1.3.2. Su identificación por medio de indicadores sociales.
Otra forma de identificar a las necesidades colectivas, es por medio de distintos indicadores que nos muestran los servicios que en mayor medida son demandados por las sociedades. En este sentido y para efecto de nuestro estudio, encontramos que durante el año de 1999, en nuestro País los vehículos de Autotransporte Federal de Pasajeros transportaron a 2,181.5 millones de personas en el territorio nacional 1, demostrando con ello la importancia de este medio de transporte, en comparación con los otros modos, para facilitar a los integrantes de una sociedad su acceso a sus lugares de trabajo, negocios, de esparcimiento, etc., y que por tanto nos demuestra su relevancia como un servicio con alta demanda por parte de la sociedad mexicana.
En el año de 1997, el autotransporte efectuó el movimiento del 98.95% de los pasajeros transportados en el país, mientras los modos ferroviario, marítimo y aéreo juntos movieron sólo al 1.05% restante. 2
Pueden analizarse otros indicadores tales como los que realiza el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, relativos al factor determinante que tienen para el desarrollo social los servicios de Autotransporte para poblaciones con alta densidad demográfica, comunidades alejadas de los medianos y grandes centros de población o para aquellos asentamientos irregulares aledaños a diversas metrópolis, que les permiten su acceso laboral, de abasto y de salud, entre otros.
Cualquiera de los métodos de identificación a que hemos hecho referencia, revelarán que el servicio de Autotransporte, responde de manera efectiva a la satisfacción de una necesidad colectiva.
1.4 Las empresas de Autotransporte, el hombre camión y los operadores
Otro punto de vista, de cómo este medio de transporte tiene importancia para la vida social, es aquel que analiza a las personas que intervienen directamente en la prestación de los servicios de Autotransporte. Por un lado, encontramos a aquellas que se organizan en torno a una empresa mercantil, normalmente sociedades anónimas 3, por otro lado, encontramos a los denominados hombres camión, los cuales son individuos que de forma independiente, siendo propietarios de pocos vehículos (regularmente uno o dos), los conducen, reparan y administran ellos mismos, y finalmente, encontramos a los responsables directos de la conducción de los vehículos: los operadores.
1.4.1. Sociedades Transportistas.
Respecto a las sociedades transportistas, debe apuntarse que se trata de una de las sociedades mercantiles, que en mayor medida, demandan de una eficaz y organizada dirección y planeación, ya que en ellas intervienen un sinnúmero de aspectos, tales como los operativos, administrativos, jurídicos, fiscales, contables, de logística, de capacitación, etc., y que requieren de una auténtica labor empresarial, ya que de lo contrario fácilmente se producirá un negocio quebrantado.
Además de las previsiones comunes a las sociedades mercantiles, derivadas de la Ley General de Sociedades Mercantiles, tales como la emisión y registro de acciones, administración y asambleas anuales, y las disposiciones fiscales y laborales, como son las contabilidades y enteros de impuestos, así como jornadas laborales, seguro social y prestaciones, este tipo de empresas deben observar para su funcionamiento toda una serie de normas jurídicas relativas al desempeño de sus operadores, sus unidades vehiculares y su empresa como prestadores de un servicio de Autotransporte Federal, relativas, entre otras, a reglas de conducción, aptitud psicofísica, las condiciones físico-mecánicas de los vehículos e informes estadísticos que la sociedad debe rendir, y por otro, observar normas económicas sobre el comportamiento del mercado de bienes y servicios, costos de operación, depreciación, mantenimiento y sustitución de sus equipos, competencia, precios de los insumos, etc.
Esto implica para los empresarios del Autotransporte, una visión y estrategia especial para administrar un negocio que requiere de bases sólidas de organización, planeación, logística y finanzas. La entrega de mercancías dentro de los tiempos acordados con un cliente en un punto geográfico determinado, es resultado de una serie de previsiones, que van desde la adecuada provisión de fondos para combustible, peajes, reparaciones imprevistas, alimentos del operador; aspectos documentales como la vigencia de autorizaciones y los seguros de responsabilidad civil, así como respecto a la recepción, transbordo y sujeción de la carga, hasta el itinerario con sus horarios y ruta. Además, debe señalarse que el mantenimiento preventivo y la constante capacitación de sus conductores, son aspectos de vital importancia en la planeación y administración de estas empresas, debido a la importancia que para ellas representa, la disminución de pérdidas económicas ocasionadas por accidentes de tránsito y descomposturas graves.
Los empresarios del transporte han contribuido históricamente a la formación de organizaciones societarias de trabajo e inversión, que han extendido, en la mayoría de los casos, su eficacia financiera a otros negocios mercantiles vinculados, directa o indirectamente, al giro transportista. Es por ello que de este tipo de empresas se desprendan otras vinculadas al ramo como las de mantenimiento y reparación de unidades, llanteras, etc., e inclusive en otros diversos como las arrendadoras, servicios logísticos para transportación, almacenaje, etc. Por tanto, puede afirmarse que los hombres y mujeres involucrados en estas sociedades desarrollan una perspectiva competitiva, y en consecuencia, eficiente y productiva, dentro del ámbito comercial. En un breve período de tiempo, comenzarán seguramente a celebrar sus contratos de transporte por medio del correo electrónico.
No obstante su composición orgánica es muy diversa, como en cualquier otro tipo de sociedad, normalmente se encuentran constituidas por familias que se han dedicado por generaciones al transporte; y éstas regularmente se organizan internamente de forma piramidal, de ascendientes a descendientes; desde el Consejo de Administración hasta las gerencias de tráfico, talleres o de capacitación. También debe destacarse, que los integrantes de las sociedades transportistas son en general empresarios participativos en cámaras y asociaciones de su gremio.
1.4.2 El hombre– camión.
Paralelamente a los empresarios del transporte carretero, encontramos a personas que de forma individual participan en el ámbito de los servicios de Autotransporte, y que son denominados como hombre-camión. Lo anterior, debido a que dichas personas son al mismo tiempo gerentes, administradores, conductores, representantes, e inclusive, mecánicos y cargadores, de sus propios vehículos. En su gran mayoría, se trata de personas con muchos años en el negocio del transporte; involucran a sus familias en dicha actividad, y en muchos casos, también se convierten en negocios que van pasando de generación en generación.
Debido a la complejidad a que hemos hecho referencia líneas arriba para este tipo de negocio mercantil, las posibilidades de crecimiento de los hombre-camión se ven disminuidas por la falta de una organización societaria adecuada. En muchos casos, su crecimiento económico trae como consecuencia la constitución de una sociedad transportista, o en su defecto, la unión con otros hombre-camión con sociedades regulares, para formar lo que se denomina comúnmente como grupos de permisionarios; no obstante y como veremos en su oportunidad, dicha denominación actualmente es incorrecta, ya que el régimen jurídico-administrativo de las autorizaciones en nuestro País para el Autotransporte Federal, cambió de la figura de la concesión a la de permiso, y por tanto, la situación legal de los hombre-camión respecto a sociedades transportistas, hoy en día puede encuadrarse en el contexto de una asociación en participación. 4
El fortalecimiento del Autotransporte nacional, requiere de una tendencia que disminuya el negocio mercantil individual y aumente el societario, sin embargo, no debe dejar de destacarse la aportación que a esta actividad hacen los hombre-camión, ya que su necesaria participación en todos los aspectos que involucra la operación de los servicios de Autotransporte, los convierte en verdaderos expertos en esta materia.
1.4.3. Los operadores de Autotransporte.
Por último, dentro de este apartado, estimamos indispensable el estudio sobre los individuos que diariamente entregan su esfuerzo y dedicación para la operación de los vehículos de este modo de transporte: los operadores o conductores.
El análisis de esta importante labor, la abordamos desde tres aspectos: su perfil laboral, los requerimientos legales para acceder a su ejercicio, y finalmente, sobre su capacitación.
1.4.4 Su perfil laboral.
Sean hombre-camión o trabajadores de empresas transportistas, los conductores se encuentran inmersos en un régimen laboral muy especial, no sólo porque ha merecido un capítulo destinado en la propia la Ley Federal del Trabajo, sino principalmente, debido a las difíciles condiciones en que desempeñan su labor.
Los operadores desempeñan su trabajo en la mayoría de las ocasiones en un ambiente arduo y delicado, es decir, existen diversos factores que hacen de su profesión una auténtica labor especializada y de gran responsabilidad. No sólo debe tomarse en cuenta el valor de los vehículos que tienen en sus manos, y de la vida de las personas y costo de las mercancías que transportan, como parámetro de su delicada responsabilidad. Existen también, consideraciones tales como su propia salud e integridad física, los posibles daños que puedan causarse a terceros en su persona y bienes, daños ecológicos, pérdidas económicas por entregas con demoras, infracciones de tránsito, entre otros.
Del total de accidentes en carreteras federales durante el año de 1999, en los que participaron vehículos de Autotransporte Federal, debe destacarse que el 79% de las causas generadoras de los mismos se debieron al factor humano, es decir, a causas imputables a los operadores, mientras que a las condiciones físico mecánicas del vehículo, les correspondió el 6%, a las condiciones del camino el 6%, y a los agentes naturales y peatones el 9%, tal como se muestra en el cuadro 1.
Cuadro 1
Los operadores de Autotransporte son personas acostumbradas a un trabajo de largas jornadas laborales, solitario, ya que normalmente viajan solos, ( aún en el caso de pasaje, ya que el segundo operador normalmente descansa en la parte trasera de la unidad) peligroso, por la posibilidad de un accidente o asalto, y en el cual, deben emplearse diversos conocimientos, la mayoría de ellos obtenidos de forma empírica, sobre la operación del vehículo, tales como su comportamiento en distintos tipos de camino, como curvas, pendientes, bajadas, terreno mojado, con baches, con tráfico, etc., y mecánicos, para las reparaciones de las descomposturas sufridas en partes o componentes vehiculares, o sobre gasto de combustible, calentamiento y estabilidad del vehículo, así como horarios de difícil tránsito en áreas urbanas, reglas de circulación, documentos comprobatorios de autorizaciones y, finalmente, sobre el adecuado transbordo y sujeción de la carga.
El operador de vehículos de Autotransporte se encuentra obligado a ser conocedor de la normatividad que rige su operación; desde las disposiciones del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales, hasta las relativas al peso, dimensiones y capacidad de los vehículos, sin olvidar, en su caso, las correspondientes al transporte de materiales y residuos peligrosos. Por tanto, puede decirse que esta actividad puede calificarse como multidisciplinaria, ya que las personas dedicadas a ella, deben tener conocimientos, aunque sea empíricos, sobre conducción de vehículos, mecánica, física, práctica mercantil y legislación.
En este contexto, encuentra justificación el que la autoridad que ejerce jurisdicción sobre los caminos y puentes de jurisdicción federal, haya estimado necesaria la reglamentación de la actividad de operador, por las múltiples implicaciones que puede generar en su entorno social y económico, es decir, como apuntamos con anterioridad, por un lado, por la gran responsabilidad de transportar vidas humanas y bienes, y por otro, debido a que se trata de una labor especializada que requiere de determinados requisitos legales, que garanticen los conocimientos necesarios para su adecuado desempeño.
1.4.5. Requerimientos legales.
Esta actividad puede calificarse como una profesión, por lo apuntado anteriormente, y se encuentra regulada de forma específica en la normatividad del Autotransporte Federal. De acuerdo a esta última, y como veremos en el capítulo dedicado a las normas que regulan este modo de transporte, las personas interesadas en obtener o renovar la constancia de aptitud denominada licencia federal de conductor, deben acreditar a la autoridad que poseen los conocimientos prácticos y técnicos para la conducción de vehículos, además de la acreditación de tener buena salud, de acuerdo a los exámenes médicos correspondientes.
Es una exigencia legal el que los operadores del Autotransporte demuestren a la autoridad que cuentan con aptitudes prácticas para la conducción de los vehículos, es decir, que acrediten exámenes llevados a cabo dentro de la propia unidad vehicular, y en patios de maniobras especialmente destinados para tal fin.
Hasta el mes de julio de 1999, de conformidad con los manuales de procedimientos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el examen sólo podía practicarse por dicha dependencia, el cual se desarrolla bajo las indicaciones del instructor o examinador, generalmente un inspector de vías generales de comunicación, el cual coloca sobre la superficie de rodamiento conos que delimitaban, de forma imaginaria, tanto curvas, entronques y estacionamientos para observar la destreza del operador y su manejo del vehículo. Existe un número determinado de errores que pueden cometerse, e inclusive, algunos pueden ser subsanados en una segunda ocasión, sin embargo, la reprobación de esta prueba imposibilita al operador a proseguir con su trámite, por lo que debe presentarse nuevamente ante la autoridad para reiniciarlo.
A partir de las publicaciones en el Diario Oficial de la Federación los días 6, 14, 15 y 16 de julio de 1999, que contienen los lineamientos conforme a los cuales los conductores del Autotransporte federal y transporte privado pueden acreditar la capacitación y adiestramiento para obtener, refrendar o, en su caso, renovar la licencia federal de conductor, así como a los programas mínimos de capacitación para los conductores de los servicios de Autotransporte Federal de carga general, pasaje, turismo y materiales y residuos peligrosos, el examen líneas arriba descrito, y que se practica por el personal de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, también puede llevarse a cabo por personas físicas o morales de derecho privado que obtengan la autorización por parte de dicha dependencia.
Un segundo examen que también puede ser practicado por las instituciones privadas de capacitación a que hemos hecho referencia, se aplica a los operadores una vez que han aprobado el de aptitud práctica o conducción, y se denomina de conocimientos técnicos. Esta prueba se desarrolla de forma escrita y en un período de tiempo determinado. Se estructura con preguntas relativas a las señales de tránsito, normas y dispositivos de seguridad vial y sobre conocimientos generales de mecánica. No obstante su realización ahora puede estar a cargo de la iniciativa privada, su acreditación demuestra a la autoridad que el operador no sólo conoce sobre la conducción de su vehículo, sino que también comprende las medidas de seguridad y de comportamiento mecánico en su operación.
Los programas mínimos de capacitación que ha publicado la Secretaría de Comunicaciones y Transporte, contienen aspectos fundamentales para la formación de los operadores, desde los generales como mantenimiento, seguridad e higiene, legislación y normatividad, seguridad vial, manejo de la carga, relaciones humanas, la familia y la convivencia, atención y servicio al público, normas de conducción y señalización, como los más especializados, como la clasificación e identificación de materiales y residuos peligrosos y las acciones de emergencia.
La intención de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes es promover la creación de Centros de Capacitación a nivel nacional, para que en un futuro próximo, cuando la demanda de conductores esté cubierta, se suprima la práctica de dichos exámenes por parte de la propia autoridad.
Debe destacarse como parte fundamental en materia de prevención de accidentes, el aspecto psico-físico de los individuos dedicados a la operación del Autotransporte. Lo anterior, debido a que como hemos apuntado, se reconoce la delicada responsabilidad que tienen en sus manos los operadores, y la importancia que en consecuencia tiene su salud. La experiencia e investigaciones en esta tema son extensas, ya que han demostrado que existen diversos factores tales como excesivas jornadas de trabajo, ingestión de algunos medicamentos, bebidas alcohólicas, drogas, malos hábitos alimenticios, problemas económicos y familiares, enfermedades no tratadas médicamente, etc. que influirán de forma determinante en el desempeño del operador. Por tanto, la autoridad lleva a cabo este tipo de exámenes médicos no sólo a aquellos que pretenden acceder o renovar su licencia, sino también los efectúa en la operación de los servicios de Autotransporte, es decir, cuando los operadores se encuentran desempeñando su trabajo.
La normatividad en la materia establece como requisitos para acceder al ejercicio de esta actividad, el que los interesados tengan 18 años cumplidos, salvo el caso de la modalidad internacional en la cual deben tener 21 años cumplidos, sin embargo, dejamos para el capítulo relativo, las especificaciones inherentes a los tipos de licencias y sus distintos requisitos legales, como por ejemplo la citada modalidad internacional, que requiere del operador de conocimientos básicos del idioma inglés, específicamente en lo que se refiere a la señalización vial.
1.4.6 Su capacitación.
Esta singularidad con la que puede definirse a la actividad de operador de Autotransporte, ya que se encuentra inmersa en un ámbito de una auténtica especialización, la convierte en una labor que requiere de capacidad y destreza técnicas.
No obstante que los operadores de vehículos de Autotransporte comúnmente son personas con gran habilidad para la conducción, para la mecánica, e inclusive, para el trato con los usuarios, la normatividad de la materia, ha recogido la exigencia de que dicha especialización sea reconocida por programas educativos oficiales, que conviertan a esta actividad en una auténtica profesión. Es por ello que se han publicado en el órgano de comunicación oficial los lineamientos y programas mínimos de capacitación a que hemos hecho referencia anteriormente, y en consecuencia, son cada vez más entidades federativas en nuestro país en que se han abierto centros de capacitación o carreras técnicas para operadores, que cuentan con reconocimiento oficial de las Secretarías de trabajo y Previsión Social, Educación Pública y Comunicaciones y Transportes. Los certificados de estudios expedidos a los operadores, los liberan de la presentación de los exámenes de conducción y de conocimientos técnicos ante la autoridad.
1.5 Sus relaciones con otros sectores de la sociedad y el gobierno
Los individuos que participan dentro del Autotransporte, tanto de forma societaria como individual, se encuentran inmersas en un negocio mercantil complejo, por todos los aspectos que en el intervienen, y por tanto, que demanda de múltiples relaciones con otros sectores de la sociedad para la operación de sus servicios.
1.5.1 Con la sociedad civil.
Estas relaciones por su propia naturaleza se dan principalmente en el terreno comercial. En consecuencia, el transportista carretero trata cotidianamente, en el ámbito particular para operar su negocio, independientemente de sus clientes, con agentes aduanales para la transportación de bienes de importación y exportación; notarios, corredores públicos y abogados, para la legalización de sus actividades; contadores públicos y privados, para sus aspectos fiscales; ajustadores y agentes de seguros para cobertura de sus riesgos; ingenieros mecánicos y personal de taller, para el mantenimiento y reparación de sus unidades; industriales y comerciantes, para el suministro de sus insumos para la operación de sus vehículos; médicos, para la salud laboral; arquitectos e ingenieros, para la construcción y remodelación de sus instalaciones; peritos y valuadores, para sus siniestros, estimaciones y créditos; administradores, para la dirección de su negocio; gestores y representantes, para sus trámites diversos, y sobre todo, con los operadores de vehículos, para poner en marcha su empresa. En tal virtud, puede afirmarse que se trata de un ámbito multidisciplinario al cual tiene que recurrir el autotransportista, demandando de ellos distintos bienes y servicios, y así complementar la administración de su actividad.
1.5.2 Con las autoridades gubernamentales.
Desde el punto de vista público o gubernamental, también las relaciones necesarias que establece son muy diversas, también independientemente de aquéllas dependencias públicas con las que trate como clientes. De manera enunciativa mencionamos, en el ámbito federal, a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, para sus autorizaciones de operación para el servicio de Autotransporte; de Comercio y Fomento Industrial, para su afiliación gremial, asuntos de competencia económica y de protección al consumidor; de Gobernación, para su vigilancia en operación carretera, transporte de armas y explosivos y revisiones migratorias; de trabajo y Previsión Social, para la regulación laboral de sus empleados; de Salud, para la higiene de sus instalaciones; de Hacienda y Crédito Público, para la regulación de sus contribuciones; de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para el transporte de maderas, productos peligrosos y la emisión de humos contaminantes; así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para el aseguramiento de sus empleados. En el ámbito estatal, con las autoridades de tránsito de las entidades federativas, para su circulación y estacionamiento en áreas urbanas; con los ayuntamientos municipales, para las licencias de funcionamiento, uso de suelo, y el pago de distintas contribuciones.
1.6 Las organizaciones gremiales
1.6.1 Las cámaras.
La organización de cámaras de transportistas en nuestro País tiene una larga tradición. La primera cámara en esta materia, se constituyó en el año de 1937, con la Cámara Nacional de Transportes y Comunicaciones, integrada tanto por propietarios de vehículos de Autotransporte, marítimos y las empresas estatales de aviación y ferrocarriles. Por lo que se refiere al Autotransporte, sus antecedentes se remontan al año de 1923, en que se forma la Alianza de Camioneros de México, la cual sólo fue precedida, en un ámbito local, por la Federación de Camioneros del Distrito Federal en 1921, y que se anticipó a la creación de la famosa Asociación Nacional Automovilística (1930), aunque esta última con propietarios de vehículos privados.
En 1981, desaparece la Alianza de Camioneros de México, la cual es substituida por la Confederación Nacional de Autotransportistas, constituida como una asociación civil, y que todavía incluía tanto a los servicios de carga y pasaje conjuntamente. Finalmente, todos estos antecedentes son la base para que, a finales de los años ochentas, y en el marco de la modernización de este modo de transporte, se constituyeran las Cámaras Nacionales del Autotransporte de Carga (CANACAR) y de Pasaje y Turismo (CANAPAT), las cuales funcionan hasta nuestros días, representando los intereses de sus agremiados en la República Mexicana ante todo tipo de autoridades, constituyéndose como un espacio para el desarrollo tecnológico, administrativo, laboral, jurídico, contable, entre otros, para sus servicios.
A mediados de los años noventa, se crea con la finalidad de representar a los hombres camión la Confederación de Transportistas Mexicanos, A.C., y posteriormente abre su filiación a las personas morales, y a los servicios de pasajeros y turismo.
Las cámaras de autotransportistas federales han jugado un papel fundamental en el desarrollo y organización de este modo de transporte. Son órganos de consulta del poder público, y por tanto, participan activamente en la conformación de la normatividad que rige a su actividad, debido a que la autoridad y los transportistas reconocen la importancia de la concertación y el diálogo, como herramientas imprescindibles para lograr una reglamentación de consenso que permita su efectiva aplicación. Todas estas cámaras, han creado comisiones especiales que mantienen relación constante con las diversas dependencias federales y estatales, que intervienen directa o indirectamente en la operación de sus servicios, y al efecto, elaboran informes a sus agremiados sobre el avance y resultado de sus gestiones.
1.6.2 Las asociaciones.
La asociación civil representa el germen de las organizaciones de transportistas en México, y no obstante la representación nacional de las dos grandes divisiones de servicios de Autotransporte, carga y pasaje, se encuentra constituida con las Cámaras y la Confederación mencionadas, debe reconocerse que con el propósito de contar con organizaciones más cercanas a los propios Autotransportistas, a nivel regional, e inclusive a nivel municipal, a lo largo del territorio encontramos que existen diversas asociaciones civiles en este ramo. La mayoría se encuentra afiliada a la Cámara correspondiente a su servicio, y sus directivos forman parte de las estructuras de las mismas. En todo caso, estas asociaciones cumplen con un papel destacado dentro de la sociedad en sus ámbitos locales, representando a un gremio que indiscutiblemente tiene un peso relevante en el desarrollo de las economías regionales, y por ello, de importante significación comunitaria.
Debe destacarse la creación de la Asociación Nacional de Transporte Privado A.C., la cual ha cubierto un sector muy importante del transporte carretero que no se encontraba representado gremialmente a nivel nacional, y que como hemos comentado en esta obra, utiliza la vía general de comunicación caminos y puentes federales, transportando a su personal o sus propios bienes o conexos con su actividad, de forma comercial.
Bibliografía y Notas
1 Estadística Básica del Autotransporte federal 1999, Secretaría de Comunicaciones y Transportes. México, 1999.
2 Manual Estadístico del Transporte, Instituto Mexicano del Transporte, México, 1999.
3 Aunque también encontramos otro tipo de sociedades, como las de responsabilidad limitada y en nombre colectivo, pero que desde hace algunos años se han ido convirtiendo a la forma legal de Sociedades Anónimas, por los beneficios, principalmente económicos, que otorgan a sus integrantes.
3 En esta figura jurídica, la sociedad transportista es la asociante, y quien aparece como responsable de los servicios, mientras los hombre camión son los asociados, sin tener relación comercial con los clientes.
4 Consejo Nacional de Prevención de Accidentes, Dirección General de Autotransporte Federal de la S.C.T., México, 2000.
Lic. Jaime Gerardo Baca Olamendi
México, D.F.1965. En el período 1993-2000, fue investigador, docente y servidor público en materia de autotransporte federal; sus cargos fueron: supervisor de departamentos de autotransporte (1993-94), subdirector de normas de fabricación de vehículos(1994-95), de legislación y consulta(1995-96), y delegado en la Ciudad de Veracruz(1996-2000), todos dependientes de la Dirección General de Autotransporte Federal de la SCT. Ha participado, en materia de legislación, en los cursos de Operador de Alto Nivel instrumentados por el Instituto de Capacitación para los Trabajadores del Estado de Veracruz. En el período 1994-1995 participó, en el grupo de partes y componentes vehiculares, en las Delegaciones mexicanas del Subcomité de Normas de Transporte Terrestre del T.L.C. en los Estados Unidos de América y Canadá. En 1993 se hizo aspirante a Corredor Público. Actualmente es Notario Público, titular de la Notaría 2 en el Puerto de Veracruz.
Ciudad y puerto de Veracruz, estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a los 15 días del mes de noviembre del año 2007.
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