Aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados (Rep. Dom)
Enviado por Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
APLICACIÓN DE LA LEY 87-01 SOBRE LA SEGURIDAD SOCIAL EN LOS SUPERMERCADOS DE LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO, EN EL PERÍODO ENERO 2010-DICIEMBRE DE 2014
- Introducción
- Marco contextual
- Marco teórico
- Metodología
- Presentación y análisis de los datos
- Conclusiones
- Recomendaciones
- Apéndices
- Bibliografía
COMPENDIO
La Seguridad Social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y entre otras.
La Seguridad Social debe ser entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad; de manera que el Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y en general todo el espectro posible de seguridad social.
La Seguridad Social es por tanto, el sistema a través del cual el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones de necesidad que se contemplan en la Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social en la República Dominicana.
La Seguridad Social como tal nace en Alemania como producto del proceso de industrialización, las fuertes luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de algunos grupos políticos y sectores académicos de la época. Primeramente los trabajadores se organizaron en asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los sindicatos.
En el tiempo en que se impulsó la Seguridad Social Alemania era gobernada por el Káiser Guillermo II, en esa época surge el primer gran documento de compromiso social del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente, vejez o invalidez total o parcial.
Los resultados de la aplicación de la Seguridad Social en Alemania de fueron tan eficaces que muy pronto se extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del mundo. En 1889, en París se creó la Asociación Internacional de Seguros Sociales Sus postulados a ser temas relevantes en congresos especiales; en Berna en 1891; en Bruselas en 1897; en Paris en 1990; en Dusseldorf en 1902; en Viena en 1905 y en Roma 1908.
La Seguridad Social constituye el derecho de toda persona, independiente de su condición social, económica o de cualquiera otra índole a una protección contra los riesgos de enfermedad, vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, maternidad, riesgos laborales. Tiene un carácter universal, por lo que no puede ser excluyente de nadie ni de nada. La Seguridad Social está consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos que sirvieron de base para la creación de las Naciones Unidas en el 1948, de la cual la República Dominicana es signataria.
La Ley de Seguridad Social es el resultado del trabajo tesonero de muchas instituciones y personas. Durante más de tres décadas en República Dominicana se venía planteando la necesidad de superar el viejo Régimen de Seguro Social, el cual nació en el año 1947 con muchas limitaciones estructurales, fruto de la época y de la ausencia de democracia y libertad que predominó entonces. Durante ese largo período las organizaciones sindicales demandaron la modificación de la Ley No. 1896 sobre Seguro Social.
La Ley 87-01 instituye un régimen de Seguridad Social para toda la población dominicana, a aplicarse en forma gradual en lapso de diez (10) años, el cual ha registrado un significativo retraso, hasta el punto de que no ha podido iniciar el seguro familiar.
La Ley de Seguridad Social es una pieza moderna, coherente y flexible que permitirá al país colocarse, en sólo una década, entre los países más avanzados de América Latina en este campo. Este salto cualitativo forma parte del esfuerzo nacional para asegurar la mayor protección social a todos sus ciudadanos y ciudadanas dentro de una visión política fundamentada en el criterio de que el desarrollo de sus recursos humanos constituye la principal riqueza de nuestra nación. Es un paso en la dirección correcta, en un mundo dominado por el desarrollo tecnológico y la interpretación oportuna de la información apropiada.
Toda Ley o sistema debe de definir unos principios que le sirva de base y orientación. La Ley No. 87-01, en el artículo 3 establece que la El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se regirá por los siguientes principios: Universalidad, obligatoriedad, integralidad, unidad, equidad, solidaridad, libre elección, pluralidad, Separación de funciones, flexibilidad, participación, gradualidad y equilibrio financiero.
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) se organiza en base a la especialización y separación de las funciones. La dirección, regulación, financiamiento y supervisión corresponden exclusivamente al Estado y son inalienables, en tanto que las funciones de administración de riesgos y prestación de servicios estarán a cargo de las entidades públicas, privadas o mixtas debidamente acreditadas por la institución pública competente.
La Ley sobre Seguridad Social tiene como objetivo proteger a los habitantes de la República Dominicana, de las contingencias de enfermedades y accidentes, sea o no de trabajo, cesantía, desempleo, maternidad, incapacidad temporal y parcial, invalidez, vejez, nupcialidad, muerte, sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social, así como de las cargas derivadas de la vida familiar y las necesidades de vivienda, recreación que tiene todo ser humano. La referida Ley plantea "la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.
De acuerdo al Art. 5 de la Ley de seguridad social, los beneficiarios del sistema tienen derecho a ser afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) todos los ciudadanos dominicanos y los residentes legales en el territorio nacional. La presente Ley y sus normas complementarias regularán la inclusión de los dominicanos residentes en el exterior. Son titulares del derecho a la promoción de la salud, prevención de las enfermedades y a la protección, recuperación y rehabilitación de su salud y preservación del medio ambiente, sin discriminación alguna, todos los dominicanos y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional.
El Régimen Subsidiado se financiará con las aportaciones del Estado Dominicano, de acuerdo al Artículo 8 de la Constitución de la República Dominicana. Las aportaciones al Régimen Contributivo Subsidiado provendrán de dos fuentes. Una contribución de los beneficiarios y un subsidio que aportara el Estado Dominicano para suplir la falta de un empleado normal.
El régimen Subsidiado por su parte, protege a los trabajadores por cuenta propia con ingresos inestables y será financiado básicamente por el Estado. Finalmente, el régimen Contributivo Subsidiado protege los profesionales y técnicos independientes que generen ingresos por encima del salario mínimo nacional, este último régimen se financia con aportes del trabajador más el subsidio del Estado para suplir la falta de empleador.
Las administradoras de Riesgos de Salud (ARS), el Seguro Nacional de Salud (SNSS), son entidades públicas y privadas o mixtas, descentralizadas, con patrimonio propio y personería jurídica. Autorizadas por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales a asumir y administrar el riesgo de la provisión del Plan Básico de Salud a una determinada cantidad de beneficios. Mediante un pago percápita proveniente establecido por el Consejo Nacional de Seguridad Social, de acuerdo a la Ley y sus normas complementarias.
Las administradoras de riesgos de salud (ARS) son las responsables de la afiliación, pero los servicios serán provistos por hospitales públicos, establecimientos privados, establecimientos de capital mixto y organizaciones sin fines de lucro. Los recursos provendrán de una tesorería que administra los fondos provenientes de los aportes de los empleadores, los afiliados contributivos y el Gobierno central.
El estudio está compuesto por dos universos; el primero por 103 empleados, y el segundo por 5 propietarios de supermercados, según informe suministrado por la Asocian de detallistas del Municipio de Santiago; entre las conclusiones más relevantes se pueden citar:
El 40% de los propietarios, en relación al conocimiento que poseen de las normas jurídicas que rigen la Seguridad Social, dijo que parcial, mientras que el 20% expresa que total. Las afirmaciones anteriores revelan que el nivel de conocimiento que poseen los propietarios en relación a las normas jurídicas que administran la Seguridad Social, es limitado.
El 60% de los propietarios de los Supermercados de la Zona Urbana del Municipio de Santiago, en relaciona que si al momento de emplear a una persona en su empresa éste es incluido en un seguro médico, dice que a veces, y el 20% expresa que siempre y casi siempre.
El 90% de los empleados dice que al momento de ser empleado no fue incluido en un seguro médico, mientras que el 10% expresa que sí.
El 42% de los empleados de los supermercados consultados expresa que no tiene nada de conocimiento de las normas jurídicas que rigen la Seguridad Social, mientras que el 39% indica que parcial.
El 86% de los empleados encuestados en dependencia a que si los inspectores de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) visitan los supermercados para verificar el cumplimiento de los derechos de las trabajadoras, expresa que nunca, mientras que el 14% dice que veces.
El 60% de los propietarios de los Supermercados de la Zona Urbana del Municipio de Santiago, encuestado en dependencia a que si los inspectores de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) visitan los supermercados para verificar el cumplimiento de los derechos de las trabajadoras, dice que nunca, mientras que el 40% opina que veces.
Introducción
La República Dominicana, como la mayoría de los países del globo terráqueo, ha seguido también un proceso evolutivo en el desarrollo de la Seguridad Social. Las características del proceso evolutivo al que se hace referencia puede interpretarse como típico de los países de la región de igual nivel de desarrollo. El desarrollo histórico de la Seguridad Social en la República Dominicana corresponde sólo a un esbozo de las que son sus grandes líneas.
La etapa de las medidas de protección social corresponde en la República Dominicana a acciones dirigidas desde el Estado y mediante la iniciativa privada como respuestas a contingencias sociales identificadas en sectores necesitados. La Seguridad Social es un derecho básico de los/as trabajadores/as; la protección de la salud a cualquier edad y para todos/as los/as ciudadanos/as.
Con frecuencia se escucha a través de los diferentes medios de comunicación denuncias de que los/as propietarios/as de los establecimientos comerciales del Municipio no cumplen con las normas legales establecidas en la Ley 87-01 sobre la Seguridad Social, lo que ha generado contradicciones entre el empleados/as y empleadores/as.
Esta situación representa una problemática que debe obligar a las autoridades competentes en estos aspectos, asumir la responsabilidad del cumplimiento de las disposiciones legales, lo que provoca que todas estas situaciones de infracciones al orden jurídico (Ley 87-01 sobre Seguridad Social) son de las acciones que pueden motivar a contradicciones entre empleadores/as y el empleados/as de los supermercados en el Municipio de Santiago. Situación como la planteada es lo que motiva los investigadores a realizar el presente estudio.
En la presente investigación se dan respuestas a las siguientes interrogantes:
¿Cuál es el nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago, en el período enero 2010-diciembre de 2014?
¿Cuál es el nivel de conocimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad social que tienen los propietarios de supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago?
¿En qué medida los propietarios de supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago, aplican la Ley 87-01 sobre seguridad social?
¿Cuál es el nivel de conocimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad social que tienen los propietarios de supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago?
¿Cuáles son las medidas que implementa la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) en el Municipio de Santiago, para dar cumplimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad?
Con esta investigación se pretende aportar datos suficientes en relación al nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago; de tal modo que se estudiará en todos sus aspectos; para que se tenga una perspectiva objetiva de esta realidad.
El estudio reviste importancia debido a que en el mismo se pondrá en evidencia en qué medida se aplica la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago; así como el nivel de conocimiento que poseen empleadores/as y empleados/as de esta norma jurídica.
En el aspecto práctico los investigadores tendrán la oportunidad de participar en un área de interés social y personal, para aportar informaciones relativas al nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del Municipio.
Las razones señaladas mueven a los investigadores a presentar un estudio pormenorizado en torno a las implicaciones judiciales derivadas por no cumplimiento de la Ley objeto de estudio.
El estudio tiene como objetivo general: Conocer el nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del municipio de Santiago, en el período enero 2010 – diciembre de 2014 y como objetivos específicos: Determinar el nivel de conocimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad social que tienen los propietarios de los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago, determinar en qué medida los propietarios de supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago, aplican la Ley 87-01 sobre seguridad social, establecer el nivel de conocimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad social que tienen los empleados de supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago y determinar las medidas que implementa la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) en el Municipio de Santiago, para el cumplimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad.
El diseño de la investigación es no experimental, ya que los investigadores se limitaron a observar los acontecimientos sin intervenir en los mismos; es decir, a obtener las informaciones necesarias y transversal porque está circunscrito a un momento y tiempo definido según los requerimientos del estudio.
La investigación es de tipo descriptiva, explicativa, documental y de campo; debido a que este método permitió valorar la experiencia como punto de partida para la generalización del conocimiento; es decir, que partió de la observación de la realidad para mediante ella llegar a la generalización de la misma; referente al nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago, en el período enero 2010 – diciembre de 2014.
Descriptiva; porque mediante este tipo de investigación que utiliza el método de análisis, se logró caracterizar un objeto de estudio o una situación concreta, señalar sus características y propiedades combinada con ciertos criterios de clasificación, los cuales sirvieron para ordenar, agrupar o sistematizar los objetos involucrados en el trabajo indagatorio sobre el tema de nivel de aplicación de la Ley 87-01 sobre la seguridad social en los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago, en el período enero 2010 – diciembre de 2014.
Explicativa, debido a que se establecen y se explican las relaciones causalmente funcionales entre los/as empleadores/as y empleados/as de los supermercados. Además porque trata de descubrir, establecer y explicar las relaciones entre las variables estudiadas y sirve para revelar cómo, cuándo, dónde y por qué ocurre un fenómeno social.
Documental; ya que se utilizaron documentos que sirvieron de fundamento teórico a la investigación y de campo porque se realizó en el propio sitio donde se encuentra el objeto de estudio.
El método utilizado en la investigación es el deductivo; ya que partió de casos generales para llegar a casos particulares sobre el objeto de estudio de
En el estudio se manejó la técnica de la encuesta haciendo uso del cuestionario necesario en cada proceso, como son a los/as empleadores de y empleados/as de los supermercados; el cual está diseñado en una serie de preguntas que se elaborarán tomando en cuenta la operacionalización de las variables.
La población objeto de estudio está integrada por los/as empleadores/as y los/as empleados/as de los supermercados de la zona urbana del Municipio de Santiago; compuesto por dos universos; el primero por 103 empleados, y el segundo por 5 propietarios de supermercados, según informe suministrado por la Asocian de detallistas del Municipio de Santiago.
En el estudio se usaron fuentes primarias y secundarias. Las primarias conformadas por los/as empleadores/as y empleados/as de los supermercados; las cuales son las personas que manejan las informaciones referentes al tema objeto de estudio y las fuentes secundarias estarán conformadas por documentos escritos, tales como: fundamentos teóricos, libros, revistas y artículos de Internet, informes, leyes, reglamentaciones, entre otros.
Para una mayor objetividad en la confiabilidad se revisó periódicamente todo el sistema de medición que se aplicó en la investigación. Una vez tabulados los datos se procederá al análisis e interpretación de los mismos.
Una vez tabulados los datos se procederá al análisis e interpretación de los mismos.
Esta investigación consta de cuatro capítulos; el capítulo I, enfoca los aspectos generales sobre el contexto de estudio, el capítulo II, trata sobre contexto general de la Seguridad Social, el capítulo III, plantea la metodología empleada en la investigación y el capítulo IV, orienta hacia el análisis e interpretación de los resultados.
CAPÍTULO I
Marco contextual
Origen del Municipio de Santiago
Santiago de los Caballeros es la segunda urbe del país. Simbólicamente está considerada como la capital de la región norteña. No se conoce la fecha exacta de la fundación de la ciudad y lo más seguro es que aconteció en el último lustro del siglo XV.
En sus Inicios fue poblado por treinta hidalgos españoles procedentes de la Isabela. Por tal razón en 1508 recibió el título de la ciudad con el nombre de Santiago y el aditamento de los Caballeros. La ciudad primitiva, erigida en Jacagua, fue destruida el 2 de diciembre de 1562 por un espantoso terremoto que también destruyó a la ciudad de Concepción de La Vega.
La ciudad fue levantada nuevamente, esta vez en terrenos de la viuda Minaya, a orillas del río Yaque, lugar que ocupa actualmente la ciudad. Posteriormente fue víctima de incendios, nuevos terremotos y saqueos. Finalmente la consumió el incendio redentor de 1863.
Excepcionalmente en 1858, por disposición constitucional en capital de la república, allí tuvo asiento el gobierno precedido por el general José Desiderio Valverde. Santiago fue nuevamente capital de 1863 a1865 a causa de que ella se estableció, y funcionó entonces el gobierno de la Restauración.
La provincia encabezada por Santiago fue originalmente integrada por las comunidades de Santiago: Puerto Plata, Montecristi y San José de las Matas y por los puestos militares de Altamira y Dajabón, dependientes éstos de Puerto Plata y Montecristi respectivamente. En 1844, con anterioridad a la constitucional de la provincia el 6 de noviembre, la Junta Central Gubernativa le había conferido a Santiago la categoría de cabecera de departamento. La común cabecera había sido elegida en 1822 al comienzo de la dominación haitiana.
En lo patriótico Santiago ha sobresalido como escenario y como proveedora de actores. Ahí están La Emboscada, La Batalla del 30 de marzo y del 6 de septiembre. Siete hijos de Santiago han ocupado el sitio presidencial. Son ellos Ulises Francisco Espaillat, José David Valverde, Benigno Filomeno de Rojas, José Bordas, Rafael Estrella Ureña, Joaquín Balaguer e Hipólito Mejía.
Ubicación Geográfica
Santiago de los Caballeros se encuentra en el Valle del Cibao a 155 kilómetros de Santo Domingo, ocupando un área geográfica de 2,857,560 mts², siendo el municipio de mayor densidad geográfica del país. Cuenta con una población por encima de los novecientos mil habitantes, representando un poco más del 10% de la población nacional dominicana. Actualmente la conforman como provincia los municipios de Villa González, Villa Bisonó, Jánico, Licey al Medio, San José de las Matas, Tamboril y Santiago.
El municipio de Santiago tiene una extensión de 610,174 mts², con un clima seco y húmedo dependiendo de la estación, con una temperatura media de 25º grados centígrados. Por otra parte, el comercio de Santiago es muy activo, prácticamente igual al de Santo Domingo. Esto se puede deducir por el gran número de instituciones bancarias, de crédito y financiamientos que operan en esta ciudad, así como también por la intensidad de comercio interno, el cual comprende comercialización de productos agrícolas, industriales, servicios técnicos y profesionales, centros de diversión y recreación.
El municipio de Santiago de los Caballeros ha sido escenario de grandes acontecimientos históricos, que recordarlos lo hace formar parte de la cultura santiaguense, como lo es La Batalla del 30 de marzo, con los tradicionales desfiles militares y escolares.
El 27 de febrero, día de la Independencia Nacional, Santiago lo celebra llena de júbilo y se viste de colores con sus tradicionales lechones que desfilan durante todo el carnaval, todo este mes de febrero. Entre ellos se distinguen los famosos lechones de los Pepines, La Joya, Pueblo Nuevo y demás barrios que se unen para divertirse.
Además se integran los populares coches adornados y tirado por caballos. En lo religioso conserva las fiestas católicas de la virgen de la Altagracia y Las Mercedes, con sus visitas al Santo Cerro. Las procesiones del viernes santo y los jueves de Corpus Christi, donde los fieles vestidos de blanco se congregan en el Estadio Cibao y el 25 de julio la ciudad celebra las fiestas de su patrón Santiago el Mayor.
Principales Actividades Económicas
El municipio conserva hermosos monumentos de arquitecturas clásicas, entre los que se encuentran: La Catedral de Santiago Apóstol, el correo, el antiguo palacio de justicia, algunas residencias familiares y varios parques, donde los parroquianos suelen concurrir a descansar y a platicar.
A la entrada de la ciudad está el majestuoso monumento a los héroes de la Restauración, haciéndose acompañar por el majestuoso teatro del Cibao, ubicado en la parte frontal del mismo. Santiago se distingue por ser un pueblo hospitalario, trabajador y amante de dichas tradiciones. Popularmente se le conoce como la ciudad corazón; es considerada la segunda capital del país y está rodeada por las aguas del Río Yaque del Norte.
En los deportes, en el municipio de Santiago, funciona la Unión Deportiva de Santiago que aglutina 28 asociaciones deportivas y que organiza los juegos deportivos provinciales, donde participan unos 2000 atletas en disciplinas que van desde ajedrez hasta judo y ping pong.
En la última década se han incorporado pabellones bajo techo. En lo que respecta a la salud en el municipio de Santiago ha mejorado considerablemente comparada con años anteriores. El sector público ha extendido sus servicios con nuevas creaciones de sub-centros en los lugares periféricos de la ciudad con el objetivo de a asistir la mayor cantidad de la población. Se han reequipado los servicios de diversas áreas, se han creado nuevos servicios en las distintas especialidades.
En los diferentes sub-centros de salud, se han creado modernos laboratorios donde el paciente recibe servicios a bajos costos de acuerdo a sus necesidades. Actualmente Salud Pública ha desarrollado programas de vacunación, deparasitación, dermatología, odontología y oftalmología, especialmente en las distintas escuelas de la ciudad y campos cercanos se han desarrollado programas de medicina preventiva a fin de disminuir la mortalidad en la población.
El municipio de Santiago ha sido escenario de grandes pilares de la educación dominicana que han brindado su esfuerzo para que la educación del municipio avance de manera significativa, destacándose la Profesora Ercilia Pepín, Salomé Ureña y Eugenio María de Hostos.
En la década de los años 70 en la educación del municipio no existían condiciones favorables para el buen funcionamiento del proceso enseñanza aprendizaje, según datos estadísticos en las escuelas primarias existía más de un 70% de maestros sin formación magisterial. En la década de los 80 se mantuvo la crisis y muchos maestros desertaron del servicio docente, inclusive muchas universidades cerraron la Carrera de Pedagogía a lo que se denominó década perdida.
La provincia de Santiago es la primera ciudad de la región del Cibao en el plano del cultivo agrícola y se caracteriza por una explotación intensiva del suelo, en comparación con otras provincias de la misma región. En los fértiles campos de la provincia de Santiago, se cultivan en gran medida productos agrícolas de gran demanda, tanto en el mercado nacional como internacional; de igual modo, una gran variedad de frutos menores. Santiago encabeza la producción de tabaco, el cual es destinado para las industrias cigarrilleras del país. Se halla además, entre las diez principales provincias productoras de café, cacao, y arroz. Es también un centro de gran producción de maní para fines industriales.
En cuanto a los frutos menores ocupa un lugar prominente en lo que respecta al volumen de su producción. Parte importante de los frutos menores de la provincia son comercializados en la ciudad capital. En la producción ganadera, Santiago ocupa un lugar predominante entre los principales productores de ganado vacuno y porcino.
La ciudad de Santiago de los Caballeros es una de las ciudades más industrializadas de la República Dominicana. La producción industrial abarca los renglones alimenticios. Este renglón incluye pastas alimenticias, conservas, jugos, embutidos, quesos, dulces, pan, leche pasteurizada, grasas, refrescos y helados.
En cuanto a la producción industrial no alimenticia, la industria santiaguera es similar a la industria de la capital, pero en una escala menor. Esta producción es muy variada; la misma incluye la elaboración de cigarrillos y bebidas alcohólicas, la cual es una de las industrias más rentables y aporta al fisco grandes sumas de dinero por el pago de impuestos. La industria incluye construcción, lo cual ha tomado un auge sin precedentes en los últimos años. Esta industria comprende la elaboración de bloques prefabricados, mosaicos, postes de bloques y cemento. La industria química cuenta con varios laboratorios para la producción de medicamentos, abonos y detergentes.
El comercio de Santiago es muy activo, debido al número de instituciones bancarias, de crédito y funcionamiento que opera en esta ciudad; así como también por la intensidad del comercio interno, el cual comprende comercialización de productos agrícolas, industrias, servicios técnicos y profesionales, centros de diversión, tales como estadio, night club y cines, los cuales son muy concurridos por la población.
1.5 Orígenes la Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social
La Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social es el resultado del trabajo tesonero de muchas instituciones y personas. Durante más de tres décadas, en la República Dominicana se venía planteando la necesidad de superar el viejo Régimen de Seguro Social, el cual nació en el año 1947 con muchas limitaciones estructurales, fruto de la época y de la ausencia de democracia y libertad que predominó entonces.
Durante largo período las organizaciones sindicales demandaron la modificación de la ley 1896 sobre Seguro Social. También lo hicieron varias entidades internacionales como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), así como los principales organismos de desarrollo y cooperación técnica. A ellos se les sumaron las iglesias dominicanas, especialmente la católica, los centros de educación superior, la intelectualidad dominicana y la opinión pública en general.
En todos estos intentos siempre faltó la voluntad política para provocar el cambio en un tema tan sensible y donde convergen muchos intereses aferrados a los viejos esquemas de los cuales se nutrían. Correspondió al Senado de la República y a la Cámara de Diputados, en perfecta comunión de intereses con el Presidente de la República, Ingeniero Agrónomo Hipólito Mejía, el haber roto este círculo vicioso.
Producto del diálogo y concertación, el Poder Ejecutivo logró resolver los puntos críticos que impedían un consenso amplio y así evitó enfrentamientos innecesarios de grupos sociales y profesionales para la posterior implementación de esta ley, calificada por el Presidente Hipólito Mejía como la más trascendente después de la Constitución de la República.
La Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social, tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitución de la República Dominicana, para regular y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de enfermedad, maternidad, riesgos laborales, vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, entre otras.
El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen.
1.6 Investigaciones Realizadas en Relación a Ley 87-01
En relación a las investigaciones y estudios sobre la Ley 87-01, sólo se ha encontrado en la biblioteca de la Universidad Abierta para Adultos -UAPA-; un monográfico con el título: Nivel de Conocimiento de Empleadores/as y Empleados/as de Tiendas de Tejidos del Municipio de Salcedo de la Ley 87-01 Sobre la seguridad social período 2005-2006
El objetivo general de la investigación es: Determinar el Nivel de Conocimiento de Empleadores/as y Empleados/as de Tiendas de Tejidos del Municipio de Salcedo de la Ley 87-01 sobre la Seguridad Social. Sustentado por; Martín Enrique Reyes Tremols y Rosaura Josefina Mercedes Mena Pantaleón; entre las conclusiones arribadas se pueden citar:
En relación al conocimiento de la Ley 87-01 sobre seguridad social, el 47% de los/as empleadores/as de las tiendas de tejidos de la ciudad de Salcedo, dijo no tener conocimiento, el 36% expresó que de manera parcial y el 21% manifestó que nada.
El 78% de los/as empleados/as de las tiendas de tejidos del municipio de Salcedo dice que no conoce nada sobre la Ley 87-01, el 13% expresa que de manera parcial y el 9% opina que total. El por ciento mayor de los/as empleados/as, revela que no tiene conocimiento de las normas jurídicas que rigen el Sistema de Seguridad Social.
CAPÍTULO II
Marco teórico
2.1 Conceptos de Seguridad Social
La Seguridad Social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y entre otras.
La Organización Internacional del Trabajo, (OIT), en un documento publicado en 1991 denominado "Administración de la seguridad social" definió la Seguridad Social como "La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales"[1] que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos."
Partiendo de la conceptualización planteada por La Organización Internacional del Trabajo, (OIT) sobre la Seguridad Social, se deduce que debe ser entendida y aceptada como un derecho que le asiste a toda persona de acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad; de manera que el Estado debe ejecutar determinadas políticas sociales que garanticen y aseguren el bienestar de los ciudadanos en determinados marcos como el de la sanidad, la educación y en general todo el espectro posible de seguridad social.
Ciertos autores y textos adaptados sobre el plano internacional especialmente, la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, estiman que la Seguridad Social recobra todos los derechos relativos al bienestar de cada uno de los miembros de la sociedad; es un derecho de todas las personas, sin importar su condición social, económica o de cualquiera otra índole.
William Beveridge, ha planteado refiriéndose al Sistema de Seguridad Social que como:
"El conjunto de medidas adoptadas por el Estado para proteger a los ciudadanos contra aquellos riesgos de concreción individual que jamás dejaran de presentarse, por optima que sea la situación de conjunto de la sociedad en que vivan."[2] |
La Seguridad Social es por tanto, el sistema a través del cual el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones de necesidad que se contemplan en la Ley 87-01 Sobre el Sistema de Seguridad Social en la República Dominicana.
2.2 Antecedentes Internacionales de la Seguridad Social
El Prócer de la Independencia y la integración latinoamericana Simón Bolívar, expresó que: "El sistema de gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de Seguridad Social y mayor suma de estabilidad política"[3].
Las Ideas de Simón Bolívar fueron expresadas 62 años antes que la Seguridad Social como tal hiciera su aparición en el mundo. No le había llegado su tiempo a las ideas del Libertador, pero fructificaron y fueron denominadas según él lo había adelantado.
La Seguridad Social como tal nace en Alemania como producto del proceso de industrialización, las fuertes luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de algunos grupos políticos y sectores académicos de la época. Primeramente los trabajadores se organizaron en asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los sindicatos.
En el tiempo en que se impulsó la Seguridad Social Alemania era gobernada por el Káiser Guillermo II, en esa época surge el primer gran documento de compromiso social del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente, vejez o invalidez total o parcial.
Estas ideas renovadoras fueron impulsadas por el Canciller Alemán Otto Von Bismarck conocido como el "Canciller de Hierro" son refrendadas tres Leyes sociales, que representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal:
Seguro contra Enfermedad. 1883
Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884
Seguro contra la Invalidez y la Vejez.1889
Los resultados de la aplicación de este modelo fueron tan eficaces que muy pronto es extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del mundo.
En 1889, en París se creó la "Asociación Internacional de Seguros Sociales". Sus postulados a ser temas relevantes en congresos especiales: en Berna en 1891; en Bruselas en 1897; en París en 1900; en Dusseldorf en 1902; en Viena en 1905 y en Roma en 1908.
En el Congreso de Roma se propuso además la creación de conferencias destinadas a conseguir la concertación de convenios internacionales, las primeras de las cuales tuvieron lugar en La Haya en 1910; en Dresden en 1911 y en Zurich en 1912.
En 1919, mediante el Tratado de Versalles, los líderes políticos del plante ponen fin a la Primera Guerra Mundial. Como producto de este histórico Tratado nace la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El Preámbulo de la Constitución de la OIT es muy rico en contenidos de protección social y sirve como pilar doctrinal y de política de la Seguridad Social.
Un segundo gran componente de la Seguridad Social es introducido desde Inglaterra por Sir W. Beberidge en 1942. Se conoce como el "Plan Beberidge", este contiene una concepción mucho más amplia de la seguridad social. Tiende a contemplar las situaciones de necesidad producidas por cualquier contingencia y trata de remediarlas cualquiera que fuera su origen; adoptado por países europeos y se procuró extender a América Latina y otras partes del mundo.
En 1944, la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo congregada en Filadelfia presenta la Declaración de los fines y objetivos de la OIT y de los principios que debieran inspirar la política de sus miembros, en su Título III establece …"La Conferencia reconoce la obligación solemne de la Organización Internacional del Trabajo de fomentar, entre todas las naciones del mundo, programas que permitan."[4]
2.3 Evolución de la Seguridad Social
Los resultados de la aplicación de la Seguridad Social en Alemania de fueron tan eficaces que muy pronto se extendido a Europa y un poco más tarde a otras partes del mundo. En 1889, en París se creo la Asociación Internacional de Seguros Sociales Sus postulados a ser temas relevantes en congresos especiales; en Berna en 1891; en Bruselas en 1897; en Paris en 1990; en Dusseldorf en 1902; en Viena en 1905 y en Roma 1908.
En 1944, la Conferencia General de la OIT congregada en Filadelfia presenta la declaración de los fines, y los principios que deberían inspirar la política de sus miembros, en año 1952 Suiza aprueba el convenio sobre seguridad social, en el que traza las pautas "principales relativas a los principios y derechos que debe contener todo régimen de seguridad social, el cual no ha sido ratificado por el país."[5]
En América Latina surgieron los siguientes seguros sociales
Chile:1925
Brasil:1933
Estados unidos:1935
Perú:1936
México:1942
Costa Rica:1941
Colombia:1946
Republica dominicana:1948
Bolivia y Venezuela: 1949
En relación a lo planteado anteriormente y partiendo de la importancia de la Segura Social en cualquier país del mundo sin importar sus niveles de desarrollo, se puede establecer que el mejor sistema de Seguridad Social es aquel que garantiza la protección colectiva, familiar y personal a toda la población, sin excepción, que asegure su gradualidad, sostenibilidad, funcionalidad y el necesario equilibrio financiero, que alcance niveles socialmente aceptables de calidad, satisfacción, oportunidad e impactos de los servicios, estimulando la elevación de la eficiencia y la eficacia mediante el óptimo aprovechamiento de los recursos, bajo esquemas de competencia regulada, que le permitan al Estado preservar su carácter público y su función social.
2.4 Aspectos Generales del Sistema de Seguridad Social en República Dominicana
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