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Derecho Notarial. Relaciones de esta rama del derecho con otras (página 2)


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Además debemos dejar constancia que el derecho notarial es poco conocido como rama del derecho, pero es bastante conocido como disciplina jurídica, es decir, los términos rama del derecho y disciplina jurídica son diferentes, sin embargo, debemos precisar que toda rama del derecho es disciplina jurídica, pero no toda disciplina jurídica es rama del derecho. En tal sentido, podemos mencionar como algunas disciplinas jurídicas que no son ramas del derecho la axiología jurídica, filosofía del derecho, pedagogía jurídica, entre otras. Y entre las ramas del derecho podemos citar al derecho privado, público, mixto, civil, penal, procesal, constitucional, administrativo, aduanero, de comercio internacional, entre otras tantas.

El derecho notarial se relaciona con el derecho registral por que muchos de los documentos otorgados en el Registro de Escrituras Públicas y en el Registro de Actas de Transferencia de Bienes Muebles Registrables se registran en los Registros agrupados en el artículo 2 de la Ley 26366. Lo mismo ocurre en el caso de los procesos tramitados en el Registro de Asuntos no Contenciosos como son el proceso de Sucesión Intestada entre otros. Existe mucha relación entre el derecho notarial y el derecho registral, pero es necesario precisar que no todos los documentos notariales se registran en los registros agrupados en el artículo 2 de la Ley 26366, en tal sentido no son actos registrables los protestos, las cartas notariales, las legalizaciones de firmas, entre otros.

Es necesario tener en cuenta que conforme a las normas registrales para la transferencia de vehículos es necesario acta de transferencia y ya no procede la inscripción en mérito a documento privado.

La relación entre el derecho notarial y el derecho registral es tan estrecha que existen cátedras denominadas derecho registral y notarial, y en todo caso este tema debe ser materia de desarrollo en una forma mas amplia y específica, como es por cierto la enseñanza del derecho registral y derecho notarial, a efecto de tener en cuenta aspectos que todo notarialista debe conocer.

Igualmente existen algunos libros que desarrollan las indicadas disciplinas jurídicas en forma unificada, lo cual permite comprender que entre las mismas existe bastante relación, tanto en la parte académica con en la parte práctica, terrenos que deben ser tenidos en cuenta por los estudiosos del derecho notarial y del derecho notarial. Que si bien es cierto necesitan estudios independientes también es cierto que tienen mucha relación entre ambas.

El derecho civil resulta ser una rama del derecho bastante útil para los especializados en el derecho notarial, los cuales son conocidos con un nombre en particular acuñado por la doctrina notarial, cuya denominación es la de notarialistas, la cual resulta ser bastante conocida dentro de la rama del derecho estudiada.

El derecho notarial se relaciona con el derecho civil por que para extender los documentos ante los Notarios es necesario tener en cuenta las normas del Código Civil, por ejemplo cuando se redactan escrituras públicas sobre compra venta no pueden integrar el cuerpo de la minuta algunas cláusulas por prohibición expresa del Código Civil.

El derecho civil resulta ser una rama del derecho privado bastante amplia y una parte del mismo constituye el código civil peruano de 1984, el cual se encuentra vigente en el derecho peruano.

Este código citado es una herramienta legal bastante útil en el derecho peruano para los notarialistas, por lo tanto, efectuaremos el estudio de sus relaciones con el derecho notarial, pero tomando en cuenta cada uno de sus libros, conforme se detalla a continuación:

Del título preliminar se aplican todas las disposiciones, por ejemplo la derogación de normas.

Del libro de personas se debe tener en cuenta que todo notarialista debe conocer que las personas son personas naturales y personas jurídicas y que estas últimas se constituyen con la inscripción en registros públicos.

Del libro de acto jurídico es necesario conocer que todo notarialista debe dominar este tema, porque a muchos de los actos el código civil es aplicable por ser actos jurídicos.

Del libro de familia se debe tener en cuenta los regímenes matrimoniales, entre otros importantes temas.

El libro sucesiones es necesario observarlo porque las sucesiones son importantes en sede notarial, tanto la testamentaria como la intestada, porque en las mismas interviene el notario público, por ejemplo todos sabemos que existe testamento por escritura pública al igual que existe proceso notarial de sucesión intestada.

Del libro derechos reales se debe conocer que los derechos reales son de dos tipos que son los siguientes derechos reales principales y accesorios o derechos reales de garantía o derechos reales secundarios y se los debe distinguir en forma nítida de los derechos personales o contratos, y dentro de estos últimos se encuentran los contratos civiles, los cuales constituyen un tema de vital importancia en el estudio del derecho.

El libro obligaciones es un tema que debe ser conocido por todos los notarialistas, porque se debe conocer los diversos tipos o variedades de obligaciones, siendo algunas de las indicadas las obligaciones de dar, hacer y no hacer.

Del libro fuentes de las obligaciones es necesario conocer los diversos tipos de contratos con sus disposiciones especiales aplicables al igual que las disposiciones generales sobre los contratos.

En cuanto al libro de derecho registral contiene principios y algunas otras normas especiales las cuales son aplicables a algunos registros públicos a cargo de las oficinas registrales. Se hace necesario dejar constancia que existe mucha legislación registral que se encuentra fuera del código civil peruano de 1984, y para expresarlo en términos más técnicos, digamos que existe en el derecho peruano legislación registral no codificada, sin embargo, estos importantes temas son poco conocidos los cuales estudiamos a efecto de permitir un estudio mas adecuado.

Respecto del libro derecho internacional privado se debe conocer porque algunos actos jurídicos con incidencia en el derecho peruano se originan en otros países y viceversa, sin embargo, debemos precisar que estos son poco frecuentes en el derecho peruano, lo cual dejamos constancia a efecto de tener en cuenta este aspecto del derecho internacional privado, en el cual se estudia y regula la ley aplicable, juez competente, entre otros importantes temas de dicha rama del derecho.

El derecho notarial se relaciona con el derecho constitucional por que la constitución establece que dentro de los 50 kilómetros los extranjeros no pueden extender adquirir derechos.

Además se establecen otras normas que deben ser tenidas en cuenta, por ejemplo en el caso de las comunidades campesinas es necesario precisar que según la norma citada sus territorios son imprescriptibles.

Otro tema importante que puede destacarse es que todo notarialista debe conocer las garantías constitucionales, dentro de las cuales podemos citar el caso de la acción de amparo y el hábeas corpus, las cuales pueden ser utilizadas cuando existe violación de algunos derechos constitucionales, por ejemplo en el caso de violarse el derecho de libertad de empresa y el derecho de propiedad entre otros tantos.

Sin embargo, se ha advertido que pocos notarialistas conocen el derecho constitucional, lo cual genera una serie de problemas al derecho peruano, y en este orden de ideas debemos sugerir su estudio, a efecto de no aplicar y no estudiar un derecho notarial desarticulado, sino organizado y sistematizado, a todo lo cual se conoce con el nombre de sistema jurídico.

Otro tema importante que debemos tener en cuenta en la presente es el referido a la jerarquía de las normas legales, por lo cual es claro que algunas de las indicadas tienen mayor jerarquía que otras, por ejemplo la constitución política tiene mayor jerarquía que la ley.

El derecho notarial se relaciona con el derecho electoral por que todas las personas naturales a partir de los 18 años cuando comparecen ante notario para firmar en una escritura pública y en algunos otros documentos notariales, deben identificarse ante los notarios con su documento respectivo, el cual es el documento nacional de identidad en el derecho peruano.

Este tema es harto conocido en el derecho peruano, sin embargo, un tema debatido es si pueden servir para identificar a las personas los documentos de los militares y policías, al igual que los carnés de extranjerías, lo cual debe ser estudiado en forma mas específica, lo cual demuestra que el derecho es bastante amplio, y nadie lo conoce todo todo, sino tan sólo puede conocer una parte del mismo.

El derecho notarial se relaciona con el derecho cooperativo por que para algunos documentos es necesario tener en cuenta la Ley de Cooperativas, dentro de los cuales podemos citar el caso de constitución de cooperativas, nombramientos de representantes de las mismas, modificación de sus estatutos, ratificaciones de representantes, revocaciones de representantes, sustituciones de representantes, entre otros tantos actos, sin embargo, debemos precisar que el porcentaje de estos casos es bastante reducidos, lo cual ha motivado que el derecho cooperativo haya alcanzado escaso desarrollo, lo cual ocurre en el derecho peruano y extranjero, y en todo caso esto puede motivar estudios de derecho comparado, lo cual es conocido como hacer derecho comparado.

El derecho notarial se relaciona con el derecho tributario por que conforme al Decreto Legislativo 776 se establece que los Notarios deben exigir el pago de Tributos Municipales.

Otro tema es que los notarios deben alertar al público las incoherencias del sistema tributario peruano, en el cual para las personas jurídicas resulta más complejo cumplir con el pago de obligaciones tributarias, por ejemplo se debe llevar contabilidad completa en este caso, lo cual encarece los costos de transacción, lo cual resulta ser un tema ampliamente estudiado por el análisis económico del derecho.

El derecho notarial se relaciona con el derecho urbanístico por que para algunos documentos es necesario tener en cuenta las normas contenidas en la ley de habilitaciones urbanas, lo cual debe ser tenido en cuenta por parte de quienes tramitan cambio de uso por habilitación urbana, el cual es un trámite o proceso administrativo, municipal y registral bastante frecuente en la ciudad de Lima. Lo cual se advierte con la publicación de bastante publicidad de venta de terrenos urbanos habilitados, e incluso podemos afirmar que en estos tiempos se cuenta con una normatividad mucho mas adecuada, la que hemos estudiado en otra sede, como es por cierto un libro que desarrolla el derecho inmobiliario y urbanístico, el cual hemos publicado el presente año, que fue editado por el instituto de capacitación jurídica, la cual es una importante institución dedicada a la publicación y enseñanza del derecho.

El derecho notarial se relaciona con el derecho bancario por que para algunos documentos es necesario tener en cuenta la ley de bancos. Por ejemplo se requiere algunos requisitos para algunos actos dentro del derecho notarial, según esta ley, como es el caso de la constitución de bancos, sucursales de los mismos, entre otras tantas.

El derecho notarial se relaciona con el derecho agrario por que para algunos documentos es necesario tener en cuenta las normas del derecho agrario.

El derecho notarial se relaciona con el derecho procesal civil por que para las protocolizaciones es necesario tener en cuenta entre otras normas el Código Procesal Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial. Conforme al artículo 3 de la Ley 26662 la actuación notarial en los asuntos no contenciosos señalados en el artículo 1 se sujetan a las normas que estable la presente ley y supletoriamente la Ley del Notariado y al Código Procesal Civil, es decir, en estos procesos es de aplicación supletoria el Código Procesal Civil.

El numeral 2 del artículo 235 del Código Procesal Civil establece que es documento público la escritura y demás documentos otorgados ante y por notario público según la ley de la materia. En el último párrafo del mismo artículo se establece que la copia del documento público tiene el mismo valor que el original, si está certificada por auxiliar jurisdiccional respectivo, notario público o fedatario, según corresponda.

En la parte final del artículo 236 del mismo Código se establece que la legalización o certificación de un documento privado no lo convierte en público, en tal sentido las legalizaciones de reproducción de un documento privado son también documentos privados.

El derecho notarial se relaciona con el derecho mercantil por que para los protestos es necesario tener en cuenta la Ley de Títulos Valores para el protesto de los títulos valores sujetos a protesto y por que para el otorgamiento de escrituras de constitución de sociedades y otros actos es necesario tener en cuenta la Ley General de Sociedades.

Para la constitución de Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada es necesario tener en cuenta el D.Ley 21621.

En los casos indicados anteriormente se debe tener en cuenta por ejemplo las constituciones de sociedades, y de empresas individuales de responsabilidad limitada, aumento de capital, reducción de capital, modificación de estatuto, cambio de denominación, cambio de objeto, ampliación de facultades, nombramiento de representantes, sustitución de representantes, revocación de facultades, revocación de nombramiento, entre otros actos, los cuales son ampliamente conocidos por parte de los expertos en el derecho comercial o mercantil, los cuales también deben tener en cuenta el reglamento del registro de sociedades, la cual constituye una importante norma del derecho peruano.

Igualmente se debe tener en cuenta el derecho bursátil, y dentro del mismo la ley del mercado de valores, entre otras. Esta norma contiene importantes normas especiales dentro de las cuales podemos citar el caso de las acciones, bonos, clasificadoras de riesgo, titulizaciones de activos, entre otros importantes temas, que deben ser materia de estudio no sólo en sede comercial o mercantil, sino también en otras sedes, como es el caso de la sede notarial, dentro de la cual se ubica el presente trabajo de investigación.

Existen otros temas que deben ser tenidos en cuenta por ser recientes como es el caso de garantía mobialiaria sobre acciones y sobre participaciones según cada caso en particular, lo cual encuentra regulación en la normatividad especial del derecho peruano, la que es la ley de garantía mobiliaria y su correspondiente reglamento de inscripciones, los cuales constituyen normas legales importantes en el estudio y aplicación del derecho notarial peruano, lo cual ubica a la república peruana a la vanguardia con las últimas novedades del derecho mundial, lo que ha sido ocasionado por haber seguido las orientaciones de la OEA, las cuales son las siglas de la Organización de Estados Americanos.

Tambièn el derecho marcario, industrial, entre otras.

El derecho notarial se relaciona con el derecho de menores por que es necesario tener en cuenta el Código de los Niños y de los Adolescentes en las autorización para viaje de menores a que se refiere el inciso a del artículo 94 de la Ley del Notariado.

También es necesario tener en cuenta el mismo Código para la constitución de asociaciones de menores conforme a su artículo 13.

El derecho notarial se relaciona con el derecho administrativo por que para ejecutar la carta fianza es necesario tener en cuenta la ley de contrataciones y adquisiciones del Estado, su Reglamento y otras normas del derecho administrativo.

En la actualidad el derecho peruano cuenta con una normatividad bastante amplia y clara sobre este tema, como lo constituye por cierto la carta fianza, el cual no sólo se limita al estudio y aplicación de las normas legales citadas, sino que además existen otras, lo que debe ser estudiado en una sede específica, como puede ser una publicación sobre este tema, como es la carta fianza.

El derecho notarial se relaciona con el derecho laboral por que para la constitución de sindicatos, federaciones y confederaciones es necesario tener en cuenta la legislación laboral.

Se hace necesario precisar que las organizaciones sindicales primero se inscriben en las direcciones de trabajo y luego recién se inscriben en las oficinas registrales, el cual es un tema no sólo dominado por los laboralistas, sino también por parte de los especialistas en el derecho de las personas jurídicas.

El derecho notarial se relaciona con el derecho concursal por que en algunos supuestos los Notarios tenían facultades para tramitar algunos procesos concursales, lo cual ha sido eliminado con la normatividad actual, es decir, en la actualidad los indicados ya no tienen competencia para tramitar estos procesos.

Es decir, los notarios tienen menos competencia que antes en el derecho peruano, lo cual ha generado una sobrecarga de trabajo en algunas dependencias de Indecopi, porque ahora es la única institución en el derecho peruano que se dedica a atender procesos concursales, lo que debe ser tenido en cuenta a efecto de incrementar los trabajadores en dicha institución, para que no se sobrecargue el trabajo en la misma y se procure una atención norma de los indicados procesos.

El derecho notarial se relaciona con el derecho aduanero por que para la constitución de agencias de aduanas es necesario tener en cuenta el derecho aduanero.

El derecho aduanero es poco tenido en cuenta por parte de los diferentes notarialistas, es decir, en pocas oportunidades se los ha estudiado en forma conjunta.

El derecho notarial se relaciona con el derecho industrial por que la Ley General de industrias es necesario tener en cuenta para las prendas industriales, las cuales fueron constituidas en el derecho peruano con dicha normatividad, sin embargo, en la actualidad la misma ha sido derogada en lo referido a dicha garantía por parte de la ley de garantía mobiliaria del 2006.

El derecho notarial se relaciona con el derecho eclesiàstico por que debe verificarse que los documentos notariales se adecúan al derecho canónico conforme al Convenio suscrito entre Santa Sede y el Estado Peruano.

El derecho canónico es diferente o distinto al derecho eclesiástico, sin embargo, esto resulta ser un tema poco tenido en cuenta en el derecho peruano, lo cual dejamos constancia a efecto de tener en cuenta estos conocidos por parte de todos los notarialistas.

El derecho canónico codificado se encuentra reunido en el código de derecho canónico vigente, el cual es un código poco estudiado en las facultades de derecho, lo cual nos preocupa.

El derecho canónico no es una rama del derecho, sino que se trata de un sistema jurídico, la cual es la causa por la cual es poco conocido en el derecho peruano.

El derecho se divide en derecho privado, público y mixto, lo cual debemos conocer para desarrollar el presente tema, es decir, para ubicarnos en la primera de las mencionadas la cual tiene gran margen de aplicación, pero es poco conocida en el derecho peruano, lo cual llama o atrae nuestra atención como investigadores.

El derecho notarial se relaciona con el derecho privado porque para aplicar y estudiar el primero se debe tener en cuenta las ramas de este último las cuales son principalmente el derecho civil y el derecho comercial o derecho mercantil.

Forman parte del derecho comercial o mercantil el derecho societario, cambiario, concursal, bursátil, de comunicaciones, de telecomunicaciones, de autor, de propiedad industrial, industrial, entre otras tantas ramas del derecho.

El derecho notarial se relaciona con el derecho público por que se debe tener en cuenta el derecho administrativo, derecho constitucional, aduanero, tributario, procesal civil, procesal penal, procesal constitucional, procesal registral, procesal mercantil, entre otras tantas ramas del derecho público.

El derecho notarial se relaciona con el derecho mixto porque se debe tener en cuenta el derecho de familia, de trabajo y el derecho empresarial.

Es necesario destacar que dentro del derecho mixto se ubican las ramas del derecho que tienen parte de derecho privado y parte de derecho público, las cuales son pocas, pero existen.

Esta rama del derecho como es por cierto el derecho mixto es poco estudiada en su conjunto, lo cual dejamos constancia a efecto de tener en cuenta sus principales características.

El derecho notarial se relaciona con el derecho empresarial, sin embargo, este tema resulta ser poco conocido incluso por parte de los notarialistas mas destacados, por lo tanto, los notarialistas deben estudiar y aplicar ciertos sectores del derecho empresarial, dentro de las cuales podemos citar el derecho comercial, la cual es una rama del derecho bastante importante.

El derecho notarial se relaciona con el derecho corporativo, porque este último se ubica dentro del derecho empresarial, o derecho de los negocios o derecho de la empresa.

 

 

Autor:

Fernando Jesús Torres Manrique[1]

[1] Ex Juez Titular Decano de Moyobamba. Ex Registrador Público Titular de la ex Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari. Ex Jefe Titular de la Oficina Registral de Huancavelica. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Doctorando en Derecho en la misma Universidad. Estudios parciales de Maestría en Derecho Empresarial en la Universidad Católica de Santa María. Participó como organizador, asesor y expositor en eventos académicos. Ha seguido distintos cursos de postgrado, diplomados, especializaciones, actualizaciones, entre otros. Ha publicado diversos artículos jurídicos, así como libros, i) Físicos: con la Sunarp (Obra colectiva: Temas de Derecho Registral), Ediciones Legales (Las Garantías en el Derecho Civil Peruano: A propósito de la Ley de Garantía Mobiliaria), Arco Legal (Obra colectiva: Estudios sobre la ley de garantía mobiliaria) y con el Instituto de Capacitación Jurídica (Derecho Inmobiliario y Urbanístico), principalmente; y ii) Virtuales: Diccionario de derecho registral y notarial, Derecho patrimonial, Derecho inmobiliario y urbanístico, Calificación registral de documentos judiciales, Responsabilidad civil, Análisis económico del derecho, Derecho y economía, Hipoteca, Arbitraje, conciliación y negociación, Comercio electrónico y derecho de internet y las Tics, Derecho temas actuales, Derecho comercial, Enseñanza del derecho, Garantías y crédito, Tratado de derecho comparado, Tratado de derecho empresarial, Derecho registral y notarial; entre otros.

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