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Ley de divorcio

Enviado por simpatikisima


    Indice1. Antecedentes 2. Proyecto 3. Posturas 4. La experiencia en el resto del mundo 5. Divorcio: discrepancias sobre efectos en los hijos

    1. Antecedentes

    Tras cuatro años de estancamiento en el Senado, el proyecto de ley de Matrimonio Civil o "ley de divorcio" volverá a la discusión pública luego que el gobierno y la oposición decidieran presentar indicaciones a esta iniciativa. La propuesta gubernamental, que ingresó el miércoles 13 de septiembre del 2001 a la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado, perfeccionará la moción aprobada en 1997 por la Cámara de Diputados y que desde entonces se encuentra "durmiendo" en el Senado. A su vez, la oposición -representada en este tema por el senador Sergio Diez (RN) y Hernán Larraín (UDI)- anunció que presentará indicaciones sustitutivas del proyecto una vez que el Ejecutivo entregue su propuesta. Si bien, el gobierno no le otorgó urgencia a este trámite, los integrantes de la comisión -Sergio Diez (RN), Juan Hamilton (DC), Andrés Chadwick (UDI) y los institucionales Marcos Aburto y Enrique Silva Cimma- se comprometieron a iniciar su estudio a partir de noviembre. En todo caso, el presidente de esta instancia, el senador Sergio Diez, advirtió que el despacho de la norma no sería antes de las elecciones parlamentarias de diciembre, sin embargo, aseguró que para fin de año la comisión ya habrá emitido un primer informe sobre el tema. Obtener una ley de divorcio es una de las principales promesas que hizo el Presidente Ricardo Lagos durante su campaña presidencial. Por ello es que La Moneda ha sostenido un largo proceso de conversaciones con la Iglesia Católica y ha cedido a las fuertes presiones ejercidas por parlamentarios oficialistas. Como resultado de estos tira y afloja, el Ejecuto flexibilizó varios puntos de la indicación sustitutiva que había dado a conocer el ministro de Justicia, José Antonio Gómez, el 31 de agosto del 2001, -la cual sustituía por completo el proyecto de ley de divorcio aprobado por la Cámara Baja en 1997-, y sólo le agregó algunos resguardos que modifican dicha moción.

    Un siglo de intentos Sin embargo, los intentos por legislar sobre este tema en Chile no son nada nuevo. De hecho, se remontan desde principios de siglo. En 1914, el diputado Alfredo Frigolett presentó un proyecto donde se estipulaba la creación de una ley de divorcio con disolución de vínculo, sin embargo, la iniciativa fue rechazada por 40 votos contra 14. En 1917, un grupo de radicales intentaron presentar un proyecto similar en el Congreso. La iniciativa descansó seis años en la Cámara hasta que se acordaron de su existencia. No obstante, la moción se descartó por 52 votos contra 45. En 1927, 1933, 1964 y 1969 muchos honorables retomaron el tema e igualmente fracasaron. En 1971, diputados de la Izquierda Cristiana volvieron a la carga, pero nunca existió una votación al respecto, debido al cierre del Congreso en 1973. Tras el retorno a la democracia, la Cámara de Diputados aprobó el 8 de septiembre de 1997 un proyecto de ley de divorcio, cuyo contenido se basó en la propuesta elaborada en 1995 por los parlamentarios Isabel Allende, Patricio Walker, María Antonieta Saa y Sergio Elgueta entre otros. Sin embargo, desde esa fecha la iniciativa se encuentra sin tramitación en el Senado.

    2. Proyecto

    ¿Qué plantean el gobierno y la oposición?

    Al igual que la iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados en 1997, el nuevo texto del gobierno acoge el divorcio con disolución de vínculo. Sin embargo, su eje principal es la protección al matrimonio y a los hijos, a través de un sistema de mediación, cuya finalidad es recomponer el vínculo. En tanto, la propuesta de la oposición -que cuenta con la confianza de la Iglesia Católica- no acepta el divorcio con disolución de vínculo, pero reconoce la posibilidad que tienen los contrayentes de vivir separados si la convivencia falla. Según esta indicación, al no establecer la disolución del vínculo, se mantienen los deberes y derechos entre los cónyuges, como por ejemplo: los derechos de herencia, los deberes de mantener a su cónyuge legítimo en caso de que sufra algún accidente invalidante y la opción de recomponer el matrimonio. A su vez, el proyecto de la derecha introduce la figura de "familia jurídicamente reconocida" cuando una persona separada convive con otra durante más de cinco años. La idea es reconocer que entre los convivientes se generan derechos y obligaciones que actualmente no están regulados por la ley.

    Plazos para el divorcio La modificación del gobierno retira el "divorcio abierto", el cual señalaba -en el proyecto aprobado en 1997- que cuando hay separación de común acuerdo entre los cónyuges autoriza que a los tres años de ruptura efectiva pueda decretarse el divorcio. Pero si la separación se produce por la voluntad unilateral de una de las partes, el divorcio vincular puede ser decretado por el juez a los cinco años de separación, contados desde que se constate el cese de la convivencia. Ahora, el gobierno mantiene el plazo de tres años para decretar el divorcio cuando hay acuerdo de separación en la pareja, y además, cuando se den causales como la violencia intrafamiliar, el maltrato o el abandono de deberes después que se inicia la separación provisoria. En el caso de que no exista acuerdo de divorcio entre los cónyuges, el Ejecutivo reduce a cuatro años el período para disolver el vínculo, desde el momento en que se constata la separación provisional.

    Causales de nulidad y divorcio Tanto la indicación del Ejecutivo como de la oposición elimina como causal de nulidad el incumplimiento oficial del Registro Civil por inhabilitación de testigos, y autoriza que cualquier oficial civil celebre el matrimonio. También, coinciden en agregar algunas causales de nulidad autorizadas por el Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica como por ejemplo, la falta de uso de razón o del suficiente juicio o discernimiento para comprender y comprometerse con los deberes esenciales del matrimonio. A su vez, se mantienen la bigamia, ser menor de 16 años, la incapacidad de expresarse con claridad por escrito o en forma verbal, el error en la identidad de uno de los contrayentes, la fuerza, incapacidades por parentesco y la incapacidad moral, relativa al matrimonio entre el cónyuge sobreviviente y el autor, cómplice o encubridor del homicidio del marido o la mujer. El gobierno, además, incorporó como causal de divorcio o nulidad la violencia intrafamiliar hacia el cónyuge, sus ascendientes o descendientes; cometer adulterio; abandonar injustificadamente el hogar común de manera permanente; faltar gravemente a los deberes de auxilio y protección entre los cónyuges o respecto de los hijos, o que uno de los cónyuges adopte una conducta que contradiga gravemente los fines del matrimonio. Si no hay responsabilidad de uno de los cónyuges en la ruptura, se podrá pedir el divorcio unilateralmente sólo argumentando que ha cesado la vida en común de manera permanente e irrevocable.

    Sistema de mediación En el proyecto del gobierno se incorpora un sistema de mediación durante la separación provisoria con diferentes orientaciones, entre ellas, la de orden religioso para quienes deseen buscar asesorías en ese ámbito. Además, los cónyuges podrán recurrir a sicólogos, asistentes sociales o mediadores ya sea para recomponer la relación o bien atenuar el impacto que tiene este hecho en los hijos. Para ello se abrirá un registro que exigirá determinados requisitos para ser mediador en la nueva ley de matrimonio civil. La propuesta gubernamental establece que sólo será obligatorio concurrir a una sesión cuando se trata de una separación definitiva o de una petición de divorcio, para verificar si es posible una reconciliación. De lo contrario, se sigue adelante con el procedimiento sea de nulidad o de divorcio. En tanto, la indicación opositora establece la obligatoriedad de las partes de asistir a un número determinado de sesiones de algún programa de orientación familiar, elegido por los propios cónyuges.

    Regulación La iniciativa, tanto del Ejecutivo como de la oposición, incluyen una estricta regulación de obligaciones y derechos de los cónyuges y los hijos durante las separaciones de hecho que puedan derivar en un juicio de nulidad o de divorcio. Por ejemplo, el destino de la casa patrimonial, la tuición de los hijos, los deberes de alimentos y el derecho a visitas. A su vez, la propuesta del gobierno distingue entre los matrimonios con y sin hijos para los efectos de regular la ruptura, en particular respecto de los tiempos fijados para las etapas del procedimiento.

    Prevención Asimismo, ambas iniciativas contemplan medidas preventivas para que un matrimonio perdure, como por ejemplo: aumenta la edad mínima de los contrayentes a 16 años (actualmente es de 14 años para el hombre y de 12 años para la mujer). También, se mantiene la obligatoriedad para los menores de edad de contar con el consentimiento de los padres.El proyecto de la oposición establece, además, que los contrayentes asistan a algún curso de preparación matrimonial, sea en instituciones religiosas o civiles, salvo que ambas partes acuerden no realizarlo.

    Tribunales de la Familia El texto elaborado por la oposición establece la creación de los Tribunales de la Familia, para que allí se resuelvan las demandas de divorcio, nulidad matrimonial y separaciones de hecho, y los conflictos familiares que deriven de estas rupturas y casos de violencia intrafamiliar. Dicha iniciativa está detenida desde 1997 en el Congreso, reactivándose su discusión en junio del 2001, cuando el Ejecutivo envió una indicación a la Cámara Baja para corregir algunos aspectos de la propuesta inicial. Según el ministro de justicia, José Antonio Gómez, el gobierno espera que el proyecto de Matrimonio Civil y el de losTribunales de la Familia sean despachados de manera simultánea ya que se tramitarán en forma paralela.

    Tres finales posibles de un matrimonio Según la modificación que plantea el gobierno al proyecto de ley de Matrimonio Civil el procedimiento que se seguiría para regularizar el fin de un matrimonio es el siguiente: Primero, uno o ambos cónyuges presentan ante el tribunal una demanda de tuición de los hijos, regulación de visitas o petición de alimentos; o una denuncia por violencia intrafamiliar, con lo cual se establece la separación provisoria. Aquí, la pareja puede asistir voluntariamente a sesiones de mediación y se regulan las pensiones alimenticias, las visitas de los hijos y su tuición. Transcurrido dos años de separación provisoria, la pareja puede pedir la separación definitiva. En ese momento, comienza -en forma obligatoria- el proceso de mediación, el cual está a cargo de sicólogos, asistentes sociales o mediadores. La pareja puede elegir si desea darle una orientación religiosa o no a las sesiones. Cuando se obtiene la separación definitiva, los cónyuges tienen tres alternativas para definir su relación matrimonial: Mantener la condición de separado: La separación permanente puede ser requerida por cualquiera de los cónyuges y anotada en el Registro Civil. Esta condición no habilita a los separados para casarse de nuevo. Eso sí, se adquieren derechos permanentes en el ámbito patrimonial de los cónyuges y en relación con los hijos. Anular por causales debidamente acreditadas. Los cónyuges vuelven a ser solteros, por lo tanto, pueden volver a casarse. El divorcio con la disolución definitiva del vínculo matrimonial: En este caso, si hay acuerdo entre las partes, éste puede pedirse al tercer año de la separación provisoria o al año de tener la separación definitiva. Y si la decisión de divorciarse es unilateral, la solicitud se puede formular al segundo año de la separación definitiva, con lo cual se completan los cuatro años desde el momento en que se pidió la separación provisoria. Una vez disuelto el vínculo matrimonial los divorciados pueden contraer nuevas nupcias.

    ¿Cómo termina el matrimonio hoy? En Chile el matrimonio termina definitivamente sólo a través de dos causales: Por la muerte de uno de los cónyuges, que puede ser natural o a través de la declaración de muerte presunta.

    Por la declaración de Nulidad del matrimonio. La separación de hecho de los cónyuges, es decir cuando los cónyuges dejan de vivir juntos, no pone término al matrimonio, aunque pasen diez o más años se mantienen todos los derechos y obligaciones del matrimonio. Para solicitar la nulidad del matrimonio es indispensable que exista una causa que permita solicitarla. Las causales de nulidad son muy estrictas y difíciles de cumplir, lo que hace casi imposible anular el Matrimonio. La causal más conocida y utilizada es la incompetencia del Oficial del Registro Civil, esto es, que el Oficial que casó a la pareja no correspondía al domicilio de ninguno de ellos. A pesar de que es muy difícil que esto ocurra, es bastante utilizada porque los cónyuges se ponen de acuerdo en esto en el juicio que se tramita ante el Tribunal Civil.

    Para que pueda utilizarse esta causal se requiere: 1.- El acuerdo de ambos cónyuges: este acuerdo debe ser voluntario, lo que significa que el marido no tiene medios legales para forzar a la mujer a que le de la nulidad y viceversa. En la práctica, los cónyuges utilizan mecanismos de presión como el dinero, bienes o incluso los propios hijos, pero no se puede recurrir a la justicia a solicitar la nulidad si no existe acuerdo. 2.- Contratar a un abogado particular: porque los organismos que dan atención legal gratuita, no toman causas por nulidad de matrimonio.

    Consecuencias de la declaración de nulidad Si se cumple con los requisitos y el tribunal declara la nulidad del matrimonio las consecuencias son las siguientes: Los cónyuges vuelven a ser solteros. Se entiende que el matrimonio nunca existió, lo que significa que la mujer no tiene derecho a demandar a su ex-cónyuge por pensión de alimentos, ni tiene derecho a herencia si éste fallece. Además, se extinguen todos los derechos y deberes del matrimonio. Los hijos siguen siendo hijos del matrimonio, por lo tanto, ellos mantienen todos los derechos y obligaciones respecto de sus padres. Esto es: tuición, pensión de alimentos, visitas, herencia, etc. Se disuelve la sociedad conyugal.

    3. Posturas

    En contra del divorcio La Iglesia Católica El nuevo proyecto propuesto por el gobierno crea la posibilidad de eliminar definitivamente el vínculo, asumiendo que hubo un matrimonio y una separación. Este punto se enfrenta a la posición de la Iglesia Católica, la cual sólo acepta anular el matrimonio -sobre la base de causales muy restrictivas, es decir, establecer que nunca existió. Uno de los representantes de la Iglesia en las conversaciones para analizar el tema del divorcio con el gobierno, el abogado Jorge Morales, afirma que hay aspectos de la indicación gubernamental que valoran y con las que están de acuerdo, sin embargo también existen otras conclusiones que las consideran un retroceso como la opción -antes mencionada-, de disolver definitivamente el vínculo matrimonial. Según el profesional existe pleno acuerdo entre ambas partes en la necesidad de que en Chile se trate el tema de las rupturas matrimoniales, pero partiendo de la base de la indisolubilidad del vínculo cuando el enlace ha sido válido desde el punto de vista civil y religioso. "Si el matrimonio no tiene arreglo, la primera prioridad es la nulidad. La diferencia con el gobierno está en que nosotros le damos mucho más énfasis a la nulidad como solución de las rupturas porque ésta -enriquecida con otras causales más finas- da salida a gran parte de las demandas por quiebres en las relaciones", explicó el abogado. En su opinión, no es exacto decir que se necesita una ley de divorcio para solucionar el problema de las rupturas matrimoniales, pues "existen otros medios para atender los quiebres. Por eso hay que perfeccionar la ley de nulidades". A su vez, el represente de la Iglesia no consideró adecuada la inclusión de la violencia intrafamiliar como una factor para establecer la disolución del vínculo matrimonial. "Es un tema que se debe prevenir y regular mucho antes y que no tiene que ver ni con la nulidad ni el divorcio".

    Grupos conservadores de derecha Grupos conservadores de derecha han expresado su rechazo a una ley de divorcio, y han decidido defender a la familia y a la institución del matrimonio, participando en el debate nacional y haciendo frente a un corriente que – afirma- se expresa contraria a la familia. Además, pretenden dar apoyo y consejería permanente a parejas y familias que hoy enfrentan problemas. Entre estos grupos conservadores, que han anunciado su ofensiva en contra del divorcio, están: La Fundación "Casa de la Familia" y "Que Chile Viva". Este último iniciará su ofensiva en unas semanas más. Ambas agrupaciones surgieron como un desafío autoimpuesto de un grupo de laicos vinculados al movimiento Schoenstatt. "Que Chile Viva" recibió una sugerencia en tal sentido de manos del cardenal Francisco Javier Errázuriz.

    A favor del divorcio El gobierno Para el ministro de Justicia, José Antonio Gómez, hoy la nulidad del matrimonio sólo la pueden ejercer aquellos que tienen dinero, porque hay que pagar un abogado privado. Sin embargo, con las indicaciones al proyecto de Matrimonio Civil, esta facultad podrá ser ejercida por quienes quieran ya que aunque no tengan recursos van a poder ser atendidos por organismos normales. A su vez, la ministra del Servicio Nacional de la Mujer, Sernam, sostiene que tener una Ley de Divorcio en Chile tiene sentido en la medida en que protege a los más débiles y da una salida a una segunda oportunidad a las familias que fracasaron. La secretaria de Estado agrega que hoy se tiene una escapatoria, una válvula, que es la nulidad. Pero para que esa nulidad se haga efectiva tienen que estar de acuerdo las dos partes. Una Ley de Divorcio debe abrir la posibilidad a que, no estando de acuerdo las dos partes, sino una sola, haya un camino de salida. Adriana Delpiano destaca que la propuesta del gobierno está contemplada para que se determine con claridad el cumplimiento de la pensión para la pareja y los hijos o la regulación de las visitas y otras situaciones ligadas al tema. Pero también, una vez concluido el proceso de término del matrimonio, el tribunal podrá adoptar resoluciones que protejan al cónyuge que tenga una situación desmedrada, que generalmente es la mujer. La titular del Sernam sostiene que las dificultades en solucionar la separación de la pareja han afectado el interés por el matrimonio, cuya tasa ha bajado desde comienzos de la década del '80 de 7,5 por cada mil habitantes a 4,6 en 1999.

    A su vez, la directora del Centro de Estudios para el Desarrollo de la Mujer, Ximena Valdés S., agrega otros datos basados en cifras del Instituto Nacional de Estadísticas, INE, que señalan lo siguiente: Las nulidades han aumentado, pasando del 3,6% de los matrimonios en 1980 al 9,9% en el 2000. La vida en común sin celebración de matrimonio de ninguna especie acapara cada día más la opción de pareja, en particular de los más jóvenes. La proporción de hogares con jefatura femenina representaba en 1970 el 20.3% del total y en 1992 el 25,3%. Como consecuencia de este proceso de des-institucionalización de la familia, cerca de la mitad de los hijos nace fuera del matrimonio, mientras en 1960 llegaban al 16% y en el '70 al 18,5%.

    Otras iglesias No todas la iglesias son contrarias a una ley de divorcio. Según la ley judía, el divorcio es un derecho que tienen todas las parejas y esta situación tiene orígenes bíblicos. Los Mormones consideran que el divorcio no es una situación deseable, pero muchas veces viene a salvar a las personas de situaciones desastrosas. Las Iglesias Evangélicas, en su gran mayoría están de acuerdo con que se legisle al respecto; Francisco Anabalón, obispo de la Iglesia Pentecostal Apostólica, ha declarado que aunque ellos no sean partidarios del divorcio, creen que "cuando una relación muere, se muere el matrimonio y éste se convierte en una caricatura. El divorcio no mata el matrimonio y, por lo tanto, es necesario que se dicte una ley para corregir falsedades y se siga un camino más sincero y real".

     

    Ante la pregunta: ¿Es partidario de una ley de divorcio? los parlamentarios respondieron lo siguiente: Apoya: RN: Carlos Vilches – Mariana Prochelle – Lily Pérez – Osvaldo Palma – Arturo Longton – Carlos Kuschel – Pablo Galilea. UDI: Manuel Rojas. PPD: Felipe Leterirel – Guido Guirardi – M. Antonieta Saa – Laura Soto – Eugenio Tuma – Guillermo Ceroni – Patricio Hales – Enrique Jaramillo – Víctor Barrueto – Antonio Leal – Aníbal Pérez – Nelson Avila – Sergio Bitar. PS: Sergio Aguiló – Alejandro Navarro – Isabel Allende – Juan Bustos – Carlos Montes – Pedro Muñoz – Jaime Naranjo – Fanny Pollarolo – Juan Pablo Letelier – Jaime Gazmuri – Ricardo Núñez – Carlos Ominami. DC: Homero Gutiérrez – Sergio Elgueta – Miguel Hernández – Víctor Reyes – Carlos Olivares – Edmundo Salas – Tomás Jocelyn Holt – Antonella Schiaraffia – María Rozas – Mario Acuña – Jorge Lavandero – Sergio Páez – Jorge Pizarro. PRSD: Iván Mesías. IND: Rosa González – Antonio Horvath.

    Rechaza: UDI: Jorge Ulloa – Carlos Recondo – Víctor Pérez – Jaime Orpis – Patricio Melero – Sergio Correa – J. Antonio Coloma – Gonzalo Ibañez – Claudio Alvarado -Marco Cariola – Andrés Chadwick – Sergio Fernández – Jovino Novoa – Francisco Prat – Beltrán Urenda. RN: Pía Guzmán – José García – René García – Haroldo Fossa – Sergio Romero. PPD: Leopoldo Sánchez. DC: Edmundo Villouta – Enrique Krauss – Rafael Arratia – Joaquín Palma – Sergio Velasco – Patricio Cornejo – Andrés Zaldívar. INST: Jorge Martínez B. – Julio Canessa. UCCP: M. Victoria Ovalle.

    Apoya con reparos: RN: Osvaldo Vega – Baldo Prokuriça – José Antonio Galilea – Alberto Espina – Ignacio Pérez W. -Mario Ríos. UDI: Juan Masferrer – Eduardo Díaz DC: Gabriel Ascencio – Luis Pareto – Ignacio Walker – Patricio Walker INST: Fernando Cordero. Rechaza con reparos: RN: Alberto Cardemil – Roberto Delmastro. UDI: Carlos Bombal. DC: Jaime Jiménez.

    4. La experiencia en el resto del mundo

    Luego que Irlanda, mediante un referéndum, aceptara el divorcio, Chile quedó como el único país occidental que no lo admite. A continuación, presentamos la experiencia de algunas naciones que se atrevieron a dar el sí al divorcio:

    Ecuador La primera instancia es la audiencia de conciliación, en donde la pareja tiene su última posibilidad de seguir juntos; si el divorcio es de mutuo consentimiento, viene un juicio que determinará los derechos de los cónyuges, la repartición de los bienes y la tuición de los hijos. La pensión alimenticia dependerá del estatus social y el padre deberá comprometerse a mantener la calidad de vida de sus hijos. Los divorciados deben esperar un año para volver a casarse. Aunque los ecuatorianos son una sociedad conservadora, cada vez más gente está conviviendo; las uniones de hecho también son reconocidas.

    Federación de Rusia La Iglesia no interviene en las separaciones. Los hijos se quedan con la madre y una corte especifica la obligación económica del padre. Lo normal es que dé cerca de un 15 por ciento de su sueldo a sus hijos hasta que éstos cumplan 18 años.

    Guatemala El divorcio garantiza la pensión alimenticia para hijos y madre, siempre y cuando esta última no trabaje. Si lo hace, sólo reciben pensión los hijos. Quienes se niegan a cumplir esto, deben pagarlo con prisión. Lo normal es que las partes lleguen a un acuerdo común, ante un notario, y luego dividan bienes. Sólo después de transcurridos dos años, la pareja afectada debe concurrir hasta el juez para que éste declare la separación legal. Los hijos reciben la pensión alimenticia hasta los 25 años, siempre que estudien y sean solteros. Guatemala es un país moralista y católico, por lo tanto busca la situación legal estable.

    Italia Aumentan las separaciones y divorcios entregando a las madres la tutoría de los hijos. Un estudio hecho por el organismo Instat reveló que la separación aumentó en comparación a los divorcios. El primero mostró un incremento del 4,1 por ciento y el segundo, 0,5 por ciento. De cada 10 mujeres, siete prefieren la separación, mientras que los hombres eligen una vía más definitiva, como el divorcio. La edad en que se presenta el malestar conyugal es entre los 38 y 44 años. En Italia, las crisis conyugales se presentan mayoritariamente en el norte, con 7,9 divorcios por cada mil parejas y 5,9 separaciones cada mil parejas. En tanto, en el sur la cifra baja a 1,8 separaciones por mil habitantes y 0,8 divorcios por mil parejas.

    Francia

    Según cifras de Naciones Unidas, los divorcios aumentaron del 12 al 40 por ciento entre 1971 y 1985. Las cifras más alarmantes dicen que hay un divorcio por cada dos matrimonios. Se sabe que el 58 por ciento de las parejas en instancias de divorcio no tiene hijos. El 68 por ciento de las divorciadas son profesionales. Ellas son las primeras en tomar la decisión de separarse.

    Estados Unidos Dicen que seis de cada siete matrimonios divorciados estadounidenses vuelven a separarse y que ocho de cada 10 divorciados por segunda vez, lo hacen por tercera. Más del 50 por ciento rompe sus matrimonios, por eso muchos dicen que esta unión legal y sacramental ha vuelto a entrar en los corazones de los estadounidenses; de tanto fracaso se ha convertido en algo así como la moda de casarse por la iglesia y tener una pareja estable. Algunas universidades han hecho estudios que aseguran que muchos están de vuelta, incluso hay cátedras para superar la falta de comunicación. La imposibilidad de diálogo es la principal causa de separación. En 1998, se divorciaron un millón 135 mil parejas.

    Alemania Está en la lista de países que han duplicado los divorcios durante los últimos 14 años. Para esto hay que vivir separados por más de un año, y más de tres, en caso de que una de las partes no esté dispuesto a divorciarse. El tiempo puede ser más corto en caso de que haya existido violencia, alcoholismo o amantes de por medio.

    Otros sistemas Canadá Ha triplicado el número de divorcios. En este país, la legislación es provincial. La provincia de Ontario tiene una ley que permite el divorcio desde 1930; Quebec y Terranova, desde 1968.

    Suecia Mujer y hombre tienen los mismos derechos, obligaciones y oportunidades. En 1921 se imprimió el nuevo código del matrimonio que los equipara. En el libro Igualdad a la Sueca (escrito por Gunilla Fürst) se menciona que, a pesar de los avances, todavía no se espera que el hombre asuma igual que la mujer las responsabilidades domésticas del hogar; según encuestas, las suecas están descontentas con esta división del trabajo y por esta razón serían ellas las primeras en querer divorciarse.

    España En una de las últimas encuestas hechas por el Centro de Investigaciones Sociológicas se demostró que los jóvenes españoles, de 15 a 19 años, consideran que la familia es más importante que la amistad, trabajo, vivienda, educación, ocio o ganar dinero. Sólo la salud supera todo. A pesar de esto, en España el número de divorcios ha aumentado un 47 por ciento en los últimos siete años. Otro cambio en la estructura social clásica está dado por las familias con hijos, pero sin padre o madre. Los expertos también aseguran que las uniones de hecho son otra realidad en aumento y que no han desaparecido por la existencia del divorcio.

    Argentina Según datos de la legislación de familia, en los últimos años (1992-1997) aumentó el número de parejas convivientes, como así también los divorciados. Comenzaron a casarse menos y a convivir más, aunque la cantidad de solteros es bastante alta. A mayor edad disminuye el porcentaje de población unida. Los hombres tienen mayor presencia en la categoría de unidos después de los 50 años, mientras que los jóvenes están dentro de las uniones consensuales. La proporción de divorciados es mayor entre las mujeres, sobre todo de 30 a 59 años. La mujer muestra una menor propensión a volver a casarse luego del divorcio; los hombres, no.

    Gran Bretaña Según cifras oficiales, en 1997 un poco más de la mitad de los casados eran menores de 16 años. Aproximadamente uno de cada 12 personas se divorcian. En 1997 se casaron 310 mil parejas, una de las cifras más bajas del siglo XX. Aumentaron los convivientes.

    India Por ser un país multirreligioso y multicultural, existen diversas leyes y normas. Sin embargo, hay también ciertas obligaciones para el marido, como mantener a la esposa más allá del estado del matrimonio. Incluso es un derecho que se extiende hacia padres indigentes o esposas solas divorciadas. No es posible saber un número de divorciados, como tampoco es fácil llegar a hacerlo, pues los tabúes sociales son tan grandes como la cantidad de trámites.

    México El código civil de este país establece como causales de divorcio: el adulterio, la propuesta del marido para prostituir a la esposa, violencia, inmoralidad que corrompa a hijos, enfermedades como sífilis, enajenación mental y el mutuo consentimiento, entre otros. Según cifras oficiales, en México, de cada 100 personas de 12 años y más, 53 están casadas o en unión libre, 39 permanecen solteras y ocho, viudas.

    Australia Existe la ley de 1975 que permite divorciarse a los matrimonios separados por más de un año. Estos aumentaron desde 1976, pero declinaron en 1979. Las separaciones fluctúan entre 2,4 y 2,9 divorcios por mil personas. En 1998 hubo 12,4 divorcios por cada mil parejas casadas.

    Finlandia Junto a Suecia encabezan las estadísticas de divorcios en la Unión Europea. En 1998 se promulgó una nueva ley de matrimonio que facilita la disolución del vínculo conyugal al punto de que ya no se buscan culpables ni mecanismos obligatorios de reconciliación, como antes. Primero viene una solicitud de las partes, luego esperar seis meses y a continuación el divorcio. La nueva ley multiplicó el divorcio casi en 150 por ciento, aunque también se puede deber a que antes de casarse las parejas conviven muchos años hasta quizás llegar a la saturación.

    Noruega La ley de divorcio existe desde 1909, una de las más liberales de la época. Cada año se disuelven cerca de 9 mil 500 matrimonios; en 1998 hubo 9 mil 346, es decir, de cada mil matrimonios fueron disueltos 10,6. Oslo encabeza las estadísticas con una duración de 12 años por matrimonio.

    5. Divorcio: discrepancias sobre efectos en los hijos

    Según una investigación del sicólogo irlandés Patrick Fagan, acérrimo defensor del matrimonio, miembro investigador de la fundación William H.G. Fitzgerald y de la Heritage Foundation en temas relacionados con la cultura y la familia, el divorcio está hiriendo de forma devastadora a la sociedad norteamericana, sobre todo las vidas de los hijos. El autor irlandés, quien además se desempeñó como subsecretario subrogante de Salud y Servicios Humanos en el gobierno de George Bush, señala que sus efectos son obvios en la vida familiar, asistencia a clases, estabilidad laboral, salud física y mental, consumo de drogas y criminalidad". "Muchos decían que no había diferencias entre los hijos de divorciados y los de familias estables, lo que es un gran error, porque se ha demostrado que hay diferencias entre ellos. Lo que muestra la investigación repetidamente es que a los niños les va mejor, incluso, cuando los padres están en problemas pero juntos, que cuando están separados", dice Fagan. En uno de sus libros, señala que los niños cuyos padres se han divorciado están cada vez más expuestos a ser víctimas de abusos y abandonos. Ellos muestran más problemas de salud, emocionales y de conducta, se da un porcentaje más alto de suicidios. De la misma opinión es la investigadora norteamericana Judith Wallerstein, quien en una investigación indica que, además, los hijos de familias divorciadas y vueltas a casar son más agresivos hacia sus padres y profesores, incurren en actividad sexual más prematura, hay más niños nacidos fuera del matrimonio y más divorcios en la adultez.

     

     

     

     

    Autor:

    Marlene del Carmen Rodriguez Almazabal