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La contabilidad gubernamental aplicada a la municipalidad de Contumazá – Cajamarca (Perú) (página 2)

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Capítulo V. Muestra un Caso Práctico de Contabilidad, refiriéndose en primera instancia al Nuevo Plan de Contable Gubernamental, luego se detalla un Enunciado Contable, seguidamente la Ejecución del Enunciado por Último la Presentación de los Estados Financieros.

Finalmente se presenta las Conclusiones, Recomendaciones y un Glosario de Términos.

Esperando sea de vuestro agrado el presente informe que ha sido elaborado con esfuerzo y voluntad y que no solamente sea apreciado por los docentes sino también por la nueva generación de futuros Técnicos en Contabilidad que haga su paso por el Instituto Superior Tecnológico Estatal "Trujillo".

"Toda obra humana es imperfecta y que es preferible hacer cosas útiles, que admirables"

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTUMAZÁ – CAJAMARCA

  1. La Municipalidad Provincial de Contumazá fue creada mediante Ley de Congreso de fecha 20 de Agosto de 1872, atribuyéndose su marcha institucional bajo el mandato de la Ley Orgánica de Municipalidades expedida el 14 de Octubre de 1892, quien ordenaba establecer en las Provincias y en los Distritos, Concejos Municipales constituidos por un Alcalde, Teniente Alcalde, dos (02) Síndicos y los Inspectores, todos ellos elegidos por sufragio popular; inicialmente duraban en el mandato un año, posteriormente se modificó a 03 años. Sus funciones más importantes de las Municipalidades que dicha Ley ordenaba, se referían a:

    a.- Aseo y Salubridad;

    b.- Conservación y distribución de las aguas para abastecimiento de las poblaciones;

    c.- Servicio de alumbrado y baja policía;

    d.- Los registros de estado civil y estadísticas de la provincia;

    e.- Creación de arbitrios.

    Cabe señalar, que posteriormente en el mes de Marzo de 1981 se aprueba el Decreto Legislativo Nº 51 Ley Orgánica de Municipalidades, basado en la Constitución Política de 1979 y que reconoce a las Municipalidades Autonomía Económica y Administrativa, para luego con fecha del 28 de Mayo de 1984 se expide la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, cuya vigencia rige hasta la actualidad, en la cual las Municipalidades tienen el reto de asumir un verdadero rol de promoción y ejecución en el desarrollo de sus localidades, aspectos condicionantes para que los Alcaldes y Regidores demuestren cada vez mejor, capacidad empresarial en el manejo municipal.

    La Constitución Política del Perú de 1993, en su Artículo 191º atribuye a las Municipalidades Provinciales y Distritales y las delegadas conforme a Ley, que son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

  2. ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA MUNICIPALIDAD

    La Municipalidad en general es un órgano de Gobierno Local que emana de la voluntad popular. Es una persona jurídica de derecho publico con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

    La Municipalidad representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios locales, fomenta el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción.

  3. NATURALEZA

    Cumplir con la prestación de servicio llevando a cabo la inversión Pública; que son actividades paralelas que cumple mediante la utilización de las fuentes financieras conformado por los Ingresos públicos y que a su vez lo integran los ingresos tributarios o fiscales, los ingresos propios producidos por los mismo entes del Estado, los préstamos internos y externo, donaciones y las transferencias.

  4. FINALIDAD
  5. OBJETIVOS

El objetivo principal de la Municipalidad es el de satisfacer las necesidades colectivas, en la medida que éstas se demanden; diferenciándose del sector privado, en el sentido que esté persigue obtener beneficios de carácter individual, que no redundan necesariamente en bienestar para la comunidad.

Entre otros objetivos tenemos:

  1. Planificar, programar los objetivos y metas a cumplir en determinado periodo.
  2. Asignar los recursos financieros, materiales y humanos para alcanzar los objetivos y metas programadas.
  3. Procurar una adecuada administración de los recursos, en cada unidad presupuestaria para el ejercicio fiscal.
  4. Dictar y aplicar normas y procedimientos que orientan a una buena administración de los recursos públicos.
  5. Evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas previstas, teniendo en cuenta si los recursos se orientan a la ejecución de los mismos.
  6. Que los recursos destinados a las unidades sectoriales sean beneficio económico y sociocultural, necesarios para el desarrollo del país.
  1. BASE LEGAL

Las Municipalidades se rigen por las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución regulan las actividades y el funcionamiento del Sector Publico Nacional.

Dentro del Marco Legal que norma a las Municipalidades tenemos:

  • Constitución Política del Perú, Arts 191 al 196, promulgada el 29 de diciembre de 1993.
  • Ley Nº 23853 del 08.06.84

Ley Orgánica de Municipalidades.

  • Ley Nº 23854 del 08.06.84

Ley que Modifica la Ley Orgánica de Municipalidades.

  • Decreto Legislativo Nº 776 del 30.12.93

Ley de Tributación Municipal.

  • Ley Nº 27209

Ley de Gestión Presupuestarias del Estado

  • Directiva Nº 007-99-EF/76.01

Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2000.

  1. La Municipalidad Provincial de Contumazá se encuentra ubicada en la Provincia de Contumazá, departamento de Cajamarca..

    Acceso: Tiene como acceso principal, la carretera afirmada de Chilete a Contumazá (38 Kms)

    Extensión Superficial:

    Provincia: 2,000.56 KM2 (7,45% del Departamento)

    Distrito:345 Kms2 (13.6% de la Provincia)

    Altitud del Distrito: 2,674 m.s.n.m.

    Clima: Sus regiones naturales son la Yunga Marítima, la Quechua, la Jalca y la Puna. Las dos últimas son reducidas y su clima es variado.

    Dentro de la Provincia Contumazá, es el Distrito con mayor afluencia de lluvias.

  2. UBICACIÓN
  3. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES LEGALES
  1. Planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes.
  2. Crear, modificar, suprimir y exonerar contribuciones, arbitrios y derechos.
  3. Regular el transporte colectivo, la circulación y el tránsito.
  4. Determinar los linderos de los distritos que conforman una provincia.
  5. Acordar su régimen de organización interior.
  6. Votar su presupuesto.
  7. Administrar sus bienes y rentas.
  8. Organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales.
  9. Contratar con otras entidades públicos y no públicas, preferentemente locales, la atención de los servicios que no administren directamente.
  10. Exigir el cumplimiento de sus propias normas, sea con sus propios medios o con el auxilio de las Fuerzas Policiales.
  11. Celebrar acuerdos con otras municipalidades para organizar servicios comunes.
  12. Promover y organizar, conforme a ley, la participación de los vecinos en el desarrollo comunal.

GENERALIDADES DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

2.1. GENERALIDADES DEL SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

2.1.1. CONCEPTO DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

La Contabilidad Gubernamental, es el conjunto de principios, normas y procedimientos, para registrar, resumir, analizar e interpretar las transacciones realizadas por los entes público con la finalidad de preparar Estados Financieros y Presupuestarios que faciliten el análisis de la mismas y la obtención de indicadores que permitan una racional evaluación de ingresos y gastos, así como la Situación Financiera de la Hacienda nacional, durante y al termino de cada ejercicio fiscal.

La contabilidad Gubernamental, constituye el sistema de información financiera más importante de los Organismo del Sector Público, a través del cual se puede conocer la gestión realizada y los efectos que ellas producen en el patrimonio público.

En la actualidad la Contabilidad Gubernamental, constituye una fuente de información que significa un verdadero apoyo en los niveles directivos, ya que precisa disponer de información adecuada para la adopción de decisiones, articulando un sistema de información que apoya a la administración y alimenta al proceso de planificación, programación, presentación, ejecución y control de las actividades de los Organismo del Sector Público.

En síntesis se trata de un sistema especializado mediante el cual se logra y se tiene en cuenta, la aplicación de principios de Contabilidad Generalmente Aceptado, las normas y procedimientos contables, para el registro de las operaciones financieras que realizan los organismos públicos con los bienes y recursos aportados por la colectividad.

2.1.2. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA Y PROCESO CONTABLE

El Sistema de Contabilidad Gubernamental establece un proceso de integración ordenado con controles en las diferentes áreas contables para producir información financiera oportuna y confiable.

La referida integración contable que se logra mediante el Sistema conduce a tecnificar los mecanismos de proyección y ejecución del presupuesto, facilita el análisis financiero y permite la evaluación del cumplimiento de las metas del Gobierno.

A continuación se precisan los principales fundamentos que conforma el sistema:

  1. Unidad de Almacén.- Cosiste en la registración desde el punto de vista contable, de todos los bienes muebles que ingresan a los organismos públicos por cualquier concepto como entrada de almacén; aunque en algunos casos en ingreso al almacén se produzca de manera simbólica, tales como los semovientes. Es decir las adquisiciones de bienes realizadas por los entes públicos, destinados al uso, consumo o producción, deberán previamente ser registrados como ingreso en los almacenes de la entidad. Esta característica tiene como finalidad primordial robustecer las labores de control interno y canalizar la información que sirva para formular el Parte Diario de Almacén, como elemento de integración contable.
  2. Unidad de Caja.- Este fundamento del sistema se refiere al control centralizado de los recursos financieros, debiendo estos reunirse en un fondo común para financiar los gastos en el sentido de contribuir a que se mantenga el concepto de unidad de información del manejo de los fondos públicos. La finalidad de este principio es obtener una información sobre el flujo de los fondos públicos a través de otro de los elementos del sistema, denominado Libro de Caja, que es un libro obligatorio restituido para registrar y resumir todas las informaciones de ingreso y egreso de efectivo.

    De tal forma que en el mismo momento y con los mismo documentos fuentes pero en distintas áreas se procesa información especializada con el fin de obtener el Balance de Comprobación Integrado que muestre en su conjunto las operaciones de bienes, fondos, presupuesto, endeudamiento y operaciones complementarias.

  3. Paralelismo y Simultaneidad Contable.- Las operaciones realizadas por los organismos públicos son registrados en la Contabilidad Patrimonial y en la Contabilidad Presupuestaria, es decir bajo este fundamento a toda operación real registrado en el proceso contable financiero, corresponde paralela y simultáneamente un registro en el proceso presupuestal.
  4. Obligatoriedad de Compromiso: Con la finalidad de que exista un buen control interno en los organismos públicos, es de vital importancia el registro contable de las cuentas por pagar y compromisos presupuestarios previo al pago y la ejecución presupuestaria.

DELIMITACION EN AREAS CONTABLES

El Sistema Contable a contemplado la agrupación de operaciones homogéneas en campos definidos.

  • Área de Bienes: Comprende las operaciones de adquisición u obtención, almacenamiento y distribución de los bienes muebles del gobierno. Incluye también la construcción, adquisición y registro de la propiedad inmueble del Estado, administrados por los organismos públicos.
  • Área de Fondos: Se refiere a operaciones relacionadas con los ingresos y egresos de fondos en los diferentes niveles de la administración pública.
  • Área de Presupuesto: Comprende las operaciones que se derivan del presupuesto de cada ejercicio fiscal, en sus etapas de promulgación, modificación, ejecución del gasto e ingreso, así como el análisis y cierre presupuestario.
  • Área Complementaria: Comprende todas las operaciones no indicadas en las áreas anteriormente mencionadas. Es decir, asientos de apertura, asientos de cierre, asuntos de regularización, así como los asientos referidos a las cuentas de control, que completan el circuito contable y son registrados en las notas de contabilidad.

2.1.3. SISTEMA DE INTEGRACIÓN CONTABLE (SICON)

El Sistema de Integración Contable es un Sistema informático desarrollado por la Contaduría Pública de la Nación para ser distribuido gratuitamente a las entidades del Sector Público, con base en la Ley Marco Proceso de la Cuenta General de la República 2000, normas complementarias Instructivo Nº 6 y el Instructivo Nº 7 del Cierre Contable y sus modificatorias, que permite el registro de los Estados Financieros y Presupuestales, Anexos y Complementarios, para la elaboración computarizada y dentro de los plazos establecidos, de la Cuenta General de la República, en forma confiable y oportuna, generando información para el Análisis de los Resultados obtenidos y así poder tener un mejor control de la información Financiera y Presupuestal.

2.1.4. TIPOS DE CONTABILIDAD

El Sistema de Contabilidad Gubernamental establece dos tipos de contabilidad: la contabilidad patrimonial y la contabilidad presupuestaria

Contabilidad Financiera o Patrimonial.-

Es el campo de la contabilidad que abarca las normas, procedimientos, cuentas, libros, comprobantes y estados contables relacionados con la registración de los valores que componen el patrimonio.

Contabilidad Presupuestaria.-

Es el campo de la contabilidad que abarca las normas, procedimientos, cuentas, libros, comprobantes, etc. para registrar el comportamiento de cada presupuesto fiscal, regulando así las incidencias del proceso presupuestario con criterio programático.

DIAGRAMA DEL SISTEMA CONTABLE

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ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

  1. INTRODUCCIÓN

El Concejo Municipal ejerce funciones normativas, administrativas y fiscalizadoras. Está constituido por el Alcalde y sus regidores.

Las funciones ejecutivas del Gobierno Municipal corresponden al Alcalde, los Regidores pueden asumir alguna funciones Municipales a propuesta del Alcalde y con acuerdo del Concejo Municipal.

Los Alcaldes y regidores son elegidos en sufragio directo por los vecinos de la respectiva jurisdicción, los Alcaldes y Regidores desempeñan sus cargos por un período de cuatro años, pudiendo ser reelegidos; los Concejos Municipales están integrados por un Alcalde y el número de Regidores que se establezcan conforme a la ley Electoral.

Los Alcaldes y Regidores son rentados, conforme lo permita el presupuesto y disponibilidad de recursos propios de cada Municipalidad y previo acuerdo del Concejo Municipal, aplicándose los montos que determinan o autorizan las normas sobre remuneraciones para sus respectivos rangos.

Los Alcaldes recibe una remuneración mensual y los Regidores perciben dietas por sesión.

Los regidores que trabajan como dependientes en el sector publico o privado, gozan de licencia en sus centros de trabajo hasta por veinte horas semanales, sin descuentos de sus remuneraciones, tiempo que será dedicado exclusivamente a las labores municipales.

Los Alcaldes y Regidores no serán trasladados ni reasignados sin su consentimiento, mientras ejercen funciones municipales.

  • No pueden desempeñar los cargos de Alcaldes y Regidores:
    • El Contador General, los perfectos, Subprefectos y Gobernadores.
    • Los Miembros del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Tribunal de Garantías Constitucionales, del Concejo Nacional de la Magistratura y el Jurado Nacional de Elecciones.
    • Los Presidentes de los Organismo Descentralizadas en servicio Activo.
    • Los miembros de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales en servicio activo.
    • Los miembros de otros Concejos Municipales.
  • Para ser elegido Alcalde o Regidor de un Concejo Municipal se requiere:
    • Gozar del derecho de sufragio
    • Ser vecino de la respectiva circunscripción municipal con no menos de dos años de residencia continua antes de la elección.
    • Hallarse inscrito en el Registro Electoral o en el Registro Electoral Municipal para extranjero.

3.2. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD

El Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Contumazá, aprobado mediante Edicto Nº 001-2000-MPC, determina la naturaleza, finalidad, objetivos, funciones, atribuciones, organización y relaciones de la Municipalidad, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades.

  1. ORGANOS Y DEPENDENCIAS INTEGRANTES

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ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTUMAZÁ

  1. ORGANOS DE GOBIERNO Y ALTA DIRECCION
  1. Concejo Municipal
  2. Alcaldía
  3. Dirección Municipal
    1. Comisión De Regidores
    2. Asamblea De Alcaldes Distritales
    3. Comisión De Coordinación Multisectorial
    4. Comité De Participación De Barrios
    5. Comité Provincial De Defensa Civil
  1. ORGANOS CONSULTIVOS, DE COORDINACIÓN Y DE PARTICIPACIÓN

    1. Unidad De Auditoria Interna
  2. ORGANO DE CONTROL

    1. Unidad De Asesoría Jurídica
    2. Unidad De Planificación Y Presupuesto
  3. ORGANOS DE ASESORAMIENTO

    1. 5.1.1. Tramite Documentario Y Archivo Imagen Institucional

    2. Unidad De Secretaria General

      5.2.1. Personal

      5.2.2. Tesorería

      5.2.3. Contabilidad

      5.2.4.Abastecimiento, Patrimonio Y Servicios Generales

    3. Unidad De Administración
    4. Unidad De Administración Tributaria ( Rentas)
  4. ORGANOS DE APOYO
  1. Administración Tributaria
  2. Fiscalización Tributaria
  3. Ejecutoria Coactiva
    1. División De Infraestructura Y Desarrollo Urbano
  1. ORGANOS DE LINEA
  1. Proyectos
  2. Obras Publicas
  3. Obras Privadas
  4. Catastro
    1. Higiene, Salud Y Limpieza Publica
    2. Ecología Y Medio Ambiente
    3. Mercados, Camal Y Comercialización
    4. Taller Mecánico
    5. Policía Municipal
  1. División De Servicios Públicos

    1. Cultura, Deportes Y Recreación
    2. Hotel Municipal
    3. Tv Municipal
    4. Registro Civil
    5. Demuna
  2. División De Servicios Sociales
    1. Programa Del Vaso De Leche
  1. ORGANO DESCONCENTRADO

3.4. REGIMEN LABORAL Y ECONOMICO

3.4.1. REGIMEN LABORAL

Los Funcionarios, Empleados y Obreros de la Municipalidad, son Servidores Públicos, sujetos exclusivamente al Régimen Laboral de la actividad pública y tienen los mismos deberes y derechos de los del Gobierno Central de la Categoría correspondiente; en concordancia con el Art. 52º de la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 23853

3.4.2. REGIMEN ECONOMICO

La Municipalidad Provincial de Contumazá, cuenta con recursos económicos que se obtienen de las siguientes fuentes:

  1. Otros Impuestos Municipales, constituidos por el impuesto predial y espectáculos públicos no deportivos.
  2. Recursos Directamente Recaudados, constituidos por las tasas, contribuciones, venta de bienes y servicios, rentas de la propiedad, multas y sanciones y venta de bienes de capital.
  3. Canon Minero, transferido por el Gobierno Central vía Banco de la Nación.
  4. Derecho de Vigencia de Minas, transferido por el Gobierno Central vía Banco de la Nación.
  5. Donaciones y Transferencias, transferido por el Gobierno Central para el Programa Vaso de Leche, vía Banco de la Nación.
  6. Fondo de Compensación Municipal, transferido por el Gobierno Central vía Banco de la Nación.
  7. Legados y donaciones internas y externas que se hagan a su favor con arreglo a ley.

DOCUMENTOS Y LIBROS CONTABLES QUE UTILIZA LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CONTUMAZÁ

4.1. DOCUMENTOS Y LIBROS CONTABLES

4.1.1. OBJETIVO

Dar a conocer los documentos y libro contables que serán utilizados en el Sistema de Contabilidad Gubernamental

4.1.2. FINALIDAD

Establecer la continuidad de la utilización de los documentos fuente y Libros Contables Principales y Auxiliares acordes con el Nuevo Plan de Contable del Sistema de Contabilidad Gubernamental, a fin de tener una información suficiente, clara y detallada que sustentan los Estados Financieros y Presupuestarios que muestran la real situación financiera y económica de la entidad.

4.1.3. BASE LEGAL

  • Ley N° 24680 – Ley del Sistema Nacional de Contabilidad.
  • Resolución de Consejo Normativo de Contabilidad N° 10-97-EF/93.01 del 29-07-97, que aprueba el Nuevo Plan Contable Gubernamental.
  • Decreto Supremo N° 019-89-EF/93.01 Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Órgano Rector.
  • Código de Comercio – Artículo 34, 36, 37, 38, 39, 43, 44.
  • Decreto Ley N° 26002 – Ley del Notario – Artículo 112, 113, 114, 115, 116.
  • Decreto Ley N° 26501 – Establece que los Jueces de Paz Letrados y Notarios son competentes para legalizar la apertura de libros contables y otros que la Ley Señale.
  • Decreto Legislativo N° 821 – Ley del Impuesto General a las Ventas.
  • Decreto Supremo N° 029-94-EF y Decreto Supremo N° 136-96-EF- Reglamento del Decreto Legislativo 821.

4.1.4. ALCANCE

Comprende a las entidades del Gobierno Central, Gobierno Local e Instancias Descentralizadas del Sector Público.

4.1.5. CONTENIDO

  1. Documentación fuente que sustenta el registro contable.
  2. Libros contables principales y auxiliares.
  3. Legalización de libros contables.

4.1.6. DOCUMENTOS FUENTE

AREA DE BIENES

  • Orden de Compra – Guía de Internamiento
  • Orden de Servicios
  • Pedido-Comprobante de Salida (PECOSA)
  • Inventario Físico
  • Existencias Valoradas de Almacén
  • Control Visible de Almacén

DOCUMENTOS CONTABLES

  • Orden de Compra – Guía de Internamiento
  • Orden de Servicio
  • Pedido-Comprobante de Salida (PECOSA)
  • Nota de Entrada de Almacén
  • Otros

AREA DE FONDOS

  • Recibos de Ingresos
  • Papeleta de Depósitos
  • Nota de Cargo
  • Nota de Abono
  • Comprobante de Pago
  • Planilla de Haberes y Pensiones
  • Valorización de Obra
  • Otros.

AREA DE PRESUPUESTO

Los documentos que sustentan las operaciones contables de bienes, servicios y de fondos servirán para la afectación presupuestaria, en lo que corresponda.

AREA DE OPERACIONES COMPLEMENTARIAS

Los documentos que se utilizan en las áreas antes referidas, también son documentos fuente de esta área, además otros documentos tales como Resoluciones, Declaraciones Juradas, Contratos, Carta Fianza, etc.

LIBROS CONTABLES PRINCIPALES Y AUXILIARES QUE DEBEN LLEVAR LAS ENTIDADES DEL SECTOR PUBLICO

Los Organismos del Sector Público Nacional, excepto Empresas Públicas, continuarán registrando sus operaciones en los libros contables que a continuación se indican;

LIBROS PRINCIPALES

LIBROS AUXILIARES

  • Caja
  • Libro Bancos ( Por cada una de las cuentas o sub cuentas corrientes)
  • Registro de Ventas
  • Registro de Compras
  • Registro de Fondos para Pagos en Efectivo
  • Y otros que requiera la entidad, de acuerdo a sus necesidades

CONFORMACION DE LOS LIBROS

LIBROS PRINCIPALES

Libro de Inventarios y Balances.-

Este libro se apertura con el inventario inicial, al empezar sus operaciones, el mismo que revelará:

  • La relación exacta del dinero, valores, créditos, efectos por cobrar, bienes muebles e inmuebles, mercaderías y otros, que constituyan el activo de la Entidad.
  • La relación exacta de las deudas y toda clase de obligaciones pendientes, si las tuviere y que formen el pasivo de la Entidad.
  • Fijará en su caso, la diferencia exacta entre el activo y el pasivo, que será el patrimonio con que inicia su gestión.

La entidad además al finalizar el ejercicio reflejará en el mismo libro el Inventario Final y Balance General de su Gestión.

  • Este libro será de foliación simple.

* Cuando se trata de la creación, fusión o transferencia de Activos, Pasivos y Patrimonio a otra entidad, deberá figurar en este libro y ser coincidente con la verificación física de los mismos.

Libro Diario.-

Este libro será de foliación simple y contendrá en cada folio el movimiento diario del Debe y el Haber.

Libro Mayor.-

En este libro se registrarán todas las cuentas asentadas en el libro Diario.

LIBROS AUXILIARES

  • Caja.- Utilizar el diseño que estime conveniente el usuario.
  • Registro de Ventas
  • Registro de Compras
  • Fondo para Pagos en Efectivo.- Se utilizará el documento denominado "Rendición del Fondo para Pagos en Efectivo".
  • Bancos.- Se deberá aperturar por cada cuenta corriente.

El registro de las operaciones de los libros auxiliares mencionados, deberá efectuarse en los Auxiliares Estándar del Sistema de Contabilidad Gubernamental, excepto el Registro de Ventas y el de Compras.

En lo referente a los auxiliares, Documentos por Cobrar, Documentos por Pagar, Anticipos Concedidos, Encargos Otorgados, Encargados Recibidos; éstos registros deberán tener una información mas detallada para facilitar su análisis.

En cuanto al auxiliar Inmuebles, Maquinaria y Equipo, se debe llevar en forma individual por cada bien, indicando la fecha de adquisición, monto, fecha de salida para su uso, adiciones y mejoras, ajuste, para facilitar el proceso de depreciación y/o revaluación.

LEGALIZACION DE LIBROS DE CONTABILIDAD

  • La función de registro, foliación y rubricación de los libros principales y auxiliares, corresponde a las Direcciones Generales de Administración u oficinas que hagan sus veces en las entidades públicas, excepto empresas; para tal efecto se aperturará un registro en el que se inscribirá antes de ser usados.
  • La legalización de los libros contables principales se efectuarán de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.

DIAGRAMA BASICO DEL PROCESO CONTABLE

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CASO PRACTICO DE LA CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL APLICADA

5.1. PLAN DE CUENTAS

Consejo Normativo de Contabilidad

R. CNC. Nº 010-97-EF/93.01

Lima, 19 de Septiembre de 1997

Visto: El informe de la Comisión Técnica constituida mediante Resolución de Contaduría Nº 061-97-EF/93.01 encargada de revisar y evaluar el Plan Contable Gubernamental, en coordinación con los usuarios del Sistema de Contabilidad Gubernamental, los Órganos Rectores de los Sistemas Administrativos de la Administración Financiera del Estado, y el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del Artículo 4º de la Ley Nº 24680 señala que es función del Sistema Nacional de Contabilidad, dictar las normas de contabilidad que deben regir en el sector público y privado;

Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 24680, señala que es función del Consejo Normativo de Contabilidad – Órgano participatorio del Sistema Nacional de Contabilidad, de emitir también normas de contabilidad.

Que, la Sub-Contadora General de la Nación, Presidenta de la Comisión Técnica encargada de revisar y evaluar el Plan Contable Gubernamental, ha presentado el Proyecto del nuevo Plan Contable Gubernamental para su aprobación por el Consejo Normativo de Contabilidad;

Que, conforme a lo expuesto, es conveniente aprobar el nuevo PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, preparado por la indicada Comisión Técnica, por estar enmarcado dentro de las técnicas modernas de contabilización y que permitirá efectuar la registración contable de las transacciones de las entidades gubernamentales, así como viabilizar la implantación de la Tabla de Operaciones del SIAF;

Que, el Consejo Normativo de Contabilidad en su vigésima sexta sesión ordinaria, realizada en Lima el día 19 de Septiembre de 1997, ha aprobado el nuevo PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, del Sistema de Contabilidad Gubernamental; y

En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 2º y 13º de la Ley Nº 24680;

SE RESUELVE:

ARTICULO 1º. – APROBAR el nuevo PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, del Sistema de Contabilidad Gubernamental, el mismo que forman parte de la presente Resolución y consta de lo siguiente:

TITULO I GENERALIDADES

– Introducción

– Disposiciones Generales

TITULO II CUADRO CONTABLE Y LISTA DE CUENTAS

TITULO III CUENTAS DE BALANCE

CLASE 1

– Activo Corriente

– Activo No Corriente

CLASE 2

– Pasivo Corriente

– Pasivo No Corriente

– Patrimonio Neto

TITULO IV CUENTAS DE GESTION Y RESULTADOS

CLASE 3

– Gastos Corrientes

CLASE 4

– Ingresos Corrientes

CLASE 5

– Resultados

TITULO V CUENTAS DE PRESUPUESTO

CLASE 6

– Cuentas Presupuestarias

Ingresos

Gastos

TITULO VI CUENTAS DE ORDEN

CLASE 7

– Cuentas de Control y Contingencias

TITULO VII CUENTAS DE LA CONTABILIDAD ANALITICA DE GESTION

CLASE 8

– Cuentas de Costos

ARTICULO 2º. – A partir del 1º de Enero de 1998, las entidades comprendidas en la aplicación del Sistema Gubernamental, registrarán sus operaciones bajo el nuevo PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL, aprobado por la presente Resolución.

ARTICULO 3º. – DEROGAR, la Resolución Directoral Nº 071-80-EFC/76.01, de fecha 20 de Noviembre de 1980, aprobatorio del anterior Plan Contable Gubernamental, así como sus modificatorias.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Consejo Normativo de Contabilidad

CPC. MANUEL LUNA VICTORIA SANCHEZ

Presidente

 CUADRO CONTABLE Y LISTA DE CUENTAS

  • CUADRO CONTABLE
Partes: 1, 2, 3, 4, 5

NUEVO PLAN CONTABLE GUBERNAMENTAL

CUADRO CONTABLE

CONTABILIDAD PATRIMONIAL O FINANCIERA

CONTABILIDAD

CUENTAS DE

CONTABILIDAD

 

 

 

 

 

 

 

 

PRESUPUES

TARIA

CONTROL

DE

  1. CUENTAS DE BALANCE

CUENTAS DE GESTION

CUENTAS DE

 

 

GESTION

RESULTADOS

CLASE 1 : ACTIVO

  • CLASE 2 : PASIVO Y PATRIMONIO
  • CLASE 3
  • CLASE 4

CLASE 5

CLASE 6

CLASE 7

CLASE 8

  • ACTIVO CORRIENTE

ACTIVO NO

PASIVO

PATRIMONIO

GASTOS

INGRESOS

SUPERAVIT Y

CUENTAS DE

CUENTAS DE

CUENTAS DE

  1. CORRIENTE

CORRIENTE Y NO CORRIENTE

NETO

CORRIENTES

CORRIENTES

DEFICIT

PRESUPUESTO

ORDEN

COSTOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

10 CAJA Y BANCOS

20 MERCADERIAS

30 TRANSFERENCIA Y

40 TRIBUTOS POR

50 ..

60 CONSUMO DE

70 INGRESOS

80 RESULTADO

90 APROBACIONES,MODI

 

 

 

 

REMESAS DE CAPITAL

PAGAR

 

SUMINISTROS

TRIBUTARIOS

DE OPERACIÓN

FICACIONES Y CIERRE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PRESUPUESTARIO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

90.01 PROYECCIONES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PRESUPUESTARIAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

90.02 CIERRE PRESU-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PUESTARIO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

11 VALORES

21 SUMINISTROS DE

31 INVERSIONES EN

41 REMUNERACIONES Y

51 ..

61 ..

71 INGRESOS NO

81 INGRESOS

91 PRESUPUESTO DE

01 CONTRATOS Y

 

NEGOCIABLES

FUNCIONAMIENTO

VALORES Y

PENSIONES POR

 

 

TRIBUTARIOS

EXTRAORDINARIOS

INGRESOS

ORDENES APRO-

 

 

 

PARTICIPACIONES

PAGAR

 

 

 

 

 

BADAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

12 CUENTA POR

22 MATERIAS PRIMAS

32 ..

42 CUENTAS POR

52 ..

62 GASTOS DE PER-

72 LIBERACIONES, INCEN-

82 GASTOS

92 PRESUPUESTO

02 CONTRATOS Y

 

COBRAR

MATERIALES AUXILIA-

 

PAGAR

 

SONAL Y OBLIGA-

TIVOS Y DEVOLUCIO-

EXTRAORDINARIOS

DE GASTOS

ORDENES EN

 

 

RES Y SUMINISTROS

 

 

 

CIONES SOCIALES

NES TRIBUTARIAS

 

 

TRAMITACION

 

 

PARA LA PRODUCCION

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

13 LETRAS, PAGARES

23 BIENES EN PROCESO

33 INMUEBLES, MAQUI-

43 ENCARGOS

53 ..

63 TRANSFERENCIAS

73 ..

83 INGRESOS DE

93 ESTIMACIONES

03 AUTORIZACIONES DE

 

Y OTROS EFECTOS

 

NARIA Y EQUIPO

RECIBIDOS

 

CORRIENTES

 

EJERCICIOS

DE INGRESOS

GIRO

 

POR COBRAR

 

 

 

 

OTORGADAS

 

ANTERIORES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

14 ..

24 PRODUCTOS

34 INVERSIONES

44 OBLIGACIONES

54 HACIENDA

64 SERVICIOS

74 ..

84 GASTOS DE

94 CALENDARIO DE

04 AUTORIZACIONES

 

 

TERMINADOS

INTANGIBLES

TESORO PUBLICO

NACIONAL

PRESTADOS

 

EJERCICIOS

COMPROMISOS

POR UTILIZAR

 

 

 

 

 

 

POR TERCEROS

 

ANTERIORES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

15 ..

25 ..

35 BIENES AGROPE-

45 ..

55 ..

65 TRIBUTOS

75 TRANSFERENCIAS

85 ..

95 ASIGNACIONES

05 VALORES Y

 

 

 

CUARIOS, PESQUEROS,

 

 

 

CORRIENTES

 

COMPROMETIDAS

DOCUMENTOS

 

 

 

MINEROS Y OTROS

 

 

 

RECIBIDAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

16 ..

26 ..

36 BIENES CULTURALES

46 DEUDAS A LARGO

56 HACIENDA

66 GASTOS DIVERSOS

76 INGRESOS

86 ..

96 EJECUCION DE

06 VALORES Y DOCU-

 

 

 

 

PLAZO

NACIONAL

DE GESTION Y

DIVERSOS DE

 

INGRESOS

MENTOS EN CIRCU-

 

 

 

 

 

ADICIONAL

SUBVENCIONES

GESTION

 

 

LACION Y CUSTODIA

 

 

 

 

 

 

OTORGADAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

17 CUENTAS POR

27 ..

37 INFRAESTRUCTURA

47 PROVISIONES PARA

57 EXCEDENTE DE

67 GASTOS

77 INGRESOS

87 ..

97 EJECUCION DE

07 BIENES EN PRESTA-

 

COBRAR DIVERSAS

 

PUBLICA

BENEFICIOS SOCIALES

REVALUACION

FINANCIEROS

FINANCIEROS

 

GASTOS

MO, CUSTODIA Y NO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DEPRECIABLES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

18 ..

28 BIENES EN

38 CARGAS DIFERIDAS

48 ..

58 RESERVAS

68 PROVISIONES

78 ..

88 ..

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