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Análisis e interpretación de los resultados de la violencia intrafamiliar, de género y sexual de Santiago


Partes: 1, 2

  1. Análisis e interpretación los resultados de las encuestas
  2. Conclusión
  3. Recomendaciones
  4. Bibliografía
  5. Apéndice
  6. Anexos

5.1 Análisis e interpretación los resultados de las encuestas.

En este capítulo se presenta un análisis de los resultados obtenidos en la investigación de campo, en donde se explicaran los objetivos de la presente investigación, basados en la Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde enero a diciembre 2012. Los resultados que dieron respuesta a cada uno de los objetivos, fueron en los siguientes:

Objetivo General: Determinar la Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde enero a diciembre 2012.

Una vez analizado los diferentes puntos de vista de las víctimas de violencia de género, de el Psicólogo, Sociólogas, Policías Auxiliares, Fiscales Adjuntos, y Abogados de la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género, y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, se extrajeron diversas informaciones de vital importancia para determinar la Aplicación de la ley 24-97 (Violencia intrafamiliar, de género y sexual).

En lo concerniente a los resultados arrojados en el estudio, se comprobó que la mayoría de las mujeres víctimas de violencia pertenecen a los sectores de la Otra Banda, Cienfuegos, Los Rieles, Rafey, y El Egido de la ciudad de Santiago de los Caballeros, que la mayoría de estas víctimas estaban o vivían solteras y en unión libre. Que fueron víctimas de violencia de género, destacándose el maltrato físico, doméstico y verbal, y que se vieron en la necesidad de realizar actividades en contra de su voluntad.

Fueron heridas por sus agresores, dejándoles cicatrices en partes de sus cuerpos, sufrieron amenazas constantemente e insultadas en público, visitaron la Unidad de Atención de la Violencia Intrafamiliar, de Género, y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, porque la policía les dio información sobre la existencia de esta Unidad; que se trasladaron hasta la institución en espera de recibir ayuda, cooperación y protección para su familiar y para ellas mismas.

Es decir, que éstas fueron asistidas por el personal calificado, que les indicó los pasos a seguir, proporcionándose asistencia psicológica, social, legal y judicial. Se comprobó que los procesos judiciales iniciados en la Unidad se sujetaron a las normas establecidas, cabe destacar, que en el entorno de la Unidad, se percibió un ambiente muy desconcertante, en vista de que se observaron docenas de mujeres que visitaron la institución debían esperar largas horas para ser asistidas, aunque su estado psicológico y sociológico demandaran una intervención de emergencia, ya que en su mayoría eran mujeres que habían sido maltratadas, golpeadas y abusadas sexualmente.

Esta es la realidad que muestra la discordancia de la ley y la protección social que se supone cuenta la mujer, no sería nada erróneo suponer que muchas de estas víctimas no dan seguimiento a la denuncia, considerando el ambiente tosco reinante en la atmósfera, la ausencia de empatía por parte de la mayoría de las personas de la Unidad, agravando esta situación el temor que arropa a la víctima una vez hecha la denuncia.

Objetivo No. 1: Identificar los tipos de violencia intrafamiliar y de género, de acuerdo a la Ley 24-97, que se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género, y Sexual en la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente durante el mes octubre, noviembre y diciembre del 2012.

La Ley 24-97 tiene como principal objetivo prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer e intrafamiliar, así como prestar asistencia a los /las sobrevivientes de violencia, tales como la agresión sexual, el castigo corporal, el maltrato psicológico emocional, y la violencia doméstica, verbal psicológica, entre otras.

En lo concerniente a los tipos de violencia más comunes que sufrieron las mujeres víctimas de violencia de género se comprobó que las mujeres que visitaron la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, tomando especialmente como punto de partida en los meses octubre, noviembre y diciembre del 2012, se debió a violencia física para un 71%, donde un alto porcentaje de estas víctimas viven en unión libre (47%) o están solteras (34%).

Objetivo No. 2: Analizar cómo se manejaron los casos, en virtud de la Ley 24-97, de las víctimas de violencia de género que se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2012.

En cuanto al manejo de los casos, en virtud de la Ley 24-97, se determinó que los casos de mujeres víctimas de violencia de género que se presentaron en la Unidad fueron manejados en diferentes fases: primero se hacía la denuncia, se evaluaba psicológica y médicamente a la víctima, se le enviaba a la Fiscal Adjunta, quien toma las decisiones pertinentes, dependiendo de la magnitud del caso. Es decir, se envió a Litigación Inicial o citación para conciliación.

También es importante destacar, que sujeto al caso o a la situación en la que se encontraban las víctimas un policía las acompañaba por orden del Fiscal Adjunto a sus respectivos hogares. Según informaciones suministradas por las víctimas que visitaron las instalaciones de la Unidad, los servicios recibidos por el personal de esta institución son considerados relativamente buenos. El psicólogo y las sociólogas de la Unidad les dieron soporte emocional, les dieron terapia a los individuos de manera grupal y psicológica, investigaron, indagaron, escucharon y realizaron un diagnóstico de los conflictos entre las partes afectadas. En lo concerniente a la protección, los especialistas citaron a las personas que están ejerciendo la violencia, solicitaron una orden de protección a favor de la víctima y dependiendo de la magnitud del caso, ordenaron arresto en contra del agresor.

En el ámbito judicial, se focalizó lo descrito en la Ley 24-97, sobre violencia intrafamiliar, sancionando a las personas que incurrieron en la violencia de los artículos 309, 309-1, 309-2, 309-3, 309-5, 309-6, 309-7, 331, 332, 332-1 y 332-2.

Las medidas que se tomaron en cuenta en el manejo de los casos se produjeron a nivel sociológico y psicológico, se incorporaron tanto a la víctima como al agresor a terapia grupal, con el propósito de mejorar se comportamiento, pudiendo salir las víctimas de la situación de violencia o procurando que el agresor cambie su conducta violenta,

Para el aspecto sociológico se realizaron terapias de apoyo a los hombres agresores, para que los mismos trataran de controlar de impulsos; asimismo se re-analizó la discriminación de género, se dieron terapias grupales, se hicieron evaluación de peligrosidad, personalidad y educación. A las víctimas se les dio terapia grupal para empoderamiento, principalmente a las que son violentas, terapias de despego y de control.

Objetivo No. 3: Explicar las razones por las que las víctimas de violencia de género asistieron a la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2012.

En lo concerniente a las razones por las que las víctimas de violencias de género asistieron a la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2012, en su mayoría, (55%) acudió por amenazas de muerte por parte de su pareja. En muchos casos, porque la policía les informó sobre la unidad (25%), y otras razones porque las víctimas querían apresar al agresor (23%).

Objetivo No. 4: Determinar qué tipo de protección recibieron las víctimas de violencia de género cuando se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2012.

Se pudo determinar que el tipo de protección que recibieron las víctimas de violencia de género cuando se presentaron en la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar, de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago en el mes octubre, noviembre y diciembre del 2012, fue la de apresar a los agresores, con un (87%), otras fue la expedición de una orden de alejamiento, con un (35%), y se le proporcionó asistencia legal, con un (23%).

Objetivo No. 5: Determinar la actuación de las autoridades judiciales de la Unidad, responsables de la protección de las víctimas de violencia de género, previamente a la remisión de los casos a la Fiscalía, especialmente en octubre, noviembre y diciembre del 2012.

Según los Fiscales Adjuntos de la Unidad de Atención a la Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual de la Procuraduría Fiscal de Santiago explican que los tipos de violencia por género que con mayor frecuencia se denuncian en la Unidad fue por causa de violencia física. En el mismo orden, éstos informan que cuando las victimas presentaron sus denuncias, se les ofrece asesoría legal y asesoría psicológica de inmediato. De igual modo, se procedió a apresar al agresor de las víctimas, siempre y cuando tuvieran pruebas fehacientes o fueran reincidentes.

En este mismo tenor, los Fiscales Adjuntos consideraron que en el ámbito de la justicia las acciones que iniciaron las autoridades judiciales después de que las víctimas hubieran hecho denuncias, fueron las medidas de coerción, en los casos que lo ameritaron, se hizo el apresamiento del agresor y la citación citar a comparecer ante el juez. Se destaca que los Fiscales Adjuntos de la Unidad de acuerdo a sus experiencias, consideran en su mayoría que sí debería modificarse la normativa actual en cuanto a la protección de la mujer víctima de violencia de género. Estos representantes judiciales consideran que se debe diseñar penas más severas. Sin embargo, la minoría de estos fiscales, quienes no estaban de acuerdo con dicha modificación, entendieron que no es necesario, en vista de que las normativas existentes están correctas y adecuadas a los tiempos actuales.

Es importante destacar además, que los Fiscales Adjuntos de la Unidad remiten los casos a la Fiscalía para que se inicie el proceso de investigación y posterior sometimiento.

Los policías auxiliares de la Unidad destacaron que una de las medidas que se emplea en protección de la mujer víctima de violencia de género es apresar al agresor, en caso de ser reincidente. Las autoridades del orden consideran que se debe mejorar el proceso de arresto al agresor.

En cuanto a los abogados de la Unidad, estos informaron que en las acciones tomadas en cuenta para asistir a las víctimas se realizaron levantamiento de actas y se protegió a la víctima mediante una orden de alejamiento del agresor en muchos casos se le dio refugio a la víctima.

CONCLUSIÓN

Al finalizar el presente trabajo de investigación, se obtuvieron importantes conclusiones y hallazgos, como son:

Una vez analizados detenidamente los veintisiete 2,181 casos, extraídos de la Procuraduría Fiscal de Santiago, se pudo comprobar que los casos que sobresalen en dichos expedientes es la violencia física, donde se aprecia la violencia empleada. En la mayoría de los casos se recurrió al diagnóstico de un médico forense, quien reportó cómo fueron realizados los golpes y las heridas que tenían las víctimas al momento de ser presentada la denuncia.

De igual modo se procedió a realizar la bitácora de fotografías que serviría como medio de pruebas para el proceso judicial. En este mismo orden, la víctima fue sometida a evaluaciones psicológicas, a fin de identificar el estado emocional y psíquico de la misma.

La Unidad realizó junto a todo su personal todos los procesos y procedimientos establecidos por la ley, remitiendo los casos a Litigación Inicial de la Fiscalía para dar inicio al proceso. La mayoría de las pruebas que se presentaron en los casos fueron testimoniales, documentales, ilustrativas y demostrativas. Es importante destacar, que los agresores y las víctimas tenían derecho a un abogado de oficio, pero en algunos de los casos se apreció la presencia de abogados privados que los agresores buscaron para su defensa, quienes, en su mayoría, alegaron ser inocentes argumentando que estaban bajo los efectos del alcohol, y que la pelea fue entre marido y mujer.

En lo concerniente a los artículos violados de la ley 24-97, se observa que los agresores violaron los artículos 309, 309-1, 309-2, y 309-3 y el artículo 2, y 295 del Código Penal.

Entre las medidas de protección tomadas por la Unidad para proteger a las víctimas se resaltaron el arresto y la orden de alejamiento. En relación a las medidas coerción solicitadas por los Fiscales Adjuntos fue la medida coerción contentiva de prisión preventiva. En la totalidad de los expedientes, los jueces cumplieron con los plazos establecidos para tomar las acciones de lugar. En los casos analizados las medidas de coerción que con mayor frecuencia se solicitó fue la prisión preventiva.

Al Señalar los aspectos legales relativos a la Ley 24-97 que se encontraron en los expedientes remitidos por la Unidad de Atención a la Víctima de Violencia Intrafamiliar de Género y Sexual a la Procuraduría Fiscal de Santiago, especialmente en los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2012.

En lo concerniente a los aspectos legales relativos a la Ley 24-97 puntualizado en los expedientes remitidos por la Unidad, a la Procuraduría se pudo determinar que la mayoría de las mujeres víctimas de violencia asistieron a la Unidad por causa de violencia física y doméstica. Estas víctimas fueron asistidas por el personal de la institución, en donde se tomó la denuncia de la víctima de violencia, y luego, después de ser investigada la denuncia, se transfieron al Departamento de Litigación Inicial, dando inicio al proceso judicial.

Aquí luego de analizar el caso y emitir el diagnóstico de lugar se apoderó al tribunal de la Instrucción, para realizar los procedimientos correspondientes. En ese tribunal se determinó la culpabilidad del imputado y de determinarse la culpabilidad y se le dictó medida de coerción y más tarde compareció ante el juicio de fondo.

En los 2,181 casos pudo observarse que se realizaron los siguientes pasos: Una vez rellenado el cuestionario de evaluación por la víctima en lo concerniente a su situación de violencia; aquí la víctima detalla su situación, el mismo debe ser firmado por el psicólogo de turno y de la víctima. Este formulario fue enviado luego a la Unidad. Acto seguido el psicólogo realiza una prueba de escala de ansiedad para ver en qué estado se encuentra la víctima.

Cuando se realiza el diagnóstico de lugar, la Unidad realiza una evaluación psicológica de la víctima, donde detalla la situación de la misma. Si la violencia ejercida contra la víctima fue muy intensa, se llama al médico forense para que realice su diagnóstico y haga una bitácora de fotografías, donde se realiza una notificación haciendo referencia a la situación en la que se encuentra la mujer víctima de violencia de género. Luego se continúan realizando una serie de procedimientos destinados a recolectar todas las evidencias que ayuden al arresto y sometimiento del agresor.

En los aspectos legales, pudo comprobarse que la Unidad realiza todos los procedimientos de acuerdo al Código Procesal Penal, en donde se establece una serie de pasos y seguimientos referentes a la protección de la mujer, y por ende, podría aplicar las medidas necesarias que se infieren de la Ley 24-97. En los casos analizados, pudo apreciarse que los procedimientos se realizaron hasta la etapa final, por lo que fueron cerrados. No obstante se observó que los agresores violaron los artículos 309, 309-1, 309-2, (a, b, c, d, e) y 2, 295 del Código Penal.

RECOMENDACIONES

Al Estado Dominicano:

El Estado Dominicano debe garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia en la comunidad, a través de:

– La reeducación libre de estereotipos y la información de alerta sobre el estado de riesgo que enfrentan las mujeres en una sociedad desigual y discriminatoria;

– El diseño de un sistema de monitoreo del comportamiento violento de los individuos y de la sociedad contra las mujeres, y

– El establecimiento de un banco de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas, para realizar las acciones de política criminal que correspondan y faciliten el intercambio de información entre las instancias.

– La prevención antes que la represión; La mejor manera de prevenir la delincuencia juvenil es la de impedir que surjan delincuentes juveniles, para lo cual se necesitan adecuados programas de asistencia social, económica, educacional y laboral.

A los fiscales:

– Continuar realizando sus funciones como lo han venido haciendo hasta estos momentos, cumpliendo siempre y de manera ecuánime lo estipulado en la ley, el Código Penal y el Código Procesal Penal.

– Dar seguimiento a los artículos que se exponen en la Ley 24-97, en las que se evidencia que la violencia doméstica o intrafamiliar. Se insiste en que hay que evaluar bien los casos, y aunque la víctima desista la Fiscalía debe continuarlos; Ese protocolo debe ser evaluado con rigurosidad. Es también de vital importancia que se codifique o numeren los expedientes a la entrada de la denuncia o querella, para llevar un control real y saber cuántos casos abiertos o cerrados (reincidencia), tiene ese agresor.

A los abogados (as):

– Tener mayor interacción y empatía con los casos de víctimas de violencia de género intrafamiliar.

– Orientar a las mujeres víctimas de violencia de género para que éstas tengan los conocimientos generales acerca de los derechos que les asisten como ente social.

Al Psicólogo Especialista y Las Psicólogas:

– Introducir en el programa las terapias individuales, en vista de que existen situaciones en las que las víctimas deben ser atendidas individualmente.

– Continuar realizando sus labores como lo han venido haciendo hasta estos momentos, con entrega y dedicación.

A las víctimas:

– Recurrir a las instituciones destinadas a la protección de la mujer, una vez detectado un ataque violento contra ellas.

– Concientizarse del modo que sea, sobre las causas y consecuencias de la violencia de género.

– Instruirse sobre el contenido de las diferentes leyes diseñadas para prevenir la violencia intrafamiliar.

– Buscar ayuda psicológica, sociológica o judicial en caso de que se vea involucrada en cualquier situación de violencia de género.

– Ser transmisoras de información sobre la no violencia, tanto a sus familiares, amigos o cualquier otra persona de su entorno.

– Concientizarse sobre de lo que implica la conciliación con su agresor.

– No iniciar nunca actos violentos contra su pareja, ya que el resultado puede ser la comisión de actos de violencia contra ellas.

A la Universidad de la Tercera Edad:

– Para hacer un trabajo social comunidad por comunidad, siendo la universidad, a través de profesores y directores de la carrera, el ente que coordine tales actividades.

– Seguir promoviendo en la carrera de derecho este tipo de investigaciones para que como profesionales brindemos un mejor servicio a la sociedad dominicana.

BIBLIOGRAFÍA

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Cabanellas, Guillermo (1997), "Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual". 3ra. Edición, Editorial Depalma, Buenos Aires, Argentina.

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Charles Dunlop, Victor M. (2001), "Curso de Derecho Penal Especial". 2da. Reedición, Librería Filantrópica. Santo Domingo, Rep. Dominicana.

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Dotel Matos, Héctor. (1998)."Introducción al Derecho Penal". 2da. Edición, Editorial Tavarez, Santo Domingo, República Dominicana.

Pola, Mata y Fernández. (2007), "Ruta Crítica de las Dominicanas Sobrevivientes de Violencia de Género". Guías Legales, Editada por PROFAMILIA.

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Tejada, Adriano Miguel. (1999), "100 Años de Historia", 1ra. Edición. Editora Corripio, C.x A; Santo Domingo, República Dominicana.

Weinberg, Inés M.(2000), "Convención sobre los Derechos del Niño", Editora Rubinzal-Culzoni Editores, Buenos aires, Argentina.

Fuentes de Internet:

http://www.fiscaliasantiago.gov.do.htm

-http://www.procuraduría.gov.do.htm

APÉNDICE

UNIVERSIDAD DE LA TERCERA EDAD – (UTE)

Esta es una investigación para determinar Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde octubre a diciembre del 2012.

CUESTIONARIO A: Aplicado a las víctimas de violencia de género

MARQUE CON UNA X LO QUE CONSIDERE ADECUADO

1. ¿En qué sector vive?:____________________________________

2. Estado civil

a) Casada ( ), b) Soltera ( ), c) Unión libre ( ), D) Divorciada ( ).

3. ¿Ha sido usted víctima de maltratos?

a) Sí ( ), b) No ( ).

4. ¿Qué tipo de maltrato ha sufrido usted?

a) Físico ( ), b) Verbal ( ), c) Económico ( ), d) Psicológico ( ), e) Sexual ( ).

5. ¿Ha tenido usted que practicar alguna actividad en contra de su voluntad?

a) Sí ( ), b) No ( ).

6. ¿Su pareja la hirió alguna vez?

a) Sí ( ), b) No ( ).

7. ¿Tiene marca de la herida en su cuerpo?

a) Sí ( ), b) No ( ).

8. ¿Cuáles de las siguientes situaciones se le han presentado?

a) Insulto en público ( ), b) Amenazas ( ), c) Discriminación verbal ( ).

9. ¿Fue usted misma que puso la denuncia en la Unidad?

a) Sí ( ), b) No ( ).

10. ¿Por qué vino usted a la Unidad?

a) Para buscar un abogado ( ), b) Para que metan mi marido preso ( ),

c) Porque me dijo la policía ( ), d) Porque me quiere matar ( ),

e) Para que me den ayuda económica ( ), f) Otros (Especifique):_______________

11. ¿Qué tipo de ayuda le dieron en la Unidad?

a) Me pusieron un abogado ( ), b) Me dieron dinero ( ),

c) Me escondieron en una casa de la Unidad ( ), d) Metieron mi marido preso ( ),

e) Me dieron un papel para que mi marido no se acerque ( ),

f) Otros (Especifique): ___________________________

12. Cuando se fue a su casa, ¿la llevó la policía?

a) Sí ( ), b) No ( ).

13. ¿Cómo la atendieron las personas que trabajan en la Unidad?

a) Excelente ( ), b) Bueno ( ), c) Regular ( ),

d) Malo ( ), e) Muy malo ( ).

¡Gracias por su cooperación!

UNIVERSIDAD DE LA TERCERA EDAD – (UTE)

Estimados(as) investigadores(as):

Soy Yunior Andrés Castillo Silverio. Estoy realizando una investigación para Esta es una investigación para determinar Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde octubre a diciembre 2012.

Por ser ustedes las especialistas encargadas de investigar los efectos psicológicos y sociales de las víctimas que presentaron denuncias, queremos hacer uso de sus conocimientos para que nos ayuden a completar la información relacionada con el contenido de nuestra investigación. Sus opiniones serán fusionadas en el contenido de la investigación de manera anónima, hecho éste que les garantiza la discreción en el manejo de de dicha información.

CUESTIONARIO B: Aplicado al personal del área social y psicológica

CONTESTE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS

1) ¿A qué tipo de violencia se somete mayormente a las víctimas que le son referidas?______________________________________________________________________________

2) ¿Qué tipo de asistencia recibieron las victimas que le son referidas? ____________________________________________________________________

3) ¿Qué motivó a las víctimas de violencia de género a acudir a la Unidad desde octubre a Diciembre 2012?_______________________________________________

4) En el ángulo de protección, ¿qué medidas tomó la Unidad para proteger a las víctimas que acudieron a denunciar?_______________________________________

5) En el ámbito de la aplicación de la justicia, ¿qué papel desempeñan las autoridades judiciales?______________________________________________________________________________

6) Actualmente, ¿qué medidas está tomando la Unidad para mejorar la situación de las víctimas de violencia desde el ángulo social y psicológico?____________________________________________________________________________

¡Gracias por su cooperación!

UNIVERSIDAD DE LA TERCERA EDAD – (UTE)

Distinguidos señores agentes policiales:

Soy Yunior Andrés Castillo Silverio. Estoy realizando una investigación para Esta es una investigación para determinar Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde octubre a diciembre 2012. Por ser ustedes los encargados de poner el orden y asistir a los órganos judiciales en el cumplimiento de las leyes, les solicitamos, muy cortésmente, nos ayuden a completar nuestra investigación, respondiendo las preguntas que les detallamos a continuación. Sus opiniones serán tratadas con todo respeto y de manera anónima.

CUESTIONARIO C: Aplicado a los Policías Auxiliares de la Unidad

MARQUE CON UNA X LO QUE CONSIDERE ADECUADO

1. ¿En cuáles de los siguientes casos de denuncias ha acompañado usted a las autoridades judiciales de la Unidad para apresar al agresor?

a) Física ( ), b) Doméstica ( ), c) Sexual ( ),

d) Verbal ( ), e) Psicológica o emocional ( ).

2. Desde su punto de vista, ¿qué motivó a las víctimas de violencia de género a acudir a la Unidad?

a) Prevenir más violencia ( ), b) La necesidad de protección ( ),

c) El ofrecimiento de ayuda legal ( ), d) La recomendación de la policía ( ),

e) Querían denuncia el hecho ( ), f) El miedo a sus agresores ( ),

g) Los consejos de amigos y/o familiares ( ).

3. En caso de tener que proteger a las víctimas de violencia de género, ¿qué medidas toma la Unidad para ello?

a) Órdenes de alejamiento para el agresor ( ), b) Acogida en Casas de Refugios ( ),

c) Sacar al agresor de la casa ( ), d) Desarmar al agresor, si porta arma de fuego ( ), e) Apresarlo, si es reincidente ( ),

f) Acompañamiento domiciliario policial ( ), g) Ayuda económica ( ).

4. ¿Ha acompañado usted a las víctimas a sus domicilios?

a) Sí ( ), b) No ( ).

5. En caso afirmativo, ¿en cuáles casos de denuncias?

a) Física ( ), b) Doméstica ( ), c) Sexual ( ),

d) Verbal ( ), e) Psicológica o emocional ( ).

6. Con respecto a la protección de las víctimas, ¿qué debería mejorarse, según su punto de vista? _______________________________________________________

¡Gracias por su cooperación!

UNIVERSIDAD DE LA TERCERA EDAD – (UTE)

Estimado futuros Colegas:

Estoy realizando una investigación para determinar Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde octubre a diciembre 2012. Sus opiniones serán tratadas con todo respeto y de manera anónima.

CUESTIONARIO E: Encuesta para ser aplicada a los Abogados

1. ¿En qué tipo de violencia asistió usted a las víctimas de violencia de género que acudieron a la Unidad desde Octubre a Diciembre 2012?

a) Física ( ), b) Doméstica ( ), c) Sexual ( ),

d) Verbal ( ), e) Psicológica o emocional ( ).

2. De las siguientes acciones, ¿cuáles fueron tomadas por las autoridades judiciales para asistir a las víctimas?

a) Charla con la psicóloga ( ), b) Charla con la socióloga ( ),

c) Levantamiento del acta ( ), d) Orientación legal ( ),

e) Diálogo con la víctima ( ), f) Asistencia a la víctima en su medio de defensa ( ), g) Terapia individual o en pareja ( ).

3. De los siguientes factores, ¿cuáles incidieron en la toma de decisión por parte de las víctimas para acudir a presentar denuncia en la Unidad?

a) La prevención ( ), b) Necesidad de protección ( ),

c) Para obtener de ayuda legal ( ), d) La recomendación policial ( ),

e) La necesidad de denunciar ( ), f) El temor ( ),

g) Por recomendación de amigos o familiares ( ).

4. En el ángulo de protección a las víctimas de violencia de género, ¿qué medidas fueron adoptadas por la Unidad luego de presentar denuncia?

a) Órdenes de alejamiento para el agresor ( ), b) Acogida en Casas de Refugios ( ),

c) Sacar al agresor de la casa ( ), d) Desarmar al agresor, si porta arma de fuego ( ), e) Apresarlo, si es reincidente ( ),

f) Acompañamiento domiciliario policial ( ), g) Ayuda económica ( ).

5. De las siguientes acciones, ¿cuáles fueron tomadas por la Unidad previo a la remisión de la denuncia?

a) Toma de declaraciones ( ), b) Investigación de las denuncias ( ),

c) Remisión del expediente al Juzgado de la Instrucción ( ),

d) Seguimiento al proceso ( ).

6. De acuerdo a su criterio, ¿qué modificaciones debería experimentar la Ley 24-97, a fin de adaptarla los tiempos actuales?

a) Modificaciones en los plazos establecidos ( ),

b) Mayor amplitud en los rangos de violencia ( ),

c) Mayores penas a los agresores ( ),

d) Definir mejor los tipos de agresión ( ).

¡Gracias por su cooperación!

UNIVERSIDAD DE LA TERCERA EDAD – (UTE)

Honorables señores Magistrados:

Soy Yunior Andrés Castillo Silverio. Estoy realizando una investigación para determinar Aplicación de la ley 24-97, en la unidad de atención a la violencia intrafamiliar, de género y sexual de la procuraduría fiscal de Santiago, desde octubre a diciembre 2012.

Por poseer los conocimientos necesarios las circunstancias de las denuncias de violencia basadas en género, le solicito, muy cortésmente, me ayude a completar mi investigación, respondiendo las preguntas que les detallamos a continuación.

CUESTIONARIO E: Aplicado a los Fiscales Adjuntos

CONTESTE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS

1. ¿Cuáles tipos de violencia de género fueron los que se denunciaron en la Unidad con mayor frecuencia?________________________________________________

2. Cuando las víctimas se presentan a denunciar, ¿qué le ofrece la Unidad? ______________________________________________________________________________________

3. Desde su punto de vista, ¿qué factores incidieron en la presentación de las denuncias por parte de las víctimas?________________________________________

4. ¿Qué tipos de protección se les ofrecieron a las víctimas de violencia de género?

______________________________________________________________________________________

5) En el ámbito de la aplicación de la justicia, ¿qué acciones inician las autoridades judiciales después que las víctimas hayan presentado las denuncias? ______________________________________________________________________________________

6. De acuerdo a su experiencia, ¿debería modificarse la normativa actual en cuanto a la protección de la mujer víctima de violencia de género? ______________________________________________________________________________________

7. En caso afirmativo, favor de justificar su respuesta._________________________

8. En caso negativo, favor de justificar su respuesta.___________________________

¡Gracias por su cooperación!

edu.red

ANEXOS

PASOS A SEGUIR EN EL PROCESO DE LA VÍCTIMA DE VIOLENCIA

Atención a la víctima:

Pasos a seguir por el recepcionista/Paralegal de la unidad:

1. Recibe a los usuarios en el orden de llegada.

2. Pregunta al usuario la razón de su visita.

3. Según lo contestado por el usuario lo dirige al lugar correspondiente.

4. Si el caso es referente a la presentación de una denuncia dirige al usuario al área de psicología.

Pasos a seguir por el psicólogo:

1. Realiza la intervención a la víctima.

2. Formula el "Cuestionario de evaluación de riesgo de la víctima".

Pasos a seguir por el recepcionista/Paralegal:

1. Recibe a la víctima.

2. Remite al médico legista si existen lesiones físicas.

3. Remite a la toma de denuncia.

Pasos a seguir por el médico legista:

1. Realiza evaluación física.

2. Emite certificado médico legal.

Pasos a seguir por el paralegal de recepción de denuncias y querellas:

1. El Paralegal solicitará al usuario su cédula de identidad y electoral.

2. El Paralegal pregunta al usuario si desea denunciar o realizar una consulta.

3. Si el usuario viene por motivo de una consulta el Paralegal deberá abrir el modulo de la consulta y registrar los datos solicitados.

4. Si el usuario va a poner una denuncia el Paralegal abrirá el modulo de registro de denuncias y procederá a iniciar un archivo sobre el caso.

5. Formulará al usuario en forma discreta las preguntas requeridas por el sistema.

6. Imprime el acta de denuncia y pasa al denunciante/víctima para su firma.

7. Abre el fólder del caso y anexa el acta de la querella o denuncia firmada y los documentos que el usuario desee aportar como medio de prueba.

8. Remite el denunciante junto con la denuncia y/o documentos al fiscal del área competente.

Pasos a seguir por el fiscal coordinador:

1. Estudia el caso.

2. Decide el tipo de proceso.

3. Asigna a un fiscal según el área.

Pasos a seguir por Fiscal adjunto litigador:

1. El fiscal recibe el fólder del caso y los documentos anexos, estudia la denuncia o querella y se hace una concepción general del caso.

2. Aplica la entrevista al denunciante.

3. Se auxilia del psicólogo, médico legista o cualquier otro órgano o institución que ayude a determinar la verdad científica del caso en a través de los informes peritajes a la carpeta del caso.

4. E Fiscal requiere de la presencia de las partes involucradas en el caso procederá a ordenar la citación de los mismos.

5. En caso de que el denunciado no asista en reiteradas ocasiones a las citas

establecidas por el fiscal, si el mismo no cree prudente realizar una nueva cita,

solicitará a la unidad de litigación inicial que el juez de la instrucción dicte Orden de Arresto del denunciado, para lo cual remitirá la documentación necesaria.

Pasos a seguir por el fiscal conciliador:

1. El fiscal recibe el fólder del caso y los documentos anexos, estudia la denuncia o querella y se hace una concepción general del caso.

2. Aplica la entrevista al denunciante.

3. Se auxilia del psicólogo, médico legista o cualquier otro órgano o institución que ayude a determinar la verdad científica del caso en cuestión cuando se considere necesario y anexa los informes peritajes a la carpeta del caso.

4. Valora la posibilidad de aplicar una salida al caso a través de la conciliación o mediación.

5. En caso de que se haya iniciado la conciliación, establece la fecha de la vista e inmediatamente deja citada a la parte denunciante y solicita la citación de la parte denunciada al Paralegal.

6. Igualmente cuando el Fiscal requiere de la presencia de las partes involucradas en el caso procederá a ordenar la citación de los mismos.

7. En caso de que el denunciado no asista en reiteradas ocasiones a las citas

establecidas por el fiscal, si el mismo no cree prudente realizar una nueva cita,

solicitará a la unidad de litigación inicial que el juez de la instrucción dicte Orden de Arresto del denunciado, para lo cual remitirá la documentación necesaria.

8. Si logra un acuerdo entre las partes, levanta acta de acuerdo o conciliación, de lo contrario el fiscal deberá levantar acta de no acuerdo y determinará las acciones a tomar para proteger la víctima y referir el caso al departamento investigativo especializado.

Pasos a seguir por el Fiscal Adjunto de Violencia:

1. Estudia el caso.

2. Interroga a la víctima o denunciantes.

3. Determina si hubo violencia física en el hecho, si es así y no está presente en el expediente el certificado médico legal hace la solicitud al médico legista.

4. Toma las medidas iniciales que amerite según el caso.

5. Decide el tipo de proceso.

6. Si es posible aplicar el proceso de conciliación y la víctima acepta el proceso.

7. En caso de que requiera iniciar la investigación preliminar deberá agotar las

comprobaciones inmediatas y medios auxiliares que sean necesarios.

8. Una vez completada esta fase si decide judicializar, solicitará el arresto y la medida de coerción del imputado y a partir de aquí remitirá el expediente a la unidad de litigación, de la División de Violencia de Género de la Unidad de Atención y Prevención de la Violencia.

9. En caso de que no decida judicializar optará por una salida alternativa, siempre que existan los meritos suficientes de lo contrario procederá a aplicar una salida al caso a través de la figura jurídica del archivo

Pasos a seguir por la secretaria del ministerio público de delitos sexuales:

1. La secretaria solicitará al usuario su cédula de identidad y electoral.

2. La secretaria pregunta al usuario si desea denunciar o realizar una consulta.

3. Si el usuario viene por motivo de una consulta la secretaria deberá abrir el modulo de la consulta y registrar los datos solicitados.

Partes: 1, 2
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