- Justificación
- Planteamiento del problema
- Marco conceptual
- Elemento metodológico
- Plan de trabajo
- El Patrimonio Su Alcance y Aplicación General en la República Dominicana
- Historia
- Teorías que tratan acerca del patrimonio
- Características fundamentales
- Tipos de patrimonios
- Leyes que amparan el patrimonio
- Conclusión
Justificación
Porque gracias a este tema conoceremos el conjunto de los derechos y obligaciones patrimoniales que tiene cada persona. Este tema es fundamentalmente importante para el jurista así como para el estudiante, tener conocimiento de esto es esencialmente importante.
Es una necesidad por que cada quien debe saber la responsabilidad y obligaciones que se le atribuye, y con este tema ampliaremos nuestro conocimiento, mi motivación al elegir este tema fue, que al ser un tema ya conocido e tenido la oportunidad de aprender, con esto pretendo ampliar el conocimiento que ya e tenido de este, cual a su vez será útil ya que es un tema de suma importancia para un abogado conocer los derechos de una persona.
No tengo mucho que aportar a este tema salvo que al estudiar el patrimonio debemos enfocarnos en, que es en realidad lo que queremos saber, que queremos aprender de este tema, Ya que no podemos empezar a leer algo que no nos interés.
Delimitación del tema
Este tema no tiene marco temporal ya que trataremos de dar un punto de viste acorde con la misma ley el mismo significado y el alcance que a tenido esto a la republica Dominicana.
Su marco espacial como ya hemos mencionado abarca la Republica Dominicana, hablaremos del derecho y la ley de patrimonio dominicana que es la que rige todo el país.
Introducción
En el presente trabajo de metodología estaremos presentando parte de la información necesaria sobre el patrimonio, su alcance, cuales leyes la rigen en la actualidad. Este es un tema que abarca mucho antes de la venida de cristo y que a su vez a sido el causante de muchas guerras a lo largo de la historia, en la actualidad es un tema todavía importante ya que con este regimos los temas de sucesiones. Ya sabemos que del patrimonio encontraremos un sin números de definiciones y en mucho escritos encontraremos que dicen que no es fácil de definir ya que al hablar de este se introducen los diferente concectos que de este a avido.
Encontramos el tema del patriomonio mucho antes de la venida de cristo, cuando el hijo . De cristobal colon exigio el patrimonio de su padre establecido en las captulacones de santa fe. (Vega, 2005)
En este trabajo estaremos hablando de la aplicación general en la Republica Dominicana, desde nuestro primer codigo y el aun vigete algunas de las leyes impresas el las siete partidas, su ecorrido en la hisoria sido inmemorable, al llegar la igual entre los hombre se este derecho cubrio a todos los habitantes de la republica dominicana incluyendo los hombre de color y luego años adelante a las mujeres.
En la actualidad todos gozamos de este derecho, en definitiva a tenido repecucion en este pais, el patrimonio en Republica Dominicana a recorrrido un largo trayecto para hacer lo que hoy es, que todos gozemos de los derechos y obligaciones desde la vida hasa la muerte.
partir de esta introduccion se planean las sigtes interrogantes.
Pregunta general
¿Que es el patrimonio?
Preguntas especificas
¿Cuales son las teorias acerca del ptrimonio ?
¿Cuales leyes lo amparan ?
¿Cuales son las carateristicas de este?
¿Cuales tipos de patrimonio existen?
De esta preguntan estableceremos cuales son los objetivos que que tendremos en este tema.
Objetivo general
Analizar que es el patrimonio
Objetivos especificos
Investigar cuales son las teorias acerca de patrimonio.
Examinar cuales leyes amparan el patrimonio.
Estudiar las caracterisicas del patrimonio.
Desarrollar los tipos de patrimnio.
Marco referencial
Estaremos revisando varios libros de autores que nos hablan delpatrimonio, sucesiones, la historia de nuestro derecho;
Los hermanos mazeaud en su libro lecciones de filosofia del derecho en el ubivado en la primear parte del volumen I redadta la instroducion de varios temas entre ellos nos da la definicion y puntos clave sobre el patrimonio.
El proximo libro que estaremo analizando es li codigo civil, y el libro introduccon al estudio del derecho del Doc. franklin garcia fermin y y la licda. Rosalia Sosa Perez. Estaremos abarcando diferentes tipos de libros con el prposito de llenar las espetactivas de este trabajo.
Marco teorico
En el libro de los hermanos mazeaud, ya antes menciondo, se hace mension que en este redacta que en el derecho frances solo reconoce una universalidad juridica de derecho, pero en el patrimonio aparesen otras universalidades.
En nuestro codigo civil estaremos abarcando los articulos que abarcan estetema, diferente al introduccion al estudio del derecho que este no habla del tema ampliamente sin embargo tiene inforacion interesante de este tema.
Metodo
El metodo que utilizamos en este trabajo es el metodo analitico que consiste en la demostracion deun todo, descomponiendo en cada una de sus partes o elementos para observar la causa, la natraleza, y los efectos, apliandolo para analizar este tema en cada una de sus partes para asi llegar a la conclsion.
Tecnica
En el presente trabajo usaremos la tecnica documental como tecnica para revocar informacion.
Diseño
Este tipo de investigacion lo que se va hacer en este ante proyecto va a corde al metodo que no es mas que el conjunto de procedimientos que utiliza el investigador para comprobar la veracidad del trabajo cientifico. El metodo en la face de desarrollar en la investigacion no encontramos siempre con un conjunto de leyes que no dominamos y que a la medida de desarrolla el trabajo podemos determinar de que el metodo es algo dinamico, es algo vivo. Este trabajo esta compuesto por el metodo analitico este consiste en descomponer este tema en cada una de sus partes.
VII. Definicion de terminos
Patrimonio; Conjunto de bienes y derechos que le pertenecen a una persona o empresa, menoslas obligaciones contraidas. Conjunto abstracto de de bienes y de deudas de una persona. (valletta, 2001)
Sucesion; Transmision del patrimonio de una persona a otra, en virtud del fallecimieno del primero. Es la transmision de los derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona muerta a la persona que sobrevive, a la cual la ley o el testador llama para resibirla. El llamado a resibir la sucesion se llama heredero. (valletta, 2001)
Bienes; Cosas materiales suceptibles de apropiacion y todo dereco que forma parte importante del patrimonio. (valletta, 2001)
Propiedad; Faculta que un sujeto tiene para disponer con exclusion de otros, de tales bienes. Es lo que la naturaleza raconal del hombre impone como el medio mejor proporcionado al justo uso de dichos bienes, tomando en cuenta la neesidad deese usoy las condiciones propias de quien debe usarlos. Es distinto de la mera pocesion de bienes materiales. Un sujeto puede poseer algo sin ser propietario o tener propiedad sobre algo que no posee. (valletta, 2001)
Herencia; transmision de la propiedad de todos o una parte de los bienes de una persona, realizada a favor de otra en virtud del fallecimieto de la primera. (valletta, 2001)
Plan de trabajo
Anteproyecto
Presentacion ..1
I. Justificacion . ..4
II. Delimitacion del tema ..4
III. Panteamiento del problema .. .. . ..5
Pregunta General . 6
Preguntas Especificas . ..6
IV. Objectivo General . .6
Objetivo especifico .. . .6
V. Marco conceptual .7
VI. Elemento metodologico .8
VII. Defincion de terminios ..9
VIII. Plan de trabajo 10
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Proyecto de investigacion
1. El Patrimonio Su Alcance y Aplicación General en la Republica Dominicana 13
2. Historia .. 16
3. Teorías que tratan acerca del patrimonio ..17
4. Características fundamentales 20
5. Tipos de patrimonio .21
Patrimonio artístico .21
Patrimonio industrial …21
Patrimonio cultural intangible ..21
Patrimonio cultural tangible inmueble .22
Patrimonio cultural tangible mueble .22
Patrimonio natural ..22
6. Leyes que amparan el patrimonio .. .22
7. Conclucion ..23
8. Bibliografia . 24
El Patrimonio Su Alcance y Aplicación General en la República Dominicana
El patrimonio se abre con el nacimiento junto con nuestros derechos y personalidad juridica y al igual que este se acaba con la muerte. Todo poseemos un patrimonio el cual se pasa por medio de la sucesion de bienes que "estoda cosa que puede ser objeto de de un derecho y representar en el patrimonio de una persona un valor apreciable en dinero" (Franklin Garcia Fermin & Sosa Perez), solo la persona tine patrimonio.
El patrimonio es uno de los conceptos básicos del derecho civil y tiene interés tanto desde el punto de vista teórico, como desde el punto de vista practico.
Todos somos sujetos del derecho asi como todos tenemos derechos y tambien no existe derechos sin estar unido a un sujeo que pueda poseerlo, el patrimonio no solo representan nuestros derechos sino tambien las obligaciones que provienen de este.[1]
Esta institución jurídica permite a la familia contar con un bien fuera del comercio jurídico, protegiendo así al grupo familiar y a su bienestar económico
Según los mazeaud en derecho no es mas que la "nocion del patrimonio que no pueden ser considerada en conjunto y aproximadamente, como la suma de ls valores, positivos y negativos, correspondiente a una misma persona" (Josserrand)
Tambien se puede definir " son los derechos de que pueden apreciarse en dinero" (Franklin Garcia Fermin & Sosa Perez)
El patrinio abarca todo los bienes que contenga una persona todas
"las cosas materiales susceptibles de aprobacion y todos los derechos que forman parte del parimonio, ejemplo; tierra, casa, muebles, usufrupto, servidumbre, creditos, muebles, ficios, fondo de comercio, etc". (Mazeaud, 1976)
El patrimonio se funda en la idea de la personalidad, pero no es un simple atributo de esta. Es imposible prescindir de la persona como centro de unidad de las relaciones jurídicas patrimoniales. Es la persona que contrae las obligaciones, quienes cierre y ejerce los derechos, y quién puede decir su responsabilidad a otra.
Según encontramos en nuentro libro de Derecho Civil nadie puede ser obligado a entregar su patrimonio o sea su propiedad ya que tiene derecho a todo lo que se efectue sobre esta. (Diaz, 2014)
Solo quedan fuera del activo del patrimonio los derechos políticos o públicos, los derechos de la personalidad y al menos la mayor parte de los derechos familiares.
En su evolucion aquí como en todos los paises ltinoamericanos, el control de las leyes en Republica Dominicana, ofrece un interes particular, por la trayectoria seguida por el constituyente dominico en la lucha por nuestra contitucion, es interesante mensionar este tema ya que en ella se edict que todods tenemos derechos y obligacion y que antes de esta no existia en este paies, a partir de la constituccion e 1844 la Republica Dominicana va abquiriando personalidad juridica y nosotros con ella. A continuacion se lestablecera un pequeño reumen de lo qu a sido el patrimonio en la Republica Dominicana. (Garcia, 1984)
Al llegar aquí nuestra primeras leyes, nuestro primeros codigos al ver llegado aquí como sucede con el codigo de las siete partidas ya se habla de nuestros derechos en el siglo XV en este encontramos el patrimonio pero de este goce (Mazeaud, 1976) (Josserand, 1995) solo tenian derecho los hombre libres como al igual que la mayoria de los derechos familiares y patrimoniales "solo correspondian a los libres, crisianos y de raza pura. Los extranjeros, las mujeres, los infieles, los siervos y los esclavos quedaban practivamente escluidos de lo que ahora consideramos derechos humanos" (Vega, 2005)[2]
En el siglo XVI aun las mujeres no podian ejercr casi ningun acto juridico, "estas no podian ni aceptar ni repudiar la sucesiones sin que el marido concurriense autorizandolas" (Vega, 2005).
Con la primera constitucion la esclavitud queda abolida para siempre otorgandoles personalidad jurica a todos no solo a los cristianos, de raza pura, es decir ya podian ejercer sus derechos y obligaciones, el patrimonio.
Ya despues de decadas en 1978 por varias leyes se reaizaron acambios en en a legilacion procesal civil dominicana, incorporando novedades
"En 1978, por la ley No. 855 se modifican muchos articulos del codigo civil, para dar mayor participacion a la esposa en la administrcion del patrimonio de la comunidad matrimonial tambien se reforzo la facultad de la mujer casada para el manejo del dinero proveniente de su trabajo personal" (Vega, 2005).
Teorías que tratan acerca del patrimonio
Entre las teorias podemos encontrar la Teoría Clásica o del Patrimonio de personalidad.
"La forma originaria de la teoría clásica, subjetivista o personalista del patrimonio se debe a Aubry y Rau, en su tratado de Derecho civil, quienes la elaboraron en base a los artículos del Código Napoleónico que corresponden a los artículos 1863 y 1864 de nuestro código civil." (Florez, 2003)
"Para Aubry y Rau el patrimonio es el conjunto de las relaciones jurídicas de una persona, valorables en dinero, consideradas como una universalidad jurídica y ligadas entre si por estar sujetas a la voluntad de una misma persona." (Florez, 2003)
En consecuencia para la Teoría Clásica el patrimonio comprende tanto un activo como un pasivo:
El activo esta conformado por todos los derechos presentes y futuros, valorables en dinero de los que puede ser titular una persona. l pasivo lo constituye tanto las obligaciones como las cargas o gravámenes que pesen sobre los bienes de la persona de que se trate.
Teoría alemana o del Patrimonio de afectación
La teoría alemana u objetivista del patrimonio, no nació de las críticas a la teoría clásica del patrimonio sino de elaboraciones propias de la doctrina romanista y pandectista alemana. Sus principales exponentes son Brinz y Bekker.
La teoría alemana es el vínculo que unifica a los diversos elementos del patrimonio es su común afectación a un fin. En el aspecto positivo de alaba a la teoría alemana, que destaque la afectación común a un fin como elemento unificador del patrimonio y admite la indivisibilidad del patrimonio; pero en cambio, se considera inadmisible la opinión de quienes independizan totalmente las generalidades de patrimonio y personalidad.
No puede admitirse que un conjunto de relaciones jurídicas pueda ser afectado a una misma finalidad, independientemente de quien sea el titular de dicho conjunto.
Tampoco puede admitirse la idea de que los bienes son los que dan unidad al patrimonio. Existe cierta relatividad en el concepto del patrimonio, la única realidad concreta son las relaciones jurídicas singulares. Por otra parte mientras la regla general es que los derechos pecuniarios son transmisibles y además disponibles, existen varios que no lo son ejemplo: los derechos de abuso y habitación, el hogar.
Las regulaciones jurídica del activo y del pasivo del patrimonio, son tan diferentes entre si, que si el concepto del patrimonio abarca a ambos, sólo tienen un valor muy limitado. En efecto, si bien es cierto que la sucesión mortis causa comprende tanto del activo como el pasivo, es innegable que en más de un punto son regulados de manera diferente, el activo no forma parte del común de los acreedores.
En nuestro Derecho Civil a diferencia del Derecho Mercantil no existen procedimientos de ejecución universales o sea que abarque a todo el patrimonio sino que el acreedor debe limitarse a ejecutar uno o más bienes del deudor consideradas "uti singulis".
También tiene valor muy relativo los caracteres que al patrimonio señala la doctrina clásica lo que no es de extrañar porque dichos caracteres fueron reducidos de la falsa premisa de que el patrimonio es un atributo de la personalidad.
Hasta la doctrina clásica admite la transmisión del patrimonio por causa de muerte y si bien la indivisibilidad del mismo puede considerarse una regla generalmente conveniente, no es una derivación lógica y necesaria del concepto del patrimonio puesto que la ley puede permitir la existencia de patrimonios separados cada vez que lo considere conveniente para facilitar elcomercio, para evitar perjuicios a determinadas personas o para cualquier otro propósito que considere digno de proteger en esa forma.
para integrar el patrimonio personal de alguien, La vigilancia y conservación a que se somete durante todo el tiempo que sea necesario y mientras dure la situación que le dio origen, Durante la provisionalidad, esta masa de bienes se encomienda a un administrador que lo mantiene y salvaguarda hasta tanto se ha conocido el titular de los derechos del patrimonio.
Para los exponentes de esta teoría el patrimonio tiene tres
El Patrimonio es una Universalidad Jurídica:
Es decir que los bienes y obligaciones contenidas en el patrimonio forman lo que se llama una universalidad de derecho, esto significa que el patrimonio constituye una unidad abstracta distinta de los derechos y obligaciones que lo componen. Estos pueden cambiar, disminuir, desaparecer enteramente y no así patrimonio que queda siempre el mismo, durante la vida de la persona. Para esta corriente los derechos y obligaciones de una persona giran sobre su patrimonio en el que forman una masa patrimonial. Para los clásicos la finalidad patrimonio reside en la satisfacción de los acreedores del titular de este patrimonio de modo que el deudor responde con todo su patrimonio y con los bienes presentes y futuros habidos y por haber.
Señalan los clásicos, que cuando el titular del patrimonio enajena un bien, surge una especie de subrogación, en el sentido de que otro bien va a ocupar el lugar que antes ocupaba el bien enajenado. Esta subrogación es una ficción de derecho.
La clasificación del patrimonio se caracteriza por, La destinación aún fin jurídicamente válido, La temporalidad de la situación que lo ha originado, fue superada esta, dejará de ser tal para integrar el patrimonio personal de alguien, La vigilancia y conservación a que se somete durante todo el tiempo que sea necesario y mientras dure la situación que le dio origen, Durante la provisionalidad, esta masa de bienes se encomienda a un administrador que lo mantiene y salvaguarda hasta tanto se ha conocido el titular de los derechos del patrimonio.
Entre los tipos de patrimonio encontramos varios que se le pueden hacer mención aunque en este trabajo estamos abarcando uno en especial que es el de la persona en si, el patrimonio, la universalidad jurídica de toda persona jurídica.
Los tipos de patrimonio refieren al conjunto de bienes y derechos de los que consta una persona. Pero, además de ser un atributo de la personalidad, se considera que se limita exclusivamente a las posesiones materiales o a los derechos consagrados. Esta es una concepción errónea, ya que no existen diversos tipos de patrimonio en los que no intervienen precisamente valores monetarios, y que son pertenecientes a toda la sociedad en su conjunto.
Patrimonio natural: En un sentido amplio, está conformado por todos aquellos monumentos naturales que fueron creados por la naturaleza y que adquirieron valor estético y científico a lo largo del tiempo.
Patrimonio cultural tangible mueble: Se caracteriza por aquellos objetos móviles que guardan algún valor significativo para la sociedad, como los manuscritos, los documentos, los elementos históricos, las fotografías, las películas, las grabaciones, las artesanías, obras de arte y estatuillas que pueden ser trasladadas y las colecciones científicas que fueron funcionales al avance de una determinada materia de estudio.
Patrimonio cultural tangible inmueble: Son aquellas obras de la humanidad que por su tamaño o condición se caracterizan por la inmovilidad. Son los monumentos artísticos, los paisajes culturales, los sitios arqueológicos, los sitios y monumentos históricos.
Patrimonio cultural intangible: Este tipo de patrimonio está conformado por los bienes culturales intangibles legados a la humanidad en el pasado, y por todos aquellos que se crean en el presente, y que son tenidos en cuenta por la sociedad por la importancia simbólica o estética que poseen.
Patrimonio industrial: Está compuesto por los restos de la cultura industrial posteriores a la Revolución que conllevan un reconocimiento histórico, social y científico. Son edificios o maquinarias en los que se desarrollan actividades industriales o técnicas.
Patrimonio artístico: Si bien podría incluirse en el tipo de patrimonio cultural tangible mueble, a menudo se utiliza esta división particular para distinguir a las obras de arte, cualquiera sea su forma de expresión.
Leyes que amparan el patrimonio
La ley para la protección del patrimonio cultural de la nación , decreto No. 81-84 nos ampara el patrimonio, de este no se puede disponer con facilidad ya que este amparado por esta ley que esta ley en su articulo 1 nos dice La presente Ley tiene por objeto la defensa, conservación, reivindicación, rescate, restauración y protección de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la nación.
La ley en los artículos 56, 57, 58, 59 de la constitución nos habla de la protección ante la ley de nuestros derechos desde que nacemos hasta aun después de la vejez, en estos artículos nos habla de que estos derecho siempre estarán presente y el derecho de la familia la igualdad.
Concluimos con este proyecto, pero no con este tema ya que va mas alla de lo que aquí hemos mencionado, es un tema amplio en el libro sucesiones y liberalidades de artagna perez mendez encontramos que
"Entre las diferentes formas de adquisición y transmisión de la probabilidad por el legislador, las sucesiones, donaciones y testamento han merecido una especial atención. En tal sentido, los artículos del 1718 al 1100 del código civil están dedicados a desarrollar regímenes de sucesiones, donaciones entre vivos y testamento cuyo resulta de lo mas incesante. El programa que ocupa las siguientes páginas se fundamenta en las reglas que rigen esas importantes instituciones del derecho civil"
Este tema es amplio desde la sucesión de los hijos que no establecimos en este tema, hasta informarnos de los impuesto por sesta. De las sucesiones existen impuesto establecidos en la ley No. 2569 de la constitución civil del impuesto sobre sucesiones y donaciones donde encontramos una serie de artículos referentes al tema
Como ya hemos visto este tema va mas allá de un trabajo es una historia es la aplicación es este país, todo lo que hemos pasado y por fin; derechos, libertad, y constitucionalidad. A empezamos con solo pocos que gozaran de este privilegio, abarcando a todos no importa el color, extendiéndose a las mujeres y hoy en día todos tenemos derechos y obligaciones, toda persona tiene un patrimonio.
8. Bibliografía
valletta, M. l. (2001). diccionario juridico (2da edicion ed.). Buenos aires, Argentina: valleta ediciones.
Vega, W. (2005). Santo Domingo, R.D.
Franklin Garcia Fermin , & Sosa Perez, R. introduccion al estudio el derecho (ediciones juridicas trabajo potentini ed.). Santo Domingo, R.D.
Mazeaud, H. L. (1976). Leccions de derecho civil (Vol. I). Buenos Aires, Argentina: ediciones juridicas europa-americana.
Josserand, L. (1995). Derecho Civil (Vol. I). Buenos Aires, Argentina: ediciones juridicas europa-americana.
Diaz, M. (2014). En Codigo Civil De La Republica Dominicana. Santo Domingo, R.D.
Garcia, J. J. (1984). En Derecho Constitucional Dminicano. Santiago, R.D.
Florez, C. (17 de noviembre de 2003). edu.red. Recuperado el 2 de diciembre de 2015, de http://www.monografias.com/trabajos13/trainsti/trainsti
constitucional, t. (2010). Constitucion de la Republica Dominicana. santo domingo, Republica Dominicana.
Autor:
Estefany Beatriz Almanzar Batista
Trabajo de : Metodologia
Profesor: Werner Feliz
[1] Todo ser humano posees una existencia juridica dotada de personalidad con capacidad juridica
[2] En este libro de historia de derecho encontramos una gran informaci?n sobre nuestra historia jur?dica.