- Introducción
- Antecedentes Históricos
- Intituciones de atención a la infancia y a la juventud desamparada
- Avanzando En La Historia
- Intituciones De Atención A La Infancia Y A La Juventud Desamparada (Ii)
- Instituciones de atención a la infancia y a la juventud desamparada (III)
- Llegando a nuestros días
- Conclusión
Introducción
Que la "marginación" es una realidad presente en nuestros días es un hecho a luces
cierto. Y al hablar de marginación podrían establecerse parcelas muy variopintas: pobreza material, abandono, rechazo,… Si buscamos en cualquier diccionario cual es el significado de marginación se entiende la "acción y efecto de… dejar al margen, apartar de la sociedad o de un sector de ella a una o varias personas, evitando su trato, relación o compañía".
La marginación puede estar impulsada por impedimentos físicos, psíquicos, raciales o ambientales.
En este trabajo quiero hacer una breve reflexión acerca de este fenómeno social presente en nuestro mundo. Hacer una llamada a los hombres para que descubramos que hay posibilidades de caminar por el sendero que conduce a una mayor igualdad social.
¿Cómo se puede apostar por el progreso humano a través de la integración de los sectores considerados marginales? Esta integración pasa ineludiblemente por el derecho de todos los hombres a la educación. Y ente trabajo vamos a tratar las instituciones que han servido de acogida y educación a menores abandonados, vagabundos, huérfanos,.. (Los hijos de la calle).
No podemos hacer un balance de la marginación existente en nuestros días ni tampoco ofrecer posibles soluciones sin remitirnos al pasado, a la Historia porque en ella se hallan los pilares fundamentales para entender muchas situaciones actuales.
La rutina de la cotidianidad nos hace pensar con la imagen y actitud actual hacia la infancia como si fuera el sentir natural de toda la historia de la Humanidad. Nada más lejos de la realidad: a medida que retrocedemos en nuestro pasado social vamos apreciando como la crueldad y explotación de la infancia, se fue convirtiendo en norma habitual de comportamiento.
"La historia de la infancia es una pesadilla de la que hemos empezado a despertar hace muy poco" Mause*.
Antecedentes Históricos
Situémonos por un momento en el siglo XVI. Con el descubrimiento de América la economía española experimentó cambios notables. Trajo como consecuencia un mayor enriquecimiento de determinados sectores de la sociedad. Se originó la llamada "revolución de los precios" *
Paralelamente se producen, unas crisis cíclicas de subsistencia de las clases entendidas como "marginales". Componen la cara oculta y deprimente de la sociedad. La más severa tuvo lugar en España en la última década del siglo XVI. Va en aumento las manifestaciones de pauperismo y sus consecuencias de vagabundeo y mendicidad acompañadas de todas las formas de marginación o desviación social.
La pobreza existe de un modo evidente en el siglo XVI, siglo considerado, un tanto utópicamente, como el siglo del renacer, del equilibrio, de la luz, después de la bárbara Edad Media. La visión histórica nos lleva a la conclusión de que en este sentido el "Renacimiento" no fue una autentica realidad, pues los ricos cada vez más ricos y los pobres progresivamente más pobres.
A lo largo del tiempo se han intentado plantear soluciones. El tratado de Juan Luis Vives* De subvencione Pauperum (Del socorro de los pobres) ha sido considerado como la principal obra de todo el programa humanista de reforma social del siglo XVI.
Vives reclama, para la integración social de los menores, la existencia de un hospital propio para los expósitos y huérfanos y que asistan a partir de los seis años a una escuela pública donde aprendan "las primeras letras y buenas costumbres" y sean allí mantenidos. Se plantea, por primera vez, la escuela como institución integradora de los menos dotados.
Hubo varios intentos legales para la integración de los pobres: la Ley Tavera* de 1540 sobre el recogimiento de los pobres es una de ellas.
Esta denigrante situación fue en crecimiento en el siglo XVII, contemplamos el aumento de la degradación de muchos sectores de la sociedad.
Uno de los aspectos más escalofriantes de toda esta situación fue el tratamiento de la infancia: son muchos los datos que confirman la existencia de numerosos niños indigentes, Su presencia en las listas oficiales de mendigos y pobres asistidos era una constante realidad; eran terribles los castigos que se imponía a los delincuentes jóvenes: la dureza de aquellas leyes llega a su máximo: azotes, galeras, mutilaciones, la exposición en la picota*, todas aquellas leyes eran represivas e inhumanas y no solo se aplicaba a la infancia delincuente, sino a los niños vagabundos.
La crueldad para con los niños llegó a tal grado que, en algunos lugares de España no tuvo límites, como puede apreciarse en el Fuero* dado en Calatayud (1131) por el rey Alfonso I de Aragón el Batallador, en el que se faculta al padre hasta matar a su hijo en el caso de que no lo obedeciese.
Alfonso X de Castilla el Sabio protegió a los niños limitando, a su favor, ante la crueldad de los padres, a los que se les podía llegar a imponer hasta cinco años de destierro, siempre que el hijo falleciera a causa de los malos tratos.
Esto motivó diversas iniciativas legales e institucionales para atender a su reeducación e integración social. El estado no queda indiferente. Comienzan a perfilarse los primeros rayos de luz. Hay una preocupación seria por la infancia marginada, que se intenta paliar con campañas de ropa o juguetes destinados a los más pequeños. No obstante se necesitan medidas más radicales y eficaces para la erradicación del pauperismo.
Intituciones de atención a la infancia y a la juventud desamparada
Pasamos pues a presentar las instituciones públicas y privadas que se encargaban de la atención a la infancia y juventud desamparada, los organismos que se fueron legislando, hasta comienzos del presente siglo XXI.
En España hubo valiosos antecedentes históricos relativos a la protección de la infancia y juventud desvalidas, uno de los más remotos en el tiempo y la primera manifestación española de interés acerca de la infancia abandonada fue la institución del Padre de Huérfanos de Valencia. Creada en Valencia en 1337 por el rey Pedro IV de Aragón el Ceremonioso también llamado el del Punyalet.
La figura del Pare d´Orfens funcionó en Aragón, Valencia y Navarra hasta 1793, año en el que fue suprimida por Carlos IV. Traspasando sus funciones a la casa de la Misericordia.
Se trataba de una institución encargada de recoger a los menores vagabundos y ociosos, huérfanos o desvalidos que pululaban por las calles, e ingresarlos en la Casa Común, que existía en la calle así nombrada en la ciudad levantina, y donde se cuidaban de darles una instrucción primaria. Una vez conseguido esto, los destinaban a un oficio y tomaban nota del taller en que solían colocarlos.
También funcionaba como Tribunal con respecto a los menores acusados de hechos delictivos. Tenían su reunión en dicha casa y exponían tanto los corrigendos como los maestros las faltas cometidas y era el padre de huérfanos el encargado de imponer penas a los contraventores que consistían en represiones y otras veces en multa.
Para desempeñar el cargo de padres de huérfanos era necesario ser persona respetable, casada, de reconocida autoridad y solvencia, y es de notar que dicho cargo era completamente gratuito y su duración comprendía un año.
En sus primeros años no tenía autonomía jurídica, posteriormente en 1407, el rey Don Martín I de Aragón El Humano dotó al Padre de huérfanos de plena potestad en materia delictiva de los menores, quedando establecido el Juzgado o Tribunal de los Huérfanos.
La realidad de la pobreza cotidiana agravada por el deterioro económico y social de las crisis de subsistencias de mediados de la década de 1570 sería la que motivaría al canónigo rosellonés Miguel de Giginta a proyectar un plan general de remedio de pobres y a gastar su vida al servicio de su obra. Las casas de la misericordia.
En 1576 presentaría un plan a las Cortes de Castilla que ampliaría después en su Tratado Remedio de Pobres, publicado en 1579. Una obra escrita con el corazón en el que discute el problema de los pobres y ventajas e inconvenientes de la reforma que se propone, no se queda en una simple exposición, sino que es un verdadero manifiesto en defensa de los pobres. Denuncia la hipocresía social de las clases pudientes y de las tibiezas de los poderes públicos en materia de pobres.
La propuesta de Giginta tendrá una rápida y excelente aceptación tanto en los círculos políticos del Consejo Real como entre los procuradores urbanos. El Tratado ofrecía un plan de fácil aplicación y con un aparente bajo coste económico. Giginta ha reflexionado los trabajos de Vives, Soto, Robles y los ha hecho propios y los ha integrado a un sistema coherente y personal que convierte las supuestas contradicciones en argumentos complementarios.
El proyecto de las casas de la misericordia que proyectaba Giginta chocaba de frente con los usos y abusos habituales que se mantenían en las instituciones existentes y ofrecía una alternativa unificante y simplificadora de bajo coste. No es de extrañar, que la propuesta fuera bien vista por los sectores más reformistas del poder.
Para Giginta lo que quieren aportar las casas de la misericordia respecto al proyecto pedagógico se condensaría en tres notas esenciales: doctrina, oficio y letras.
La formación "profesional" y de "letras" consistiría en tener unos sencillos talleres de algunos oficios comunes, en los que aprenderían los muchachos de la casa de acuerdo con sus inclinaciones y voluntad hasta que fueran colocados. A los que fueran a letras se les daría dos horas de clase diarias a primera hora de la mañana, para aprender a leer escribir y contar. El maestro tendría que ser algún mendigo de la casa que supiera de letras y también el lector de la doctrina. A las muchachas se les enseñaría a tejer lienzo, cintas, hacer botones, bolsas y en general todas "las cosas de aguja".
Para Giginta el importante papel de dulcificar y suavizar el régimen de trabajo e instrucción de la casa, haciendo esta incluso atractiva, para ello propone que, durante las horas de trabajo de la mañana se lean historias verdaderas, empezando por las antiguas para pasar más tarde a las nacionales y de las propias provincias. Además las tardes de los días festivos, tras la comida, se tendrá libertad para salir a las "recreaciones no prohibidas" que cada uno quisiere. Todo este plan persigue desde luego facilitar la adaptación a la disciplina de la casa y soportar mejor esfuerzo del trabajo y de las condiciones de vida.
Sería en Toledo, a finales de 1580, cuando Giginta, con el apoyo incondicional del catedral Gaspar de Quiroga, conseguirá que el ayuntamiento abriera su primera "Casa de Misericordia" Más tarde en 1581 por aprobación real se abriría otra casa de misericordia en Madrid y a mediados de 1583 se creaba la Casa de Misericordia de Barcelona.
Tras veinte años de esfuerzos, viajes, reuniones e informes y el inmediato fracaso de la casa de Madrid y de la casa de Toledo que se ve obligada a cerrar en 1589 por falta de fondos para hacer frente a los crecientes gastos, un final previsible al depender casi exclusivamente de las limosnas que pudiera recibir. Solo la casa de Misericordia de Barcelona continuaría abierta, perviviendo a través de diferentes adaptaciones hasta nuestros días.
Ninguna fundación más se realizaría en la última década del siglo XVI, ni prácticamente en todo el siglo XVII, hasta su último tercio, que verá aparecer las fundaciones de las Casas de la Misericordia de Zaragoza y Valencia, aunque en ninguna de ellas se siguieron las pautas del canónigo.
Los proyectos de Giginta, tal vez demasiado ingenuos y voluntariosos no prosperaron.
La profunda crisis final de la centuria del siglo XVI y la decadencia general del país a lo largo del siglo XVII, marcada por el hundimiento del poder político y económico de España, agravado con dos conflictos internos, la revuelta de Cataluña y la rebelión de Portugal, suponían un pesado fardo que tenía que arruinar cualquier iniciativa de asistencia y reeducación social.
Desde finales del siglo XVII, y especialmente desde comienzos del siglo XVIII, se generalizó la creación de hospicios, casas de expósitos y casas de misericordia para la recogida de niños abandonados.
El hospicio se presenta a los ojos de los ilustrados como la institución reeducadora e integradora de la infancia por excelencia. Dentro del plan general de asistencia y reeducación, el hospicio era el engranaje central que daba unidad al conjunto de medidas sociales aplicadas. Se convierte en el "depósito" que recoge por igual tanto a los vagos y delincuentes menores, como a los huérfanos y a los pobres de ambos sexos sin hogar. La creación de estas instituciones constituye el primer deseo de integración.
El programa reeducador consistía en establecer un marco de actividades ordenadas y distribuidas a lo largo de la jornada de modo que ocuparan todo el tiempo material de los hospicios.
Es, sin duda, una institución humanitaria, pero no la más adecuada para resolver la situación. Los siempre considerados "pobres" siguen sin recibir una preparación adecuada para ocupar puestos de trabajo en el mundo que les tocó vivir. Se dieron los primeros pasos para la erradicación de la marginación, pero aún queda mucho camino por andar. La mayoría de los hospicios eran centros de recogida y asilo de niños, donde la aglomeración y el hacinamiento eran la tónica general. Los ideales de trato educativo y diferenciado que presidía su ideario estaban muy lejos de reflejarse en la práctica.
Mención aparte merece el Hospicio creado en la ciudad de Sevilla en 1723 y es otra de las instituciones que resaltamos, por haber pasado a la historia y también a la leyenda.
Fue la institución de los Toribios de Sevilla, creada por un hombre sin apenas recursos, el Sr. Toribio Velasco, natural de San Pedro de Pinares, obispado de Oviedo y residente en Sevilla donde recorría las calles vendiendo libros; quien compadecido de la situación en que se hallaban los niños y jóvenes sin amparo, concibió la idea de recogerles y darles albergue, comenzando por enseñarles la doctrina en su casa y por las plazas. Después, con las limosnas que le daba la gente piadosa alquiló una casa, la cual paso de casa de dormir y se fue convirtiendo en un hospicio, el hospicio en casa de corrección, la casa de corrección en taller y el taller en una grandiosa escuela.
Por primara vez una institución de este tipo se organiza con un sistema educativo con la participación de los menores, con horarios delimitados para cada actividad, con registro personal de los niños y donde se instalaron una serie de talleres necesarios para la formación profesional de los alumnos.
Esta institución que llegó a durar muchos años llegó a tener a 150 chicos asilados, extendiendo su acción a otros pueblos andaluces: unos se los traían, a otros los buscaba y llegó a tener autoridad para prenderlos, pues la entusiasta actividad que realizaba le valió el apoyo del Arzobispo de Sevilla y la admiración de Felipe V*.
Como señalaba Vicente de la Fuente*: "No recogía pobres huérfanos, desvalidos y desamparados, sino a muchachos traviesos, díscolos, ladronzuelos, holgazanes, de padres desconocidos, o abandonados por sus progenitores, cosa tanto más meritoria cuanto más difícil"… "Del albergue del Tío Toribio salieron catedráticos, misioneros apostólicos, maestros de escuela, oficiales de la marina, artistas distinguidos, y que no se avergonzaban de reconocer agradecidos que debían todo lo que eran al hospicio del tío Toribio, y a sus saludables consejos y corrección".
Dicha institución vivió prósperamente hasta la muerte de su fundador, la institución de los Toribios fue decayendo paulatinamente pasando por numerosos avatares y no tardó en desaparecer.
"..Se acudió al remedio heroico de España, que concluyeron con la obra del Tío Toribio, de la que hoy solo queda el recuerdo y la necesidad de su existencia". Cossío*
Los Toribios se adelantaron siglo y medio y podemos considerar a la institución Sevilla como antecedente de la famosa institución norteamericana George Junior Republic de 1887, considerada históricamente como la iniciadora de las instituciones reeducadoras de menores disociales de nuestra época.
Avanzando En La Historia
Durante el reinado de Carlos III* se produce un notable adelanto en materia de protección social de los menores. Mediante una serie de disposiciones trató de hacer desaparecer los criterios que inspiraron la dura penalidad y los bárbaros castigos de los siglos pasados. A las medidas inhumanas suceden procedimientos tutelares educativos de orientación completamente moderna. Las medidas que entonces se dictaron en relación a los menores vagabundos, las disposiciones que se adoptaron con respecto a la infancia, la creación de casas de misericordia, el Fondo Pío Beneficial* para el sostenimiento de estos últimos establecimientos.
En 1796, Carlos IV* establece un reglamento para el establecimiento de las casas expósitos, con la finalidad de evitar el infanticidio, muy frecuente en las madres de hijos ilegítimos, facilitándoles a éstas, entre otras cuestiones su entrega anónima a la institución.
Sin embargo, este tipo de medidas fueron esporádicas con Carlos IV, cuyo reinado supuso un retroceso importante en la protección de la infancia si lo comparamos con la época de su antecesor Carlos III.
Lentamente, fueron cayendo en desuso las sabias disposiciones del monarca ilustrado y hasta el primer cuarto del siglo XIX no volvemos a encontrar ninguna disposición que pueda compararse con las medidas que tomó Carlos III para la represión de la vagancia y la criminalidad de los jóvenes. Hasta la ordenanza de presidios de 1834 no se pensó en España en la juventud.
Durante el siglo XIX y comienzos del XX no hubo una intervención global del Estado en torno a los problemas de la infancia abandonada y delincuente, continuado de forma generalizada el sistema de hospicios y casas de expósitos para unos y la cárcel común para otros. En todo caso, en el siglo XIX fue cuando los poderes públicos empezaron a pensar en los niños como sujetos de identidad propia y con unas necesidades especiales, tanto más cuanto mayor era su vulnerabilidad por el desamparo y el abandono.
Paralelamente, el creciente interés de los gobiernos por el bienestar de los niños, y en la mayoría de los casos incluso antes, se produjo un gran oleada de beneficencia privada por parte de los grupos de ciudadanos, apoyada por una nueva sensibilidad ante los problemas de la infancia. Bajo este clima social fueron apareciendo, instituciones dedicadas a la custodia, protección y reeducación de la infancia de los menores disociales.
En el siglo XIX se habla ya plenamente de educación y sobre todo, de escolarización. Respecto a la Constitución Española de 1812 y la Ley de Instrucción Pública de 1857 (Ley Moyano) en la que se menciona de modo directo el derecho a la educación y a la escolarización. Sin embargo, la puesta de la ley no lo es todo, la puesta en vigor de la misma no fue una respuesta realmente eficaz ni educadora.
Merece la pena destacar la labor reformadora desarrollada por el coronel Montesinos en la primera mitad del siglo XIX. Montesinos trabajó para conseguir la separación de
los niños presos de los mayores, creando una sección especial para los menores de dieciocho años y dotándola de talleres y escuela, además de procurar que los niños y jóvenes estuvieran asistidos por los mejores funcionarios a su cargo con el fin de suavizar el rigor con el que hasta entonces venían siendo tratados.
En torno al ocaso del siglo XIX se va produciendo entre determinados sectores de la ciudadanía de la época una especial preocupación por los temas de desviación social de los menores, que favoreció la aparición del primer Tribunal de niños en 1899.
Por este fenómeno social o muy estrechamente en correlación con él, van apareciendo una serie de leyes e instituciones en un intento de afrontar la calamitosa situación social y humana de los niños marginados, vagabundos, abandonados y delincuentes o simplemente los hijos de familias abocadas a la miseria.
Intituciones De Atención A La Infancia Y A La Juventud Desamparada (Ii)
A finales del siglo XIX se crearon varias escuelas de reforma que desempeñarían un papel importante como instituciones auxiliares de la futura Ley de Tribunales de menores. Cabe destacar la escuela de Santa Rita (1875) en Madrid, la escuela denominada Asilo Toribio Durán (1890) Barcelona y la escuela de reformada creada por los Terciarios Capuchinos en Dos Hermanas (Sevilla).
Citamos el colegio madrileño de Santa Rita como ejemplo de este tipo de instituciones desde su creación en el siglo XIX hasta su adecuación en vísperas de la instauración de los tribunales para niños.
La escuela de reforma de Santa Rita inicia su actividad 1875 como centro privado, regido por un patronato que cuenta con la supervisión del Estado. La gestión pedagógica se ofreció a la recién creada Orden de los Terciarios Capuchinos, cuya función constitucional hablaba de la rehabilitación de jóvenes delincuentes masculinos.
El centro debía acoger niños y jóvenes de entre 9 y 23 años, penados por los tribunales de justicia madrileños o enviados por sus padres. La inexperiencia de los frailes y la combinación explosiva en la composición del alumnado explica la conflictividad de esta institución durante sus primeros años de funcionamiento.
En la prensa de la época aparecieron artículos críticos respecto a la labor de la congregación firmados por autores bien conocidos.
A pesar de todo esto, los Terciarios no renunciaron y siguieron extendiéndose. Y así accedieron a la Escuela de reforma de Dos Hermanas (Sevilla) en 1900; al reformatorio de Amurrio (Vizcaya) en 1920 y en 1925 al reformatorio Príncipe de Asturias en Madrid.
La alternativa a fueron las casa de familia, cuya experiencia pionera se localiza en la Barcelona de 1905. Impulsada por el sacerdote José Pedragosa y Monclús, cuya dilatada trayectoria de compromiso a favor de los niños y jóvenes incluye como logro fundamental la fundación de la Casa de Familia, institución educativa que en su época, presentaba características inéditas, ya que se basaba en el método familiar, no se aplicaba una disciplina férrea, establecía un régimen de "puerta abierta" e individualizaba al máximo la actuación educativa, y que él mismo dirigió.
Instituciones de atención a la infancia y a la juventud desamparada (III)
En el presente época existen varias y diversas instituciones que se encargan de velar por los menores, abandonados, huérfanos, con padres incapacitados para su tutela, inmigrantes etc. Estas instituciones pueden variar su carácter público o privado, pudiendo ser fundaciones, colegios, ONG´s pero, las instituciones que son de carácter público, son los llamados centros de menores o acogida.
Y en estas instituciones y en los menores inmigrantes no acompañados (MINA) que llegan a nuestro país y presentes en nuestros días son sobre los que nos vamos a centrar en esta parte del trabajo.
Cierto es, que en nuestro país existen menores nacionales en situaciones de acogida, pero nos centramos en los MINA* debido a la complejidad de su situación, como observaremos más adelante.
En primer lugar, según la Orden de 13 de enero de 1989, sobre Centros de Acogida a Refugiados y Asilados, se definen estos del siguiente modo:
Artículo 1. Los Centros de Acogida a Refugiados y Asilados son establecimientos públicos destinados a prestar alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria, así como otros servicios sociales encaminados a facilitar la convivencia e integración sociocomunitaria a las personas que solicitan la condición de refugiado o asilado en España y que carezcan de medios económicos para atender a sus necesidades y a las de su familia.
Artículo 2. Los centros de acogida a refugiados y asilados se configuran como centros estatales cuya gestión, de carácter centralizado, se atribuye al Instituto de Migraciones y Servicios Sociales.
Los menores inmigrantes que se encuentran en España sin la tutela de un adulto constituyen un colectivo extremadamente vulnerable que ha experimentado un aumento constante en los últimos 10 años, convirtiéndose en la actualidad en una grave preocupación para la Administración y las instituciones sociales.
Los MINA constituyen un colectivo altamente desconocido. Si la llegada de población extranjera es un fenómeno relativamente reciente en España, más aún puede decirse que lo es la llegada de menores no acompañados, cuyo número comienza a ser significativo en nuestro país en torno 1996, según datos de la Asociación EMANA. Desde su comienzo, este fenómeno ha aumentado de los 2.000 individuos en que situaba en 2003 hasta situarse según algunas fuentes en 6.500 en el año 2005.
Sin embargo, estas cifras dadas por Organizaciones Humanitarias son aproximadas ya que no existen estadísticas fiables sobre este tipo de inmigrantes, carencia que ya ha sido denunciada por distintas entidades, como el Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid (2002). Esta faltas de información constituye un gran obstáculo en el establecimiento de medidas dirigidas a este colectivo.
Respecto al perfil del menor no acompañado, apuntar una serie de características propias que nos permiten describir ampliamente este colectivo.
La mayoría son varones, pudiendo considerarse minoritarios los casos de niñas.
En un alto porcentaje proceden de Marruecos (entre el 75% y el 92%), se apunta un ligero incremento de los MINA procedentes de otros lugares como África Subsahariana y más recientemente de Europa del Este.
La edad de llegada oscila entre los 14 y 17 años, aunque se han documentado casos de niños de solo 9 años.
La gran mayoría de los MINA vivían con su familia nuclear en el país de origen. Todos coinciden en señalar que, en general, los MINA residentes en España no eran niños de la calle en su país. Sus circunstancias personales y sociofamiliares eran muy penosas y disponían de pocos medios de subsistencia.
Esto les empuja a dejar la escuela y buscar trabajo, y al no lograrlo se afianza la idea de emigrar. Llama poderosamente la atención que el 70% de los jóvenes marroquíes quieren emigrar.
Presentan carencias de escolarización y de formación laboral. Su adaptación escolar resulta muy difícil y se encuentran con un mercado laboral cerrado, tanto por cuestiones legales, como por su escasa cualificación. Sufren una pérdida absoluta de referentes educativos como consecuencia de su emigración prematura.
Sus expectativas personales son irreales, distorsionadas por los medios de comunicación o por los propios compañeros. Encuentran dificultades en su adaptación e integración, con serios problemas de convivencia en algunos casos. Presentan una grave falta de recursos materiales y familiares para afrontar la situación en la que se encuentran, con peligro real que esto supone de caer en redes de explotación.
Existe un desconocimiento del medio en el que se encuentran y del idioma español.
Se encuentran en una situación de desarraigo, soledad, etc.
El viaje migratorio se planifica con el grupo de Rgules y se realiza con frecuencia solo, en los ajos de un camión o autocar y más recientemente en pateras.
Algunos de los MINA cometen infracciones, la mayoría contra la propiedad. Sin embargo, se destaca que no han venido con la intención de delinquir y que tampoco parece que realizaran habitualmente este tipo de prácticas en sus países de origen.
La situación en que se encuentran los menores inmigrantes no acompañados que viven en España es paradójica: la sociedad de acogida les trata como menores que deben ser objeto de protección, por su parte, ellos se consideran adultos y quieren trabajar, ser independientes y poder así ayudar económicamente a su familia. Esto lleva a que muchos abandonen los centros de acogida cayendo a veces en ambientes desfavorecidos en los que su situación no hace más que empeorar.
La cuantificación de este tipo de centros resulta difícil. En la comunidad de Madrid existen 23 centros. En Andalucía existen 30 centros específicos que atendían a finales del 2008 a 2.550 menores.
La labor que realizan los centros de acogida tiene una triple dimensión; asistencial como la atención sanitaria, satisfacción de necesidades físicas, preventiva facilitan información, orientación y apoyo emocional y una importante atención socioeducativa integral como es la escolarización donde estos menores encuentran un verdadero obstáculo, explicamos porque, un menor inmigrante con 14 años debe escolarizarse por su edad en 1º de la E.S.O, pero no se tiene en cuenta que este menor recién llegado en primer lugar no habla el idioma, difícilmente sabrá escribir y leer en su propio idioma cuanto más en el nuestro, como se escolariza a un niño de 14 años que no sabe hablar el idioma, ni leer ni escribir en un nivel de 1º de la E.S.O.
Habitualmente, en los centros de acogida se forman grupos de apoyo para enseñar a estos menores el idioma, a leer y escribir.
También para paliar estas deficiencias presentes en nuestros días para poder educar a estos menores, se les instruye en iniciación profesional, bien en talleres o cursos.
La problemática de estos centros, es compleja existe un progresivo proceso de delegación por parte del Estado de sus responsabilidades sociales para con los MINA en ONG´s, lo que se caracteriza por una alta inestabilidad y movilidad laboral, una escasa formación, etc.
Ante el fracaso de la respuesta puesta en marcha actualmente para atender a los MINA, creemos que es urgente estudiar cuáles son los principales untos de desencuentro entre la respuesta planteada por las instituciones y las necesidades de estos inmigrantes, cuya característica principal es una gran vulnerabilidad. Esta podría ser una de las vías a adoptar en las investigaciones que sin duda deben promoverse sobre este fenómeno, que según las previsiones no hará más que crecer mientras no cambien las circunstancias que lo provocan.
Llegando a nuestros días
Habrá que esperar al siglo XX para hallar una respuesta, por parte de las autoridades, más eficiente al problema de la educación y de la grave situación en la que vivían los marginados.
Ya muy avanzado el siglo XX, en España se difunde legislativamente la creencia en la igualdad de oportunidades en la enseñanza por medio de la Ley General de Educación de 1970 en la que se impone la obligatoriedad de la enseñanza primaria.
De este modo, el nivel de las aspiraciones sociales se eleva, al tiempo que se reivindican los medios adecuados para hacer efectiva una mayor igualdad. En el artículo 27 de la constitución de 1978 va a quedar reflejada la importancia del derecho a la educación de todos los españoles y que posteriormente propiciará y facilitará el camino hacia distintas y consecutivas leyes educativas que confluirán en la Ley General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E) promulgada en 1990.
Entre las dos décadas (1970-1990) han tenido lugar en nuestro país todo tipo de cambios de tipo político, social, etc. Que han hecho que la tan elevada Ley General de Educación quedara desfasada. Era necesario un nuevo marco legislativo, un nuevo modelo de escuela más centrado en los procesos de aprendizaje que en los resultados.
La L.O.G.S.E, plantea entre sus propósitos la formación para la solidaridad, el comportarse con espíritu de cooperación, responsabilidad moral, solidaridad y tolerancia… y también enseñar a participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social. El título V de la nombrada Ley está dedicado a la compensación de las desigualdades en la educación, dando especial importancia a la oferta de plazas escolares en la enseñanza postobligatoria, a la política de becas y ayudas al estudio, al desarrollo de la educación permanente de adultos y al tratamiento integrador de la educación especial, todos ellos elementos necesarios para evitar la discriminación.
La L.O.G.S.E afronta un reto futuro integrado en el desarrollo para todos los ciudadanos mediante un compromiso social, político, económico…
Conclusión
La no discriminación, o dicho de forma positiva, la integración de todas las personas en la sociedad sin tener en cuenta las diferencias de raza o de ambiente social, lleva a la convivencia pacífica y democrática. Uno de los medios de llegar a ésta es educación, y dentro de ella, la toma de conciencia por parte de todos de la necesidad de poner en práctica los valores, antes citados, de solidaridad y cooperación. La institución educativa debe ser, realmente, integradora intentando que la formación que imparte lleve a todos los seres humanos a la consecución de un trabajo, de un medio de vida que le libre de la marginación.
Es necesario apostar y trabajar por una educación que nos impulse a todos a condenar y a desterrar lo que juzgamos como inhumano y exaltar, defender y desarrollar sin límites lo que juzgamos como hermoso y bueno para la vida.
Hay que partir de intentar comprender lo más profundo del ser humano y dirigirse a conseguir sociedades más armoniosas donde todos encuentren medios para atender a sus perspectivas naturales de desarrollo y, como poco, no encuentren obstáculos tales que les impida la supervivencia personal y les degraden física y moralmente. A algunos esto les parecerá una utopía, pero a lo largo de la Historia han sido muchas las personas que han luchado por ello y debemos seguir haciéndolo en el siglo XXI.
Hagamos dos cosas: luchemos por la justicia social en el mundo contra la marginación social, y propulsemos al unísono el esfuerzo por una educación profundamente humana.
No sólo la escuela, sino toda la sociedad tiene que adquirir un compromiso de creación de proyectos educativos de humanización impregnados de valores y de principios morales, proyectos en los que los alumnos puedan aprender a vivir y humanizar el mundo con la esperanza de poder transformarlo.