También hay que tener en cuenta el factor de la coordinación internacional en materia de lucha contra el blanqueo, pues, aunque los países adopten crecientes medidas de prevención, las mismas dejan que desear, lo que permite que los blanqueadores aprovechen las lagunas existentes. Por fin, siempre es más fácil eludir la acción de las autoridades que luchan contra el blanqueo si los fondos se desplazan de uno a otro país que si el blanqueo se produce en un solo país donde las medidas judiciales y policiales podrían actuar con más eficacia.
El blanqueo de capitales se desarrolla en un contexto internacional que proporciona una serie de ventajas a los blanqueadores, entre las que cabe destacar:
a) La posibilidad de eludir la aplicación de normativas muy estrictas, y con ello la jurisdicción de los Estados que mantienen políticas duras de control del blanqueo de capitales.
b) También posibilita obtener ventajas de los problemas de cooperación judicial internacional y de intercambio de información entre países que tienen normativas diferentes, sistemas penales diferentes y también distintas culturas administrativas.
c) Por último, permite beneficiarse de las deficiencias de la regulación internacional y de su aplicación, desviando los bienes objeto de blanqueo a aquellos países con sistemas más débiles de control y persecución del blanqueo de capitales.
No obstante, las organizaciones criminales no siempre tienen alcance internacional, este hecho más la variedad de delitos generadores de ganancias ilegales con destino de blanqueo hace posible la inserción de dinero sucio en la economía local, sin la necesidad de recurrir a complejas estructuras financieras fuera de las fronteras de un determinado país.
El lavado de activos aprovecha sectores económicos vulnerables.
El sector financiero ha sido tradicionalmente uno de los más atractivos para las organizaciones criminales y sigue siendo el que recibe y canaliza la mayor parte del dinero de origen delictivo. Sin embargo, no es el único, ya que otros, como el sector inmobiliario, el comercio de obras de arte, las apuestas por internet o lo nuevos medios de pago, cuentan también con la predilección de los delincuentes.
Si en algo debemos caracterizar a los agentes y sectores económicos que existen en el mercado, es por su cantidad y variedad, hecho que sin duda es importante para el crecimiento y desarrollo económico de un país, representa también un riesgo frente al lavado de activos en la medida que puede ser utilizado, consciente o inconscientemente para el reciclaje de fondos de procedencia ilícita.
El lavado de activos utiliza los procedimientos propios de los agentes económicos.
Cada negocio y empresa en particular adopta un determinado procedimiento para el ofrecimiento de sus productos y servicios al público. El conocimiento de este procedimiento por parte de las personas y organizaciones criminales, aún cuando sea complejo y propio de cada agente económico, puede ser útil para los fines de blanqueo en la medida que disminuye la probabilidad de detección por parte de las autoridades e incluso para el mismo personal de cumplimiento, por conducirse conforme a sus exigencias y formalidades. Al respecto es de señalar que los actos de lavado se materializan observando siempre todas las formalidades y procedimientos usuales que son regularmente exigido para cualquier negocio jurídico o financiero. La observancia de estos requisitos y ritos formales aleja la sospecha y suspicacia sobre su propósito real.
El lavado de activos es por excelencia una actividad dinámica.
Uno de los aspectos que quizás más caracteriza al lavado de activos es su carácter dinámico, en permanente evolución, las personas y organizaciones criminales están diseñando permanentemente nuevos esquemas o estructuras económicas e identificando nuevas técnicas y herramientas para el logro de su propósito. La identificación de las técnicas existentes por parte de las autoridades o el abuso consciente de ellas por los mismos lavadores, hace que éstos innoven constantemente sus métodos, incursionen en nuevas economías o involucren a países con legislaciones más permisivas, a fin de no ser descubiertos por las autoridades.
El lavado de activos es un delito que está en constante evolución, buscando nuevas formas de operar, con sofisticadas innovaciones lo que junto a dificultar su control y prevención incrementa sus impactos sobre la sociedad.
Los esfuerzos para enfrentar el fenómeno del lavado de activos han conllevado una participación activa y diversa, en la que se conjuga la participación pública y privada, aunque, desde luego, el liderazgo de estos esfuerzos con ribetes universales ha sido asumido por organismos internacionales y regionales:
ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU).
Esta organización es la que ha auspiciado los principales instrumentos internacionales aplicables al lavado de activos, como lo son la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas (Convención de Viena de 1988); la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo del 2000); y la reciente Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción del 2003.
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA.
Otros organismos multilaterales que se han ocupado o se ocupan del problema del lavado de capitales son el Comité Europeo de la Lucha contra la Droga (CELAD) y el propio Consejo de Ministros de la Comunidad.
ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS (OEA).
Esta organización ha jugado un rol de primera importancia en los esfuerzos desarrollados a nivel del continente americano frente al problema del lavado de activos. A través de su Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD), constituyó un Grupo de Expertos en materia de lavado de activos que elaboró el Reglamento Modelo, un instrumento que ha tenido una importancia extraordinaria en las legislaciones de los distintos países del continente.
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA (GAFI).
Se trata de un grupo de trabajo creado por el G-7, conformado por los países más industrializados, en fecha 16 de julio de 1989. Este grupo emitió las 40 recomendaciones que han tenido una influencia decisiva en los esfuerzos frente al lavado de activos a escala mundial, tanto en el aspecto represivo como preventivo.
El GAFI ha revisado sus recomendaciones y, como consecuencia de los terribles acontecimientos de naturaleza terrorista ocurridos en las ciudades de Nueva York y Washington el 11 de septiembre del año 2001, ha emitido 8 recomendaciones adicionales atinentes a la financiación del terrorismo.
INTERNATIONAL CRIMINAL POLICE ORGANIZATION (INTERPOL).
La Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) ha jugado roles de fundamental importancia en los esfuerzos para enfrentar el lavado de activos a escala internacional, a través de la cooperación y asistencia judicial internacional. En el año 1983, cuando aún no había surgido ningún instrumento de alcance universal respecto del problema de fondos de origen criminal, la INTERPOL creó un grupo especializado, conocido como Fondos Procedentes de Actividades Criminales (FOPAC), que investiga los fondos provenientes de las organizaciones criminales y que elaboró un documento denominado "Enciclopedia Financiera".
GRUPO EGMONT.
Se trata de un grupo integrado por importantes bancos, de distintas nacionalidades, que operan en el ámbito internacional. Han funcionado bajo la coordinación de la importante organización mundial Transparencia Internacional. Este grupo ha emitido los importantes principios de Wolsbergt, así como recomendaciones especiales atinentes al financiamiento del terrorismo.
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DEL CARIBE (GAFIC).
Tiene su origen en una Conferencia sobre lavado de activos que tuvo lugar en Aruba, del 8 al 10 de junio de 1990, en la que se emitieron 19 Recomendaciones sobre la materia. Cuenta con una Secretaría que vela por la implementación de dichas Recomendaciones así como las 40 Recomendaciones del GAFI. Entre las principales actividades que despliega se encuentran un mecanismo de autoevaluación respecto del grado de cumplimiento de las Recomendaciones, la coordinación de programas de entrenamiento y asistencia técnica, y la organización de reuniones ministeriales anualmente.
GRUPO DE ACCIÓN FINANCIERA DE SUDAMÉRICA (GAFISUD).
Es un grupo regional latinoamericano surgido en Cartagena de Indias, Colombia, en diciembre del año 2000, ante la amenaza que representa para la estabilidad económica, política y social de la región, la indebida utilización del sistema financiero por parte de organizaciones criminales transnacionales. Este grupo cuenta con tres órganos rectores: el Consejo de Autoridades, que es el órgano supremo; el Pleno de Representantes, que está compuesto por los delegados de cada Estado miembro, y la Secretaría que tiene su sede en Buenos Aires y está a cargo de las funciones técnicas y administrativas. Procura enfrentar el fenómeno del lavado de activos desde la óptica represiva y preventiva.
GRUPO ASIA/PACÍFICO SOBRE LAVADO DE ACTIVOS (APG).
Este grupo fue creado en febrero de 1997, en el curso de una reunión que tuvo lugar en Bangkok. Al igual que el GAFIC cuenta con una Secretaría Ejecutiva, y entre sus misiones están la de prestar asistencia a sus miembros en la elaboración de leyes que tipifiquen el lavado de activos, establezcan mecanismos de asistencia judicial internacional y contemplen un sistema de incautación y decomiso de bienes; y la conformación e instalación de unidades de inteligencia financiera, entre otros aspectos.
GRUPO CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS EN ÁFRICA ORIENTAL Y DEL SUR.
Se trata de un cuerpo regional actualmente integrado por 14 países. Su propósito es aplicar las 40 Recomendaciones del GAFI con el objetivo de preservar la estabilidad económica, social y política de la región. Está conformado por el Consejo de Ministros, el Grupo de Trabajo de Oficiales Sénior y una Secretaría.
EL LAVADO DE ACTIVOS EN LA LEGISLACION PERUANA
En la legislación peruana (Ley Nº 27765) se entiende que se incurre en este delito de diversas maneras, tales como:
1. Actos de Conversión y Transferencia
Esto es, cuando el agente(s) convierte o transfiere dinero, bienes, efectos o ganancias cuyo origen ilícito conoce o puede presumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso.
2. Actos de Ocultamiento y Tenencia
La persona(s) que adquiere, utiliza, guarda, custodia, recibe, oculta o mantiene en su poder dinero, bienes, efectos o ganancias, cuyo origen ilícito conoce o puede presumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso.
Agravantes:
La pena se agravará cuando:
El agente utilice o se sirva de su condición de funcionario público o de agente del sector inmobiliario, financiero, bancario o bursátil.
El agente comete el delito en calidad de integrante de una organización criminal.
Los actos de conversión o transferencia se relacionen con dinero, bienes, efectos o ganancias provenientes del tráfico ilícito de drogas, el terrorismo o narcoterrorismo.
3. Omisión de Comunicación de Operaciones o Transacciones Sospechosas
El que incumpliendo sus obligaciones funcionales o profesionales, omiten comunicar a la autoridad competente, las transacciones u operaciones sospechosas que hubiere detectado, según las leyes y normas reglamentarias, también será sancionado.
4. Reglas de Investigación
Para la investigación de estos delitos, se podrá levantar el secreto bancario, la reserva tributaria y la reserva bursátil, por disposición de la autoridad judicial o a solicitud del Fiscal de la Nación. La información obtenida en estos casos sólo será utilizada en relación con la investigación de los hechos que la motivaron.
5. Disposición Común
El origen ilícito que conoce o puede presumir el agente del delito podrá inferirse de los indicios concurrentes en cada caso.
El conocimiento del origen ilícito que debe conocer o presumir el agente de los delitos que contempla la presente ley, corresponde a conductas punibles en la legislación penal como el tráfico ilícito de drogas; delitos contra la administración pública; secuestro; proxenetismo; tráfico de menores; defraudación tributaria; delitos aduaneros u otros similares que generen ganancias ilegales, con excepción de los actos contemplados en el Artículo 194 del Código Penal del Perú.
En los delitos materia de la Ley Contra el Lavado de Activos, no es necesario que las actividades ilícitas que produjeron el dinero, los bienes, efectos o ganancias, se encuentren sometidas a investigación, proceso judicial o hayan sido objeto de sentencia condenatoria.
LAVADO DE ACTIVOS:
El lavado de activos es el conjunto de operaciones realizadas por una o más personas naturales o jurídicas, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de bienes o recursos que provienen de actividades delictivas.
El delito de lavado de activos se desarrolla usualmente mediante la realización de varias operaciones, encaminadas a encubrir cualquier rastro del origen ilícito de los recursos. Sobre estos aspectos, la Corte Suprema se ha pronunciado ampliamente en el Acuerdo Plenario N° 3-2010/CJ-116.
¿POR QUE SE LAVAN LOS ACTIVOS?
Con un origen ilícito los bienes no se pueden utilizar ni disfrutar. Los bienes de origen ilícito representan un riesgo de detección de las actividades ilícitas del delincuente.
Los delincuentes requieren de los circuitos económicos para el disfrute de sus ganancias ilícitas. El dinero ilícito no sólo atrae a las autoridades sino a otros delincuentes.
PRINCIPIOS DEL LAVADO DE ACTIVO:
Los principios del lavado de activos son:
Alejar las ganancias ilícitas de cualquier relación con el delito.
Borrar el rastro ilícito para evitar cualquier intento de seguimiento.
Poner de nuevo a disposición del delincuente las ganancias ilícitas, una vez ocultado su origen y con apariencia de legalidad.
EFECTOS DE LAS GANACIAS DE ORIGEN CRIMINAL:
Los efectos del lavado de activos son:
Corrupción de las instituciones públicas y privadas.
Fuente de violencia para mantener un status quo.
Reducción de las actividades productivas lícitas.
Eliminación de empresas lícitas del sector privado legal.
Riesgo de desestabilización de las economías legales.
Sistemas políticos democráticos en riesgo.
Desigualdades sociales.
Desconfianza en los sectores financieros.
Formación de burbujas inflacionarias.
PROCESO DESDE EL PUNTO DE VISTA CRIMONOLOGICO:
OBTENCION, ADQUISICION O RECOLECCION:
Los capitales ilícitos tienen una relación directa con el delito (producto). Presenta enormes riesgos para el delincuente.
Las ganancias ilícitas se encuentran por fuera de los circuitos económicos. Representa la necesidad de lavar activos.
COLOCACION O FRACCIONAMIENTO:
Fase de mayor riesgo para el delincuente. Busca la penetración del sistema financiero. Etapa de enorme valor para el delincuente que puede hacerse de instrumentos monetarios: cheques, transferencias, créditos, etc.
Se trata de justificar el origen del dinero con actividades económicas rentables: ganadería, negocios, juegos de azar, seguros, venta de bienes o servicios, etc.
Se suele acudir al manejo de pequeñas sumas para evitar sospechas (fraccionamiento).
CONVERSION, TRANSFORMACION Y DIVERSIFICACION:
Es el lavado de activos propiamente dicho. Se aprovecha al máximo las ventajas del sistema financiero.
Se caracteriza por la realización de distintas operaciones: Bolsa, fiducias, transferencias, etc.
El dinero se aleja de su fuente ilícita. El dinero ilícito penetra los distintos circuitos económicos. Busca borrar el rastro ilícito del dinero.
INTEGRACION O REINVERSION:
El dinero se encuentra disponible para realizar cualquier tipo de inversión lícita o ilícita.
Los capitales ilícitos se integran en cualquier sector de la economía. Se caracteriza por la realización de distintas inversiones: inmobiliarias, financieras, industriales, etc.
Justifica el nivel de vida y las operaciones del delincuente por su apariencia de legalidad. Es la fase de mayor dificultad para efectos investigativos.
TECNICAS DE LAVADO DE ACTIVO:
Hay muchas maneras, siempre se inventan o descubren nuevas maneras de como lavar dinero
Procedimientos más comunes:
TRABAJO DE HORMIGA O pitufeo:
División o reordenación de las grandes sumas de dinero adquiridas por ilícitos, reduciéndolas a un monto que haga que las transacciones no sean registradas o no resulten sospechosas. Estas transacciones se realizan por un período limitado en distintas entidades financieras.
COMPLICIDAD DE UN FUNCIONARIO U ORGANIZACIÓN:
Uno o varios empleados de las instituciones financieras pueden colaborar con el lavado de dinero omitiendo informar a las autoridades sobre las grandes transacciones de fondos, generalmente su complicidad es causada por una extorsión y/u obtendrá una comisión por ella.
COMPLICIDAD DE LA BANCA:
Hay casos en que las organizaciones de lavado de dinero gozan de la colaboración de las instituciones financieras dentro que están fuera del mismo país, las cuales dan una justificación a los fondos objeto del lavado de dinero.
MEZCLA:
Las organizaciones suman el dinero recaudado de las transacciones ilícitas al capital de una empresa legal, para luego presentar todos los fondos como rentas de la empresa. Esta es una forma legal para no explicar las altas sumas de dinero.
COMPAÑÍAS DE FACHADA O DE PORTAFOLIO:
Creación de empresas legales, las cuales se utilizan como cortina de humo para enmascarar el lavado de dinero. Esto puede suceder de múltiples formas, en general, la "compañía de fachada" desarrollará pocas o ninguna de las actividades que oficialmente debería realizar, siendo su principal función aparentar que las desarrolla y que obtiene de las mismas el dinero que se está lavando.
COMPRAVENTA DE BIENES O INSTRUMENTOS MONETARIOS:
Inversión en bienes como vehículos, inmuebles, etc. Para obtener beneficios monetarios de forma legal. En muchos casos el vendedor tiene conocimiento de la procedencia del dinero negro que recibe, e incluso puede ser parte de la organización de lavado de dinero. En esos casos, la compra de bienes se produce a un precio muy por debajo de su coste real, quedando la diferencia como comisión para el vendedor.
CONTRABANDO DE EFECTIVO:
Es el transporte del dinero objeto del lavado hacia el exterior. Existen algunas ocasiones en las cuales los blanqueadores de activos mezclan el efectivo con fondos transportados de otras empresas, para así no dejar rastro del ilícito.
LAVADO BANCARIO O ELECTRÓNICO:
Uso de Internet para mover fondos ilícitos de una entidad bancaria a otra u otras, sobre todo entre distintos países, para así no dar cuenta de las altas sumas de dinero ingresado. Para hacer más difícil detectar el origen de los fondos, es habitual dividirlos en entidades de distintos países, y realizar transferencias sucesivas.
TRANSFERENCIAS INALÁMBRICAS O ENTRE CORRESPONSALES:
Las organizaciones de lavado de dinero pueden tener ramificaciones en distintos países, por lo tanto la transferencia de dinero de una a otra organización no tiene por qué resultar sospechosa. En muchos casos, dos o más empresas aparentemente sin relación resultan tener detrás a la misma organización, que transfiere a voluntad fondos de una a otra para así enmascarar el dinero negro.
FALSAS FACTURAS DE IMPORTACIÓN / EXPORTACIÓN O "DOBLE FACTURACIÓN":
Aumentar los montos declarados de exportaciones e importaciones aparentemente legales, de modo que el dinero negro pueda ser colocado como la diferencia entre la factura "engordada" y el valor real.
GARANTÍAS DE PRÉSTAMOS:
Adquisición de préstamos legalmente, con los cuales el blanqueador puede obtener bienes que aparentarán haber sido obtenidas de forma lícita. El pago de dichos préstamos hace efectivo el blanqueo.
ACOGERSE A CIERTOS TIPOS DE AMNISTÍAS FISCALES:
Por ejemplo, aquéllas que permiten que el defraudador regularice dinero en efectivo.
AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS.
En el delito de lavado de activos se acepta todos los tipos de autoría (directa, mediata o coautoría). No obstante, lo más interesante se presenta en el tema de la autoría mediata pues en las formas agravadas también se sanciona que el lavado de activos se lleve a cabo dentro de una organización criminal.
AUTORÍA
La criminalidad organizada (autoría mediata por dominio del aparato organizado de poder) en el delito lavado de activos en nuestra legislación trae problemas de autoría y participación, que la dogmática penal debe buscar una solución.
A continuación trataremos el tema de manera sucinta: A Roxin podemos atribuirle la creación de la teoría del dominio del hecho por dominio de voluntad en un aparato organizado de poder, en el que para el caso concreto,– podemos encontrar a varias personas en el seno de una empresa dedicada a blanquear o lavar dinero proveniente de actividades delictuosas.
En una primera modalidad encontramos a la organización que realiza el blanqueo con ese único objeto. El segundo supuesto de una organización criminal se trata de organizaciones o empresas que operan lícitamente pero que aprovechan su estructura para realizar el lavado de activos por lo que su determinación delictuosa traerá problemas de prueba. Con respecto del jefe de la organización delictiva, Roxin ofrece una solución al problema a través de la fórmula de la autoría mediata por dominio de voluntad en un aparato organizado de poder, cuando manifiesta que puede en muchos supuestos el jefe ejercer el dominio del a voluntad de sus súbditos a través de un aparato organizado de poder.
Este, no ejecuta de mano propia el hecho delictivo pero domina el hecho a través del dominio de la voluntad de los dependientes que laboran en su aparato organizado; es decir, existe el autor mediato u hombre de atrás quien domina a sus instrumentos o ejecutores. Si el sujeto que actúa directamente lo hace con pleno conocimiento de las consecuencias punibles de su hecho, de la antijuridicidad y del carácter delictivo del mismo, será entonces considerado como autor directo del hecho, sin perjuicio de la responsabilidad penal que exista como coautor, inductor o partícipe necesario del superior jerárquico, en caso muy probable de que este último, conozca la actividad ilícita que se desarrolla en su seno organizacional.
PARTICIPACIÓN
Por otro lado, podemos decir que dentro de esta figura penal, es posible hablar de participación en sus dos formas: por inducción o complicidad:
Hay inducción, cuando se determina – usando el aspecto psicológico – a realizar el injusto del lavado de dinero.
Mientras que la complicidad es entendida como el auxilio que se brinda al autor para cometer el delito de lavado; lo más interesante en este tipo penal es que la colaboración resulta, la mayoría de veces, ser ayuda de técnicos, es decir, de aquellos especialistas que conozcan determinadas materias, ejemplo un corredor de bolsa, economista, etc, pues lo determinante es convertir o transferir los bienes en dinero "aparentemente" lícito.
De lo antes mencionado, en lo referente a la colaboración, se viene juzgando el papel del abogado en temas relacionados con el delito de lavado pueden ser considerados autores o partícipes de este delito Debe tenerse en cuenta que no todo asesoramiento referente al tipo de lavado puede atribuir la calidad de autor o partícipe para el abogado siempre y cuando no se incremente el riesgo permitido propio de la intervención de un asesor; lo determinante será que éste participe activamente en la comisión del tipo penal incurriendo en alguna de las modalidades descritas en la ley.
CASO HISTORICO – EL LAVADO PERFECTO:
AL CAPONE Y EL LAVADO DE DINERO.
Al Capone fue el gangster más famoso de todos, y construyó un imperio de terror basado en el chantaje, el soborno y el asesinato, en el Chicago de la década de 1920. Pese a haber mandado matar tanta gente, nunca se le pudo probar en juicio el menor de sus asesinatos. Pero sí se investigaron sus libros de contabilidad, y se descubrió que gastaba mucho más dinero del que legalmente declaraba, por lo que le siguió juicio por evasión de impuestos, y fue condenado a prisión en 1931. Hasta la cárcel no llegaban sus influencias, así es que durante años la pasó muy mal, despreciado por su origen italiano (su apellido original era Caponi), hasta ser soltado sólo para morir al poco tiempo, víctima de una sífilis juvenil nunca curada, en 1947.
Después del juicio a Capone, la Mafia se preocupó visiblemente, porque ahora tendrían que defenderse de la nueva amenaza: la Hacienda pública. Hasta que Lucky Luciano puso en marcha una nueva estrategia. Creó una cadena de lavanderías automáticas, de las que el cliente llega y echa una moneda para lavar su ropa, eligiendo este rubro precisamente porque su sistema de transacciones hacía muy difícil determinar el origen del dinero legalmente declarado, pudiendo por tanto infiltrarse en ellas el dinero malhabido. De ahí que a esta operación de hacer pasar utilidades ilegítimas por legales se le llame "blanqueo de capitales" y "lavado de dinero"…
El lavado de dinero es un problema socioeconómico internacional, como ya hemos ido mencionando en el desarrollo de la investigación, en donde el sistema financiero es utilizado como medio de blanqueo, afectando la integridad del mercado internacional, por lo que cada país debe tener las medidas adecuadas para prevenir esta actividad ilícita, además de que se debe dar un adecuado intercambio de información entre los países.
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http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/loce/carranza_a_l/capitulo7.pdf
http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/loce/carranza_a_l/capitulo7.pdf
ANEXO FOTOGRAFICO:
ANEXO F. N°1: AL CAPONE
http://sigloscuriosos.blogspot.pe/2006/02/al-capone-y-el-lavado-de-dinero.html
LAVADO DE DINERO.
http://www.noticierocontable.com/wp-content/uploads/2012/08/lavado-activos.jpg
LAVADO DE DINERO.
https://encrypted-tbn2.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcRBV4qqpIuw4OBUGuRHCkoTC5iPd5gql8zUnnooQ3O45C0Ds8Gh
LAVADO DE ACTIVOS:
https://encrypted-tbn0.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcSgUUXFWEkkU81rEtuiLtv0kyDQYTicOC_cUAd15qOe2YaP8pPXBg
ANEXO INFOGRAFICO
FASES DEL LAVADO DE ACTIVO:
http://m1.paperblog.com/i/176/1762689/v-congreso-internacional-prevencion-lavado-ac-L-EKn3c8.jpeg
TECNICAS DE LAVADO.
http://1.bp.blogspot.com/-cz-EKXSTqcU/TZoVsKr06mI/AAAAAAAAEck/fFQb4NPbKjE/s1600/Diapositiva11.JPG
DEDICATORIA
Primeramente a Dios por haberme permitido llegar hasta este punto y haberme dado salud, ser el manantial de vida y darme lo necesario para seguir adelante día a día para lograr mis objetivos, además de su infinita bondad y amor.
A mis padres por haberme apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, por la motivación constante que me ha permitido ser una persona de bien, pero más que nada, por su amor
Con todo cariño y con el debido respeto al profesor Dr. Edwin Miranda Ruiz por los meses que nos estará enseñando ya que nos brindara una educación de calidad orientándonos por buenos caminos, así como también brindándonos su confianza para seguir adelante.
Autor:
Advincula Vela Denis David
"AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA?Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN "
"UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI"
FACULTAD : CIENCIAS ECONÓMICAS,
ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
ESCUELA : CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
CURSO : SEMINARIO I
DOCENTE : Dr. EDWIN MIRANDA RUIZ.
CICLO : VIII
FECHA : 30-09-2015
AGUAYTIA-PERU
Enviado por:
Dr. Edwin Miranda Ruiz
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