Descargar

La exploración y explotación de la mina de oro La Colosa de Cajamarca Tolima

Enviado por blanca rosa rincon


    La exploración y explotación de la mina de oro La Colosa de Cajamarca Tolima ColombiaMonografias.com

    La exploración y explotación de la mina de oro La Colosa de Cajamarca Tolima Colombia

    Debido a la posible exploración y explotación de la reserva de oro conocida como La Colosa y la contradicción entre estas actividades y la restricción originada mediante la Ley 2 de 1959, se ha generado en los últimos meses una polémica en la región, que ve, cómo un perímetro dedicado a la conservación ambiental desde hace más de medio siglo es vulnerada por intereses particulares.

     Las perspectivas económicas del proyecto han suscitado tanto posiciones favorables que se sustentan en el potencial de desarrollo para el país y la región, como el rechazo enérgico de ecologistas y ambientalistas. Entre ambos bandos se mantiene una gran masa de individuos desinformados, entre los cuales se encuentran los mismos habitantes de la región implicada en el proyecto.

     El área en el que se ubica la reserva identificada como La Colosa se encuentra ubicada en la Cordillera Central, un escenario rico en flora y fauna nativas que comprende además el nacimiento de varias fuentes hídricas del lugar. Aunque el potencial yacimiento estaría situado en el Departamento del Tolima, es innegable el riesgo que esto representa también para el Quindío, departamento localizado en la cara contraria de la misma cordillera.

     Fue allí donde hace un par de años la multinacional minera de origen surafricano AngloGold Ashanti situó sus ojos, en lo que aún se considera como una de las mayores vetas productoras de oro en el mundo, un material que además de representar históricamente el sustento real de la moneda, ha presentado en los últimos meses crecimientos arrolladores en los mercados internacionales.

     AngloGold Ashanti es una empresa con sede  en Johannesburgo  y dedicada  a la minería aurífera privada, que aparece como filial de Paulson & Co., que suma 21 operaciones llevados a cabo en cuatro continentes, lo que la ubica como la tercera empresa más grande en la materia.

     Ya en el 2007, el ministro de Minas y Energía del gobierno del ex presidente Álvaro Uribe Vélez, Hernán Martínez Torres, manifestaba que, "el desarrollo de este proyecto generaría  desarrollo  económico para la región al vincular a sus obras cerca de 530 personas, sin contar con las grandes ganancias que podría dejar en regalías esta labor, cuyos cálculos iníciales estimaban que entre el 70% y el 80% de los recursos generados se quedarían en el país en forma de salarios, impuestos y regalías por los 15 años que duraría la concesión a partir de expedirse la licencia de explotación".

     El mismo presidente de la firma, Rafael Hertz, reveló a diferentes medios de comunicación el 6 de agosto de 2008 que la  mina cuenta con 12,3 millones de onzas del producto y la explotación podría ofrecer 4.000 empleos en Cajamarca, de acuerdo con los estudios de factibilidad que podrían arrojar resultados a finales de 2012. La construcción de la mina se iniciaría entre 2014 y 2016, y la etapa de producción comenzaría entre 2016 y 2017.

     Para Alexánder Martínez Rivillas, profesor de la facultad de Agronomía de la universidad del Tolima y perteneciente al grupo de Investigaciones  en Políticas de Desarrollo Territorial, reveló las determinaciones establecidas por la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, que en su oficio 111036-74652-08 PJ25 brinda un concepto sobre la solicitud de sustracción del área de la zona, de Reserva Forestal Central presentada por la empresa AngloGold Ashanti, el 21 de noviembre de 2008, siendo este un procedimiento reglamentario para iniciar el trabajo de exploración, es decir, el reconocimiento del potencial del lugar a través de análisis de aguas, suelos y vegetación.

     El ente de control señala que "los planes  de expansión  de la  compañía  ya están ofreciendo para  el año  2.016 o 2.017 (…) a sus accionistas y posibles inversionistas,  un estimado de 12,7 millones de onzas de oro, con un plazo promedio de explotación  de 15 años  y una tasa promedio de  producción de  un gramo  de oro por tonelada de roca procesada, abarcando los municipios de Cajamarca, Tolima y Salento, Quindío".

    El día 10 de Septiembre de 2010, en la Mesa de Planificación Departamental Quindío Armenia y municipios ampliada para "El Pacto por la Integración y el Desarrollo del Quindío", el objetivo central fue el análisis del tema minero para el departamento del Quindío y la región central de Colombia, y su inclusión en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 mediante el acto legislativo 013 de 2010 proyecto ley de regalías." En la intervención Pedro Perico Carvajal Delegado, de la Dirección de Minas del Ministerio de Minas y Energía, expuso sobre Políticas Públicas para el Sector Minero; al explicar de manera ideal la actividad minera qué requiere; "comenzando con una alta inversión en exploración, busca generar empleos dignos, buen manejo de los impactos negativos en el medio ambiente, Institucionalidad ágil y eficiente y que en la práctica según el Ministerio, un buen número de proyectos responden con este ideal". Seguidamente expuso ¿para dónde va el sector minero, en el año 2019?, y explica "que la industria minera será una de las más importantes de Latinoamérica, destacando las políticas públicas mineras, clasificándolas en cuatro aspectos relevantes así; administración del recurso minero, promoción del país minero, mejoramiento de la productividad y competitividad del sector minero. Mostro las tasas de crecimiento anual escenario medio y meta colombiana es superar por lo menos el 6,7% el ritmo de crecimiento de su PIB minero, también la proyección de producción en carbón al 2019, la proyección de producción en oro. La proyección de producciones materiales de construcción al 2019 y otros metálicos. Así mismo, comenta las acciones de política minera como es, optimizar tiempos de respuesta, mayor fiscalización, reforma código de minas, estrategia de financiamiento, control de ilegalidad y portafolio oportunidades".

    Por su parte el señor Néstor Jaime Ocampo Giraldo por el Consejo Territorial de Planeación Departamental con el tema impactos ambientales de la mega minería a cielo abierto. Quien Comenzó su exposición con un parágrafo del "Pacto por la Integración y el Desarrollo del Quindío "…motivados por el interés de articular esfuerzos y estrategias para direccionar el desarrollo armónico del Departamento hacia un escenario con mejores condiciones de calidad de vida de sus habitantes, en el contexto de buscar un territorio competitivo y sostenible, quien explicó, que la minería es la obtención selectiva de minerales y otros materiales a partir de la corteza terrestre, describiendo los tipos de minería: La mega minería a cielo abierto es una actividad industrial que consiste en la remoción de grandes cantidades de suelo y subsuelo, que es posteriormente procesado para extraer el mineral. Este mineral puede estar presente en concentraciones muy bajas, en relación con la cantidad del material removido. Por definición, la actividad minera es una industria insostenible debido a que la explotación del recurso supone su agotamiento".

    Citando la Constitución Política de Colombia el artículo 332, el código minero y la ley 685 de 2001, haciendo énfasis en el Artículo 13. Utilidad pública. En desarrollo del artículo 58 de la Constitución Política, declárase de utilidad pública e interés social la industria minera en todas sus ramas y fases. Sobre las Políticas Públicas, el Plan Nacional de Desarrollo donde proponen como una de sus metas, generar empleo y riqueza incrementando la explotación de los Recursos Naturales.

    El Plan Nacional para el Desarrollo Minero 2.019 tiene por objetivo ubicar la industria minera Colombiana sobre el promedio de los países latinoamericanos, en especial los de Argentina, Chile, México y Perú.

    La experiencia en Colombia en relación con El Cerrejón, permite opiniones más puntuales como la expresada por Luis Germán Meneses Presidente ejecutivo de operaciones de El Cerrejón, en una conferencia en la Universidad Nacional el 12 de agosto de 2010, quien refirió: "Disponemos de una fuerza laboral directa de 4.730 empleados, integrada en un 83% por personal técnico y 17% profesionales. El 59% es oriundo de La Guajira, sede de nuestra operación, el 30% de otros lugares de la Costa Atlántica y 11% del resto del país. Contamos además con el apoyo de 3.800 trabajadores de las empresas contratistas, para un total de 8.530 personas vinculadas con nuestra operación. Todos los empleados son mayores de 18 años para responder a las exigencias técnicas de la operación de minería, desarrollamos un programa de entrenamiento basado en la transferencia de tecnología y en convenio con el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, entrenamos a los técnicos y operadores".

    Es oportuno decir que, "El Cerrejón, es una de las más grandes minas de carbón a cielo abierto del mundo, con 30 años en el mercado, con ingresos de US$ 2.300 millones anuales, 10 mil colaboradores, y una producción anual de 32 millones de toneladas exportadas a través de su propio puerto, destinadas a la venta del carbón".

    El 25 de agosto de 2006 en Medellín, en sentido contradictorio en el IV Foro Departamental sobre Problemática Agraria y Desplazamiento Forzado, Javier Fernando Villamil Velásquez de las Transnacionales del Sector Minero Energético en Colombia, en su tesis de grado de la Universidad Nacional, escribió lo siguiente con respecto a la mina del carbón del Cerrejón "En el sur de Bolívar mina de carbón de El Cerrejón, el desempleo oscila entre el 30% y el 50%, entre el 70% y el 80% de los hogares y personas tienen necesidades básicas insatisfechas (NBI), la cobertura del servicio eléctrico es de 55%, de acueducto del 38%, y el alcantarillado apenas alcanza el 16,5% de esta. En materia de educación cerca del 40% de los niños no frecuentan las aulas, el analfabetismo se encuentra entre un 20% y 27% en los municipios de la región y el 75% de la población no alcanza a terminar la secundaria."

    De manera similar, en el Centro Cultural Metropolitano de Convenciones de Armenia, en el foro realizado el 5 de agosto de 2011 sobre minería convocado por la Gobernación del Quindío y la Defensoría del Pueblo del departamento, se puso de presente que era urgente y oportuno tratar públicamente las preocupaciones sobre el tema de la minería.

    El Defensor Nacional del Pueblo, Volmar Pérez Ortiz, cuya presencia fue decisiva en el evento; Parlamentarios del Departamento, representante del Ministerio de Minas y Energía y el representante de la Contraloría General de la República, el Procurador Regional del Quindío, la Corporación Autónoma Regional del Quindío (CRQ), expresaron sus opiniones; las conclusiones que se recogieron en el sentir de los asistentes y la esencia de las ponencias presentadas en el foro por los diferentes actores y personas; y especialmente las expresadas en el marco de la moderación de intervenciones que fue realizada de manera directa por el Gobernador del Quindío, son registradas a continuación:

    "Los habitantes del Quindío no queremos explotaciones mineras a gran escala en nuestro territorio, ésta actividad va en contravía de la vocación agrícola y pecuaria del departamento, de las posibilidades del turismo en la región y atentan contra la reciente inclusión del Paisaje Cultural Cafetero en el listado de Bienes Patrimonio de la Humanidad y contra los recursos ambientales del Quindío".

    En razón de que ya se han otorgado 98 contratos de concesión (80 de estos a multinacionales) y se tramitan 117 más que comprometen el 62% de nuestro territorio; Títulos y solicitudes se ubican en la Reserva Forestal Central de donde tomamos el agua, explotaciones de gran minería allí preludian un desastre económico social y ambiental para las que en ningún momento la comunidad, ni sus autoridades departamentales, y municipales, han sido consultadas ni debidamente informadas. Caso especial de mencionar es el de la comunidad indígena Embera Chamí cuyo Resguardo, Territorio de Paz, se encuentra comprometido en los proyectos de la minería.

    Por su parte, la directora de Cortolima, Carmen Sofía Bonilla quien fue invitada especial al foro, en su ponencia mencionó la situación: "que actualmente está atravesando el departamento del Tolima en el tema minero como lo es la adquisición de títulos mineros en zonas de reserva, páramo y en las principales fuentes hídricas del departamento".

    Igualmente, el gobernador del Quindío Julio César López Espinosa ratificó esta posición al subrayar "la vocación productiva elegida por la misma comunidad y que se orienta a la conservación de un territorio dedicado al turismo y el agro, con un importante componente paisajístico".

    Dicho de otro modo, el proyecto minero La Colosa, debe convertirse en un caso emblemático de lucha contra la mega minería a cielo abierto en Colombia por las consecuencias que se desprenderían, para la región y el país, en caso de llegar a su fase de explotación.

    El ente de control, la Contraloría General de la República emitió un concepto de advertencia a la Anglo Gold Ashanti, en la que le indican, que si opera al borde de la ilegalidad jurídica con su proyecto en La Colosa, por explorar en una reserva forestal donde está prohibido, y está en contravía con el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Cajamarca, con la disposición del Código de Recursos Naturales Decreto 2811 de 1974, que exige la sustracción del área, trámite que no se hizo, y en contra del derecho a un ambiente sano, consagrado por el artículo 79 de la Constitución Política de Colombia, como al principio de precaución establecido por la ley 99, conocida como la ley de Medio Ambiente.

    La supervisora del Grupo de Acciones Públicas (GAP) de la Universidad del Rosario, Lina Muñoz quien indicó: "El proyecto de explotación de La Colosa causará impactos negativos irreversibles sobre los recursos naturales de la región de Cajamarca, debido a las técnicas que utiliza la minería de oro a cielo abierto. Es una gran mentira afirmar que las zonas afectadas por minería pueden restaurarse a su estado inicial después de haber contaminado las aguas, deforestado los suelos y destruido la montaña por 15 ó 20 años como lo señalan las multinacionales mineras".

    El Informe de Pax Christi sobre el proyecto minero de AngloGold Ashanti (AGA) en Cajamarca, el movimiento de paz holandés IKV Pax Christi se especializa en temas de derechos humanos, derecho humano internacional y en el concepto de la Seguridad Humana. En Nigeria, Sudán y Colombia, IKV Pax Christi aspira, entre otras cosas, a que las empresas del sector energético contribuyan a la paz y al respeto de los derechos humanos, donde ha venido apoyando desde hace varios años un proyecto de fortalecimiento de la democracia local y la veeduría ciudadana en el municipio de Cajamarca Tolima.

    Respecto a el uso del agua; Carl Brechtel, director del estudio sobre el proyecto La Colosa, afirmó que la AngloGold Ashanti (AGA) considera que necesitará aproximadamente 1.0 metro cúbico de agua por segundo para procesar cada tonelada de mineral, procesar una tonelada de mineral requerirá entonces anualmente 31.5 millones de metros cúbicos de agua.

    Teniendo en cuenta el procesamiento calculado, entre los 20 y 35 millones de toneladas de mineral anuales, esto requerirá anualmente aproximadamente entre los 631 millones y los 946 millones de metros cúbicos de agua para el procesamiento, si la vida operacional de la mina ha sido calculada entre los 15 y los 25 años, entonces el uso total de agua durante el tiempo de duración de la mina sería igual a un volumen que se sitúa aproximadamente entre los 9.5 billones y los 23.6 billones de metros cúbicos.

    Es de aclarar que el área local de La Colosa suma 4.000 hectáreas, y el área total del proyecto es de 515,75 hectáreas, que se encuentran localizadas en su totalidad en la reserva forestal central, creada mediante la Ley 2 de 1959.

    La Directora de Cortolima, Carmen Sofía Bonilla, quien afirmó durante la audiencia de pacto de cumplimiento de la acción popular presentada por la Asociación de Usuarios de la Cuenca del Río Coello quienes interpusieron una acción popular, el 27 de Abril de 2011, coadyuvada por el grupo de acciones públicas, GAP, la Personería de Ibagué y Cortolima, en defensa de los derechos e intereses colectivos a un ambiente sano, al agua, a la seguridad, a la salubridad y a la prevención de desastres de los colombianos, en particular, de los habitantes del Tolima, quienes serán los principales afectados, asegura que ´´el agua es un recurso finito y en consecuencia se acaba, razón por la cual, debido a la situación del recurso hídrico en la región, es necesario hacer la declaratoria inmediata de escasez de agua.

    El 13 de agosto de 2011, en el acuerdo de Prosperidad numero 43, organizado por la presidencia de la República, en el Parque Nacional del Café, el gobernador del Quindío, Julio César López Espinosa expresó ante el Presidente Juan Manuel Santos Calderón, ministros, delegados y asistentes a este evento, su posición en contra de la minería en el departamento del Quindío.

    También el presidente de la República dijo al respecto que "gracias a la declaratoria de Patrimonio de la Humanidad, excluiría al departamento de la amenaza de las multinacionales. Sin embargo reiteró su interés porque se adelanten en el país ejercicios de minería responsable en lugares considerados como estratégicos. Siendo este el caso del Paisaje Cultural Cafetero considerado Patrimonio Cultural de la Humanidad, en el marco de la 35ª reunión del Comité del Patrimonio Mundial de la UNESCO, que se realizo en Paris, el Senador Carlos Alberto Baena del Movimiento Político MIRA, insistió en la necesidad de declarar la Zona Cafetera Colombiana como Patrimonio Cultural de la Humanidad, Teniendo en cuenta la situación de desempleo de la región que supera el 17%, la eventual aprobación del Paisaje Cultural como Patrimonio de la Humanidad, incentivaría las actividades productivas no solo entorno al café sino también al turismo ecológico, agrícola y cultural; a diferencia de la actividad minera que traería costos sociales y ambientales de mediano y largo plazo". 

    El Paisaje está ubicado en las cadenas montañosas pertenecientes a las Cordilleras Central y Occidental de los Andes colombianos. El Paisaje Cultural Cafetero puede identificarse fácilmente entre las zonas cafeteras de Caldas, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca en Colombia. Esta región se ha identificado internacionalmente como el centro del país, llamado "Eje Cafetero" y recientemente, como el "Triángulo del Café. Es benéfico poner en marcha un plan especial de protección y preservación del Paisaje Cultural Cafetero, además de un monitoreo constante de la UNESCO, el Ministerio de Cultura y los demás entes involucrados. Así mismo, la UNESCO haría una difusión a nivel mundial del lugar, con el que se espera atraer el turismo internacional, y se accedería a la asistencia internacional del patrimonio mundial, recibiendo asistencia preparatoria, asistencia de urgencia, ayuda con fines de formación, cooperación técnica y ayuda a las actividades de promoción.  Nuestro paisajismo, que nuestras realidades naturales, pueden generar mucha mayor riqueza que el proyecto minero, uno de los retos que hay que empezar a implementar, a entender que somos una riqueza paisajística, ecológica y cultural, que cualquier otra nación del mundo envidiaría completamente.

    Dando una mirada a las normas de minera entre otra el Decreto 2655 de 1988 (Anterior Código de Minas), Ley 685 de 2001 (Actual Código de Minas) La Ley 1382 de 2010 que modificó el artículo 34 de la Ley 685 de 2001, de gran acierto esta modificación al nombrar "Zonas excluibles de la minería. No podrán ejecutarse trabajos y obras de exploración y explotación mineras en zonas declaradas y delimitadas conforme a la normatividad vigente como de protección y desarrollo de los recursos naturales renovables o del ambiente. Las zonas de exclusión mencionadas serán las que han sido constituidas y las que se constituyan conforme a las disposiciones vigentes, como áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva forestal protectora y demás zonas de reserva forestal.

    Los ecosistemas de páramo se identificarán de conformidad con la información cartográfica proporcionada por el Instituto de Investigación Alexánder Von Humboldt. No obstante lo anterior, las áreas de reserva forestal creadas por la Ley 2 de 1959 y las áreas de reserva forestales regionales, podrán ser sustraídas por la autoridad ambiental competente.

    Para la exploración y explotación de la minería se requiere de un título minero, desde la artesanal hasta la mecanizada, para obtener el título minero su trámite se efectúa ante la autoridad minera nacional antes Minercol hoy Ingeominas en Ibagué o Bogotá. La minería de hecho puede legalizarse con forme las voces del artículo 12 de la Ley 1382 de 2010, que reza "Legalización, los explotadores, los grupos y asociaciones de minería tradicional que exploten minas de propiedad estatal sin título inscrito en el Registro Minero Nacional, deberán solicitar, en el término improrrogable de dos (2) años contados a partir de la promulgación de la presente ley."

    También existen otros trámites mineros como el Amparo Administrativo que tiene como objetivo impedir el ejercicio ilegal de la minería, la ocupación de hecho o cualquier otro acto perturbatorio; lo cual es competencia del Alcalde en la jurisdicción y se presenta por escrito la solicitud ante la Alcaldía correspondiente.

    La exploración y explotación ilícita de minas es un delito penalizado en el código penal, y está contemplado en el artículo 338 el cual se configura "El que sin permiso de autoridad competente o con incumplimiento de la normatividad existente explote, explore o extraiga yacimiento minero, o explote arena, material pétreo o de arrastre de los cauces y orillas de los ríos por medios capaces de causar graves daños a los recursos naturales o al medio ambiente, incurrirá en prisión de dos (2) a ocho (8) años y multa de cien (100) a cincuenta mil (50.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

    Una de las explotaciones de manera ilícita en la minería, que se encuentran contempladas en la Ley 1382 de 2010, es el Barequeo "entendiéndose como el lavado manual de arena para metales, piedras preciosas y semipreciosas, material de arrastre, para ejercerlo hay que inscribirse ante el Alcalde, que debe tener autorización del propietario de la tierra, hacerlo sin herramientas mecanizadas, extracción <10m3/día, 200 mts de longitud de rivera y corresponde al Alcalde resolver los conflictos".

    El Código Nacional de Recursos Naturales renovables y de protección al medio ambiente, en el artículo 146 de gran acierto en lo que reza "Las personas a quienes se otorgue una concesión de agua para la explotación de minerales, además de las previstas en otras normas, deberán sujetarse a las siguientes condiciones:

    a) La de mantener limpios los cauces donde se arroje la carga o desechos del laboreo para que las aguas no se represen, no se desborden o se contaminen;

    b) La de no perjudicar la navegación

    c) La de no dañar los recursos hidrológicos".

    La Constitución Política de Colombia en su artículo 334, rotuló lo siguiente: "La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano".

    Es de anotar que el artículo 80 de la Carta Magna por medio del cual expresa: "El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados".

    La Constitución Política de Colombia en su artículo 2 invoca: "Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo".

    Resulta de gran importancia que los habitantes de Cajamarca y de los municipios vecinos sean informados adecuadamente sobre el posible impacto ambiental del proyecto La Colosa.

    En lo relacionado con el empleo es mencionada a menudo como uno de los posibles impactos sociales de las actividades mineras en La Colosa.

    La gran mayoría de los ingresos proviene de las actividades agrícolas, un sector que tiene dificultades desde hace años. Sin embargo, las actividades mineras proveerán empleos para un selecto grupo de miembros de las comunidades locales.

    Otro posible impacto que puede causar la presencia de AngloGold Ashanti (AGA) en Cajamarca concierne a las inversiones sociales que la compañía parece querer realizar en el futuro, las comunidades locales se benefician a menudo de las inversiones sociales, como la infraestructura, los servicios médicos, la educación y la electricidad, a largo plazo, sin embargo, estas inversiones se convierten a menudo en algo insostenible, ya que los fondos necesarios para mantener estas inversiones se acaban con el cierre de la mina.

    Como posibles costos sociales del proyecto de minería, se incrementaran los problemas ya existentes, como la prostitución (de menores de edad), el tráfico de drogas, los robos, la proliferación de armas pequeñas y el SIDA.

    Cuando se termine la fase de exploración y explotación dependiendo de la duración de la mina, los trabajadores locales deberán encontrar trabajo en los alrededores después de algunos años, Será que los campesinos que hayan trabajado para AGA volverán reiniciar sus antiguos oficios, como son las labores agrícolas.

    Los entes de control, deben estar atentos, a todo lo que esté relacionado con la compañía AngloGold Ashanti (AGA), en el proceso de exploración y explotación de la mina la Colosa de Cajamarca.

    Lo que en la actualidad se está viendo en regiones donde la minería en especial la riqueza aurífera está siendo saqueada por particulares que no tienen control y venden sus productos a empresas e individuos intermediarios que extraen los minerales preciosos y otros fuera del país, sin generar cuantificación y ninguna divisa para el país concentrándose la riqueza en tan solo unas pocas personas, estimulando la informalidad, la conformación de los grupos al margen de la ley como guerrillas, paramilitares y delincuencia común que han visto y ven en esta anarquía regional un caldo de cultivo propicio para perpetuar sus acciones delincuenciales y fortalecimiento económico con el único fin de concentrar su decisión de establecer un sistema anárquico, que solo le conviene a los que se han venido lucrando y fortaleciendo de este desorden; en complicidad con funcionarios corruptos de estos sectores que han logrado infiltrar las esferas Estatales nutriendo así las redes y grupos al margen de la ley que establecen una cultura de terror, desplazamiento forzado, desinformación espoliación y una brutal destrucción de las zonas que en algún momento fueron regiones activas y ricas y de las que hoy en día florecen por sus riquezas y que como un cáncer esta absurda e irreparable fiebre del oro se expande por todo el territorio nacional y territorios de países vecinos como es bien sabido el territorio colombiano flota sobre riquezas minerales envidiadas por muchos países.

    En conclusión , se define que la extracción irresponsable de los minerales a cielo abierto o de forma artesanal sin controles por parte del Estado y de sus instituciones, lo único que trae es tragedia y ruina como lo son la destrucción del medio ambiente y la descomposición social que deviene como un circulo vicioso; es por eso; que todo Estado debe hacer presencia real efectiva e inmediata y que los Colombianos obtengamos el máximo provecho de las riquezas en pro del desarrollo real y tangible para todos y no unos pocos que ven en este negocio la posibilidad mezquina de enriquecerse a costa del sacrificio ambiental y social, dejando a una región ya golpeada por la violencia y las dificultades topográficas sumidas en mayor pobreza y destrucción no solo de su ambiente y paisajismo, sino arrasar con la cultura de por sí ya establecida en comunión con el medio ambiente.

    Bienvenida la explotación de los yacimientos minerales de una forma legal. Basados en los principio de responsabilidad social y con el medio ambiente, participativa, equitativa, generadora de bienestar común, progreso, desarrollo de tecnología, industria y apoyo real a sectores menos favorecidos, fundados en la unidad nacional en pro del desarrollo de las regiones de forma respetuosa del medio ambiente, de los derechos fundamentales que la Constitución Política establece para el desarrollo de una nación pacifica y equilibrada.

    "La mayor riqueza de un país no está en sus yacimientos minerales sino en el futuro bienestar de su pueblo". Joel

     

     

    Autor:

    Blanca Rosa Rincón Rodríguez

    Carlos Joel Muñoz Roa

    Presentado al Doctor

    AMED GARCÍA LOZANO

    UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA

    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

    ESPECIALIZACIÓN DE DERECHO CONSTITUCIONAL VI

    ARMENIA QUINDÍO

    2011