Plan de Desarrollo Concertado – PDC.
Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo regional o local y del presupuesto participativo. Contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetos Estratégicos de mediano y largo plazo, en concordancia con los planes sectoriales y nacionales. Este Plan se evalúa una vez al año y como resultado de dicha evaluación, se reajusta, modifica o ratifica.
Participación de otras Instituciones en el Plan de Desarrollo Concertado.
La Visión del Plan de Desarrollo Concertado es única para todas las instituciones públicas y privadas de un ámbito territorial. Los objetivos de desarrollo del PDC involucran en su ejecución a los diversos actores, dependiendo la misión de cada uno de ellos.
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
El Presupuesto Participativo es un espacio de concertación por el cual las autoridades electas de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales así como las organizaciones de la población, debidamente representadas; definen en conjunto, a través de una serie de mecanismos de análisis y de toma de decisiones, cada uno desde su ámbito, y de acuerdo a las decisiones adoptadas en cada una de las fases previstas para la realización del Proceso del Presupuesto Participativo; cómo y a qué se van a orientar los recursos de los que se disponen a nivel regional y local, especialmente aquellos para gastos de inversión, teniendo en cuenta, la visión de desarrollo distrital, provincial, regional y nacional considerados en sus Planes de Desarrollo Concertados, los objetivos establecidos en sus Planes Estratégicos Institucionales, así como la priorización de los proyectos buscando la mayor rentabilidad social; debiéndose reflejar además, de manera concreta y efectiva, los compromisos y aportes de la propia población y de los diferentes organismos públicos y privados presentes en el proceso.
PRINCIPIOS:
a) Participación, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven la participación de la sociedad civil en sus planes de desarrollo y en el presupuesto participativo.
b) Transparencia, de tal forma que toda la comunidad tenga información suficiente acerca de los asuntos públicos y colectivos que se decidan y ejecuten.
c) Igualdad de oportunidades, de la sociedad debidamente organizada para participar, sin discriminación de carácter político, ideológico, religioso, racial, género o de otra naturaleza.
d) Tolerancia, garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos.
e) Eficiencia y Eficacia, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales optimizan los recursos presupuestarios orientados al logro de metas y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
f) Equidad, igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial.
g) Competitividad, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales orientan su gestión hacia la competitividad, promoviendo la inversión privada y orientando las acciones públicas hacia la promoción del desarrollo.
h) Corresponsabilidad entre el Estado (gobiernos regional y gobierno local, universidades, otros) y la sociedad civil (organizaciones de base, Colegios profesionales, asociaciones civiles, empresariales, juveniles; y otros), en la identificación de oportunidades, solución de los problemas de la comunidad; ambos relacionados a la priorización de proyectos de desarrollo, respetando los contenidos y alcances de los PDC y PP.
i) Solidaridad, la disposición de todo agente participante para asumir los problemas de otros como propios, sin intereses particulares.
j) Respeto a los Acuerdos, la participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estas decisiones no pueden ser modificadas unilateralmente.
OBJETIVOS:
a) Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, de pertenencia y las relaciones de confianza.
b) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las
prioridades consideradas en los Planes de Desarrollo Concertados y los Planes
Sectoriales Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fiscal, sobre la base de acuerdos concertados.
c) Reforzar la relación entre el Estado y la sociedad civil, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utilice los mecanismos de democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas.
d) Fijar prioridades del gasto público, en materia de gastos de inversión, garantizando la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada y estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos que se prioricen y sean declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.
e) Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y las obligaciones que los ciudadanos tienen, como contribuyentes y como actores, en el funcionamiento del Estado y en el desarrollo sostenible del territorio donde habitan.
f) Crear y desarrollar, a partir de la normativa existente, políticas públicas y condiciones institucionales que promuevan la generación y ejecución de la inversión privada.
g) Buscar el aumento de la competitividad regional y local, así como la superación de la pobreza a través de mejoras sustantivas en infraestructura, nivel de educación, cobertura de salud, seguridad jurídica, establecimiento de derechos de propiedad, adecuada regulación en estándares de calidad y sanidad, entre otros.
h) Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de las acciones concertadas en el Proceso del Presupuesto Participativo; así como la vigilancia de la acción pública en general, fortaleciendo las capacidades regionales y locales para el desarrollo del Presupuesto Participativo.
CARACTERÍSTICAS
a) Participativo, reconociendo la multiplicidad de actores y roles de la sociedad debidamente organizada, permite la participación, de quienes no ostentan el mandato popular, en un marco institucional con arreglo a Ley, en el proceso de toma de decisiones y en la ejecución conjunta de las acciones destinadas a alcanzar los objetivos considerados en el Presupuesto y en los Planes de Desarrollo Concertados.
b) Racional y coherente, los presupuestos están equilibrados entre ingresos y gastos; se enmarcan en las políticas sectoriales nacionales, y las acciones priorizadas que comprenden están relacionadas a la consecución de los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Concertado y la efectiva disponibilidad de recursos en un marco que contribuye a la sostenibilidad de las finanzas públicas.
c) Flexible, el proceso y sus productos deben tener la capacidad de adaptarse a los cambios políticos, sociales y económicos que afecten a la Región o Municipio.
d) Multianual, las acciones priorizadas, pueden trascender el año fiscal, de manera consistente con los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
e) Concertado, permite a través de la interacción de múltiples actores sociales con diversidad de enfoques, identificar los intereses, problemas, soluciones y potencialidades de desarrollo de un determinado territorio y/o grupo social; y en consecuencia determinar acuerdos y definir acciones destinadas a resolver los problemas y aprovechar las potencialidades.
f) Gradual e irreversible, el proceso participativo debe ir desarrollándose hasta alcanzar el 100% de sus presupuestos de inversiones y acciones de promoción y coordinación del desarrollo.
CAPÍTULO II
Articulación del plan de desarrollo concertado, plan estratégico institucional y presupuesto participativo
Los Planes de Desarrollo Concertados (largo plazo) elaborados a nivel regional, provincial y distrital se articulan directamente con los Planes de Desarrollo Estratégicos o Institucionales (mediano plazo) a través de los objetivos estratégicos y las actividades y proyectos plasmados en estos instrumentos de gestión. El Presupuesto Participativo se construye en el marco de dichos criterios y conforme la priorización de las actividades y proyectos como resultado del Proceso Participativo.
Articulación Horizontal o Transversal.
Cuando los actores e instituciones que operan dentro de un mismo ámbito o circunscripción armonizan sus propuestas y acciones; esta articulación se expresa en los planes de desarrollo y en los presupuestos institucionales de cada ámbito territorial.
Articulación Vertical o Longitudinal.
Permite vincular a actores e instituciones de varios niveles de gobierno para que se involucren en propuestas de acciones que requieren de su participación conjunta ya sea para abordar una temática específica (salud por ejemplo) o para ver de manera integral los retos del desarrollo.
El Gobierno Nacional que tiene a su cargo el rol rector, orientador y regulador, define las políticas sectoriales las cuales servirán de marco al sistema de planeamiento
El Gobierno Regional diseña políticas y normas, así como planes regionales de desarrollo concordantes con las políticas nacionales y acorde a su competencia, así como a las voluntades y acuerdos que se generen en cada región.
Los Gobiernos Locales, a través de políticas y planes locales, concordantes con las políticas y planes regionales y nacionales, orientan su esfuerzo a la armonización de acciones concertadas, orientadas al desarrollo sostenible local.
Para la debida articulación del Proceso Participativo, de manera previa al desarrollo de los procesos a nivel local, el Gobierno Regional debe validar, actualizar o mejorar, la Visión del Desarrollo y Objetivos Estratégicos de la Región. De esta manera, no sólo la Provincia y el Distrito contarán con el referente de la Región para la definición, actualización o mejora de su propia Visión y Objetivos Estratégicos, sino que será posible coordinar y aunar esfuerzos para el desarrollo de acciones cuyo ámbito de realización y financiamiento trascienda las capacidades, posibilidades y jurisdicción de la Provincia o el Distrito.
De este modo, se pueden trabajar acciones conjuntas orientadas a aprovechar potencialidades o solucionar problemas que individualmente los gobiernos subnacionales no estarían en condiciones de realizar, buscando optimizar el gasto y mejorar la rentabilidad de la inversión, aprovechando las economías de escala y la integración de esfuerzos. Es necesario que cada nivel de gobierno atienda en primera instancia sus competencias exclusivas y luego las competencias compartidas.
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Articulación de Acciones entre los Niveles de Gobierno
El Proceso del Presupuesto Participativo debe articularse adecuadamente entre los diferentes niveles de gobierno, de tal manera que su desarrollo permita la retroalimentación de los procesos particulares, tanto del distrito a la provincia y de la provincia a la región, como a la inversa.
De este modo, los problemas y potencialidades evaluados en el diagnóstico distrital, que requieran de acciones coordinadas con la provincia, se deben evaluar en los talleres de diagnóstico provincial; y, aquellos que implican la realización de acciones de impacto regional, deberán ser considerados en los talleres de la Región. Para estos fines, el Gobierno Regional en coordinación con el Consejo de Coordinación Regional, debe asumir el liderazgo para la promoción y articulación de los procesos, aprovechando las economías de escala que puedan generarse y la capacidad de la que disponen en tareas específicas, como la concertación de cronogramas, convocatoria, difusión del proceso o capacitación de agentes participantes.
La coordinación de esfuerzos conjuntos del Gobierno Regional con los Gobiernos Locales, con las entidades del Gobierno Nacional y otras organizaciones que tengan presencia en el ámbito regional, permitirán consolidar el proceso; así como la sincronización de los plazos de realización de los procesos correspondientes.
CAPÍTULO III
Programación participativa del presupuesto
1. Las Instancias de la Programación Participativa
Conforman instancias de participación en el proceso de programación participativa del presupuesto:
• El Consejo de Coordinación Regional
• El Consejo de Coordinación Local Provincial
• El Consejo de Coordinación Local Distrital
El Consejo de Coordinación Regional
Es un órgano consultivo y de coordinación del gobierno regional con las municipalidades. Se encuentra compuesto por el Presidente Regional, quien lo preside, los Alcaldes Provinciales de la región y los representantes de la sociedad civil.
El Consejo de Coordinación Local Provincial
Es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Provinciales. Está integrado por el Alcalde Provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores provinciales; por los
Alcaldes Distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel provincial, con las funciones y atribuciones que le señala la presente Ley.
FASES DEL PROCESO PARTICIPATIVO
La preparación del Proceso Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada gobierno regional o gobierno local. Dicha secuencia se constituye, en el procedimiento básico a desarrollar en los procesos regionales y locales, el mismo que debe realizarse sin perjuicio de los procesos, experiencias previas o más avanzadas de Presupuestos Participativos.
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FASE 1. Preparación
Los gobiernos regionales y los gobiernos locales en coordinación con sus respectivos Consejos de Coordinación, se encargan con la debida oportunidad y anticipación del desarrollo de las actividades de difusión, sensibilización del Proceso Participativo para cada año fiscal. Asimismo, a través de la Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, deben disponer de la siguiente información:
• Plan de Desarrollo Concertado; para su revisión, validación o modificación.
• Plan Estratégico Institucional (gobierno regional), Plan de Desarrollo institucional (gobierno local), para conocimiento.
• Detalle de problemas planteados por la sociedad civil, recepcionados por el gobierno regional o gobierno local y que requieren atención.
• Detalle de los proyectos priorizados en el proceso participativo del año anterior, considerados en los Presupuestos Institucionales (nivel de ejecución, recursos necesarios para su culminación, en caso no se haya terminado, entre otros).
• Relación de proyectos ejecutados por el gobierno regional o gobierno local, costos de mantenimiento y responsables de su sostenibilidad.
• Recursos totales por fuente de financiamiento que el gobierno regional o el gobierno local cuente para destinar al Proceso Participativo; así como la mayor disponibilidad de recursos los cuales se considerarán como un monto adicional para el Proceso Participativo.
• Informe de los compromisos asumidos por la sociedad civil y otras entidades del Estado, en procesos participativos anteriores y su nivel de cumplimiento.
• Informe de mejoras de infraestructura de servicios: educación, salud, saneamiento, formalización de la actividad económica, formalización de propiedad; entre otros, según corresponda.
FASE 2. Convocatoria
Los gobiernos regionales y gobiernos locales en coordinación con sus respectivos Consejos de Coordinación convocan a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo para el año fiscal vigente, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados según su localidad, mediante anuncios en los diarios, avisos, etc.
Así mismo el Presidente Regional o el Alcalde de común acuerdo con sus Consejos de Coordinación proponen la ordenanza del Proceso Participativo al Consejo Regional o Concejo Municipal respectivo para su aprobación. Dicha Ordenanza reglamenta el Proceso Participativo del ejercicio; precisándose, entre otros, la conformación del Equipo Técnico, los mecanismos de identificación y registro de los agentes participantes, cronograma de trabajo para el desarrollo de las acciones del Proceso Participativo y las responsabilidades de los agentes participantes.
De igual modo, la Ordenanza debe precisar la responsabilidad de la Oficina de Presupuesto y Planificación y los mecanismos para que el Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, pueda fiscalizar desde el inicio hasta la conclusión del Proceso Participativo, además de garantizar la incorporación, en el Presupuesto vigente, de las actividades y proyectos priorizados y señalados en el Acta de Acuerdos y Compromisos y en el "Documento del Presupuesto Participativo".
FASE 3. Identificación, Registro de Agentes Participantes
La identificación de los Agentes Participantes debe incluir la mayor participación y representatividad de la sociedad civil. Estos deben ser elegidos para cada proceso participativo por las respectivas organizaciones a las cuales representan.
Para ello, el Gobierno Regional o Gobierno Local dispondrá de formas de registro de los Agentes Participantes complementarias a las ya existentes, formalizando la presencia de grupos sociales territoriales, organizaciones temáticas y funcionales; vinculadas a los ejes de desarrollo del Plan de Desarrollo Concertado.
Así mismo, deberá promover la integración al proceso, de las distintas representaciones sociales tales como: Direcciones Regionales, Universidades, Entidades Públicas de Desarrollo, Asociaciones Juveniles, Organizaciones Empresariales, Colegios Profesionales, Organizaciones Sociales de Base, Comunidades, Asociaciones de personas con discapacidad y otros en situación de riesgo y vulnerabilidad, sea por razones de pobreza, etnicidad, violencia o género
De los Agentes Participantes
Con Voz y Voto:
• El Consejo de Coordinación Regional
• El Consejo de Coordinación Local
• El Presidente Regional
• El Alcalde
• El Consejo Regional
• El Concejo Municipal
• La Sociedad Organizada
• Los Organismos del Estado
Con Voz pero sin Voto:
• El Equipo Técnico
Conformación del Equipo Técnico
En la Ordenanza del Proceso Participativo, se precisa cómo estará conformado el Equipo Técnico y cuáles serán sus responsabilidades durante el proceso, debiendo garantizarse la inclusión de representantes de la sociedad civil.
Dentro de las responsabilidades básicas deben estar:
• Capacitar a los agentes sobre las distintas fases del proceso
• Capacitar a la sociedad civil sobre identificación de problemas y priorización de los mismos
• Apoyo en la organización y ejecución de los talleres de trabajo
• Preparar la información para el debate en los talleres de trabajo
• Evaluación de los problemas priorizados y planteamiento de alternativas de solución
• Presentación y sustentación ante el Consejo de Coordinación de las alternativas propuestas
• Desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados
• Evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo (para los casos de municipios no sujetos al SNIP)
• Elaboración del Documento del Proceso Participativo para cada año fiscal
• Otros que disponga el Titular del Pliego.
FASE 4. Capacitación de Agentes Participantes
Los gobiernos regionales y gobiernos locales en coordinación con las instituciones de la Sociedad Civil implementan mecanismos de capacitación para los Agentes Participantes y promueven programas de desarrollo de capacidades que incorporen de manera especial a los Consejeros Regionales, Regidores y líderes sociales.
La capacitación para el desarrollo del Proceso Participativo debe ser una tarea permanente, que se ajuste a las necesidades y características de la población de la localidad y puede ser realizada a través de una diversidad de modalidades como: talleres, asambleas o reuniones en las que las autoridades y la población se informen y comprendan las tareas que involucra dicho proceso.
Asimismo, la Dirección Nacional del Presupuesto Público en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, los Organismos de la Sociedad Civil y la Cooperación Internacional, desarrollarán, en el marco de la capacitación a nivel regional y municipal a que se refiere la Ley de Bases de la Descentralización y normas complementarias, programas de capacitación descentralizados orientados a fortalecer el Proceso del Presupuesto Participativo, así como otros que se consideren necesarios para el proceso.
FASE 5. Desarrollo de Talleres de Trabajo
Se denomina así, a las reuniones de trabajo de los Agentes Participantes del Proceso, convocadas por los Presidentes Regionales o los Alcaldes en calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Regional o Local, según corresponda, en las cuales, sobre la base de la visión y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, que previamente han sido actualizados, se plantean las acciones a implementar, señalándose los compromisos que los diversos actores públicos y privados asumirán en la ejecución del Presupuesto Participativo.
El número de talleres debe ajustarse a la necesidad de cada lugar, según las características de organización del territorio de cada ámbito regional, provincial o distrital; debiendo tomar en consideración la diversidad lingüística de las poblaciones, orientadas a una mayor inclusión y receptividad de ciudadanos que hablan lenguas nativas diferentes al castellano.
Corresponde al Presidente Regional o al Alcalde Provincial o Distrital, asegurar que el desarrollo de los talleres de trabajo se inicien con una convocatoria suficientemente anticipada, dado que estos constituyen el espacio para: (i) la interacción entre las diferentes instancias de los niveles de gobierno, la misma que puede derivar en acuerdos de financiamiento compartido de acciones, según lo descrito en el Capítulo III; (ii) la articulación de las intervenciones de las entidades del Gobierno Nacional con las de otros niveles de gobierno y con la comunidad; (iii) la articulación de las iniciativas privadas con las intervenciones de los tres niveles de gobierno y de la sociedad civil y; (iv) que las autoridades elegidas presenten las propuestas del gobierno regional o gobierno local, según sea el caso.
El Equipo Técnico es el encargado de brindar apoyo para la realización de los talleres de trabajo, debiendo preparar la información necesaria y consolidar sus resultados para el posterior desarrollo técnico y evaluación de las propuestas de acciones resultantes del proceso a ser consideradas en los presupuestos institucionales.
Talleres de trabajo del Plan de Desarrollo Concertado – PDC
El PDC es una herramienta de planificación elaborada participativamente y constituye una guía para la acción en el largo plazo. Debe contener una Visión de Futuro que genere criterios orientadores para las iniciativas e inversiones de los diversos actores económicos, sociales e institucionales de un ámbito, así como constituirse en el documento marco para la formulación de las políticas públicas regionales y locales.
Su importancia radica en que:
Orienta el desarrollo de un territorio tomando en cuenta las políticas nacionales, sectoriales y regionales
Permite a los actores de un territorio decidir su futuro
Posibilita la integración y articulación de los distintos intereses e iniciativas para promover el desarrollo del territorio
Permite la identificación de las potencialidades de desarrollo de la región o Localidad
?Permite una mayor viabilidad política técnica y financiera de los programas y proyectos que se formulen en el marco del planeamiento del desarrollo
?Fortalece procesos de relación entre diferentes actores públicos y privados
?Permite la colaboración interinstitucional
?Permite superar los problemas de corto plazo y concertar las voluntades, los esfuerzos, las potencialidades y los recursos del territorio para responder a los desafíos que plantean lograrse en el marco del desarrollo establecido en el Plan
Es la base para llevar a cabo el Presupuesto participativo
Diagnóstico Temático y territorial
Es el análisis de las necesidades, problemas, capacidades y potencialidades, relacionadas con los aspectos económicos, sociales, culturales y ambientales, que permitirá formular una propuesta de desarrollo integral de acuerdo a cada realidad. Este análisis debe incluir las relaciones con nuestros vecinos, otras comunidades, distritos, provincia, con la región, con el nivel nacional y en las zonas de frontera con países limítrofes.
Asimismo, el Diagnóstico Temático y Territorial, permite clarificar las causas de nuestros problemas, escoger la mejor opción para resolverlos y encontrar el camino más adecuado para generar desarrollo, a partir del aprovechamiento de las potencialidades y los cambios que necesitamos para alcanzar las aspiraciones comunes.
Para el desarrollo de los talleres temáticos y territoriales, se precisa de una etapa previa en la que los Agentes Participantes del Proceso, se reúnen con los ciudadanos a los que representan, con el propósito de determinar sus propios problemas y potencialidades. En esta reunión también proceden a señalar su interés de participar y orientar sus acciones hacia los objetivos del Plan.
El diagnóstico se realiza en tres momentos:
El equipo técnico recopila información de los agentes participantes, sobre los problemas, necesidades y prioridades para su atención. Las Direcciones Regionales de Salud, Educación, Agricultura, etc., participan aportando la información de su competencia. Un segundo momento corresponde al análisis de dicha información para determinar sus causas y efectos, proponer alternativas, eliminar deficiencias, efectuar modificaciones; es decir plantear una situación optimizada. En el tercer momento se contrasta la política local definidas con las políticas de Estado del Acuerdo Nacional, lineamientos de políticas sectoriales contenidos en los PESEM, la estrategia de superación de la pobreza, seguridad alimentaria y lineamiento regionales.
Para desarrollar el diagnóstico es necesario analizar los siguientes temas básicos:
Condiciones de vida de la población. Análisis de la población, nutrición, salud, educación, saneamiento básico, vivienda y derechos fundamentales y otros servicios básicos.
Actividades económicas. Identificar la producción presente o futura de bienes y servicios, zonas y condiciones, a fin de determinar las potencialidades económicas.
Territorio y medio ambiente. Análisis del estado situacional de las vías de comunicación, energía, medio ambiente, riesgos o amenazas.
Institucionalidad y actores locales. Conocer las capacidades de las personas y organizaciones públicas y privadas que forman parte de la comunidad (distrito, provincia o región) nivel de identidad y de compromiso con el desarrollo. Con esta información como insumo, los agentes participantes proponen desarrollar acciones, las que deberán estar orientadas al logro de los objetivos estratégicos del Plan. Estas acciones deben constituir la mejor alternativa de un conjunto de opciones previamente evaluadas cualitativa y cuantitativamente. El impacto de éstas deben guardar relación con el nivel de gobierno que las ejecuta. Por ejemplo, las acciones derivadas del proceso en el ámbito regional deben tener impacto regional (o interprovincial) y se dan en respuesta a problemas y potencialidades de índole regional. Por su parte, las acciones derivadas del proceso provincial debe tener impacto provincial (o interdistrital) y darse en respuesta a problemas y potencialidades de índole provincial
Las potencialidades de un territorio, entendidas como capitales o recursos, podemos distinguirlos en:
Naturales: mineros, forestales, energéticos, agrarios, marítimos, entre otros.
Físico o de infraestructura: Red vial, industrias, sistema energético, etc.
?Humanos: capacidades, destreza, nivel educativo, etc.
?Sociales: organizaciones públicas y privadas.
Económicos y financieros: Oferta crediticia, actividades económicas consideradas con perspectivas de desarrollo.
La combinación y el uso óptimo de dichos recursos permiten activar el proceso de crecimiento del aparato productivo local o regional, generación de empleo, así como la creación o consolidación de unidades o cadenas productivas, que bajo determinadas condiciones y estrategias sustentan el proceso de desarrollo sostenible.
Revisión de la Visión del Desarrollo
Una vez realizado el diagnóstico se debe revisar, validar o modificar la visión de desarrollo a partir de la cual se podrá efectuar un análisis estratégico de la gestión regional o local. Contar con una buena Visión es la clave para el éxito del desarrollo; la visión es proyectarse al futuro, es la representación de lo que debe ser el futuro de nuestra localidad, es la respuesta a la pregunta ¿qué queremos ser?; tiene la fuerza de unir a la gente, en torno de una identidad y una aspiración común.
Ejes y Objetivos Estratégicos
Los Ejes Estratégicos, son las áreas, campos, procesos claves o dimensiones prioritarias que encontramos en la visión que permiten sistemáticamente alcanzar el desarrollo; en estas áreas se concentrarán los esfuerzos institucionales e individuales y se organizan las acciones en el largo plazo, teniendo en cuenta los objetivos estratégicos identificados para cada eje.
Entre los principales ejes estratégicos tenemos:
?Desarrollo Social: educación, salud, cultura, seguridad, desarrollo de capacidades, entre otros
Desarrollo económico: turístico, agrario, comercio, servicios, competitividad, entre otros
Medio ambiente: saneamiento, manejo sustentable de los recursos naturales, entre otros.
Desarrollo Institucional y de capacidades: participación ciudadana, relaciones entre actores públicos y privados, prevención y resolución de conflictos, mejora de la calidad de los servicios, mayor accesibilidad a los servicios públicos, modernización institucional, entre otros.
Los Objetivos Estratégicos son las prioridades o propósitos que orientan las acciones identificadas para cada eje estratégico. Los objetivos estratégicos establecen las prioridades y las pautas para realizar la secuencia de acciones estratégicas en el tiempo.
Luego de formular los objetivos estratégicos de desarrollo de cada eje, se procede a redactar la versión final o el ajuste de la Visión de Desarrollo.
Talleres o audiencia de Rendición de Cuentas
Una vez concluido el ejercicio presupuestario, los titulares de pliego deben estar en condiciones de informar a la población sobre el cumplimiento de los
Acuerdos y Compromisos asumidos en el Proceso Participativo del año anterior, tanto por las entidades del Estado como de la Sociedad Civil. Esta acción debe comenzar al inicio de cada Proceso Participativo del ejercicio correspondiente. En esta fase se tiene que informar el nivel de solución a los problemas priorizados en el ejercicio anterior y como la inversión efectuada
por el Estado y la sociedad civil está mejorando la calidad de vida de la población.
En esta reunión de trabajo también se informa respecto al impacto de la inversión realizada en el desarrollo local o regional, así como el grado de avance en la implementación del Plan de Desarrollo Concertado y el nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso, con el objetivo de mejorar y orientar el proceso en curso.
En general, la experiencia de los procesos participativos anteriores, debe alimentar el proceso, evitando la duplicidad de tareas.
Es responsabilidad del Presidente Regional y del Alcalde:
• Entregar la información correspondiente a la rendición de cuentas de los resultados del Proceso Participativo del año anterior.
• Sustentar los cambios efectuados y modificaciones presupuestarias originados por variaciones en las acciones priorizadas en el proceso.
Talleres de trabajo de definición de criterios y de priorización de acciones
Un representante del Equipo Técnico, de preferencia miembro de la Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces del pliego, procederá a informar a los agentes participantes respecto de los recursos de los que se disponen, para la definición de problemas y priorización de proyectos en el Proceso Participativo, una vez deducidas las obligaciones fijas. En dicho informe hará un breve recuento de las obligaciones fijas e ineludibles del gobierno regional o gobierno local, a fi n que los Agentes Participantes conozcan con claridad cuáles son las reales restricciones presupuestarias de la entidad.
Taller de definición y priorización de problemas
Un aspecto fundamental para el adecuado uso de los recursos, es que éstos se orienten a la solución de problemas, entendiéndose un problema como la ausencia o carencia de servicios básicos, que afectan a un sector de la población y que se desea resolver de manera integral y conjunta, para que la población pueda desarrollarse de manera óptima. El problema no debe ser definido como la negación de una solución, sino que debe dejar abierta la posibilidad de encontrar múltiples alternativas para resolverlo. En estos talleres los Agentes Participantes discuten y definen los principales problemas que aquejan el ámbito regional o local a fi n de priorizar aquellos que consideran deben tener una solución en el corto plazo para lo cual deben aplicar criterios a fi n de establecer un orden de prelación.
Los criterios para la priorización deben ser coherentes con:
• Los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado
• Las funciones que le competen desarrollar (exclusivas y compartidas)
• Que la sociedad civil desee resolver dicho problema
• Que esté ubicado en un sector estratégico de la población
• Relacionado a necesidades básicas de la población
Taller de priorización de proyectos
Una vez evaluado los problemas existentes en cada ámbito territorial por el Equipo Técnico correspondiente, éste presenta diversas alternativas, dependiendo de cada caso y situación, pudiendo éstas constituirse en proyectos de inversión pública, orientados a dar una solución integral al problema priorizado; para tal fi n se pueden aplicar los siguientes criterios:
• Los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado
• Las funciones que le competen desarrollar (exclusivas y compartidas)
• Proyectos que presenten mayor rentabilidad social, en base a los problemas priorizados participativamente.
• El cofinanciamiento por parte de la población beneficiaria u otro
• El nivel de cumplimiento de obligaciones tributarias de la población beneficiaria con su gobierno
• El impacto en la población beneficiada
• Los niveles de pobreza
• El efecto en el empleo local
• Los grupos vulnerables o en situación de riesgo
• Otros que se adecuen a cada ámbito territorial.
Sobre la base de los proyectos priorizados vinculados directamente a la priorización de problemas, el Equipo Técnico brinda el soporte para la evaluación de las acciones que deberán considerarse ser incluidos en el Presupuesto Institucional.
La asignación de recursos para el financiamiento de proyectos de inversión no debe determinarse por criterios de división territorial, zonificación urbana, o distribución porcentual de los recursos en base a otros criterios; los recursos deben ser distribuidos en base a la priorización de solución de los problemas más relevantes de la jurisdicción.
De los recursos destinados para el proceso participativo
Los niveles de recursos que los gobiernos regionales o locales considerarán, de manera referencial, como techos presupuestales, están constituidos por los montos asignados en el año inmediato anterior.
FASE 6. Evaluación Técnica
Es realizada por el Equipo Técnico y comprende la evaluación técnica de los problemas priorizados participativamente, evaluación de alternativas de solución a los problemas y sustentación técnica y financiera de las propuestas de proyectos de inversión que se constituyen en verdades soluciones a los problemas priorizados por los agentes participantes en los talleres de trabajo, en el marco de los criterios de viabilidad del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP y el Costo Total del proyecto.
Para los Gobiernos Locales que no se encuentran dentro del SNIP se recomienda la elaboración de Perfiles de Proyectos, que permitan al Equipo Técnico evaluar el impacto de éstos en el desarrollo local.
La evaluación de viabilidad de los proyectos, en aquellas municipalidades que no se encuentran en el SNIP, debe considerar además del financiamiento para la ejecución el financiamiento para operación y mantenimiento, el cual puede ser cofinanciado mediante aportes concretos de recursos financieros, físicos o humanos, debiéndose levantar un Acta con los resultados y conclusiones, que deberá ser suscrita por los agentes participantes en señal de conformidad.
Las propuestas de acciones, con sus costos estimados, son resumidas y presentadas luego por el Equipo Técnico a los Agentes Participantes para su aprobación. Las acciones priorizadas en el proceso y cuyo financiamiento requiera total o parcialmente recursos públicos, serán tomadas en cuenta para su incorporación en el Presupuesto Institucional, como actividades o proyectos, según corresponda.
El Equipo Técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del presupuesto participativo. Asimismo, elabora el "Documento del Presupuesto Participativo para cada año fiscal" en base a los resultados obtenidos de los Talleres de Trabajo.
Otros aspectos a considerar para el manejo del presupuesto participativo
Cartera de Proyectos
La Cartera de Proyectos contiene el registro de todos los perfiles de los proyectos de inversión no ejecutados, priorizados y no priorizados, que se encuentran en la fase de preinversión. Dichos proyectos pueden ser sometidos a consulta en los talleres de trabajo del proceso participativo, a partir de los cuales se priorizan aquello que constituyen la mejor alternativa para la solución de problemas de la comunidad.
Perfil de proyectos
Es la primera etapa de la fase de pre inversión y tiene como objetivo principal la identificación del problema que ocasiona la necesidad de elaborar un proyecto; junto con el problema se identifican las causas, los objetivos del proyecto y las alternativas de solución al problema, así como una evaluación preliminar de dichas alternativas.
Se recomienda a las municipalidades que no se encuentran dentro del SNIP, realizar un esfuerzo para la elaboración de perfiles simplificados, a fin que los gastos de inversión se orienten a la solución de los problemas locales y a mejorar la calidad de vida de la población.
La elaboración de perfiles y el manejo de la Cartera de Proyectos permite a la autoridad local plantear proyectos viables durante el proceso participativo y de esta manera llegar a acuerdos ejecutables durante el ejercicio fiscal. Se evitara crear expectativas en los agentes participantes al no aprobar ideas de proyectos que durante la evaluación técnica pueden resultar no viables.
Si alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo, no califica su viabilidad, el Presidente del gobierno regional o Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, según la escala de prioridades establecida participativamente y el nivel de recursos disponibles para su atención, hecho que debe hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinación correspondiente y al Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo.
Priorización de proyectos hacia funciones exclusivas, y desarrollo de actividades compartidas.
Los gobiernos regionales y gobiernos locales tienen como función general promover el desarrollo armónico, integral y sostenible de sus ámbitos jurisdiccionales; sin embargo, muchas municipalidades no cuentan con los recursos financieros para realizar todas las inversiones que se requieren para el desarrollo local; por tal razón, los recursos de inversión en esos casos, deben orientarse prioritariamente a la realización de las funciones exclusivas que le asigna la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y buscar que otros actores desarrollen las acciones restantes.
De otro lado, el Proceso Participativo debe promover el desarrollo de actividades conjuntas entre la municipalidad, otras entidades del Estado y sociedad civil, orientadas al cumplimiento de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado. Es decir, todas las entidades e instituciones de un ámbito regional o local, deben orientar sus actividades y proyectos a la solución de problemas, vinculados al desarrollo de los objetivos del PDC.
En el proceso participativo se puede priorizar proyectos cuya ejecución comprometan recursos de más de un ejercicio fiscal, a fin de orientar la inversión local a proyectos que significan verdades soluciones a los problemas más relevantes de la comunidad.
FASE 7. Formalización de Acuerdos y Compromisos
Acuerdos y Compromisos del Plan de Desarrollo Concertado
Los Agentes Participantes, una vez definida la visión y los objetivos del desarrollo, que forman parte del Plan de Desarrollo Concertado, adoptan los siguientes acuerdos y compromisos:
• Desarrollar y/o adaptar los planes institucionales u organizacionales, según corresponda a la Visión y Objetivos del Plan de Desarrollo Concertado, en concordancia con los Ejes estratégicos y la Misión que le compete a cada una de las instituciones u organizaciones representadas en el proceso participativo. Ello permitirá vincular directamente los objetivos de mediano plazo a los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
• Desarrollar actividades y proyectos de manera coordinada y conjunta, orientadas al logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
• Asumir compromisos de trabajo permanente entre la autoridad regional, local y la sociedad civil, orientada al desarrollo sostenible.
• Difusión de la Visión, Objetivos y compromisos asumidos en el Plan de Desarrollo Concertado, hacia la comunidad.
Aprobados los acuerdos, éstos se formalizarán suscribiendo el Acta de Acuerdos y Compromisos, el cual debe contener las firmas de todos los Agentes Participantes que participaron en el proceso.
Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo.
Los agentes participantes, en la etapa final de priorización de proyectos y desarrollo de actividades, vinculadas a los problemas priorizados participativamente, realizan las siguientes acciones:
• Los resultados del Presupuesto Participativo consolidados por el Equipo Técnico en el "Documento del Presupuesto Participativo para cada año fiscal", incluyendo la evaluación y el desarrollo técnico y financiero de las propuestas y su incidencia en la solución de los problemas, son presentados por el Presidente del gobierno regional o Alcalde a los Agentes Participantes para su discusión, consideración, modificación y aprobación final de Acuerdos.
• Las propuestas de modificaciones deben ser justificadas y deberán ser evaluadas por el Equipo Técnico e informadas a los agentes participantes.
• Desarrollar actividades de manera coordinada y compartida, orientadas al logro de los objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
• Aprobados los acuerdos, los miembros de los Consejos de Coordinación y los Agentes Participantes formalizan los acuerdos suscribiendo un Acta de Acuerdos y Compromisos, el cual debe contener las firmas de todos los Agentes Participantes, incluyendo a los miembros del CCR.
Aprobados y formalizados los acuerdos y compromisos del Proceso Participativo, éstos convertidos en actividades y proyectos son incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura para su aprobación por el Consejo Regional y Concejo Municipal, según corresponda.
El "Documento del Proceso Participativo para cada año fiscal"
Corresponde al Equipo Técnico elaborar el "Documento del Proceso Participativo para cada año fiscal" de acuerdo a los contenidos mínimos establecidos. Dicho documento debe estar firmado por el Presidente Regional o Alcalde, según corresponda.
El trabajo de priorización de proyectos debe considerar los plazos de entrega del Proyecto del Presupuesto Institucional al Ministerio de Economía y Finanzas, establecidas en la Directiva de Programación y Formulación, para que dichas prioridades sean incluidas en el Proyecto del Presupuesto para cada año fiscal. Estos proyectos serán evaluados por el equipo técnico hasta el mes de setiembre, a fin que el Proyecto de Presupuesto Institucional definitivo que remitan al Ministerio de Economía y Finanzas en el mes de octubre, incluyan sólo los proyectos viables para su ejecución en cada año fiscal.
Dicho documento, con el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo debe ser remitido a la Dirección Nacional de Presupuesto Público junto con el Proyecto de Presupuesto Institucional del año siguiente en el plazo establecido por la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales para cada año fiscal.
El Presidente del Gobierno Regional o Alcalde, según corresponda, dispondrá su publicación en los medios disponibles para conocimiento de la comunidad, los acuerdos y compromisos asumidos por los agentes participantes, así como el cuadro de priorización d proyectos.
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FASE 8. Rendición de Cuentas
La rendición de cuentas constituye el punto de partida de los Talleres de Trabajo que llevarán a cabo los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo. A través de ella, el Presidente Regional o el Alcalde darán a conocer a los Agentes Participantes el cumplimiento de los acuerdos tomados en el proceso participativo del año anterior; asimismo, es un momento propicio para que de manera general, las autoridades informen respecto a los resultados de su gestión en el año anterior y el nivel de avance en la ejecución del presupuesto del año actual, tanto a nivel de actividades como de proyectos; así como el logro de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado.
Anual
Con el fin de ordenar el desarrollo de la rendición de cuentas, los titulares de pliego, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales o sus representantes elaborarán un breve Informe o Resumen Ejecutivo sobre la rendición de cuentas del Proceso Participativo previo, tanto en relación a los compromisos asumidos durante el proceso participativo del año anterior, su ejecución y el efecto de la inversión desarrollada en el desarrollo regional y local, la gestión regional o municipal en general; y, la calidad y los mecanismos de participación desarrollados para fortalecer a la sociedad civil y la gobernabilidad local y regional, el mismo que deberá hacerse de conocimiento de la población en general a través de los medios que se encuentren a su alcance.
De igual modo, los agentes participantes de la sociedad civil, entidades del Gobierno Nacional y Organismos de Cooperación Técnica Internacional, informan sobre el cumplimiento de los compromisos que asumieron, a fin de llevar adelante las acciones priorizadas en dicho proceso; constituyéndose así la rendición de cuentas, en un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades regionales y locales y la sociedad civil.
De esta manera, la rendición de cuentas permite al Gobierno Regional o Gobierno Local evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas en el Proceso Participativo, de manera consistente con sus Planes de Desarrollo Concertados, así como para la retroalimentación del proceso.
Semestral.
En el mes de octubre de cada año, los titulares de pliego de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales publican el avance en la ejecución del gasto público y los resultados logrados en el marco de los acuerdos del Proceso Participativo y del Presupuesto Institucional de la entidad y de los compromisos asumidos por la sociedad civil, entidades del Gobierno Nacional con presencia en la jurisdicción, la cooperación técnica internacional y la entidades privadas, tomando como referencia los indicadores de desempeño que se hayan definido o las principales metas físicas definidas en la formulación del Presupuesto Institucional. Asimismo, sin perjuicio de lo antes señalado, el Gobierno Regional o Gobierno Local implementa los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas que considere necesarios, en el marco de la normatividad vigente.
Trimestral
Del mismo modo, con el objeto de apoyar la transparencia de este ejercicio, la Dirección Nacional de Presupuesto Público publicará en su página Web, en los meses de abril, julio, octubre y enero del siguiente año, de acuerdo a lo comunicado por el Consejo Nacional de Descentralización, la información trimestral respecto a las transferencias efectuadas por el Gobierno Nacional a cada uno de los pliegos presupuestarios conformantes del Gobierno Regional y Gobierno Local. Los Comités de Vigilancia y Control, alcanzan un informe de manera trimestral al Consejo de Coordinación Local, sobre las acciones desarrolladas durante el trimestre y el cumplimiento de los acuerdos concertados en el proceso participativo.
Permanente
Las Oficinas de Planeamiento y Presupuesto de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, o las que hagan sus veces en el pliego, efectuarán el seguimiento y evaluación de los Planes de Desarrollo Concertados y Presupuesto Participativo, para lo cual registrarán en el "Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo del Presupuesto", la información del avance de ejecución física y financiera de las decisiones resultantes del proceso, en relación a los compromisos asumidos por las autoridades y demás agentes participantes; información que también será presentada de acuerdo a los lineamientos de Evaluación Presupuestaria que oportunamente aprobará la Dirección Nacional del Presupuesto Público.
En este sentido, la evaluación es continua y dinámica y consiste en determinar los resultados del Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo en base al análisis y medición económica, empleando para ello indicadores de desempeño o las principales metas físicas definidas en la formulación del Presupuesto Institucional. La evaluación genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de los objetivos y acciones trazadas en el Plan de Desarrollo, así como para la retroalimentación del proceso.
Los avances del proceso se podrán hacer de conocimiento a la ciudadanía a través de los portales Web de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, que han sido implementados en cumplimiento de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
CAPÍTULO IV
Los mecanismos de vigilancia participativos y responsabilidad del proceso
1. Comités de Vigilancia y Control
Los agentes participantes para fines de las acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo eligen el Comité de Vigilancia y Control, entre los agentes participantes de la sociedad civil; éste se conforma al inicio del proceso y finaliza su labor en diciembre del año siguiente.
En tal sentido, en un año coexisten dos Comités de Vigilancia y Control. Aquel conformado para el año en curso y el año siguiente; y el otro que continúa vigilando por segundo año el Proceso de la Ejecución del Presupuesto.
Requisitos para ser elegidos
• Ser Agente Participante, representante de una organización social de base o de institución privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional
• Radicar en la jurisdicción donde se desarrolla el proceso participativo
Funciones
El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (04) miembros y son competentes para:
• Vigilar el desenvolvimiento de las distintas etapas de proceso participativo, según los principios del presente instructivo; así como el cumplimiento de los acuerdos concertados en el Presupuesto Participativo.
• Vigilar que los proyectos priorizados formen parte del Presupuesto Institucional de Apertura.
• Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente al proceso participativo, a fin de facilitar la vigilancia.
• Vigilar que los recursos municipales y de la sociedad civil, destinados al presupuesto participativo del ejercicio fiscal, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos.
• Informar semestralmente a los Consejos de Coordinación Regional y Local y a la Sociedad Civil en general, sobre los resultados de la vigilancia.
• Que se cumplan con las rendiciones de cuentas establecidas.
Información a proporcionar al Comité de Vigilancia y Control.
Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales deben proporcionar a los Comités de Vigilancia, la siguiente información:
El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente a la inversión
Ejecución de ingresos semestrales
Ejecución de gastos de inversión, semestral y anual.
Además, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, deben proporcionar obligatoriamente, de acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a los Comités de Vigilancia y Control, así como a los ciudadanos en general, la información que soliciten respecto al proceso del presupuesto participativo.
Los Comités de Vigilancia y Control, así como los ciudadanos en general que lo requieran, a través de dichos Comités, tienen la facultad, en caso encuentren indicios o pruebas que señale la comisión de delito, de realizar la denuncia correspondiente ante instancias como la Contraloría General de la República, el Ministerio Público, el Congreso de la República y la Defensoría del Pueblo.
Comité de Vigilancia de Obra.
Con el fin de apoyar la labor de vigilancia que viene desarrollando el inspector o supervisor de obras, que de acuerdo al Artículo 148º del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, los beneficiarios de los proyectos pueden constituir Comités de Vigilancia de Obra.
2. Responsabilidad del Proceso Participativo
Del Presidente Regional y Alcalde
El Presidente Regional y el Alcalde, son responsables de llevar adelante las distintas fases del Proceso Participativo, conforme a los mecanismos que establece la Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento.
De los Consejeros Regionales y Regidores Municipales
Los Consejeros Regionales y los Regidores Municipales, según sus respectivas Leyes Orgánicas, son responsables de fiscalizar el Proceso Participativo para cada año fiscal y de aprobar el Presupuesto Participativo Anual, conforme al Acta de Acuerdos y Compromisos y el "Documento del Presupuesto Participativo", en aplicación del Principio Rector 8. Respeto a los Acuerdos, de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo.
De las Oficinas de Planificación y Presupuesto
La Oficina de Planificación y Presupuesto o la que haga sus veces en el Gobierno Regional y Gobierno Local, como parte del Equipo Técnico nombrado mediante Ordenanza, es responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar los resultados obtenidos en el Proceso Participativo para cada año fiscal.
Del Órgano de Control Institucional y de la Contraloría General de la República
El Órgano de Control Institucional del gobierno regional y gobierno local, en el marco de sus funciones dentro del Sistema Nacional de Control, efectúa el control gubernamental relativo al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo. En el caso que los Gobiernos Locales no cuenten con una Oficina de Control Interno, la Contraloría General de la República dispondrá las acciones pertinentes en el marco de sus atribuciones. La Contraloría General de la República en el marco de la Ley Nº 27785, es la encargada de velar por el cumplimiento del presupuesto participativo.
Conclusiones
El Presupuesto Participativo es un instrumento de política y a la vez de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, teniendo en cuenta los Objetivos del Plan de Desarrollo Estratégico o Institucional, según corresponda, los cuáles están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.
El presupuesto participativo que Carlos Grey define – en su Manual de Presupuesto Participativo – como un espacio público no estatal, en el cual el gobierno y la sociedad se reúnen para ponerse de acuerdo acerca de cómo definir las prioridades de los ciudadanos hacia la "agenda" de las políticas públicas. Además de poner en manos de la población un mecanismo de control sobre el uso que el gobierno local hace de los fondos públicos".
El presupuesto participativo, según los expertos, aparece formalmente en el Perú en el distrito de Limatambo, provincia de Anta, en el Cusco el año de 1993. Pero, históricamente tiene su origen el año 1983 con la creación de la Municipalidad del distrito de Villa El Salvador, en Lima, en la que se decide realizar la gestión edilicia bajo la forma de cogobierno: municipio – vecindario.
Bibliografía
GREY, Carlos. Manual No. 2: Finanzas municipales para el desarrollo sostenible. Foro ciudades para la vida.
GREY, Carlos. Manual No. 1: Presupuesto Participativo. Foro ciudades para la vida.
DIAZ, Julio. Manual No. 3: Normas sobre el presupuesto participativo en los ámbitos regional y local. Foro ciudades para la vida.
Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo.
Ley Nº 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
Autor:
Alejandro Camarena Carlos
Estudiante de décimo primer ciclo en la Universidad San Martín de Porres. Perteneciente al tercio superior.
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