Es empírica porque se basa más en "hechos" que en "opiniones", más en la "observación" que en "argumentos" o "silogismos". El jurista parte de una premisas "correctas", y deduce de ellas las oportunas consecuencias. El criminólogo analiza unos datos e induce las correspondientes conclusiones. Sus hipótesis se verifican, doblegándose siempre la fuerza de los hechos que prevalecen sobre los argumentos subjetivos de "de autoridad". (Ver García-Pablos de Molina, 1999, p.56).
El carácter interdisciplinario obedece a que el análisis científico del crimen, como comportamiento individual y como hechos social, requiere de una pluralidad coordinada de enfoques, ya que cada uno de ellos contribuye desde su particular óptica a un diagnóstico global, totalizador del fenómeno delictivo. (García-Pablos de Molina, 1999, p.60).
El objeto de estudio
El objeto de estudio de la criminología va a girar en torno a cuatro componentes a saber:
– El delito
– El delincuente
– La víctima
– El control social
El delito
Ha de entenderse por delito aquella conducta o conductas que, siendo lesivas de valores, intereses o bienes importantes para la comunidad (y por lo mismo, para sus miembros) están castigadas por una ley en sentido estricto. Por tanto teóricamente, no se puede confundir sin más, el concepto jurídico del delito y el concepto criminológico del mismo. En general, y en la práctica, estos conceptos coinciden, cuando el ordenamiento se elabora democráticamente dentro de un Estado Pluralista. […]. El delito desde una perspectiva criminológica, haya de ser considerado como un fenómeno tanto individual como social. (Herrero, 1997, p. 140-141).
A la moderna criminología le interesan diversas facetas más llamativas del "crimen" que su delimitación formal, conceptual; preocupa, por ejemplo, su problematización, las funciones positivas que pueda cumplir como instrumento e indicador del control social, el volumen, la estructura y movimiento de la criminalidad, las estrategias criminalizadoras, el efectivo reparto de la criminalidad entre los diversos estratos sociales. (García-Pablos de Molina, 1999, p.74).
El delincuente
El delincuente es aquel que ejecuta un determinado comportamiento encaminado a atacar los valores esenciales de la sociedad y el bien produciendo con ello la vulneración de las normas que rigen la convivencia entre los miembros de la comunidad.
El delincuente se contempla "en sus interdependencias sociales", como unidad "biopsicosocial" y no desde una perspectiva "biopsicopatológica". (García-Pablos de Molina, 1999, p.73).
La víctima
Es aquella persona física o moral que sufre un daño producido por una conducta antisocial (y por lo tanto injusta) propia o ajena (esté tipificada o no), aunque no sea el detentador del derecho vulnerado. (Rodríguez Manzanera, 1990, p.66).
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, se trata de una definición amplia que afecta tanto a sujetos individuales como a personas morales, a derechos de personalidad (vida, integridad física, honor, libertad…) como reales (propiedad…) tanto a los titulares de los derechos como a los allegados, deudos, etc). (Herrero, 1997, p. 158).
El control social
Por control social debe entenderse a ciertos procesos sociales que recaban la conformidad del individuo, sometiéndolo a pautas, modelos y requerimientos del grupo; cohesión, disciplina, integración son, pues, términos que describen el objetivo final que persigue el grupo, la sociedad, para asegurar su continuidad frente al comportamiento individual irregular o desviado. (García-Pablos de Molina, 1999, p.77).
Desde el punto de vista semántico, control social significa fiscalización, dominio, inspección, intervención, preponderancia, mando sobre alguien o algo. Control social equivaldría, por tanto desde este punto de vista a fiscalización, intervención, dominio, mando…sobre un grupo o grupo de personas, sobre sus ideas y creencias, sobre su actividad e interactividad. (Herrero, 1997, p. 182).
El control social se divide en dos grandes grupos a saber:
– Control social formal.
– Control social informal.
- El control social formal es el que ejercen aquellas personas que tienen encomendada la vigilancia, la seguridad o el control como actividades profesionales. Por tanto en esta categoría se incluyen vigilantes, policías, jueces, fiscales, funcionarios de prisiones, etc. El control social informal es el realizado por cualquier persona que actúa en un momento dado contra la delincuencia sin que el control del delito sea su actividad profesional. Ejemplo de ello pueden ser los vecinos de un barrio, los trabajadores de una empresa, los profesores de un colegio, los transeúntes momentáneos de una calle o los viajeros de un autobús. Ellos pueden inhibir o disuadir de que se realicen actos delictivos, ya sea por su propio interés personal, por el interés de la colectividad o por motivos altruistas. (Garrido et al, 1999, p.54).
Función y rol de la criminología
Entre las funciones y roles que tiene la criminología se citan las siguientes:
1) Aporta e incrementa conocimientos seguros sobre el crimen, la víctima, el delincuente y el control social.
La Criminología trata de incrementar sistemáticamente los conocimientos en el ámbito de los problemas que estudia. Su tarea principal consiste, por ello, en adquirir un conjunto estable de conocimientos seguros. (Kaiser, 1988, 31).
La Criminología ante todo suministra conocimientos, no simplemente datos, más aún, aporta un núcleo de saberes, sistematizado, orgánico, no aislado. Todo conocimiento implica la elaboración de los datos obtenidos, esto es, una teoría que los interprete, e hipótesis de trabajo que trascienden la mera verificación y contrastación empírica de aquellos. (García-Pablos de Molina, 1999, p.212).
2) Constituye una fuente o banco de información o datos al servicio del legislador, la práctica y las ciencias penales.
El poder informático con los nuevos sistemas de obtención, almacenamiento, procesamiento y transmisión de informaciones, parece ampliar las funciones tradicionales de la criminología, abriendo horizontes desconocidos. Una amplia información obtenida en un tiempo real permite racionalizar las decisiones y suministra un bagaje empírico e instrumental muy valioso. La Criminología como ciencia, ha de ser más que un gigantesco banco de datos. La obtención de datos no es un fin en sí mismo, sino un medio y porque los datos son material bruto, neutro, ambivalente, que tiene que ser procesado con arreglo a una teoría. No basta su obtención o almacenamiento. (García-Pablos de Molina, 1999, p.214).
3) Debe ofrecer criterios o pautas para la solución de problemas sociales o conflictos concretos.
El saber criminológico se origina tanto de la observación como del análisis de la realidad de manera que pueda explicarla, comprenderla y transformarla en beneficio del hombre. (García-Pablos de Molina, 1999, p.214).
4) Luchar contra la criminalidad y su prevención en forma eficaz.
El rol de aporte de conocimientos debe facilitar el control y la prevención del delito.
La mera represión llega siempre demasiado tarde y no incide directamente en las últimas claves del hecho criminal. La Criminología, por ello, no pretende suministrar información a los poderes públicos sobre aquél, para castigar el delito más y mejor. Antes bien, el conocimiento científico (etiológico) del crimen, de su génesis, dinámica y variables más significativas, debe conducir a una intervención meditada y selectiva capaz de anticiparse al mismo, de prevenirlo, neutralizando con programas y estrategias adecuadas sus raíces. Naturalmente se trata de una eficaz, no de una intervención "penal", ya que ésta última por su elevado "coste social" y nocivos efectos, debe ser siempre subsidiaria, de acuerdo con el principio de intervención mínima. Intervención pues, que no se limite a incrementar el rigor legal de las prohibiciones, ni a incentivar el rendimiento y efectividad del control social formal, sino a dar respuesta al problema humano y social del delito como la racionalidad y eficacia propia de la denominada "prevención primaria". (García-Pablos de Molina, 1999, p.223).
5) Aportar materia prima para la estructuraciòn de una Polìtica Criminal
El aporte de datos e información puede ser muy útil para guiar, inspirar y auxiliar al legislador a estructurar una política criminal por medio de oportunas reformas legales.
Clases de criminología
Entre las clases de criminología, se tienen las siguientes:
1) Criminología clásica: parte del estudio del delito como ente jurídico o como acontecimiento factual y el delincuente como agente de peligrosidad o sujeto responsable.
2) Criminología tradicional: tiene como punto de partida el enfoque criminológico individualizado.
3) Criminología crítica: tiene como punto medular el enfoque sociológico radical.
4) Criminología ecléctica: es partidaria de un enfoque mixto: individual y social.
5) Criminología especializada: están integradas por la denominadas criminología biológica, psicológica o sociológica y explican el fenómeno criminal.
6) Criminología general: es el conjunto sistematizado de conocimientos relacionados con la fenomenología, la etiología y las derivaciones o consecuencias de la realidad delincuencial o criminal. (Pinatel, 1974, p. 331 y ss.).
7) Criminología clínica: ha de entenderse como la aplicación integrada y conjunta del saber criminológico y de las técnicas del diagnóstico a casos particulares y con fines diagnósticos y terapéuticos. Wolfang et al, 1982, p.54).
Las disciplinas que forman parte de la criminología
Las disciplinas que forman parte de la criminología
Rodríguez Manzanera considera que la criminología se compone de las siguientes disciplinas a saber:
Antropología criminológica: Es el estudio de las características física y mentales particulares a los autores de crímenes y delitos. En definitiva vendrá a ser el estudio de las características del hombre criminal.
Biología criminológica: Estudia al hombre de conducta antisocial como un ser vivo, desde sus antecedentes genéticos hasta sus procesos anatema-fisiológicos, abarca también la influencia de los fenómenos biológicos en la criminalidad y la participación de los factores biológicos en el crimen. Extiende pues, su campo a todos los aspectos anatómicos, fisiológicos, patológicos y bioquímicos de la personalidad criminal.
Psicología criminológica: el estudio del alma del sujeto criminal; alma (psique) en sentido científico y no filosófico. Rebasa mucho el límite de la observación individual de sujeto antisocial, proyectándose hacia estudios de la conducta criminal y de los factores psicológicos que influyen en la criminalidad, sean estos individuales o colectivos.
Sociología criminológica: Enfoca el quehacer criminal como fenómeno que se da en la colectividad, estudia sus causas y factores, sus formas, desarrollo, efectos y relaciones con otros hechos y conductas que se dan en sociedad. Además estudia los problemas criminales y trata de explicar los más completamente posible a la conducta antisocial, encontrándose temas que son verdaderos modelos o hipótesis de investigación, como las subculturas criminales, los conflictos culturales, la oportunidad de delinquir, el etiquetamiento, la marginalización, etcétera.
Criminalística: Es el fenómeno de procedimientos aplicables a la búsqueda, descubrimiento y verificación científica del hecho aparentemente delictuoso y del presunto autor de éste. Es necesario diferenciarla de la criminología, de la que forma parte. Su finalidad es reuniendo las ciencias y conocimientos humanos descubrir el cómo, cuándo, dónde, con qué y para qué de un crimen, para identificar y proporcionar el presunto criminal, así como para explicar y reconstruir el crimen.
Víctimología: Es el estudio científico de las víctimas, investigación que va más allá del sujeto pasivo del delito y se extiende a otras personas afectadas y a otros sectores no estrictamente delictivos, como el de los accidentes.
Penología: Es el estudio de la reacción social contra personas o conductas que son captadas por la colectividad (o por una parte de ella) como dañinas, peligrosas o antisociales. Estima el concepto como muy adecuado para incluir, en el mundo penológico, la reacción social, la reacción religiosa, la reacción moral, la reacción extra-legal y la reacción jurídica stricto sensu y también la violencia institucional. (Rodríguez Manzanera, 1990, p.57).
La relación de la criminología con otras disciplinas
La relación de la criminología con otras disciplinas
A continuación se expondrán las relaciones de la criminología con otras disciplinas.
Con el Derecho Penal
El Derecho Penal se encarga sobre lo relacionado con el pensamiento decisorio, la interpretación y análisis teórico estructural del delito, así como los presupuestos procesales y de las vías jurídicas formales para la persecución del delito. A la criminología le compete el análisis de las circunstancias relacionado con la génesis, desarrollo y control del delito. (Kaiser, 1988, 51).
La relación que existe es que ambas disciplinas tienen como objetivo la solución de los conflictos sociales.
El espacio más estrecho entre el Derecho Penal y la Criminología es la múltiple colaboración. Ambas ciencias parte de la existencia de una sociedad determinada, cuya necesaria convivencia es afectada por actos o conductas dirigidas contra ellas. Para defender a esa comunidad de tales ataques, el Derecho describe esas conductas o actos e imperativamente, une el destino de éstos a una pena, aplicable a los autores de los mismos. Estamos ante la prevención general y, en su caso, especial, perseguidas por el orden legal punitivo. La Criminología que no, obstante persigue esa misma finalidad, intenta salvaguardar a aquella de tales hechos antisociales a través de medios distintos: con el estudio científico de los factores criminógenos que influyen y confluyen, de una manera general, con el sujeto activo de tales actos (Criminología General), para luego intentar neutralizarlos. Neutralizarlos por medio de un estudio sistemático de la peligrosidad del sujeto agente concreto, singular, que permita formular un diagnóstico y pronóstico de la personalidad criminal de éste y desembocar en el oportuno tratamiento en orden a su resocialización (Criminología Clínica). (Herrero, 1997, p.35).
Con el Derecho Procesal Penal
El Derecho Procesal Penal debe ser considerado como instrumento utilizado por el Estado y los ciudadanos al servicio de la lucha contra la criminalidad.
El Derecho Procesal Penal ha de relacionarse efectivamente con la Criminología, ciencia que estudia el fenómeno criminal en su conjunto, teniendo en consideración todos sus actores; delincuente, víctima y agentes relacionados con el control social. (Herrero, 1997, p.38).
La relación que existe es que ambas luchan contra la criminalidad.
Con la Política criminal
Para efectos de un mejor abordaje de la relación entre ésta disciplina y la criminología es importante conocer el concepto de política criminal como ciencia y como práctica.
Entendida como ciencia, la Política criminal pretende la exposición sistemáticamente ordenada de las estrategias, tácticas y medios de sanción social para conseguir un control óptimo del delito. La Política criminal práctica, en cambio, se limita a aquella actividad estatal, ante todo con los principios, procedimientos y medios del Derecho criminal, se dirige al control del delito y es ejercitada de modo predominante por los juristas. Sirven como medios de la Política Criminal, tanto el concepto del delito en cuanto instrumento de control de la conducta, como las sanciones, es decir las penas y las medidas de corrección y seguridad, así como las multas y medidas de la legislación sobre infracciones del orden. (Kaiser, 1988, 53).
La relación existente entre ambas disciplinas es que la Criminología le proporciona la materia prima (estudio de las causas o génesis de la criminalidad) a la Política Criminal de manera que se pueda comprender el funcionamiento de la criminalidad y así proceder a la estructuración de las estrategias, tácticas o mecanismo para obtener un control óptimo del delito.
Con el Derecho Penitenciario
El Derecho penitenciario (conjunto sistemático de normas jurídicas destinado a regular la ejecución de las penas y medidas de seguridad), es en nuestro días un Derecho identificado con la reeducación y resocialización del penado.
Recordemos que dentro del campo de acción de la criminología, se encuentra el tratamiento del delincuente, por lo tanto la relación entre estas dos disciplinas es que el Derecho Penitenciario presta el marco jurídico a la criminología y ésta le llena de contenido. (Herrero, 1997, p. 38-39).
Con la criminalística
La Criminalística tiene por objeto la utilización sistemática de conocimientos y de técnicas destinadas a detectar las infracciones penales, ofrecer las pruebas correspondientes e identificar a sus autores. La Criminalística es pues, una ciencia compleja, puesta al servicio de la investigación procesal-penal y, por ello, atiende, fundamentalmente, a los aspectos materiales o físicos del delito y de su autor o autores. La Criminología propiamente dicha, estudia las causas, la génesis y proceso, del fenómeno delincuencial, sus efectos, sus víctimas, su control, sus remedios, que pueden ser de carácter penal o no. (Herrero, 1997, p. 40).
La relación existente entre ambas disciplinas es que la criminología le proporciona a la criminalística material valioso a través de las causas o génesis del delito, de manera que la criminalística pueda encausar sus investigaciones para el esclarecimiento de los hechos así como la identificación de sus autores.
La criminología y sus postulados
La Criminología crítica surge como un movimiento que parte de un enfoque materialista y que están animadas por la convicción que sólo de que sólo un análisis radical de los mecanismos y de las funciones reales del sistema penal en una sociedad capitalista tardía puede permitir una estrategia autónoma y alternativa en el sector del control social de la desviación, esto es una política criminal de las clases actualmente subalternas. Mientras la clase dominante está interesada en contener la desviación de manera que ésta no perjudique la funcionalidad del sistema económico-social y sus propios intereses y, en consecuencia, en el mantenimiento de la propia hegemonía en el proceso selectivo de definición y persecución de la criminalidad, las clases subalternas, en cambio, están interesadas en una lucha radical contra los comportamiento socialmente negativos, es decir en una superación de las condiciones propias del sistema socioeconómico capitalista, a las que la propia sociología liberal ha referido no infrecuentemente los fenómenos de la criminalidad. (Baratta, 2004, págs. 209-210).
Postulados
Los representantes de la criminología crítica, parte de los siguientes postulados o tareas:
1) Que en una sociedad capitalista, las relaciones sociales se desenvuelven en un plano de desigualdad.
2) Que extienden de un modo riguroso la crítica del derecho desigual al campo del Derecho Penal.
3) Elabora una teoría materialista (económico-política) de la desviación, de los comportamientos negativos y de la criminalización.
4) Traza las líneas de una política criminal alternativa.
Métodos y técnicas de investigación criminológica
La criminología como ciencia empírica utiliza un método de investigación cuyo soporte son la observación y la experimentación, es decir un método empírico-inductivo.
Es importante tener claro que el derecho y la criminología utilizan métodos diferentes:
El jurista utiliza un método dogmático, abstracto, deductivo, formal. El criminólogo se vale de un método empírico, inductivo e interdisciplinario. (Herrero, 1997, p.233).
Por otro lado no existe un método criminológico, sino diversos métodos o técnicas de investigación. La naturaleza del objeto examinado y las finalidades de la investigación misma determinarán, en cada caso, cuál es el más indicado. García-Pablos de Molina, 1999, p.237).
Entre las principales técnicas de investigación criminológica, Rodríguez Manzanera, nos proporciona la siguiente clasificación:
1) – Técnicas estadísticas (que merecen un estudio pormenorizado su lugar).
2) – Biológicas (vg., estudios genéticos).
3) – Biotipológicas (vg., estudios corporales para elaborar tipologías).
4) – Antropológicas (de corte antropométrico, cultural, etc.).
5) – Psicológicas (por ejemplo, test, entrevistas, etc.).
6) – Médicas (así exploraciones con aparatos, análisis, etc,).
7) – Sociológicas (vg., observación y experimentación de laboratorio de campo).
8) – Criminalísticas (por ejemplo, estudio del lugar de los hechos, análisis de laboratorio con técnicas dactiloscópicas, fotografías, químicas, etc.).
9) – Clínicas (historial clínico del desviado).
10- Biográficas (así, los estudios longitudinales, biografías y autobiografías de delincuentes).
– Documentales (informes, expedientes, memorias de organismos, etc.).
12- Bibliográficas (producción científica: tratados, artículos de los diversos expertos, etc.).
13- Psiquiátricas (así, exámenes del delincuente por especialistas, electroencefalograma, etc.). (Rodríguez Manzanera, 1990, p.54-55.)
Asimismo de acuerdo con la estructura de las técnicas de investigación, existen dos grandes categorías o métodos que son:
– Métodos cualitativos.
– Métodos cuantitativos.
En los primeros se tienen a los grupos de discusión, biografías, como técnicas de producción primaria; o el llamado análisis estructural de textos, como producción secundaria. En los segundos las encuestas sociales. (Canteras, 1991, p.112-113).
El papel del criminólogo
Los criminólogos como investigadores científicos deben adoptar al menos cinco comportamientos los cuales se indican a continuación:
1. Observador: describe las cosas como "son" o como se las encuentra.
2. Teórico: explica las relaciones.
3. Ideólogo: argumenta a favor o en contra del estado de cosas y formula propuestas sobre cómo debería ser en realidad.
4. Práctico: contribuye a lo que debería ser según su concepción.
5. Metodólogo: analiza los diversos comportamientos. (Káiser, 1988, p.35.).
Los criminólogos deben adoptar una actitud de defensa social de manera que sus aportes vengan a contribuir en forma significativa en la lucha contra la criminalidad.
Literatura consultada
Baratta, A (2004) Criminología crítica y crítica del Derecho Penal. 1ª ed. 1ª reimpresión. Siglo XXI Editores Argentina, Buenos Aires.
Canteras, A (1991) La encuesta social en la medición del delito: victimización y auto denuncia. En Delincuencia, 3, número 12.
García-Pablos de Molina, A (1999) Tratado de criminología. 2ª edición. Editorial tirant lo Blanch, Valencia, España
Garrido, V et al (1999) Principios de criminología. Editorial tirant lo blach, Valencia, España.
Goppinger, H (1975) Criminología. Edit, Reus, Madrid, España.
Herrero, C (1997) Criminología. Parte general y especial. Editorial Dykinson, Madrid, España.
Kaiser, G (1988) Introducción a la criminología. 7ª edición reelaborada y completa. Editorial Dykinson, Madrid, España.
Pinatel, J (1974) Tratado de Derecho Penal y criminología. Tomo III, Universidad Central de Venezuela, Caracas.
Rodríguez Manzanera, L (1990) Víctimología. Estudio de la víctima. 2a edición, Editorial Porrúa, México.
Tieghi, O (1989) Tratado de criminología. Editorial Universidad, Buenos Aires, Argentina.
Wolffang M, Ferracuti, F (1982) La subcultura de la violencia. Editorial F.C.E, México.
Autor:
Allan Arburola Valverde
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