona de Libre Comercio (ZLC)
Cuando países que la integran reducen a cero las tarifas o aranceles entre sí, pero cada uno conserva tarifas distintas respecto a importaciones extrazona. La condición para beneficiarse de la Zona de libre comercio es que el bien cumpla los requisitos de origen para ser considerado un bien de origen nacional o regional.
La escala de ZLC es el primer paso importante en el proceso de integración económica y el máximo logro en la integración comercial.
Al comparar con los diferentes convenios comerciales y con los acuerdos de alcance parcial, Colombia tiene pocos acuerdos de libre comercio. Estos están concentrados en Latinoamérica, siendo la CAN el proceso más profundo en el tema.
Requisitos de Origen: es el porcentaje de valor agregado nacional necesario para ser considerado como hecho u originario de uno de los países miembros del acuerdo. Se fijan para evitar formas desleales de comercio, tales como la triangulación (técnicamente es una forma de contrabando). Por lo general se trata de un porcentaje de valor agregado nacional y salto de partida arancelaria. Es normal que se definan Requisitos Específicos de Origen, los cuales definen minuciosamente los requisitos de origen para productos o grupos específicos de productos.
Comunidad Andina de Naciones.
Este proceso de integración económica y política nació con el Acuerdo Subregional Andino, suscrito en Bogotá el 26 de Mayo de1969. El cual luego se convirtió en el acuerdo de Cartagena o Pacto Andino. Hasta principios de los noventas, este esquema de integración tuvo poco avance debido a la fuerte política proteccionista de sus miembros, en sucesivos protocolos y gracias a la voluntad política de los gobiernos, el esquema de integración avanzó hasta el estado de Mercado Común en varios de los aspectos que conciernen a la integración.
Actualmente está concluyendo la etapa de zona de libre comercio al vencerse el plazo para que Perú desmontase la protección arancelaria que otorgaba a una serie de productos de la cadena petroquímica (representan menos del 5% del universo arancelario). Quedan por concluir las etapas de Zona de Libre Comercio y de Unión Aduanera.
G-3
Este esquema de integración nació con el Tratado de Libre Comercio del Grupo de los Tres (G3) suscrito en Cartagena de Indias en Junio de 1994. El objetivo del tratado es lograr una zona de libre comercio entre los estados firmantes y actualmente se está cumpliendo el cronograma de desgravación. Venezuela era miembro de este tratado y formalizó su salida al mismo tiempo que formalizó su salida de la CAN.
Acuerdo de Complementación Económica ACE 59
Suscrito el 18 de octubre de 2004 en Montevideo (Uruguay), entre Colombia, Ecuador y Venezuela, países miembros de la Comunidad Andina y los Estados Parte del MERCOSUR. Este tratado puede ser considerado un TLC, abarca todo el universo arancelario de bienes y define las bases para profundizar en los temas relacionados con servicios, inversión, controversias, Obstáculos técnicos al comercio, entre otros.
Unión Aduanera (UA)
En esta etapa, además de liberar comercio recíproco dentro de la ZLC, que puede ser gradual, los países deciden igualar las tarifas o arancel que imponen a las importaciones de terceros países. El Hito que define esta etapa es la definición del arancel externo común (AEC). Una unión Aduanera puede incluir aspectos más avanzados tales como régimen aduanero común, libre circulación de factores productivos y acuerdos para la eliminación u homologación de barreras pararancelarias (requisitos técnicos, normas fitosanitarias, reconocimiento mutuo de certificaciones, entre otros). En teoría esta sería la primera cesión importante de "soberanía", al decidir comunitariamente política arancelaria.
Dentro de los ejemplos de Uniones Aduaneras se puede citar: MERCOSUR, Comunidad Andina, Mercado Común Centroamericano y Caricom. En su momento la Comunidad Económica Europea (CEE) fue una unión aduanera perfecta, la cual sirvió de modelo para los esquemas de integración que se adelantan en Latinoamérica.
Mercado Común y Comunidad Económica
Esta etapa sólo se logra completamente una vez se ha logrado superar completamente las etapas de ZLC y UA. Se caracteriza por la libre circulación de bienes, servicios, capitales y factores productivos. Adicionalmente los Estados miembros coordinan sus políticas económicas en áreas tales como política cambiaria, fiscal, de seguridad social, de relaciones exteriores, de normalización, de integración física y de libre competencia entre otras.
Los países de la CAN están adelantando trabajo en diversas áreas relacionadas con el logro de un Mercado Común y de una Comunidad Económica.
Unión Económica, Monetaria y Política
Representa el máximo grado de integración. En esta última etapa los estados miembros acuerdan homogenizar sus principales indicadores macroeconómicos, con el objetivo de lograr una moneda común y de sentar las bases para la eventual fusión de los Estados.
En la actualidad el único ejemplo es la UE, la cual tiene Unión Económica, Monetaria y Política Europea (Tratados de Maastricht y Amsterdam).
Bibliografía:
Apuntes de Clase. Especialización en Economía Internacional. Universidad Externado de Colombia. Profesor Edgar Vieira. Bogotá, 2003. Colombia.
Texto del ACE 59.
Carballo, Mailen, Díaz, Angie, Freites, Jhohanna, Martínez, José, Sobrevilla, Rosa. Monografía, Tratados y derechos comerciales. Escuela Nacional de Administración de Hacienda Pública, Agosto de 2004. Caracas, República Bolivariana de Venezuela.
Documento Realizado por
Rodrigo Alejandro Oicatá
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