- Conceptos de criminología
- Conceptos de ciencias forenses
- Investigar los elementos de la criminología: delito, pena y delincuente
- Plasmar la definición de criminología, ciencias forenses delito, pena y delincuente
- Plasmar las divisiones de las ciencias forenses
Conceptos de criminología
I. Es una ciencia sintética y empírica, sus límites están fijados por su contenido: el estudio triple del delincuente y del delito, bajo los aspectos antropológico-biológico, psicológico y sociológico" derivándose de ella que es "una ciencia sintética, causal, explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales. Quiroz Cuarón.
II. Ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado. Antonio García Pablos de Molina.
III. Disciplina sociopolítica cuya finalidad esencial es la formulación de una política criminal que permita lo más efectivamente posible la prevención y control de la criminalidad conforme a las exigencias de libertad, dignidad, igualdad, seguridad individual y colectiva, entendida como esenciales del desarrollo nacional e internacional. López Rey.
IV. La Criminología es la ciencia que estudia los "elementos reales del delito". Entiende por elementos reales el comportamiento psicofísico de un hombre y sus efectos en el mundo exterior. E. Seeling.
V. La Criminología es la ciencia que estudia la delincuencia, para investigar sus causas, su génesis, su proceso y sus consecuencias." G. Stefani y G. Levasseur.
VI. La Criminología es el conjunto ordenado de la ciencia experimental acerca del crimen, del infractor de las normas jurídicas, del comportamiento socialmente negativo y del control de dicho comportamiento. G. Kaiser.
Conceptos de ciencias forenses
Las Ciencias Forenses son todas aquellas ciencias (Derecho, Medicina, Psicología, Biología, Química, Ingeniería, etc.) o especialidades científicas cuyos principios, métodos, y técnicas se aplican a la Justicia, en cualquiera de sus aspectos, buscando el bien de la sociedad y la seguridad de los ciudadanos y el estado
A definición del diccionario de ciencia forense es la aplicación de prácticas científicas dentro del proceso legal. Esencialmente esto se traduce en investigadores altamente especializados o criminalistas, que localizan evidencias que sólo proporcionan prueba concluyente al ser sometidas a pruebas en laboratorios.
Las Ciencias Forenses son un campo de la ciencia dedicada a la recopilación metódica y el análisis de las pruebas para establecer los hechos que se pueden presentar en un procedimiento legal.
Las ciencias forenses las definimos como el conjunto de disciplinas cuyo objeto común es el de la materialización de la prueba a efectos judiciales mediante una metodología científica. Cualquier ciencia se convierte en forense en el momento que sirve al procedimiento judicial
Investigar los elementos de la criminología: delito, pena y delincuente
DELITO
El delito presenta dos aspectos claramente identificables:
Concepto Penal o Normativo y
Criminológico o Real.
La Criminología se ocupa del delito, pero, el delito, interesa, también, a otras ciencias, disciplinas y ramas del saber: la Filosofía, la Sociología, el Derecho Penal, etc. , por lo que procede delimitar el concepto de delito que utiliza la Criminología, por dos razones: porque no existe un concepto único de delito y porque la autonomía científica de la Criminología debe permitir a ésta la determinación de su propio objeto, sin someterse a las definiciones de delito que procedan de otros ámbitos o instancias.
Existen, en efecto, numerosas nociones de "delito". El Derecho Penal, por ejemplo, se sirve de un concepto formal y normativo, impuesto por exigencias ineludibles de legalidad y seguridad jurídica: delito es toda conducta prevista en la ley penal y solo aquella que la ley castiga.
La Filosofía y la Ética acuden a otras pautas e instancias más allá del Derecho Positivo: el orden moral, el natural, la razón, etc.
Al primero, pertenecen los valores y el deber ser y, al segundo, todo lo físico y psíquico.
El concepto penal constituye su obligado punto de partida pero nada más, porque el formalismo y el normativismo jurídico resultan incompatibles con las exigencias metodológicas de una disciplina empírica como la criminología.
La Criminología Clásica, dócil y sumisa a las definiciones jurídico formales de delito, hizo del concepto de delito una cuestión metodológica prioritaria.
No así la moderna Criminología, consciente de la problematización de aquél, que se interesa sobre todo por temas de mayor trascendencia, por ejemplo, las funciones que desempeña el delito como indicador de la efectividad del control social, su volumen, estructura y movimiento, el reparto de la criminalidad entre los distintos estratos sociales, etc.
Hasta tal punto ha pedido interés el debate academicista sobre el concepto criminológico de delito que un sector doctrinal sugiere utilizar el que más corresponda a las características y necesidades de la concreta investigación criminológica.
Para la Criminología el delito se presenta, ante todo, como "problema social y comunitario", caracterización que exige del investigador una determinada actitud para aproximarse al mismo.
El delito es un problema de la comunidad, nace en la comunidad y en ella debe encontrar fórmulas de solución positivas.
PENA.
La pena es el medio con que cuenta el Estado para reaccionar frente al delito, expresándose como la "restricción de derechos del responsable". Por ello, el Derecho que regula los delitos se denomina habitualmente Derecho penal. La pena también se define como una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales, contemplada en la ley e impuesta por el órgano jurisdiccional, mediante un proceso, al individuo responsable de la comisión de un delito.
El término pena deriva del término en latín poena y posee una connotación de dolor causado por un castigo.
El Derecho Penal moderno aboga por la proporcionalidad entre el delito y la pena. En muchos países se busca también que la pena sirva para la rehabilitación del criminal (lo cual excluye la aplicación de penas como la pena de muerte o la cadena perpetua).
Efectos
La pena produce una serie de efectos en el conjunto de individuos que componen la sociedad que se suponen positivos para ésta, y que según la teoría relativa de la pena, serían los objetivos en los que se fundamentaría la aplicación coactiva de la pena. Así, tanto la teoría retributiva de la pena (o teoría absoluta de la pena), como la teoría relativa antes mencionada coinciden en que la pena, tanto en su vertiente coactiva como en su vertiente coercitiva tienen, o han de tener los siguientes efectos:
Prevención general: Dirigida al conjunto de la sociedad.
Prevención especial: Dirigida al sujeto que ya ha sido penado.
Por otro lado, la teoría retributiva habla del efecto retributivo de la pena (en un sentido similar a venganza), mientras que la teoría relativa menciona la necesidad de que la pena suponga una reinserción del penado en la sociedad.
Clasificación de las penas
A pesar de la connotación de dolor, las penas pueden ser de multitud de formas diferentes, no necesariamente dolorosas, en función del tipo de sanción que quiera imponer el Estado.
Penas corporales
En sentido estricto, las penas corporales son las que afectan a la integridad física. También puede entenderse pena corporal en sentido amplio como aquellas que no sean pecuniarias. En aplicación del sentido estricto, penas corporales son:
Tortura: Se suele entender que se trata de un trato inhumano o degradante y que va contra los derechos fundamentales, pero en muchos países se sigue usando (azotes, amputaciones, etc.).
Pena de muerte: La más drástica, abolida en muchos países. Sin embargo, no se considera trato inhumano o degradante, al contrario que la tortura o los azotes.
Penas infamantes
Aquellas que afectan el honor de la persona. Son comunes en los delitos militares (por ejemplo, la degradación).
Penas privativas de derechos
Son aquellas que impiden del ejercicio de ciertos derechos (generalmente políticos como el voto o familiares como la patria potestad), privan de ciertos cargos o profesiones o inhabilitan para su ejercicio. Hoy en día también son muy comunes la privación del derecho de conducción de vehículos de motor, y la privación del derecho al uso de armas. También son importantes las inhabilitaciones para el ejercicio de cargos públicos durante un tiempo determinado.
Son de muy variado contenido y existe una tendencia a su expansión. Se trata en la actualidad de una categoría residual abierta que se define por ser aquellas penas distintas de privación de libertad y multa. Propiamente hablando toda pena priva de algún derecho.
Entre estas, se pueden señalar: inhabilitación absoluta, que priva definitivamente del disfrute de todo honor, empleo o cargo público durante el tiempo señalado; inhabilitación especial para el ejercicio de un derecho concreto ( como el disfrute de empleo o cargo público, profesión, oficio, industria o comercio, de los derechos de patria potestad, tutela, guardia o curatela, y del derecho de sufragio pasivo); suspensión de empleo o cargo público; privación del derecho a conducir vehículos de motor o ciclomotores, o a la tenencia y porte de armas; privación del derecho a residir en determinado lugar, a acudir a él, o a aproximarse o a comunicarse con determinadas personas.
Penas privativas de libertad
Se denomina de esta forma a la pena emitida por el juez como consecuencia de un proceso penal y que consiste en quitarle al reo su efectiva libertad personal ambulatoria (es decir, su libertad para desplazarse por donde desee), fijando que para el cumplimiento de esta pena el sentenciado quede recluido dentro de un establecimiento especial para tal fin, llamado comúnmente cárcel, aunque cada ordenamiento jurídico le de un nombre concreto (correccional, establecimiento penitenciario, centro de reclusión, etcétera).
La pena privativa de libertad, tal como su nombre lo indica, consiste en privar de libertad de tránsito al individuo sentenciado; se diferencia de la "prisión preventiva" porque la pena privativa es resultado de una sentencia y no de una medida transitoria como sucede con aquélla. Asimismo se diferencia de las denominadas "penas limitativas de derechos" en que la pena privativa no permite al reo conservar su libertad ambulatoria mientras la "pena limitativa de derechos" por cuanto ésta no afecta en modo alguno la libertad del reo para desplazarse y solamente impone la obligación de realizar ciertos actos (por ejemplo, prestar servicios a la comunidad) o el impedimento de ejecutar otros (ejercicio de una profesión, por ejemplo).
Pese a que viene a ser una concreción de la pena privativa de derechos, la doctrina la sitúa en un campo aparte debido a su importancia. Es la sanción penal más común y drástica en los ordenamientos occidentales (a excepción de la pena de muerte, de escasa extensión). Supone la privación de la libertad del sujeto, y dependiendo del grado de tal privación, pueden distinguirse las siguientes:
Prisión.
Arresto domiciliario.
Destierro.
Trabajo comunitario o Trabajos de Utilidad Publica.
Penas pecuniarias
La pena pecuniaria es aquella que afecta al patrimonio del penado. Hay que diferenciar en este caso la pena del resarcimiento de la víctima (responsabilidad civil).
Multa
Comiso
Caución
La caución o fianza es la garantía que entrega el encausado para poder defenderse en libertad. El jurista ecuatoriano Enrique León Palacios en su obra "La Libertad, Justicia y Derecho en América Latina" afirma que esta medida es tan solo un privilegio de los que tienen dinero pues aquellos que no lo poseen no pueden gozar de él.
Confiscación de Bienes
Esta clasificación de las penas toma en consideración la naturaleza del bien de que privan al sentenciado. Se caracterizan porque recaen directamente sobre le patrimonio, imponiendo al delincuente la obligación de pagar una suma de dinero a favor del Estado o en entregar los bienes u objetos materiales utilizados en la comisión del delito o los obtenidos como producto del mismo.
DELINCUENTE..
NOCIÓN .El delincuente es la persona física que lleva a cabo una conducta delictiva, pero también la persona jurídica o moral, puede serlo.Antiguamente existió la llamada pena de efigie, era cuando se hacía un muñeco que ocupaba el lugar del delincuente, muñeco que era colgado o quemado.
DENOMINACIONES: Las denominaciones empleadas en los derechos penal y procesal penal respecto al sujeto son las siguientes:
ANTES DE DICTARSE SENTENCIA SON: Acusado, Denunciado, Indiciado, Procesador, Presunto, Responsable, Querellado, Inculpado, Enjuiciado, Encausado.
AL DICTARSE SENTENCIA ES: Sentenciado.
DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA ES: Reo, Convicto.
YA CUMPLIDA LA SENTENCIA ES: Delincuente, exrreo, liberto o libertado (Exconvicto)
TEORÍA DEL DELINCUENTE, NATO.
Según Lambroso llegó a la conclusión: de que el delincuente es el "eslabón perdido" pues en la evolución de la especie, el simio se convierte en hombre pero queda el espacio, que según el corresponde al "hombre delincuente" es decir a un ser que no llegó a evolucionar adecuadamente y que se quedó en LA etapa intermedia, entre el simio y el hombre; no es propiamente ni uno ni otro. Algunos aspectos psicológicos y antropológicos corresponden al hombre y al mono.
FRECUENCIA DEL COMPORTAMIENTO DELICTIVO.
No hay una regla, ya que hay sujetos que en toda su vida cometen un delito otros cometen varios y otros que hacen del ilícito su forma de vida.
REINCIDENCIA. Hay dos tipos de reincidencia: la genérica y la específica.
La reincidencia Genérica: Se produce cuando el agente delinque por segunda vez, al cometer un delito de naturaleza deferente a la del primero.
La Reincidencia Específica: Se presenta cuando el primero y el segundo delito son de la misma naturaleza.
Según el artículo 20 hay Reincidencia siempre que el condenado por sentencia ejecutada dictada por cualquier tribunal de la República o del extranjero, cometa un nuevo delito, si no ha transcurrido, desde el cumplimiento de la condena o desde el indulto de la misma, un término igual al de la prescripción de al pena, salvo las excepciones fijadas por la ley.
La condena sufrida en el extranjero se tendrá en cuenta si proviene de un delito que tenga este carácter en este Código o leyes especiales.
Raúl Carranca y T., dice que la diferencia procesal entre la reincidencia y la acumulación, o concurso real, es que en la primera ha recaído sentencia firme con relación a algunos de los delitos y en la segunda no la hay por ninguno. 3.
HABITUALIDAD.
Existe la habitualidad cuando el sujeto comete dos veces más de un delito igual, o siempre que los tres delitos se cometan en menos de 10 años.
Según el artículo 21 Si el reincidente en el mismo género de infracciones comete un nuevo delito procedente de la misma pasión o inclinación viciosa, será considerado como delincuente habitual, siempre que las tres infracciones se hayan cometido en período que no exceda de diez años, como ya lo habíamos dicho antes.
La reincidencia y la habitualidad se prueban legalmente por medio de los casilleros judiciales o registros penales y de los sistemas de identificación personal. Tanta es la importancia de unos y de otros que todos los países que desarrollan una política criminal eficaz los tienen organizados con acuciosa solicitud; y hasta en varios Congresos Penales y Penitenciarios (Estocolmo, 1878; San Petesburgo, 1890; Mónaco,1914), se ha tratado de organizar un registro internacional al servicio de todas las naciones.
Por DELITO HABITUAL se entiende, al decir de Eusebio GOMEZ, aquel constituido por diversos actos cuya comisión aislada no se juzga delictuosa. MAZINI expresa que son los que exigen, como elemento constitutivo, la reiteración habitual de hechos que, considerados en forma aislada, no serían delictuosos. De lo anterior inferimos que en El delito habitual existe una pluralidad de hechos que solo en forma conjunta integran un delito. Excelente la definición dada por PORTE PETIT al decir: "Existe un solo delito habitual cuando el elemento objetivo está formado de varios actos habituales de la misma especie y que no constituyen delitos por sí mismos". De ahí se saca que como elementos de delito habitual son los siguientes: a) Una acción formada por una repetición habitual de varios actos; b) cada uno de los actos realizados no constituyen un delito; y d) la suma de todos los actos son los que constituyen un delito. 6.
OCASIONALIDAD
Es cuando el sujeto comete un delito en función de haberse presentado la Ocasión.
DELINCUENCIA PROFESIONAL
Es un personal que requiere de una capacidad intelectual superior a la común; además de toda una organización para ser un Delincuente Profesional.
IDENTIFICACIÓN DEL DELINCUENTE
Fundamentalmente hay varios sistemas de identificación, los cuales a continuación relaciono:
EL DACTILOSCOPIO: Es mediante el examen de las impresiones dactilares se puede identificar un sujeto.
ANTROPOMÉTRICO: Consiste en una serie de medidas, proporciones y características del cuerpo humano que sirven para distinguir a las personas y lograr su identificación.
EL RETRATO HABLADO: Es cuando la víctima o testigo aporta los datos o características del delincuente mientras que un dibujante especializado en este ramo realiza la descripción gráfica, conforme a los datos aportados.
LA QUÍMICA Y BIOLOGÍA FORENSE: Esta se desarrolla mediante el análisis de sangre, semen, cabello, ropas y diversas sustancias orgánicas e inorgánicas, etc., para poder identificar a un sujeto.
Plasmar la definición de criminología, ciencias forenses delito, pena y delincuente
CRIMINOLOGIA. La criminología es una ciencia de carácter multidisciplinar que basa sus fundamentos en conocimientos propios de la psicología, la psicopatología y de la sociología, tomando para ello el marco conceptual que delimita el derecho penal.
CIENCIA FORENSE. Es un conjunto de ciencias que la ley usa para atrapar a un criminal, ya sea física, química, matemática, y muchas más.
DELITO: El delito, en sentido estricto, es definido como una conducta, acción u omisión típica (tipificada por la ley), antijurídica (contraria a Derecho), culpable y punible. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
PENA: Es el medio con que cuenta el Estado para reaccionar frente al delito, expresándose como la "restricción de derechos del responsable.
DELINCUENTE. Un delincuente es alguien que repetidamente comete actos ilícitos y no cumple con lo establecido por las leyes o normas de obligado cumplimiento. Este término se suele utilizar cuando tales actos son de menor gravedad.
Plasmar las divisiones de las ciencias forenses
Las ciencias forenses son un conjunto de disciplinas que tienen por objetivo común la materialización de la prueba a efectos judiciales mediante una metodología científica. Cualquier ciencia puede acontecer forense en el momento en que sirve por el procedimiento judicial. Si bien las principales son:
Los estudios criminalísticos se apoyan en métodos y técnicas propias del trabajo de diferentes disciplinas, ciencias auxiliares y laboratorios periciales, entre los que se encuentran:
Arte forense: El retrato compuesto o hablado, realizado a partir de la memoria de la víctima, es el más famoso, pero también se llevan a cabo dibujos con base en videos y fotos, y progresiones de edad en caso de personas desaparecidas. Utilizan un restirador, lápices, testimonio, ya sean verbales o con fotos y videos, para ofrecer opciones al artista.
Antropología forense: Para poder determinar el sexo, talla, edad, grupo étnico, e incluso llegar a la reconstrucción facial de restos humanos, se requiere de varias semanas de trabajo en el laboratorio antropológico.
Balística forense: La balística forense, como rama de la balística general y parte fundamental de la Criminalística, tiene como objetivo que en sus laboratorios se lleven a cabo todos los procedimientos y estudios necesarios de los cartuchos, balas y armas relacionadas con los homicidios, suicidios, accidentes y lesiones personales.
Dactiloscopía: Aunque la gran mayoría de las impresiones dactilares pueden hallarse en el lugar del hecho, en otros casos es necesario que los objetos que posiblemente tengan huellas latentes sean trasladados a los laboratorios para su reactivación, utilizando polvos, vapores de yodo, ciano-acrilato de sodio o por medio del rayo láser.
Documentoscopía: la palabra se origina a partir de la conjunción del vocablo latino "documentum" (enseñar, mostrar) y del griego "skopein" (ver, observar) y, junto con la palabra "Documentología" se utiliza para nombrar al conjunto estructurado y sistematizado de conocimientos y procedimientos técnico-científicos dentro de la Criminalística dirigidos al estudio de los documentos en general, características, forma de confección, alteraciones, etc., como así también a la investigación de manuscritos y/o firmas que ellos contengan y que sean de interés para la investigación que se realiza, pertenezca ésta al fuero judicial o al privado.
Entomología forense: La entomología forense se basa en la sucesión ecológica de los artrópodos que se instalan en un cadáver para determinar la fecha de la muerte. Es especialmente útil en cadáveres con varios días, semanas o meses de antigüedad.
Fisionomía forense: Reconstruye las características de un rostro con la ayuda de materiales moldeables. Utiliza un molde de cráneo de plástico con varias capas de material para simular la piel, espátulas de escultor, pinturas. En muchas agencias se utilizan programas de computadora para modelar huesos, músculos y piel en 3D.
Fotografía forense: La participación del fotógrafo para realizar la fijación fotográfica de la escena y todo lo relacionado con la misma es fundamental; sin embargo, es sólo la primera parte de su trabajo, ya que posteriormente tendrá que trasladarse al laboratorio de fotografía forense para llevar a cabo el revelado del material con el que serán ilustrados los dictámenes.
Genética forense: El estudio de material biológico, como la saliva, semen, sangre, pelo, y otros tejidos, permiten tipificar el ácido desoxirribonucléico (ADN), método identificatorio moderno y que por su gran precisión se ha denominado huella genética.
Hecho de tránsito: Mediante ,la aplicación de diferentes técnicas de análisis químico, pueden examinarse los fragmentos de pintura, efectuando distinciones en cuanto al calor y los compuestos de las mismas.
Hematología: En esta especialidad la aplicación de la química es fundamental si una mancha que se halló en el lugar del hecho es sangre y si ésta es de animal o humana; en caso de tratarse de sangre humana se determinarán los grupos, subgrupos y el factor RH.
Incendios y explosivos: Para el estudio de los residuos que dejan los incendios y las explosiones, pueden utilizarse la cromatografía de capa fina, la cromatografía gas-líquido y la cromatografía líquida de alto rendimiento; pudiéndose determinar el tipo de sustancia que se utilizó.
Medicina forense: Si se considera que el laboratorio es el lugar en donde se realizan trabajos de investigación científica, bien puede estimarse el necrocomio o a los Servicios Médicos Forenses como los laboratorios que utilizan los médicos para el estudio minucioso del cadáver, y para determinar su identidad y causa de muerte.
Meteorología forense: Es el análisis de las condiciones climáticas pasadas de un lugar específico. Es una rama bastante empleada en los procesos judiciales en los que participan compañías de seguros y también en las investigaciones de homicidios.
Odontología forense: La utilización del laboratorio en la odontología forense se realiza cuando se requiere obtener o elaborar moldes para determinar las características dentales de un individuo.
Patología forense: Estudia las pistas que llevan a la causa de la muerte presentes en el cuerpo como un fenómeno médico.
Peritaje caligráfico: Permite establecer la autenticidad de documentos, mediante estudio de trazos de escritura o firmas, análisis de tinta, papel o impresiones de maquinas de escribir. Se le confunde con la grafología de la que se dice que puede detectar personalidades o sexo pero carece de suficiente estudios científicos.
Piloscopia: Por medio del estudio químico puede determinarse si el pelo en estudio se trata de pelo humano o de animal, así como otras características.
Psicología forense: Comprende un amplio rango de prácticas que involucran principalmente evaluaciones de capacidad de los acusados, informes a jueces y abogados y testimonio en juzgados sobre temas determinados
Química forense: En esta importante especialidad se aplican todos los conocimientos y técnicas químicas con objeto de conocer la naturaleza de cualquier sustancia o elemento. Su participación en la investigación es multi e interdisciplinaria con otras ciencias forenses.
Toxicología forense: Puede ser aplicada en sujetos vivos o muertos. En personas vivas se toman muestras de orina y de sangre. En la orina puede determinarse, principalmente, la presencia de medicamentos y drogas de adicción; en la sangre puede hallarse alcohol etílico.
Autor:
Mtr. Jesus Orlando Morales Ortiz
LICENCIATURA EN DERECHO
MAESTRÍA EN DERECHO CIVIL UAEM.
MAESTRÍA EN DERECHO PENAL Y CRIMINALÍSTICA COLEGIO JURISTA
Presidente de la Zona Oriente Morelense de Estudiantes. Zome a.c
Representante en el Estado de Morelos ante la Confederación de Abogados Latinoamericanos A.C.
Representante de Morelos del Centro Interamericano de Habilidades Jurídicas.
Investigador del CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE ALTA TECNOLOGÍA Y EL CCAT RESEARCH LAB"S
INVESTIGADORES ADJUNTOS:
Comandante Alfredo Marin Cabrera
SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL DE CUAUTLA MORELOS
Lic Arlem Morales Ortiz
Presidenta general de ORADORES Y LOLOGRAFOS JURISTAS A.C
Lah Yg Anel Soriano Cantoran
Presidenta general de RESCATE TURÍSTICO MORELOS