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Mercado de Capitales (página 2)


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FUNCIONES DEL MERCADO DE CAPITALES

  • Facilita la transferencia de recursos de los ahorradores o agentes con exceso de liquidez, a inversiones en el sector productivo de la economía.
  • Asigna recursos a la financiación de empresas del sector productivo.
  • Reduce los costos de selección y asignación de recursos a actividades productivas.
  • Posibilita la diversificación del riesgo para los agentes participantes.
  • Ofrece una amplia variedad de productos con diferentes características (plazo, riesgo, rendimiento) de acuerdo a las necesidades de inversión o financiación de los agentes participantes del mercado.

EN EL PERÚ

Desde 1990, el mercado de capitales ha mostrado un desarrollo importante como consecuencia de la creciente estabilidad económica y política del país, de la existencia de un marco regulativo favorable, de las perspectivas de un crecimiento económico elevado y sostenido en el largo plazo. A partir de ese año, tanto el número como el tipo de transacciones realizadas por el sector ha tenido un significado incremento. Consecuentemente, su participación en el financiamiento de la producción nacional ha sido cada vez más relevante.

En el contexto económico actual la casi totalidad de los recursos disponibles en el mercado de capitales se canaliza a través de cuatro tipos de instituciones:

  1. Los intermediarios financieros bancarios y no bancarios.
  2. Las empresas de seguros y reaseguros
  3. Las bolsas de valores y los agentes intermediarios de valores
  4. Las sociedades administradoras de fondos, de cada uno de los cuales se da en seguida una sucinta información.

SISTEMA BANCARIO

La intermediación financiera la lleva acabo, fundamentalmente, el sistema bancario, dentro del cual el sector privado ha alcanzado posición predominante. El Estado, que todavía mantienen en él cierta presencia, controla y supervisa, sin embargo, el funcionamiento del mismo.

Entidades financieras en el Perú

Cajas Municipales

  • Arequipa
  • Cusco
  • Chincha
  • Huancayo
  • Ica
  • Maynas
  • Paita
  • Piura
  • Pisco
  • Tacna
  • Trujillo
  • Sullana

Cajas Rurales

  • Cajamarca
  • Señor de Luren
  • La Libertad
  • Banco Central del Reserva BCR
  • Banco de Comercio
  • Banco Continental
  • Banco de Crédito del Perú
  • Banco de la Nación
  • Banco del Trabajo
  • Banco Financiero del Perú
  • Banco Interamericano de Finanzas
  • HSBC
  • Interbank
  • Banco Sudamericano
  • Cajas Municipales y Rurales
  • MiBanco
  • Scotiabank

SEGUROS

El sector asegurador también fue desregulado a principios de la década del 90 y, como el bancario, ha mostrado igualmente un elevado crecimiento en los últimos años, no obstante haber partido de un nivel de desarrollo bastante limitado. Con la desregulación se liberaron las primas de seguros – que antes eran fijadas por el estado –, se permitió el ingreso de empresas extranjeras al mercado económico más favorable y de los esfuerzos de las compañías del ramo por reducir sus costos y mejorar sus servicios. Entre 1994 y 1997 ese crecimiento fue algo menor (60%), pero sigue siendo elevado como consecuencia de la nueva legislaciones competitivas de mercado , de pólizas que aseguren a los integrantes de dicho sistema —, de la creciente toma de conciencia respecto a la importancia del largo plazo y la prevención — que han ido aumentando gradualmente el volumen de los seguros individuales de vida y salud —, y de la expansión del crédito para la adquisición de automóviles y vivienda — que trajo consigo el aumento de los seguros asociados a dichos bienes —. Esto no obstante, desde el año 1997, a raíz de la aguda crisis financiera de los últimos años, las primas de seguros han dejado de incrementarse, cuando no experimentado ligero descenso. Dado que el monto de aquellas es bastante reducido en relación a la población y al producto bruto interno – y en comparación con los niveles internacionales, se espera que en el mediano y largo plazo el sector asegurador crezca a ritmo mas acelerado que el de la economía en su conjunto.

En el Perú existen los siguientes seguros:

  • Altas Cumbres
  • Generali Perú
  • InVita
  • La Fenix Peruana
  • La Positiva
  • La Vitalicia
  • Mapfre Perú
  • Mapfre Perú Vida
  • Pacífico Peruano Suiza
  • Pacífico Salud EPS
  • Pacífico Vida
  • Popular y Porvenir
  • Rimac
  • Santander Vida
  • Secrex
  • Sul America

LOS MERCADOS DE VALORES

La clasificación más usual distingue a los mercados primarios de los secundarios. Se conoce como mercado primario de valores a aquel donde se transan por primera vez los valores. Aquí una persona natural o jurídica emite títulos con la intención de captar recursos para financiar sus actividades, por ello es llamado mercado son las acciones, certificado de participación, instrumento de corto plazo (cheques, letras, pagare, etc.). Obligados (bonos), valores del gobierno.

En el caso de titulo como las acciones, las operaciones de mercado primario se dan en el momento de la constitución de las empresas, donde los socios las suscriben, así mismo son parte de este mercado, las emisiones de acciones por incremento de capital realizados por las empresas igualmente sucede en la capitalización de utilidades y reservas. En todos estos casos la empresa emite nuevas acciones a favor de quienes las suscriban o tiene derecho a recibirlas.

La existencia de un mercado primario de valores, hace posible la presencia de un mercado secundario de valores donde se negocian valores adquiridos, suscritos o aceptados previamente en el mercado primario. Este es un mercado de reventa, el cual permite nuevamente tener liquidez a los tenedores de valores.

La bolsa de valores de Lima, única institución de su género en el país, es el eje de ese mercado.

BOLSA DE VALORES

La Bolsa de Valores de Lima S.A. es una sociedad que tiene por objeto principal facilitar la negociación de valores inscritos, proveyendo los servicios, sistemas y mecanismos adecuados para la intermediación de manera justa, competitiva, ordenada, continua y transparente de valores de oferta pública, instrumentos derivados e instrumentos que no sean objeto de emisión masiva que se negocien en mecanismos centralizados de negociación distintos a la rueda de bolsa que operen bajo la conducción de la Sociedad, conforme a lo establecido en la Ley del Mercado de Valores y sus normas complementarias y/o reglamentarias.

La Bolsa de Valores de Lima pretende contribuir a la ampliación de la estructura del mercado financiero peruano, razón por la cual viene creando empresas estratégicas que coadyuven a dicha mejora, originando un grupo económico sólido que pretende abrir distintas ventanas para la participación de nuevos y diferentes inversionistas en el mercado peruano. Así ha creado la Bolsa Productos del Perú de la cual posee el 99.39% de participación, DATATEC con el 50% y Bolser S.A.C. con el 99.99%.

La Bolsa de Productos del Perú –BPP- es un facilitador para la negociación de productos, servicios, y títulos representativos de los mismos, brindando un marco de transparencia, seguridad y legalidad en las transacciones. La BPP es una herramienta que propiciará mejoras en la estructura de comercialización y financiamiento del sector productivo peruano.

Bolser S.A.C. tiene como objeto crear, originar y/o estructurar productos financieros, actuando como originador, estructurador y/o asesor legal en procesos de titulización de activos, y el desarrollo de actividades de promoción del mercado de capitales en general. Esta empresa pretende darle una mayor agilidad al mercado peruano lanzando distintos productos financieros como es el caso del Incatrack.

DATATEC es una empresa dedicada a brindar servicios de información y mercados financieros electrónicos de última tecnología, a través de nuestro Sistema de Mercados Financieros: SMF DATATEC, el cual es utilizado en los departamentos de Tesorería de todos los Bancos, AFPs, Fondos Mutuos y algunas compañías de seguros.

Así mismo, la Bolsa de Valores de Lima es dueño del 30.13% de acciones de CAVALI (Caja de Valores de Lima), empresa que tiene por encargo administrar de manera eficiente el registro, compensación, liquidación y custodia de los valores que se negocian en nuestro mercado.

FINES

Los fines de de la Bolsa de Valores de Lima son facilitar la negociación de valores mobiliarios y otros productos bursátiles, brindando a sus miembros los servicios, sistemas y mecanismos adecuados, para que ello se realice en forma justa, competitiva, ordenada, continua y transparente; y promover el desarrollo del mercado de valores peruano.

FUNCIONES

Según su estatuto la Bolsa de Valores de Lima tiene las siguientes funciones:

  • Proporcionar a los participantes del mercado los locales, sistemas y mecanismos que les permitan, en sus diarias negociaciones, disponer de información transparente de las propuestas de compra y venta de los valores, la imparcial ejecución de las órdenes respectivas y la liquidación eficiente de sus operaciones.
  • Fomentar las negociaciones de valores, realizando las actividades y brindando los servicios para ello, de manera de procurar el desarrollo creciente del mercado.
  • Inscribir, con arreglo a las disposiciones legales y reglamentarias, valores para su negociación en Bolsa, y registrarlos;
  • Ofrecer información al público sobre los Agentes de Intermediación y las operaciones bursátiles.
  • Ofrecer información al público sobre los Agentes de Intermediación y las operaciones bursátiles.
  • Divulgar y mantener a disposición del público información sobre la cotización de los valores, así como de la marcha económica y los eventos trascendentes de los emisores.
  • Velar porque sus asociados y quienes los representen actúen de acuerdo con los principios de la ética comercial, las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias que les sean aplicables.
  • Publicar informes de la situación del Mercado de Valores y otras informaciones sobre la actividad bursátil.
  • Certificar la cotización de los valores negociados en Bolsa.
  • Investigar continuamente acerca de las nuevas facilidades y productos que puedan ser ofrecidos, tanto a los inversionistas actuales y potenciales cuanto a los emisores, proponiendo a la CONASEV, cuando corresponda, su introducción en la negociación bursátil.
  • Establecer otros servicios que sean afines y compatibles.
  • Practicar los demás actos que sean necesarios para la satisfacción de su finalidad.
  • Constituir subsidiarias para los fines que determine la Asamblea General de Asociados; y, las demás que le asignen las disposiciones legales y este estatuto.

MECANISMOS DE NEGOCIACIÓN

Rueda de Bolsa

La Rueda de Bolsa es la sesión diaria en la cual las Sociedades Agentes de Bolsa y Agentes de Bolsa conciertan operaciones de compra y venta de valores, previamente inscritos en los registros de la Bolsa de Valores, bajo diversas modalidades. Es el mecanismo tradicional de negociación de valores.

La Rueda de Bolsa se desarrolla todos los días laborables. Entre las 9:00 y 9:30 horas se realiza el ingreso de propuestas a firme de acciones a través del Sistema de Negociación Electrónica (ELEX). A partir de las 9:30 y hasta las 13:30 horas, se da la negociación continua. Finalmente, entre las 13:30 y 14:00 horas, se pueden realizar operaciones al precio de cierre.

La negociación continua y las operaciones al cierre se realizan través del Sistema de Negociación Electrónica – ELEX.

Los valores que pueden negociarse en este mercado pueden ser de renta variable o representativa de deuda.

1. Acciones:

Son títulos nominativos que representan una participación en el capital de las sociedades anónimas, las mismas que ofrecen una rentabilidad variable, determinada tanto por las utilidades que reparte la empresa en dividendos en efectivo y/o en acciones liberadas, como por la ganancia (o pérdida) lograda por el alza (o baja) en la cotización de la acción en bolsa. Pueden ser transferidas libremente

Acciones de Inversión: Fueron creadas en 1977 con el nombre de acciones laborales, al establecerse el Régimen de Comunidad Laboral, con el fin de darle a cada trabajador una participación en el patrimonio de la empresa.

Acciones de Inversión: Fueron creadas en 1977 con el nombre de acciones laborales, al establecerse el Régimen de Comunidad Laboral, con el fin de darle a cada trabajador una participación en el patrimonio de la empresa.

En Octubre de 1991, se publicó el Decreto Ley Nº 677, el cual disolvió la Comunidad Laboral y modificó la naturaleza de las acciones laborales, las cuales pasaron a denominarse acciones del trabajo, constituyéndose la "Cuenta Participación Patrimonial del Trabajo".

En Diciembre de 1998 se publicó la ley N° 27028-1998, la cual sustituye las acciones del trabajo por las acciones de inversión, y constituye la "Cuenta Acciones de Inversión" en reemplazo de la "Cuenta Participación Patrimonial del Trabajo".

Las acciones de inversión le atribuyen a su titular los siguientes derechos:

  1. Participar en la distribución de dividendos;
  2. Mantener su proporción existente en la Cuenta Acciones de Inversión en caso de aumento del capital social por nuevos aportes;
  3. Incrementar la Cuenta Acciones de Inversión por capitalización de cuentas patrimoniales;
  4. Redimir sus acciones en cualquiera de los casos previstos por la ley; y,
  5. Participar en la distribución del saldo del patrimonio, en caso de liquidación de la sociedad.
  

2. Certificados de Suscripción Preferente:

Representan el derecho de preferencia de los accionistas de empresas registradas en Bolsa a suscribir nuevas acciones en caso de aumentos de capital por aportes en efectivo. Si bien el derecho de suscripción se da tanto para los accionistas del capital como de inversión, sólo los primeros obtienen este Certificado pudiendo negociarlo y transferir ese derecho a terceras personas.

El número de acciones que cada accionista tiene derecho a suscribir, se determina en función a la tenencia registrada en la fecha de corte para los Certificados de Suscripción Preferente.

Los Certificados de Suscripción Preferente se emiten de manera nominativa y tienen un plazo de vigencia definido en el acuerdo de aumento de capital o por el Directorio de la empresa.

3. Obligaciones:

Son valores representativos de deuda que pagan un interés que se calcula usando un procedimiento determinado desde la emisión del título. 4. Bonos:

Son obligaciones emitidas a plazos mayores de un año. Normalmente, el comprador del bono obtiene pagos periódicos de intereses y cobra el valor nominal del mismo en la fecha de vencimiento, mientras que el emisor recibe recursos financieros líquidos al momento de la colocación. 5. Letras Hipotecarias:

Son instrumentos financieros que pueden ser emitidos por entidades bancarias y financieras, que cuenten con la respectiva autorización de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), con la finalidad de otorgar créditos de largo plazo para financiar la construcción o adquisición de viviendas, respaldados con la primera hipoteca del bien adquirido.

6. Certificados de Depósito del Banco Central de Reserva:

Son títulos emitidos en moneda nacional por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) con fines de regulación monetaria. Es emitido al portador, se puede negociar libremente en el mercado secundario y tiene un plazo de vencimiento que normalmente va de cuatro a doce semanas. Su colocación es mediante subasta pública en la que pueden participar las empresas bancarias, financieras y de seguros, las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y otras entidades del sistema financiero.

7. Certificados de Depósito:

Documento negociable que certifica un depósito de dinero en una institución financiera, normalmente a plazo fijo y con una tasa de interés. No puede ser cobrado hasta el vencimiento y es libremente negociable.

8. Letras de Cambio:

Son títulos que contienen una promesa incondicional de pago, mediante la cual el girador se compromete a hacer pagar por un tercero, aceptante, el monto indicado en el documento a la persona a la orden de la cual se emite el mismo, tomador, o de ser el caso al tenedor de la letra al momento de su vencimiento.

TIPO DE OPERACIONES:

Las operaciones que se pueden realizar en la Bolsa de Valores de Lima son las siguientes:

A. Operaciones al Contado:

Las operaciones al contado son aquellas donde se transan títulos valores a precios de mercado, mediante la aceptación de propuestas que deben ser liquidadas en un plazo máximo de 72 horas (T+3) a partir de la fecha de operación.

En el caso de instrumentos de deuda la fecha de liquidación puede ser T, T+1 y T+2, y esta se pacta entre las partes.

B.Operaciones a Plazo:

Las operaciones a plazo son aquellas en las que el comprador y el vendedor pactan una fecha futura y cierta para la liquidación de la operación, estando dispuestos a pagar o recibir un sobreprecio con relación a la cotización del mercado de contado.

La fecha de liquidación debe ser posterior a T+3.

C. Operaciones de Reporte:

Son operaciones realizadas tanto con acciones como con obligaciones, que implican la realización de dos operaciones simultáneas: una al contado, en donde un ofertante de dinero o reportante adquiere un título de un demandante de dinero o reportado, y una segunda operación a plazo, mediante la cual ambos participantes se comprometen a revenderse o a recomprarse el mismo título, en una fecha futura a un precio y plazo pactados.

En la Bolsa de Valores de Lima se pueden realizar operaciones de reporte tanto en moneda nacional (soles) y en moneda extranjera (dólares). Asimismo, existe una tercera modalidad denominada operación de reporte secundario (REPOS), la cual tiene como objetivo principal dotar de liquidez al inversionista reportante, al permitírsele transferir su posición a un nuevo participante antes del vencimiento de la operación, a cambio de una tasa pactada.

La Tabla de Valores Referenciales (TVR) es la lista de valores autorizados por la Bolsa para ser utilizados como principal o margen de garantía en operaciones de reporte.

D. Operaciones Doble Contado-Plazo:

Las operaciones doble contado-plazo son similares a las operaciones de reporte, difer enciándose con respecto a los títulos que se negocian, generalmente letras y pagarés, y a los requerimientos de márgenes de garantía solicitados.

E. La Oferta Pública de Adquisición (OPA):

Según la Ley del Mercado de Valores, la OPA es el mecanismo por el cual tendrán que regirse las operaciones de compra de acciones de una empresa inscrita en bolsa, que realice toda persona natural o jurídica, siempre que dicha compra le otorgue capacidad decisoria en dicha empresa.

Según el Reglamento de Oferta Pública de Adquisión (Resolución CONASEV Nº 280-94-EF/94.10) esta capacidad decisoria se adquiere cuando su propiedad accionaria es igual o superior al 25% del capital de la sociedad emisora.

Este mecanismo permite al oferente obtener de forma transparente los vínculos necesarios con los poseedores de acciones; ofrece a los accionistas destinatarios de la oferta, un tratamiento igualitario; beneficiándolos con el mejor precio pagado por obtener el control.

Asimismo, la Bolsa de Valores de Lima viene elaborando diversos proyectos para la introducción de nuevos productos en el ámbito bursátil, entre los que destacan las operaciones de futuros y de opciones.

F. Préstamo Bursátil:

La operación de préstamo bursátil es aquella que comprende una compra de valores a ser liquidada dentro del plazo establecido para las operaciones al contado, y una simultánea venta a ser liquidada dentro del plazo pactado, por la misma cantidad y especie de valores y a un precio determinado.

G. Venta Descubierta:

Se define como venta descubierta o venta en corto a toda venta de valores que el vendedor no posee y/o que será liquidada con la entrega de valores obtenidos mediante un préstamo de valores que se liquida después de la realización de la operación al contado y hasta su liquidación.

H. Compra a Plazo con Prima:

La operación de compra a plazo con prima es aquella en la que la liquidación se efectuará en un plazo mayor al establecido para las operaciones al contado, el que no podrá exceder de 360 das calendario y le da la facultad a la Sociedad Agente de Bolsa compradora de resolver unilateralmente la operación, antes de la fecha de liquidación pactada por las partes, a cambio del pago de una prima. Dicha prima será pactada en el mercado al momento de realizar la operación y pagada en el plazo de liquidación de las operaciones al contado. Estas operaciones se realizarán bajo la modalidad de negociación continua y aplicación directa

ADMINISTRADORA DE FONDOS

En cuento a las administradoras de fondos de pensiones (AFPS) que iniciaron sus operaciones en 1993 ha crecido rápidamente y hoy tiene mas de dos millones de afiliados y el equivalente de USS 2.270 millones en fondos bajo administración (septiembre de 1999). Se espera que ese crecimiento continúe en los próximos años, con lo cual en el largo plazo se convertirían en las mas importantes proveedoras de recursos de mercado de valores y en una de las principales fuentes de ahorro interno. A las AFPS deben agregarse, finalmente, las administradoras de fondo mutuos (AFPS) , establecidas en 1996, que también tuvieron el pronto desarrollo , pero a las que a afectado la crisis financiera del ultimo bienio (a fines de 1997 eran , con 18000 participantes y un patrimonio total de USS 635 millones ;al 30 de septiembre de 1999, 21, con 13000 participantes y USS 435 millones de patrimonio total). Es previsible que, con el correr del tiempo , a medida que el publico aumente su nivel de ahorro , los recursos administrados por dichas empresas crezcan de manera significativa.

¿Qué hace la AFP con mis aportes?

La AFP realiza inversiones con los aportes de los afiliados, con el fin de obtener una rentabilidad que le permita incrementar el valor de las prestaciones que brinda a los afiliados. Las inversiones de los fondos de pensiones (formados por el conjunto de Cuentas Individuales de Capitalización que administra una AFP), sólo se pueden realizar en instrumentos financieros autorizados por el marco normativo vigente, tales como acciones, bonos, certificados de depósitos, entre otros.

¿Quién debe verificar en qué instrumentos financieros se invierten los recursos de los fondos de pensiones?

La Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) verifica diariamente las inversiones que se realizan con los recursos de los fondos, de tal forma que se mantenga un alto grado de seguridad en la administración.

¿Qué mecanismos de resguardo existen para la inversión de los fondos?

Entre los principales mecanismos se encuentran:

a)

Control diario por parte de la Superintendencia de Banca y Seguros.

b)

Establecimiento de límites de inversión por tipo de instrumento, emisor, grupo económico, entre otros..

c)

Establecimiento y seguimiento del nivel de riesgo de los instrumentos que se adquieren con los recursos de los fondos de pensiones

d)

Exigencia de que las AFP mantengan un nivel de encaje en función a la clasificación de riesgo de los instrumentos financieros en los cuales se invierten los recursos y al valor de las inversiones realizadas. El monto del encaje debe ser cubierto por la AFP con recursos propios.

¿Los fondos de pensiones forman parte del patrimonio de la AFP?

No. Los recursos acumulados en los fondos de pensiones que cada AFP administra no son parte del patrimonio de la AFP, y por lo tanto se contabilizan de manera separada. Los fondos de pensiones forman un patrimonio separado al de la AFP, y la parte que corresponde a los aportes obligatorios y aportes voluntarios con fin previsional es inembargable.

¿Qué información existe sobre las inversiones de los fondos?

La Superintendencia, para cumplir con su labor de informar sobre los aspectos más importantes del SPP, cuenta con una serie de publicaciones que, entre otros aspectos, informan sobre la situación de las inversiones:

Boletín Semanal

Boletín Mensual

Comunicados Oficiales.

Memoria Institucional

Página web de la SBS

Por su lado, las AFP, junto con los Estados de Cuenta que deben remitir cuatrimestralmente, presentan información referida al destino de las inversiones realizadas; y tienen a disposición del afiliado la Política de Inversiones del fondo de pensiones.

1.2 ELEMENTOS DE LOS MERCADOS DE CAPITALES

1.2.1 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES (CONASEV)

La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, CONASEV, es una institución pública del Sector Economía y Finanzas. Fue creada formalmente el 28 de mayo de 1968, habiendo iniciado sus funciones el 02 de junio de 1970, a partir de la promulgación del Decreto Ley Nº 18302. Actualmente se rige por su Ley Orgánica, Decreto Ley Nº 26126 publicada el 30 de diciembre de 1992, la cual establece que, la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, CONASEV, es una institución pública del Sector Economía y Finanzas, cuya finalidad es promover el mercado de valores, velar por el adecuado manejo de las empresas y normar la contabilidad de las mismas. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa y económica. De acuerdo a la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, la CONASEV es la institución pública encargada de la supervisión y el control del cumplimiento de dicha ley.

De acuerdo a su ley orgánica, CONASEV tiene como sus funciones:

  • Estudiar, promover y reglamentar el mercado de valores, controlando a las personas naturales y jurídicas que intervienen en éste
  • Velar por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de precios en ellos y la información necesaria para tales propósitos.
  • Promover el adecuado manejo de las empresas y normar la contabilidad de las mismas
  • Reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos, entre otras.

1.2.2 CAJA DE VALORES

Sistema de compensación y liquidación de valores que provee simultáneamente un intercambio de valores y efectivo en la fecha de liquidación que se acuerde. En la fecha de liquidación, los valores se transfieren de la cuenta del vendedor a la cuenta de valores del comprador. Mediante este sistema no tiene lugar ningún movimiento físico de valores o sumas en efectivo. Esta Entidad que facilita la rápida transferencia de fondos y de valores depositados por las personas naturales o jurídicas que participan activamente en el mercado de valores, otorgándole a éstas la consiguiente seguridad jurídica en la ejecución de las operaciones pactadas, a la vez que permite la inmovilización física de dichos valores, minimizando los riesgos por robo, extravío, falsificación, entre otros.

En le Perú en encargado de ello es CAVALI.

CAVALI:

Es una Sociedad Anónima Especial, por Resolución No 358-97-EF/94.10, que tiene por objeto el registro, compensación, liquidación y transferencia de valores. Por ello, CAVALI es el Registro Central de Valores y Liquidaciones.

  1. SERVICIOS GENERALES

a.1 EL REGISTRO CONTABLE

El Registro Contable es el sistema electrónico de representación de valores mediante anotaciones en cuenta administrado por CAVALI, en el cual se efectúan las inscripciones de las emisiones y títulos valores emitidos por emisores nacionales y extranjeros. Este sistema de registro es denominado "desmaterialización", ya que el título físico es inhabilitado en forma previa a la anotación en cuenta.

Todo valor anotado en cuenta cumple el principio de ser registrado por: a) valor,  

b) titular y  

c) participante;   

Tal   como   lo   muestra   el   gráfico.

a.2 SERVICIOS VINCULADOS:

CAVALI brinda a sus usuarios (emisores, participantes y titulares) los siguientes servicios vinculados derivados del registro de valores anotados en cuenta:

Anotación inicial de valores

Se produce como consecuencia de la emisión primaria de valores y es solicitada por el emisor o por quién lo representa

Registro de transferencias

Se refiere a toda forma de cambio de propiedad que se realice a través de los mecanismos permitidos por ley, los cuales son anotados en la cuenta de los titulares

Registro de titulares

Es la asignación de un código a cada titular (código RUT) bajo el cual se registran sus valores, a la vez que permite su identificación y confidencialidad.

* RUT: El Registro Único de Titular es el código asignado a todo propietario de valores anotados en cuenta en CAVALI, para su identificación, confidencialidad y adecuado registro de datos.

Inscripción de procesos corporativos

Está referido al registro de todo hecho acordado por el emisor y que tengan incidencia sobre los valores, como la entrega de beneficios, cambios del valor nominal, fusiones, escisiones, procesos de suscripción preferente, amortizaciones y redenciones, etc.

Pago de dividendos e intereses

Corresponde al pago que se efectúa por instrucciones del emisor a los participantes en cuyas cuentas matrices se encuentre registrados los titulares.

Inscripción, levantamiento y ejecución de afectaciones

Corresponde a la inscripción de todo derecho real, carga o gravamen que afecte la libre disponibilidad de los valores, así como su posterior levantamiento y/o ejecución

Conciliación de registros

Comprende la validación o confirmación de los saldos y la situación de los valores que se encuentran registrados en CAVALI

Certificados de acreditación

Está referido a la emisión del documento que acredita la propiedad y el estado de los valores a una fecha determinada

Traspasos

A solicitud del titular y a través de su participante, los valores anotados pueden ser transferidos a la cuenta matriz de otro participante, sin que ello signifique un cambio de propiedad.

Traspasos a través de cuenta en DTC (EEUU)

CAVALI, al tener una cuenta en el Depósito de Valores de Estados Unidos (The Depositary Trust Company), permite que sus participantes puedan solicitar la recepción y el envío de valores desde y hacia otras entidades del exterior (broker internacional) con cuentas en dicho depósito.

b. COMPENSACIÓN Y LIQUIDACIÓN

La compensación es el proceso mediante el cual CAVALI determina las posiciones deudoras o acreedoras a pagar o recibir por parte de los participantes. Este proceso de neteo se realiza considerando las operaciones diarias de compra o venta de valores realizadas en el mercado secundario.

La liquidación de fondos es el proceso mediante el cual los participantes con posiciones deudoras entregan los fondos necesarios a CAVALI y con éstos se pueda efectuar el pago a los participantes con posiciones acreedoras.

La liquidación de fondos es multibancaria, pues participan cinco Bancos Liquidadores y el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), a través de los cuales se realiza la entrega y recepción de fondos.

El proceso de liquidación de fondos se complementa con la entrega de los valores vendidos (por parte del vendedor) al comprador y el registro a nombre de éste, configurándose el principio de entrega contra pago (Delivery vs. Payment).

Los modelos de liquidación aplicados por CAVALI son:

  • Liquidación operación por operación en valores y a través de neteo en fondos.
  • Liquidación operación por operación en valores y fondos

c. ADMINISTRACIÓN DE GARANTÍAS

Otro servicio que ofrece CAVALI es la administración de las garantías de las operaciones que por determinadas características y nivel de riesgo, ameritan la entrega de fondos o valores en garantía hasta su vencimiento.

Tales garantías son entregadas a CAVALI para que controle diariamente el nivel de valorización frente a los precios del mercado y, en caso exista una desvalorización, se informe oportunamente a las partes obligadas a la reposición de las garantías, en aplicación de las normas vigentes.

FUNCIONES DE CAVALI

  • Llevar el registro contable de valores representados por anotaciones en cuenta de emisiones inscritas y no inscritas en Bolsa, y realizar las anotaciones correspondientes.
  • Efectuar la transferencia, compensación y liquidación de fondos y valores, que se deriven de la negociación de éstos por los mecanismos de negociación autorizados o de manera extrabursátil.
  • Analizar y administrar el riesgo asociado a la compensación y liquidación de operaciones con valores.
  • Prestar asesoría a sus participantes respecto a materias vinculadas a su objeto social
  • Entregar dividendos en efectivo, acciones liberadas y otros beneficios o derechos derivados de los valores inscritos en el registro contable
  • Evaluar la capacidad operativa del sistema de liquidación y entrega de valores de las operaciones con valores que se negocien en el mercado local e internacional, así como suscribir convenios con depositarios o instituciones constituidas en el exterior o en el país encargadas del registro, custodia, compensación, liquidación o transferencia de valores, para facilitar la liquidación de dichas operaciones.
  • Mantener y administrar el dinero, valores y otros activos entregados por sus participantes para el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Promover que las controversias que se susciten entre sus participantes o entre éstos y las personas que los contraten para la prestación de servicios asociados al registro de los valores inscritos en el registro contable y compensación y liquidación de las operaciones, se resuelvan mediante conciliación, mediación o arbitraje.
  • Asimismo, otras funciones contempladas en la Ley, el Reglamento, las normas que dicte Conasev y los Reglamentos Internos.

1.2.4 SOCIEDADES AGENTES DE BOLSA (SAB):

Es el intermediario del mercado bursátil autorizado por la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) que está encargado de realizar las operaciones de compra y venta que los inversionistas solicitan; a cambio, cobra una comisión que es determinada libremente por cada una de ellas en el mercado. En el Perú son:

  • CARTISA PERU Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • CENTURA Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • CITICORP PERU Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • CONTINENTAL BOLSA S.A.B. S.A.
  • CREDIBOLSA Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • GRUPO CORIL Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • INTERCAPITAL Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • INVERSION Y DESARROLLO Sociedad Agente de Bolsa S.A.C.
  • JUAN MAGOT & ASOCIADOS Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • LATINOAMERICANA Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • MGS y ASOCIADOS Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • PROMOTORES E INVERSIONES INVESTA S.A. SAB
  • PROVALOR Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • SCOTIA Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • SEMINARIO y Cia. Sociedad Agente de Bolsa S.A.
  • SOLFIN Sociedad Agente de Bolsa S.A.C
  • STANFORD GROUP PERÚ S.A. Sociedad Agente de Bolsa
  • ANDES SECURITIES Sociedad Agente de Bolsa S.A.C.

1.3 ENTIDADES EMISORAS

Son las instituciones que emiten y colocan sus títulos valores en los mercados organizados para financiarse.

Las Emisoras de Valores son las personas morales que soliciten y, en su caso, obtengan y mantengan la inscripción de sus valores en el CAVALI.

Los emisores de valores registrados en CAVALI reciben información periódica sobre los valores anotados en cuenta que hayan emitido y los titulares tenedores de los mismos.

ENTIDADES REGULADORAS DE LOS MERCADOS DE CAPITALES

Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) regula los aspectos monetarios, determina los encajes sobre los depósitos y las tasas de interés y el tipo de Cambio.

La Superintendencia De Banca Y Seguros (SBS) por su parte, regula y cautela su solvencia y estabilidad mediante el constante examen de sus actividades, sobre todo en lo que hecho con la diversificación de su cartera, el correcto tratamiento, del riesgo de crediticio y el mantenimiento de niveles adecuados de capital.

El Estado toma parte además, en la intermediación financiera a través de otras dos instituciones oficiales:

Banco de la Nación (BN) , que realiza esencialmente labores de tesorería para el fisco, y la

Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) que canaliza las prestaciones.

1.2 LEY DEL MERCADO DE CAPITALES:

DECRETO LEGISLATIVO N° 861

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Congreso de la República, mediante las Leyes Nos 26648 y 26665 ha delegado facultades al Poder Ejecutivo para legislar, entre otras materias, sobre desarrollo del mercado de capitales;

Que, el mercado de valores como mecanismo de canalización directa de recursos, constituye una alternativa de financiamiento adicional a las actividades de intermediación financiera indirecta realizada por los bancos y otras entidades financieras;

Que, uno de los objetivos del Gobierno es brindar a los agentes que intervienen en la economía nacional los elementos necesarios que contribuyan a generar una mayor dinámica en el proceso de ahorro e inversión del país, siendo indispensable para ello modificar la normatividad que regula el mercado de valores, el cual constituye un medio para el fomento de la inversión privada;

Que, para el logro de dichos objetivos, es necesaria la creación de nuevos mecanismos e instrumentos que permitan a las empresas contar con nuevas opciones destinadas a mejorar y fortalecer su presencia en el mercado de capitales;

Que, asimismo, resulta conveniente proporcionar el marco normativo que permita el impulso del mercado de valores y de las instituciones que participan en dicho mercado, en el marco de la creciente internacionalización y globalización de la economía, reforzando el principio de transparencia en la información y de las operaciones que en él se realizan, cautelando de esa forma los intereses de los inversionistas;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;

Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

LEY DEL MERCADO DE VALORES

Título I

Disposiciones Preliminares y Definiciones

Artículo 1°.- Finalidad y Alcances de la Ley.- La finalidad de la presente ley es promover el desarrollo ordenado y la transparencia del mercado de valores, así como la adecuada protección del inversionista.

Quedan comprendidas en la presente ley las ofertas públicas de valores mobiliarios y sus emisores, los valores de oferta pública, los agentes de intermediación, las bolsas de valores, las instituciones de compensación y liquidación de valores, las sociedades titulizadoras, los fondos mutuos de inversión en valores, los fondos de inversión y, en general, los demás participantes en el mercado de valores, así como el organismo de supervisión y control. Salvo mención expresa en contrario, sus disposiciones no alcanzan a las ofertas privadas de valores.

Artículo 2°.- Ámbito Territorial de Aplicación.- Los preceptos de esta ley, salvo las excepciones que ella contempla, se aplican a todos los valores mobiliarios que se oferten o negocien en el territorio nacional.

Artículo 3°.- Valores Mobiliarios.- Son valores mobiliarios aquellos emitidos en forma masiva y libremente negociables que confieren a sus titulares derechos crediticios, dominicales o patrimoniales, o los de participación en el capital, el patrimonio o las utilidades del emisor.

Para los efectos de esta ley, las negociaciones de derechos e índices referidos a valores mobiliarios se equiparan a tales valores.

Cualquier limitación a la libre transmisibilidad de los valores mobiliarios contenida en el estatuto o en el contrato de emisión respectivo, carece de efectos jurídicos.

Artículo 4°.- Oferta Pública.- Es oferta pública de valores mobiliarios la invitación, adecuadamente difundida, que una o más personas naturales o jurídicas dirigen al público en general, o a determinados segmentos de éste, para realizar cualquier acto jurídico referido a la colocación, adquisición o disposición de valores mobiliarios.

Artículo 5°.- Oferta Privada.- Es privada la oferta de valores mobiliarios no comprendida en el artículo anterior. Sin perjuicio de ello y siempre que no se utilice medios masivos de difusión, se considera oferta privada:

a) La oferta dirigida exclusivamente a inversionistas institucionales. Los valores mobiliarios adquiridos por estos inversionistas no podrán ser transferidos a terceros durante un plazo de doce (12) meses desde su adquisición, salvo que lo hagan a otro inversionista institucional o se inscriba el valor previamente en el Registro Público del Mercado de Valores; y, b) La oferta de valores mobiliarios cuyo valor nominal o valor de colocación unitario más bajo, sea igual o superior a doscientos cincuenta mil Nuevos Soles (S/. 250 000). En este caso, los valores no podrán ser transferidos por el adquirente original a terceros, con valores nominales o precios de colocación inferiores.

Artículo 6°.- Intermediación.- Se considera intermediación en el mercado de valores mobiliarios la realización habitual, por cuenta ajena, de operaciones de compra, venta, colocación, distribución, corretaje, comisión o negociación de valores. Asimismo, se considera intermediación las adquisiciones de valores que se efectúen por cuenta propia de manera habitual con el fin de colocarlos ulteriormente en el público y percibir un diferencial en el precio.

Artículo 7°.- Control y Supervisión.- La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) es la institución pública encargada de la supervisión y el control del cumplimiento de esta ley.

La nombrada institución está facultada para, ciñéndose a las normas del derecho común y a los principios generales del derecho, interpretar administrativamente los alcances de las disposiciones legales relativas a las materias que en esta ley se aborda. Lo está asimismo para dictar los reglamentos correspondientes.

A menos que haya indicación expresa en contrario, las facultades que esta ley otorga a CONASEV, se ejercen por su Directorio.

Artículo 8°.- Términos.- Los términos que se indican tienen el siguiente alcance en la presente ley:

a) Agentes de intermediación: Los agentes de intermediación en el mercado de valores; b) Bolsas: Las bolsas de valores; c) Clasificadoras: Las empresas clasificadoras de riesgo; d) CONASEV: La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores; e) Diario oficial: El diario El Peruano, en la capital de la República y el diario encargado de las publicaciones judiciales en los demás lugares de ella; f) Días: Los útiles; g) Emisor: La persona de derecho privado o de derecho público que emite valores mobiliarios; h) Fondos mutuos: Los fondos mutuos de inversión en valores; i) Grupo económico: El que resulte de la aplicación de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros; j) Inversionistas institucionales.- Los bancos, financieras y compañías de seguros regidos por la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, los agentes de intermediación, las administradoras privadas de fondos de pensiones, las sociedades administradoras de fondos de inversión, las sociedades administradoras de fondos mutuos, así como las entidades del exterior que desarrollen actividades similares y las demás personas a las que CONASEV califique como tales; k) Ley de Sociedades: La Ley General de Sociedades; l) Ley General: La Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros; m) Mecanismo centralizado: El mecanismo centralizado de negociación de valores; n) Parientes: Los comprendidos hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y el cónyuge; o) Propiedad indirecta: La que resulta de la aplicación de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros; p) Registro: El Registro Público del Mercado de Valores; q) Representante de los obligacionistas: Es el fideicomisario a que se refiere la Ley General de Sociedades para la emisión de obligaciones; r) Sociedades administradoras: Las sociedades administradoras de fondos mutuos de inversión en valores; s) Sociedades agentes: Las sociedades agentes de bolsa; t) Sociedades intermediarias: Las sociedades intermediarias de valores; u) Superintendencia: La Superintendencia de Banca y Seguros; v) Sociedades Auditoras: Las sociedades auditoras inscritas en el Registro Único de Sociedades de Auditoría; w) Valores: Los valores mobiliarios; x) Valor inscrito en rueda de bolsa: Valor inscrito en bolsa para su negociación en rueda; e, y) Vinculación: La que resulta de la aplicación de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros.

Artículo 9°.- Normas Supletorias.- Son de aplicación supletoria a la presente ley:

a) La Ley General de Sociedades; b) El Código de Comercio y la Ley de Títulos – Valores; c) Los usos bursátiles y mercantiles; d) La Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros; e) Los Códigos Civil y Procesal Civil; y, f) El Código Penal.

 

 

 

Autor:

DELGADO ARZAPALO, Percy

Partes: 1, 2
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