JUICIO: MIRNA WILMA AQUINO CRISTALDO E ISIDRO RAMON PAIVA SOBRE BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.
A.I. No………
Encarnación, 24 de marzo de 2.003
VISTO: La información sumaria de testigos rendida en autos y
C O N S I D E R A N D O:
Que, en fecha 3 de febrero de 2.003, se presenta ante este Juzgado, la Representante de la Defensa Pública Abg. Dora Petta en representación de los señores MIRNA WILMA AQUINO CRISTALDO E ISIDRO RAMON PAIVA a solicitar la concesión del Beneficio de Litigar sin gastos para promover juicio sobre Adición de Apellido Materno y la designación como abogado patrocinante al representante del Ministerio de la Defensa Pública.—————-
Que, para demostrar la imposibilidad de obtener recursos para solventar los honorarios de un abogado particular ofreció la información sumaria de los testigos MIRNA INOCENCIA MELGAREJO GONZALEZ Y MATEO BENITEZ SILVA quienes depusieron por ante el Actuario.————————-
Que, los testigos mencionados han declarado en forma conteste y uniforme que los recurrentes carecen de capacidad económica suficiente para solventar los honorarios de un profesional abogado, que los mismos no han sido cuestionados en su idoneidad, por lo que merece la aprobación de la información sumaria de pedida en autos por los mismos a tenor del articulo 342 in fine del C.P.C..————————————————————————–
Que, se ha dado cumplimiento a las disposiciones del articulo 591 del C.P.C. y justificando los requisitos para la procedencia de la petición, acordando la representación y defensa de la beneficiaria al Defensor Oficial el ejercicio de la acción que entablará.—————————————————–
Que, el agente Fiscal interviniente en su dictamen aconsejo en forma favorable a la petición del beneficio de litigar sin gastos.—————————-
POR TANTO, el Juzgado de primera Instancia en lo Civil. Comercial y Laboral, del primer Turno de la tercera Circunscripción de la República.———
R E S U E L V E
1- CONCEDER a los recurrentes WILMA AQUINO CRISTALDO E ISIDRO RAMON PAIVA el beneficio de litigar sin gastos a objeto de promover en juicio sobre: ADICION DE APELLIDO MATERNO.—————————————————————–
2- DESIGNAR, a la Representante del Ministerio de la Defensa Pública de esta circunscripción Judicial para asumir la representación y defensa del beneficiario de esta resolución.——–
3- ANOTAR, registrar, notificar y remitir copia a la Sección estadísticas del tribunal.
………………….. …………………….
Secretaria Juez
ANTE MI.
JUICIO: CLAUDIA HERMELINDA ACOSTA C/ MIRTA RAMONA ACOSTA. SOBRE USUCAPIÓN.
OBJETO: PRESENTAR PLIEGO DE POSICIONES.
SEÑOR JUEZ
CELSO RAMÍREZ, por la personería que tengo reconocida en estos autos. A V.S. respetuosamente digo.——————————————
Que, en tiempo y forma vengo a presentar el pliego de posiciones a tenor del cual deberá deponer la demandada MIRTA RAMONA ACOSTA, a quien previo juramento de ley, se le interrogará sobre sus datos personales.———————————————————————————–
Las posiciones son:
1- primera posición: Diga y confiese como es verdad que la señora CLAUDIA ACOSTA, vivió desde el año 1.974, en la finca individualizada como finca 3622, del distrito de Encarnación, en el lugar denominado Pacú Cúa.————————————————————
2- segunda posición: confiese como es verdad, que usted se aprovechó de la falta de medios económicos de la señora CLAUDIA ACOSTA para proceder a inscribir como suyo el inmueble objeto de la presente acción.-
3- tercera posición. Confiese como es verdad que la persona que vendió el inmueble con las mejoras a la señora CLAUDIA ACOSTA, fue la Señora Barbara Urbano de Florentin.—————————————————–
V.S. tenga por presentado el presente pliego de posiciones.
Y SERA JUSTICIA.
OBJETO: ALEGAR DE BIEN PROBADO
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL
ALBERTO GONZALEZ, por la parte actora, bajo patrocinio del Abogado RAMON ARNALDO ROMERO VEGA, conforme a la personería que tengo reconocida en los autos "TEODORO IRALA C/ ARNALDO FRANCO S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE", a V.S. respetuosamente digo.————————————————–
Que, vengo a presentar el escrito de bien probado, y lo hago en los siguientes términos: ——————————————————————————————–
I – LA DEMANDA : Consta a fs. 1/ 15 de autos. Se peticiona la reivindicación de la parte ocupada por el demandado señor ARNALDO VARGAS que constituye cinco hectáreas de terreno totalmente alambrado, y que el accionado se niega a desocupar, a pesar de los reiterados pedidos de su propietario. Se funda la acción instaurada en el derecho a poseer que le otorga el titulo de propiedad agregado a fs. 4/ 8 de autos, y los Arts. 2.758 2.772, y demás concordantes del Código Civil.———————————
II – LA CONTESTACIÓN: El demandado se halla domiciliado en el lugar denominado "Santa Cruz" distrito de Itacurubi de la Cordillera, en donde fue notificado legalmente de la promoción de la presente acción. Mi parte le acuso la rebeldía por no contestar la demanda dentro de Ley, resolviéndose este pedido por A. I. N° 824, de fecha 03 de mayo de 2.003 (fs. 37), teniendo por acusada la rebeldía al demandado, y en consecuencia, dar por decaído el derecho que ha dejado de usar, no contestando la demanda incoada en autos.–
A fs. 38 se presentó el Dr. Leonel Dacosta, en representación del demandado, y se limitó a solicitar el reconocimiento de su personería, y el desglose y devolución del poder general presentado.————————————————————————-
III- APERTURA DE LA CAUSA A PRUEBA: A fs., por A.I. N° 536, declarada 12 de mayo de 2.003, en el que el Juzgado se declara competente para entender en la cuestión planteada, y abre la causa a prueba por todo el plazo de ley. Esta resolución fue notificada por cedula (fs. 39).—————————————————————-
IV – OFRECIMIENTO DE PRUEBAS: A fs. 39, mi parte ofrece las pruebas que hacen a su derecho, y que demuestran en el escrito pertinente, consistentes en: Instrumentales, testifícales, inspección judicial, absolución de posiciones y presunciones legales.——————————————————————————
V – CUESTIONES ARTICULADAS: En la presente demanda, se articulan las cuestiones siguientes: a) si mi parte es propietario del inmueble que pretende reivindicar; b) si mi parte ha perdido la posesión de la parte que pretende reivindicar ; c) si el demandado, Señor ARNALDO VARGAS, se encuentra en posesión del inmueble de mi demandante y que por esta demanda pretende reivindicar; d) el origen de la ocupación del señor ARNALDO VARGAS del inmueble que se reivindica y e) si quien construyó las mejoras que actualmente detenta el demandado y el tiempo de su detentación.————————————————————————————–
a) SI MI PARTE ES PROPIETARIO DEL INMUEBLE QUE SE PRETENDE REIVINDICAR: Se ha dicho en el escrito de demanda, que mi demandante es legitimo propietario del terreno detentado por el demandado, señor ARNALDO VARGAS, y efectivamente es así, mi demandante es propietario del inmueble dentro del cual se encuentra la ocupación del Señor Vargas, probado con el titulo de propiedad agregado a fs. 5/ 8 de autos, e inscripto en el Registro de la Propiedad como Finca Nº 45.678 del Distrito de Concepción. Además todos lo testigos señalaron en forma conteste que la propiedad donde se encuentra la ocupación del Señor Arnaldo Vargas, forma parte del inmueble, propiedad de mi principal.——–
b) SI MI PARTE HA PERDIDO LA POSESIÓN DE LA PARTE DE SU INMUEBLE QUE PRETENDE REIVINDICAR: Se ha iniciado este juicio de reivindicación con el objeto de recuperar la posesión del inmueble tenido y poseído por el Señor ARNALDO VARGAS, quien ha empezado a tener con autorización de su propietario, negándose luego a desocupar y dejar libre la propiedad. Efectivamente, el señor ARNALDO VARGAS, se halla ocupando el inmueble, de mi demandante y mi demandante no puede disponer de la parte ocupada por el demandado, en dicho terreno, no puede realizarse actos posesorios por la presencia del demandado, y por la negativa del mismo de permitir la entrada de mi demandante, o a desocupar el terreno.——————————————————
En autos, consta, en las declaraciones testifícales absolución de posiciones, e inspección judicial de la res -litis, que el señor ARNALDO VARGAS, vive en el terreno de mi demandante, desde el año 2.000, (declaración de testigos Tiberio Plaza; a fs. 43, José Orrego, a fs. 46; Claudio Galanti, a fs. 48; y Julio Rodríguez, a fs. 49. En total, cuatro testigos hábiles, no tachados, y que por tanto merecen fe juicio, y conforman en conjunto los elementos de juicios, que llevan al ánimo la certidumbre de cuanto deponen, y prueban las manifestaciones formuladas por mi parte.——————————————————————————————-
c) SI EL DEMANDADO, SE ENCUENTRA EN POSESIÓN DE LA PARTE DEL INMUEBLE QUE POR ESTA DEMANDA SE PRETENDE REIVINDICAR: Mi demandante ha perdido la posesión del inmueble que ahora reclama, y quien la ocupa es el Señor ARNALDO VARGAS, y así lo afirman los testigos en sus respectivas declaraciones. El testigo Tiberio Plaza, a fs. 43, dice: "Que sabe bien que la propiedad ocupada actualmente por el Señor ARNALDO VARGAS, pertenece al Señor Teodoro Irala". El testigo José Orrego, a fs. 46, dice: que el terreno ocupado actualmente por ARNALDO VARGAS, pertenece al señor Teodoro Irala", y el testigo Claudio Galanti, a fs. 48 dice: "Que es cierto, que esa propiedad ocupada por ARNALDO VARGAS, pertenece a Teodoro Irala.———–
En el acta de inspección Judicial, a fs. 49 vto. Se puede leer: "El terreno ocupado y alambrado, se encuentra dentro de la propiedad de mayor extensión". Y efectivamente, se observa, en el plano que figura en el acta, que el terreno ocupado actualmente por el demandado, se encuentra dentro de un terreno de mayor extensión, perteneciente, desde luego mi demandante.———————————–
De tenerse en cuenta, el reconocimiento expreso del demandado, al contestar la 6º posición que dice: "Jure y confiese como es verdad que Ud. actualmente vive en una casa ubicada en la parte sureste de la propiedad del señor Teodoro Irala, a fs. 55, dijo: " Que SI, que allí le introdujo el señor Teodoro Irala; a la 8ª pregunta: "Jure y confiese como es verdad que está ocupando la propiedad del señor Teodoro Irala desde el Año 2.000, dijo: "Que SI". De manera entonces, que no existen dudas de que el terreno ocupado por el demandado ARNALDO VARGAS, se encuentra en posesión de la parte del terreno cuya reivindicación peticiono.———
d) EL ORIGEN DE LA OCUPACIÓN DEL SEÑOR ARNALDO VARGAS DEL INMUEBLE QUE SE REIVINDICA: Hemos señalado en nuestro escrito inicial de demanda, que el señor ARNALDO VARGAS, ha sido beneficiado de las virtudes humanitarias de mi principal, a quien le dio casa y tierra, para procurar sus subsistencia, por el plazo de solamente seis meses, y que vencido dicho plazo, se negó a abandonar y dejar libre dicha heredad, a pesar de los reiterados pedidos del verdadero propietario.————————————————————————-
Estas afirmaciones, lo confirman los testigos en sus declaraciones. Así, Tiberio Plaza, al responder la décima pregunta dice: "Que muchas veces pidió al señor Teodoro Irala al señor ARNALDO VARGAS, que saliese de la fracción ocupada por el, y que se negó a hacerlo, alegando que la tierra es Fiscal (fs. 48 y, el señor José Orrego, además de referir lo afirmado por el testigo Plaza, dijo: "Que Arnaldo Vargas, entró en el terreno de Irala por la ayuda que le prestó Irala dado su estado de insolvencia, y que ahora se niega a salir, diciendo que el terreno es fiscal y que le pertenece, etc.".——————————————————————————
Debe tenerse en cuenta que la absolución de posiciones del demandado, al responder la Séptima posición: "Jure y confiese como es verdad que Ud. ha entrado en la propiedad del señor Teodoro Irala, por la ayuda que este le dio por su estado de indigencia, dijo: Que SI. A la siguiente pregunta (Jure y confiese como es verdad que Ud. se negó a desocupar el inmueble que actualmente posee) dijo Que SI.——————————————————————————————-
Como V.S. podrá apreciar, fácilmente por las pruebas arrimadas y producidas, que el señor Arnaldo Vargas, ingresó en el inmueble con autorización del propietario y que posteriormente se negó a desocupar, alegando, según la declaración de testigos, que el terreno es Fiscal, y que en consecuencia, le pertenece.—————-
e) SI QUIEN CONSTRUYÓ LAS MEJORAS QUE ACTUALMENTE DETENTA EL SEÑOR ARNALDO VARGAS Y EL TIEMPO DE SU OCUPACIÓN: Se ha señalado que las mejoras existentes en el terreno que se pretende reivindicar ha sido construido e introducido por el señor Teodoro Irala, en 1.990. Se han probado estas manifestaciones con la declaración de los testigos, quienes en forma contestes señalaron: A fs. 48, el señor Tiberio Plaza, dijo: "Que es cierto que el señor Teodoro Irala, construyó la casa, plantó naranjas, y otros, en el inmueble que actualmente ocupa el señor Arnaldo Vargas, y que le pertenece en propiedad al señor Teodoro Irala, construyó todo lo que hay en ella, una casa grande de tabla, galpón, pozo, plantó árboles frutales, hizo una casa de material cocido, y que vendió animales para poder construir". El Señor Claudio Galanti, a fs. 49 vto. Al prestar declaración dijo: "Que sabe y le consta que el señor Teodoro Irala construyó en el año 1.990, la casa que actualmente ocupa Arnaldo Vargas, y que vivió en ella cinco años, justamente cuando recién casado, que Teodoro Irala es su vecino, y que construyó la casa de madera, pozo de agua, y que el señor Arnaldo Vargas entró como ocupante precario, con permiso del señor Teodoro Irala en el Año 2.000. Los demás testigos propuestos por mi parte, depusieron relacionando los hechos de idéntica manera.—————————————————————
Por todo ello, creemos que nuestra demanda por reivindicación debe prosperar, teniendo en cuenta las pruebas instrumentales, testifícales, inspección ocular, y absolución de posiciones que obran en autos, que fundamentan y prueban con amplitud nuestras pretensiones:
POR TANTO, a V.S. respetuosamente PETICIONO:———————————-
1- TENER por presentado el escrito de alegatos de la parte actora, y ordenar su agregación a autos.—————————————————————-
2- DICTAR oportunamente Sentencia, haciendo lugar a la demanda incoada, con costas, y en consecuencia, ordenar al demandado a desalojar el inmueble en el tiempo que V.S. se servirá fijar, sin descuidar el derecho de mi demandante.———————————————————————–
PROVEER DE CONFORMIDAD
SERA JUSTICIA.
……………
Abogado.
DERECHO PROCESAL CIVIL II
LECCIÓN I.
PROCESO DE CONOCIMIENTO ORDINARIO: Regla General. Aplicación Subsidiaria. LA DEMANDA: Concepto. Definición. Distinción entre Demanda introductiva e instancia y demanda incidental. Importancia. JUEZ COMPETENTE. REQUISITOS. RECURRIBILIDAD. VALOR. CONTENIDO Y FORMA DE LA DEMANDA. Efectos jurídicos de la demanda. Rechazo de Oficio. Modificación. Documentos que deben acompañarse. Hechos no considerados en la demanda. Documentos posteriores o desconocidos. Traslado de la demanda. Citación y emplazamiento. Notificación: Demandado con domicilio en la sede del juzgado. Demandado con domicilio fuera de la sede del juzgado. Demandado de nombre o domicilio ignorado. Términos del emplazamiento. Efectos. Obligaciones que genera para el juez la promoción de la demanda. Casos en que la demanda es obligatoria.
LECCIÓN II
EXCEPCIONES. Concepto. Naturaleza jurídica. La excepción como derecho autónomo. Fundamento Constitucional. Art. 16 C.N. Excepciones previas: Concepto. Enumeración. Excepciones Dilatorias Preparatorias y Mixtas. Formas y oportunidad en que deben ser deducidas. Requisitos de admisión. Trámite. Efectos de la admisión. Facultad del demandado. Medios generales de defensa.
LECCIÓN III.
CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA. Concepto. Importancia. Contenido y requisitos. Situaciones en que puede colocarse el demandado. Traslado de documentos. Efectos de la falta de contestación. Litis contestatio. Reconvención. Fundamento. Oportunidad. Requisitos para que proceda. Efectos. Reconvención de la reconvención. Normas aplicables. Cuestiones de puro derecho. Concepto. Trámite.
LECCIÓN IV.
LA PRUEBA. Concepto. Definición. Importancia. Medios de prueba. Concepto. Clasificación. Principios de amplitud de la prueba. Objeto. Prueba de los hechos. Prueba del derecho. Lo que debe probarse. Lo que es necesario probar. Hechos notorios. Prueba de los hechos negativos. Pertinencia y admisibilidad de la prueba. Carga de la prueba. Inversión de la prueba. Plazo probatorio. Plazo ordinario y plazo para el ofrecimiento. Plazo ordinario amplio. Plazo extraordinario de prueba. Procedencia. Requisitos. Costas. Apertura a prueba. Cuaderno de prueba. Fijación y concentración de la audiencia. Prueba dentro y fuera del radio urbano. Apreciación de la prueba. Pruebas producidas en otro juicio.
LECCIÓN V
PRUEBA CONFESORIA: Confesión. Importancia. Diferencia con la convención, la ratificación y el reconocimiento. Elementos de la confesión. Absolución de posiciones. Oportunidad en que puede solicitarse. Sujeto de la confesión. Pliego de posiciones: contenido y formas. Procedimiento para el examen del absolvente. Carácter personal. Forma de la citación. Absolución de personas jurídicas. Forma de las contestaciones. Posición impertinente. Preguntas reciprocas. Inasistencia del absolvente y del ponente. Impugnación del dictamen de la junta medica. Litigante domiciliado fuera de la sede del juzgado. Alcance de la confesión. Indivisibilidad. Irrevocabilidad. Casos de litisconsorte. Absolución de posiciones por oficio. Conducta procesal. Valor de la confesión. La ficta confesio.
LECCIÓN VI
PRUEBA DOCUMENTAL. Concepto. Documentos e instrumentos. Instancia. Clases. Ad solemnitatem y ad probationem. División. Instrumentos Públicos: Caracteres fundamentales. Fuerza probatoria. Con relación al instrumento mismo. Con relación a su contenido. Expedientes judiciales y administrativos. Valor probatorio. Instrumentos privados. Concepto. Requisitos. Exhibición de documentos. Documentos en poder de algunas de las partes y en poder de terceros. Alcance del aforismo: Tenetur edere contra se. Autenticidad. Concepto. Alcance. Redargución de falsedad oportunidad para promoverla. Vías. Resolución de la prueba. Impugnación de actuaciones judiciales. Las cartas y otras pruebas escritas (Art. 410 del C.C. y siguientes) Libros de comercio y de las sociedades.
LECCIÓN VII.
PRUEBA TESTIMONIAL. Concepto. Caracteres. Importancia. Reglas de admisibilidad: pruebas de los hechos y de los contratos. Hechos. Contratos. Testigos. Concepto. Condiciones. Clasificación: Hábiles, Inhábiles, sospechosos y excluidos. Obligación de comparecer. Sanciones. Excusación. Excepciones. Obligación de declarar. Secreto profesional. Prevaricato. Ofrecimiento de la prueba. Forma. Plazo. Interrogatorio. Forma. Plazo. Interrogatorio. Numero. Desistimiento. Recepción de la prueba. Forma de citación. Carga de la citación. Audiencia. Juramento. Interrogatorio preliminar. Generales de la ley. Forma de las preguntas y las respuestas. Negativa a responder. Permanencia. Careo. Suspensión de la audiencia. Reconocimiento de lugares. Testigos domiciliados fuera de la jurisdicción del juzgado. Prueba de oficio. Falso testimonio u otro delito. Idoneidad de los testigos: Tachas. Apreciación de la prueba testimonial. Testigo único: Eficacia.
LECCIÓN VIII
LA PRUEBA PERICIAL. Concepto. Importancia. Peritos. Concepto. Requisitos. Personas Jurídicas. Informes científicos o técnicos. Organización de la prueba: Ofrecimiento. Traslado. Caso de oposición o de oposición. Resolución. Falta de interés. Disposición oficiosa de la prueba. Recusación. Remoción. Forma de realizar la diligencia. Forma y contenido. Explicaciones. Obligación de expedir. Fuerza probatoria del dictamen pericial. Gastos y honorarios.
LECCIÓN IX
REPRODUCCIONES Y EXAMENES: Contenido de la prueba. Resistencia de las partes. Gastos de la diligencia. Reconocimiento judicial. Concepto. Diligenciamiento. Importancia. Procedimiento. Asistencia de las partes. Reconocimiento de personas. "inspectio corporis". Negativa a colaborar. Condición indispensable. Inspectio Corporis. Negativa a colaborar. Condición indispensable. Gastos de la diligencia. Prueba de informes. Concepto. Objeto. Forma. Valor. Diferencia con la información. Materia de los informes. Preexistencia. Expedientes administrativos. Preexistencia. Expedientes administrativos. Negativa a rendir informe. Sustitución de otro medio probatorio. Carácter de la prueba. Contestación plazo. Retardo. Caducidad. Impugnación por falsedad. Reembolso de gastos. Presunciones: Indicio. Presunción. Presunciones judiciales. Presunciones judiciales.
LECCIÓN X
CONCLUSIÓN DE LA CAUSA PARA DEFINITIVA. Trámites posteriores a la apertura de la causa a prueba. Agregación de pruebas. Agregación de pruebas. Suspensión del plazo para alegar. Requisito. Art. 267. C.P.C. oportunidad. Trámite. Oportunidad. Trámite. Alegatos. Contenido. Carácter. Plazo. Llamamientos de autos para definitiva: efectos. Plazos para dictar sentencia. Diligencias para mejor proveer.
LECCIÓN XI
RESOLUCIONES JUDICIALES: Concepto. Clases. Formalidades. SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA. Concepto. Formalidades. Principio de Congruencia. Principio "Iura novit curiae". Declaración del Derecho. Clases de Sentencias. Absolución de la Instancia. Estructura de la Sentencia. Presupuestos de una Sentencia Favorable. Efectos Jurídicos de la Sentencia. Plazos para dictar las resoluciones. Actuación del Juez posterior a la sentencia. Poderes del juez después de dictar sentencia. Publicidad de la sentencia. SENTENCIA DEFINITIVA DE SEGUNDA INSTANCIA Y DE TERCERA INSTANCIA. Requisitos. Estructura. COSTAS: Concepto. Regla general. Imposición de Oficio. Carácter. Quien debe pagarlas. Excepción. Causales de Exoneración. Vencimiento Parcial y Mutuo. Pluspetición. Costas en el Desistimiento. En el allanamiento. En la Transacción , en la conciliación. En la Caducidad de la Instancia. Y en los incidentes. Costas al Vencedor. Costas en segunda Instancia. Y en tercera instancia. Apelación de las costas. Forma y efecto de la concesión del recurso. Forma y efecto de la concesión del recurso. Alcance de la condena en Costas. Contenido de las Costas. Cosa Juzgada. Concepto. Clases. Decisiones que hacen cosa juzgada. Parte de la Sentencia que hace cosa juzgada. Impugnación por terceros. Diferencia con la preclusión.
LECCIÓN XV
EL PROCESO DE EJECUCIÓN. Generalidades. Concepto. Legislación comparada. Generalidades. Concepto. Legislación comparada. JUICIO EJECUTIVO: Concepto. Caracteres. Fundamento de la brevedad de sus trámites. Concepto. Caracteres. Fundamento de la brevedad de sus trámites. Procedencia. Fuerza ejecutiva. Elementos. Títulos que traen aparejada ejecución. Análisis de cada uno de ellos. Diversas etapas de este juicio. Oportunidad en que se defiende el demandado. Excepciones admisibles. Tramites. Sentencia de Remate. Apelación. Condiciones para que se conceda el Recurso. Formas de concesión y efectos. Remate. Juicio Ordinario Posterior. Caución. Costas. Subasta de inmueble. Perfeccionamiento de la venta. Nulidad de la subasta. EJECUCIÓN DE HIPOTECA. Procedencia. Excepciones Admisibles. Informes sobre condiciones del bien hipotecado. Tercero poseedor. Prelación en la ejecución. EJECUCIÓN PRENDARIA. Prenda con registro. Prenda. EJECUCIÓN POR OBLIGACIÓN DE DAR COSA CIERTA MUEBLE: Preparación de la Acción. Secuestro. Designación de perito. Citación para oponer excepciones. Sentencia. Fijación de precio y remate. Reclamación de daños y perjuicios.
LECCIÓN XVI
EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES: Fundamento: PROCEDIMIENTOS COERCITIVOS. Legislación comparada. EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE TRIBUNALES PARAGUAYOS. Resoluciones ejecutables. Aplicación a otros títulos ejecutables. Competencia. Condenas directas que pueden establecer las decisiones judiciales. Citación de ventas. Excepciones admisibles. Prueba. Resolución. Recursos. Formas de concesión y efectos. Cumplimiento. Liquidación en casos especiales. EJECUCIÓN Y EFICACIA DE SENTENCIAS DICTADAS POR TRIBUNALES EXTRANJEROS. Exequátur. Concepto. Traslado. Oposición. LAUDOS ARBITRALES. Ejecución. Distinción: si existe o no Tratado. Medidas Cautelares. Procedencia.
LECCIÓN XVII
INCONSTITUCIONALIDAD. Concepto. EXCEPCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD: PROCEDIMIENTO. FORMA Y CONTENIDO DE LA OPOSICIÓN. Efecto de la Excepción. Del Desistimiento, del allanamiento y de las Costas en el Principal. Oportunidad para oponerla. Excepción en Segunda y tercera instancia. Trámite. Oportunidad para oponerlas en los juicios especiales y en los incidentes. Notificación. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: Procedencia. Competencia. Imprescriptibilidad de la Acción y su excepción. Requisitos de la demanda. Efectos de la demanda. Sustanciación. Efectos de la Sentencia. ACCION CONTRA RESOLUCIONES JUDICIALES. Procedencia. Requisitos de la demanda. Plazo para deducirla. Tramite. Efectos de la Demanda. Forma y contenido de la resolución y plazo para deducirla. Interposición previa de recursos ordinarios. Imposibilidad de interponer la acción si no se dedujo la excepción. Declaración de oficio. Inimpugnabilidad de las resoluciones de la Corte Suprema de Justicia. Inconstitucionalidad y anulabilidad.
LECCIÓN XVIII
JUICIO DE AMPARO. Concepto. Naturaleza. Procedencia. CASOS EN QUE NO PROCEDE. Juez competente. Deducción de la acción. Plazo. Legitimación activa. Forma y contenido de la demanda. Rechazo in limine. Medidas de Urgencia. Procedimiento. Sentencia: Plazo. Contenido. Efectos. Recurso de apelación. Declaración de Inconstitucionalidad. Cumplimiento de la Sentencia. Remisión de Antecedentes del Juez del crimen. Habilitación de días y horas inhábiles. Limitaciones y facultades. Costas. Exención.
LECCIÓN XIX
DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. Concepto: Pedido de disolución y liquidación. Resolución. Oposición. Presentación de acreedores. Medidas cautelares. Administrador. Partición y adjudicación. Uniones de hecho. Fuero de atracción. Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento. Petición. Requisitos. Procedimiento. Sentencia. Hijos menores. Costas. ALIMENTOS Y LITIS EXPENSAS: Quienes tienen derecho a solicitarlos. Recaudos. Prueba. Juez competente. Sentencia. Recursos. Modificación o cesación de los alimentos. Litis expensas. BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS: Procedencia. Juez competente. Requisitos de la solicitud. Resolución. Carácter. Defensa del beneficiario.
LECCIÓN XX
DESALOJO. CONCEPTO. Procedencia. Subinquilinos u ocupantes precarios. Trámites. Recursos. Lanzamiento. Notificación. Efectos de la sentencia frente a terceros. Condena de futuro. INTERDICTOS. Concepto. Diferencias con acciones posesorias. Fundamentos. Diversas clases y procedimientos respectivos. Interdicto de adquirir. INTERDICTO DE RETENER. INTERDICTO DE RECOBRAR. Del interdicto de obra nueva. CADUCIDAD. Juicio ordinario posterior. Mensura: Objetos. Requisitos de la solicitud. Procedimiento. Alcance. DESLINDE: OBJETO. Demanda. Procedimiento. Mensura. Sentencia.
LECCIÓN XXI
PROCESO DE CONOCIMIENTO SUMARIO: condiciones y trámites. Rendiciones de cuentas.Trámites. Plazos para rendir cuenta y para la impugnación. Presentación por el interesado. Documentación. Justificación de partidas. Saldos reconocidos. Demanda por aprobación de cuentas. División de cosas comunes: Trámite. Remisión. Audiencia. División extrajudicial.
LECCIÓN XXII
JUICIOS DE MENOR CUANTÍA. Denominación. Competencia. Trámites en el Proceso de Conocimiento. Trámite en los incidentes. Proceso de ejecución. Juicio de Desalojo. Procedimiento en segunda instancia. Critica. JUECES DE PAZ: su origen. Funciones que le atribuyen nuestra leyes. Procedimiento ante la justicia de paz. De las apelaciones y procedimientos que da margen este recurso. De los otros recursos que puede interponerse y substanciación de los mismos. Resoluciones irrecurribles.
LECCIÓN XXIII
MEDIDAS CAUTELARES: concepto. Objeto. Oportunidad. Facultades del juez. Presupuestos genéricos de las medidas cautelares. Cumplimiento y apelación de las resoluciones. Auxilio de la fuerza pública y allanamiento. Modificación. Carácter provisional. Sustitución o reducción. Establecimientos comerciales e industriales. Promoción de la demanda. Caducidad. Responsabilidad. Medida cautelar dictada por el juez incompetente. CONTRACAUTELA. Concepto. Exención. Mejora. Embargo preventivo: Procedencia. Proceso en trámite. Forma de la traba. Suspensión. Deposito. Obligaciones del depositario. Primer embargante. Efectos en caso de enajenación. Bienes inembargables. (Art. 59 Constitución Nacional) Levantamiento de oficio. INHIBICIÓN GENERAL DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES: Procedencia. Efectos. Cesación de la medida. Secuestro. Depositario. Remuneración e Inventario. Anotación de la Litis. Procedencia. Efectos. Prohibición de innovar. Requisitos. Prohibición de contratar. Procedencia. Intervención y administración judicial. Procedencia. Facultades del interventor y del administrador. Honorarios. Otros supuestos. Guarda de Personas. Guarda de la mujer casada. De los menores y de los incapaces. Exclusión del mando conyugal.
LECCIÓN XXIV
JUICIO SUCESORIO: Objeto. Carácter. Juez competente. Necesidad del juicio sucesorio. Requisitos de iniciación. Fuero de atracción. Medidas preliminares de seguridad. Administrador provisional. Intervención de la Dirección General de Recaudaciones. Intervención de los acreedores. Acumulaciones. Audiencia. Revocación. SUCESIÓN INTESTADA. Providencia de apertura y citación a los interesados. Declaratoria de herederos. Efectos. Posesión de la herencia. Ampliación de la declaratoria. Ampliación posterior a la adjudicación. SUCESIÓN TESTAMENTARIA: testamentos ológrafos y cerrados. Protocolización. Oposición. Citación. Aprobación del testamento. Administración de los bienes hereditarios. Procedimiento. Facultad del administrador. Rendición de cuentas. Sustitución y remoción. Honorarios. Inventario y avalúo: trámites. Impugnación. Reclamaciones. Partición y adjudicación. Clases. Privada. Pública. Licitación. Certificados. Presentación de la cuenta particionaria. Trámite de la oposición. Impuestos. Herencia Vacante: Remisión. Art. 2.569 y sgtes. Del Código Civil.
Autor:
Cesar Talavera Parra
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