- Antecedentes históricos y evolución del Derecho Colectivo del Trabajo en Venezuela
- La revolución industrial mundial y sus consecuencias
El derecho laboral, es un deber moral presente en el ser humano, el cual viene evolucionando desde épocas antiguas. Para obtener este resultado, el ser humano tuvo que pasar por una serie de transformaciones, pensamientos e ideas que le permitieron crear leyes que beneficiaran y valoraran sus fuerzas y trabajo y brindaran respeto, derecho, deberes y beneficios al trabajador además de que regular la relación obrero-patrón.
El Derecho del Trabajo no surge de manera fortuita evoluciona históricamente y como concepto su inicio está ligado a la Revolución Industrial. Los Obreros decidieron alzar su voz ante los maltratos laborales, forzando al Estado Intervenir, y es así que hoy en día hablamos de Derecho del Trabajo o Derecho Laboral.
Antecedentes históricos y evolución del Derecho Colectivo del Trabajo en Venezuela
Leyes Indias
Suele afirmarse que las leyes indias son un precedente histórico de la moderna legislación laboral. Denominase así la recopilación de Cédulas , cartas, provisiones y leyes ordenadas por Carlos II DE España el 18 de Mayo de 1680 , con el propósito de unificar y divulgar las disposiciones dictadas hasta entonces en materia de gobierno, justicia guerra , hacienda y las penas aplicables a los transgresores
En las leyes de Indias España creo el monumento legislativo más humano de los tiempos modernos. En sus páginas se recopilan numerosas disposiciones, que bien podrían quedar incluidas en una legislación contemporánea del trabajo, en especial las que procuraron asegurar a los indios la percepción efectiva del salario.
Las Leyes de Indias llevan el sello del conquistador orgulloso: de acuerdo con el pensamiento de fray Bartolomé de las Casas, se reconoció a los indios su categoría de seres humanos, pero en la vida social, económica y política, no eran los iguales de los vencedores.
En la Nueva España, las actividades estuvieron regidas por las Ordenanzas de Gremios, éstas y la organización gremial fueron un acto de poder de un gobierno absolutista para controlar mejor la actividad de los hombres.
Antecedentes Post Coloniales: Constitución de 1830 y Códigos Civiles
En el desarrollo de las reseñas históricas del Derecho del trabajo venezolano podemos distinguir dos períodos. El primero comprende desde la Constitución de la República Independiente de Venezuela demarcada en la Gran Colombia en 1830 hasta la ley de talleres y establecimientos públicos de 1917 y el segundo el que se extiende desde la última fecha hasta nuestros días.
Primer Período 1830-1917: Gran Parte de las provincias, estados y municipalidades de la República sancionaron Códigos, leyes y ordenanzas de policías en los cuales se insertaban reglas de aplicación regional sobre el trabajo jornalero ya que poseían un carácter estrictamente policial atento al cuidado del orden público y las buenas costumbres que a la regulación moderadora del trabajo y la protección del trabajador.
Segundo Período 1917 – hasta nuestros días: Esta comienza propiamente el 26 de junio de 1917 con la ley de talleres y establecimientos públicos, anteriormente las leyes de minas habían establecido normas para regular las relaciones entre el trabajador y el patrono, conteniendo disposiciones muy particulares referentes al trabajo en especial la ley de 1915 que estableció el sistema de reparación de accidentes de trabajo, que sirvió de base para la Ley del Trabajo de 1928.
Ley del Trabajo de 1928
Esta ley deroga la anterior constituyendo un cuerpo normativo de concepción más técnica dedicado al trabajo subordinado que establece la obligación patronal por primera vez de pagar las indemnizaciones en los casos de accidentes y enfermedades profesionales ya que hasta la fecha se regían por las reglas de las Leyes de Minas y por las disposiciones del Código Civil. Es de advertir que esta responsabilidad, de naturaleza jurídica civil se asentaba en la teoría contractual según la cual el patrono responde del riesgo en todo caso, salvo en la culpa del obrero o sirviente.
Ley de Trabajo de 1936
1936 Se funda en Venezuela la Confederación de Trabajadores (26/12/36).
En Venezuela, el Derecho Colectivo del Trabajo se va desarrollando a medida que las organizaciones de trabadores van toman fuerza, debemos registrar que hasta diciembre de 1935 el país estuvo dominado por la peor dictadura que ha padecido este país. Por eso el sindicalismo venezolano y las leyes relacionadas con este derecho, se desarrollan desde 1936.
La Ley del Trabajo del 16 de julio representa un esfuerzo técnico realizado por la cooperación de la organización internacional del trabajo, se inspira en la ley federal de República de México y en el Código chileno del 13 de mayo del mismo año. Con las reformas sucesivas de 1945, 1947, 1966, 1974,1975 y 1983 la mencionada ley se mantuvo en vigencia hasta el primero de mayo de 1991 y además acogió los lineamientos de los diferentes convenios de la OIT ratificados con mucha posterioridad por Venezuela. En esta ley por primera vez se reconocen los derechos de asociación y contratación colectiva y de huelga acerca de los cuales la ley de 1928 guardaba un absoluto silencio. Este trípode institucional basta por sí sola para justificar históricamente su promulgación y explicar su larga vigencia.
El 30 de noviembre de 1938 fue sancionado el reglamento de dicha ley, que rigió con la explicable discordancia entre la numeración de sus articulados con la del texto legal (tres veces modificado desde su promulgación en 1936 hasta el 31 de diciembre de 1973 fecha en que fue derogado).
Ley Orgánica del Trabajo de 1990
El 20 de diciembre de 1990 entra parcialmente en vigor la Ley Orgánica del Trabajo (G.O.Nº 4240), destinada a sustituir desde el primero de mayo de 1991 la que, con ligera modificaciones, rigiera durante casi 55 años la relación de trabajo en el país. El nuevo instrumento concentro en 665 artículos casi toda la legislación dispersa sobre la materia dictada desde 1936, pues constituye un agregado de disposiciones de la Constitución Nacional.
Presenta la relación de Trabajo como una figura del Sistema Legal aunque relacionado con la del contrato individual del Trabajo para entender el origen y desarrollo del nexo entre el patrono y su trabajador. Incluye relaciones especiales de trabajo como lo es el transporte aéreo, lacustre, fluvial y marítimo, de los trabajadores motorizados, minusválidos, de la mujer y de la familia.
En cuanto a las relaciones colectivas cambió los nombres de Contrato Colectivo por Convenciones Colectivas de Trabajo y de convención obrero-patronal por: Reuniones normativas laborales. Esta Ley también autoriza a los sindicatos nacionales y regionales a actuar en todo el territorio del país y en jurisdicción de varios estados.
Finalmente podemos decir que esta ley aumentó la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa, la antigüedad paso a ser de 30 días de salario por años de servicios, pero en cuanto a sus defectos podemos decir que goza de vicios de forma y fondo que opacan los resultados, no está apegada a las reglas metodológicas en cuanto a la formación, ordenación de títulos, secciones y capítulos de la Ley y también la inobservancia de convenios internacionales del Organización Internación del Trabajo Suscrito por Venezuela.
Ley de reforma de la ley orgánica del Trabajo de 19/06/97
Se creó en el acuerdo de la Comisión Tripartita, esta ley limitó la antigüedad del Trabajador en el servicio, redujo la causa del salario sobre las prestaciones sociales, insertó los beneficios de orden laboral en una ley de seguridad social integral, contiene también deficiencias de fondo y forma, deficiencias metodológicas, de técnica legislativa y semántica
Reglamentos aplicados a las Leyes Laborales
Reglamento de la Ley del Trabajo de 1973: Este reglamento vigente desde el primero de febrero de 1974, incorpora los textos dispersos de algunos decretos-leyes, reglamento y resoluciones dictados desde 1945. No fue expresamente derogado por la LOT por lo cual sus disposiciones son aplicables en cuanto no estén modificadas o contradichas para la Ley. Este incorpora textos dispersos de decretos-leyes, reglamentos y resoluciones dictadas desde 1945. Equipara las condiciones de los trabajadores rurales a los urbanos de acuerdo a: jornadas, vacaciones, antigüedad, cesantía etc. Suple lagunas de la antigua ley en cuanto a mejoras de procesos industriales, suspensión de los contratos de trabajo, trabajo de aprendices, trabajadores domésticos, a domicilio, conserjes, de los deportistas profesionales y de los trabajadores rurales. Introdujo algunas modificaciones de los conceptos de patrono, intermediario, contratista, empleado de confianza, exigió formalidad escrita a los contratos para obras determinadas por tiempo determinada.
Reglamento General de la Ley Orgánica del Trabajo (1999): Entra en vigencia el 25/1/99, con 267 artículos destinado a sustituir parcialmente al reglamento de 1973 y deroga 8 normativas entre ellas: Reglamento parcial de la Ley Orgánica del Trabajo para negociar los convenios colectivos de trabajo de los funcionarios o empleados del servicio de la administración pública nacional; Reglamento parcial de Ley Orgánica del Trabajo sobre la participación de los trabajadores en los beneficios de la empresa; Reglamento Parcial de la Ley Orgánica Del Trabajo sobre cuidado Integral de los Hijos de Los Trabajadores; reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo sobre la remuneración, entre Otros.
LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO VIGENTE (Mayo 2012)
Decreto No 8.938
DICTA
DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO, LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS
Objeto de la Ley
Artículo 1. Esta Ley, tiene por objeto proteger al trabajo como hecho social y garantizar los derechos de los trabajadores y de las trabajadoras, creadores de la riqueza socialmente producida y sujetos protagónicos de los procesos de educación y trabajo para alcanzar los fines del Estado democrático y social de derecho y de justicia, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el pensamiento del padre de la patria Simón Bolívar.
Regula las situaciones y relaciones jurídicas derivadas del proceso de producción de bienes y servicios, protegiendo el interés supremo del trabajo como proceso liberador, indispensable para materializar los derechos de la persona humana, de las familias y del conjunto de la sociedad, mediante la justa distribución de la riqueza, para la satisfacción de las necesidades materiales, intelectuales y espirituales del pueblo.
La revolución industrial mundial y sus consecuencias
El surgimiento del derecho laboral, individual y colectivo, se confunde en un sólo proceso con la formación de la sociedad industrial o capitalista y del movimiento sindical. Las normas se fueron expandiendo por países y de manera muy desigual.
Las primeras expresiones de la protesta obrera fueron, más políticas que reivindicativas y enmarcados en las fronteras de países como Inglaterra, Francia, Alemania, Estados Unido; luego se hicieron más generales e internacionales y se fueron configurando, en la segunda mitad del Siglo XIX y las dos primeras décadas del XX, las corrientes políticas sindicales que han predominado hasta nuestros días.
El anterior proceso social y político sirvió de sustento al surgimiento de las instituciones del derecho colectivo del trabajo. Los hechos fueron primero, luego vino la intervención de la sociedad y el Estado para regularlos: "Las instituciones del derecho colectivo del trabajo nacieron antes de su reconocimiento y de su reglamentación legales; el orden jurídico reconoció la coalición, la asociación profesional, la huelga y el contrato colectivo tiempo después de su existencia, cuando el Estado perdió fuerza y no logró destruirlos"
Los países, en distintos momentos y situaciones, fueron adoptando las medidas sobre salario mínimo, jornada de trabajo de ocho horas, prestaciones sociales, seguridad social, derechos de asociación, negociación, huelga y tribunales. Pero el derecho del trabajo tiene unos antecedentes más generales que es conveniente examinar.
El primer gran laboratorio de este proceso fue Inglaterra con la Revolución Industrial (1760) y la formación de la primera y más numerosa clase obrera. La revolución Industrial sustituyó de manera definitiva los talleres artesanales y el trabajo a domicilio por las manufacturas y luego por las grandes fábricas. Se generalizó el sistema de la compraventa de la fuerza de trabajo y de la contratación asalariada. De este proceso surgieron los dos sujetos básicos y centrales de todo el derecho laboral: el capital y el trabajo, el empleador y el trabajador, la empresa y el sindicato.
Edad Moderna: El descubrimiento de América dio lugar a la extracción masiva de oro y piedras preciosas de este continente para ser transportados a Europa lo cual trajo como consecuencia una de las primeras medidas inflacionarias de la historia de la humanidad; surge una nueva clase social, la burguesía, quien comienza a obtener poder político mediante la corrupción, el atesoramiento de dinero cambia, la concepción moral del trabajo (que en la edad media estaba representada por corporaciones)
Los maestros se cambiaron por patronos en el sentido que reconoce los aprendices por trabajadores, el taller por la fábrica y el precio justo por el precio del mercado y entre precio del mercado conseguiremos el salario, surge la necesidad de la producción en serie y aparecen las máquinas como medios o formas de producir y a la par de ello la competencia entre productores y los riesgos que debe asumir el patrono para conducir.
Así en Francia en 1791 se da la llamada "Le Chatelier" que le da carácter delictual a las asociaciones y corporaciones y el trabajador no puede reunirse ya que pierde exclusividad en el área que maneja, lo cual afecta el poder político.
1827 Surge en Filadelfia la primera huelga de carpinteros, a la cual se le agregan otros gremios de trabajadores1830 a 1840 Aparecen las luchas contra la Revolución Industrial, porque en principio los obreros atribuían sus males laborales a la máquina.
1834 Se funda la "Great Trade Unión", con obreros de Alemania, Francia, España y Bélgica, se organiza la Gran Confederación de Trabajadores Ingleses y se convoca la huelga general para el primero de marzo del mismo año, pero este movimiento fracasa y el precio que se paga es la disolución del movimiento sindical en el año de 1835. Derrotados, los trabajadores adoptan una política más "realista" y se organiza la Asociación General de los Mecánicos Constructores que lucha por la aplicación de la "cláusula de exclusión" o sea que para poder ingresar a trabajar era necesario sindicalizarse y aquel trabajador que se retiraba del sindicato debía ser despedido por el empleador.
1838 Surge el "Cartismo" o recolección de firmas con petitorios reivindicativos de los trabajadores, organizó huelgas, aunque fracasó con la revolución de 1848.
1840 Por las presiones obreras, movimientos y huelgas en los Estados Unidos de Norteamérica se logra que el presidente Martín Van Buren decrete la Jornada de Diez (10) horas.
1848 Se desarrollan en Inglaterra los movimientos que conducen al derecho al sufragio masculino y con ello la representación de los obreros.
1853 Se funda en México la Sociedad de Mutualistas.
1857 En Argentina se fundan la Sociedad Tipográfica Bonaerense y la Sociedad de Zapateros.
1864 se establece la libertad de coalición o sea de organización para la lucha sindical, y luego la Comuna de París en 1871.
1864 Surgen los movimientos obreros marxistas y anarquistas en Europa.
1864 Se funda en Londres la Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT), con el fin de organizar políticamente al proletariado.
1868 La clase obrera logra que el presidente norteamericano Andrew Johnson decrete la jornada de ocho (8) horas, con la ley Ingersoll.
1868 En Cuba, aun bajo el imperio español, aparece La Sociedad de Tabaqueros de la Habana.
Edad Contemporánea: Se inicia con la Revolución Francesa a finales del siglo XVIII y las consecuencias más importante es la concesión política, surge el concepto de Estado organizado; en ese tiempo en Europa empezaron a desaparecer las pocas condiciones que habían en cuanto al trabajo, estas existían de acuerdo al liberalismo dando como origen otras concesiones como es la comunista los medios de producción deben ser de las personas, no de las que las poseen sino de las que la hacen producir, estas concesiones se fundan a través de la Iglesia Católica.
En 1871 se consagra legalmente el derecho de sindicalización y en las décadas siguientes hay un incremento importante de las conquistas laborales. Luego viene la Primera Guerra Mundial y la Revolución Rusa, que impactan de manera especial en 2 La cláusula de exclusión es una institución muy controvertida. Surgió en los años de 1872-1888 en Europa. Hoy existe en países como México. Sus adversarios dicen que es una violación a la libertad individual de contratación que debe tener el trabajador, con la cláusula la libertad individual del trabajador se la apropia el sindicato. Hoy incluso este argumento es utilizado en general contra los sindicatos, hacer libre al trabajador pasaría por acabar con las organizaciones sindicales y la contratación colectiva. Sus partidarios, por el contrario, afirmamos que el trabajador individualmente considerado no tiene ninguna libertad de contratación; está determinado por la necesidad económica y la presión de las altas tasas de desempleo. Los contratos que suscribe el trabajador no los discute, no los puede modificar, son contratos de adhesión. La única posibilidad de modificar el régimen contractual es actuando colectivamente mediante los derechos de asociación, negociación colectiva y huelga. En un movimiento sindical realmente democrático la cláusula de exclusión puede ser una eficaz herramienta al servicio de los trabajadores y en un movimiento sindical burocratizado se puede transformar en un instrumento al servicio de los privilegios de la casta burocrática.
En 1887 se reúne el Tercer Congreso Obrero y se funda la Confederación Sindical que más tarde se transforma en Confederación General del Trabajo (CGT). El movimiento sindical francés, como el de toda Europa, acumuló importantes conquistas y en las primeras décadas del siglo XX se vio cruzado por los dos grandes hechos del momento: la guerra y la revolución. Alemania fue el tercer país en importancia. En el contexto de Europa de los siglos XVIII y XIX, Alemania arribó tarde al desarrollo industrial y político.
El otro gran proceso histórico que no se puede dejar de mencionar es el de Estados Unidos y su movimiento sindical. Mucho más importante cuando este es el país que desde la Segunda Guerra Mundial juega el papel de coordinador y dirigente de todo el mundo capitalista. Después de la guerra civil se produjo el auténtico despegue del desarrollo capitalista. Como en Inglaterra, este proceso estuvo acompañado de unas condiciones laborales excesivamente gravosas para los trabajadores y de agudos conflictos laborales.
Gracias a un descenso de largo plazo en los precios y el costo de la vida, los salarios y ganancias reales en la manufacturación se elevaron cerca de un 50% entre 1860 y 1890, y otro 37% de 1890 a 1914.
En el anterior contexto se dieron, primero, luchas desorganizadas que fueron derrotadas y duramente castigadas. Luego surgieron las organizaciones sindicales y se prosiguió la lucha.
1911 El Salvador fue sede del Congreso Centroamericano de obreros.
1915 San Francisco, EE.UU, acoge el Congreso de la American Federation Of Labour (AFL), que dio origen a la Organización Panamericana del Trabajo fundada en 1918.
1917 Se crea la "Trade Unions"
1919 Con la declaración de Versalles se funda la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
1922 Aparece la Asociación Internacional de los Trabajadores, se cambia el sentido de luchas obreras por luchas sindicales.
1930 Se crean en Argentina y en Uruguay las CGT. Confederación de Gremios de Trabajadores.
El movimiento obrero inglés y producen realineamientos en función de estos hechos. En el año de 1926 se convoca una huelga general que fracasa y se pasa a una etapa de colaboración que llega hasta 1931. En la Segunda Guerra Mundial se expide por parte del gobierno el famoso Plan Beveridge sobre seguridad social que haría época en la materia y del cual copiarían muchos gobiernos sus sistemas de seguridad social en la posguerra.
El laborismo gobernó durante muchos años apoyándose en el movimiento sindical y respetando las empresas estatales, pero en 1979 ganaron las elecciones los conservadores quedando como Primera Ministra Margaret Tatcher, que implementó un gobierno basado en el denominado neoliberalismo y el recorte de buena parte de las conquistas laborales acumuladas en la posguerra. La primera medida de fuerzas entre el gobierno y los trabajadores fue la huelga de los mineros en 1985; huelga que fue derrotada y abrió el camino definitivo para los programas conservadores. Este retroceso del movimiento sindical inglés tuvo influencia en el movimiento sindical mundial.
1938 Se funda la Confederación de Trabajadores de América Latina.
1944 Con la terminación de la Segunda Guerra Mundial se firma la declaración de Filadelfia, en la cual se fijan los principios, fines y objetivos de la OIT.
1945 Surge la Federación Sindical Mundial (FSM), producto de la fusión de la Federación Sindical Internacional y la Internacional Sindical.
1948 Entra en vigor el Convenio 87 OIT Sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación.
1949 Entra en vigor el Convenio 98 OIT Sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva.
1952 Surge en Argentina la Asociación de Trabajadores Latinoamericanos Sindicalistas (ATLAS), de tendencia Peronista.
1950 a 1960 ya no se habla de luchas obreras sino de luchas sindicales, equivalente a lucha de los trabajadores, prestando mayor atención a las condiciones socioeconómicas Con presencia Socialista y Social-Cristiana.
En Venezuela, se dice que los indios ya realizaban procesos de derecho laboral, por medio de cedulas, cartas, provisiones y leyes ordenadas por Carlos II de España.
Se dice así que en el derecho del trabajo hay un punto de partida: la unión de los trabajadores; y un punto de llegada, el mejoramiento de las condiciones de los trabajadores, siendo derecho individual y colectivo distintas sendas para llegar a ello, que se ven reflejadas en la leyes del 1928 y 1936.
1936 Se funda en Venezuela la Confederación de Trabajadores (26/12/36).
Ya que el Derecho laboral, es tan amplio, se apoya en otras disciplinas de la misma rama, para así lograr dar fuerza según en caso. Los Derechos que se estrechan son el: Civil, Constitucional, Penal, Administrativo, Procesal.
Ya que el trabajo es en todo los continentes, se fundó la Organización Internacional del Trabajo (OTI), con el objetivo de establecer reglas adoptadas por países para regir de modo más uniforme las relaciones jurídicas laborales de cada uno de ellos. La OTI, ha sido el precursor de los mejores beneficios tanto para patronos como para trabajadores, el establecimiento de las mejores condiciones de trabajo, inspirador de los principios fundamentales del Derecho del Trabajo y gran consejero de los países en los conflictos laborales que se suceden en ellos, protector de los principios y convenios acordados por la gran mayoría de los países.
La OTI nace fundamentalmente en primer lugar, a una preocupación humanitaria. También se basó en motivaciones de carácter político. De no mejorarse la situación de los trabajadores. La tercera motivación fue de tipo económico. Cualquier industria o país que adoptara medidas de reforma social se encontraría en situación de desventaja frente a sus competidores.
Es de gran importancia conocer parte este tema tan amplio, ya que nos podrá ayudar en el presente y en un futuro, porque somos una población activa laboralmente, y muchas veces por la falta de conocimientos al no investigar, sobre los beneficios y leyes que nos amparan, permitimos que se vulneren nuestros derechos.
Autor:
Lusvia Sequera
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ARAURE EDO PORTUGUESA
ARAURE 29 DE NOVIEMBRE DE 2013