Descargar

Antecedentes históricos de los departamentos y municipios de Honduras (página 6)

Enviado por ahrbom


Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9

MUNICIPIO DE CONCEPCIÓN.

Fecha de creación: En la división política de 1889, aparece como aldea de Santa Rosa, con el nombre de Las Piedras. En 1907 formó parte del Municipio de Dulce Nombre, en 1918 se le da categoría de Municipio, así:

Se resuelve de conformidad una solicitud.

Tegucigalpa 12 de diciembre de 1918.

Con vista de la solicitud elevada al poder Ejecutivo por Don Feliciano Lara, Alcalde Auxiliar de la Aldea de Concepción de Piedras, Departamento de Copán, contraída a pedir se autorice la creación de un nuevo Municipio por tener en su concepto el número de habitantes, recursos y demás elementos necesarios para tal fin y CONSIDERANDO: Que el Gobernador Político del Departamento de Copán al emitir su informe, manifiesta, que la segregación de las Aldeas de Concepción de Piedras, San Juan, Piedras Coloradas y Candelaria, en nada perjudica al Municipio de Dulce Nombre a que actualmente pertenecen, que la Aldea de Concepción de Piedras, propuesta para cabecera del Municipio reúne todas las condiciones que requiere el Artículo 3. de la Ley Municipal, Por tanto, el Presidente de la República, de conformidad con los Artículos 2. 3. y 7 de la Ley Municipal, Acuerda, 1. Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho merito, autorizando en consecuencia, la creación del nuevo Municipio que se llamará Concepción de Copan, formado por las Aldeas de: Concepción de Piedras, San Juan, Piedras Coloradas y Candelaria, siendo la primera de ellas la cabecera del Municipio.

2. Delegar en la Gobernación Política del Departamento de Copán la facultad de fijar los límites jurisdiccionales del nuevo Municipio y de hacer la división correspondiente con el de Dulce Nombre, de tierras, aguas, servidumbre, créditos, etc., y sobre todo lo relativo a la alteración consiguiente de los términos Municipales, debiendo someterse la resolución que se dicte en tal sentido a la ratificación del Poder Ejecutivo y 3. Disponer que en forma lega, se elijan en su oportunidad las autoridades locales del nuevo Municipio, para que se inaugure y tomen posesión el 1 de enero del año entrante. Comuníquese. Bertrand.

El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia, Francisco J. Mejia.

El 12 de noviembre de 1940 formo parte del Distrito Departamental de Santa Rosa.

El 24 de abril de 1947 los vecinos del extinguido Municipio de Concepción piden sea segregado del Distrito Departamental de Santa Rosa. Acuerdo. No. 2139.

Tegucigalpa, D.C., 24 de abril de 1947.

Vista la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por los Señores J. Inocente Madrid, Feliciano Lara y José Arnulfo Madrid, en su calidad de representantes legales de los principales vecinos del extinguido Municipio de Concepción, Departamento de Copán, contraída a pedir la segregación del que fue Municipio de Concepción incluido en la Jurisdicción del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, por acuerdo No. 660 emitido por el Poder Ejecutivo el 12 de noviembre de 1940, creando el Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, mencionado de acuerdo con las facultades que señala el Artículo 179, reformado de la Constitución Política Vigente.

CONSIDERANDO: Que son justas las razones en que se funda la solicitud de referencia y que el Municipio de Concepción puede subsistir independientemente, por llenar los requisitos que exige la Ley para crear los Municipios.

Por tanto: El Presidente de la República Acuerda: 1. Segregar del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, al extinguido Municipio de Concepción, el que por el hecho queda constituido en Municipio, con la jurisdicción Municipal que tenia a la fecha de su incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, perteneciéndole también las tierras, aguas, servidumbre, derechos adquiridos y necesarios vecinales que tenia en la misma fecha y los créditos activos y pasivos existentes en la actualidad.- 2. El Gobernador Político del Departamento de Copán convocara a elecciones locales, para elegir la Municipalidad el Municipio de Concepción, que se practicarán en el Cabildo Municipal de este mismo Municipio, por los electores residentes en la jurisdicción que perteneció al mismo pueblo y que se hallen inscritos en el censo electoral del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, para cuyo efecto, en concejo respectivo enviará a Concepción las copias del censo electoral necesarias, para la practica de la elecciones. 3. Facultar al Gobernador Político del Departamento de Copán, para tomar la promesa Constitucional a los miembros de la Municipalidad de Concepción que se elija para gobernar la asociación. 4. El Concejo del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, entregará a la municipalidad electa de concepción los inmuebles, muebles, enseres y demás objetos que aun existen en su poder y pertenecían a aquel municipio. Comuníquese. Carias A. El Secretario de Estado encargado de los Derechos de Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. C. Colindres Zepeda.

Límites: Al Norte, Municipios de San Jerónimo y Dolores, al Sur, Municipio de Santa Rosa, al Este, Municipio de Dulce Nombre, al Oeste, Municipios de San Agustín y Santa Rita.

Extensión Superficial: 73.3 Km2

Aldeas: 8

Caseríos: 23

MUNICIPIO DE COPAN RUINAS:

Fecha de creación: En el censo de 1887 figuraba como Aldea de Santa Rita, pero se cree existe desde 1576. El Municipio fue creado en 1893. Le dieron categoría de ciudad por Decreto Ley No. 56 del 21 de febrero de 1942. Según carta que el oidor de la Real Audiencia de Guatemala dirigida a Felipe II Rey de España, que dice: Cerca de aquí en el camino para san Pedro Sula, en el primer pueblo dentro de la provincia de Honduras, llamado Copán, están ciertas ruinas y vestigios de una población y soberbios edificios construidos con tal habilidad que parece que nunca hubieran sido construidos por gente tan ruda como los habitantes de esta provincia.

Límites: Al norte, República de Guatemala y Municipio de El Paraíso, al Sur, República de Guatemala y Municipio de San Fernando, al Este, Municipios de El Paraíso, Santa Rita y al Oeste, República de Guatemala.

Extensión Superficial: 366.4 Km2

Aldeas: 48

Caseríos: 52

MUNICIPIO DE CORQUIN:

Fecha de creación: Los primeros pobladores de Corquin fueron descendientes de los Nahoas o Toltecas que se radicaron a la orilla de Río Jopopo, luego se establecieron en las márgenes del Río Julalgua y por último en los terrenos entre Río Julalgua y la quebrada de San Francisco a finales del siglo XVII, en este último sitio se encuentra el actual poblado, era una pequeña aldea que en el recuento de población de 1791 formaba parte del curato de Sensenti, en sus archivos se encuentran documentos que indican que fue elevado a la categoría de Municipio en 1824 y ya en la División Política de 1889 era un Municipio del Circulo Cucuyagua. Esta situado en el ángulo que forma el Departamento de Ocotepeque con el de Gracias. El 11 de marzo de 1926, según Decreto No. 69: El Congreso Nacional, "Decreta: Artículo Único.- Elevar a la categoría de ciudad, la población de Corquín del Departamento de Copán".

Origen de su nombre: En lengua Tolteca significa "Entre Ríos"

Límites: Al norte, Municipios de San Pedro Copán y La Unión, al Sur, Municipios de Sensenti y Belén Gualcho, al este, Municipio de Gracias y al Oeste, Municipio de Lucerna.

Extensión Superficial: 138.6 Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 75

MUNICIPIO DE CUCUYAGUA.

Fecha de creación: Se cree que fue en 1750. En el recuento de 1791 aparece como pueblo del Curato de Sensenti y en la División de 1889 ya figuraba como Distrito; Esta situado al oriente del Valle de su nombre y a la margen del Río Alax o Cucuyagua.

Origen de su nombre: Cocollagua, convertido por nosotros en Cucuyagua, es el gentilicio de Cocolhuacan "Lugar que tiene negocios o querellas".

Límites: Al norte, Municipio de Santa Rosa, al Sur, Municipio de San Pedro copán, al Este, Municipio de Las Flores y Talgua y al Oeste, Municipio La Unión.

Extensión Superficial: 131.6 Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 70

MUNICIPIO DE DOLORES:

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 ya figuraba como lugar poblado del Municipio de Santa Rosa; al crear el Municipio de Dulce Nombre en 1907 formó parte de este. En 1919 se le da categoría de Municipio, así:

Tegucigalpa 11 de abril de 1919.

Vista la solicitud de los vecinos de la aldea de Dolores y de los caseríos de Venga Redonda, El Pinavetal, El Rincón, Yaruconte, Camalote, El Vijao, El Bálsamo, Agua Buena, todos de la jurisdicción del Municipio de El Dulce Nombre, Departamento de Copán, relativa a erigirse en un nuevo Municipio y Considerando: Que los expresados vecinos han aprobado: 1. Que la población de la Aldea de Dolores, que servirá de cabecera Municipal, tiene mas de quinientos habitantes y unidos a la de los demás caseríos mencionados llega a un total de 1,378 habitantes, según el censo que se acompaña. 2. Que los vecinos expresados tienen un territorio proporcional a la población que formaría el nuevo Municipio, consistente en los terrenos ejidales llamados Vega Redonda y Yaruconte, (23.5) veintitrés y media caballería el primero y de diecinueve el segundo, según certificación del registro de la propiedad raíz de aquel Departamento, que también se acompaña. 3. Que los mismos vecinos tienen recursos suficientes para el sostenimiento del Gobierno del nuevo Municipio, lo que consta en el informe del Señor Gobernador Departamental, que se pidió al efecto. CONSIDERANDO: Que el cumplimiento de los tres requisitos apuntados, da derecho a aquel vecindario para erigirse en un nuevo Municipio. CONSIDERANDO: Que la protesta de la Municipalidad de El Dulce Nombre, al cual pertenecen actualmente la Aldea y Caseríos mencionados, no debe tomarse en consideración, porque si bien es cierto, que aquel pueblo disminuirá en importancia, por la disminución consiguiente en su vecindario, siempre le quedaría el suficiente para sus sostenimiento como Municipio, según consta igualmente, del informe del Seor Gobernador Departamental, por tanto: El Presidente de La Republica, de conformidad con los artículos 2. , 3. , 6. y 8. de La Ley Municipal, ACUERDA: 1. Segregase de la jurisdicción del Municipio de El Dulce Nombre, Departamento de Copán la aldea de Dolores y Caseríos mencionados. 2. Erigense estos en un nuevo municipio, con el nombre de Dolores de Copán, teniendo por cabecera la aldea de Dolores y por término el territorio de esta y caseríos mencionados, debiendo inaugurarse el nuevo municipio el 1 de enero de 1920. 3. Comisionase al Gobernador del Departamento de Copán, para que determine los límites jurisdiccionales de los pueblos vecinos sometiendo a la aprobación del Ejecutivo el acuerdo que se dictare. 4. Procédase a la elección de las nuevas autoridades en la forma y tiempo que determine la Ley de la materia, con los vecinos de la nueva jurisdicción incluidos en el Censo Electoral del Municipio de El Dulce Nombre, formando distinto directorio, bajo la presencia del Alcalde de este pueblo, quien hará también la respectiva convocatoria, La Municipalidad recibirá la protesta de Ley. Comuníquese. Bertrand. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia. S. Soriano.

El 12 de noviembre de 1940 forma parte del Distrito Departamental de Santa Rosa.

El 10 de febrero de 1943, los mismos vecinos piden sea segregado del Distrito Departamental de Santa Rosa.

Acuerdo No.1130

Tegucigalpa D.C., 10 de febrero 1943.

Vista la solicitud elevad al poder Ejecutivo por el Abogado Don Alfredo Tábora Solares, en su calidad de apoderado de los principales vecinos del extinguido Municipio de Dolores, Departamento de Copán, contraída a pedir la segregación del que fue Municipio de Dolores, incluido en la jurisdicción del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán por acuerdo No. 660, emitido por el Poder Ejecutivo el 12 de noviembre de 1940, creando el Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán mencionado, de acuerdo con las facultades que señala el Artículo 179, reformado de la constitución Política vigente. CONSIDERANDO: Que son justas las razones en que se funda la solicitud de referencia y que el Municipio de colores puede subsistir independientemente, por llenar los requisitos que exige la Ley para crear los municipios. Por Tanto: El Presidente de La República ACUERDA: 1. Segregar del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, el extinguido Municipio de Dolores el que por el mismo hecho queda constituido en Municipio, con la jurisdicción Municipal que tenía a la fecha de su incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa de Copan, perteneciéndole también las tierras, aguas, servidumbres, derechos adquiridos y necesidades vecinales que tenía en la misma fecha y los créditos activos y pasivos existentes en la actualidad. 2. El Gobernador Político del Departamento de Copan, convocará a elecciones locales, para elegir la Municipalidad del Municipio de Dolores, que se practicarán en el Cabido Municipal, por los electores residentes en la jurisdicción que perteneció al mismo pueblo y que se hallen inscritas en el censo Electoral del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copan, para tomar la promesa constitucional a los miembros de la Municipalidad de Dolores que se elija para gobernar la asociación. 4. El Consejo del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copan entregará a la Municipalidad electa de Dolores, los inmuebles, muebles, enseres y demás objetos que aún existen en su poder y que pertenecían a aquel Municipio. Comuníquese. Carias A. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. Abrahán Willians.

Límites: Al norte, Municipio de San Jerónimo, al sur, Municipio de Dulce Nombre, al Este, Municipios de Veracruz y Trinidad, Al Oeste, Municipios de San Jerónimo y Concepción.

Extensión Superficial: 46.5 Km2

Aldeas: 9

Caseríos: 13

MUNICIPIO DE DULCE NOMBRE.

Esta población tuvo su origen en la instalación de una familia venida de El Salvador, en el sitio denominado Las Cáscaras, al sur del actual pueblo, después fue trasladado al lugar que hoy ocupa.

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 aparece como Aldea de Santa Ros, en 1907 se constituye en Municipio: SE RESUELVE DE CONFORMIDAD UNA SOLICITUD.

Tegucigalpa, 12 de diciembre de 1907.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por gran numero de vecinos de la Aldea de El Dulce Nombre, del término Municipal de Santa Rosa, Departamento de Copán contraída a pedir que se autorice la creación de un Municipio, por tener el numero de habitantes requeridos por la Ley para tal fin y además los recursos y elementos necesarios para el sostenimiento de autoridades propias y para mejorar todos los ramos del servicio administrativo, vista, asimismo el informe del Señor Gobernador Político, e que es de parecer que se acceda a la petición de los solicitantes, CONSIDERANDO: Que la distancia que media entre Santa Rosa, cabecera del Departamento y dicha Aldea, dificulta la buena marcha administrativa y que ese inconveniente cesaría con la creación del nuevo Municipio, para que las autoridades respectivas vigilen más de cerca todos los diversos intereses de la comunidad y establezcan buenas escuelas para la instrucción del pueblo, procurando, a la vez, la mejora de todos los ramos del servicio, Por Tanto: El Presidente Provisional, ACUERDA: 1. Resolver de conformidad la expresada solicitud, autorizando, la creación del nuevo Municipio, que tendrá por cabecera la actual Aldea de El Dulce Nombre, comprendiendo, además, las Aldeas de Vega Redonda, El Capucal, concepción Piedra, Dolores, San Juan de Copán y los Caseríos comprendidos en sus respectivas jurisdicciones. 2. Delegar en la Gobernación Política de Copán y los Caseríos comprendidos en sus respectivas jurisdicciones del nuevo Municipio, y 3. La elección de autoridades locales se practicarán lo más pronto posible, a efecto de que tomen posesión de sus cargos y se inaugure el Municipio el 1 de enero del año próximo, debiendo elegir el numero de vocales de la Municipalidad, en proporción al de sus habitantes, según lo prevenido por la Ley. Comuníquese. Dávila. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. Ignacio Castro.

1 de agosto de 1928 se convirtió en virtud de Decreto Ley de 7 de febrero, en Cabecera de Distrito el 12 de noviembre de 1940 formó parte del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, en que se pide la segregación del Municipio, así:

ACUERDO No. 1111.

Tegucigalpa, D.C., 8 de febrero de 1943.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo, por el Abogado Don Manuel Luna Mejía en representación de un grupo de personas vecinos del extinguido Municipio de Dulce Nombre Departamento de Copán, contraída a pedir la segregación del que fue Municipio de Dulce Nombre, incluido en la jurisdicción del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, por acuerdo del Poder Ejecutivo No. 660, de 12 de noviembre de 1940 creando el Distrito Departamental de Santa Rosa mencionado, de acuerdo con las facultadles que señala el artículo 179, reformado, de la Constitución Política. CONSIDERANDO: Que son justas las razones en que se funda la solicitud de referencia y que el Municipio de Dulce Nombre puede subsistir independientemente, por llenar los requisitos que exige la Ley para crear los municipios.

Por tanto el Presidente de la República. ACUERDA: 1. Segregar del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, el extinto Municipio de Dulce Nombre, el que por el mismo hecho queda constituido en Municipio con la jurisdicción Municipal que tenía a la fecha de su incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa, perteneciéndole también las tierras, aguas, servidumbre, derechos adquiridos y necesidades vecinales que tenía en la misma fecha y los créditos activos y pasivos existentes en la actualidad.

2. El Gobernador Político del Departamento de Copán, convocará a elecciones locales, para elegir la Municipalidad del Municipio del Dulce Nombre, que se practicarán en el Cabildo Municipal de este mismo Municipio, por los electores residentes en la jurisdicción que perteneció al mismo pueblo y que se hallen inscritos en el censo electoral del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, para cuyo efecto, el concejo respectivo enviará a Dulce Nombre las copias del censo electoral de conformidad con la Ley y se trasladará en cuerpo a aquel Municipio para formar la mesa o mesas electorales necesarias para la practica de las elecciones. 3. Facultar al Gobernador Político del Departamento de Copán, para tomar la promesa constitucional a los miembros de la Municipalidad de Dulce Nombre que se elija para gobernar la Asociación. 4. El Consejo del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, entregará a la Municipalidad electa de Dulce Nombre los inmuebles, muebles, enseres y demás objetos que aún existan en su poder y que pertenecían a aquel Municipio. Comuníquese. Carias A. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. Abrahán Willians.

Límites: Al Norte, y al Este Municipio de Dolores, al Sur, Municipio de Santa Rosa y al Oeste, Concepción.

Extensión Superficial: 30.7 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 7

MUNICIPIO DE EL PARAÍSO.

Fecha de creación: La Gobernación Política del Departamento, en representación del Poder Ejecutivo, dio un acuerdo fechado el 29 de octubre de 1891 creando el Municipio de El Paraíso de Copán, el cual estaría formado por las Aldeas de Tapesco, El Cisne, Santa Cruz, El Chorro y la Novedad, pertenecientes al circulo de Trinidad y tierras de Quezailica, en diciembre de ese mismo año se reunieron los vecinos de las aldeas mencionadas, en el lugar llamado El Paraíso, que era un caserío muy poblado para elegir la primera Municipalidad y el 1. de enero de 1892 tomaron posesión de su cargos los miembros electos. Esta situado en el ángulo que forma del Departamento de Copán con la República de Guatemala.

Límites: Al Norte, República de Guatemala, al Sur, Municipios de Santa Rita y San Jerónimo, al Este, Municipios de San Antonio y Florida y al Oeste, Municipio de Copán Ruinas.

Extensión Superficial: 249.5 Km2

Aldeas: 20

Caseríos: 47

MUNICIPIO DE FLORIDA.

Fecha de creación: Conocido en su principio como "Aldea San José de los Yulpates" fue creado en 1836, tomando en cuenta que en ese año se otorgó titulo de los ejidos a los vecinos de esa Aldea, se dio categoría de Municipio en 1884.

Límites: Al norte, Republica de Guatemala, al Sur, Municipios de San Jerónimo y Trinidad, al Este, Municipio La Jigua y al Oeste, Municipios de San Antonio y El Paraíso.

Extensión Superficial: 141.1 Km2

Aldeas: 28

Caseríos: 8

MUNICIPIO DE LA JIGUA.

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 ya figuraba como La Jigua, pueblo del curato de Quezailica. Al crearse el Municipio de florida en 1836, formaba parte de el hasta en 1965, que le dieron la categoría de Municipio según Acuerdo No.190.

Tegucigalpa, D.C., 13 de julio de 1965. El Presidente Constitucional de la República. CONSIDERANDO: Que con fecha 7 de mayo de 1964, el Seor Moisés López B, mayor de edad, soltero, labrador y vecino del pueblo de Florida, Departamento de Copán, con cédula de Identidad No. 21, Folio 164, Romo 1 y en su condición de Alcalde Auxiliar de la Aldea La Jigua, en el Departamento de Copán, con autorización de más de dos mil vecinos residentes en dicha aldea, compareció a pedir, a través de la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, que la expresada Aldea se eleve a la categoría de Municipio. CONSIDERANDO: Que del informe del Gobernador Político del Departamento de Santa Rosa de Copán, aparece que la Aldea de Jigua, reúne los requisitos que son indispensables para ser constituida en Municipio, pues La Jigua que sería la cabe cera del nuevo Municipio cuenta con mas de dos mil vecinos, o habitantes, edificios públicos, terrenos ejidales y nacionales y además con un campo de aviación y los recursos naturales que exige la Ley. CONSIDERANDO: Que del informe rendido por el expresado funcionario se deduce que la mencionada Aldea tiene más de la población que requiere el artículo 3. de la Ley de Municipalidades y del Régimen Político, para su conversión en Municipio que posee el terreno necesario, como los recursos económicos indispensables para el sostenimiento del Gobierno Municipal, que por otra parte, la creación del nuevo Municipio no perjudica al de Florida, pues le queda un numero suficiente de Aldeas y Caseríos, con los que puede promover el desarrollo de su población, agrícola, comercial e industrial y CONSIDERANDO: Que el informe del Director General de Censos y Estadísticas, es favorable la petición, POR TANTO: De acuerdo con los informes del Gobernador Político del Departamento de Copán, del Alcalde Municipal de Florida, del Director General de Censos y Estadísticas y el informe ocular del Ingeniero Alfredo Martín h, delegado de la Secretaría de Gobernación y Justicia para que recabara todos los datos pertinentes, los que han servido de base para este acuerdo y contra la opinión del Señor Procurador General de la República y de conformidad con los artículos 2., 3. y 6 de la Ley de Municipalidades y del Régimen Político. ACUERDA: 1. Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho mérito y en consecuencia, autoriza la creación del Nuevo Municipio de La Jigua en el Departamento de Copán, el cual estará formado por las Aldeas de El Campanario, La Colmena, La Cuchilla, El Aguacate, Chepe Lares, Magdalena, Torrecilla, Potrerillos, Piedras, La Laguna y La Jigua, esta última cabecera Municipal. 2. Los Límites del expresado Municipio serán los siguientes: Partiendo del Mojón Cumbre de la Estanzuela, la línea seguirá en una recta hasta el paso de la Castaña, en el Río Chamelecon, aguas, abajo, hasta donde le afluye el Río Chinamito, aguas arriba del Chinamito, hasta donde le afluye la quebrada denominada "Piedras Coloradas", aguas arriba de esta quebrada, hasta su nacimiento al Sur de la Aldea Barrancas, desde aquí la divisoria será una recta con rumbo este franco hasta tocar la jurisdicción con el municipio de Nueva Arcadía y 3. Disponer que la Gobernación Política del Departamento de Copán, organice la Corporación Municipal del nuevo Municipio la cual tomará posesión el día primero de agosto próximo. COMUNÍQUESE. O. López A.. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia. Urmeneta R.

Límites: Al Norte, y al Oeste, Municipio de Florida, al Sur, Municipio de San Nicolás yal Este, Municipio de Nueva Arcadia.

Extensión Superficial: 112.9 Km2

Aldeas: 10

Caseríos: 33

MUNICIPIO LA UNIÓN.

Fecha de creación: Este Municipio esta situado en la parte sur del Departamento sobre la ribera izquierda del Río Higuito, en el censo de población de 1883 figuraba como Aldea de Cucuyagua, le dieron categoría de Municipio en 1895, por acuerdo del Gobernador Político de Santa Rosa Expedido el 14 de noviembre de 1894, apareciendo como tal en la División Política de 1896 formando el Distrito de Cucuyagua.

Límites: Al Norte, Municipios Santa Rita y San Agustín, al Sur, Municipios de Lucerna y Corquin, al Este, Municipio de Cucuyagua y al Oeste, Municipios de La Encarnación y Lucerna.

Extensión Superficial: 211.9 Km2

Aldeas: 8

Caseríos: 68

MUNICIPIO DE NUEVA ARCADIA.

Fecha de creación: Existía desde 1740 como hacienda Santa Efigemia, creció rápidamente debido al flujo de los trabajadores que llegaron a establecerse con sus familias para trabajar en ella, en 1837 lograron que se formara el Municipio con el nombre de Nueva Arcadia, pasando el caserío que formaba la hacienda de Santa Efigemia como cabecera municipal. Según Resolución No. 361, se traslada la cabecera municipal a La Entrada. Tegucigalpa, Distrito Central, veintinueve de abril de mil novecientos sesenta y uno. Vista con su antecedente la solicitud presentada al Supremo Poder Ejecutivo por intermedio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Seguridad Pública, por un fuerte numero de vecinos del Municipio de Nueva Arcadia, Departamento de Copán, contraída a pedir el traslado de la cabecera municipal del lugar de Nueva Arcadia, Departamento de Copán, contraída a pedir el traslado de la cabecera municipal del lugar de Nueva Arcadia, a la Aldea de La Entrada, con fecha primero de octubre del año de mil novecientos sesenta. RESULTA: Que se dirigió comunicación al Seor Gobernador del Departamento de Copán para que emitiera informe al respecto, quien manifestó la conveniencia de acceder a lo pedido por aquellos vecinos, CONSIDERANDO: Que se ha oído el parecer favorable de la mayoría de los vecinos y autoridades municipales y Departamentales. POR TANTO: El presidente Constitucional de La República, en uso de las facultades que le confiere la Ley y haciendo aplicación del artículo segundo número 3 y 6 del Decreto Ley No. 8 de veinticuatro de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro y del artículo número 2 de la Ley de Municipalidades y del Régimen Político, RESUELVE: Designar como nueva cabecera del Municipio de Nueva Arcadia, en el Departamento de Copán la Aldea de La Entrada, lugar a donde deberá ser trasladada la sede de las autoridades civiles, a partir del día primero de julio del corriente año, por ser el lugar del término municipal que reúne mejores condiciones político, económicas y geográficas para su administración, de conformidad con la solicitud elevada al supremo Poder Ejecutivo para la mayoría de los vecinos del Municipio de Nueva Arcadia. Notifíquese.- Villeda Morales, Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Seguridad Pública. Ramón Valladares h .

Límites: Al Norte Municipio de Macuelizo y Florida, al Sur, Municipio de San Nicolás, al Este, Municipio de Protección y al Oeste, Municipio de La Jigua.

Extensión Superficial: 149.5 Km2

Aldeas: 12

Caseríos: 44

MUNICIPIO DE SAN AGUSTÍN.

Fecha de creación: En la División Política Territorial de 1896 figuraba como una Aldea de Santa Rosa. Le dieron categoría de Municipio el 6 de mayo de 1930, su inauguración se verificó el 1 de agosto de 1930, el 12 de noviembre de 1940 formaba parte del Distrito de Santa Rosa. En 1957 se devolvió la autonomía Municipal.

Límites: Al norte, Municipio de Concepción, al Sur, Municipio de La Unión y Cucuyagua, al Este, Municipio de Santa Rosa y al Oeste, Municipio de Santa Rita.

Extensión Superficial: 72.3 Km2

Aldeas: 4

Caseríos: 26

MUNICIPIO DE SAN ANTONIO.

Fecha de creación: Se cree que fue fundado como San Antonio del Descanso en 1782.

En el Censo de Población de 1887 figuraba como Municipio, San Antonio, formando parte del Distrito de Trinidad. El 12 de abril de 1923, los vecinos de la Aldea Santa Elena de San Antonio piden la segregación de dicha Aldea y la anexión al Municipio de San Jerónimo.

Límites: Al Norte, y al Este, Municipio de Florida, al Sur, Municipio de San Jerónimo y al Oeste, Municipio de El Paraíso.

Extensión Superficial: 117.9 Km2

Aldeas: 11

Caseríos: 21

MUNICIPIO DE SAN JERÓNIMO.

Fecha de creación: En 1887 figuraba como Aldea de San Antonio del Descanso. El acuerdo siguiente le da categoría de Municipio.

Tegucigalpa, 28 de enero de 1919.

Vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por los Señores Macario García. Jesús Espinoza, Valentín Q. Paredes y Roque López, Alcaldes Auxiliares de las Aldeas de San Jerónimo, La Esperanza, Agua Zarca y El Tránsito, respectivamente, de la jurisdicción Municipal de San Antonio de Copán, Departamento de Copán y J. Antonio Lemus, Rafael V. Contreras, Jesús Hernández y Manuel M. Martínez, por si y en nombre de los vecinos de dichas Aldeas, contraídas a pedir la creación de un nuevo Municipio compuesto por las Aldeas nominadas y que tendrá por cabecera la de San Jerónimo. Fundan su solicitud en que la cabecera del Municipio de San Antonio a que actualmente pertenecen, queda a larga distancia, es de clima mortífero y tiene muy mala agua, agregando que la Aldea de San Jerónimo posee edificios para cabildo municipal, escuela de varones y escuela de niñas, lo mismo que un terreno ejidal propio para la crianza de ganado y para la agricultura y por último en que las Aldeas que representan tienen un número de dos mil ciento ochenta y cinco habitantes, contando con cuatrocientos ochenta vecinos contribuyentes.

Visto asimismo, el informe favorable del Señor Gobernador Político de aquel Departamento y CONSIDERANDO: Que en virtud de las causas expresadas por los interesados, es conveniente la creación del nuevo Municipio, para que hayan autoridades más inmediatas y con mayores medios de acción, que se interesen por el mejoramiento material y moral de la comisaría expresada, por tanto: El Presidente Constitucional de La República, de conformidad con los artículos 2., 3., y 7., de la Ley Municipal, ACUERDA: 1. Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho mérito, autorizando, en consecuencia, la creación del nuevo municipio, que estará compuesto de las Aldeas de San Jerónimo, La Esperanza, Agua Zarca y El Tránsito, teniendo la primera de ellas como cabecera. 2. Delegar en la Gobernación Política del Departamento de Copán la facultad de fijar los límites jurisdiccionales del nuevo Municipio y de hacer la división correspondiente de San Antonio, de tierras, agua, servidumbre, créditos, etc y todo lo relativo a la alteración consiguiente de los términos municipales, debiendo someterse la resolución que se dicte en tal sentido a la ratificación del Poder Ejecutivo. 3. Que el nuevo Municipio se inaugure el 20 de febrero del año próximo entrante. Comuníquese. Bertrand. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Justicia, por Ley. Carlos Laínez E.

Anexión de la Aldea de Santa Elena al Municipio de San Jerónimo. Tegucigalpa, 12 abril 1923, acuerda Segregar la Aldea de Santa Elena, termino Municipal de San Antonio de Copán, Departamento de Copán y anexarla al Municipio de San Jerónimo. López G.. Decreto No. 20.- El Congreso Nacional Decreta Articulo 1. Créase en el Departamento de Copán el Distrito de San Jerónimo, compuesto por los Municipios de San Jerónimo, San Antonio, Florida y El Paraíso, con cabecera en el Pueblo de San Jerónimo, dado en el Salón de Sesiones a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos veintiséis.- V. Callejas.- Presidente G.A. Castañeda.- Secretario J.M. Albir. Secretario.

Límites: Al Norte, Municipio de San Antonio, Al Sur, Municipios de Concepción y Dolores, Al Este, Municipio de Trinidad y al Oeste, Municipios de Santa Rita y El Paraíso.

Extensión Superficial: 71.3 Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 8

MUNICIPIO DE SAN JOSÉ.

Fecha de creación: Fue creado el 7 de marzo de 1890 por el acuerdo dado por el Señor Presidente de la República, General Luís Bogran. Rango de Villa, según Dec. No.35 de 19 de enero 1939.- DECRETO: No. 109.- El Congreso Nacional, Decreta Artículo Único, conferir a la Villa de San José en el Departamento de Copán, el título de Ciudad. Dando en Tegucigalpa, D.C., el primer día del mes de marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro.- F. Salomón Fúnez, Presidente.- Eliseo Pérez Cadalso, Secretario.

El 23 de julio de 1921 los vecinos de la Aldea de Quesailica, piden se separe dicha Aldea del término municipal de San José y se anexe al de Santa Rosa.

Límites: Al Norte, Municipio de Trinidad, al Sur, Municipio de Santa Rosa, al Este Municipios de Naranjito y Lepaera y al Oeste, Municipios de Veracruz.

Extensión Superficial: 63.4 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 14.

MUNICIPIO DE SAN JUAN DE OPOA.

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 figuraba como pueblo de Opoa del Curato de Quezailica. El 14 de diciembre de 1904. Los vecinos de la Aldea de San Juan de Opoa de la jurisdicción de Santa Rosa, piden la creación de un nuevo Municipio.

ACCEDESE A UNA SOLICITUD.

Tegucigalpa, 14 de diciembre de 1904.

Vista la solicitud presentada por el Señor Isidro Torres, Alcalde Auxiliar de la Aldea de San Juan de Opoa, en el Departamento de Copán, contraída a pedir la creación de un nuevo Municipio, que deberá formarse de la Aldea mencionada, como cabecera municipal y de las de Santa Elena, El Pinal, Las Mesas, El Arrayán y Las Pilas y de los caseríos Ocote Seco, El Portillo y El Limón.

CONSIDERANDO: Que el informe de la Municipalidad de Santa Rosa, a la que actualmente pertenecen esas aldeas y caseríos, es favorable a dicha creación y que el Gobernador Político de copán también opina en el mismo sentido. CONSIDERANDO; Que las Aldeas y Caseríos relacionados, tienen más de 200 habitantes que poseen más de 100 caballerías de terreno, dos cabildos municipales y una escuela de varones, por tanto, el Presidente de conformidad con los artículos 2., 3., reformado, 6., 7., y 8. de la Ley Municipal y de las de Santa Elena, El Pinal, Las Mesas, El Arrayán y Las Pilas y de los caseríos Ocote Seco, El Portillo y El Limón.

CONSIDERANDO: Que el informe de la Municipalidad de Santa Rosa, a la que actualmente pertenecen esas Aldeas y Caseríos, es favorable a dicha creación y que el Gobernador Político de Copán también opina en el mismo sentido. CONSIDERANDO: Que las Aldeas y Caseríos relacionados, tienen más de 200 habitantes que poseen más de 100 caballerías de terreno, dos cabildos municipales y una escuela de varones, por tanto, el Presidente de conformidad con los artículos 2., 3, reformar 6. 7. y 8, de la Ley Municipal.

ACUERDA: 1. Acceder a la solicitud de que se ha hecho merito, autorizándose, en consecuencia, la creación del nuevo municipio, el cual tendrá por cabecera la actual Aldea de San Juan de Opoa, en cuyo término municipal deberán comprenderse las de Santa Elena, El Pinal, Las Mesas, El Arrayán y Las Pilas y los Caseríos Ocote Seco, El Portillo y El Limón.- 2.- Delegar en el Gobernador Político del Departamento, la facultad de fijar los límites del nuevo pueblo y hacer la división correspondiente de terreno, servidumbre, etc., debiendo someter su acuerdo a la rectificación del Poder Ejecutivo y 3. Disponer que en el último domingo del mes de enero del año entrante y en los dos días subsiguientes, se practiquen las elecciones de autoridades municipales para el nuevo pueblo, a efecto de que tomen posesión de sus cargos y se inaugure el Municipio el 1 de marco del año próximo.- Comuníquese. Bonilla. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación.- F. Dávila.

Era uno de los pueblos mas ricos pero debido a su clima, insalubre poco a poco fue disminuyendo su población, quedando casi abandonado. Debido a eso en 1906 se trasladó la cabecera municipal al lugar denominado Las Mesas una legua más al occidente.

El 12 de noviembre de 1940 se extingue por formar parte del Distrito Departamental de Santa Rosa de copán. El 13 de febrero de 1946 los vecinos del extinguido de San Juan de Opoa piden la segregación del Distrito Departamental de Santa Rosa, Acuerdo No. 1616. 1. Segregar del distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, el extinguido municipio de San Juan de Opoa, el que por el mismo hecho queda constituido en Municipio, con la jurisdicción municipal que tenia a la fecha de incorporación al Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán, perteneciéndole también las tierras, aguas, servidumbres, derechos adquiridos y necesidades vecinales que tenia en la mismo fecha y los créditos activos y pasivos existentes en la actualidad. 2. El Gobernador Político del Departamento de Copán, para cuyo efecto, el Consejo respectivo enviarán a San Juan de Opoa las copias del Censo Electoral de conformidad con la Ley y se trasladará en cuerpo a aquel Municipio para formar la mesa o mesas electorales necesarias, para la practica de elecciones.- 3. Facultar al Gobernador Político del Departamento de copán para tomar la promesa constitucional a los miembros de la Municipalidad de San Juan de Opoa que se elija para Gobernar la Asociación.- 4. El consejo del Distrito Departamental de Santa Rosa de Copán entregará a la Municipalidad electa de San Juan de Opoa, los inmuebles, muebles, enseres y además objetos que aún existan en su poder y pertenecían a aquel municipio.- Comuníquese. Carias Andino. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. Abraham Willians.

Origen de su nombre: Opoa, significa "Junta de Caminos"

Límites: Al Norte, y al Sur y al Oeste, Municipio de Santa Rosa y al Este, Municipio de Lepaera.

Extensión Superficial: 76.3 Km2

Aldeas: 15

Caseríos: 24

MUNICIPIO DE SAN NICOLÁS.

Fecha de creación: Se cree que fue fundado en 1835. En el Censo de 1887 figuraba como Municipio del circulo de Trinidad.

Límites: Al Norte, Municipio de Nueva Arcadia, al Sur, Municipio de Trinidad, al Este, Municipios de Protección y Naranjito y al Oeste, Municipio de La Jigua.

Extensión Superficial: 73.3 Km2

Aldeas: 6

Caseríos: 40

MUNICIPIO DE SAN PEDRO.

Fecha de creación: En 1836 era aldea de Cucuyagua y se llamaba Llano Grande.

La categoría de Municipio se le dio el 19 de mayo de 1887, por la Gobernación Política como delgada del Poder Central con terreno desmembrado del Municipio de Cucuyagua, el 1 de enero de 1888, se inauguro celebrando sesión la primera municipalidad que debería regir sus destinos.

El 19 de enero de 1926 se traslada a San Pedro Copán, la cabecera del Distrito de Cucuyagua según decreto No. 20.

Límites: Al Norte, Municipio de Cucuyagua, al Sur, Municipio de Corquin y al Este, Municipios de Las Flores y Gracias y al Oeste, Municipio de La Unión.

Extensión Superficial: 65.4 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 40

MUNICIPIO DE SANTA RITA.

Fecha de creación: Se Cree que fue fundada en 1700 como Aldea Cashapa. En 1875 le dieron categoría de Municipio. El 7 de marzo de 1947, le dieron el título de Villa. Las Aldeas de Buena Vista, Pueblo Viejo, Casitas y Descombros, el 20 de octubre de 1903 se anexan a Santa Rita, antes pertenecían a Cabañas.

Límites: Al Norte, Municipios de El Paraíso y Copán Ruinas, al Sur, Municipios de Cabañas y La Unión, al Este, Municipios de Concepción y San Agustín y al Oeste, Municipios de Cabañas y Copán Ruinas.

Extensión Superficial: 288.2 Km2

Aldeas: 31.

Caseríos: 74

MUNICIPIO DE TRINIDAD.

Fecha de creación: Se ha encontrado que en el año de 1836 le fue conferido el título de sus ejidos datando la vida del Municipio desde 1622. El Decreto No. 20 del 19 de enero de 1926, agrega al Distrito de Trinidad, el Municipio de Veracruz.

Límites: Al Norte, Municipio de San Nicolás, al Sur, Municipio de San José, al Este, Municipio de Naranjito y al Oeste, Municipios de San Jerónimo y Dolores.

Extensión Superficial: 73.3 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 26.

MUNICIPIO DE VERACRUZ.

Fecha de creación: En la División Política de 1896 figuraba como Aldea del Municipio de San José. Antiguamente era la Aldea de Quetuma. El 3 de junio de 1902, los vecinos de dicha Aldea piden la creación de un nuevo Municipio, Erigese en Municipio la Aldea de Veracruz, comprendida en la jurisdicción de San José, Departamento de Copán.

Tegucigalpa 3 de junio de 1902.

En vista de la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por Don Gertrudis Turcios, Alcalde Auxiliar suplente de la Aldea de Veracruz, comprendida en el término Municipal de San José, Distrito de Trinidad en el Departamento de Copán, relativa a pedir la creación de un nuevo Municipio, que se formará con dicha Aldea y los circunvecinos, denominados La Esperanza, El Pachopal, Agua Caliente y Sompopero pertenecientes en la actualidad al Municipio de santa Rosa.

Vistos, asimismo, el informe de la Municipalidad de San José, que es adverso a la solicitud, por creer que será perjudicada en sus intereses con la formación del nuevo pueblo, el de la Municipalidad de Santa Rosa, que opina favorablemente y el Gobernador Político de Copán, quien dice que, por el conocimiento particular que tiene de las condiciones favorables en que se encuentra la aldea de Veracruz para servir de cabecera al término municipal que se solicita y por reunirse todas las condiciones requeridas por la Ley para la creación de un municipio, es de parecer que se resuelva de conformidad la solicitud expresada. CONSIDERANDO: Que según el último censo practicado, la Aldea de Veracruz tiene actualmente más de 200 habitantes en el casco de la población, los cuales, unidos, unidos a los que hay en los caseríos mencionados, arrojan un total que pasa de 800 habitantes, quedando a pesar de la segregación, en el pueblo de San José, un número de 1,600 vecinos y teniendo ese municipio los recursos necesarios para sus sostenimiento. CONSIDERANDO: Que en virtud de lo expuesto la solicitud esta debidamente fundada y a esto se agrega que en la Aldea de Veracruz tienen constituidos cabildos, cementerios, casas de escuelas y otras dependencias que requiere el buen servicio publico, siendo además, sus habitantes laboriosos y de índole pacifica. CONSIDERANDO: Que en casos análogos se ha comprobado por la experiencia que conviene la creación de municipios para que haya más intereses en todos los ramos de la administración y las autoridades se empeñen en la moralidad publica y en sostener las escuelas de ambos sexos.

Por tanto: El Presidente de conformidad con los artículos 2. y 3. reformado, 6. y 8 de la Ley Municipal, Acuerda: 1. Resolver de conformidad la mencionada solicitud, autorizando, a consecuencia la creación de una nuevo Municipio, que tendrá por cabecera la Aldea de Veracruz y en cuyo término Municipal deberán comprenderse los caseríos de La Esperanza, El Pachopal, Agua Caliente y Sompopero.- 2. Delegar en la Gobernación Política del Departamento de copán la facultad de fijar los límites jurisdiccionales del nuevo Municipio y hacer la correspondiente decisión de terrenos, servidumbres, etc. Sometiendo su acuerdo a la ratificación del Poder Ejecutivo y 3. Disponer que, en la fecha determinada por la Ley, se practiquen las elecciones de autoridades locales para el efecto de que tomen posesión y se inaugure el nuevo pueblo el 1 de enero del año próximo.- Comuníquese. Sierra. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación. César Bonilla.

Límites: Al Norte, Municipios de Trinidad y San José, al Sur, Municipio de Santa Rosa, al Este, Municipios de Santa Rosa y San José y al Oeste, Municipio de Dolores.

Extensión Superficial: 31.7 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 16.

DEPARTAMENTO DE LA PAZ.

Fecha de creación: 28 de mayo de 1869.

Antiguamente pertenecía al Departamento de Comayagua, Decreto que ordena la creación de los Departamentos de Copán, La Paz y El Paraíso. El Capitán General y Presidente de la República a sus habitantes, sabed: Que el Soberano Congreso de la República ha decretado lo siguiente: El Soberano Congreso de la República, teniendo en consideración, que el extenso territorio que comprenden algunos de los Departamentos existentes, hace difícil que se sienta en muchos pueblos la pronta y benéfica acción de la autoridad pública y que es de gran interés remover este inconveniente, en uso de sus facultades y entre tanto se expide una Ley general que divida definitivamente el territorio de la República.

Decreta. Artículo 3. Forman el Departamento de La Paz, los círculos gubernativos de la ciudad de este nombre, Marcala, Laman, Aguanqueterique y Reitoca, que antes correspondían al de Comayagua y sus límites con este, Gracias, Tegucigalpa y Choluteca, se extienden hasta donde alcanzan las jurisdicciones de los respectivos círculos fronterizos. Es Capital la ciudad del nombre de este nuevo Departamento. Dando en Comayagua, en el Salón de sesiones del Congreso Nacional a 28 de mayo de 1869. M. Cordón D.P. Carlos Madrid D.S. Jerónimo Zelaya D.S. al S. P. E.,Por tanto Ejecútese. Comayagua mayo 1869. José María Medina.

Acuerdo en que se anexan al Departamento de Comayagua, los pueblos de Laman y San Sebastián, quedando el de Yarumela en el Departamento de La Paz, así:

Secretaría General del Gobierno Constitucional.

Comayagua, junio 18 de 1877.

En atención al buen servicio público y en el propósito de fijar de una manera más exacta los límites jurisdiccionales de los Departamentos de Comayagua y La Paz el Presidente Constitucional de la República acuerda: Que los pueblos de San Sebastián y Laman con el radio que abrazan sus respectivas jurisdicciones Municipales, formen parte del Departamento de Comayagua, que el pueblo de Yarumela con su comprensión Municipal corresponda al Departamento de La Paz y que por ahora, quede por línea divisoria de los referidos departamentos el Río de Cane o Chiquinguara, desde donde comienza al Sur la jurisdicción municipal de San Sebastián que se extiende hasta la confluencia del río Tupanguara con el río Humuya. Comuníquese y Registrese.

Rubricado por el Señor Presidente. Rosa.

Acuerdo en que se anexa el circulo de Reitoca al Departamento de Tegucigalpa.

Tegucigalpa, noviembre de 1878.

Consultando a la mayor expedición de la acción administrativa de las autoridades superiores en el circulo de Reitoca, El Presidente. Acuerda:

Anexar a dicho circulo, política administrativo y judicialmente, al Departamento de Tegucigalpa, Comuníquese y regístrese. Rubricado por el Señor Presidente Rosa.

El 16 de abril de 1883 los pueblos de Jesús de Otoro y Masaguara pasaron a formar parte de Intibuca.

Límites: Al Norte, Departamento de Comayagua e Intibuca, al Sur, Departamento de Valle y parte de la República de El Salvador, al Este, Departamento de Comayagua y Francisco Morazán y al Oeste, Departamento de Intibuca.

Cabecera Departamental: La Paz.

Extensión Superficial: 2,330.6 Km2

Municipios: 19

L A P A Z.

Aguanqueterique

Cabañas (antes Similaton, aldea de Marcala)

Cane

Chinacla

Guajiquiro

Lauterique

Marcala (Antes Marcata)

Mercedes de Oriente

Opatoro

San Antonio del Norte( antes San Antonio de Padua)

San José

San Juan

San Pedro Tutule ( Aldea Tutule de Santa María)

Santa Ana (Antes Santa Ana de Cacauterique)

Santa Elena

Santa María

Santiago de Puringla (Antes Puringla)

Yarula

Distritos: Según División Política Territorial 1889.

Distrito Municipios:

La Paz La Paz

Cane

Marcala Marcala

Santa María

Puringla

Yarula

Santa Elena

Marcala (Cont.) San José

Chinacla

Opatoro Opatoro

Guajiquiro

Santa Ana de Cacauterique

San Antonio del Norte San Antonio del Norte

Lauterique

Caridad

Aguanqueterique

Mercedes de oriente

San Juan

MUNICIPIO DE AGUANQUETERIQUE.

Fecha de creación: Se cree que su fundación data de 1500, en 1684 ya figuraba en la nomina de los pueblos de la Provincia de Comayagua. En 1791 obtuvo su primer titulo con el nombre de San Pedro de Aguanqueterique. En la División de 1825 formaba parte del partido de Goascorán, que pertenecía a Comayagua. En la División Política Territorial de 1889 era un Municipio del Distrito de San Antonio del Norte.

Origen de su nombre: Significa Cerro de los Aguacates.

Límites: Al Norte, Municipio de Laman, al Sur, Municipios de San Antonio del Norte y Lauterique, al Este, Municipios de Curarén y Lepaterique, al Oeste, Municipios de Guajiquiro, San Juan y San Antonio del Norte.

Extensión Superficial: 181.2 Km2

Aldeas: 1

Caseríos: 63

MUNICIPIO DE CABAÑAS.

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 figuraba como Similatón, pueblo del Curato de Cururú.

Tegucigalpa 9 de marzo de 1897.

Con vista de la anterior solicitud presentada por el Alcalde Auxiliar de la Aldea de Similaton, comprendida actualmente en el Municipio de Marcala, en que por si y en representación de la mayoría de los vecinos de la misma Aldea pide se erija un pueblo, por tener más de ochocientos habitantes, un territorio proporcionado a la población y los recursos suficientes para sostener el régimen municipal independiente.

Resulta que tramitada la solicitud en la forma correspondiente, el Gobernador Político de La Paz informa favorablemente a ella y la Municipalidad de Marcala no hace ninguna oposición.

Resulta que además de los comprobantes aducidos por los peticionarios, el Director General de Estadística informa, que en el último censo practicado, según los cuadros auténticos que obran en su oficina, La Aldea de Similatón tenía en el casco de la población cuatrocientos noventa y ocho habitantes, sin comprenderse en ese numero el de los caseríos vecinos y.

Considerando: Que por la proximidad a la frontera de El Salvador de la Aldea expresada, por el ensanche que ha tenido en estos últimos años, debido a la inmigración procedente de aquel Estado y por la considerable distancia que media entre ella y la cabecera municipal, se justifica la creación del nuevo pueblo.

Por Tanto: El Presidente de conformidad con los Artículos 2 y 3 de la Ley Municipal, Acuerda: 1. Acceder a la solicitud referida en consecuencia, la Aldea de Cabañas (antiguamente Similatón) con los caseríos anexos, se erige en Municipio, con el nombre de Cabañas, que tendrá los límites jurisdiccionales que se han reconocido a dicha Aldea. 2. Delegase al Gobernador del Departamento de La Paz la facultad de fijar los límites del nuevo Municipio y resolver las cuestiones que sobre ellas puedan suscitarse con los municipios colindantes de Marcala, Yarula y Santa Ana, quedando sus actos sujetos a la rectificación del Poder Ejecutivo. 3. Deberá procederse a la elección de las autoridades del nuevo pueblo para que a mas tardar queden instalados el 15 de septiembre próximo. Comuníquese.- Bonilla. El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación.- César Bonilla.

MUNICIPIO DE CANE.

Fecha de creación: Fundado en 1801. En el recuento de población de 1801 formaba parte del Partido de Comayagua.

En 1869 al crearse el Departamento de La Paz era un Municipio del Circulo de La Paz.

Límites: Al Norte, y al Oeste, Municipio de La Paz, al Sur, Municipios de Humuya y San Sebastián, al Este, Municipio de La Villa de San Antonio.

Extensión Superficial: 44.8 Km2

Aldeas: 1

Caseríos: 10

MUNICIPIO DE CHINACLA.

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 ya era cabecera de Curato, estaba un kilómetro cerca de la Aldea de Marcata (Hoy Marcala) por desacuerdos con la Aldea se trasladó al lugar de Yucasapa y después a Choocapa donde se radicó hasta la fecha. En 1869 era un Municipio del circulo de Marcala, llamaba también Chinada, fue la madre de Marcala, San José y Santa María.

Origen de su nombre: En la geografía de Velasco esta escrito Xinacla, significa en Mexicano "Abundancia de Almácigos".

Límites: Al Norte, Municipio de San José y Santa María, al Sur y al Oeste, Municipio de Marcala y al Este Municipio de Guajiquiro y Opatoro.

Extensión Superficial: 62.3 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 24.

MUNICIPIO DE GUAJIQUIRO.

Fecha de creación: Se asegura que su fundación es anterior a la conquista y por consiguiente sus habitantes pertenecen a la raza indígena en el recuento de población de 1791 era un pueblo del curato de Cururú, en la División Política Territorial de 1889 era un Municipio del circulo de Opatoro.

Origen de su nombre: Significa "Río de los Guajes"

Límites: Al Norte, Municipio de San Pedro de Tutule, al Sur, Municipios de San Juan y Mercedes de Oriente, al Este, Municipios de Aguanqueterique y Laman y al Oeste Municipio de Opatoro.

Extensión Superficial: 274.6 Km2

Aldeas: 13

Caseríos: 111.

MUNICIPIO DE LAUTERIQUE.

Fecha de creación: En 1777, 10 familias procedentes de Cacauterique (Hoy Santa Ana) fundaron este Municipio llamándolo Zacualpita, después Lauterique, nombre derivado de Cacauterique. En 1860 obtuvo el título legal de sus tierras. En la División Política Territorial de 1896 era un Municipio del Distrito de San Antonio del Norte.

Límites: Al Norte, Municipio de Aguanqueterique, al Sur, Municipio de Caridad, al Este, Municipio de Curarén y al Oeste, Municipio de San Antonio del Norte.

Extensión Superficial: 35.1 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 22

MUNICIPIO DE MARCALA.

Fecha de creación: Se cree que su fundación haya sido en el siglo XVI, por haber encontrado una piedra al demoler el viejo campanario que tenía 1635. En 1869 al crearse del Departamento de La Paz era uno de los círculos que formaban dicho Departamento.

Origen de su nombre: Significa en Mexicano "Lugar de Cárceles".

Límites: Al Norte, Municipio de Intibuca, al Sur, República de El Salvador, al Este, Municipios de Cabañas, Santa Ana y Chinacla y al Oeste, Municipio de Yarula.

Extensión Superficial: 225.0 Km2

Aldeas: 2

Caseríos: 55.

MUNICIPIO DE MERCEDES DE ORIENTE.

Fecha de creación: En la División Política Territorial de 1889 era un Municipio del circulo de San Antonio del Norte.

Límites: Al Norte, Municipio de Guajiquiro, al Sur, Republica de El Salvador, al Este, Municipio de San Antonio del Norte, y al Oeste, Municipio de Opatoro.

Extensión Superficial: 38.0 Km2

Aldeas: 2

Caseríos: 23

MUNICIPIO DE OPATORO.

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 figuraba como del Curato de Cururú y en la División Política de 1889, era un Distrito compuesto por los Municipios de Opatoro, Guajiquiro y Santa Ana de Cacauterique.

Origen de su nombre: En Mexicano significa "Lugar de Juegos".

Límites: Al Norte, Municipio de Chinacla, al Sur, parte de la República de El Salvador, al Este, Municipio de Mercedes de Oriente y Guajiquiro, al Oeste Santa Ana.

Extensión Superficial: 240.6 Km2

Aldeas: 6

Caseríos: 64.

MUNICIPIO DE SAN ANTONIO DEL NORTE.

Fecha de creación: Solo se ha encontrado el título del terreno de este Municipio que antes se llamaba San Antonio de Padua y sin duda por el fuerte viento que azota ese lugar le dieron el nombre de San Antonio del Norte. En 1739 el terreno fue vendido al convento de Nuestra Señora de la Merced de la Provincia de Comayagua, en 1857 fue adquirido por compra de la diócesis de Comayagua, después lo vendieron a esa Municipalidad. En la División Política Territorial de 1889 era cabecera de Distrito.

Límites: Al Norte, Municipio de San Juan, al Sur, Municipio de Caridad, al Este, Municipios de Lauterique y Aguanqueterique y al Oeste, Municipios de Mercedes de Oriente y República de El Salvador.

Extensión Superficial: 73.0 Km2

Aldeas: 4

Caseríos: 41.

MUNICIPIO DE SAN JOSÉ.

Fecha de creación: Al crear el Departamento de La Paz San José era uno de los Municipios que formaban el circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de Santa María, al Sur, Municipio de Chinacla, al Este, Municipio de Santa María y Tutule y al Oeste, Municipios de Intibuca y Marcala.

Extensión Superficial: 64.3 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 40.

MUNICIPIO DE SAN JUAN.

Fecha de creación: En la División Política Territorial de 1896 era uno de los Municipios que formaban el Distrito de San Antonio del Norte.

Límites: Al Norte, Municipio de Guajiquiro, al Sur, Municipio de San Antonio del Norte, al este, Municipio de Aguanqueterique y al Oeste, Municipio de Mercedes de Oriente.

Extensión Superficial: 47.7 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 24.

MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE TUTULE.

Fecha de creación: A mediados del siglo pasado esta localidad era montaña virgen perteneciente al Municipio de Santa María y la empezaron a descombrar tres familias, en esa época la llamaban El Zacatal, poco a poco se fue poblando con vecinos de Santa María. El 9 de marzo de 1926, vista la solicitud elevada al Poder Ejecutivo, por los Señores León Orellana, Cándido Bu Castro y otros vecinos de la Aldea de Tutule perteneciente al Municipio de Santa María en el Departamento de La Paz, contraída a pedir se autorice la creación del Municipio de San Pedro de Tutule, por tener los recursos, numero de habitantes y demás elementos necesarios para tal fin, visto asimismo el informe favorable del Gobernador Político Departamental.

Oído el parecer del Fiscal General de Hacienda y considerando: que en virtud de las causas expuestas por los peticionarios y confirmados por el Gobernador Político del Departamento de La Paz, es conveniente la creación del Municipio, por tanto: El Presidente de la República, en uso de las facultades que le confieren los artículos 2., 3., y 8., de la Ley Municipal, Acuerda: 1. Resolver de conformidad la solicitud de que se ha hecho mérito, autorizando en consecuencia a la creación del Nuevo Municipio, que se denominará San Pedro de Tutule, cuya cabecera será la aldea de este nombre, con las Aldeas siguientes. El Guayabo, San Francisco, Laguna Seca y Lepaguare, teniendo los límites generales siguientes: Al Norte, Terreno de Santiago de La Paz y de Santa María, al Este, con terreno del doctor Don Mariano Vásquez y Don Max Draguertt, al Sur, con terreno de San Sebastián, Guajiquiro y del mismo Doctor Vásquez y al Oeste, con terrenos de los Herederos del difunto Pascual Vásquez. 2.- Delegar en el Gobernador Político la facultad de fijar definitivamente la jurisdicción territorial del nuevo Municipio. 3.- Disponer que la elección de las autoridades locales se haga en el pueblo de Santa María, el último dominio del corriente mes, con citación de los electores residentes en las cinco aldeas mencionadas, debiendo tomar posesión las autoridades electas el día domingo 1 de mayo próximo, con la presencia del Gobernador Político Departamental y 4.- La elección se hará para un alcalde, dos regidores y un sindico.- Comuníquese. Paz Barahona.- El Secretario de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Sanidad.- Juan Manuel Gálvez.

Límites: Al Norte, Municipio de Santiago de Puringla, al Sur, Municipio de Guajiquiro, al Este, Municipios de La Paz y San Sebastián y al Oeste, Municipios de Santa María y Chinacla.

Extensión Superficial: 44.8 Km2

Aldeas: 4

Caseríos: 30.

MUNICIPIO DE SANTA ANA.

Fecha de creación: Anteriormente se llamó Cacauterique, en el primer recuento de población en 1791 era un pueblo del curato de cururú. En la División Política de 1889 aparece como Santa Ana de Cacauterique y era uno de los Municipios que formaban el circulo de Opatoro.

Límites: Al Norte, Municipio de Marcala, al Sur, República de El Salvador, al Este, Municipio de Opatoro y al Oeste, Municipio de Cabañas.

Extensión Superficial: 197.7 Km2

Aldeas: 7

Caseríos: 81

MUNICIPIO DE SANTA ELENA.

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 aparece como uno de los Municipios que formaba el circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de San Marcos de la Sierra, al Sur, República de El Salvador, al Este, Municipio de Yarula y al Oeste, Municipios de San Marcos de la Sierra y Colomoncagua.

Extensión Superficial: 163.6 Km2

Aldeas: 5

Caseríos: 82.

MUNICIPIO DE SANTA MARIA.

Fecha de creación: En el censo de población de 1887 era uno de los Municipios que formaban el circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de Santiago de Puringla, al Sur, Municipio de San José, al Este, Municipio de San Pedro de Tutule, al Oeste, Municipio de Masaguara.

Extensión Superficial: 97.4 Km2

Aldeas: 8

Caseríos: 40.

MUNICIPIO DE SANTIAGO DE PURINGLA.

Fecha de creación: Fue fundado en el año 1691. Se le dio la categoría de Municipio en 1859. El 15 de septiembre 1921 la municipalidad queriendo perpetuar la celebración del centenario de la independencia, acordó ponerle el nombre de Santiago de Puringla, pues al fundarse fue con el nombre de Puringla.

Origen de su nombre: Puringla significa en Mexicano "Abundancia de Polines".

Límites: Al Norte, Municipios de Masaguara y Comayagua, al Sur, Municipio de Tutule, al Este, Municipio de La Paz y al Oeste, Municipios de Santa María y Masaguara.

Extensión Superficial: 133.4 Km2

Aldeas: 9

Caseríos: 72.

MUNICIPIO DE YARULA.

Fecha de creación: En el recuento de población de 1791 era un pueblo del curato de Chinacla. En la División Política Territorial de 1896 figuraba como Municipio del circulo de Marcala.

Límites: Al Norte, Municipio de La Esperanza, al Sur, Republica de El Salvador, al Este, Municipio de Marcala y al Oeste, Municipios de Santa Elena y San Marcos de la Sierra.

Extensión Superficial: 93.5 Km2

Aldeas: 3

Caseríos: 31.

DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO.

Fecha de creación: 28 de mayo 1869. En la primera División Política Territorial de 1825, El Paraíso formaba parte del Departamento de Tegucigalpa, (circulo Texiguat y Yuscarán) y de Olancho, (circulo de Danlí) hasta 1869, El Soberano Congreso de la República, Decreta: Artículo 1. Se crean los nuevos Departamentos: El Paraíso, Artículo 4. Componen el Departamento de El Paraíso toda la demarcación jurisdiccional de los círculos Gubernativos de Danlí, Yuscarán y Texiguat, inclusive el pueblo de Guinope, que se anexa al segundo de los círculos enumerados. Es capital de este Departamento, LA Ciudad de San José de Yuscarán. Artículo 5. Los juzgados de 1ra. Instancia de los Departamentos erigidos por este Decreto, quedan bajo la jurisdicción seccional que establece el articulo 1., 2. De la Ley reglamentaria de la administración de justicia y suprimido el de Danlí, debiendo trasladarse el archivo de juzgado de 1ra. Instancia de la cabecera del nuevo departamento. Artículo 6. El Se hará el debido nombramiento de los funcionarios y dictará las providencias necesarias a la organización de los departamentos creados por esta Ley y cuando lo juzgue conveniente, fijará de un modo especial los límites jurisdiccionales. Artículo 7. La presente división en nada altera el orden de las elecciones mandadas a practicar para la Constituyente. Artículo 8. El Gobierno hará la provisión de empleados en los nuevos departamentos y ordenará el arreglo del servicio departamental, consultando en todo el estado de la Hacienda. Dado en Comayagua en el Salón de sesiones del Congreso Nacional, a 28 de mayo de 1869. M. Cordón D.P. Carlos Madrid D.S. Jerónimo Zelaya D.S. por tanto Ejecútese.- Comayagua mayo 29 de 1869. José María Medina El Ministerio del Interior. Pedro Francisco de la Rocha.

En 1878 se emite el siguiente:

"ACUERDO EN QUE SE ANEXA EL CIRCULO DE TEXIGUAT AL DEPARTAMENTO DE TEGUCIGALPA".

Secretaria General del Gobierno Constitucional.

Tegucigalpa, diciembre 28 de 1878.

Siendo conveniente para el mejor servicio público anexar el circulo de Texiguat, del Departamento de El Paraíso, al Departamento de Tegucigalpa, el Presidente Acuerda: Anexar dicho circulo a este Departamento en lo Civil y Militar.- Comuníquese y regístrese. Rubricado por el Señor Presidente. Rosa.

El 28 de octubre de 1886 se agrega nuevamente el circulo de texiguat al Departamento de El Paraíso.

Cabecera Departamental: Yuscarán.

Límites: Al Norte, Departamento de Olancho, al Sur, Departamento de Choluteca, al Este, República de Nicaragua y al Oeste, Departamento de Francisco Morazán.

MUNICIPIOS: 18

Yuscaran (Antes San José de Yuscarán)

Alauca

Danlí (Antes San Buenaventura)

El Paraíso

Guinope (Perteneció a San Antonio de Oriente)

Jacaleapa ( Antes, Xacaliapa)

Liure

Morocelí

Oropolí

Potrerillo (Mineral de Potrerillos, siendo Aldea de Jacaleapa)

San Antonio de Flores

San Lucas

San Matías (Aldea de Danlí)

Soledad

Teupasenti (Perteneció a Olancho)

Texiguat

Vado Ancho

Yauyupe

Distritos: Según División Política Territorial 1889.

Distritos: Municipios:

Yuscaran Yuscaran

Guinope

Morocelí

Oropolí

Danlí Danlí

Jacaleapa

El Paraíso

Teupasenti

Alauca

Texiguat Texiguat

Soledad

Liure

Yauyupe

Vado Ancho

San Antonio de Flores

San Lucas.

ACUERDO No. 662.

Tegucigalpa 12 de noviembre de 1940.

CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 179 reformado de constitución Política, el Poder Ejecutivo tiene facultades para la creación de Distritos Departamentales, Seccionales y Locales, que se regirán por consejos, como parte integrante de la administración Departamental. POR TANTO: El Presidente de la República. ACUERDA: 1. Crear en el Departamento de El Paraíso, el Distrito Seccional de Danlí, compuesto del actual Municipio de Danlí. 2.- El Distrito expresado asume los derechos y obligaciones del Municipio que se extingue por el presente acuerdo.- Comuníquese. Carías A. El Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia, Sanidad y Beneficencia. Abrahán Willians.

Extensión Superficial: 7,218.1 Km2

Aldeas: 187

Caseríos: 1,807.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente