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Clasificación de los seguros en Venezuela (página 2)

Enviado por yibetza2002


Partes: 1, 2

e) De orfandad.- Tiene por objeto la concesión de una Pensión Temporal a favor de los hijos menores de 18 años en caso de fallecimiento del padre o la madre trabajadora con el que convivan y del cual dependan económicamente.

f) De capital de supervivencia.- El capital es pagadero inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, si ocurre antes que el de otra persona designada al contratar el seguro, denominada beneficiario o sobreviviente. Si ésta fallece antes que el asegurado, queda rescindido el seguro y las primas pagadas pueden quedar, ya sea a favor de la compañía de seguros, o bien del sobreviviente, según haya sido pactado al celebrarse el contrato de seguro, la prima anual deja de pagarse al morir el asegurado.

3.Seguro Dotal Mixto.- Es un tipo especial que se integra por un seguro de riesgo y un seguro de ahorro, en virtud de la cual, si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se entregará al propio asegurado la suma asegurada establecida por el contrato, y tiene las siguientes modalidades:

a) Mixto completo.- Si el asegurado vive al vencimiento del plazo del seguro, participará también en utilidades de la póliza con un determinado porcentaje sobre la suma asegurada.b) Mixto simple.- Garantiza el pago de la suma establecida, a los beneficiarios designados, al producirse el fallecimiento del asegurado, siempre que ocurra antes del vencimiento del contrato.c) Mixto doble.- Son iguales al del seguro mixto simple, con la particularidad de que el contrato no se extingue con el pago de la suma asegurada establecida al asegurado si vive al vencimiento de la póliza.d) Mixto Revalorizable.- La suma asegurada aumenta cada año, aunque sus características son iguales al seguro mixto.e) Mixto variable.- En caso de sobrevivencia el asegurado va percibiendo la suma asegurada distribuida en determinado porcentajes y pagada en diferentes momento.f) A plazo fijo.- En esta modalidad se garantiza el pago de la suma asegurada al vencimiento de la póliza, sin importar si el asegurado vive o ya falleció.g) Dotal.- El beneficiario será un menor de edad, sin importar si el asegurado vive o no.h) Seguro de Vida Universal.- Se combina el proceso de capitalización y el seguro temporal renovable, siendo un plan de ahorro.

Fuente:Condusef

Seguro por Daños

En este tipo de seguro, existen diferentes ramos como son:

I. Ramo de Incendio.- Es aquel que garantiza al Asegurado el pago de una indemnización en caso de incendio de los bienes especificados en la póliza o la reparación o reposición de la piezas averiadas, y puede contemplar coberturas adicionales como pueden ser:Responsabilidad civil, pérdida de rentas, pérdida de beneficios, gastos y daños.

2. Ramo de Responsabilidad Civil.- Se compromete a indemnizar al asegurado del daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas que dependen civilmente del asegurado.

3. Ramo Agrícola.- Tiene por objeto la cobertura de los riesgos que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales y sus principales modalidades son:a) Seguro de Ganado.b) Seguro de Incendio de Cosechas.c) Seguro de Granizo.

4. Ramo de Crédito.- Tiene por objeto garantizar a una persona el pago de los créditos que tenga a su favor cuando se produzca la insolvencia de sus clientes deudores por créditos comerciales.

5. Ramo de Transportes.- La compañía de seguros se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías y se divide en marítimo, aéreo y ferroviario:

a) Seguro Marítimo.- Garantiza los riesgos de navegación que puedan afectar, tanto al buque transportador como a la carga transportada, y puede ser seguro de buque, carga o flete.b) Seguro de Aviación.- Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por aeronaves.c) Seguro Ferroviario.- Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por ferrocarril.

6. Ramo de Diversos

Se divide en varias categoriasa) Seguro de Robo.- La compañía de seguros se compromete a pagar los daños sufridos por la desaparición, destrucción o deterioro de los objetos a causa de robo, asalto o tentativas.b) Seguro Cinematografía.- Tiene por objeto cubrir los daños durante una producción cinematográfica.c) Seguro Cristales.- Éste garantiza al asegurado el pago de una indemnización o reposición en caso de rotura accidental de las lunas o cristales descritos en la póliza.d) Seguro Ingeniería.- Consiste en un grupo de modalidades de cobertura que amparan determinados riesgos derivados del funcionamiento, montaje o prueba de maquinaria o inherentes a la construcción de edificios. Sus principales modalidades incluyen:I Seguro de Construcción.- Garantiza los daños que puedan sufrir los bienes integrantes de una obra ejecutada.II Seguro de Maquinaria.-Garantiza los daños que puedan sufrir maquinaria, equipos o plantas industriales.III Seguro de Montaje.- Se asemeja al de construcción pero en el momento de su instalación o montaje.IV Seguro Electrónico.- Garantiza el seguro al equipo de procesamiento de datos descritos en el contrato.V Seguro de Calderas.- Asegura a las calderas en caso de explosión, entre otros.

Seguro de Gastos Médicos

edu.red

Son los seguros que cubren la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal o la salud del Asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad.

En esta clase de seguros la Aseguradora, mediante el pago de la prima correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos, rayos x, etc. a los asegurados y en su caso a los dependientes económicos cuando así quede convenido en la póliza del seguro.

Para cada plan de seguro hay una cobertura específica, por lo que es conveniente que usted revise el contenido de su póliza y verifique que la cobertura del plan que contrató cubra sus necesidades.

Prestaciones más comunes que tienen los seguros de gastos médicos

1.Cuarto y alimentación en el hospital (privado o compartido).2.Cama extra para un acompañante cuando el asegurado esté internado.3.Servicios generales de enfermería.4.Laboratorios y rayos X en el hospital.5.Medicamentos en el hospital.6.Gastos varios en el hospital.7.Honorarios de los médicos.8.Operaciones y servicios de anestesia.9.Terapia intensiva.10.Servicio de transporte de urgencia.11.Cobertura de enfermedades adicionales aumentando el monto de la prima.12.Terapias fuera del hospital como paciente externo.Otros beneficios adiconalesque pueden establecerse en el seguro de gastos médicos

a) Una suma asegurada, que percibirían los herederos legales o los beneficiarios designados en la póliza en caso de fallecimiento accidental del Asegurado.Esta cobertura se puede ampliar de manera que cubra las pérdidas orgánicas originadas a consecuencia de un accidente, para lo cual se establece una Escala de Indemnizaciones que estipulan el porcentaje de la suma asegurada que corresponderá por cada tipo de pérdida orgánica.

b) Una suma asegurada en caso de incapacidad permanente y total, causada por accidente. Cuando se trate de incapacidad permanente parcial, la Compañía de Seguros sólo pagará un porcentaje de la suma asegurada establecida para esta cobertura, de acuerdo con la gravedad de la lesión y conforme a la tabla específica que se encuentra en las condiciones generales de la póliza.

c) Una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante los días en que el Asegurado permanezca inactivo a causa del accidente.

d) Extensión de la cobertura del seguro a algunos países extranjeros.

Elementos que debe conocer sobre su seguro de gastos médicos

Período de espera.- Es el período de tiempo establecido en la póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la Aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento médico de ciertas enfermedades o padecimientos.Preexistencia.- Es la enfermedad o padecimiento que se inició antes de la contratación del Seguro de Gastos Médicos y que consecuentemente no están cubiertos por el seguro.

Deducible.- Es una cantidad de dinero a partir de la cual la Aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible.

Coaseguro.- Es un porcentaje del total del monto que la aseguradora haya considerado como procedente para la atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también lo pagará el asegurado.

La mayoría de los seguros de gastos médicos, además del deducible, hacen que el Usuario se solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo cual se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en coasegurador. El pago de esta cantidad tiene como objeto que sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad realmente grave, pero generalmente la Aseguradora no cobra ni deducible ni coaseguro en el caso de accidentes.

Como pagar en caso de utilizar su seguro de gastos médicos

Las formas en que la aseguradora podrá indemnizarle son:a) Pago directo en el cual el asegurado solo paga el deducible y coaseguro y la aseguradora paga directamente al médico u hospital.b) Reembolso en el cual el asegurado paga al médico u hospital y después por medio de una reclamación presentada a la aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que hayan sobrepasado las cantidades del deducible y del coaseguro.

Nota:Para que la compañía pueda tramitar la indemnización correspondiente, es necesario que usted le entregue toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleve a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarle la indemnización respectiva.

Clausulas del seguro de gastos médicos que debe tener en su póliza

a) Importe de la suma asegurada por evento o reclamación, por período o por la vida del asegurado. Asegúrese de que la suma asegurada se reinstale (vuelva a ser por la misma cantidad) después de cada reclamación o periodo.b) Que cubra cirugía estética, procedimientos odontológicos y oftalmológicos requeridos a causa de un accidente o enfermedad que sí esté cubierta.c) Los deportes conocidos como peligrosos (automovilismo, motociclismo, tauromaquia, paracaidismo etc) están excluidos de estas pólizas sin embargo si usted los practica, pueden estar cubiertos cuando se paga una extraprima.d) Que cuente con la cobertura de enfermedades graves, ej: cáncer, sida.e) Si cambia de aseguradora, verifique que le respeten su antigüedad.

Plazos para el pago de su póliza

Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerle diversos plazos para el pago de las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son anual, semestral, trimestral o mensual. A partir de que usted contrate su seguro de gastos médicos independientemente de la forma de pago que haya elegido (anual, semestral, trimestral, etc) de acuerdo a la ley tiene 30 días para realizar el pago de su póliza, así como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo si usted no ha realizado el pago del seguro la Compañía Aseguradora podrá cancelar su póliza y usted no estará protegido.

Es importante que usted este enterado de que cada vez que se venza el plazo de vigencia de su póliza, y una vez que usted haya informado a su aseguradora por medio de su agente de seguros, su deseo de renovarla, contara con el plazo de 30 días señalado a partir del vencimiento de la misma.

Existen varias aseguradoras que ofrecen planes de seguros de gastos médicos, por lo que es importante que antes de decidirse por alguno, contacte usted a los diferentes agentes de seguros de esas Compañías para que le hagan un presupuesto en base al seguro que Usted necesite. Con todo esto usted se encontrará en posibilidad de elegir el plan de seguros que mejor convenga a su presupuesto y a sus necesidades.

Y recuerde:-No firme ningún documento sin leerlo-No firme o pague su póliza si no esta de acuerdo con las condiciones de la misma.

Seguro de Pensiones

Seguro de pensiones de la seguridad social

A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley del Seguro Social en Julio de 1997, hubo cambios trascendentes para el futuro de los trabajadores afiliados al mismo Instituto. Uno de los cambios importantes a la Reforma, fue el abrir la posibilidad a que las Instituciones de Seguros llevaran a cabo la administración y pago de las Pensiones Derivadas de la Seguridad Social, actividad que desarrollaba anteriormente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es la encargada de autorizar a las Compañías Aseguradoras la operación de los Seguros de Pensiones Derivados de la Seguridad Social a través de dos tipos de autorización:

* Autorización para que las instituciones de seguros puedan operar el ramo de pensiones a través de constituirse como compañías de pensiones especializadas, las cuales solo podrán manejar los Seguros de Pensiones.* Autorización para que las instituciones de seguros que manejan el ramo de vida, puedan ampliar su operación y así comercializar los seguros de pensiones por un plazo de 5 años, obligando a las mismas a separar la operación de pensiones antes del 1o de julio del 2002.

Ambos tipos de autorización están sujetos a previa certificación por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), con la cual se garantiza que todas las compañías que operan el ramo cuentan con la solvencia económica y financiera, los sistemas y la capacidad para operar en forma correcta los seguros de Pensiones.

El plazo de 5 años marcado para las compañías que operan el ramo de pensiones, es un plazo que la Ley les otorga para que se conviertan en compañías exclusivas de pensiones. Con ello se formalizarán legalmente como compañías de pensiones terminado dicho plazo, acatando así los cambios que establece la Ley.

Partes que intervienen en un seguro de pensiones de la seguridad social

Asegurado:Trabajador o persona de aseguramiento inscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos de la Ley del Seguro Social.Pensionado:Es el asegurado que por resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total, incapacidad permanente parcial, invalidez, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios de aquel cuando por resolución del Instituto tengan asignada una pensión de viudez, orfandad, o de ascendencia.Beneficiarios:Es el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado señalados en la Ley del Seguro Social.

Tipos de Pensiones

Pensión por Invalidez:Es el estado de invalidez permanente dictaminada por el IMSS que da derecho al asegurado, al otorgamiento de una pensión definitiva.Para los efectos de la Ley del Seguro Social existe invalidez cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

Pensión por Incapacidad:Los riesgos de trabajo pueden traer como consecuencia la incapacidad permanente, ya sea parcial o total, o inclusive la muerte del trabajador.Al declarar el IMSS la incapacidad permanente total del asegurado, éste recibirá una pensión mensual definitiva.

Incapacidad permanente parcial:Si la valuación de la incapacidad dictaminada por el IMSS es superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá una pensión. Si la valuación definitiva de la incapacidad fuese de hasta el veinticinco por ciento, se pagará al asegurado, en sustitución de la pensión, una indemnización global equivalente a cinco anualidades de la pensión que le hubiese correspondido.Dicha indemnización será optativa para el trabajador cuando la valuación definitiva de la incapacidad exceda de veinticinco por ciento sin rebasar el cincuenta por ciento.

Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado, el Instituto Mexicano del Seguro Social otorgará:

Pensión por Viudez:Se le dara a la viuda una pensión, y sólo a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado vivió como si fuera su marido durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado tenía varias concubinas, ninguna de ellas gozará de pensión. La misma pensión le corresponderá al viudo o concubinario que dependiera económicamente de la trabajadora asegurada o pensionada.

Pensión por Orfandad:- Se le da una pensión a cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, menores de dieciséis años.- O extenderá el goce de esta pensión, a los huérfanos mayores de dieciséis años, hasta una edad máxima de veinticinco años, cuando se encuentren estudiando en planteles del sistema educativo nacional, tomando en consideración, las condiciones económicas, familiares y personales del beneficiario y siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.- Una pensión a cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, que se encuentren totalmente incapacitados.

Pensión por Ascendencia:A falta de viuda o viudo, huérfanos, concubina o concubinario con derecho a pensión, a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del trabajador fallecido o del pensionado, se le pensionará una pensión.

Puntos a tener en cuenta si un trabajador está tramitando su pensión

  • El IMSS es quien determina el derecho a recibir una pensión así como el monto y demás prestaciones contempladas en la Ley.

  • Las pensiones por incapacidad, invalidez o muerte de un trabajador, que se originen a partir del 1º de julio de 1997, serán pagadas por Aseguradoras Autorizadas de acuerdo a la Nueva Ley del Seguro Social.

Como elegir libre y correctamente a la Compañía Aseguradora que le pagará su pensión

  • Reciba y escuche en su domicilio a los representantes debidamente acreditados de las Aseguradoras Autorizadas. Ellos le explicarán los beneficios que por Ley le corresponden y aquéllos que en forma adicional le ofrecerán sin costo alguno.Asegúrese que los beneficios adicionales que le ofrezcan sean claros y precisos en sus términos y cuenten con el registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.Cada Aseguradora deberá presentarle su oferta de beneficios adicionales una sola vez, por escrito y en papel oficial de la Compañía.

  • Compare todas las ofertas que por escrito le presenten Tome su tiempo para analizarlas y no permita que nadie lo presione o quiera intervenir. El trámite debe ser personal ya que está decidiendo su futuro y el de su familia.

  • Considera el prestigio, respaldo, experiencia, solidez financiera y servicio que le ofrece la Aseguradora que le pagará tu pensión.

  • Está prohibido que los representantes de las Aseguradoras le ofrezcan pagos en efectivo antes o al momento de la firma de su Documento de Elegibilidad; tampoco deben utilizar los beneficios adicionales como medida de presión para que haga su elección.Todos los pagos que le correspondan le serán entregados en la fecha establecida, después de que haya recibido su póliza del Seguro de Pensiones.

  • Recuerde que Usted puede realizar los trámites, no permita que otra persona los realice por Usted.

  • Todos los trámites son gratuitos.

  • Una vez que elija su Aseguradora y firme el documento de elegibilidad, no podrá cambiarse de compañía.

Compañías Autorizadas para pagar su seguro de pensiones

  • HSBC, Pensiones, S.A.

  • HSBC, rentas Vitalicias, S.A.

  • Metlife Pensiones México, S.A.

  • Pensiones BBVA Bancomer, S.A. de C.V.

  • Pensiones Banorte Generali, S.A. de C.V.

  • Pensiones Comercial América, S.A. de C.V.

  • Pensiones Inbursa, S.A.

  • Principal Pensiones S.A. de C.V.

  • Profuturo GNP Pensiones, S.A. de C.V.

  • Royal & Sunalliance Pensiones (México), S.A. de C.V.

  • Seguros Banamex, S.A. de C.V.

Seguro de Responsabilidad Civil

Seguro de resposabilidad civil Profesional

Existen compañías de seguros, que además ofrecen este tipo de protección a ciertos mercados específicos, como el de la construcción, medicina, para los arrendatarios de inmuebles, para quienes se dedican a organizar eventos, para quienes realizan filmaciones, etc. A este tipo de pólizas se les llama seguro de responsabilidad civil profesional.

Seguro para médicos

Dentro del Ramo de Daños, encontramos el seguro de Responsabilidad Civil, que a su vez, se especializa en el llamado seguro de responsabilidad profesional.

Que cubre este seguro para médicos

1. Responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado: Queda cubierta la responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado médico por muerte o lesión en la integridad corporal de sus pacientes, a consecuencia de culpa, ya sea por negligencia o impericia en el ejercicio de una profesión médica, en los términos de la Ley sobre el Contrato de Seguro.

2. Responsabilidad civil del Asegurado. Este seguro también ampara la responsabilidad civil del Asegurado, encaso de:a) Primeros auxilios proporcionados en el extranjero, excluyendo Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y sus territorios.b) Daños ocasionados por cirugía plástica posterior a un accidente, la correctiva de anormalidades congénitas, así como los daños no estéticos derivados de la cirugía estética.c) En el caso de profesiones veterinarias, derivada de daños causados a los animales entregados para su tratamiento.d) Derivada de los auxiliares que al servicio del Asegurado ejerzan una actividad médica auxiliar, farmacéutica o laboratorista, ya sea por negligencia o impericia en el desempeño de sus labores.e) Por el uso u operación de aparatos médicos con fines de diagnóstico, tratamiento o de terapéutica, siempre que dichos aparatos y tratamientos estén reconocidos por la ciencia médica y no se encuentren comprendidos dentro de la obligación de seguro de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, previstos en los capítulos I, II y III de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.f) Derivada de la aplicación, a pacientes, de materias radioactivas naturales o artificiales en aparatos en los que está incorporado un isótopo irradiador (por ejemplo, la bomba de cobalto) y otras materias radioactivas.

3. Gastos y costos legales por reclamaciones en materia civil.Quedan asegurados los gastos y costas legales por reclamaciones en materia civil, bajo las siguientes bases:a) Cuando el abogado sea designado por la Compañía, los gastos de defensa estarán asegurados hasta por un monto igual al 50% adicional a la suma asegurada contratada.b) En caso de que el Asegurado designe a su propio abogado, los gastos de defensa estarán cubiertos hasta por el mismo monto del 50% adicional de la suma asegurada contratada, con un límite por concepto de honorarios de abogados del 20% de dicho monto.

Nota:Queda entendido y convenido que los límites establecidos en los incisos a) y b) anteriores operan para uno y todos los siniestros presentados durante la vigencia de la póliza.Cualquier indemnización hecha por la Compañía bajo este concepto, reducirá en igual cantidad la suma asegurada establecida para el mismo, por lo que las indemnizaciones de siniestros subsecuentes serán pagadas hasta el límite de la suma restante.

4. Exclusiones: Esta cobertura no ampara ni se refiere a reclamaciones y/o responsabilidades:a)Notificadas al Asegurado, judicial o extrajudicialmente, antes del inicio de la vigencia de la presente póliza.b) Cuando las reclamaciones del paciente afectado y/o sus beneficiarios no sean hechas por escrito al Asegurado.c) Derivadas de transfusiones de sangre o por la actividad de bancos de sangre.d) Derivadas de daños causados por servicios profesionales proporcionados bajo la influencia de narcóticos, medicamentos o sustancias que de cualquier manera afecten el buen funcionamiento del sistema nervioso.e) Derivadas de daños y/o perjuicios que sean consecuencia directa de tratamientos dolosamente innecesarios o por la violación del secreto profesional.f) Dirigidas a la obtención de reembolso de honorarios profesionales del Asegurado.g) Derivadas de daños relacionados, de cualquier modo, con el SIDA.h) Por daños genéticos.i) Por daños sufridos por cualquier persona que ejerza actividades profesionales, científicas o derivadas de la medicina en el consultorio o lugar de trabajo del Asegurado, y que por el ejercicio de esta actividad sufra daños.j) Quedan excluidos de la protección de este seguro los anestesiólogos, a menos que sean los asegurados titulares de esta póliza.k) En el caso de médicos odontólogos u ortodoncistas: Por daños causados por la aplicación de anestesia general o mientras el paciente se encuentra bajo anestesia general, si esta anestesia no fue llevada a cabo en un hospital acreditado para dicho fin.l) En el caso de la cirugía plástica, no quedan amparados los resultados en la configuración y aspecto físico estético de la operación o tratamiento, así como la insatisfacción del paciente por las mismas causas.m) Derivadas de un diagnóstico, tratamiento y/o procedimiento quirúrgico que no le corresponda al Asegurado, de acuerdo a su especialidad.n) Derivadas de los daños ocasionados por los medicamentos recetados por el Asegurado.o) Derivadas de los daños causados por medicamentos y/o aparatos en fase experimental o que no se encuentren registrados ante la autoridad competente, en caso de ser necesario su registro conforme a la legislación de la materia.

5. Fianza garantizada:Se utiliza en caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional para Médicos, y de acuerdo con los requisitos que la Ley establece respecto a la presentación de una fianza para lograr la libertad provisional, condicional y/o preparatoria del Asegurado.La Compañía pagará el importe de la prima correspondiente a dicha fianza, expedida por una Compañía Afianzadora legalmente constituida.

6 Asistencia legal en lo penal.- En caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional para Médicos. Mediante esta cobertura también se otorgan los servicios profesionales de asistencia legal necesaria en los procedimientos penales y que, de acuerdo a las leyes vigentes en la República Mexicana.Requieren del inicio y seguimiento de cualquier procedimiento, comprometiéndose la Compañía a cubrir los gastos de defensa que permitan gestionar, con la anuencia del Asegurado, su libertad provisional y/o condicional según corresponda de acuerdo al procedimiento iniciado.

A quien esta dirigido este seguro

El Seguro de Responsabilidad Civil para Profesiones Médicas, está dirigido a médicos titulados de cualquier especialidad, asociaciones, institutos y grupos de colegios de médicos.

Sugerencias antes de adquirir un seguro para médicos

Antes de adquirir un seguro de este tipo, así como de cualquier otro tipo, es necesario comparar varias opciones, lo que permite identificar cuál es el que más se acerca a lo que usted necesita. Es recomendable entonces tomar en cuenta aspectos tales como:

  • Primas.

  • Cobertura.

  • Riesgos cubiertos y no cubiertos.

  • Alcances en el extranjero (si es el caso).

  • Obligaciones y responsabilidades tanto del contratante como de la compañía aseguradora.

Compañías que manejan el seguro para médicos

  • ING Comercial América.

  • Responsabilidad Civil Profesiones Médicas.

  • GNP Grupo Nacional Provincial.

  • Responsabilidad Civil Profesional para Médicos.

  • Seguros Inbursa.

  • Responsabilidad Civil Profesionales Médicos.

Datos generales de los seguros

¿Qué es un seguro?

Es un instrumento financiero por el cual se otorga una Suma Asegurada en caso de fallecimiento, invalidez o supervivencia. La aseguradora pagará a los beneficiarios la suma asegurada en caso de invalidez, supervivencia o muerte del asegurado, de acuerdo a las condiciones contratadas, siendo requisito fundamental que la póliza se encuentre vigente.

Elementos que conforman un seguro

La Contratación

Los Seguros de vida se pueden adquirir o contratar a través de agentes o corredores de seguros y bancos.En un seguro de vida individual, el asegurado puede elegir las coberturas de acuerdo a sus necesidades de protección y ahorro.Si desea contratar un seguro, comience por hacer una solicitud, documento que recaba la información del solicitante y en caso de ser aceptado formará parte del contrato de seguro.

La Suma Asegurada

Es el monto que se compromete a pagar la aseguradora, siempre y cuando haya sido contratada la cobertura.

Beneficiarios

Los beneficiarios deben tener una relación con el asegurado y una dependencia económica total o parcial de él. Estas relaciones son evidentes en el caso de esposa, hijos, hermanos menores en edad no productiva, padres, etc.

Costo del Seguro

El costo del seguro es la prima estipulada en la carátula de la póliza, sujeta a variables tales como edad, estado de salud, ocupación, hábitos, entre otros.Todos los pagos relativos al contrato de seguro, ya sea por parte del asegurado o de la aseguradora, se efectuarán en moneda nacional. Cuando el plan esté contratado en otra moneda se tomará el tipo de cambio vigente en el momento del pago.La forma tradicional de pago es anual, pero también se ofrecen formas de pago mensuales, trimestrales o semestrales con un recargo por pago fraccionado; muchas compañías cuentan con el cargo automático a tarjeta de crédito y cuenta de cheques.En términos generales la suma asegurada total puede ser hasta 10 veces la percepción anual del asegurado.

Los beneficios adicionales de un seguro

Algunos de los beneficios adicionales que ofrecen las compañías de seguros son pago de la suma asegurada por muerte accidental, pago de la suma asegurada por invalidez y exención de pago de primas por invalidez, entre otros, los cuales pueden tener o no un costo adicional y deben quedar claramente especificados en la carátula de la póliza.

Como solicitar el pago de su seguro

Para el pago de reclamaciones, el beneficiario deberá llenar el formato de reclamación provisto por la aseguradora.Las aseguradoras podrán solicitar entre otros documentos los que a continuación se mencionan:

  • Actas de nacimiento del asegurado y beneficiarios.

  • Actas de defunción.

  • Actas de matrimonio si el beneficiario es el cónyuge.

  • Identificaciones oficiales.

  • Acta del ministerio público en caso de muerte accidental.

  • Dictamen de Invalidez.

Tipos de seguros

Los principales tipos de seguros son: Seguro Ordinario de Vida o Vitalicio

En este tipo, la aseguradora pagará la suma asegurada de esta cobertura al ocurrir el fallecimiento del asegurado, su objetivo es otorgar protección por fallecimiento durante toda la vida.

Seguro Temporal

En este caso, la aseguradora únicamente pagará la suma asegurada de esta cobertura si el asegurado fallece durante el plazo estipulado en la carátula de la póliza. Su objetivo es ofrecer protección durante este plazo.

Seguro Dotal

La aseguradora pagará la suma asegurada de esta cobertura al término del plazo contratado o antes si el asegurado fallece. Su objetivo es ofrecer protección por fallecimiento y supervivencia.A partir de estos tipos, se pueden combinaciones que generan productos para cubrir necesidades de protección (por fallecimiento, invalidez y supervivencia), jubilación, educación y ahorro.

Origen y misión del seguro

Orígenes

La institución del Seguro es casi tan antigua como la civilización misma; se encuentran antecedentes en las culturas griega y romana, y entre los aztecas; quienes concedían a los ancianos notables, algo semejante a una pensión.

El primer contrato de seguro, surgió en 1347 en Génova Italia, mientras que la primera póliza apareció en Pisa en el año de 1385.

Para 1629 En Holanda, nace la Compañía de las Indias Orientales, primera gran compañía moderna que asegura el transporte marítimo . Este tipo de institución se multiplicó por todo el Continente Europeo.

Debido al incendio registrado por el año de 1710 en la ciudad de Londres, Inglaterra, donde se consumieron cerca de 13,200 casas, 89 iglesias y la Catedral de Saint Paul, se fundó el 'Fire Office' para el auxilio a las víctimas. Sólo en ese momento el hombre ha ponderado la posibilidad de amenizarse las pérdidas a un nivel financiero. Surge, así, el más antiguo Seguro contra Incendios del mundo.

El Seguro crece en Inglaterra en el siglo XIX, amparando manufacturas emergentes de incendios, garantizando condiciones básicas, permitiéndoles expandir sus servicios y el número de protegidos por el seguro.

La apertura de los puertos al Comercio Internacional en 1808 por D. João VI, origina en el Brasil la primera sociedad aseguradora:La compañia de Seguros Boa Fé.

En la historia reciente de México, los antecedentes formales del Seguro se remontan a 1870, cuando en el Código Civil se regula el Contrato del Seguro.

Después de varios años, en 1892 se promulga la primera ley que rige a las compañías de seguros, mexicanas y extranjeras existentes en esos años.

Para 1969 aparece la Companhia Real Brasileira de Seguros, empresa del Grupo Real, que actualmente, y desde 1973, extiende su "know how" por muchos países de Hispanoamerica.

En la época actual que parte de

1990, se establacen las Reformas a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.Mientras que en 1991 se lleva a cabo la Emisión del Nuevo Reglamento de Inversiones, Establecimiento del Capital Mínimo de Pagos.

En 1992 se hace la Implantación del Sistema de Margen de Solvencia y Creación de la Comisión Nacional de Seguros y un año después la Concertación para la Creación del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) y Venta de ASEMEX al Sector Privado.

Durante 1994 aparece el Desarrollo de Estudios para Reformas a la ley del Contrato de Seguros y Participación a través del COECE en las negociaciones del TLC en Estados Unidos y Canadá y dos años más tarde las Reformas a La Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, para incorporar al Sector Asegurador, al nuevo régimen de Seguridad Social.

Durante 1997 hubo cambios al Marco Jurídico para fortalecer el esquema de supervisión y el Marco de Operación de la Empresa. Este nuevo marco para la operación de Reaseguro, ofrecer cobertura a los ramos de Accidentes y Enfermedades y la posibilidad de incluir el ramo de salud. Actualización del Margen de Solvencia, contemplando nuevos factores para requerimientos de capital.

En 1998 se hace el Establecimiento de bases legales, acordes al nuevo esquema de supervisión que operará la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.En el año siguiente viene la autorización, para operar el mercado del Seguro de Salud.

En el 2000 se hace una expedición por la Secretaría de Hacienda y Crédiro Público, que habla sobre las Reglas de Operación de las Instituciones Seguridad Especializadas en Salud (ISES).

Misión del seguro

La institución del seguro es una parte importante del desarrollo de los países, debido al impacto socioeconómico derivado de su operación.

En México la participación del Seguro al Producto Interno Bruto(PIB) no llega al 2% sin embargo, la importancia del sector es la siguiente:

  • Promueve el ahorro interno: La capacitación e inversión de sus recursos a largo plazo son la esencia misma de su actividad.

  • Las aseguradoras ofrecen protección con más de 37 millones de pólizas y certificados en vigor, que representan sumas aseguradas por más de 5 billones de pesos.

  • Redistribuye las aportaciones de monto pequeño realizadas por sus asegurados. Por cada peso captado por concepto de Primas, el Seguro Mexicano retorna a los asegurados 70 centavos por concepto de pago de siniestros para todo tipo de coberturas.

  • Ofrece protección al patrimonio familiar, garantiza la liquidación de créditos, en caso de ocurrir fallecimiento o incapacidad permanente del deudor asegurado, o la destrucción del bien asegurado.

Es fuente de empleo e ingresos para más de 60 mil familias a través de más de 19 mil empleos directos, cerca de 30 mil agentes de seguros y una gran cantidad de empleos indirectos en las actividades de sus proveedores de servicios.

Seguro de automóviles

Es aquél seguro que tiene por objeto proteger el automóvil propiedad del asegurado contra riesgos como: choque, robo total, lesiones a ocupantes y daños a terceros en su persona y en sus bienes en caso de accidentes vehiculares.Normalmente estos seguros se manejan por paquetes, los cuales incluyen diferentes coberturas que serán contratadas a voluntad del cliente como pueden ser:Robo total del automóvil.- Lo protege en caso de robo total del vehículo.

Responsabilidad Civil.- Ampara la responsabilidad en que pueda incurrir el propietario o cualquier persona que con su autorización utilice el vehículo por los daños materiales causados a terceros en sus bienes, lesiones corporales o muerte a terceros y la indemnización por daño moral que legalmente se determine. También quedan cubiertos los gastos que tuviera que pagar el asegurado en caso de que se siguiera un juicio civil en su contra por responsabilidad civil.

Gastos médicos.- Ampara el pago de gastos médicos por lesiones corporales del asegurado o los demás ocupantes del vehículo, en accidentes de tránsito ocurridos mientras se encuentren dentro del compartimiento, caseta o cabina destinados para transportar personas.

Defensa jurídica y asesoría.- La compañía le ofrece servicios profesionales de abogados en caso de accidente o robo total del automóvil, para tramitar la libertad del asegurado ante las autoridades correspondientes, así como la devolución del vehículo accidentado. Otorga servicios de protección jurídica, tramita la libertad condicional del asegurado durante el juicio, libera el vehículo, tramita las fianzas necesarias y realiza los pagos de gastos excepto las multas administrativas.

Daños materiales.- ampara daños o pérdidas materiales que sufra el vehículo a consecuencia de circunstancias que no estén excluidas en la póliza.

Los riesgos que no estan contratados en un seguro de automóvil

Hay riesgos que no se encuentran cubiertos en el seguro contratado por lo cual es muy importante revisar la póliza para verificar cuales son las situaciones en las que la Compañía de Seguros no pagará los daños. Dentro de las causas de no pago más comunes encontramos:1:Cuando el conductor no tiene licencia o permiso para conducir, si esta situación influye directamente en la realización del accidente o riesgo.

2:Por rotura, descompostura mecánica o falta de resistencia de piezas, a menos que éstas sean causadas por los riesgos que si están cubiertos por la póliza.

3:Pérdidas o daños a la parte baja del vehículo por transitar fuera de caminos o en caminos en mal estado.

4: Si el conductor se encuentra en estado de ebriedad o bajo la influencia de drogas cuando estas situaciones influyan directamente en el accidente que ha causado el daño.

Nota:Es importante que usted sepa que los riesgos que están amparados se encuentran descritos en la póliza que le ha entregado su aseguradora, ahí se especifican los bienes que están protegidos por su seguro, los riesgos cubiertos y las sumas aseguradas para dichos bienes. Asimismo se estipulan los bienes que no están cubiertos y los riesgos adicionales que pueden estar sujetos a cobertura adicional si usted así lo desea, pero éstos deberán ser especificados al momento de contratar su seguro.

Cuando por algún motivo usted solicite alguna modificación en las condiciones de su póliza de seguro, la compañía aseguradora deberá entregarle un documento llamado endoso en el que consten tales modificaciones para hacerlas validas.

Es importante que evite la omisión o la falsa declaración de hechos que usted haga respecto del riesgo que asegurar ya que en caso contrario, puede ocasionar la rescisión del contrato y por lo tanto la pérdida del derecho a recibir la indemnización.

Indemnizaciones que se cubren en caso de solicitar un seguro de automóvil

*En caso de siniestro la indemnización le será pagada a valor comercial del bien amparado, a menos que usted haya contratado una póliza a valor de reposición.

*El pago de su automóvil en caso de robo o pérdida total se hará con base en su valor comercial, es decir, el pago contempla la depreciación del mismo de acuerdo con los libros que manejan las aseguradoras para dichos efectos.

*Para que la compañía pueda tramitar el pago y/o reparación a causa de los daños, es necesario que usted le entregue toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleve a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarle la indemnización respectiva.

Plazos de vigencia para un seguro de auto

El periodo de vigencia de las pólizas es el tiempo durante el cual la aseguradora reconoce su responsabilidad para cubrir en alguna proporción los gastos en que usted incurra, derivados de algún accidente. El periodo de vigencia puede variar desde anual, semestral, trimestral, etc.

Plazo para el pago de su póliza de seguro

Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerle diversos plazos para el pago de las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son anual, semestral, trimestral o mensual. Debemos hacer notar que si usted elige una forma de pago anual solo pagará el costo del seguro en una sola exhibición, pero si elige alguna otra diferente como puede ser el pago semestral, trimestral, etc, la aseguradora incluirá dentro del precio del seguro una cantidad extra como costo de financiamiento.

A partir de que usted contrate su seguro de automóvil independientemente de la forma de pago que haya elegido (anual, semestral, trimestral, etc) de acuerdo a la ley tiene 30 días para realizar el pago de su póliza, así como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo, si usted no ha realizado el pago del seguro a la Compañía Aseguradora, ésta podrá cancelar su póliza y su automóvil no estará protegido.

Es importante también que sepa que cada vez que se venza el plazo de vigencia de su póliza, y una vez que usted haya informado a su aseguradora por medio de su agente de seguros, su deseo de renovarla, contara con el plazo de 30 días señalado en el párrafo anterior.

La mayoría de las aseguradoras ofrecen planes de seguros para automóviles, por lo que es importante que antes de decidirse por alguno, contacte usted a los diferentes agentes de seguros de esas Compañías para que le hagan un presupuesto con base al seguro que usted necesite y que mejor convenga a sus necesidades. Con todo esto usted se encontrará en posibilidad de elegir el plan de seguros que mejor convenga a su presupuesto y a sus necesidades.

Elementos que componen un seguro de automóvil

1. El contratante: Es la persona que paga por los servicios de alguna aseguradora.2. El beneficiario:Es la persona que goza de los servicios que ofrece la aseguradora.3. La aseguradora: La empresa que ofrecerá los servicios en caso de algún siniestro.

Más información a tomar en cuenta, en caso de la contratación del seguro de automóviles

  • En el ámbito del sector asegurador, cada una de las instituciones de seguros, ofrece diversos seguros y coberturas al público, los cuales contemplan diferentes costos, primas, deducibles, coaseguros, vigencias e incluso beneficios adicionales aplicables, por lo que antes de decidirse por alguna compañia aseguradora en especial, es recomendable evaluar el conjunto de variables que ofrecen y mejor se adecuen a las necesidades específicas de cada interesado en contratar algún seguro.

  • La póliza o contrato de seguro de automóvil está diseñado específicamente para proteger el bien material (automóvil). Dependiendo del tipo de cobertura que usted adquiera.

  • Cualquier persona física o moral puede contratar un seguro contra daños, teniendo en cuenta que la empresa aseguradora responde solamente por el daño causado, hasta por el importe del limite de la suma y valor asegurados.

  • El contrato de seguro o póliza, es aquel comprobante de seguro donde se especifican las condiciones como suma asegurada, costos y demás obligaciones de ambas partes.

  • No firme ningún documento sin leerlo.

  • Pregunte cualquier duda que tenga.

  • Tampoco firme o pague su póliza si no esta de acuerdo con las condiciones de la misma.

En que casos la aseguradora no otorga los beneficios de la póliza de seguro de automoviles

Cabe señalar, que el vehículo es el asegurado, y los beneficios que otorgue la aseguradora en caso de algún siniestro, no dependen de la persona que conduzca el vehículo asegurado, salvo en casos como los siguientes:

1.Que el conductor vaya en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas.2.Que el conductor maneje el vehículo sin autorización del contratante.3.No traer licencia o permiso para conducir.4.No contar con los documentos requeridos, como tarjeta de circulación.5.No haber realizado el pago de su póliza oportunamente, o no haber pagado la renovación dentro de los treinta días correspondientes al vencimiento de la póliza anterior.

Recomendaciones por parte de las aseguradoras en caso de algún accidente

1.Guardar la calma.2.No celebrar convenio alguno con las partes involucradas.3.No discutir o aceptar responsabilidades.4.No ordenar reparación de los vehículos sin la autorización expresa del ajustador o de la aseguradora.5.Identificar los vehículos con sus números de placas y de ser posible nombre y dirección de los conductores.6.No abandonar la unidad, salvo causas de fuerza mayor.7.Reportar el accidente a la aseguradora.p>

Que datos debe tener a la mano en caso de un accidente

Los datos que se deben tener a la mano cuando ocurre algún accidente son:1.-Número de póliza de seguro.2.-Nombre del asegurado y nombre del conductor.3.-Marca, modelo, placas y número de serie de motor, del vehículo asegurado.4.-De ser posible, el lugar exacto del accidente indicando calle, colonia y alguna referencia que permita su mas pronta localización.

Nota: En la mayoría de los casos la cobertura que adquiere, cubre todo el territorio nacional, sin embargo existen casos en los que ésta también lo proteja en el extranjero, para lo cual debe confirmar con la institución aseguradora el alcance de la póliza que usted haya adquirido o esté por adquirir.

Autora:

Yibetza Thais Romero Contreras

Partes: 1, 2
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