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Sociedades Anónimas

Enviado por celsi


    Definición:

    Según la ley de sociedades comerciales, ley 19.550, artículo 1: "Habrá sociedad comercial cuando dos o más personas en forma organizada, de acuerdo a un tipo previsto en la ley, se obliguen a realizar los aportes para la producción o intercambio de bienes o servicios, participando de las beneficios y soportando las pérdidas.

    "Características: Las sociedades anónimas están divididas en pequeñas partes denominadas "acciones"

    1. Responsabilidad: los socios o accionistas limitan su responsabilidad a la suma a la que hayan invertido en la sociedad.
    2. Sociedad de capital por excelencia: interesan lo capitales mas que las personas de los socios, estos pueden no conocerse entre si ni los terceros que contratan con la sociedad, de allí su denominación de "anónima".
    3. Vida continuada: la vida de la sociedad es independiente de sus propietarios. Su duración se fija en el acta constitutiva. La muerte de algunos de los socios no la afecta.
    4. Acciones transferibles: pueden cambiar continuamente de dueño sin afectar a la sociedad. Denominación social: puede incluir el nombre de una o mas personas de existencia visible con el aditamento de sociedad anónima pero queda prohibido el uso de "oficial, nacional".
    5. Personería legal: siendo un ente jurídico separado de sus propietarios puede adquirir derechos y contraer obligaciones. Separación de las funciones de administración y propiedad: en estas empresas existe una "propiedad pasiva" de los que ponen el capital y una activa a cargo de los que administran.

    Constitución de una sociedad anónima: simultáneamente o por acto único continuada o por suscripción publica constitución simultánea o por activo único.

    Acto constitutivo: es el instrumento por medio del cual los socios dejan expresada su voluntad de dar nacimiento a la S.A. y puede o no contener un estatuto.

    Estatuto de una Sociedad Anónima: es el conjunto de reglas que siguiendo normas legales son adoptadas por los socios para la organización, funcionamiento, disolución, liquidación y partición de la sociedad.

    Suscripción del capital: es el compromiso de adoptar. Integración de capital: es el cumplimiento de ese compromiso. Integración en efectivo: no puede ser inferior al 25% de la suscripción total.

    Integración en especies: debe integrarse el 100%. Solamente puede consistir en obligaciones de dar pero no en obligaciones de hacer.(4)

    Clases de acciones

    Ordinarias: son acciones que no presentan ventajas ni desventajas, ni privilegios especiales, se las suele denominar comunes.-

    Privilegiadas: conceden a sus poseedores el derecho de recobrar sus valores en caso de liquidación de la sociedad con prioridad sobre los demás accionistas. –

    Diferidas: estas dan derecho o dividendo, los dividendos correspondientes a las acciones ordinarias. – voto plural: cada acción ordinaria tiene derecho a un voto, pero puede haber acciones de hasta 5 votos por acción ordinaria. –

    Preferidas: son iguales a las anteriores pero conceden el privilegio sobre los dividendos que la sociedad distribuye anualmente.

    Escriturales: no se representan en títulos sino que se encuentran en cuentas abiertas a nombre de sus titulares en un registro denominado "libro de acciones escriturales".

    endosadas : son aquellas que requieren solo el endoso de la lamina por el cedente y debe inscribirse en el libro de registro de acciones.-

    al portador: son las que pueden ser transferidas por la simple entrega del titulo.

    Valores que pueden tomar las acciones

    Valor nominal: es el valor que expresa la fracción de capital que representa todas las acciones de una sociedad deben tener igual valor nominal. La suma de los valores nominales de todas las acciones emitidas equivale a su capital social.

    Valor de cotización: es el precio que se paga por ellas en la bolsa en operaciones de compra y venta. Es un valor que varia con la oferta y la demanda la que a su vez depende de factores como ganancias acumuladas, situación patrimonial y financiera, factores políticos económicos, etc.

    Valor de costo: es el precio de compra de las acciones mas las comisiones pagadas a los agentes de bolsa, sellado, etc. valor patrimonial de las acciones: es el valor contable o libros. Se obtiene dividiendo el PN por en numero de acciones emitidas por la sociedad.

    Valor sobre la par, a la par o bajo la par: significa que el valor de cotización o de costo o patrimonial es superior, inferior o igual al valor nominal.

    Emisión de nuevas acciones: cuando se emiten nuevas acciones se modifica el VP de cada acción. Nuevos accionistas: se benefician con $2.013 por acción. Para solucionar este problema la sociedad debe ofrecer la suscripción sobre la par, es decir con una prima de emisión que es un recargo sobre el valor neto de las nuevas acciones.

    ¿Cómo se calcula?

    1)Se calcula teniendo el porcentaje que significa el importe que sumado al capital suscripto inicial, constituye el Patrimonio Neto.

    2) si se emiten nuevas acciones por $500 se aplica a este importe el 20%. La cantidad así obtenida es la prima de emisión. De esta manera suscribiendo con prima de emisión se logra mantener el Valor Patrimonial de las acciones y no se benefician los nuevos accionistas a costa de los otros. P.E.: es una cuenta del PN que representa el aporte en exceso del capital formal, o sea el sobreprecio pactado en el proceso de colocación de acciones constituye una extensión del capital y no distribuye entre los socios.

    Cuenta accionistas: es una cuenta patrimonial del activo, rubro créditos. Significa importe cobrar por la sociedad por la suscripción de aquellas personas interesadas en ser socios de una sociedad de capital, se debita por los importes interesados se comprometen a aportar, se acredita por los importes que los accionistas aportan a la sociedad cumpliendo parcial o totalmente el compromiso anterior, queda saldada cuando los accionistas han cumplido parcialmente su compromiso, el saldo deudor representa el importe que aun falta integrar o aportar por los accionistas. los socios o accionistas limitan su responsabilidad a la suma a la que hayan invertido en la sociedad.

    Bolsas y Mercados de Comercio

    Orígenes y Localización

    En el Mundo

    Las hoy conocidas como Bolsas de Comercio, tienen su origen más antiguo en los trabajos de los cambistas y en los encuentros que se efectuaban entre productores y consumidores para intercambiar mercancías, esto se llevaba a cabo en los mercados o en las ferias.

    En la Biblia ya se mencionan los cambistas; cuando son expulsados del templo por Jesús donde efectuaban sus transacciones.

    Los cambistas también actuaban en la Antigua Persia, allí es donde nace la palabra "bancarrota". Por ser lo que hacían (romper el banco de trabajo), lo hacían cuando no habían ganado en el día la cantidad de dinero que esperaban.

    Desde hace muchos años las personas vienen sintiendo la necesidad de agruparse para hacer más fácil y práctico el intercambio de sus productos. Estas reuniones se realizaban en lugares determinados, generalmente en los cruces de las grandes rutas comerciales.

    "Cuando estas reuniones se celebran con una periodicidad semanal o quincenal, constituían los llamados mercados, que eran concurridos por habitantes de una misma región o país. Por su parte, las ferias se llevaban a cabo en ocasiones más distantes entre sí y eran visitadas por personas de lejanos países.

    Si retrocedemos más en la historia, las bases de estas reuniones las tenemos en Roma y en Atenas. En la ciudad italiana en el año 493 a.c. empieza la actuación de banqueros y comerciantes en un edificio conocido como "Collegium Mercatorum". Muchos creen que este nombre no correspondía a un edificio, sino que significaba asamblea o reunión.

    Estas asambleas son las que van perfilando los mercados de productos y valores de la actualidad. Las asambleas comerciales se efectuaron posteriormente en los Foros."(2) En los Foros tuvieron un importantísimo papel los banqueros y orfebres, allí se traficaban productos alimenticios en gran cantidad. A estas se les dio el nombre de "Macellum". El más antiguo del cual se conservan registro es el del año 179 a.c.

    En los mercados griegos, trabajaban magistrados municipales que desempeñaban funciones policiales y administraban justicia; mientras que otros oficiales chequeaban la calidad de las mercaderías que comerciaban.

    Las instituciones antes mencionadas se disuelven cuando el Imperio Romano es invadido por los bárbaros, resurgiendo con fuerza aproximadamente en el siglo XIII.

    En esos tiempos nace la costumbre de que en las plazas más importantes de Europa se ubicaran almacenes, que correspondían a los distintos países que traficaban entre sí. Llegaron a existir en Brujas (Bélgica), diecisiete de ellos.

    "El descubrimiento de América revolucionó el comercio y, debido a esto se implanta la modalidad de negociar sobre muestra que hace innecesaria la existencia de aquellos almacenes, creándose sobre las bases de los mismos las Casas de Contratación, cuyo nombre se afianza luego del siglo XV."(2)

    La importancia de Brujas como plaza comercial hizo que fuera el lugar seleccionado para que los comerciantes desarrollaran sus negocios. Los historiadores mantienen que uno de los principales comerciantes de ese lugar fue un señor de apellido Van Der Beurs, en cuya casa se llevaban a cabo importantes contrataciones. La mala pronunciación del apellido llevó a que se pronunciara "bourse", que en francés significa bolsa. Así nace el nombre de estas instituciones que se mantuvo a través del tiempo.

    El nacimiento de las bolsas se produce en Holanda. Se funda en el siglo XVI la Bolsa de Amberes y el Mercado Real de Londres en 1566 comienza a nacer una nueva forma operativa, al iniciarse el comercio de granos y provisiones por medio de certificados.

    En esos tiempos es creada en Francia la Bolsa de Lyon, luego la de Tolosa (1549) y la de Roun (1556). La Bolsa de París fue construida oficialmente en 1724, aunque desde mucho antes (siglo XII) se llevaban a cabo diversas reuniones de comerciantes en distintos puntos de la ciudad. Esto llevó a que el trabajo de los Agentes de Cambio sea reglamentado en 1572

    En 1561 se instala en Londres la Bolsa de Fondos Públicos y en 1801 se comenzó a construir el actual edificio de la Bolsa de Londres.

    Volvamos atrás para comentar algo sobre la evolución de las instituciones españolas. Felipe IV mandó la creación de una bolsa en 1632, pero recién en 1778 se decidió construir un monumental edificio. Este comenzó a funcionar de manera efectiva en 1831.

    "Años después, y de reconocida eficacia la existencia de los mercados, sucesivamente se crean el de Saint Germain (1811), Smithfield (1868), Central de Berlín (1885), Bruselas (1875), Francfort (1879) y Leipzig (1891)."(2)

    La operación de contado es la característica principal de todos los mercados antes mencionados; lo que quiere decir que la entrega de la mercadería se hace por un lado y el precio por otro. Las modalidades impuestas en el comercio fueron aportando nuevas formas, como por ejemplo le de operaciones a plazo, las cuales que para imponer sus bondades tuvieron que luchar con costumbres arraigadísimas.

    En ese período de la historia se seguían confundiendo las bolsas y los mercados, ya que ambas eran utilizadas para la contratación de mercaderías o monedas. Tiempo después comenzó la negociación de letras de cambio, títulos representativos de créditos y otros valores.

    En Argentina

    En el año 1777 el Virrey Cevallos declara el libre comercio del Río de la Plata con España y con las colonias.

    Al año siguiente España dio a conocer el Reglamento para el Comercio Libre y poco tiempo después es creado el Consulado de Buenos Aires, primera institución de importancia para el comercio.

    Antes de la creación de esta institución hubo varios pasos previos.

    En el año 1785 los comerciantes de Buenos Aires y Montevideo solicitaron al Rey la creación de un Tribunal y un Consulado, debido a la importancia comercial que habían cobrado los puertos de estas dos ciudades.

    "Habían estructurado económicamente el sostenimiento del mismo, en base a las penas pecuniarias que impusiera el Tribunal."(2)

    La documentación fue estudiada y aprobado por el Virrey, quien la elevó al Rey Carlos IV. El Rey dio sanción al Consulado en el año 1794.

    "Esta institución facilitó la navegación fluvial, construyó caminos, introdujo máquinas modernas, creo una escuela de comercio y otra de náutica."(2)

    En los primeros años del siglo XIX los Consulados fueron reemplazados por los Tribunales de Comercio y con el pasar de los años fue aumentando su progreso hasta llegar a las Cámaras de Comercio de hoy en día.

    El gobierno de los virreyes fue perdiendo y terminó en la revolución de mayo de 1810. En esta época empieza el esfuerzo de muchas personas que participaron en ella por colocar a nuestro país entre los mejores del mundo.

    La revolución proclamó la libertad de comercio, lo que llevó a que se instalan muchas casas de comerciantes nacionales y extranjeros, sobre todo inglesas y españolas.

    En el año 1811 un grupo de comerciantes ingleses que se reunía en el hotel Tres Reyes organizó una entidad llamaban Sala Comercial Inglesa, a la que ingresaban solamente miembros de la colectividad inglesa.(2)

    No había un lugar fijo para que se reunieran a realizar sus negocios los criollos y españoles, haciéndolo generalmente en la vieja recova.

    Hay muchos comentarios que dicen que el origen de la organización bursátil proviene de la Sala Comercial, pero no es así. La Bolsa Mercantil es fundada por iniciativa de Don Bernardino Rivadavia. Este organismo es considerado como el primero que se ocupa de esta materia en la Argentina, esto ocurrió en 1821.

    "Los negocios se circunscribieron a la cotización de oro y a la negociación de fondos públicos y el número de corredores que actuaban, que en 1822 era de cuatro, llega a veinte en 1829." (2)

    Durante el gobierno de Rosas estos corredores son perseguidos bajo la acusación de "agio" en las negociaciones. Esto llevó a que se reunían en domicilios particulares, esta continua movilidad hizo que se designara a esta organización como camuatí", nombre que fue tomado de un grupo de avispas que construían y deshacían su nido cambiándolo constantemente de lugar.

    Luego de un tiempo, y gracias a las gestiones de Don Pablo Santillán, corredor y amigo de Rosas. Se llega así al año 1846, en el que es creada la Sociedad Particular de Corredores, la cual continuó con dificultades hasta la caída de Rosas en 1852.

    Luego de Caseros los corredores fueron perseguidos nuevamente, debido a la difícil situación financiera y los problemas creados por la especulación con oro.

    Para terminar con esta situación y para que los comerciantes pudieran reunirse y concretar negocios serios, correctos y legales, se realizó una reunión en el Tribunal de Comercio a mediados del año 1854 y en este acto se produjo la fundación de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y se designó la primera Cámara Sindical. La inauguración oficial de la Bolsa se efectuó el 6 de diciembre de 1854.(2)

    En ese mismo año, para los comerciantes que se juntaban en la Plaza de Carretas tuvieran un lugar donde realizar sus negocios, es creada la base de la actual Bolsa de Cereales, con el nombre de "Sala de Comercio de Frutos del País, del Mercado 11 de Septiembre."

    Muchas de las bolsas que se fueron fundando tienen entre sus entidades adheridas a mercados de valores. El origen del de Buenos Aires data de la agrupación de corredores dentro de lo que se llamaba Cámara del Interior de la Bolsa, la que en 1929 fue organizada bajo la forma de sociedad anónima con el nombre de Mercado de Títulos y Cambios de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Su objetivo es liquidar y garantizar las operaciones sobre metálico, fondos públicos y acciones cuya cotización se encuentra autorizada por la Bolsa y aceptada por el Mercado.(2)

    Definiciones:

    Bolsas de Comercio: Reunión de operadores que a intervalos regulares y en un lugar determinado, intercambian productos o valores de una misma clase y pueden revestir la forma de las Sociedades Anónimas o Asociaciones Civiles.

    Mercados de Valores: Institución formadas por agentes de bolsa, que negocian títulos valores y que deben constituirse bajo la forma de Sociedad Anónima.

    Localización:

    Debido a la rápida divulgación que tuvieron las bolsas de comercio de mercados de valores en el ámbito mundial, podemos deducir que los beneficios que producen a la economía de los países y a las economías zonales.

    La fundación de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y del Mercado de Valores de Buenos Aires S.A. Luego de estos dos hechos, el comercio de los productos de las economías regionales, lleva a que se vallan creando organizaciones bursátiles en todo el país, como las de Rosario, Córdoba, La Plata, San Juan, Mar del Plata, Mendoza, etc.

    AGENTES DE BOLSA

    Los que actúan como intermediarios en la negociación de los títulos de valores en los mercados bursátiles recibían antiguamente el nombre de "corredores" pero les corresponde agentes de bolsa y quienes actúan como tal no solamente acercan a las partes sino que también se encargan de perfeccionar el negocio jurídico actuando en nombre propio por cuenta ajena.

    El registro de quienes actúan como agentes debe ser llevado por los mercados, los que deben poner en conocimiento de la Comisión Nacional de Valores la información correspondiente a los nuevos que ingresen, las bojas que se produzcan y cualquier modificación en sus registros.

    Los requisitos que deben cumplir quienes quieran ingresar como agentes de bolsa son:

    • Ser mayor de edad
    • Ser accionista del mercado de valores correspondiente
    • Debe tener la capacidad para el cargo y responsabilidad patrimonial
    • Ser socio de la bolsa de comercio a la cual este adherido al mercado de valores correspondiente
    • Los impedimentos para su inscripto como agente de bolsa son:
    • Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta y causal
    • Las personas concedidas con pena de inhabilitación para ejercer cargos públicos
    • Las personas en relación de dependencia con las sociedades que coticen sus acciones
    • Los funcionarios y empleados rentados de la Nación, las provincias y municipalidades, excepto las personas que desempeñan cargos como la docencia o integran comisiones de estudio
    • Los que desempeñan tareas que las reglamentaciones de los mercados de valores declaren incompatibles con la función de agente de bolsa.

    Según el reglamento de Buenos Aires, los Agentes de Bolsa tienen la autorización para asignar mandatos para operar en "rueda" y para realizar todo tipo de actividades sobre títulos de valores. Solamente a una persona y en el caso de sociedades de agentes pueden otorgarse tantos mandatos como socios agentes la compongan. El mandato debe ser otorgado en escritura publica y en testimonio presentado ante el Mercado, debe constar que el mandante responde por los actos u omisiones de su mandatario.(2)

    LA ACTIVIDAD BURSATIL. DISPOSICIONES LEGALES QUE LA REGULARON Y LAS NORMAS ACTUALES

    En 1937 se constituyo la Comisión de Valores que estaba integrado por representantes del Banco Central, bancos comerciales y Bolsa de comercio de Buenos Aires, cuya misión era aconsejar sobre el momento oportuno para autorizar la emisión de títulos valores(2)

    En 1946, de acuerdo con la política económica imperante en la época, cuya característica principal era la intervención del estado, se establecen normas legales que rigen la materia.

    Las bolsas y mercados de valores no podían autorizar la cotización de valores públicos y privados sin que contaran con la previa autorización de la comisión de valores, que como organismo regulador del mercado tenía, no solamente el control de legalidad al efectuar el estudio previo de las emisiones, sino también el control de oportunidad al negar o autorizar las colocaciones en función de la saturación o no del mercado.(2)

    La Comisión de Valores también autorizaba la incorporación de los entonces llamados comisionistas de bolsa, con un previo estudio de los antecedentes y exámenes de capacidad.

    La Comisión Nacional de Valores es un organismo que tendrá bajo su vigilancia todo el sistema y sus funciones son:

    • Autorizar la oferta publica de títulos valores
    • Asesorar al Poder Ejecutivo Nacional sobre los pedidos de autorización para funcionar que efectúen las bolsas de Comercio cuyos estatutos prevén la cotización de títulos valores.
    • Llevar el registro de persona jurídicas y físicas autorizadas para efectuar oferta publica de títulos valores y establecer las normas a que deben ajustaren aquellas y quienes actúan por cuenta de ellas
    • Aprobar los reglamentos de las bolsas de comercio relacionadas con la oferta publica de títulos valores y los mercados de valores
    • Fiscalizar el cumplimiento de las normas legales, estatutarias y reglamentarias en lo referente al ámbito de aplicación de la presente ley
    • Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, el retiro de la autorización para funcionar acordada a las bolsas de comercio cuyos estatutos prevean la cotización de títulos valores y a los mercados de valores cuando dichas instituciones no cumplan con las funciones que les asigna la ley.(2)

    La Comisión Nacional de Valores dicta las normas a que deberán ajustarse las personas físicas o jurídicas que intervengan en la oferta publica. Las persona físicas o jurídicas que no cumplan las disposiciones recibirán multas, suspensiones y prohibiciones de efectuar una oferta publica que se aplicaran por la Comisión.

    Años después las disposiciones que existían llevan a las autoridades nacionales a integrar una Comisión Redactadora, que en Julio de 1968 fue designada como ley 17.811 dio entonces al presidente de la Nación el proyecto de ley de Oferta publica de publicas de valores, bolsas o mercados de comercio y mercados de valores El proyecto tenia como objetivo sustituir la legislación en el Código de Comercio en leyes y decretos modificatorios. El proyecto también consideraba necesario la existencia de un organismo estatal que ejerciera el poder de policía de todo lo inherente a la actividad.

    INVERSION EN LA BOLSA

    La inversión en la bolsa es parecida a cualquier tipo de inversión, no requiere del inverso un gran capital sino tiene una gran particularidad por su alto grado de liquidez. Otra característica es que en la Bolsa se registran las alteraciones de los precios y tienen en ella problemas económicos y políticos. La inversión bursátil es la inversión en acciones y por medio de ella participa una sociedad o empresa creada para que dure muchos años, una inversión que puede ser a corto plazo.

    La inversión en la Bolsa se efectúa en acciones representativas del capital de las sociedades admitidas a la oferta publica bursátil o en títulos públicos y es decir en valores mobiliarios.

    En las ofertas publicas se pueden efectuar en valores mobiliarios o sea acciones u obligaciones emitidas por sociedades anónimas y títulos del Estado Nacional.

    Precisado ya el concepto de valores mobiliarios corresponde entonces significar que dichos valores acusan:

    Un valor nomina: es el establecido por la sociedad emisora, esta indicado en el titulo y se vincula con el capital social de la entidad

    Un valor real: también llamada valor efectivo o valor de mercado, que es el precio a que se negocian los títulos diariamente en las "Ruedas" y resulta del libre juego de la oferta y demanda y en el que tienen su influencia la solvencia del emisor, las garantías que otorga y su capacidad de ganancia.(2)

    El concepto de beneficio que otorgan las inversiones se efectúan en títulos públicos o acciones y se subdividen en :

    Renta nominal: en los casos de fondos públicos y de deben tures en el momento de su emisión la entidad que los lanza establece el interés que se obliga a pagar.

    Renta real: surge de relacionar el interés percibido con el valor del titulo en el momento de su adquisición o sea el monto requerido por la inversión.(2)

    El beneficio de las acciones es el cobro de los dividendos, que es un derecho de toda persona que haya realizado su aporte en una sociedad anónima y esta relacionado con la ganancia que haya tenido en el ejercicio económico de la empresa.

    El pago de los dividendos deberá efectuarse dentro de los 60 días de su aprobación por la Asamblea. Y en el caso de los dividendos en acciones deberá hacerse la presentación ante la Comisión Nacional de Valores dentro de los 30 días de la celebración de la asamblea.

    La sociedad y los requisitos de su presentación

    ."Sobre la sociedad anónima que somete acciones a cotización operan las conveniencias financieras ya tradicionales de la articulación bursátil oferta-demanda: Fijación publica de precios corrientes en transacciones dentro y fuera de la bolsa, concentración de oportunidades para la inversión de dinero en las entidades que concurren, manera de advertir el consenso formado por quien presenta los títulos y existencia de disponibilidades apreciables de dinero en el inversor –hipotético ahorrista- para adquirirlos. De todo eso sobresalen las amplias posibilidades de expansión como beneficio básico de las empresas que ofrecen públicamente acciones. Y a manera de condicionante opera el régimen de contralor al que debe ceñirse la sociedad anónima para colocar y mantener sus títulos en oferta publica. Jurídicamente la regulación Argentina ha derivado en rasgos generales a la Comisión Nacional de Valores y sus disposiciones la materia "emisión de títulos valores cotizables en bolsa y en el denominado mercado extrabursatil" y a los estatutos, reglamentos y resoluciones de las bolsas de comercio y mercados de valores de cada lugar lo concerniente a "cotización" en concreto y sus operaciones, en orden respectivo."(3)

    Autorización para el ofrecimiento público

    La legislación mundial en materia de negociación de títulos-valores ha establecido tres sistemas fundamentales. El primero es el inglés; el segundo es el régimen de algunos países europeos, que oficializan las bolsas y en ellas se considera a los agentes de bolsa como funcionarios públicos, y por último, el sistema imperante en los Estados Unidos, que establece el carácter privado de estas instituciones.

    Los requisitos que una empresa debe cumplir para poder ofrecer públicamente sus acciones son:

    • Antigüedad mínima de 3 años en la actividad. No interesa sólo la antigüedad como S.A., que no tendrá que ser menor de 2 años, sino la antigüedad como empresa en marcha en este sector.
    • Haber trabajado durante un ejercicio completo con un capital mínimo de $500.000 (para el caso del Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.); y para los mercados del interior la exigencia es de $200.000.
    • El rendimiento del capital efectivo promedio no deberán ser inferior al 15% en los últimos 3 ejercicios.
    • Poseer bienes que representen como mínimo el 50% de su capital integrado. Si no se llegase a dar esta situación, la empresa deberá tener una antigüedad que no sea inferior a cinco años en la actividad y haber obtenido beneficios en cada uno de esos ejercicios que representen el 20% como mínimo del capital efectivo promedio; y mostrar una favorable evolución en su actividad.

    Todo esto es analizado por la comisión Nacional de Valores y así podrá considerar las solicitudes para efectuar la oferta pública de aquellas sociedades que no reúnen todos los requisitos necesarios (mencionados anteriormente), con el fin de evaluar si corresponde o no la autorización para realizar dicha oferta.

    Para que un título-valor (acciones de empresas privadas) se cotice en la bolsa, debe contar con la autorización del Mercado de Valores donde se negociará.

      

    Mecanismo operativo de las cotizaciones bursátiles

    Una vez cumplidos todos los requisitos para que una empresa pueda ofrecer públicamente sus acciones, éstas empiezan a cotizarse en le mercado de valores.

    La cotización para la compraventa se lleva a cabo en las llamadas "ruedas". Éstas son reuniones periódicas de los comisionistas o corredores de bolsa.

    Proceso de oferta pública de valores

    "Se considera oferta pública a la invitación, que se hace a personas en general o a sectores o grupos determinados, para realizar cualquier acto jurídico-valores. Efectuada por emisores o por organizaciones unipersonales o sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de aquellos, por medio de ofrecimientos personales, publicaciones periodísticas, transmisiones radiotelefónicas o de televisión, o cualquier otro procedimiento de difusión."(3)

    "Pueden ser objeto de oferta pública únicamente los títulos-valores, emitidos en masa que, por tener las mismas características y otorgar los mismos derechos dentro de su clase, se ofrecen en forma genérica y se individualizan en el momento de cumplirse el contrato de emisión respectivo."(3)

    Proceso de demanda

    "La demanda de títulos-valores está representada por el conjunto de personas que desean comprar acciones o valores, va sea con fines de especulación, inversión o simplemente por juego. Debemos destacar quien quiere comprar en el Mercado de Valores no lo puede hacer por sus propios medios, dado que las operaciones son llevadas a cabo exclusivamente por los comisionistas o corredores de bolsa."(3)

    Tipo de operaciones:

    Las operaciones que se realizan en el Mercado de Valores son:

    • Al contado: ésta tiene todas las características de una compraventa. Una vez concentrada la operación entre el comisionista vendedor y el comisionista comprados, el primero debe entregar los títulos-valores, que son objeto de la operación y el segundo tiene que abonar el precio pactado.
    • A plazo: en este tipo de operaciones, las partes se ponen de acuerdo en una fecha futura para el cumplimiento de sus obligaciones. El vendedor tendrá que entregar los títulos en la fecha pactada y el comprador deberá abonar el precio convenido. Ninguna de las partes tienen derecho a renunciar antes de la fecha estipulada y deben cumplir con la obligación contraída. Las fechas de vencimiento son los días 15 o el último de cada mes, pero si llegasen e ser feriados, debe efectuarse el día anterior.
    • De pase: es una forma de prorrogar la liquidación de una operación a plazo por unas de las partes, mediante la operación de pase se obtiene un crédito para liquidar una operación.
    • "Caución bursátil: es un tipo de operación que, aunque toma la forma de una compraventa es en la realidad un crédito que se avala en acciones."(3)

    OPERACIONES DE ESPECULACION, INVERSION Y JUEGO

    En el ambiente bursátil se distingue fácilmente al especulador del inversor. El especulador es al que compra y vende una acción para obtener una ganancia y el inversor es el que compra una acción con el objetivo de retenerla y obtener los dividendos de ella.

    El inversor especula, dado que cuando compra una acción no la retendrá para siempre sino que la guardara hasta que haya otras acciones o títulos que coticen o que se vayan a cotizar a precios mas convenientes. A su vez que compra, el especulador, toda vez que compra esta invirtiendo.

    El especulador compra o vende luego de estudiar los valores negociados, le interesa y conoce muy bien a la empresa con la que el negocia. El especulador compra las acciones baratas y las vende cuando aumenta su valor.

    El papel del jugador es muy distinto al que realiza el especulador. Éste no sabe ni le interesa que ocurre en la sociedad que emitió la acción que el compra o vende. Actúa con su intuición de jugador: compra cuando cree que la acción va subir y vende cuando piensa que va a vender su valor. "Por todo ello, se dice que, para el inversor descuidado, la presencia de jugadores en la bolsa es un factor negativo; para el inversor estudioso es un factor positivo, ya que las fluctuaciones de cotización sin causa real le permiten comprar barato y vender caro. La técnica de inversión presupone, un estudio periódico de las acciones que se tienen, así como de otras que no se poseen, para determinar si no conviene cambiar una por otras.

    Todo inversor debe tener en cuenta el principio de que debe diversificar sus inversiones para minimizar el riesgo. Esto quiere decir que debe comprar acciones de diversas empresas de modo que los riesgos se compensen y se minimicen."(2)

    INSTITUCIONES DE LA BOLSA

    BOLSA DE COMERCIO

    El Mercado de Valores cuenta con un sistema de negociación, aplicable a títulos privados y públicos denominado: Mercado de Concurrencia, con concertación electrónica o a viva voz, bajo un sistema de interferencia de ofertas, en el cual todas las operaciones realizadas cuentan con garantía de liquidación del Merval. También se podrán concretar operaciones en títulos públicos y obligaciones negociables, en la Sesión Continua de Negociación (con o sin garantía de liquidación del Merval).

    1 – Mercado de Concurrencia

    La Operatoria de Contado (Vencimiento Standard) en el Mercado de Concurrencia de Ofertas, admite las siguientes formas operativas:

    1. Concertación automática de Operaciones a partir de Ofertas ingresadas desde estaciones de Trabajo, o a través de Minutas desde el Recinto.
    2. Concertación de Operaciones con la modalidad de voceo en el Recinto con ingreso posterior a través de Minutas.

    Ambas formas de concertación producen el registro de Operaciones en una única estructura de precios y volúmenes, y alimentan una única estructura de Ofertas por Especie.

    La concertación de Operaciones con la modalidad de Voceo se realiza según las reglamentaciones actuales de la Rueda Tradicional (Piso).

    La concertación automática a partir de Ofertas se lleva a cabo según las reglas del Sistema Electrónico.

    Este Mercado de Valores tiene la facultad de limitar, para una especie o grupo de especies, las modalidades habilitadas para la concertación de Operaciones y el ingreso de Ofertas.

    Entre las principales características de la modalidad de Voceo que se lleva a cabo Recinto de Operaciones, se destaca que:

    1. Las operaciones son concertadas a viva voz.
    2. Se perfeccionan mediante la confección de minutas.
    3. Rige la regla de la mejor oferta y al igual que en la negociación electrónica cuentan con la garantía de liquidación del Merval.

    En cuanto a la modalidad de concertación en el Sistema Electrónico, sus principales características son:

    1. Se opera a través de ofertas de compra y de venta, que son ingresadas en estaciones de trabajo o sea computadores interconectados a la red informática del Sistema Bursátil.
    2. Las operaciones son concertadas automáticamente.
    3. Las ofertas se registran según el principio de prioridad precio-tiempo, que privilegia la mejor de ellas.

    Las operaciones concertadas bajo esta modalidad gozan de la garantía de liquidación del Merval..

    2 – Sesión Continua de Negociación

    Los Agentes y Sociedades de Bolsa podrán operar en esta Sesión, comprando o vendiendo títulos públicos y obligaciones negociables por cuenta propia, concertando las operaciones con otro Agente o Sociedad de Bolsa u otro intermediario, mediante tratativas directas. En este Sistema y a diferencia de la de voceo, no rige la regla de la mejor oferta y la retribución de los operadores y los Derechos de Bolsa y de Mercado están implícitos en el precio convenido.

    Las operaciones deben ser informadas en tiempo real para su divulgación, registro y publicación.

    Las operaciones entre contrapartes son liquidadas por el Mercado de Valores de Buenos Aires, y pueden ser cursadas por el segmento garantizado o no garantizado.

    Requisitos para cotizar acciones

    "Principales requisitos para la cotización de acciones en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires:

    a) Condiciones:

    l-Objeto social, capital social y situación patrimonial, económica y financiera que justifiquen el acceso al mercado

    2-Organización administrativa que permita atender los requerimientos contenidos en el Reglamento de Cotización

    3-Cuando hubiere comisión fiscalizadora, deben ser resueltas por asamblea -sin que puedan ser delegadas en el directorio- la designación y remoción del contador que dictaminará sobre la documentación contable que debe remitir a la Bolsa y la determinación de su retribución, que puede resolverse al momento de su designación o en la asamblea que apruebe la respectiva documentación

    4-No pueden pagar honorarios al directorio en acciones de la sociedad

    La cotización puede comprender la totalidad del capital social o determinadas clases de acciones, pero si se tratare de acciones ordinarias con derecho a voto, la cotización debe incluir todas las acciones de esa clase correspondientes al sector privado, pudiendo excluirse las de voto plural. La Bolsa podrá considerar la exclusión de una o más clases respecto de las cuales existan limitaciones legales a su transferibilidad.

    b) Documentación e información a remitir (Reglamento de Cotización, artículo 58):

    1-Constancia de la autorización de oferta pública por la CNV o presentación simultánea de la solicitud correspondiente.

    2-Acta de la asamblea extraordinaria que resolvió la cotización en bolsa, donde consten las razones que han determinado tal solicitud.

    3-La documentación e información exigidas para el ingreso al régimen general de la oferta pública de valores.

    4-Declaraciones juradas de los miembros del directorio y del órgano de fiscalización y del contador dictaminante -en formulario que provee la Bolsa- con indicación de: domicilio particular, domicilio especial, número de documento de identidad y cargos que ocuparan en otras sociedades. Se suministrará asimismo nómina de los directores que cumplen funciones conforme al artículo 270 de la Ley 19.550.

    5-Facsímiles y numeración de los títulos y acciones y planilla de porcentajes ajustados a las reglamentaciones vigentes

    6-Mencionar si la sociedad tiene bienes gravados con hipoteca. En caso afirmativo, indicar valor de inventario de los bienes hipotecados en el último balance, monto de origen de la hipoteca, plazo del crédito que garantizare, saldo a la fecha de la solicitud y cualquier otra información que a juicio de la sociedad debe hacerse resaltar.

    7-Mencionar si es titular de concesiones. En caso afirmativo, acompañar el contrato e informar la disposición legal que la rige.

    8-Mencionar si existen contratos de exclusividad de ventas en el país o en el exterior, de parte o de la totalidad de la producción. En caso afirmativo, debe explicar sus alcances e informar los nombres de las contrapartes y las vinculaciones directas o indirectas con ellas.

    9-Mencionar si existen acuerdos por asesoramientos de cualquiera naturaleza cuyo pago esté en función de la producción, las ventas o las utilidades. En caso afirmativo, explicar sus alcances e informar los nombres de las contrapartes y las vinculaciones directas o indirectas con ellas.

    10-Mencionar si existen sociedades controladas. En caso afirmativo, enviar con respecto a éstas: dos ejemplares de los estados contables de los tres últimos ejercicios; nómina de directores, miembros de su órgano de fiscalización, o de los socios en caso de ser sociedades no anónimas; detalle de sus actividades, de los créditos y deudas con las mismas; y en caso de no ajustarse estos últimos a las condiciones de mercado, razones en que se funda.

    11-Si existen emitidos debentures u obligaciones negociables, convertibles o no, se solicite o no su cotización, indicando en su caso fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio, monto emitido, monto en circulación, sus características y copia del contrato con el fiduciario.

    12-Si existen vigentes arreglos de carácter general celebrados con acreedores, indicando fecha de celebración, monto original, condiciones y saldos exigibles a la fecha de la solicitud;

    13-Si cotiza en bolsas del país o del exterior; en caso afirmativo, nómina de ellas y constancia de la Bolsa respectiva."(5)

      

     

     

    Autor:

    Mario Celsi celsi[arroba]ciudad.com.ar