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Trabajo Comunitario Integrado. Participación popular en toma de decisiones públicas


  1. Introducción
  2. Definiciones teóricas sobre la participación popular
  3. Trabajo Comunitario Integrado. Expresión de participación popular en la toma de decisiones públicas en el ámbito local cubano
  4. Fases del proceso de toma de decisiones en el ámbito local comunitario cubano
  5. Ventajas de la protección jurídica de la estrategia de Trabajo Comunitario Integrado en Cuba
  6. Conclusiones
  7. Bibliografía

Introducción

En el desarrollo de la sociedad humana, se producen todas las relaciones sociales, adoptando en cada una de ellas, formas y manifestaciones diferentes. La participación es una actividad humana compleja concreta de la vida social en que tiene lugar, y que en dependencia de la esfera en que se produce, se identifica como participación política, económica, laboral, electoral, industrial, cultural, etc. Según el grado de participación de la población, se otorga el calificativo de "popular" siempre que en ella se involucre el pueblo.

Por lo general, en la literatura suele emplearse indistintamente, los vocablos participación popular y participación política; sin embargo este último término, se vincula a las relaciones de poder y de dominación clasista, consustancial al tipo de democracia imperante en una sociedad. La participación política tiene lugar en el marco de las relaciones jurídico- políticas, por ello puede mostrar como ninguna otra, el contenido y la esencia clasista del Estado y del sistema político en general. Es a nivel político donde se deciden los asuntos relativos al poder, por ser allí donde radica el Estado como su principal instrumento.[1]

La definición de participación popular, es más amplia que la participación política, ya que puede abarcar todos los aspectos de la vida social, incluyendo la política. Dentro de los elementos que permiten enunciar la participación popular, se encuentra la intervención del pueblo y consecuentemente puede adjetivarse de esa forma siempre que el ciudadano común se involucre activamente. De igual manera existe estrecha vinculación entre los conceptos participación y democracia, si tenemos en cuenta que la acepción más general, de democracia es el poder del pueblo y ese poder, debe expresarse fundamentalmente, a través de la participación de los ciudadanos en los asuntos del Estado, es decir, a través de mecanismos participativos que lo hagan posible en el orden práctico.

La potestad de tomar decisiones corresponde a las instancias de poder, según los diferentes niveles en que se organiza territorialmente el Estado, ya sea a nivel nacional, provincial o municipal, siendo importante la participación popular en las decisiones que emanan de todas ellas. En Cuba se refrendan constitucionalmente, las instancias de poder del estado, estructuras en que prevalecen los conceptos de control social y democracia participativa. Especial atención se dedica al apoyo que reciben las Asambleas Locales del Poder Popular, de los Consejos Populares, en la iniciativa y amplia participación de la población.[2].El derecho de participación de los ciudadanos en las decisiones públicas, además de estar refrendado constitucionalmente, requiere su regulación complementaria acerca de las vías y mecanismos concretos de ejercicio.

Especial significado asume la participación de la comunidad en el proceso de toma de decisiones públicas, que a su vez es expresión del derecho de los ciudadanos a participar en el proceso decisorio, y que solo es posible su materialización si existen las garantías jurídicas necesarias para su ejercicio.

DESARROLLO

Definiciones teóricas sobre la participación popular

El diccionario Larousse define participar como: "dar parte, comunicar, tener parte en algo."[3] En la literatura especializada se ha definido de diferentes maneras y puntos de vista, adjetivándose el término en dependencia de la esfera de la vida social en que la participación se desarrolla. Por ejemplo, se habla de participación política, social, económica, cultural, comunitaria, ciudadana, electoral, industrial, etc. En cada una de ellas, la participación adopta formas y mecanismos específicos, por ello en la doctrina encontramos bastante confusión y ambigüedad en el uso de este término.

Independientemente de los enfoques sobre la participación, existe coincidencia en que es una acción que tiene que ver con las necesidades y aspiraciones humanas, con la capacidad del hombre de concienciar esas necesidades y buscarle solución. Participar significa intervenir desde la propia determinación y aceptación de las necesidades, hasta la valoración y selección de su solución. Participación popular; significa participación del pueblo, por tanto puede adjetivarse de esa forma siempre que el ciudadano común se involucre activamente.

La participación es analizada dentro de los derechos y deberes amparados constitucionalmente y como Garantías fundamentales o dentro de los Derechos Humanos. Como "formas de participación de los ciudadanos, bien subjetiva o colectivamente, en los procesos de formación de los individuos, como miembros de la sociedad. En la organización territorial del Estado, se definen las instancias de poder en los diferentes niveles, los que se agrupan fundamentalmente en: nacional, provincial y municipal, definiendo sus formas y alcance. En la instancia municipal reviste especial importancia, por ser esta la estructura primaria del poder del Estado.

Mucho se ha discutido en el campo de la sociología y de las ciencias políticas en general, sobre la definición y el alcance del concepto de comunidad. En la literatura especializada aparecen numerosas definiciones que centran su atención en diferentes aspectos en dependencia del objeto de estudio y de la disciplina que se investiga. Según Héctor Arias[4]en la definición del término se conjugan elementos "estructurales" y "funcionales" tales como: el hecho de ser un grupo social lo bastante amplio como para contener la totalidad de las principales instituciones y la totalidad de los estatus e intereses que componen una sociedad. De ahí que a la hora de definir y estudiar la comunidad, el autor plantee la necesidad de tener en cuenta cuatro elementos esenciales: el geográfico o territorial; el social; el sociológico; y el de dirección.

En los documentos de la Comisión Ministerial para el Trabajo Comunitario Integrado, se ha definido la comunidad como "el espacio geográficamente delimitado donde tiene lugar un sistema de interacciones sociopolíticas y económicas, que producen un conjunto de relaciones interpersonales sobre la base de necesidades. Este sistema resulta portador de tradiciones, historia e identidad propia, que se expresa en identificación de intereses y sentido de pertenencia que diferencia al grupo que integra dicho espacio de los demás."[5]

Aunque en ocasiones se subvalora la vida cotidiana que transcurre en las comunidades, catalogándose incluso como ordinaria y convencional, no puede olvidarse que en esa cotidianidad tiene lugar el proceso de reproducción social a través de la reproducción familiar, la socialización de valores, de normas culturales, sociales, políticas, etc. Agnes Heller en sus estudios sobre sociología de la vida cotidiana, establece un vínculo estrecho entre cotidianidad y reproducción social, al definir la vida cotidiana como "el conjunto de actividades que caracterizan la reproducción de los hombres particulares, que a su vez, crean la posibilidad de la reproducción social."[6]

Dentro de las transformaciones ocurridas con la promulgación de la Constitución de la República de Cuba, se encuentra la implementación de los Órganos del Poder Popular, en el año 1976, que significaron un paso importante en los mecanismos participativos, que favorecieron la toma de decisiones públicas.

Trabajo Comunitario Integrado. Expresión de participación popular en la toma de decisiones públicas en el ámbito local cubano

Tomando como referente el mencionado amparo constitucional, en Cuba desde el año 1999, se comenzó a trabajar el tema relacionado con el trabajo de las comunidades, pero no se contaba con ninguna documentación para su implementación y ejecución, labor que se ejecutaba a partir de la labor creadora e iniciativa de cada provincia y municipio. La Asamblea Nacional del Poder Popular en el año 2001, elaboró un documento denominado "Apuntes sobre el Trabajo Comunitario Integrado", donde se indicaba que las Asambleas Provinciales del Poder Popular, trazaran sus lineamientos de trabajo y su implementación en los municipios."[7]

Trabajo Comunitario Integrado. Definición y Objetivos de su Plataforma de Trabajo.

A partir de los antecedentes abordados anteriormente, se logró una definición en relación al Trabajo Comunitario y otros conceptos que guardan relación con el mismo. Si bien podía ser interpretado como una tarea, un programa, un proyecto, un movimiento, incluso como un concepto, para los Órganos del Poder Popular constituía un método para asegurar el trabajo en las comunidades.

Esta definición integra varios aspectos interrelacionados, al considerar que el Trabajo Comunitario Integrado: es un proceso de transformación desde la comunidad, soñado, planificado, conducido, ejecutado y avalado por la propia comunidad, aun cuando se tratan de iniciativas que se impulsan y respaldan por el gobierno. Implica un continuo descubrimiento y la progresiva puesta en acción de recursos potenciales que en la medida en que avanza el trabajo se convierte en recursos reales. Se identificó, que para el avance del trabajo integrador en las comunidades, era necesario definir en una plataforma de trabajo sus objetivos y funciones.

Este programa de trabajo incluye dos elementos claves: la base organizativa y la capacitación. Sus objetivos están dirigidos a lograr la integración de los organismos, organizaciones e instituciones del territorio en pro del trabajo comunitario integrado. Se añade que para la efectiva ejecución de las tareas emanadas de la plataforma de trabajo vinculadas al Trabajo Comunitario Integrado, es indispensable asumir la circunscripción como un elemento fundamental para el cumplimiento de los objetivos trazados, incluyendo como prioridades, lo relacionado con la identificación, diagnóstico de los problemas y su actualización periódica.

Fases del proceso de toma de decisiones en el ámbito local comunitario cubano

Las fases del proceso de toma de decisiones tienen sus propias peculiaridades, aunque de manera general se agrupan de la siguiente forma:

Identificación del problema: da inicio al proceso de toma de decisiones públicas, con la detección de los problemas, necesidades y demandas de la población que requieren de solución. Por lo general se tratan de insuficiencias relacionadas con la vida cotidiana más inmediatas.

En esta fase es importante conformar el "banco de problemas" de la comunidad, a partir del cual se elaboran las políticas públicas municipales y se conforman las agendas públicas, dando un orden de prioridad a los problemas, según el nivel de afectación social que provocan, así como las posibilidades reales de solución en un momento dado.

Los problemas que más afectan a la comunidad, tienen como fuentes de origen fundamentales las provenientes de la propia comunidad y las provenientes de exigencias centrales, políticas o administrativas.

Al analizar ambas fuentes de detección de las necesidades a nivel comunitario, es indispensable efectuar un seguimiento diferenciado y sistemático a las identificadas por la propia comunidad, al considerarse que son situaciones que los pobladores han etiquetado como "sus necesidades" y "sus problemas", sin que implique el desentendimiento de las insuficiencias detectadas por fuentes externas, de los diferentes niveles de dirección del país.

Detectados y seleccionados los problemas que serán objeto de una decisión, es preciso pasar a la segunda fase:

Búsqueda de alternativas de solución: requiere evaluar todas las alternativas que permitan la solución del problema identificado, que pueden surgir dentro de la propia comunidad, o de los órganos de gobierno o administrativo, según las funciones o el objeto social que tienen definidos jurídicamente.

Lo cierto es, que en la medida en que se logra ampliar la participación de los miembros de la comunidad en la solución de sus problemas, se propicia entonces su auto desarrollo comunitario. Se asegura mayor calidad de las decisiones, para lo que se requiere la existencia de vías concretas, a través de las cuales los ciudadanos puedan hacer llegar al órgano decisor sus criterios y sugerencias, respecto a la solución de un asunto concreto.

Definidas las posibles variantes de solución tiene lugar la tercera fase del proceso.

Selección de la alternativa óptima o toma de la decisión: en esta fase es indispensable, lograr la actuación adecuada en el análisis de los criterios anteriormente analizados. A pesar de lo importante y necesario que resulta la solución de los problemas, es preciso dejar definido, que si no es posible una solución eficaz en un momento dado, se requiere emitir una respuesta clara y definida sobre la situación concreta, que impide la solución del problema en la comunidad.

Independientemente del impacto favorable que produce la participación de la comunidad en las decisiones públicas y la creación en las circunscripciones de los grupos, que ejecutan el Trabajo Comunitario Integrado, no participan en esta fase del proceso de toma de decisiones.

En esta fase en la mayoría de las situaciones problémicas que se presentan, la selección de la alternativa más óptima, rebasa este ámbito y de hecho se convierte en una decisión de los órganos o instituciones de poder del Estado. El fin supremo de este trabajo está dirigido a dotar a las comunidades de un programa integrador, sustentado en la profesionalidad y bases científicas, a partir de las investigaciones que se efectúen sobre el tema y que formen parte de los proyectos de desarrollo local. Constituye una alternativa para apalear la situación socioeconómica negativa acumulada en las comunidades, con especial atención las que han sido identificadas que presentan desventajas sociales, en cada uno de los municipios del país.

Al efectuar el análisis integral de la Ley 91" De los Consejos Populares", que la participación popular esta coherentemente concebida en el funcionamiento de los Consejos Populares. El Consejo Popular forma parte de las vías institucionales diseñadas para encausar la participación de las masas en las decisiones del Estado, de la gestión cotidiana de gobierno y de su control. De los factores que condicionan la participación popular, también depende en gran medida, que se alcance la efectividad a que se aspiró, desde el momento mismo en que se constituyeron los Consejos Populares.

Se han acumulado suficientes experiencias, en el trabajo de los Consejos Populares, y por ende, existen condiciones para trazar estrategias, jurídicamente amparadas, que aseguren la búsqueda de soluciones, para corregir las distorsiones y dificultades que todavía persisten en las comunidades.La estrategia de perfeccionamiento del Trabajo Comunitario Integrado, propiciaría mayor acercamiento de las diferentes instancias de poder a los Consejos Populares, órgano que de adopta decisiones, que también poseen fuerza legal, para la búsqueda de manera conjunta de soluciones o alternativas a los problemas, que inciden en las comunidades.

Favorecería de forma práctica, y sistemática, mayor cumplimiento de los preceptos establecidos en la Ley 91"De los Consejos Populares", vinculados a la participación de los ciudadanos en las decisiones públicas.

Ventajas de la protección jurídica de la estrategia de Trabajo Comunitario Integrado en Cuba

Si se logra el amparo normativo del Trabajo Comunitario Integrado, mediante una estrategia aprobada y debidamente implementada, desde la Asamblea Nacional del Poder Popular hasta los Consejos Populares, y sus circunscripciones, se lograrían los siguientes beneficios:

-Aprovechar las experiencias y la capacidad de todos los pobladores: La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Sin embargo los ciudadanos tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local de las necesidades de la población, que ninguna otras estructuras de gobierno o administrativa.

Promover la legitimidad: Las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos, apreciarán que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos, si promueven la inclusión en las decisiones de la comunidad. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más eficaz, el medio en que se desenvuelven.

-Desarrollar nuevas capacidades: La participación desarrolla la capacidad de las personas de trabajar en colaboración con los demás, de identificar prioridades y de lograr que los proyectos se realicen. La actividad participativa, los convierte así en mejores ciudadanos.

-Mejorar la calidad de vida: Las personas que participan en la toma de decisiones, se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. La participación brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración e incorporación de conocimientos, experiencias que reciben y a su vez trasmiten, a partir de su interacción y aporte a la sociedad.

Conclusiones

Los fundamentos doctrinales y jurídicos sobre la democracia y la participación popular, demuestran la importancia de la intervención de la comunidad en las decisiones públicas Expresan que en la democracia, entendida como el poder del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, su elemento esencial es la participación popular, en todas las esferas de la vida política, social y económica de los Estados.

-La Constitución de la República de Cuba en el año 1976 y la creación de los Órganos de Poder del Estado cubano, reconocen como una de las atribuciones fundamentales de las instituciones de poder, a todos los niveles en que ejercen sus funciones, la toma de decisiones públicas, encaminadas a la satisfacción de las demandas y la solución de los problemas que provienen de la comunidad.

-La Asamblea Nacional del Poder Popular y los Órganos Locales del Poder Popular, han aplicado el Trabajo Comunitario Integrado, careciendo del suficiente amparo jurídico, para el cumplimiento de sus objetivos, en función de la participación de los pobladores, en las decisiones públicas, que propicien el mejoramiento socioeconómico de las comunidades.

-Existen insuficiencias en el Trabajo Comunitario Integrado dadas por: parcelación institucional, verticalismo, uniformidad: insuficiente participación, desactualización del diagnóstico, en lo que ha incidido las lagunas normativas sobre el accionar de la comunidades en las decisiones públicas.

– El perfeccionamiento del Trabajo Comunitario Integrado, a partir de su amparo jurídico, que permita mayor aprovechamiento de las experiencias de los pobladores, promoción de su legitimidad, desarrollo de nuevas capacidades y mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad, favorece su reconocimiento como forma de participación popular, en el proceso de toma de decisiones públicas en el ámbito local cubano.

Bibliografía

-Alarcón de Quesada, Ricardo: Entrevista a la Revista Contrapunto. Editorial Capitán San Luis Dirección Política del MININT. La Habana, 1993.

-Arias Herrera, Héctor: La comunidad y su estudio. Editorial Pueblo y educación. La Habana 1995.

Aristóteles: Política. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 1976.

-Asamblea Nacional del Poder Popular: Metodología nacional para la atención a la población. La Habana, 1996.

-Asamblea Nacional del Poder Popular. Comisión de Órganos Locales "Apuntes sobre el Trabajo Comunitario Integrado".23 de Diciembre de 2001 Archivado en Secretaría APPP Sancti Spíritus.

-Asociación Latinoamericana de Sociología (ALAS) y el Centro de Estudios de América: Estado, nuevo orden económico y democracia en América Latina. Editorial Nueva

-Bobbio, Norberto : Gobierno y sociedad. Por una teoría general de la política. Editora Fondo de Cultura Económica. México, 1996.

-Carnota Lauzán, Orlando: Teoría y práctica de la dirección socialista. Editorial Pueblo y Educación. La Habana, 1990.

-Castro Ruz, Raúl: "Discurso en la clausura del seminario a los delegados del Poder Popular celebrado en Matanzas el 22 de agosto de 1974" en Órganos del Poder Popular. Documentos rectores para la experiencia de Matanzas. Editorial Orbe. La Habana, 1974.

-Colectivo de autores: Plataforma del Programa de Trabajo Comunitario Integrado. Elaborado por el Grupo técnico de la Comisión ministerial para el trabajo comunitario integrado. La Habana, 1995.

-Comisión de Atención a Órganos Locales del Poder Popular de la Asamblea Nacional del Poder Popular: Agenda para una reflexión sobre las Asambleas Municipales, 9 de julio del 2000.

-Deriche Redondo, Yamile: "De realidades y utopías: coordinación e integración en el trabajo comunitario" en I Taller Nacional Intersectorial de Trabajo Comunitario. Memorias. Comisión Cubana de la UNESCO, La Habana, 2001.

-Diccionario Enciclopédico: UTEHA. Tomo VIII. Editora hispanoamericana. México, 1953.

-Diccionario Larousse. Editorial Científico-Técnica. La Habana, 1981.

-Dilla, Haroldo; González, Gerardo; Vicentelli, Ana T.: Participación y desarrollo en los municipios cubanos. Editorial CEA. La Habana, 1993.

-Escalona Reguera, Juan: "Sobre el proceso de perfeccionamiento de los Órganos del Poder Popular." Revista cubana de Derecho. Num. 3. La Habana, 1991.

-Fernández Rubio, Ángel: "Órganos locales del Poder Popular. El delegado y las comisiones de trabajo. Los consejos populares." Revista cubana de Derecho, Num. 1. La Habana, 1991.

-García Brigos, Jesús Pastor: Gobernabilidad y democracia. Los órganos del poder popular en Cuba. Reflexiones para un análisis a veinte años de su constitución. Informe de investigación. Instituto de Filosofía. La Habana, 1997.

-Gramsci, Antonio: Antología. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 1973.

-Hart Dávalos, Armando: Cambiar las reglas del juego. Entrevista de Luis Báez. Editorial Letras cubanas, La Habana, 1986.

-Heller, Agnes: Sociología de la vida cotidiana. Editorial Penínzula. Cuarta edición. Barcelona, 1994.

-Kovler, Anatoli. "Metodología para investigar la participación política." Academia de Ciencias de la URSS. Problemas de Mundo Contemporáneo Num. 87. Ciencias Políticas: metodología de la investigación. Moscú, 1982.

-Mayoral, María Julia: "Confusiones sobre los Consejos Populares". Granma, 10 de Julio. La Habana, 1998.

Montesquieu: El espíritu de las leyes. Editorial Porrúa SA. México, 1990.

-Partido Comunista de Cuba "Documentos". Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, aprobados en el Sexto Congreso del PCC

-Pérez Hernández, Lissette y Prieto Valdés, Martha: "Cuba, las relaciones Estado-individuo: garantías de los derechos, municipios y legitimidad. Propuesta jurídica para su perfeccionamiento" en Participación social. Desarrollo urbano y comunitario. Universidad de La Habana, 1996.

-Petrov, V: "Peculiaridades típicas de la terminología política." Problemas del mundo contemporáneo. Investigaciones sobre ciencia política. Academia de Ciencias de la URSS, 1975.

-Raimundo Torrado, Fabio: "Apuntes para una aproximación histórica al Poder Popular en Cuba." Revista Cubana de Derecho, 3, julio-septiembre. La Habana, 1991.

-Soto Rodríguez, José Antonio: Las posiciones de la izquierda latinoamericana ante la democracia: valoración crítica de sus aportes, limitaciones y perspectivas contemporáneas. Tesis en opción al grado de Master en Pensamiento Filosófico latinoamericano. UCLV. Departamento de Filosofía. Santa Clara, 1998.

-Touraine, Alain: ¿Qué es la democracia? Colección Ensayo. Ediciones Temas de hoy SA.España, 1994.

-W. Ebenstein: Los grandes pensadores políticos. Ediciones de la Revista de Occidente. Madrid. 1965.

LEGISLACION CONSULTADA:

-Ley No.1299," Ley de Referendo", 29 de diciembre de 1975. Ediciones Pontón Caribe, S.A. La Habana, 2005.

-Constitución de la República de Cuba de 24 de Febrero de 1976.Ediciones Pontón Caribe, S.A. La Habana, 2005.

-Ley No. 89 "De Revocación del Mandato de los elegidos a los Órganos del Poder Popular, de 14 de septiembre de 1999, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular "Ediciones Pontón Caribe, S.A. La Habana, 2005.

-Ley No.91 de 2000 "De los Consejos Populares"Gaceta Oficial de la Republica Extraordinaria No. 6 de fecha 25 de julio de 2000.

-Reglamento de las Asambleas Provinciales del Poder Popular, 13 de septiembre de 1995.Editado e impreso por Divulgación e Imprenta de las Oficinas Auxiliares de la Asamblea Nacional del Poder Popular. La Habana, 2003.

-Reglamento de las Asambleas Municipales del Poder Popular, 13 de septiembre de 1995.Editado e impreso por Divulgación e Imprenta de las Oficinas Auxiliares de la Asamblea Nacional del Poder Popular .La Habana, 1998.

-Acuerdo No.6176 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros: Reglamentos de las Administraciones Locales del Poder Popular de fecha 13 de noviembre de 2007.

-Instrucción No 1 del Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros "Para la planificación de los objetivos y actividades de los Órganos, Organismos de la Administración Central del Estado, Entidades Nacionales y las Administraciones Locales del Poder Popular", de fecha 24 de Septiembre de 2011

 

 

Autor:

Esp: Edith Manso Machado

MsC : Bertha Manso Machado

Lic: Isledy Cabañin Manso

Edith Laura Guerra Manso

[1] Cosme Cruz Miranda: "La política y su concepción marxista leninista", en Teoría sociopolítica, Selección de temas, tomo I, colectivo de autores, editorial Félix Varela, La Habana 2000, Pág. 9).

[2] Constitución Socialista de la República de Cuba de 1976, reformada en 1992; legislación citada artículo 103 último párrafo

[3] Diccionario Larousse. Editorial Científico-Técnica, La Habana, 1981, Pág. 591.

[4] Héctor Arias Herrera: La comunidad y su estudio, Editorial Pueblo y Educación. La Habana, 1995, pp. 6; 11.

[5] Ver Plataforma del Programa de Trabajo Comunitario Integrado, elaborada por el grupo técnico de la Comisión Ministerial para el Trabajo Comunitario Integrado. Autor principal: Jesús Pastor García Brigos. La Habana, 1995.

[6] Agnes Heller: Sociología de la vida cotidiana. Editorial Península. Cuarta edición. Barcelona, 1994, Pág. 21.

[7] Asamblea Nacional del Poder Popular. Comisión de Órganos Locales “Apuntes sobre el Trabajo Comunitario Integrado”.23 de Diciembre de 2001 Archivado en Secretaría APPP Sancti Spíritus.