Etica, derechos humanos y mediación en la administración pública
Enviado por abraham bastida aguilar
Síntesis
En este artículo presentaremos una serie de reflexiones en relación a la Ética, Derechos Humanos y Mediación considerando que las funciones del Estado que han sido modificadas por una realidad en constante cambio y que actualmente hemos visto tristemente afectada por la ausencia de valores en donde predominan los intereses y la mercadotecnia que es el motor con el que gira el mundo.
En este sentido del cambio, en las funciones del Estado resulta de importancia cobijarse en viejas y nuevas concepciones; la Ética, que tuvo su origen desde los griegos hasta los Romanos para consolidarse e integrarse con las filosofías de San Agustín de Hipona y de Santo Tomás de Aquino y posteriormente con Emanuel Kant, para incorporarse, actualmente como una nueva opción de comportamiento político.
Analizamos los Derechos Humanos, como una de las atribuciones ampliadas del Estado, como garante de la paz pública.
La Ética la podemos comprender como las reglas de "mi actuar frente al otro" en tanto que los Derechos Humanos son el reconocimiento del otro o los otros representados por el Estado en relación a mis derechos mínimos.
Recientemente, aparecen los medios alternativos de solución de conflictos, entre otros la mediación, que es un nuevo sistema en el que los individuos generan su propia solución al conflicto de forma pacífica, en donde interviene particularmente la voluntad de las partes.
Dado lo anterior podemos decir que los medios alternativos de solución de conflictos son instituciones de reestructuración de comportamiento social.
Ética
La Administración Pública, requiere de nuevas instituciones, que regulen la actividad de los funcionarios, en su relación con el quehacer público. Recientemente los teóricos señalan a la Ética, a los derechos humanos y a la mediación, como instituciones que vale la pena revisar desde las ópticas en que se fueron creando, para estudiar si los conceptos en las que se formaron siguen vigentes, en esta forma, pretendemos revisar diferentes marcos conceptuales para corroborar si los viejos conceptos, siguen vigentes o deben ser revisados a la luz de los tiempos modernos.
Sobre la Ética nos señala Raúl Gutiérrez Sáenz, la Ética es una materia filosófica con carácter eminentemente humano, o mejor humanístico, la razón es que los problemas propios de la Ética atañen a cada persona de un modo íntimo[1]
A la pregunta si la Ética es una ciencia el autor de referencia nos señala que es una ciencia en primer lugar, la ética tiene carácter netamente científico, es una ciencia. El hombre se eleva por encima de los conocimientos puramente empíricos y alcanza el nivel científico cada vez que sabe dar la causa de lo que conoce, cada vez que pueda explicar el porqué del fenómeno o hecho de que se trata[2]
La Ética es una ciencia justamente, porque explica las cosas por sus causas; se trata de emitir juicios sobre la bondad o maldad moral de algo, pero dando siempre la causa o razón de dicho juicio[3]
La Ética, en cuanto ciencia, que es, tiene carácter eminentemente racional significa que no es producto de la emoción o del instinto. Tiene como órgano básico la razón y es ciencia porque es racional[4]Definir a la Ética como ciencia nos permite considerar que muchos de los conceptos que se han generado siguen teniendo validez universal para la administración de la cosa pública.
No es lo mismo, saber simplemente por saber, que saber para actuar. La Ética es un saber para actuar[5]
La Ética es una ciencia normativa. Es decir da normas para la vida, orienta la conducta práctica, dirige, encauza las decisiones libres del hombre, es rectora en la conducta humana; no estudia lo normal de hecho, sino lo normal de derecho. Lo normal de hecho es lo que suele suceder, lo que estamos acostumbrados a constatar. Lo normal de derecho es lo que debería suceder, aunque no suceda siempre o tal vez nunca.
Gutiérrez Sáenz nos dice por ejemplo que, en ciertos casos lo normal es que la mitad de los empleados lleguen retrasados a su trabajo. Uno de ellos se defendió ante una llamada de atención contestando que allí es lo normal esa impuntualidad.
La respuesta, en lenguaje técnico, sería: "Eso es lo normal de hecho, pero no lo normal de derecho". Eso es lo que suele acontecer, pero no lo que debe suceder.
Lo correcto es que todo el mundo llegue a tiempo, aun cuando esa regla no sea cumplida por algunos.
La Ética no estudia lo normal de hecho, sino lo normal de derecho, lo que debe suceder, lo establecido como correcto de un modo racional, aun cuando de hecho la conducta humana se realice de otro modo ordinariamente[6]Una vez definido el concepto de lo que es ética y cuál es su campo de estudio debemos estudiar las diferencias entre ética y conceptos como moral, derecho y educación.
La Ética es una ciencia para la vida, para normar y dirigir la conducta práctica del hombre y se define como que "Es una ciencia práctica y normativa que estudia racionalmente la bondad y maldad de los actos humanos"[7].
La palabra moral viene del latín mos, moris, y significa costumbre. La Moral sería, pues, una ciencia de las costumbres. En la actualidad, o se la toma como sinónimo de Ética, o designa el nivel en que de hecho se realizan los valores de la Ética.
La Ética estudia reflexivamente el fundamento de la conducta moral. De nuevo, pues, la Moral, está en el plano de hecho; y la Ética, en el plano de derecho[8]
La diferencia seria pues que la Ética es un deber ser y la Moral un ser.
En relación al derecho es un conjunto de normas que rigen la conducta humana, y en esto se pone la Ética.
Pero la diferencia consiste en que la Ética se refiere básicamente a las normas naturales mientras que el Derecho está constituido básicamente por normas positivas. Las normas naturales están inscritas en la naturaleza misma de las cosas; el hombre no las inventa, sino que las descubre. En cambio las normas positivas son producidas por el hombre, sea por la fuerza de las costumbres, sea por legislación especial de las autoridades.
La diferencia está en el tipo de normas que tratan cada uno en su especialidad: normas naturales, en el caso de la Ética; normas positivas, en el caso del Derecho[9]
Esta diferencia entre las normas de derecho positivo y Ética han provocado que cuando la norma positiva sea injusta o viole un derecho humano, se debe acudir a los principios éticos.
La diferencia con la educación es que tiene muchas acepciones. Pero aquí daremos una noción que, aunque no está muy divulgada, es, sin embargo, de mucha utilidad en la vida práctica. "Educar a una persona es "lograr que haga lo que debe hacer, por sí misma"[10].
La Ética y la Educación se refieren a "lo que se debe hacer". Pero la Ética sólo muestra y demuestra "lo que se debe hacer". La Educación, en cambio, logra que la persona actúe conforme a lo que debe hacer, por propio convencimiento. Es una desgracia, pero puede darse el caso de una persona que sepa mucha Ética, y sin embargo no la practique[11]
En síntesis: la Ética nos dice lo que se debe hacer, la Educación lo realiza por propio convencimiento[12]
Haremos una descripción de la libertad ya que sin libertad no sería posible usar la ética en los actos humanos. Gracias a la libertad es como se hace posible un acto humano bueno desde el punto de vista de la Ética. Sin Libertad no hay Ética posible[13]
Considerando el sentido que queremos dar a nuestra investigación daremos la definición de libertad humana:
Una vez señaladas las diferencias entre la ética, la moral, el derecho y la educación debemos revisar el acto de elegir que finalmente es la materialización del deber y la realidad o sea cuando el acto ético o no lo hacemos objetivo.
Sobre el acto de elegir debemos considerar con Raúl Gutiérrez Sáenz que los hombres eligen, se deciden, adoptan una dirección en lugar de otra. A veces, inclusive, tiene que reflexionar seriamente los variados caminos que se van proponiendo para poder decidirse y elegir uno, al mismo tiempo que desechan los demás.
Los hombres eligen, se deciden, adoptan una dirección en lugar de otra. A veces, inclusive, tienen que reflexionar seriamente frente a los varios caminos que se van proponiendo para poder decidirse y elegir uno, al mismo tiempo que desechan los demás[14]
Toda elección supone una renuncia. El hombre se ha visto en la penosa necesidad de tener que conformarse con un camino entre varios, no puede adoptar todos simultáneamente. Este aspecto de la libertad es uno de los menos explicados; pero es tal vez el que produce mayores zozobras en el momento mismo en que es eminente la decisión[15].
Lo anterior nos revela un aspecto negativo del uso de nuestra libertad, por otro lado, se encierran grandes riquezas dentro de este hecho innegable en la vida del hombre: la elección. Gracias a esta facultad de elegir, el hombre se hace dueño de sus propios actos; él es el señor de su conducta, es el artífice de su vida, pues elegir algo es lo mismo que elegirse, es decir, fabricarse el tipo de vida que se ha querido. Lo típico de la libertad es, pues, este poder de elección[16]
Para elegir se requiere de voluntad y de inteligencia según nos comparte Gutiérrez Sáenz en el siguiente fragmento:
La elección se realiza por medio de una facultad que es la voluntad en este sentido el acto en la Administración Pública debe estar regulado por el derecho en tanto el principio de legitimidad y la conducta no normada debe regularse por principios éticos y moralmente aceptados. La elección se realiza por medio de una facultad que es la voluntad. El hombre se decide gracias a su voluntad. Es en ella donde reside esta cualidad o aptitud para elegir algo. La voluntad es una facultad del hombre, es una inclinación de tipo racional, dirigida hacia el bien en general.
Pero, como condición necesaria para que el hombre adopte una decisión voluntaria, es preciso que previamente, o casi simultáneamente; haya visto con su inteligencia ese camino a escoger. No se escoge sino lo que se conoce. Y es la inteligencia la encargada de proponer a la voluntad los caminos que son viables[17]
El mecanismo del acto libre no es tan sencillo. Por lo menos intervienen estas dos facultades ya mencionadas: la inteligencia y la voluntad. El hombre, con su inteligencia, se asoma al horizonte y vislumbra los caminos a escoger, y enseguida, con su voluntad, adopta uno de ellos.
En esta colaboración de las dos facultades es donde tiene lugar ese fenómeno tan característico del hombre en uso de su libertad, a saber: la deliberación. Deliberar significa pesar razones en pro y en contra, en relación con los diversos caminos que propone la inteligencia.
El autor en mención resalta que siempre elegimos un bien; la voluntad es la facultad que se inclina siempre por lo bueno, sin embargo no es lo mismo elegir un bien y elegir bien, en el siguiente punto lo detalla:
El objeto de la elección voluntaria es siempre un bien. Siempre elegimos un bien. Al revés de lo que ordinariamente se piensa, la libertad no es una facultad para elegir entre el bien y el mal. Si no fuera bueno no lo elegiríamos. Nuestra voluntad se inclina siempre por lo bueno. Esto podría provocar inmediatamente reacciones negativas o de confusión, si no se aclara en el acto que no es lo mismo elegir un bien y elegir bien.
Siempre elegimos un bien, pero, naturalmente, no siempre elegimos bien. Con la anterior expresión queda claramente diferenciado el nivel ontológico y el nivel moral. Siempre elegimos un bien (ontológico); pero no siempre elegimos bien (moralmente hablando)[18].
Raúl Gutiérrez Sáenz concluye: siempre elegimos un bien; y, cuando se dice que somos libres para el bien o para el mal, en realidad se quiere decir que somos libres para elegir bien o elegir mal. El bien o el mal se refieren a la elección misma no al objeto elegido.
La libertad presenta, según este autor en resumen, las siguientes características[19]
1.- Es una cualidad por la cual elegimos algo.
2.- Depende básicamente de la voluntad; pero tiene como condición necesaria una previa deliberación, la cual depende ante todo de la inteligencia.
3.- El objeto elegido siempre es un bien. Lo cual no significa que siempre elijamos bien.
4.- El objeto de la elección es un bien, sea real o, al menos aparente. Y, en último caso, se trata de un aspecto de bondad, que puede coexistir con valores negativos dentro del mismo objeto.
Surge, pues, la siguiente definición de la libertad humana: "es una cualidad de la voluntad, por la cual elegimos un bien."
Queda claro, sin embargo, que, gracias a la libertad, el acto del hombre se convierte en acto humano, y, gracias a ella, este acto empieza a adquirir un valor moral[20]
El hombre tiene la propiedad de actuar en vista de un fin; no se encierra en el acto presente que está realizando, sino que se asoma hacia un horizonte que pretende, y que da sentido a su conducta actual[21]
Todo acto humano tiene marcado un sello, una especie de flecha ó dirección que nos dice cuál es la intención del que lo ejecutó.
La intención existe en el fondo del sujeto y puede quedar totalmente oculta para las demás personas.
La intención es la finalidad u objetivo que persigue una persona al ejecutar un acto concreto. Esa intención puede hacer variar considerablemente el valor moral de un acto. Reside en el interior de la persona. La madurez del hombre produce una mayor claridad, amplitud y elevación de los fines impuestos a la conducta.
Asimismo nos explica las clases de fin en el que hace una distinción entre el fin operis y el fin operandis (intención, objetivo, finalidad) desprendidos de la intención y lo muestra claramente en el párrafo que a continuación les mostramos:
La intención es lo mismo que el fin señala Gutiérrez Sáenz [22]que se ha propuesto el que ejecuta el acto. Y acerca de la noción de fin se han esclarecido en la filosofía escolástica ciertos puntos de vista que son muy útiles en ética.
El fin tiene dos significados importantes, es lo mismo que intención, objetivo finalidad; el fin como intención u objetivo tiene una doble visión.
a)Primero, puede tratarse del fin próximo, último o intermedio. El fin próximo es el que se subordina a otros. El fin último no se subordina a ningún otro.
El fin intermedio participa de los otros dos, es decir, se subordina a otros, y también a él se subordinan otros. Por ejemplo: me dirijo a la sala y hojeo el periódico: mi fin próximo es escoger un cine; mi fin intermedio es divertirme, y mi fin último es la felicidad que siempre busco.
b)En una segunda división, que es mucho más importante, el fin como intención puede ser fin operis y fin operandis. El fin operis es el que tiene por propia naturaleza la obra o acto ejecutado. El fin operandis es el que de hecho intenta el que ejecuta una acción. Por ejemplo: un carpintero fabrica una silla. Este mueble tiene un fin operis, es decir, sirve para sentarse; tal es su finalidad propia que emana de su naturaleza. Y el fin operandis, en este acto, es la intención que de hecho tuvo el carpintero al fabricarla, como ganar dinero para su sustento.
En cada acto humano, se pueden distinguir el fin operis y el fin operandis. Pueden coincidir o ser diferentes, como en el ejemplo citado. Lo importante del asunto consiste en hacer notar desde ahora que, independientemente de la intención que de hecho tenga el sujeto al ejecutar un acto, éste ya tiene por propia naturaleza una finalidad marcada de acuerdo con sus características. Ya veremos que, en algunas situaciones, el hombre no tiene libertad moral para cambiar, desvirtuar o rebajar el fin propio del acto (fin operis). Solamente a manera de ejemplo ilustrativo señalamos aquí el caso de las profesiones, que tienen por propia naturaleza una finalidad de tal modo que el hombre debe ajustar sus propios fines al de dichas profesiones; de lo contrario rebaja la profesión y rebaja su conducta.
Similar caso es el de la amistad, el amor, el matrimonio, la sexualidad, la educación, la alimentación, el trabajo, la autoridad, la propaganda, las instituciones. Con esto ya se puede vislumbrar con mayor claridad el carácter normativo que tiene la Ética. El fin operis va a regir en muchos casos el fin operandis; o dicho de otro modo, el fin propio del acto es de tal manera que el sujeto no puede menos que plegar sus intenciones libres dentro del marco impuesto por la naturaleza de la cosa.
Se feliz es la intención innegable del hombre y lo muestra en todo momento en cuanto a esta determinada búsqueda, nuestro autor nos comenta lo siguiente:
Una de las aplicaciones más profundas de esta división del fin (operis y operandis) es la consideración del hombre en sus dos aspectos: como creatura, es decir, como obra ejecutada por Dios, y, luego, como autor de actos libres. Dada esta doble cualidad del hombre, resulta que tiene los dos tipos de fines, un fin operis, puesto que es obra de Dios, y un (o varios) fin operandis, en cuanto ejecutor de obras. Surge, pues, la pregunta: ¿Cuál es el fin operis del hombre? ¿Cuál es la finalidad impresa en la naturaleza de todo ser humano?[23]
Aristóteles se hizo esta pregunta y respondió: el fin propio del hombre es su felicidad; todo hombre, por propia naturaleza, necesariamente tiende a la consecución de su felicidad, y de tal manera que cualquier otro fin en su conducta queda subordinado a esta intención suprema y, por tanto, última: la felicidad.
Y en efecto, analizando la naturaleza humana, se nota que, en lo más íntimo de todas las intenciones del hombre, de un modo necesario y determinado, está esa especie de flecha o brújula que va orientando toda la conducta: el deseo de la propia felicidad.
Hasta el suicida, o el anormal, lo que en el fondo persiguen es la felicidad, en términos modernos podemos decir que se busca la felicidad y se evitan los dolores físicos o mentales, así el fin Ético es la búsqueda del placer, la conducta inmoral es cuando el daño causado es mayor al beneficio obtenido.
El hombre marca su conducta con ciertas finalidades que elevan o denigran su misma actuación externa. Pero antes de que se ejecute un acto humano, ya éste posee intrínsecamente, de acuerdo con su naturaleza, una finalidad propia, a la cual es necesario ajustarse según sea el caso.
Derechos Humanos
Con el fin de comprender mejor como se han desarrollado los Derechos Humanos a través del Derecho, vinculando éste, a una Administración Judicial pronta y expedita, donde el Estado a través de sus sistemas judiciales, sirve de garante para que los particulares tengan como garantías estos derechos humanos, en donde se destaca el derecho a los medios alternativos de administración de justicia tomaremos en consideración lo siguiente:
Uno de los sociólogos quien en su libro "El Crepúsculo del Deber" publicado en 1994, realiza un análisis de las sociedades posmodernas y las describe como aquéllas en las que se han ido eliminando gradualmente todos los valores tradicionales que generaciones pasadas seguían apasionadamente es Gilles Lipovetsky[24]
A partir de la ilustración y durante aproximadamente dos siglos y medio (entre los años 1700 y 1950), los modernos rechazaron la sujeción de la moral a la religión y tuvieron la ambición de establecer una moral independiente, de dogmas religiosos, que no recurriera a ninguna verdad revelada: una moral liberada de los miedos y recompensas de un más allá. Durante esta época se llevó al máximo la profesión de las virtudes laicas, virtudes en las que se exaltaba, el culto a la familia, a la patria o a la historia. Y se manifestaba, como principal, un nuevo valor: el individuo humano; proclamándose principios universales e incuestionables que derivaban en un ideal de soberanía individual y de igualdad civil. Lipovetsky, considera que este tipo de moralidad moderna ha funcionado como una religión del deber laico, en la que los deberes derivan de los derechos fundamentales del individuo que, al ser universales y por lo tanto inviolables, tienen un carácter obligatorio[25]
Con respecto al planteamiento de los Derechos Humanos, encontramos que a finales del siglo XVIII surgieron tanto en Estados Unidos como en Europa, los primeros esfuerzos concretos por luchar por el respeto a la dignidad e igualdad humana. Pero fue hasta el 10 de diciembre de 1948 que se estableció la Declaración de las Naciones Unidas (ONU)[26].
Los derechos humanos se han definido como: "Derechos Básicos inherentes a los seres humanos […] Se describen como: inalienables: no pueden privarte de ellos; indivisibles: todos son importantes y por igual; interdependientes: todos forman parte de una trama entrelazada de derechos"[27].
En lo que se refiere a los Derechos Humanos, encontramos que la discusión sobre su fundamentación "es un conflicto moral, y por tanto, las distintas formas de justificarlos obedecen a la posición que se tome respecto al fundamento de la moral " es por esto que "contar con bases sólidas con respecto a la ética y sus distintas propuestas es esencial para poder considerar a la idea de derechos humanos de manera justa"[28].
En las últimas décadas, el tema de los derechos humanos ha tenido un auge sin precedentes. Se habla de la defensa de los derechos de grupos vulnerables, se lleva a cabo todo tipo de convenciones y se firman acuerdos tanto en el ámbito nacional como internacional; pero poco se habla de sus raíces morales, de la facticidad ética de los mismos, es decir su posibilidad de existencia desde su fundamento ético. "La idea de derechos humanos surge de la necesidad de defender la dignidad de toda persona, y que toda persona, en sí misma y en su relación con sus semejantes, cuenta con un deber hacia esa dignidad, propia de la naturaleza humana"[29].
El derecho de acceso a la justicia, previsto por el artículo 17 Constitucional supone la obligación del Estado de crear, los mecanismos institucionales suficientes para que cualquier persona que vea conculcado, alguno de sus derechos fundamentales o cualquier otro tipo de derechos pueda acudir ante un tribunal dotado de las suficientes garantías para obtener la reparación de esa violación. Es importante señalar, y así lo ha considerado la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ese Derecho, no se satisface por el mero hecho de que algún recurso jurisdiccional esté previsto en la Legislación del Estado, sino que ese recurso debe ser efectivo en orden a la protección de los derechos[30]
La solución al problema del acceso a la justicia no es fácil, pero podrían intentarse algunas reformas sectoriales que contribuyeran a disminuir ante los tribunales las crecientes desigualdades sociales que se han producido como resultado de un modelo económico profundamente injusto.
En materia de acceso a la justicia hay que tener presente, entre otras cuestiones, que en un país como México, con sus elevados niveles de pobreza y de desigualdad en el ingreso, hacen falta mecanismos que permitan a la población de menores recursos acceder en condiciones equitativas a los tribunales. La falta de acceso a la justicia contribuye a generar una discriminación jurídica, que se suma a las múltiples discriminaciones que las personas padecen simplemente por ser pobres, mujeres, indígenas, campesinos, migrantes, tener alguna discapacidad, vivir en el medio rural, etc.[31]
Otra forma de mejorar el acceso a la justicia se puede dar por medio de los llamados "sistemas alternativos de solución de controversias". Estos métodos alternativos, entre los que se encuentran la mediación, el arbitraje, la amigable composición, etc. deben ser fortalecidos como una forma de descargar de trabajo a los tribunales y de propiciar soluciones más rápidas, baratas y efectivas para los particulares. Obviamente, siempre deben respetarse ciertos principios para evitar caer en el extremo de "negociar" la aplicación de la ley; cuando se está en presencia de intereses fundamentales de la sociedad. Hay intereses generales que no pueden estar sujetos a negociación, pero hay intereses privados sobre los cuales las partes podrían, perfectamente ponerse de acuerdo sin tener la necesidad de acudir ante un juez y desarrollar la enorme cantidad de trámites que hay que desahogar en un proceso jurisdiccional[32]
Recientemente aparecen los medios alternativos de solución de conflictos entre otros la mediación que es un nuevo sistema en que los individuos generan sus propias soluciones y hablaremos específicamente de la mediación, como alternativas éticas vinculados a la idea de una justicia pronta y expedita.
El objeto de la mediación es la solución de los conflictos; sobre el particular el Dr. Jorge Pesqueira Leal señala que sería vano intentar disminuir la importancia de los conflictos que son y han sido considerados elementos inherentes en la vida del ser humano y un producto de las interacciones, las interacciones valorativas y los aprendizajes. Estos llegan a producirse nacido de toda relación social en y entre personas ya sea a nivel interpersonal o intrapersonal[33].
Las personas dentro del conflicto, tienen la posibilidad de habiendo hecho conciencia de sus capacidades esenciales, surge el deber de esforzarse junto con uno y el otro a encontrar un punto de coincidencia, como eje para un acuerdo. Por ello, la propuesta de mediación asociativa le apuesta a crear un proceso vivencial, educativo, en el que los protagonistas del conflicto, diseñen las soluciones al mismo para que al salir de él se encuentren preparados para aplicar estos principios, en sus familias y en sus comunidades.
El conflicto desde que emana, fluye de él mismo la posibilidad de crecimiento de aprendizaje y madurez. Un conflicto como acto presente en lo cotidiano dentro de las relaciones humanas se va estructurando a través de segmentos diversos como significados distintos con y entre los protagonistas de la relación. Estos significados pueden constituir un elemento amenazante, o no para la relación humana en función de los intereses individuales que eventualmente pueden interpretarse como opuestos y que consecuentes puede provocar inseguridad en las personas e inestabilidad en su relación.
Cuando el conflicto nace de las percepciones individuales y sus tradiciones personales, surgen de inmediato los prejuicios. Las circunstancias y los hechos no son percibidos de igual manera por los protagonistas del conflicto y en consecuencia son incomprensibles fuera de cada realidad; paradigmas. Estas causas a nivel de percepciones, provocan y desencadenan emociones y sentimientos que son factores que pueden dificultar que la comunicación se dé o en la mejor de las oportunidades, que mejore.
La intensidad de un conflicto intrapersonal es producto entre otras cosas de las actitudes frente a las diversas alternativas reales que se tienen disponibles para su manejo. Asimismo, se debe orientar la intención a encontrar entre las consecuencias positivas un equilibrio que satisfaga sus necesidades y tranquilice sus emociones. Para ellos, es importante considerar prioritario el conocer cuál es la fuente que origina el conflicto intrapersonal.
Actualmente nuestra sociedad tiene prioridades muy distintas y menos apegadas a los valores y la ética gracias a la globalización del mundo en el que lo más importante es consumir, comprar para mantener un status social, la convivencia se ha vuelto más fría e insensible y por ende se generan más conflictos.
Dichos conflictos requieren ser resueltos por medio de alternativas que conlleven a generar paz y concordia en un entorno en el que predomina la antipatía social y el individualismo egoísta.
Sobre este tema Alejandro Nató Marceló nos habla de forma detallada de las aspiraciones de la Mediación seguido de los cambios culturales más significativos para la definición de algunos de los rasgos que caracterizan sociedades como la nuestra han sido desarrollados por el sociólogo Norbert Lechner. Entre ellos indica: los derivados de la globalización-mundialización, un profundo proceso de individualización, la configuración de sociedades orientadas al consumo y la mediatización de la comunicación social. Afirma, en fin, que a propósito de estos cambios pueden subrayarse dos tendencias: "…Por una parte, han cambiado las experiencias que hace la gente de la convivencia. Ella tiende a establecer relaciones sociales más flexibles en su quehacer cotidiano. Por lo tanto la trama social se vuelve más tenue y frágil. Por otra parte han cambiado las presentaciones que la gente suele hacerle de la sociedad. Parece más difícil hacerse una idea de la vida social en su totalidad. Sin este marco de referencias, empero, será también más difícil sentirse a sí mismo, al tiempo que parecen disminuir las experiencias y los imaginarios de la sociedad…"[34]
La mediación nació como un método de resolución de conflictos, sus propósitos se fueron modificando y ampliando en la medida en que los mediadores indagaban en saberes teóricos que provenían de otra disciplina y transitaban la práctica[35]
La consideración del conflicto como inherente a la propia existencia humana y, más aún, como un elemento dinamizador de nuestras vidas y de la propone Jean-Francois Six, "de la dialéctica podemos recoger ideas de la derivada de ella la preocupación por ser capaces de reconducir de forma sana nuestro conflicto"[36].
Los seres humanos tendemos, a veces, a aferrarnos a nuestras prácticas y a nuestros valores, y a pensarlos como universales. Determinadas ideas y acciones echan raíces y se solidifican. Esto sucede con las personas y también con los pueblos y las naciones. Por ello, es preciso propiciar el cambio de algunos paradigmas basados en las competencias la confrontación, la intolerancia y la desconfianza. En este sentido, no podemos pasar por alto abandonar prácticas y valores si no encuentra la razón para hacerlo. ¿Para qué modificar nuestros puntos de vista si así nos va bien? O, en todo caso ¿Por qué correr el riesgo lo que, aunque sea precariamente, hemos logrado? Es previsible que de este modo las personas o grupos de personas tengan dificultades para la tramitación de sus relaciones con los otros[37]
A través de la mediación el Estado garantiza la Administración de una justicia expedita, gracias a los medios alternativos judiciales, a la Ética y a los Derechos Humanos nuestra investigación nos comprueba que la mediación es una alternativa de solución para ofrecer garantías de justicia en donde ineludiblemente los Derechos Humanos y la Ética son imprescindibles para que la mediación se desarrolle de forma imparcial, confidencial y con voluntad.
Asimismo, la mediación garantiza la promoción de la cultura de la paz, ya que la solución pacífica de los conflictos, es un interés colectivo.
Autor:
Abraham Bastida Aguilar
[1] GUTIERREZ SAENZ RAUL (1979).- Introducción a la Ética, México Ed. ESFINGE, S.A. p. 13
[2] Op.Cit. p. 17
[3] Op. Cit. p. 17
[4] Op. Cit p. 18
[5] Op. Cit p. 19
[6] Op. Cit. p. 20
[7] Op.Cit. p. 21
[8] Op. Cit p. 28
[9] Op. Cit. p. 29
[10] Op. Cit. p. 29
[11] Op. Cit. p. 30
[12] Op. Cit. p. 30
[13] Op. Cit. p. 24
[14] Op. p. 58
[15] Op. Cit p. 58
[16] Op. Cit p. 58
[17] Op. Cit. p. 59
[18] Op. Cit. p 60
[19] Op. Cit p. 62
[20] Op. Cit p. 83
[21] Op. Cit p. 83
[22] Op Cit. p. 84
[23] Op. Cit. p. 86
[24] DIGNITAS (2013).- año VI, número 23, septiembre-diciembre
[25] ALBA ELIZABETH HUITRÓN VILLEGAS, DIGNITAS (DIGNITAS (2013).- año VI, número 23, septiembre-diciembre
[26] ALBA ELIZABETH HUITRÓN VILLEGAS, DIGNITAS (DIGNITAS (2013).- año VI, número 23, septiembre-diciembre
[27] ALBA ELIZABETH HUITRÓN VILLEGAS, DIGNITAS (DIGNITAS (2013).- año VI, número 23, septiembre-diciembre
[28] ALBA ELIZABETH HUITRÓN VILLEGAS, DIGNITAS (DIGNITAS (2013).- año VI, número 23, septiembre-diciembre
[29] DIGNITAS (DIGNITAS (2013).- año VI, número 23, septiembre-diciembre
[30] MIGUEL CARBONELL (2006), Los Derechos Fundamentales en México, Ed. Porrúa p. 722
[31] MIGUEL CARBONELL (2006), Los Derechos Fundamentales en México, Ed. Porrúa p. 724
[32] MIGUEL CARBONELL (2006), Los Derechos Fundamentales en México, Ed. Porrúa p. 726
[33] CONFERENCIA IMPARTIDA POR EL DR. JORGE PESQUEIRA LEAL EN PALACIO MUNICIPAL DE TOLUCA (22 DE AGOSTO 2014)
[34] NATÓ MARCELO ALEJANDRO, Aspiraciones de la Mediación p. 11, 12
[35] NATÓ MARCELO ALEJANDRO, Aspiraciones de la Mediación p. 15
[36] NATÓ MARCELO ALEJANDRO, Aspiraciones de la Mediación P. 15
[37] NATÓ MARCELO ALEJANDRO, Aspiraciones de la Mediación, p. 17