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Fuentes del pensamiento jurídico en el constitucionalismo cubano (1901-1939)

Enviado por Dianelys


  1. El constitucionalismo cubano a partir de 1901
  2. División de poderes
  3. Constitución de 1934
  4. Bibliografia

Las fuentes del pensamiento jurídico en el constitucionalismo cubano están influenciadas por la propia condición de colonia que tenía Cuba en el siglo XVIII, muy mezclado a la clase burguesa, en su época de toma del poder político, donde surgió y se desarrolló y continuó su evolución durante el siglo XIX un movimiento en pro de las constituciones escritas.

En el Siglo XVIII se desarrolla en Francia el Enciclopedismo, destacándose como sus representantes, entre otros, Rosseau, Diderot y Voltaire, los que desarrollaron concepciones, ideas y sistemas acerca de la organización política y social de la sociedad, incluido el tema del constitucionalismo.

Otro paso de avance en este camino hacia el triunfo definitivo del constitucionalismo escrito lo constituye la promulgación de las constituciones jurídicas de Norteamérica (1787) y Francia (1791), que originaron, desde los inicios del Siglo XIX, la expansión por toda Europa del movimiento constitucional escrito, que llega a España con la promulgación de la Constitución de 1812, conocida como Constitución de Cádiz.

A Cuba habían llegado e influido las ideas del enciclopedismo y el constitucionalismo escrito, así como los preceptos de las constituciones jurídicas de Estados Unidos y Francia. Es entre las ideas del enciclopedismo y el iluminismo, las influencias de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y bajo el influjo del trato que como colonia recibía Cuba, que se forja el pensamiento filosófico y constitucionalista de aquellos criollos que se alzaron en armas contra la España colonial y dirigieron el movimiento insurreccional que catalizó el surgimiento de la nación cubana a partir del 10 de octubre del año 1868, fecha en que se inicia la Guerra por la Independencia de Cuba.

A partir de este momento sucedió la promulgación de varias constitucionesconocidas como las constituciones mambisas, dígase la Constitución de Guáimaro, la Constitución de Baraguá, la Constitución de Jimaguayú yla Constitución de la Yaya, todas anteriores a la intervención americana en la isla.

El constitucionalismo cubano a partir de 1901

La constitucióncubana de 1901 es el resultado de la guerra Hispano Estadounidense y la posterior independencia de la antigua colonia. Es la primera constitución propiamente cubana ya que Cubahasta ese momento había estado regida por las mismas constituciones que la Península.

Ocupada la isla militarmente por Estados Unidos, se hace pública por Orden Militar, el llamamiento para elegir delegados para una Convención Constituyente, la que comenzó a sesionar el 5 de noviembre de 1901, en el teatro Rioja, hoy teatro Martí. Está estructurada en Preámbulo, 115 artículos, 14 Títulos y Disposiciones Transitorias.

En la sesión inaugural, el General Wood, gobernador militar, leyó -en inglés– su discurso quién insistió en que se tomaran en cuenta para la redacción de la carta fundamental cuatro puntos principales:

  • a) Asegurar un Gobierno estable, ordenado y libre.

  • b) Organizar las relaciones políticas entre Cuba y Estados Unidos.

  • c) Restringir el Poder de la Asamblea única y exclusivamente a la elaboración de la constitución.

  • d) Encomendar al Gobierno norteamericano el desarrollo próspero de Cuba.

Todo ello evidenciaba un poder constituyente estrictamente limitado. Los Constituyentes conocieron y aprobaron el Reglamento de la Asamblea en el que se establecía el carácter público de las sesiones, también nombraron una comisión redactora de las Bases de la Constitución, las que se someterían a la discusión y aprobación de la Asamblea.

El 21 de enero de 1901 se iniciaron los debates sobre el proyecto, quedando aprobado el texto constitucional el 21 de febrero de 1901.Dicha Ley estuvo vigente en la mayor parte de la vida republicana del país. Esta Constitución de carácter liberal-democrático fue inspirada por la Constitución Americana de 1789, aunque organizó al estado de una manera distinta a la de los Estados Unidos.

La constitución consta de un breve preámbulo, catorce títulos y siete Disposiciones Transitorias.

En resumen, la Constitución de 1901 contenía las partes clásicas de toda constitución: la dogmática relativa a los derechos individuales que había conquistado y consagrado la Revolución francesa; la orgánica referente a la estructura, funciones y derechos de la organización estatal y la cláusula de reforma. (Artículo 115). Luego de las largas discusiones entre algunos constituyentes que defendían la independencia y acción soberana de Cuba en sus relaciones con Estados Unidos, se aprobó el 12 de junio de 1901 incorporar un apéndice a la constitución: La Enmienda Platt.

A la Constitución de 1901 le fue adicionada la Enmienda Platt. En esencia, regulaba las relaciones entre Estados Unidos y Cuba, y daba el derecho a Estados Unidos de arrendar determinadas partes del territorio nacional para establecer bases navales y carboneras.

En la mencionada Enmienda se establecían ocho cláusulas que debían normar las relaciones entre los Estados Unidos y Cuba, entre dichas cláusulas las que más lesionaban la soberanía nacional eran la 3.ª, la 4.ª y 7.ª.

Art. 3º. Que el Gobierno de Cuba consciente que los Estados Unidos pueden ejercitar el derecho de intervenir para la conservación de la independencia cubana, el mantenimiento de un Gobierno adecuado para la protección de vidas, propiedad y libertad individual y para cumplir las obligaciones que, con respecto a Cuba, han sido impuestas a los EE.UU. por el Tratado de París y que deben ahora ser asumidas y cumplidas por el Gobierno de Cuba.

La cuarta cláusula refería que todos los actos realizados por los Estados Unidos en Cuba durante su ocupación militar, serían ratificados y tenidos por válidos y todos los derechos legalmente adquiridos en virtud de ellos serán mantenidos protegidos.

Por último, la séptima expresaba:

Art. 7º. Que para poner en condiciones a los Estados Unidos de mantener la independencia de Cuba y proteger al pueblo de la misma, así como para su propia defensa, el Gobierno de Cuba venderá o arrendará a Estados Unidos, las tierras necesarias para carboneras o estaciones navales en ciertos puntos determinados que se convendrán con el Presidente de los Estados Unidos

En virtud de esta cláusula fue suscrito el Convenio para las Estaciones Carboneras y Navales, firmado en febrero de 1903 en La Habana y Washington, respectivamente, en el cual se incluyeron las áreas de Bahía Honda y Guantánamo, decidiéndose finalmente establecer una sola base que resultó ser la Bahía de Caimanera en Guantánamo; años más tarde, Gerardo Machado, presidente de la República, de entonces, con el objetivo de prorrogar su gobierno dictatorial, promovió un Reforma de la constitución de 1901.

Dicha convocatoria tuvo una fuerte oposición popular, no obstante el 29 de marzo de 1927, la Cámara de Representantes puso fin a la discusión del Proyecto de reforma que había sido realizado por el liberal Giordano Hernández, apoyado por la firma de 86 representantes. Cumplidos los trámites correspondientes el 21 de junio de 1927 quedó aprobado el proyecto de Reforma Constitucional, el que en virtud del artículo 115 de la constitución de 1901, debía ser sometido a una Convención Constituyente, la que terminó sus trabajos el 10 de mayo de 1928, aunque el 11 de mayo, el presidente Machado, ratificó la Reforma Constitucional, ésta no pudo realizarse a plenitud por los acontecimientos de la revolución del 33.

En 1928, la Constitución de 1901 fue objeto de reforma por la Convención Constituyente del 14 de abril al 10 de mayo, bajo el mandato del presidente Gerardo Machado, modificándose muchos de sus artículos. La más relevante innovación de esta reforma fue la prórroga de poderes y alargamiento de los períodos electorales; fue aprobada una Constitución de carácter fascista y de gran concentración de poderes, siendo abolida como resultado de la caída de Machado el 12 de agosto de 1933 y restablecida el 24 del propio mes y año por el Decreto 1928.

División de poderes

En esencia existió en esta etapa un régimen republicano y representativo, estructurado en la célebre división de poderes de Montesquieu. El legislativo se componía de un Senado y una Cámara de Representantes (sistema bicameral), un poder judicial con una relativa independencia, haciendo a sus componentes inamovibles, pero dependientes del Ejecutivo y a veces también del legislativo en cuanto a sus nombramientos.

El poder Ejecutivo concentraba en cambio gran poder en sus manos, lo que junto a otros factores de índole social y económica como los problemas raciales, la inestabilidad económica, el analfabetismo, el desempleo, la corrupción política entre otros, condujo a la existencia de una República mediatizada y presidentes de regímenes dictatoriales, similares a la mayoría de los países latinoamericanos.

En cuanto al modo de organización del Estado, Cuba seindependiza como unarepública con trespoderesel ejecutivo, el legislativo y el judicial. Es en esta división de poderes donde vemos la clara influencia de los Estados Unidos.El poder legislativo en este caso está dividido en dos grandes cámaras. Por un lado estálacámara de representantes, y por otro el senado. El sistema es bicameral, exactamenteigual que el estadounidense. Además de ello, el senado estaba compuesto por cuatro senadores de cada provincia, el resto soncompromisarios. Estos compromisarios no eran directamente elegidos por el pueblo, sino que eran los que más aportaban al erario público.

Constitución de 1934

La Constitución del 3 de febrero de 1934 se puede considerar una reedición de la de 1901, pero con ciertos cambios muy significativos. Continúa en ella la tendencia centralista que caracterizaba a su antecesora de principios de siglo, siendo el poderejecutivo el predominante sobre el legislativo y judicial.

Esta constitución de corte republicano respalda una serie de derechos cívicos muyparecidos a los garantizados en 1901: derecho a la vivienda, derecho de reunión y asociación, libertad de circulación, libertad de prensa, equidad procesal (igualdad ante laley y derecho a un juicio justo), derecho de petición, derecho a la educación y libertad de culto, entre otros. No obstante,incluye algunos cambioscon respecto de la anterior.

El más destacado es la implantación del sufragio universal frente al sufragioMasculinode 1901 por el que sólo a los varones mayores de 21 años se les permitía votar. Desde este momento el sufragio universal será una constante en las constituciones que se redacten en adelante. Las matizaciones respecto del sufragio quedan en manos de la legislación que establezca el Gobierno provisional existente en el momento de las elecciones.

Otro punto que cambia en la Constitución de 1934 es que pese a que se indica que la educación primaria sigue siendo obligatoria y que la educación superior continúaestando apoyada económicamente por el Estado, la educación secundaria no se nombra.

En la constitución de 1901, sin embargo, se establecía el apoyo económico estatal a laeducación secundaria, por lo que se podría entender que el respaldo monetario ya mencionado deja de estar vigente. Por otro lado, es importante destacar la fuerza que la Constitución de 1934 le otorga al poder ejecutivo, cuyos más altos cargos son el Presidente provisional de la República ysu Consejo de Secretarios. En estoscargos recaerá la mayor parte de la toma dedecisiones dentro de la República. Desde la expedición de Decretos, Leyes, Reglamentos y Órdenes hasta el nombramiento de cargos legislativos dentro del Tribunal Supremo de Justicia, de los Fiscales de las Audiencias, Representantes Diplomáticos de la República y funcionarios, hay una serie de responsabilidades que afectan al funcionamiento del sistema legislativo y judicial. Además de ser el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas de la República, con el deber de organizarlas y nombrar a sus más altos oficiales, no puede ser procesado ni detenido sino por el voto de las dos terceras partes del número total de miembros del Tribunal Pleno. El Presidente provisional y su Consejo de Secretarios tienen el poder de presentar Decretos-Leyes, que pueden ser sancionados o promulgados por el Presidente. En caso de que el Presidente quisiese implantar un Decreto, Ley, Orden o una Resolución debería contar con la aprobación del Secretario del Ramo correspondiente a la misma, o no tendría ninguna validez. A pesar de que el Presidente provisional debe contar con la aprobación del Consejo deSecretarios para muchas disposiciones, como en los nombramientos de cargos del Consejo de Estado o en las negociaciones y tratados internacionales, el individuo que ocupe este cargo acumula en su persona el poder ejecutivo, el legislativo y el control de las Fuerzas Armadas.

El poder judicial, aunque aparece como un poder aparte, está controlado en su base por el ejecutivo. Son el Presidente provisional y el Consejo de Secretarios los encargados denombrar a los integrantes del Tribunal Supremo de Justicia y es este último el que seencargaría de juzgar a los más altos cargos del poder ejecutivo en caso de haber cometido un delito durante su mandato, por lo que se puede deducir que el cumplimiento de la Ley podría no ser del todo justo. Le corresponde al Tribunal Supremo de Justicia también decidir sobre la constitucionalidad de las Leyes, Decretos, Reglamentos y Órdenes a partir de la petición de al menos 25 ciudadanos y se encargade la gestión de los funcionarios de la Administración de Justicia.

En el momento de la redacción de la Constitución de 1934, en el que el Presidente provisional era Carlos Mendieta, las provincias y municipios todavía

no estaban constituidos completamente, por lo que los territorios adyacentes a los mismos no eran considerados como bienes del Estado. Como se establece en las "Disposiciones generales y transitorias", el Presidente provisional era el encargado de nombrar yremover a los gobernadores y alcaldes de las provincias y municipios con la aprobación del Consejo de Secretarios.

Para terminar, uno de los rasgos más destacados de la Constitución de 1934 es que con la anulación de la Constitución de 1901, se deja sin efecto también la Enmienda Platt., que Cuba se había visto obligada a firmar en la Constitución de 1901 para evitar un conflicto armado con Estados Unidos o una invasión a la isla, le daba el poder a la potencia extranjera para interveniren la isla en caso de estimarlo necesario, para establecer bases en la misma y acotaba el territorio de Cuba a la propia isla principal y dejaba en duda la pertenencia de la Isla de Pinos a la República cubana.

La enmienda, entre otras cosas, incluía la prohibición de negociar con otras potencias extranjeras que no fueran Estados Unidos, por lo que en la práctica Cuba se encontraba ante un fuerte control estadounidense.

En el segundo artículo de la Constitución de 1934 se anuncia que la República de Cuba está formada no sólo por la Isla de Cuba y por la Isla de Pinos, sino por todas las islas y cayos que estaban bajo la soberanía española antes del Tratado de París de 1898, dondese aceptaba la independencia de Cuba. Pese a la eliminación de la mayor parte de puntos de la Enmienda Platt, se permitió que continuasen existiendo bases estadounidenses en territorio cubano.

A partir de ese momento continuó vigente la constitución de 1901 si bien se le realizaron ligeras modificaciones, hasta la promulgación de la Constitución de 1940, las que se pueden resumir en las siguientes:

  • Estatutos del 14 de septiembre de 1933, promulgado por el llamado movimiento del 4 de septiembre encabezado por Fulgencio Batista, cuyas normas al parecer resultaban estrechas para sus propósitos.

  • Durante la presidencia Carlos Mendieta, se promulgó la Constitución del 3 de febrero de 1934, en la cual se restablecía la del año 1901 con algunas modificaciones.

  • El 8 de marzo de 1935 se derogó en su integridad la Constitución de 1934; con ligeras modificaciones, se restableció la Constitución de 1901.

Bajo la Presidencia de Federico Laredo Bru (1936-1940) se convocó a elecciones que se celebraron el 15 de noviembre de 1939 para elegir a los delegados de la Asamblea Constituyente que se encargaría de elaborar la nueva Constitución.

A modo de conclusión puede decirse que en el constitucionalismo cubano en el período comprendido de 1901 a 1939 transitó por la vigencia de la Constitución de 1901, la que pese a sus enmiendas y modificaciones rigió toda esta etapa, ley de carácter liberal-democrático inspirada por la Constitución Americana de 1789, aunque organizó al estado de una manera distinta a la de los Estados Unidos, etapa marcada por la intervención norteamericana.

Bibliografia

1.- Historia del constitucionalismo cubano. 1933-1940: El Camino hacia la Constituyente – «Constituyente primero, elecciones después»"; Dr. Guillermo J. Jorge. En La Constitución de 1940 – Ciclo de Conferencias; Colegio Nacional de Abogados de Cuba, 1995. Consultado en

https://es.wikipedia.org/wiki/Historia_del_constitucionalismo_cubano

2.- Constituciones de Cuba consultado en

https://adesale.files.wordpress.com/2015/08/constitucionesdecuba.pdf

3.- Estudio Introductorio. UNAM. Consultado en

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2138/2.pdf

4.- Constitución de Cuba-Cuba Militar, consultado en

www.cubamilitar.org/wiki/Constitución_de_Cuba

5.- Proyecto Ensayo hispánico. Contextos: Constituciones de Cuba, consultado en:www.ensayistas.org/identidad/contenido/politica/const/cu/cuba1901.htm

 

 

 

Autor:

Lic. Dianelys Fernández Rivero.

Funcionaria de la Asamblea Provincial del Poder Popular de Sancti Spíritus.