RESUMEN
El trabajo elaborado se pone a consideración de la comunidad estudiantil y sociedad en general, la posibilidad de conocer los antecedentes históricos de las Constituciones Nacionales o Carta Magnas que rigieron en nuestro país, propiamente desde nuestra independencia hace doscientos años.
En base al tema central, cada capítulo menciona clara y brevemente el antecedente histórico, las circunstancias de la época y el contenido de la Constitución, organizado en sus partes dogmática y orgánica, permitiendo un rápido acceso a la historia de cada una de las constituciones históricas de nuestro país, pudiendo el lector encontrar en el material de manera evolucionada y dinámica un antecedente histórico, pasando por la regulación de los derechos, garantías y la distribución del poder público como así también los aportes que podemos deducir de cada una de ellas y las críticas que surgen de cada una de las respectivas constituciones, y por último un anexo que comprende las cinco constituciones históricas propiamente dichas, sin contar con la vigente.
El material fue elaborado con responsabilidad y sentido de pertenencia a la carrera de Derecho, y acotando especialmente a la Cátedra de Derecho Constitucional, recordando con patriotismo el Bicentenario de nuestra independencia esperando sea de gran utilidad al estudiantado universitario, docentes y público en general.
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo de investigación se efectúa una descripción clara, precisa y breve de los hechos y circunstancias históricas que dieron antesala a la elaboración y sanción de cada una de las constituciones que rigieron nuestro país, una detallada acotación a la evolución de los derechos y garantías que poco a poco fueron elevándose al rango constitucional, y especialmente la distribución de las funciones del Estado en cada una de ellas con su propia peculiaridad, divididos en su parte dogmática y orgánicas, haciendo mención también a los aportes y las críticas de las mismas.
Los instrumentos jurídicos que se utilizan en el trabajo y que son objeto de estudio en el trabajo son: El Reglamento de Gobierno de 1813, La Constitución de 1844, la Constitución de 1970, la Constitución de 1940, la Constitución de 1967 y la Constitución de 1992.
Los capítulos que integran el contenido del presente trabajo son los siguientes:
En el Capítulo primero, una breve noción y concepto de término Constitución a través de la historia desde los inicios de la civilización en Grecia y Roma, pasando por la Edad Media y culminando con la iluminación de los fundamentos del constitucionalismo y los conceptos en la Edad Moderna.
En el Capítulo segundo, se empieza el análisis de la primera Constitución que reguló normativamente nuestro país, mencionando la Etapa Colonial, y desde la independencia, con el Reglamento de 1813, y describiendo los aspectos más importantes de la época en cuanto al tema sin olvidar la Dictadura del Dr. Francia.
En el tercer capítulo, se toma como base la Constitución de 1844, siguiendo la método de investigación mencionado más arriba, ubicando y destacando los antecedentes históricos, la distribución de los poderes y funciones legislativa, ejecutiva y judicial y derechos consagrados, y realizando los aportes y críticas a esta normativa constitucional histórica.
En el Capítulo cuarto, entramos a analizar y siguiendo el método, la Constitución de 1870, con una especial mención a los antecedentes históricos, forma de elaboración y sanción, contenido divido en parte dogmática y orgánica, los derechos, deberes y garantías ya consagradas, y los aportes y críticas de esta constitución histórica.
En el Quinto capítulo, el tema de estudio es la Constitución o Carta Política de 1940, haciendo gran acotación a los hechos históricos que suceden como antecedentes a la sanción de la misma, y destacando la evolución de las figuras jurídicas, de la mención de derechos sociales y económicos, la distribución y atribuciones de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, cada uno con sus respectivos contenidos, las garantías ya elevadas a rango constitucional, y los aportes y las críticas de la constitución.
En el sexto capítulo, el objeto de investigación se basa en la Constitución de 1967, siguiendo el método de investigación, la mención de las circunstancias que derivan en su promulgación, la elevación a rango constitucional de la mayoría de las garantías, derechos sociales e individuales, y órganos como el Ministerio Público, la división de los poderes públicos con sus respectivos contenidos, culminando con los aportes y las críticas a esta peculiar Constitución histórica de nuestro país.
Y en el séptimo y último capítulo, se toma como base de estudio la Constitución vigente en nuestro país, a tenor de que de entre todas podemos decir que es la más completa y que más seguridad brinda a todos los ciudadanos del país, analizando los antecedentes de hecho y de derecho que posteriormente resultan en la sanción y promulgación de la misma en el año 1992, la forma de elaboración y análisis del texto constitucional, la mención de todos los derechos y garantías, la creación de órganos Extrapoderes y terminando con los aportes y críticas de la misma.
Los capítulos en que se divide el trabajo y los temas que desarrollan en cada uno de ellos, permiten obtener una información adecuada de cada una de las constituciones históricas del Paraguay, que se espera sea de utilidad para los interesados en la historia de las Constituciones del Paraguay.
El presente trabajo es producto de un esfuerzo personal, por amor al país y a mi estudio y formación profesional, agradeciendo a los profesores que colaboraron conmigo su material bibliográfico y su tiempo para la coordinación y elaboración de este trabajo.
METODOLOGÍA
El método que se utiliza en el trabajo es el método mixto de investigación bibliográfica, siendo el trabajo no experimental, tratando de analizar y deducir de cada uno de los contenidos el mayor aporte y claridad posible, empezando por los antecedentes históricos, la forma de elaboración y sanción, la regulación de los derechos y garantías, la distribución y las atribuciones propias de las funciones del Estado, a través de sus tradicionales órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y por último los aportes y críticas de cada una de las normativas constitucionales históricas de nuestro país.
El material se divide en siete capítulos que constituyen los ejes temáticos del trabajo de investigación de la historia y el contenido de las constituciones y en cada capítulo se describen de manera clara y explícita posible sin abundar en mucha historia, de la manera siguiente: Antecedentes históricos, Forma de Elaboración de la Constitución, Contenido de la Constitución en parte Dogmática, este se subdivide nuevamente en secciones de Declaraciones Fundamentales, Derechos y Garantías, y otra Orgánica que se subdivide en Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y otros temas, y terminando cada capítulo con los aportes y la críticas respectivas, centrándose lo más posible al tema de estudio que contiene cada constitución histórica y la vigente.
CAPÍTULO I
CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN A TRAVÉS DE LA HISTORIA
1. Noción de Constitución.
Antes de formular un concepto de lo que es una Constitución debemos primeramente fijar el alcance del término. El término Constitución, en su sentido general y extensivo, designa la esencia y las calidades de algo o de alguien, diferenciándola de las demás especies.
Etimológicamente, el término Constitución proviene del latín "Estatuare", "Statum" y significa reglar, establecer, ordenar, regular.
Es la ley suprema porque ninguna Ley le es anterior; fundamental porque de ella derivan todas las leyes y suprema por ser inviolable para los habitantes del territorio donde impera y a ella debe adecuarse la actuación del gobierno. En un sentido específico, la Constitución designa a la Ley primera, fundamental y suprema de la organización política de una nación.1
2. Concepto de Constitución a través de la Historia
a. En la antigüedad: Los griegos denominaban política a la Constitución del Estado, aludiendo a la "Unidad corporativa del total de los ciudadanos" o "la estructura socio-jurídica que ordena en una entidad a la ciudadanía, y el derecho del ciudadano a decidir en las cuestiones de la Polis".
Para Aristóteles, la Constitución de Atenas era el orden concreto de la polis, la forma efectiva en que la ciudad estructura su vida, sus diferentes realidades. En el libro IV de la "Política" decía Aristóteles que la "Constitución determina la organización de la autoridad del Estado, la división de los poderes del mismo, la residencia de la soberanía y el fin de toda la sociedad civil".
La Constitución en el pensamiento Aristotélico equivale a régimen, estructura, a contextura: "Es el modo de ser de la ciudad, su compostura o naturaleza total".
En Roma el vocablo latino Constitución que usa Cicerón en su obra "De Re Publica", tiene el sentido de forma de un régimen, pero además, jus publicum o derecho público de la ciudad, involucrando el conjunto de disposiciones concretas de la autoridad.
Cicerón fue el primero en utilizar el término Constitución en sij sentido actual. Pero hay que señalar que el término no significó para los romanos una garantía contra los abusos del poder, ni el ejercicio de derechos Individuales por parte de los ciudadanos.
En Roma, la fuente básica de toda autoridad era la lex que, según la definición de Cayo "es lo que el pueblo ordena y establece".
Las demás normativas romanas dependían de su relación con la Ley. Así, las normativas dictadas por los plebeyos no obligaban a los patricios hasta su equiparación con la Ley, como también la norma aprobada por el Senado, aunque con el tiempo fuera aceptada en lugar de la ley.
b. En la edad media: En este período histórico puede visualizarse cuatro concepciones diferentes respecto a la Constitución, a saber:
– Ordenes de los pontífices: Por mucho tiempo se entendió por Constitución, una regla o edicto emanada de la autoridad eclesiástica, así, las diversas órdenes religiosas tenían sus propias "Constituciones", y éstas regían también para los monasterios y conventos. Eran estatutos aprobados por el soberano pontífice.
– Autonomía de las ciudades: Hacia el siglo XI se produjo en Europa, debido a las cruzadas, un resurgimiento del comercio, lo cual llevó al crecimiento de las ciudades y burgos, en torno a los cuales se organizaron los comerciantes. El fenómeno urbano fue cobrando importancia y con él, el surgimiento de una nueva clase social, la burguesía, cuyo ámbito de vida e intereses eran muy diferentes al de los estamentos feudales y eclesiásticos.
Los burgueses aspiraban a una mayor libertad, entendiendo este concepto no sólo como un derecho natural sino como algo útil, pragmático, que facilitaría sus actividades productivas. De ahí surgió su lucha por conseguir la autonomía de las ciudades mercantiles, la cual se obtuvo a través de las cortes o fueros comunales, que significaban un nuevo concepto de Constitución.
En ella, se limitaban los derechos de los señores feudales, y se garantizaban los de los burgueses, organizados en corporaciones de oficio, entre otros para darse su propio gobierno.
– Como pacto entre el Rey y los súbditos: Al final de la Edad Media y bajo las monarquías absolutistas de los siglos XVI y XVII, se entendió por Constitución "Las leyes importantes dictadas por la voluntad exclusiva del Monarca", en tanto que se siguió denominando cortes, estatutos u ordenanzas, al cuerpo de leyes fundamentales que, con la participación de los súbditos, daba el príncipe para organizar la comunidad y en especial, las ciudades libres.
Pero al mismo tiempo, a lo largo del siglo XVII, se cumplió en Inglaterra el proceso que llevó a este país por la vía del Constitucionalismo liberal a desembocar, a comienzos del siglo XVIII, en una monarquía limitada, regida por una serie de leyes Constitucionales, con un contenido filosófico que iba más allá de la simple organización del gobierno y. tendía a garantizar efectivamente los derechos individuales de los súbditos ingleses frente al Monarca.
– Constitución como forma de organización otorgada por voluntad popular: Al independizarse las trece colonias inglesas de Norteamérica, el término Constitución fue empleado en un sentido revolucionario, para oponer las constituciones o formas de gobierno de las trece colonias que formaban la federación, dada por voluntad exclusiva y libre del pueblo, a las instituciones provenientes de la corona inglesa.2
El concepto cobra mayor significado con la promulgación de la Constitución Norteamericana, en Filadelfia en 1787. Dicha Constitución es un cuerpo normativo, codificado y sistematizado, diferente de las leyes ordinarias. Esta Constitución serviría de modelo o de fuente de inspiración a las que posteriormente se promulgarían en los demás países americanos, a medida que iban declarando su independencia, y constituyéndose en Estados Soberanos.
La revolución francesa, continuando la idea americana, asimiló la Constitución a una determinada forma de organización política, aquella que garantiza las libertades individuales y traza límites a las actividades de los gobernantes. Así la declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano promulgada en 1789, dispuso en su Art. 16: "Toda sociedad en la cual no está asegurada la garantía de los derechos ni establecida la separación de poderes no tiene Constitución".
CAPÍTULO II
1. Etapa Colonial
La Provincia del Paraguay en la etapa colonial estuvo regida por una serie de Códigos y Recopilaciones dictadas por la Metrópolis Española, de manera que hacia el final de esta etapa el ordenamiento jurídico positivo de la colonia estuvo integrado, en orden de prelación, por:
a. Recopilación de Indias, de 1680, como norma suprema;
b. Cédulas, Providencias, Ordenanzas del Rey;
c. Leyes del Reino de Castilla, conformada por la recopilación de las Leyes de Toro de 1505, en este orden: 1) ordenamientos y pragmáticas reales, 2) leyes de fueros (Fuero Juzgo, Fuero Real y Fueros Municipales), 3) leyes de Partidas.
No es posible dejar de hacer referencia a la Real Cédula de Septiembre de 1537, por la cual se permitió a los pobladores de Asunción la facultad de llenar acefalías de poder con su propia decisión.
Es la primera señal de participación popular cuyo perfeccionamiento lucharán y procurarán muchas generaciones de paraguayos.
2. Etapa Independiente
2.1. Antecedentes
El Paraguay se independiza de España en la gesta libertadora del 14 y 15 de mayo de 1811, e inicia su vida Independiente con la conformación de un nuevo gobierno tras la renuncia del Gobernador español Don Pedro de Velazco.
Las instituciones políticas de más trascendencia en el Paraguay Independiente lo constituyen los Cabildos y los Congresos, configurándose como canales de participación ciudadana en la vida política nacional.
Los Cabildos constituían los órganos administrativos y políticos de las ciudades durante la colonia, y eran las principales vías de participación popular en la organización de la ciudad.
Los Congresos Generales tuvieron su origen en los Cabildos Abiertos o Junta General de Vecinos, que se convocaban en la época española, cada vez que debían tratarse asuntos de importancia.
Después, aprobada la Constitución de 1844, se conservó esta institución que debía reunirse constitucionalmente cada cinco años, bajo la presidencia de Carlos A. López, se reunieron Congresos Generales con carácter ordinario en 1849, 1854 y 1857, y con carácter extraordinario en 1856 y 1867.
El Congreso de 1913 fue convocado con la finalidad de responder a la propuesta del enviado de Buenos Aires, Don Nicolás de Herrera, quien llegaba a Asunción con el propósito de conseguir la designación de un representante del Paraguay en lo Asamblea General convocada en la capital porteña; así como para conseguir la renovación del tratado del 12 de octubre de 1811, o el ajuste de un nuevo pacto sobre la base de la disminución de aranceles a los productos paraguayos, a cambio de un contingente de soldados.
Este Congreso reunido el 30 de septiembre de 1813 que además promulgó el Reglamento de Gobierno, se llevó a cabo en el Templo de la Merced y estuvo compuesto por 100 diputados elegidos en comicios libres, con participación de todos los naturales de las provincias, con derecho a sufragar los solteros desde los 23 años y los casados sin límite de edad y con la sola exclusión de los procesados por delitos graves que merezcan pena de infamia.
Las principales resoluciones de este Congreso fueron:
a) Una vez reunido se rechazaron las propuestas de Herrera y se acordó no enviar diputados al Congreso de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
b) Durante las deliberaciones los dos vocales que formaban parte de la Junta: el Dr. Francia y el Capitán Caballero renunciaron a sus cargos, quedando al frente de la Junta sólo el Capitán Fulgencio Yegros. Ante esta situación, el Congreso procedió a recomponer el gobierno.
Las aspiraciones respecto a la conformación del gobierno estaban divididas, el Diputado Zavala propuso la formación de un Triunvirato compuesto por Francia, Fulgencio Yegros y Caballero, otros diputados eran partidarios de establecer un gobierno provisional que tuviera al frente a Fulgencio Yegros, o al Dr. Francia; las eminencias en el campo militar y civil respectivamente.
En el seno del Congreso se presentó un proyecto de Reglamento, que según Justo Prieto, fue de autoría del Dr. Francia y Fulgencio Yegros, quienes fungirían como cónsules de la República del Paraguay.
EL PRESENTE TEXTO ES SOLO UNA SELECCION DEL TRABAJO ORIGINAL. PARA CONSULTAR LA MONOGRAFIA COMPLETA SELECCIONAR LA OPCION DESCARGAR DEL MENU SUPERIOR.