- Introducción
- Objeto de estudio
- El sindicalismo salvadoreño y la legislación nacional e internacional que la sustenta
- Conclusiones y recomendaciones
Introducción
En El salvador los llamados de atención a las necesidades de los empleados públicos y privados son consecuencia de los salarios bajos y las crecientes necesidades de sus familias.
Las condiciones de trabajo de los salvadoreños ha hechos énfasis sobre los trabajadores que deciden crear una institución por la cual se den a conocer sus derechos.
En consecuencia de lo anterior es que el presente trabajo contiene una serie de conclusiones y recomendaciones orientadas a potenciar direccionar adecuadamente el Derecho de Asociación, y la huelga en el marco del fortalecimiento del Estado de Derecho y fortalecer la democracia del país.
CAPITULO PRIMERO:
Objeto de estudio
Planteamiento del Problema
El problema de análisis es el siguiente:
En qué medida la lucha por el Sindicalismo salvadoreño influyo en la historia de El Salvador hasta en la actualidad por lo que ahora hay organizaciones que luchen por los trabajadores/as salvadoreños y salvadoreñas que se cumplan sus derechos y necesidades.
Justificación
Esta investigación es de interés por que la temática busca reflexionar en un tema histórico de actualidad y de interés público, como es el derecho a las Asociaciones Sindicales de los trabajadores en la búsqueda de una mejor relación entre estos y el Patrono.
El estudio es útil porque ofrece un enfoque de la realidad del Sindicato en El Salvador basado en la realidad actual.
La importancia radica en identificar que se genera en las sociedades democráticas, fundamentalmente por los propósitos de los trabajadores a pronunciarse por medio de una huelga y las consecuencias que esto genera tanto en beneficios propios de los empleados y Patrono (Estado).
Objetivos de Investigación.
Objetivos Generales
Reflexionar sobre el Sindicalismo Salvadoreño de los Trabajadores Públicos y Privados sus causas y consecuencias que generaron en la historia de El Salvador desde sus inicios hasta la actualidad.
Objetivos Específicos
Reflexionar sobre el estado actual y evolutivo del Sindicalismo Salvadoreño de los Trabajadores Públicos y Privados
Proponer las bases del Sindicalismo Salvadoreño desde el marco histórico en que se iniciaron sus organizaciones.
Identificar las legislaciones nacionales e internacionales que sustentan los Sindicatos.
Proponer las recomendaciones que correspondan orientadas a las realidades y necesidades actuales de los salvadoreños y las salvadoreñas.
CAPITULO SEGUNDO:
El sindicalismo salvadoreño y la legislación nacional e internacional que la sustenta
Los sindicatos en El Salvador
A principios del siglo XX, en El Salvador solo existían las asociaciones de artesanos.
En 1920 el derecho de trabajo en El Salvador era inexistente. En esta época todas las relaciones nacidas del trabajo se regulaban con el Código Civil.
Durante los años 1920-1921 estallaron movimientos de huelga en algunos gremios, entre ellos; panificadores, zapateros (en esta huelga se propició por primera vez una intervención tripartita: trabajadores, Estado, patrono) y sastres.
Entre 1921 y 1924 la fuerte crisis económica propicia la formación de nuevos sindicatos, entre ellos de zapateros, albañiles, sastres e, incluso, sindicatos de oficios varios. En1924 se crea la Federación Regional de Trabajadores de El Salvador (FETRES.) que luego funda, junto con federaciones similares de Guatemala, Honduras y Nicaragua, la Confederación Obrera Centroamericana (COCA). Durante el gobierno de Pio Romero Bosque (1927-1931) la FRTS libro importantes luchas, logrando que se decretaran leyes importantes para los trabajadores como:
– Ley de protección a los empleados del comercio (31 de marzo de 1927)
– Ley de registro de agrupaciones obreras y gremiales.
– Decreto de creación de las juntas de conciliación (15 de junio de 1927)
– Reglamento de las obras de trabajo (13 de junio de 1928)
En 1924, se fundó la Federación Regional de Trabajadores Salvadoreños que propició el proceso de radicalización ideológica y política, y en 1930 se contaban con 42 sindicatos.
Cuando asume el poder el general Maximiliano Hernández Martínez solo permite las sociedades mutuales.
Tras la caída de Hernández Martínez en 1944 se fundó la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) que reúne a los trabajadores del campo y de la ciudad.
En 1963, se funda la Unión Nacional Obrero Campesina (UNOC) que, en 1972, pasó a llamarse Central de Trabajadores Salvadoreños (CTS); en 1965, aparece la Federación Unitaria Sindical Salvadoreña (FUSS) y en 1967, se forma la Asociación Nacional de Educadores Salvadoreños (ANDES 21 de junio).
La Federación Cristiana de Campesinos Salvadoreños (FECCAS) fue creada bajo los lineamientos del Concilio Vaticano II.
En 1973, por una escisión de los sindicatos controlados por el Gobierno, nace la organización de izquierda Federación Nacional Sindical de Trabajadores Salvadoreños (FENASTRAS).
En 1982, la Unión Popular Democrática (UPD) surge como la organización sindical más importante del país.
La Unión Nacional de Trabajadores Salvadoreños (UNTS) fue fundada en 1984.
En este cuadro se presentan algunas organizaciones Sindicales
Organizaciones Sindicales | Año |
Federación Regional de Trabajadores Salvadoreños | 1924 |
Unión Nacional de Trabajadores (UNT) | 1944 |
Unión Nacional Obrero Campesina (UNOC) | 1963 |
Federación Unitaria Sindical Salvadoreña (FUSS) | 1965 |
Asociación Nacional de Educadores Salvadoreños (ANDES 21 de junio). | 1967 |
Unión Popular Democrática (UPD) | 1982 |
Unión Nacional de Trabajadores Salvadoreños (UNTS) | 1984 |
El 2 de diciembre de 1931 es derrocado el Gobierno del Dr. Arturo Araujo y asciende al poder el General Maximiliano Hernández. El 21 de enero de 1932 se produce un levantamiento popular, que es aplastado a sangre y fuego por el Gobierno del General Hernández Martínez. El saldo, aunque impreciso, de la masacre es de 30.000 muertos.
Los trabajadores y sus organizadores participaron de manera destacada en el alzamiento, por lo que el gobierno desata una dura represión contra ellos. Derechos como la jornada de 8 horas, las vacaciones, el descanso semanal el pago de horas extraordinarias y los derechos de asociación y reunión suprimidos. Palabras como "Reforma Agraria" y "Sindicato" pasan a ser prohibidas.
El gobierno del General Hernández revive las sociedades mutuales, único tipo de organización permitido en que se reúnen patronos y trabajadores. Sectores de trabajadores participaron en estos espacios y lograron, en algunos casos, que se fueron generando en ellos el embrión sindical. Es representativo el caso de la Sociedad de Ayuda Mutua de los Ferrocarrileros, que se transforma posteriormente en un sindicato.
En el año 1944, al levantamiento cívico-militar de 2de abril, siguió la huelga de mayo de ese mismo año, en la cual se derroco al general Hernández Martínez. Esa huelga a paralizo totalmente la industria, el comercio, los transportes, las actividades docentes y la administración pública.
Posteriormente se fundó la "Unión Nacional de los Trabajadores" (UNT) en 1944 con fines de orientar políticamente a los trabajadores de la ciudad y el campo, es decir como un partido político. Con la llegada del Coronel Osmin Aguirre y Salinas, la UNT y las organizaciones sindicales fueron canceladas; así como los partidos políticos democráticos, quedando únicamente el partido oficial de esa época llamado "Partido Agrario" Se retornó a la represión masiva, a la persecución, la tortura y los encarcelamientos.
Los años Subsiguientes, de 1945 en adelante, fueron testigos de la reconstrucción del movimiento sindical y estudiantil universitario del país, de esa forma surge el Comité de Reorganización Obrero Sindical (CROSS), el cual dio un importante impulso en las luchas populares en el país.
El 25 de enero de 1961, llega al poder el Directorio Cívico Militar, dándose nuevas formas de explotación aumentando los despidos masivos y el aumento de tareas rurales, mientras estas medidas se dictaban, se perseguían a dirigentes obreros, estudiantes y personas de oposición al régimen, siendo los encarcelados y exiliados.
Las ramas en las que existe una mayor cantidad de organizaciones sindicales en la actualidad son:
Ramas | Numero de organizaciones |
Industria Manufacturera | 54 |
Servicios | 29 |
Comercio, restaurantes y hoteles | 26 |
Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones | 19 |
Construcción | 10 |
Situación de las organizaciones sindicales en El Salvador
Densidad Sindical: Afiliación/PEA ocupada por rama de actividad económica
Según el Centro de Estudios del Trabajo (CENTRA) los datos acerca de la afiliación sindical y la PEA ocupada son los siguientes:
Al comparar el nivel de afiliación sindical con la PEA (población económicamente activa) ocupada en cada rama de actividad económica se puede ver que en la mayoría de las ramas existe una baja densidad sindical. Para Agricultura, caficultura y pesca; Explotación de Minas y Canteras; Comercio, Restaurantes y Hoteles y Establecimientos Financieros y Seguros, la densidad sindical no llega ni siquiera al 0.5%.
Para Servicios; Transporte Almacenamiento y Comunicaciones e; Industria Manufacturera, se encuentra en un rango de 2.11% a 3.43%. Construcción es el que tiene la mayor densidad sindical, con un 62.48% de la PEA ocupada sindicalizado seguida por Electricidad, Gas y Agua con un 45.04% de la PEA afiliando los sindicatos existentes en este sector. A nivel de la PEA ocupada total, solamente un 5.34% se encuentra afiliada a sindicatos.
Este indicador se elevaría a nivel global y en mayor proporción el de la rama de Servicios, al tomar en cuenta los afiliados y afiliadas a las diferentes asociaciones laborales del sector estatal y municipal.
Participación de las mujeres en las organizaciones sindicales
Como en muchos espacios de la vida económica social y política, las mujeres se encuentran en una situación desfavorable frente a los hombres en cuanto a los niveles de participación de la actividad sindical.
Esto debido, entre otras razones a: Las condiciones de discriminación que enfrentan en la actividad económica, especialmente en materia de empleo, las cargas de hogar y en la dominación por parte de los hombres que limitan sus posibilidades de dedicarse a las actividades sindicales y la participación de las mujeres en actividades de producción donde la organización sindical sumamente difícil, concretamente en la máquina.
El nivel relativo de participación de las mujeres e organizaciones sindicales es bajo. En 1996 del total de personas afiliadas a los sindicatos, solo el 8.9% eran mujeres.
La federación con un menor número relativo de participación de las mujeres es la FUGTS; esto explica por el hecho que un 94% de la afiliación pertenece la rama de Construcción, actividad que históricamente ha proporcionado escaso trabajo a las mujeres.
Las federaciones en las cuales hay un peso relativo más elevado de las mujeres, como FESTICES, FESINSTRABS, FENASRTAS FESTES, son aquellas que aglutinan a sindicatos de las actividades comerciales, maquila y costura, especialmente en el sector informal que emplea bastante mano de obra femenina.
Legislación nacional e internacional que la sustenta.
Legislación nacional
El Artículo 7 de la Constitución de la República asegura a todos los salvadoreños el derecho de agrupación.
El Artículo 47 aborda el derecho de todos los salvadoreños a la asociación sindical, así como las bases para el funcionamiento de los sindicatos. Reconoce, además, el derecho a la huelga para los trabajadores y al paro para los patronos. Sin embargo, por la importancia de las actividades que desempeñan al servicio de la población, el artículo 221 prohíbe la huelga de los empleados
públicos y municipales. Los tratados multilaterales internacionales también se refieren a la formación de los sindicatos. Estos tratados firmados por el gobierno y ratificados por la Asamblea Nacional se constituyen en ley de la República.
El Artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos afirma que toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos. También fue suscrito el Pacto Internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales en 1966 en el cual se garantiza el derecho a fundar y afiliarse a sindicatos, la formación de federaciones y el derecho a la huelga. Además, se suscribió el Protocolo de San Salvador en 1988, el cual garantizaba el derecho a la afiliación y a la formación de sindicatos, federaciones y confederaciones así como el derecho a la huelga.
En el Código de Trabajo del país se destinan 90 de sus artículos al tema sindical. En él se promueve la formación y afiliación a los sindicatos y se prohíbe pertenecer a más de uno.
Consideraciones acerca de la situación actual de los sindicatos en El Salvador
1. Los registros de Ministerio de Trabajo y Previsión Social, reportan una tendencia al aumento del número de sindicatos y del número de afiliados y afiliados.
Un 70% de la afiliación de encuentra en el sector construcción, que es la rama que define la tendencia a la curva a la afiliación sindical a nivel nacional. En las demás ramas existe una elevada automatización de las organizaciones sindicales.
2. Es evidente el bajo nivel de participación de las mujeres en las organizaciones sindicales, hay ramas como la Construcción donde dicha participación es casi inexistente. Aquellas federaciones, confederaciones o centrales que tienen trabajo organizativo principalmente en el comercio, servicios y maquila son las que reportan un porcentaje mayor de participación de las mujeres en la actividad sindical.
Una tercera parte de las organizaciones no están afiliadas a una federación. Esto no excluye la posibilidad de estar integradas a una central, como es el caso de varias organizaciones afiliadas a centrales de hecho o de derecho.
3. En vista a fortalecer el movimiento sindical, es importante trabajar con las organizaciones por ramas, pero también es importante desarrollar trabajo organizativo en aquellas ramas donde los sindicatos no existen y que constituyen actividades importantes en la producción y el empleo. En este caso estaría como por ejemplo, el sector agropecuario.
4. Las discusiones de problemáticas comunes por rama de actividad económica y la formación sobre temáticas que afectan positiva o negativamente a las organizaciones afines, pueden ser una de las medidas importantes en la área de constituir las organizaciones por ramas.
5. Dada la relación de varias organizaciones con los sectores Secretarios Profesionales Internacionales, es importante coordinar acciones con estas instancias internacionales para facilitar la constitución de las organizaciones por ramas.
6. Una cuestión que tiene mucha relevancia, es la promoción de acciones que permitan elevar la participación de las mujeres en las actividades sindicales. Esto requiere hacer conciencia en las dirigencias y bases sindicales del derecho de las mujeres a la participación y de la necesidad de importancia que esto tiene para el fortalecimiento del movimiento sindical.
Marco legal de los sindicatos en El Salvador
La Constitución de la Republica de El Salvador da pautas muy concretas muy relacionadas con la asociación de los trabajadores, tal es el caso del artículo 7 de la misma que dice: "Los habitantes de El Salvador tienen derechos a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto licito. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación".
Esta misma libertad de asociación es expresada también en el artículo 47, así como se sientan las bases generales del funcionamiento de los sindicatos:
"Los patronos y trabajadores privados, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo o ideas políticas y cualquiera que sea su actividad o la naturaleza del trabajo que realicen, tienen el derecho de asociarse libremente para la defensa de sus respectivos intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos. El mismo derecho tendrá los trabajadores de las instituciones oficiales autónomas.
De dichas organizaciones tienen derecho a personalidad jurídica y a ser debidamente protegidas en el ejercicio de sus funciones.
Las normas especiales para la constitución y funcionamiento de las organizaciones profesionales y sindicales del campo y de la ciudad, no deben coartar la libertad de asociación. Se prohíbe toda cláusula de exclusión.
Los miembros de las directivas sindicales deberán ser salvadoreños por nacimiento y durante el periodo de elección y mandato, hasta después de transcurrido un año de haber cesado en sus funciones, no podrán ser despedidos, suspendidos disciplinariamente, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sino por justa causa calificada previamente por la autoridad competente".
Además, de lo anterior la Constitución de la Republica de El Salvador trata acerca de acciones que utilizan los sindicatos para obtener sus fines, tales como la huelga y el paro; lo anterior se encuentra claramente estipulado en el artículo 48 de la Carta Magna: "Los trabajadores tienen derecho a la huelga y los patronos al paro. Para el ejercicio de estos derechos no será necesaria la calificación previa, después de haberse procurado la solución pacifica establecida por la ley. Los efectos d la huelga o el paro se retrotraerán al momento que estos se inicien"
No obstante en el artículo 221 hace una excepción: "Se prohíbe la huelga de los trabajadores públicos y municipales, lo mismo que el abandono colectivo de sus cargos". Esta prescripción ha sido objeto de polémica en los últimos años debido a la estipulación de la Unión Europea de que se permita la sindicalización de los empleados públicos en El Salvador como condición para que el país pueda acceder a un trato preferencial en el comercio los países que conforman dicha Unión.
Protocolo de San Salvador
Art.8
1. Los Estados partes garantizaran:
a. El derecho de los trabajadores a organizar sindicatos y a afiliarse al de su elección, para la protección de sus intereses. Como proyección de este derecho, los Estados partes permitirán a los sindicatos formar federaciones y confederaciones nacionales y asociarse a las ya existentes, asi como formar organizaciones sindicales internacionales y asociarse a las de su elección. Los estados partes también permitirán que los sindicatos, federaciones y confederaciones funcionen libremente.
Legislación Internacional
Derecho a la sindicalización
En septiembre de 2006, el país ratificó los convenios de la OIT. Entre ellos, el 87 que permitía la sindicalización a los empleados del sector público. Este convenio debería entrar en vigencia un año después de su aprobación. Ante la Corte Suprema de Justicia se interpusieron algunos recursos de inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 del Convenio 87. En octubre de 2007, este órgano declaró inconstitucional el Convenio 87, afirmando que contraviene al artículo 47 de la Constitución de la República pues extiende el derecho a la libertad sindical hacia los empleados públicos, quienes no están comprendidos en la determinación constitucional de los titulares de ese derecho.
Pactos y tratados internacionales
En un segundo peldaño, a continuación de la Constitución de la Republica, se encuentran los tratados, convenios y pacto internacionales, los cuales una vez notificados por la Asamblea Legislativa constituyen leyes de la Republica (Art. 144 de la Constitución).
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
En el artículo 22, numeral 1, de dicho tratado se menciona el derecho a la libertad de asociación.
Art. 22.
1: Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otros, incluso el derecho de fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses.
Pacto internacional de Derecho Económico, Sociales y Culturales
En este tratado se mencionan también la libertad de asociación, así como la de funcionamiento sin obstáculo.
Art.8
1. Los Estados Partes en el presente pacto se comprometen a garantizar:
a. El derecho de toda persona a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatus de la organización correspondiente, para promover y proteger sus intereses económicos y sociales. No podrán imponerse otras restricciones al ejercicio de este derecho que las prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad nacional o del orden público, o para la protección de los derechos y libertades ajenas.
b. El derecho de los sindicatos a formar federaciones o confederaciones nacionales y el de estas a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas.
c. El derecho de los sindicatos a funcionar sin obstáculos y sin limitaciones que las que prescriba la ley y que sean necesarias en una sociedad democrática en interés de la seguridad de los derechos y libertades ajenas.
d. El derecho de huelga, ejercido de conformidad con las leyes de cada país.
Casos emblemáticos del sindicalismo
La Asociación Nacional de Educadores Salvadoreños, ANDES 21 de junio, se formó en 1965 y en 1967 se firman sus estatutos. En 1968, ante la implementación de la Primera Reforma Educativa, se convoca a una huelga nacional, aunque no detiene los planes del Estado.
En 1971, se desarrolla otro paro de labores. Como consecuencia, son acusados de anti sistema con lo cual se propicia que algunos grupos repriman a los docentes. En 1991, se inicia una tercera huelga. En esa ocasión los docentes exigen mejoras económicas, políticas y laborales. El Sindicato de Médicos y Trabajadores del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (SIMETRISSS), fundado en 1997, agrupa a profesionales de la medicina.
Entre sus objetivos plantea luchar por la salud integral para toda la población. Recién fundado, en 1988, presentó al ISSS un pliego de 22 demandas. Ante la negativa institucional de satisfacerlas, enfrentan su primer conflicto, que finalizó con negociación y acuerdos entre las partes. En 1999, acusan al Gobierno de incumplirlo pactado y de intentar privatizar la salud, el SIMETRISS junto con el STISS toman medidas de hecho.
Este conflicto finaliza en 2000 con negociación y una propuesta de manejo de los hospitales. Durante los años 2001 y 2002 promovieron paros laborales que culminaron con el cese de labores por nueve meses. Ante la aprobación de la Ley 1107 se realizan las marchas blancas que finalizaron en junio de 2003 y en 2007 se repiten, como rechazo a una supuesta privatización del sector de la salud.
CAPITULO TERCERO
Conclusiones y recomendaciones
CONCLUSIONES
El derecho a formar parte de un Sindicato es uno de los medios esenciales
de los cuales disponen los trabajadores y las organizaciones privadas, para promover y defender sus intereses laborales y deben ser respetados por el estado.
Si bien es cierto
Autor:
Paulino Vides, Rafael Ernesto
Chiquillo Hernández,
Zuleyma BeatrizGarcia Orellana,
Erika VanessaAyala Pleites,
Tatiana ElizabethSánchez miranda,
Nathaly Marilin
Docente: Douglas Américo Hernández Cosme
Asignatura: Estudios Sociales
Instituto Nacional General Francisco Menéndez
Sección: 2-1 General
San Salvador, 15 de Marzo de 2013