Análisis comparativo de las políticas públicas entre Brasil y Colombia, en materia de educación
Enviado por JOSE ORLANDO MELO NARANJO
Antes de iniciar el presente trabajo de tipo descriptivo, es necesario definir el término denominado políticas públicas, ya que dicho concepto permitirá una mejor comprensión del análisis comparativo entre la república de Colombia y el Brasil en materia educativa.
Para los especialistas las políticas públicas son aquellas acciones estratégicas que ejecuta un gobierno para brindar respuestas a las exigencias y demandas sociales de acuerdo a principios o parámetros democráticos y constitucionales. También tienen como finalidad; solucionar problemas nacionales que se presenten en materia de educación, salud, trabajo etc. Cuestión que permite analizar que las políticas públicas representan un contrato legal entre el Estado y la sociedad.
Por ejemplo:
"Las políticas públicas son un factor común de la política y de las decisiones del gobierno y de la oposición. Así, la política puede ser analizada como la búsqueda de establecer o de bloquear políticas públicas sobre determinados temas, o de influir en ellas. A su vez, parte fundamental del quehacer del gobierno se refiere al diseño, gestión y evaluación de las políticas públicas". (Lahera P, 2004, p. 5)
En este sentido, la república de Colombia y el Brasil, tienen algo en común, me refiero al estudio de las propuestas que presenta el Estado y la oposición, ya que para ambos gobiernos los grupos de oposición se constituyen en movimientos políticos cuando cumplen con las exigencias legales y constitucionales. Por ende, los países en mención implementan, desarrollan y ejecutan políticas públicas que puedan mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
Por estas razones, es importante afirmar que las políticas públicas corresponden a un poder teórico-práctico que puede usarse a favor de los ciudadanos de un país. Dado que:
"Tanto la política como las políticas públicas tienen que ver con el poder social. Pero mientras la política es un concepto amplio, relativo al poder en general, las políticas públicas corresponden a soluciones específicas de cómo manejar los asuntos públicos". (Lahera P, 2004, p. 7)
Sin embargo, aun cuando las políticas públicas representan soluciones objetivas y concretas, dependen de la política general, pues esta ultima de aprobar los recursos económicos y humanos que sirvan para ejecutar adecuadamente los proyectos sociales. Es decir:
"As políticas públicas resultam de forças sociais contraditórias, o que faz com que a forma e o conteúdo das mesmas estejam diretamente associadas a conjugação de fatores estruturais e conjunturais do processo histórico de um país".
(Maciel, 2014, p. 1)
"Las políticas públicas son el resultado de fuerzas sociales en conflicto, lo que provoca que la forma y el contenido de las mismas estén directamente asociadas con la combinación de factores estructurales y coyunturales del proceso histórico de un país".
(Maciel, 2014, p. 1)
Cuestión que permite deducir que el Brasil concibe sus políticas públicas, como parte integral de las soluciones que se ofrecen a las tensiones sociales, puesto que dichas tensiones corresponden a políticas que han afectado de manera positiva o negativa la historia del Brasil.
En Colombia las políticas públicas representan la autoridad administrativa del sector público, el cual tiene como finalidad la búsqueda de soluciones frente a los problemas sociales que se presentan a través del tiempo.
Por ende, los conceptos de la república de Colombia y el Brasil, se entrelazan entre sí, aun cuando cada país debe solucionar sus propios problemas.
Políticas públicas del Brasil y Colombia
Las políticas públicas en la republica Colombia tienen como punto de referencia las necesidades sociales y la constitución política de Colombia de 1991, entre tanto las que ha implementado el Brasil en las últimas décadas, tienen su punto de origen desde el año 1988, tres años antes de la gestión colombiana en materia social. Claro está, han existido políticas públicas anteriores a los años en mención, sin embargo, se estudiaran las últimas tres décadas hasta el año 2010.
Por ejemplo:
"A Constituição Federal de 1988, ao estabelecer novos princípios e diretrizes para as políticas públicas realizadas pelo Estado brasileiro, definiu parâmetros precisos ao processo de elaboração e fiscalização das diferentes políticas setoriais."
(Maciel, 2014, p. 2)
"La Constitución Federal de 1988, diseñada para establecer nuevos principios y directrices para las políticas públicas llevadas a cabo por el gobierno de Brasil, para ajustar la preparación e inspección de los distintos parámetros del proceso de políticas sectoriales precisas". (Maciel, 2014, p. 2)
Se evidencia que la república de Colombia denomina a su norma de normas, Constitución Política, el Brasil la denomina Constitución Federal.
Para el Brasil la constitución federal de 1988, representa principios rectores que sirven para proponer, implementar y ejecutar políticas públicas que sean eficaces.
Para Colombia la Constitución Política de 1991, representa el orden jurídico que sirve para exigir y proteger los Derechos Humanos, las garantías constitucionales, los deberes y libertades al interior de un Estado democrático. A saber:
"El enfoque de los derechos humanos puede ser entendido como una nueva perspectiva para concebir y diseñar políticas públicas tendientes al desarrollo humano en el marco de un proceso de concertación entre Estado y sociedad civil". (Benítez, 2007, p. 34)
Políticas públicas en materia de educación, análisis comparativo entre Colombia y Brasil
Para el Estado colombiano la educación es concebida como un derecho y un servicio público. Por lo tanto, a partir de la expedición de la carta magna se ha intentado fortalecer la educación pública mediante la asignación de recursos humanos y económicos. Sin embargo, algunos académicos denuncian que el gobierno colombiano no garantiza que el sistema de educación sea de tipo inclusivo, puesto que las universidades privadas tienen mayor cobertura académica, entre tanto que las públicas carecen de garantías para generar inclusión estudiantil en toda la nación.
La Constitución Política de Colombia de 1991, legaliza las políticas públicas en materia educativa, así:
"La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente". (CPC, 1991, articulo 67)
Como se puede evidenciar la carta magna de Colombia o mejor conocida como Constitución Política, tiende a ser mucho más general en sus conceptos, mientras que la Constitución Federal de 1988 del Brasil tiende a formar conceptos más particulares y concretos, por ejemplo:
"El deber del Estado con la educación se hará efectivo mediante la garantía de: I enseñanza fundamental, obligatoria y gratuita, incluso para los que no tuvieran acceso a ella en la edad apropiada ; II progresiva extensión de la obligatoriedad y gratuidad a la enseñanza media; III atención educacional especial a los portadores de deficiencias, preferentemente en el sistema ordinario de enseñanza; IV atención en guarderías y centros preescolares a los niños de cero a seis años de edad; V acceso a los niveles más elevados de enseñanza, de investigación y de creación artística según la capacidad de cada uno". (CF, 1988, articulo 208)
Por ende, la educación colombiana es un derecho y un servicio público, la educación brasileña es fundamental, obligatoria y gratuita. Pero ninguna define en que consiste ese derecho o esa gratuidad, puesto que las universidades privadas tienen mayores garantías que las de tipo público, dado que, la educación en la región de Latinoamérica por cuestiones del mercado se ha convertido en un negocio lucrativo de tipo privado, cuestión que impulsa a los gobiernos a negar la cobertura pública a fin de beneficiar al sector privado.
Por ejemplo, en el contexto de la educación brasileña es importante identificar:
"La última Constitución adoptada en 1988 en un clima de restauración democrática, expresó una intensa disputa entre intereses contrapuestos, que pugnaban por la asignación de los recursos públicos. Los empresarios reivindicaban la reducción del Estado y el libre funcionamiento del mercado, y los trabajadores, la fuerte acción estatal para resolver los problemas de los sectores populares identificados como la miseria y el sufrimiento. Como resultado, la Carta incorporó el conflicto mediante la conciliación". (Melo, 2011, p. 11)
Esos intereses contrapuestos se hallan presentes en el sistema social, político y económico de Colombia y Brasil, como consecuencia de la posición neoliberal de los mercados. Es decir, cuando las empresas privadas adquieren mayor poder que el sector público, por ello, se busca privatizar los bienes y servicios que ofrecen los Estados a sus ciudadanos.
Sin embargo, el gobierno brasileño intento mejorar la calidad de sus políticas públicas, a saber:
"En el campo de la educación, el cambio más importante se produjo en 1996 por medio de la Enmienda Constitucional No. 14, a partir de la cual se define la obligación de los estados y municipios para con la educación, y de la Ley Nº 9424/96, que establece el Fondo de Mantenimiento y Desarrollo de la Enseñanza Fundamental y de Valorización de la Enseñanza (FUNDEF), sustituido en 2007 por el Fondo para el Mantenimiento y Desarrollo de la Educación Básica y de la Valorización de los Profesionales de la Educación (FUNDEB)".
(Melo, 2011, p. 11,12)
Como se puede analizar en la educación brasileña, ocho años después de la Constitución Federal, la enmienda obliga a los estados y municipios a comprometer recursos sociales y económicos en favor de la educación. Por ello, expide leyes que garanticen la gestión de las políticas públicas desde el ámbito central y descentralizado, para el caso colombiano se puede usar una fecha anterior al 1988, a saber:
"A partir de 1974 el gobierno emprendió un proceso de reforma educativa para la formación de los habitantes de todo el territorio nacional que perduró durante varias décadas. Inicialmente se planteó como un proceso de descentralización que pretendía una organización y reestructuración del sistema educativo y una alternativa viable frente a los nuevos retos gubernamentales, las nuevas exigencias internacionales y la dinámica global". (Garcia, 2011, p. 29)
Garcia señala una fecha anterior a la Constitución Federal de Brasil, en la cual se realizó una reforma educativa para descentralizar el sistema de formación académica en Colombia. Ya que de esta manera las instituciones educativas que operaban por fuera de Bogotá podrían alcanzar un mayor grado de autonomía, distribución de los recursos y libertad pedagógica para educar a las nuevas generaciones.
Años después: "Con el Decreto 1419 del 17 de julio de 1978, se definió el concepto de currículo, se decretó la administración de los currículos para los diferentes niveles de educación a cargo del MEN y se replantearon los fines de la educación, con lo que se trazaba el rumbo para la enseñanza de la historia".
(Garcia, 2011, p. 35)
Ahora: tanto en Brasil como Colombia la educación hacia los años setenta, se vio impulsada a modificarse de forma acelerada como consecuencia de la globalización que comenzaba a formar parte de la agenda nacional e internacional de Latinoamérica y el mundo entero.
Por ende, ya no se trataba de las enseñanzas que impusieran la iglesia y el Estado, sino de las exigencias económicas del mercado, de ahí, la lucha de la región por lograr estándares de calidad que correspondieran a la competencia y la productividad. Además de la batalla jurídica por el respeto a los Derechos Humanos y la interculturalidad.
Siguiendo la línea de tiempo a finales de los años ochenta y comienzos de los noventa se diseñaron varias políticas públicas que permitieran solucionar los problemas educativos del Brasil, por ende entre el año 1985 al 1990 se iniciaron gestiones gubernamentales que fomentaran el derecho a la educación a nivel básico a fin de lograr una disminución significativa del analfabetismo que imperaba hasta la fecha.
Por lo tanto:
"Estos objetivos debían estar respaldados, en principio, por transferencias presupuestales del gobierno federal, y por la creación de incentivos para que los gobiernos estatales y municipales usaran sus propios recursos en aras de los objetivos del programa. Sin embargo, la mayoría de estos objetivos se dejaron de lado debido a la debilidad de la política gubernamental y a las demandas del clientelismo". (Martinic, 2007, p. 71)
Se logra identificar que a mediados de los años noventa el gobierno brasileño diseño políticas públicas para patrocinar una lucha nacional en contra del analfabetismo, pero no fueron suficientes porque se les escapo la vigilancia y el control para luchar en contra de la corrupción clientelista y gubernamental a nivel central y descentralizado.
En Colombia hacia los años ochenta y parte de los noventa, también existió una lucha frontal contra el analfabetismo, algo en común con el Brasil, también lo fue la corrupción política y la falta de garantías sociales que protegieran el derecho a la educación. Por ejemplo:
"El plan de 1982 a 1986 se denominó "cambio con equidad", en el que se establecía una cruzada por la alfabetización. Simultáneamente, se buscó la consolidación de la educación superior a través de la educación abierta y a distancia. En el marco de la educación, esta se convirtió cada vez más en un medio para la búsqueda del mejoramiento de la calidad de vida; sin embargo, el Estado, debilitado por el liberalismo económico, perdía cada vez más la capacidad de brindar las garantías necesarias para que eso fuera posible". (Garcia, 2011, p. 48)
Es decir, Brasil fortalecía la educación básica y Colombia la educación a distancia.
Siguiendo con el tema de investigación a nivel descriptivo, es importante avanzar en la línea de tiempo, para ello es necesario mencionar la legislación educativa brasileña:
"Constitución de la República Federativa de Brasil – 1988 Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional – 1996 Estatuto de la Niño (a) y del Adolescente – 1990
Plan Nacional de Educación – 2001
Leyes que incluyen el niño e la niña de 6 años en enseñanza fundamental – 2006 Medida Provisoria 339 reglamentando el Fundo de Manutención y Desarrollo de Educación Básica y de Valorización de Profesionales de Educación – 2006". (Vásquez, 2010, p. 28,29)
Es decir, la línea de tiempo señala la normatividad jurídica que ha expedido el Brasil a favor de la educación, pero por si misma no puede mostrar de forma concreta de qué manera los sistemas educativos se hallan condicionados por las políticas privadas de los mercados que exigen la formación de ciudadanos para el trabajo, además de ser competentes para aumentar al máximo la producción. Cuestión que demuestra que las políticas públicas tienen que ajustarse al modelo económico que valla adoptando cada país para hacer frente a las exigencias de la globalización.
En relación a las políticas públicas de Colombia se había seguido una línea de tiempo hasta el año 1986, sin embargo, las leyes más significativas en materia de educación aparecen siete y ocho años después. A saber:
Los lineamientos Constitucionales relacionados con el sistema educativo se reglamentaron mediante las Leyes 60 de 1993 y 115 de 1994. Con estas normas, el proceso de descentralización se consolidó al otorgar mayor autonomía a las autoridades locales y regionales para administrar los recursos humanos y financieros del sector. Específicamente la Ley 115, que se conoce como la Ley General de la Educación, fortaleció el papel del colegio como una unidad semi- autónoma al establecer la figura de gobierno escolar y el Plan Educativo Institucional (PEI). (Iregui, 2006, p. 9)
Como se analiza el Brasil sigue siendo más específico, Colombia más general.
Por otra parte, es importante resaltar que Brasil ha diseñado leyes educativas y políticas públicas a favor de las personas que se encuentran privadas de la libertad por diversos delitos. Para ello diseñaron:
"La Ley de Ejecución Penal (LEP), de 1984, prevé la educación en el sistema penitenciario en el capítulo "De la Asistencia", sección V, de los artículos 17 al 21. El artículo 17 establece que la asistencia educativa comprenderá la instrucción escolar y la formación profesional del preso y del interno".
(Carreira, 2009, p. 17)
Este tipo de políticas públicas son bastante favorables para los presos y la sociedad, ya que la formación educativa de los internos les puede brindar mayor ocupación del tiempo libre que tienen en las cárceles, además de capacitarlos para la vida civil una vez recobren su libertad.
Otro de los beneficios significativos que posee el Brasil en materia de reeducación, tiene relación directa con el trabajo, pues este último les sirve a los internos para reducir la pena, a saber:
"La reducción del tiempo de la pena por estudio no está prevista en la legislación brasileña. La Ley de Ejecución Penal, en su articulo 126, prevé solamente la redención de la pena por el trabajo ya sea intelectual, físico o artesanal, en la proporción de un día descontado de la pena por cada tres días trabajados, con jornadas que varían de 6 a 8 horas diarias". (Carreira, 2009, p. 18)
Es bastante curioso que se nombre la palabra trabajo intelectual, puesto que de primera mano se podría pensar que se les entrega la oportunidad a los presos de generar materia intelectual como es el caso del diseño de libros, cartillas, exposiciones, redacciones etc.
En Colombia "encontramos entonces que la norma jurídica ordena, a través del mismo Código Penitenciario (Ley 65 de 1993) el ejercicio de la actividad educativa como medio de redención de pena y actividad de tratamiento para la resocialización del interno y destina el Título VIII a reglamentar la actividad de educación y enseñanza". (Valencia, 2005, p. 49)
Como se puede evidenciar en la página anterior en el Brasil se gestionaron políticas públicas para la reeducación de los presos en las cárceles nueve años antes que en la república de Colombia. Dado que, el gobierno colombiano no ha invertido los recursos suficientes en el sector de la educación básica, media y profesional, mucho menos en la formación académica de las personas privadas de la libertad, como consecuencia de una proliferación exagerada de la corrupción política que ha padecido el país por décadas.
Sin embargo, la ley 65 de 1993 en el título VIII establece:
El artículo 94 del mencionado título reza: "la educación al igual que el trabajo constituye la base fundamental de la resocialización. En las penitenciarias y cárceles de Distrito Judicial habrá centros educativos para el desarrollo de programas de educación permanentes, como medio de instrucción o tratamiento penitenciario, que podrán ir desde la alfabetización hasta programas de instrucción superior". (Valencia, 2005, p. 49)
En el contexto de las políticas públicas para la educación y resocialización de los presos, es bastante difícil hablar de una gestión comprometida que no se haya quedado en la tinta y las aspiraciones de una ley infértil. Puesto que la realidad nacional hasta el año 2014 ha demostrado que el Estado colombiano no ha destinado recursos económicos para la construcción de cárceles que dignifiquen la condición humana, ética e intelectual de los internos. Por ende, se presenta un hacinamiento de presos como nunca antes se había visto en la historia del país, a tal punto que las violaciones a los Derechos Humanos de los internos es una verdad innegable. No solamente en el sistema penitenciario existe una indiferencia prolongada del Estado, la educación pública de la nación también se encuentra desamparada casi en su totalidad, ya que las universidades públicas no cuenta con los recursos suficientes para brindar mayor cobertura, arreglar y remodelar las sedes que algunas veces se caen por pedazos etc. Cuestiones que demuestran el poder que tiene el sistema económico sobre la política nacional de un país, puesto que resulta más fácil favorecer al sector privado a nivel universitario que correr con un gasto directo que demanda finanzas por parte de la nación.
CAPITULO II
CUADRO COMPARATIVO ENTRE COLOMBIA Y BRASIL, POLÍTICAS PÚBLICAS EN EDUCACIÓN COLOMBIA
Políticas públicas, Constitución Política de Colombia de 1991. Norma de Normas.
Problema I
Se cumple parcialmente la siguiente proposición: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social".
1. No es un derecho en su totalidad porque existe mayor cobertura de tipo privado.
2. No es un servicio público porque la educación Estatal no asigna recursos suficientes para la cobertura y la calidad.
3. No tiene función social porque impera el modelo económico de tipo privado.
Problema II
Inicialmente se planteó como un proceso de descentralización que pretendía una organización y reestructuración del sistema educativo en 1974.
1. La descentralización de la educación se ejecutó de manera lenta y poco eficaz, dado que las entidades educativas no contaban con los recursos suficientes para generar mayor cobertura, por ello, dependían en gran medida del gobierno central de la ciudad de Bogotá.
BRASIL
La Constitución Federal de 1988 Brasil, principios y directrices para las políticas públicas.
Problema I
Se cumple parcialmente la siguiente proposición: "El deber del Estado con la educación se hará efectivo mediante la garantía de: I enseñanza fundamental, obligatoria y gratuita".
1. El Estado brasileño también ha cedido la educación de sus habitantes al sector privado.
2. La enseñanza es fundamental pero no garantiza que sea gratuita para todos y todas.
Problema II
La última Constitución adoptada en 1988 en un clima de restauración democrática, expresó una intensa disputa entre intereses contrapuestos.
1. Los empresarios se disputaron la educación porque la conciben como un negocio lucrativo mediante pago directo o créditos educativos que garanticen la riqueza para los dueños de las universidades, entre tanto el sector público luchaba por hacer valer los principios constitucionales.
Líneas de acción de la política, estrategias o instrumentos
COLOMBIA
Línea I
I Se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia. (Artículo 67, constitución política de Colombia)
II El plan de 1982 a 1986 se denominó "cambio con equidad", en el que se establecía una cruzada por la alfabetización. Simultáneamente, se buscó la consolidación de la educación superior a través de la educación abierta y a distancia.
Línea II
Los lineamientos Constitucionales relacionados con el sistema educativo se reglamentaron mediante las Leyes 60 de 1993 y 115 de 1994. Con estas normas, el proceso de descentralización se consolidó al otorgar mayor autonomía a las autoridades locales y regionales para administrar los recursos humanos y financieros del sector. Específicamente la Ley 115, que se conoce como la Ley General de la Educación, fortaleció el papel del colegio como una unidad semi- autónoma al establecer la figura de gobierno escolar y el Plan Educativo Institucional (PEI). (Iregui, 2006, p. 9)
Líneas de acción de la política, estrategias o instrumentos
BRASIL
Línea I
II Progresiva extensión de la obligatoriedad y gratuidad a la enseñanza media.
III atención educacional especial a los portadores de deficiencias, preferentemente en el sistema ordinario de enseñanza
IV atención en guarderías y centros preescolares a los niños de cero a seis años de edad.
V acceso a los niveles más elevados de enseñanza, de investigación y de creación artística según la capacidad de cada uno". (CF, 1988, articulo 208)
Línea II "Constitución de la República Federativa de Brasil – 1988.
Ley de Directrices y Bases de la Educación Nacional – 1996.
Estatuto de la Niño (a) y del Adolescente – 1990.
Plan Nacional de Educación – 2001.
Leyes que incluyen el niño e la niña de 6 años en enseñanza fundamental – 2006.
Medida Provisoria 339 reglamentando el Fundo de Manutención y Desarrollo de Educación Básica y de Valorización de Profesionales de Educación – 2006".
(Vásquez, 2010, p. 28,29)
Eugenio Lahera P. (2004) Política y políticas públicas. Naciones Unidas, CEPAL. Chile.
Carlos Alberto Batista Maciel. (2014) Políticas Públicas e Controle Social: encontros e desencontros da experiência brasileira. Universidade Federal do Pará. Brasil.
William Guillermo Jiménez Benítez. (2007) El Enfoque de los Derechos Humanos y las Políticas Públicas. Escuela Superior de Administración Pública. Colombia.
Presidencia de la Republica. (1991) Constitución política de Colombia. Presidencia de Brasil. (1988) Constitución Federal.
Savana Diniz Gomes Melo. (2011) Argentina y Brasil: cambios y contradicciones en las políticas educativas. Universidade Federal de Minas Gerais. Brasil.
Carolina Andrea Guerrero García. (2011) La incidencia de las reformas educativas en la enseñanza de la historia en Colombia, 1973-2007. Universidad Nacional de Colombia.
Sergio Martinic. (2007) Economía política de las reformas educativas en América latina. CIDE. Chile.
Ercilia Vásquez. (2010) La educación en Brasil. Universidad Católica Andrés Bello. Venezuela.
Ana María Iregui. (2006) Evaluación y análisis de eficiencia de la educación en Colombia. Banco de la República de Colombia.
Denise Carreira. (2009) Relatoría nacional para el derecho humano a la educación, educación en las prisiones brasileñas. Secretaría Ejecutiva de la Plataforma DhESCA Brasil.
Toro Valencia. (2005) Acceso a la educación superior en las instituciones carcelarias y penitenciarias de Colombia. Instituto internacional para la educación superior en América latina y el caribe.
ASESOR INTELECTUAL EN COLOMBIA – JOSE ORLANDO MELO NARANJO INVESTIGADOR EN ESTUDIOS LATINOAMERICANOS Y PENSAMIENTO UNIVERSAL EDITORIAL: UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA E INDEPENDIENTE DE MEXICO (UNAD) FACULTAD DE ESTUDIOS A DISTANCIA – 2010
Autor:
Daiana Alejandra Gantiva Sanclemente.