Descargar

Programa de Emergencia contra la Fiebre Aftosa en Cuba


Partes: 1, 2

  1. Resumen
  2. Antecedentes
  3. Conceptos y definiciones
  4. Medidas en las áreas epizoóticas
  5. Medidas para la protección de los territorios libres
  6. Diagnóstico de fiebre aftosa y otras enfermedades vesiculares
  7. Anexo
  8. Referencias bibliográficas

Resumen

En el plan de estudio de la Carrera de Medicina Veterinaria y Zootecnia actualmente vigente en las universidades cubanas, se encuentra ubicada la asignatura La Medicina Veterinaria en casos de Desastres que se imparte en el quinto año de dicha carrera, abordándose los diferentes tipos de desastres y el modo de enfrentarlos lo más eficientemente posible. Aunque Cuba es un país libre de fiebre aftosa, por su conocida importancia y el peligro potencial que representa para nuestra masa ganadera, en el grupo de los desastres sanitarios los estudiantes reciben los fundamentos generales del Programa de Emergencia contra la fiebre aftosa actualmente vigente y, entre los ejercicios docentes deben proponer las medidas generales y específicas de prevención y lucha para el área en que se encuentran realizando sus prácticas de producción, todo lo cual es discutido en un taller final de la asignatura. En la presente conferencia, damos a conocer una versión adecuada a la impartición docente de dicho programa.

Palabras clave: Veterinaria. Desastres sanitarios. Fiebre aftosa. Prevención. Control. Erradicación.

Antecedentes

La fiebre aftosa es una enfermedad viral, altamente contagiosa, que afecta a los animales domésticos y salvajes de pezuña hendida. Es causada por un Aphthovirus de la familia Picornaviridae. Se caracteriza clínicamente por fiebre, sialorrea, cojera y presencia de vesículas en los espacios interdigitales, la lengua, mucosas bucal y nasal, rodetes dentarios y en los pezones. Su diagnóstico por métodos de laboratorio implica el diferencial con otras enfermedades vesiculares exóticas al país, así como otras enzoóticas como rinotraqueitis infecciosa bovina (IBR), diarrea viral bovina (BVD), mamilitis y ectima contagioso, entre otras, cuya notificación es obligatoria a través del Bloque 2 del Sistema de Información y Vigilancia Epizootiológica (SIVE), de la República de Cuba.

Está clasificada en la Lista A de la OIE por su elevada contagiosidad y alto poder de difusión, es la causa de cuantiosas pérdidas económicas por las barreras zoosanitarias que se le imponen al comercio con los países afectados.

En las últimas décadas se habían constatado avances notables en el control y erradicación de esta enfermedad tanto en Europa como en Sudamérica, lo que conllevo a la suspensión de la vacunación en amplias zonas geográficas de estos continentes. Sin embargo, a finales del 2000 se sucedieron episodios de la enfermedad en países libres tales como Uruguay, Argentina, así como en zonas consideradas como tal en Brasil, y en febrero de este año se constató en Gran Bretaña, de donde ya se ha diseminado a Irlanda del Norte, Francia, Holanda y la República de Irlanda.

Dada la amenaza que representa este retroceso en la situación sanitaria y el grave riesgo de difusión de esta enfermedad a escala mundial, se hace necesario analizar el plan de emergencia nacional para este tipo de contingencia.

1.1 Características clínicas y anatomopatológicas de la fiebre aftosa

Clínica:

Bovinos:

Fiebre, pérdida del apetito, reducción de la producción de leche, posteriormente se observa chasquidos de labios, rechinamiento de dientes, sialorrea, cojera, causados por vesículas o ampollas en las membranas de las mucosas bucales y nasales y/o entre las pezuñas, banda coronaria, la ubre y pezones.

Al romperse las vesículas, deja erosiones que pueden dar origen a ulceras.

La recuperación suele producirse en un plazo de 8-15 días aunque puede prolongarse hasta seis meses.

Como complicaciones pueden presentarse infección bacteriana secundaria de las lesiones, deformaciones de los cascos, mastitis y disminución permanente de la producción de leche y del peso corporal, así como pérdida del control térmico.

Ovinos v caprinos:

Las lesiones son menos pronunciadas, en las extremidades pueden pasar inadvertidas. Son frecuentes las lesiones en los rodetes dentarios y labios.

Porcinos:

Es frecuente la presentación de una vesícula única en la parte frontal del hocico y su borde. Pueden desarrollar graves lesiones en las extremidades, sobre todo cuando se encuentran en locales con piso de hormigón.

Es frecuente una alta mortalidad en los animales jóvenes de todas las especies.

Lesiones

Vesículas o ampollas en la lengua, rodetes dentarios, encías, mucosa bucal y nasal, paladar y velo del paladar, labios, ollares, morro, ubre, pezones y hocico de los cerdos, bandas coronarias y espacios interdigitales.

También puede observarse úlceras en el esófago y en los pilares del rumen y en el cuajar. Particularmente en los animales jóvenes se observa corazón atigrado.

Conceptos y definiciones

Animal susceptible:

Animales domésticos (bovinos-búfalo, ovino, caprino, porcino) y salvajes (cérvidos, jabalíes, camélidos, entre otros) de pezuña hendida que son sensibles al virus de la fiebre aftosa.

Animal no susceptible:

Otros animales que no posean pezuña hendida. Estos pueden actuar como vectores mecánicos o pasivos del virus.

Animal enfermo o afectado:

Animal infectado con el virus que presenta síntomas clínicos compatibles con la enfermedad.

Animal portador:

Animal susceptible aparentemente sano y positivo a los medios de diagnóstico establecidos (Acápite 6) y que confirman su condición de estar infectado por el virus.

Áreas epizoóticas:

  • Foco:

La unidad o predio donde se detecten animales enfermos y/o portadores, confirmados en el laboratorio por los métodos de diagnósticos establecidos (Acápite 6).

Se incluyen dentro del foco todos los animales susceptibles o no, vinculados a los animales enfermos por el mismo régimen de tenencia, personal, instalaciones, vehículos, productos y subproductos de origen animal, y alimentos, así como las áreas donde habitualmente pastan los animales del foco o son utilizadas por ellos.

También se considera foco a los efectos de las medidas de saneamiento, a la unidad epizootiológica donde se procesan productos de origen animal provenientes del foco (matadero sanitario de urgencia, losa sanitaria, matadero industrial, pasteurizadora, fábrica de harina animal, etc.) así como los laboratorios de diagnóstico donde se trabajen muestras de igual procedencia.

  • Foco presuntivo:

(contactos directos e indirectos)

  • a. La unidad o predio que no limita con el foco, pero que ha recibido animales procedentes de este hasta 30 días anteriores a la presentación de sus primeros animales enfermos, o con la que se haya establecido cualquier otro nexo directo en igual periodo.

  • b. Las unidades o predios que se encuentren en el camino por donde hayan transitado animales enfermos o en periodo de incubación.

  • Área focal:

Incluye las unidades o predios con límites comunes con el foco y sus respectivas áreas, además de los animales susceptibles que han tenido contacto directo o indirecto con los animales afectados, todos los cuales se consideran infectados

  • Área perifocal:

(zona de protección)

Es el área de mayor riesgo de difusión de la enfermedad a partir del área focal. Se establece dentro del perímetro de 3 Km de radio, como mínimo, a partir del área focal e incluye todas las áreas pertenecientes a las unidades o predios alii existentes aunque excedan ese límite, el cual también podrá reducirse en presencia de barreras (áreas agrícolas, bosques, montañas, ciénagas, presas, etc.) que se consideren limitantes para la diseminación de la enfermedad.

  • Área infectada:

Comprende el foco y el área focal.

  • Área de peligro

(zona de vigilancia)

Sus límites se establecen en el perímetro de los 10 Km del área focal como mínimo, tomando en cuenta las fronteras político administrativas de los territorios implicados (municipios, provincias) dado los nexos económicos, sociales y políticos en ellos existentes.

  • Área amenazada:

El resto del país, a partir de las áreas de peligro.

Medidas en las áreas epizoóticas

Para enfrentar la fiebre aftosa se podrá optar por la erradicación inmediata, con despoblación y sin hacer uso de la vacunación, o acometer su control a un plazo más prolongado, en el que se hace necesario el empleo de vacunas. La decisión de cual variante se aplicará será tomada por el Puesto de mando Nacional para casos de Catástrofes de la Defensa Civil (PMNDC) creado a tal efecto.

Las medidas generales (Acápite 3.1.1) se aplicarán en ambos casos, a las que se les adicionarán las específicas para cada situación (Acápites 3.1.2 y 3.1.3 respectivamente).

3.1 Medidas en el foco y en el área focal

3.1.1 Medidas generales

  • Limitar los accesos al área focal mediante Puntos de Control y Desinfección, con personal designado al efecto para el control efectivo de las prohibiciones establecidas durante la emergencia.

  • Prohibir el movimiento de animales y productos de origen animal dentro y hacia fuera del área focal, los que serán decomisados e incinerados en los Puntos de Control, previa acta de decomiso al infractor.

  • Señalizar con carteles los límites del foco (Prohibido el acceso, foco de fiebre aftosa).

  • Restringir el acceso al foco al personal estrictamente necesario, el que procederá al cambio de ropa y calzado en el área habilitada como filtro sanitario. Realizar el baño obligatorio a la salida del área. Habilitar libro de visitas para el control de las mismas.

  • Prohibir la entrada de vehículos al foco, y en caso excepcional de acceso se procederá a su desinfección a la salida (Anexo 1).

  • Disponer de los mapas de densidad animal y el censo de animales, actualizados, del SIVE, de todas las especies animales del área focal.

  • Realizar la Encuesta Epizootiológica (Acápite 6.1, Anexo 5) por personal especializado y autorizado por el Director del Instituto de Medicina Veterinaria (IMV).

  • Elaborar por escrito el plan de medidas contraepizoóticas específico de cada foco y área focal para garantizar las medidas aquí dispuestas.

  • Habilitar el expediente del foco para archivar el acta de apertura con la confirmación del laboratorio, el protocolo de investigación epizootiológica, el plan de medidas contraepizoóticas específico y las constancias de las actividades de saneamiento, sacrificio, vacunación, etc., que se realicen.

  • Realizar el rastreo epizootiológico en todas las unidades o predios que hayan recibido animales procedentes de los focos hasta 30 días previos a la presentación del primer caso clínico, así como aquellas unidades que hayan enviado animales al foco en un periodo previo similar.

  • Efectuar de inmediato actividades de desinsectación y desratización. Mantener permanentemente el control de estos vectores.

  • Localizar todos los productos y subproductos de origen animal que procedan del foco y se hayan elaborado hasta 30 días antes de la presentación de los primeros casos clínicos de la enfermedad y proceder según lo establecido en el Anexo 2.

  • Prohibir la realización de actividades masivas de todo tipo que conlleven a la movilización de personas fuera de los límites normales.

3.1.2 Medidas adicionales en caso de practicarse la erradicación (despoblación o "stamping out")

  • Se sacrificara toda la masa de animales susceptibles en el foco utilizando los métodos menos cruentos disponibles y se procederá al enterramiento en trincheras o a la incineración, en las propias áreas de la unidad o predio afectado, según los requisitos establecidos (Anexo 3).

  • Hasta que culmine el sacrificio sanitario de toda la masa y se proceda a las labores de saneamiento que después se señalan, se aplicará cuarentena estricta con prohibición de movimiento de animales susceptibles o no y de todo tipo de objetos (utensilios e implementos de trabajo, instrumental veterinario, etc.), así como alimentos para los animales y residuos o desperdicios que puedan diseminar el virus.

  • Suspender la inseminación artificial y la monta.

  • Aplicar las disposiciones respecto a los productos de origen animal (carne, leche, lana, cueros, etc.) (Anexo 2).

  • Los animales no susceptibles permanecerán en cuarentena en el área hasta que se levante la misma.

  • Saneamiento

  • Realizar limpieza mecánica profunda a toda la instalación. Chapear los alrededores para favorecer la acción solar. Encalar bebederos y comederos. Quemar basuras y desperdicios. Desactivación biológica del estiércol en el lugar destinado a este propósito. En instalaciones con piso de tierra, recoger sistemáticamente el estiércol con el mismo objetivo. Mantener sistemáticamente las labores de limpieza.

  • Programar desinfecciones de las instalaciones a intervalos de 15 días durante el transcurso del episodio para disminuir la carga infectante del medio.

  • Mantener la desratización permanente con postas fijas (Anexo 1).

  • Proceder a la incineración o enterramiento de los cadáveres según las disposiciones sanitarias establecidas (Anexo 3).

  • Antes de repoblar la instalación se procederá a la ubicación de animales centinelas,según las especificaciones establecidas para verificar la no circulación del agenteinfeccioso (Anexo 6).

3.1.3 Variantes para acometer el control mediante la vacunación

3.1.3.1 Medidas para el control con vacunación y eliminación de animales en los focos

  • Proceder al sacrificio de todos los animales susceptibles y enfermos del foco, cumpliendo los procedimientos y medidas que aparecen en el epígrafe 3.1.2.9 (Anexo 3).

  • Proceder a realizar la vacunación de los animales susceptibles ubicados en el resto del área infectada, área perifocal y área de peligro, teniendo en cuenta las regulaciones para la vacunación en forma de anillo que aparece en el Anexo 4.

  • Cumplimentar las medidas establecidas en epígrafe 3.1.2 referentes a la conducta a seguir para el control de focos y evitar la propagación de la enfermedad.

  • Establecer cuarentena con restricción del movimiento de animales dentro del foco y área focal. Prohibir la salida de animales susceptibles o no y de todo tipo de objetos (utensilios e implementos de trabajo, instrumental veterinario, etc.) así como de alimentos para los animales y residuos o desperdicios que puedan diseminar el virus.

  • Saneamiento. Se realizará según lo establecido en el epígrafe 3.1.2 Apartado 6.

3.1.3.1.1 Control sin eliminación de los animales enfermos

  • Se procederá al aislamiento de los animales enfermos y contactos en el foco.

  • Acometer de inmediato la vacunación en anillo de afuera hacia dentro en el área de peligro, perifocal y focal.

  • Se cumplirá lo establecido en el resto de los apartados señalados en el 3.1.3.1.

  • Medidas en relación con la actividad reproductiva (inseminación artificial y monta).

  • Suspender toda actividad reproductiva al menos hasta dos semanas después del último caso clínico.

  • En caso de presentarse un foco en un centro de inseminación artificial o encontrarse éste dentro de un área infectada, se suspenderán sus servicios hasta por lo menos dos semanas después del último caso clínico.

  • No se debe utilizar semen de toros enfermos o que haya sido recolectado desde una semana antes de la aparición de los síntomas clínicos. Este semen será destruido.

3.2 Medidas en el área perifocal (zona de protección)

  • 1. Establecer prohibición absoluta de movimiento de animales. Solo se autorizarán losmovimientos para mataderos autorizados por las autoridades competentes, con elcontrol de tránsito establecido mediante Certificado de Traslado.

  • 2. Cumplir estrictamente las medidas de bioprotección en las unidades.

  • 3. Incrementar la vigilancia epizootiológica.

  • 4. Orientar el examen clínico diario de los animales a todos los productores para garantizar la notificación oportuna.

  • 5. El personal dedicado al rastreo organizado para la emergencia programarán visitas periódicas a intervalos cortos (2-4 días), como máximo una semana, a todas las unidades o predios con animales susceptibles.

  • 6. El personal dedicado al rastreo epizootiológico al detectar casos de enfermedad en una unidad o predio no continuará sus labores hacia otros lugares no afectados.

  • 7. La detección de animales enfermos en una unidad o predio por los productores, personal técnico que atiende los animales o por el personal de rastreo será notificada de inmediato a la Dirección Municipal del IMV.

  • 8. Ante la sospecha de la presencia de la enfermedad, la unidad o predio será puesta de inmediato en cuarentena, imponiendo a su administrador o propietario de las restricciones que esto implica.

  • 9. Limitar al mínimo posible los vehículos cisternas para la recolección de la leche.

  • 10. Establecer las medidas que garanticen la pasteurización de la leche recolectada o establecer su cocción (hervido durante 5 minutos) dentro de la propia unidad o predio y recolectarla en recipientes que serán desinfectados externamente y colocados en la puerta de acceso al lugar para su recogida.

  • 11. Destinar la leche recolectada para su consumo dentro de la misma.

  • 12. Limitar todos los accesos al área perifocal (Puntos de control y Desinfección) con personal de los órganos de orden interior (Ministerio del Interior (MININT( y Ministerio de las Fuerzas Armadas (MINFAR) para el control efectivo de las prohibiciones establecidas durante la emergencia.

  • 13. Establecer la desinfección del transporte que salga fuera del área.

  • 14. Prohibir la realización de actividades masivas de todo tipo que conlleven a la movilización de personas fuera de los límites normales.

3.3 Medidas en áreas de peligro (zona de vigilancia)

  • 1. Control riguroso del tránsito de animales, avalado por el Certificado de Traslado correspondente.

  • 2. Cumplir estrictamente las medidas de bioprotección en las unidades.

  • 3. Actualizar el censo animal y los mapas de densidad animal de todas las especies animales susceptibles.

  • 4. Incrementar la vigilancia epizootiológica

  • 5. Orientar el examen clínico diario de los animales a todos los productores para garantizar la notificación oportuna.

  • 6. El personal de rastreo organizado para la emergencia programará visitas periódicas a intervalos cortos (2-4 días), como máximo una semana, a todas las unidades o predios con animales susceptibles.

  • 7. El personal de rastreo epizootiológico al detectar casos de enfermedad en una unidad o predio no continuará sus labores hacia otros lugares no afectados, cumpliendo con lo orientado en este Programa.

  • 8. Ante la sospecha de la presencia de la enfermedad, la unidad o predio será puesta de inmediato en cuarentena, imponiendo a su administrador o propietario de las restricciones que esto implica.

  • 9. Prohibir la realización de actividades masivas de todo tipo que conlleven a la movilización de personas fuera de los límites normales.

3.4 Medidas en el área amenazada

  • 1. Control riguroso de tránsito de animales, avalado por el Certificado de Traslado correspondiente.

  • 2. Cumplir estrictamente las medidas de bioprotección en las unidades.

  • 3. Actualizar el censo animal y los mapas de densidad animal de todas las especies animales.

  • 4. Incrementar la vigilancia epizootiológica.

  • 5. Las Direcciones Municipales del IMV establecerán un programa de visitas periódicas a todas las unidades o predios con animales susceptibles.

Medidas para la protección de los territorios libres

  • 1. Prohibir la introducción de animales vivos, productos y subproductos agropecuarios, así como otros artículos que procedan o hayan estado en contacto con animales enfermos, capaces de trasmitir el virus de la fiebre aftosa hacia estos territorios.

  • 2. Los animales de reemplazo u otros que sea necesario incorporar a estos territorios provendrán de áreas certificadas como libres de la enfermedad.

5. Medidas en la barrera externa

  • 1. Prohibir la exportación de animales, productos y subproductos de especies susceptibles a la enfermedad procedentes de las áreas afectadas, así como de especies no susceptibles, productos agrícolas, alimentos, equipos o cualquier otro material que represente un riesgo para la diseminación de la enfermedad. Estas prohibiciones serán de aplicación tanto a transacciones de carácter comercial, como de forma individual por pasajeros y tripulantes que salgan del país por puertos, aeropuertos y marinas.

  • 2. Cumplir estrictamente con los requisitos de exportación de los países que soliciten importaciones de animales, productos, subproductos de origen animal, o cualquier material que implique algún riesgo.

  • 3. En las fronteras se procederá a la desinfección del calzado de pasajeros y tripulantes, así como de neumáticos de vehículos rodantes.

  • 4. Los hoteles, villas o cualquier instalación de turismo internacional ubicados en la zona afectada cumplirán las medidas para que el tránsito de turistas en el territorio nacional no constituya un riesgo de diseminación de la enfermedad, así como para evitar la salida del país.

  • 5. Los Servicios Veterinarios de Frontera (S.V.F) coordinaran con las aduanas, turoperadores, líneas áreas, empresas de navegación, náuticas, etc. la implementación de las medidas de emergencia sanitaria pertinentes.

  • 6. Se aplicaran las medidas de control para la importación de productos comprometidos procedentes de países afectados.

Diagnóstico de fiebre aftosa y otras enfermedades vesiculares

6.1 Diagnóstico clínico-epizootiológico

Se establecerá la sospecha de fiebre aftosa ante la presencia de signos clínicos y lesionales compatibles con enfermedades vesiculares en una o más especies animales susceptibles, así como elevada morbilidad general y alta mortalidad en categorías jóvenes.

Se mantendrá la notificación obligatoria y el diagnóstico diferencial para la confirmación ante la sospecha de cualquiera de las entidades agrupadas en el Bloque 2 del SIVE.

Ante la sospecha de fiebre aftosa se procederá a realizar la encuesta epizootiológica (Anexo 5), con el objetivo de identificar:

  • El posible origen de la enfermedad (investigar hasta 14 días previos a la fecha de presentación clínica del caso índice (más viejo), atendiendo al período de incubación de 2-14 días)

  • Su diseminación a partir del foco establecido (conocer los movimientos a partir de los 21 días antes del primer caso clínico, atendiendo a que el virus se elimina varios días antes de la presentación de los síntomas)

6.2 Diagnóstico anatomopatológico

Lesiones macroscópicas:

  • a) Hiperemia difusa con estomatitis catarral moderada.

  • b) Aftas (vesículas) pequeñas, que al confluir llegan a alcanzar 5 ó 6 cm de diámetro en cara interna de los labios, mucosas bucal y nasal, encías y paladar duro, rodete dentario y en porción antero dorsal de la lengua, a veces aparecen en los ollares y morro, así como en los espacios interdigitales, rodete coronario y talón.

  • c) Cuando se afectan las mamas y pezones se observan las vesículas antes referidas e intensa inflamación del órgano.

  • d) Al romperse las aftas dejan una superficie erosionada, hemorrágica y granular, con restos de epitelios adheridos en sus fondos. En la base erosionada se forma un exudado que se coagula constituyendo una costra que se sustituye por epitelio degenerado en menos de dos semanas. Las infectiones secundarias pueden complicar el proceso.

  • e) Suele presentarse inflamación en las vías respiratorias y aparato gastrointestinal con presencia de hemorragias petequiales en cuajar e intestino, transformándose las del cuajar rápidamente en úlceras.

  • f) Edema pulmonar, esplenomegalia, hidropericardio, corazón atigrado.

  • g) En los animales jóvenes sin que lleguen a observarse aftas, la muerte es común producto de grave miocarditis que interesa la musculatura ventricular y los músculos papilares.

Lesiones microscópicas:

  • a) Las células de las capas profundas del estrato espinoso se hinchan progresivamente, observándose el citoplasma eosinófilo, acompañado de disociación de las células por degeneración y retracción de los puentes intercelulares. Entre las células se observa acumulo de liquido intersticial e infiltración por leucocitos.

  • b) Las células más externas se tornan hidrófilas, apreciándose microaftas que confluyen y se hacen visibles macroscópicamente.

  • c) La base de las aftas está constituida por capas germinativas basales y la dermis subyacente, lámina propia infiltrada por células inflamatorias e intensa hiperemia.

  • d) Inflamación catarral en vías respiratorias y digestivas.

  • e) Miocarditis aguda y degeneración hialina con necrosis de las fibras, acompañado de infiltrado por leucocitos.

6.3 Diagnóstico virológico

Se describe el procedimiento para el diagnóstico virológico de la fiebre aftosa (FA), así como el diferencial con la estomatitis vesicular (EV) y la enfermedad vesicular del cerdo (EVC).

6.3.1 Precauciones y medidas de seguridad

  • Por tratarse de enfermedades exóticas para nuestro país y formar parte de la Lista A de Enfermedades de Notificación obligatoria de la Oficina Internacional de Epizootias, las muestras se trabajarán en condiciones de Nivel III de Bioseguridad.

  • Toda la cristalería utilizada será fregada con los requisitos establecidos para un laboratorio de virología y esterilizada debidamente.

  • Se trabajará en cabina de seguridad biológica, con ropa apropiada y cumpliendo las medidas de bioseguridad. Los restos o desperdicios, y cristalería utilizada se recogerán en contenedores para ser autoclaveados.

  • Solo trabajará personal entrenado y autorizado para el trabajo con enfermedades exóticas.

6.3.2 Operaciones preliminares

Muestras a tomar:

edu.red

El tejido preferido para el diagnóstico es el epitelio de las vesículas intactas o rotas recientemente. Cuando éstas no sean posibles, se deben tomar muestras de sangre y/o fluido esofágico faríngeo por probang cup en rumiantes, o exudados de garganta en cerdos, las que proveen una fuente alternativa de virus. Tejido miocárdico o sangre pueden ser enviados de casos fatales, pero si están presentes las vesículas estas son preferibles.

Transporte de las muestras:

  • a) Las muestras deben ser refrigeradas o congeladas inmediatamente después de su colección. En el caso de que su traslado al laboratorio demorara más de 8 horas, las muestras se conservarán congeladas en hielo seco o nitrógeno líquido durante la transportación.

  • b) Las muestras deben estar acompañadas con el protocolo correspondiente.

  • c) Las muestras de epitelio, líquido de vesículas, saliva y órganos deben ser colocadas en frascos de boca ancha, con tapa de rosca, que resistan la congelación.

  • d) Los frascos deben estar debidamente identificados, con los rótulos escritos a lápiz.

  • e) Los frascos deben contener medio de transporte I (Anexo 7).

  • f) En el caso del líquido de las vesículas y la saliva, se colocará igual volumen de medio de transporte que de muestra.

  • g) La colección inicial de fluido esófago-faríngeo debe realizarse en un frasco de boca ancha capacidad 20 mL que permita determinar si el fluido esofágico recogido resulta útil como muestra (presencia de contenido ruminal o sangre inutiliza la muestra). De estar apta se colocan 2 mL de este fluido en un contenedor de aproximadamente 5 mL de capacidad, que contenga 2 mL de medio de transporte II (Anexo 7).

  • h) La sangre será recogida con anticoagulante (heparina 10 UI/mL o EDTA 0,5 mg/mL). La sangre sin anticoagulante solo será recogida si existen animales con siete días post infección.

  • i) Las muestras se trasladarán en contenedores herméticos, con hielo, hielo seco o nitrógeno líquido.

  • j) Antes de congelar, los contenedores deben ser cuidadosamente sellados.

  • k) Cuando se emplea hielo seco el sellado es particularmente importante, pues la introducción de C02 en las muestras baja el pH e inactiva el virus contenido en la muestra.

  • l) Las muestras de casos sospechosos serán transportadas en contenedores herméticos, desinfectados externamente con sosa caústica al 1% y colocados en cajas térmicas que aseguren las condiciones de refrigeración mencionadas.

6.3.3 Preparación de las muestras

Realizar macerado de los órganos y de los epitelios.

6.3.4 Identificación del agente directamente en las muestras

  • Realizar ELISA y Fijación del complemento (FC) a partir de las muestras tomadas y procesadas (liquido de vesículas, macerados de epitelios y órganos, saliva, liquido esofágico y sangre con anticoagulante), según las instrucciones del fabricante.

  • Realizar el ensayo de Reacción en Cadena de la Polimerasa acoplado a la reverso transcripción (RT-PCR) con las muestras anteriores, según las instrucciones del suministrador.

6.3.5 Identificación del agente por aislamiento viral

Inoculación de las muestras:

Independientemente del resultado de las pruebas anteriores, inocular para aislamiento viral en cultivos primarios y en líneas celulares. Como alternativa se pueden utilizar animales de laboratorio (Tabla 1)

Partes: 1, 2
Página siguiente