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Manual de organización y de normas para la gestión del programa de alimentación escolar (página 3)

Enviado por Edward Carrasco


Partes: 1, 2, 3

  • El personal adscrito a la estructura organizacional del PAE deberá presentar declaración jurada de su patrimonio dentro de los treinta (30) días siguientes a la toma de posesión de sus cargos y dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en la cual cesen en el ejercicio de empleos o funciones públicas.

  • La declaración jurada del patrimonio se actualizará dentro de los primeros treinta (30) días siguiente al inicio de año fiscal.

  • Los Coordinadores Municipales y/o Parroquiales PAE, el personal de la Unidad Administrativa y la Unidad Técnica, deberán presentar en un (1) original y tres (3) copias la declaración jurada de su patrimonio ante el Coordinador Regional del PAE.

  • El Personal del PAE en el Nivel Central, consignará en la Unidad de Administración del PAE, un (1) original y dos (2) copias de la declaración jurada del patrimonio.

  • La Unidad de administración del PAE, recibirá dos (2) copias de la declaración jurada del patrimonio. Una de las copias de la declaración jurada del patrimonio será archivada en la Unidad de Administración y la otra copia será remitida a la Oficina General de Recursos Humanos.

  • El Coordinador Regional del PAE, deberá presentar ante la Dirección Nacional del PAE, en un (1) original y tres (3) copias de la declaración jurada del patrimonio y dos (2) copias de las declaraciones juradas recibidas del personal a su cargo.

  • El personal adscrito a la estructura organizacional del PAE, deberá cumplir con los deberes que impongan las leyes, reglamentos, manuales y estarán obligados a:

  • Prestar sus servicios personalmente con la eficiencia requerida.

  • Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores jerárquicos.

  • Cumplir con el horario de trabajo establecido.

  • Prestar la información necesaria a los particulares en los asuntos y expedientes en que éstos tengan algún interés legítimo.

  • Guardar en todo momento una conducta decorosa y observar en sus relaciones con sus superiores, subordinados y con el público toda la consideración y cortesía debidas.

  • Vigilar, conservar y salvaguardar los documentos y bienes de la Administración Pública confiados a su guarda, uso o administración.

  • Cumplir las actividades de capacitación y perfeccionamiento destinados a mejorar su desempeño.

  • Poner en conocimiento de sus superiores las iniciativas que estimen útiles para la conservación del patrimonio nacional, el mejoramiento de los servicios y cualesquiera otras que incidan favorablemente en las actividades a cargo.

  • Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, los reglamentos, los instructivos y las órdenes que deban ejecutar.

6.5.-De la Selección y Contratación de Proveedores

  • Los responsables y/o corresponsables de la ejecución del programa velarán que los proveedores cumplan con los requisitos establecidos. En caso que no cumplan con las disposiciones establecidas en estas normas se procederá a su desincorporación informando de las razones que justifiquen la medida a la Dirección Nacional del PAE.

  • Las modalidades de selección se harán conforme a la ley:

  • Concurso Abierto, si el monto de la contratación se estima en 20.000 Unidades Tributarias (U.T.) o más.

  • Concurso Cerrado, si el contrato a ser otorgado es mayor de 5.000 U.T. y hasta 20.000 U.T.

  • Consulta de Precios, si el contrato a ser otorgado es por un precio estimado de hasta 5.000 U.T.

  • La Contratación y/o Adjudicación Directa, se hará sólo por vía de excepción mediante acto motivado, en casos de contingencia o emergencia debidamente demostradas. La contratación directa deberá estar informada la Dirección del PAE. También son sujetos de contratación directa las COMAPROAS que hayan demostrado cabal cumplimiento de sus obligaciones.

  • Todas las adjudicaciones deberán contar con el Aval del Director del Plantel, la Organización Estudiantil y las Organizaciones del Poder Popular (Comunidad Educativa y Consejo Comunal).

  • A los efectos del proceso de selección en las regiones, municipios y/o parroquias, se podrán constituir Comisiones de Contrataciones del PAE. El Coordinador Regional del PAE formará parte de dicha Comisión como representante del área técnica.

  • El Coordinador del PAE como representante del área técnica podrá considerar y emitir opinión sobre el régimen legal aplicable.

  • Todos los documentos, informes, opiniones y demás actos que se reciban, generen o consideren durante el proceso de selección deben formar parte del expediente de cada contratación.

  • El expediente será archivado y resguardado por la unidad administrativa del PAE por un periodo no menor a tres años después de ejecutada la contratación.

  • La Documentación que deben consignar los proveedores prestadores del servicio para participar en los Concursos Abiertos y/o Cerrados son:

  • Copia del Registro Mercantil y Modificaciones.

  • Copia de la Inscripción en SUNACOP (Cooperativas).

  • Copia de Inscripción en el Registro de Información Fiscal.

  • Copia del Registro Nacional de Contratista.

  • Copia de Patente de Industria y Comercio.

  • Copia de Solvencias Vigentes de ISLR, INCES, S.S.O.

  • Copia de Balance General y Estado de Ganancia y Pérdidas firmado y revisado por un Contador Público colegiado (Último Ejercicio Fiscal).

  • Estado de Cuenta y Copia de la Certificación Bancaria.

  • Copias de la Cédula de Identidad de los Socios de la Empresa y/o Cooperativa.

  • Copia del Permiso Sanitario Vigente del Personal, los Vehículos, Local y/o Establecimiento.

  • Copia de la Solvencia Laboral.

  • Cualquier otra que la Comisión de Contrataciones solicite.

  • La oferta que resulte adjudicada debe cumplir con la documentación indicada en esta norma para efecto de la firma del contrato:

6.6.-Del Expediente y del Registro del Proveedores

  • El expediente de proveedores del PAE, es un registro que contiene los siguientes documentos:

  • Ficha del Proveedor.

  • Requisitos y/o exigencias para prestar el servicio.

  • Copia de Carta de Adjudicación y/o Credencial.

  • Registro de Incidencias.

  • Registro de Actuación y Evaluación del Desempeño

  • Se debe mantener en el nivel central, regional, municipal y/o parroquial un registro de proveedores actualizado. Este contempla lo siguiente:

  • Nombre y/o Razón Social.

  • Número de RIF.

  • Dirección fiscal y del establecimiento.

  • Datos de los socios (apellidos y nombres, cédula de identidad y teléfonos).

  • Datos de la Cuenta Bancaria (Banco, tipo de cuenta y número de cuenta).

  • Persona autorizada a cobrar.

  • Número de Certificado del Registro Nacional de Contratista.

  • Capacidad financiera.

6.7.-Del Presupuesto

  • El Vice – Ministerio de Participación y Apoyo Académico conjuntamente con la Dirección Nacional del PAE, deberán realizar la programación de la ejecución física y financiera especificando, entre otros aspectos, los compromisos máximos que podrá contraer o efectuar para cada subperíodo del ejercicio presupuestario.

  • Los Coordinadores Regionales conjuntamente con los Coordinadores Municipales deberán realizar la programación de la ejecución física y financiera especificando, entre otros aspectos, los compromisos máximos que podrá contraer o efectuar las parroquias y los municipios para cada subperíodo del ejercicio presupuestario.

  • El programa dispone de siete (7) partidas presupuestarias, las cuales se presentan a continuación:

edu.red

6.8.-Del Sistema de Compras

  • El sistema de compras comprende el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que intervienen desde que se elabora el menú; revisión de la disponibilidad, registro y análisis de los costos; hasta la selección del proveedor y emisión de la orden de compra (creación del compromiso por la persona autorizada).

  • Toda adquisición de bienes de bienes y/o servicios debe estar amparada por órdenes de compras o servicios, numeradas correlativamente dichas órdenes debe describir detalladamente los siguiente datos indispensables:

  • Beneficiario, nombre y dirección, Rif, lugar de entrega.

  • Forma de Pago (abono en cuanta, carta de crédito, cheque).

  • Condiciones de la Compra (CIF, FOB, FAS y otros).

  • Bien y u objeto de la orden.

  • Precios unitarios.

  • Monto total.

  • Descuento.

  • Lugar de compra.

  • Porcentaje de la fianza o del anticipo si la hubiere.

  • Porcentaje de la cláusula penal.

  • Demás elementos que se considere necesarios para realizar la compra.

  • La Unidad Administrativa del PAE, es la instancia encargada de emitir las Órdenes de Compras y la Nota de Entrega.

  • Para su emisión se utilizará como herramienta tecnológica la última versión del Sistema de Compras PAE, desarrollado por el Ministerio del Poder Popular para la Educación mientras se concluye el desarrollo del Sistema de Gestión Integral del PAE[15]

  • La periodicidad y el tiempo de entrega de las Ordenes de Compras podrá ser de siete (7), quince (15) y/o treinta (30) días. Las Órdenes de Compras con tiempo de entrega entre quince (15) y treinta (30) días podrá realizar entregas parciales programadas semanales o quincenales dependiendo de la capacidad de almacenamiento del plantel.

  • A los proveedores, se les emitirá (1) un original y (4) copias de la Orden de Compra y del Comprobante de Entrega por cada plantel beneficiario del programa, tales documentos serán emitidos en un lapso no menor a (5) cinco días hábiles previo a la entrega y/o no mayor de (15) quince días hábiles previo a la entrega.

  • Para su validez, las órdenes de compra deberán estar firmadas y avaladas por el Coordinador Regional del PAE.

6.9.-Del Transporte de los Alimentos

  • Los víveres o platos servidos deben ser transportados en vehículos que cuenten con la autorización sanitaria vigente, los cuales deben ser utilizados exclusivamente para ese fin.

  • Las actividades de transporte de los alimentos deben realizarse bajo condiciones que eviten (i) la contaminación del alimento, (ii) la proliferación de microorganismos indeseables en el alimento; y (iii) el deterioro o daño físico del envase o embalaje.

  • Los alimentos y materias primas deben ser transportados manteniendo, cuando se requiera, las condiciones higiénicas, sanitarias y de temperatura establecidas para garantizar la conservación de la calidad del producto.

  • El vehículo con el que se realiza el transporte debe estar limpio tanto interna como externamente y desinfectado internamente.

  • El personal que realiza el transporte y entrega de los productos (víveres o platos servidos), debe poseer certificado de salud vigente, cumplir con las normas de higiene personal y utilizar uniformes apropiados y acordes con la tarea que realizan.

  • No se permite transportar alimentos junto con sustancias consideradas tóxicas, peligrosas o que por sus características puedan significar un riesgo de contaminación o alteración de los alimentos. Por ello se prohíbe expresamente en transporte conjunto de alimentos y materiales de limpieza, desinfección o plaguicidas así como cualquier otro producto o sustancia química que pueda contaminar los alimentos.

  • La empresa prestadora de servicios debe revisar los vehículos antes de cargar los alimentos con el fin de asegurar que se encuentren en buenas condiciones sanitarias.

  • Los alimentos no perecederos deben transportarse protegidos en cabinas cubiertas que los protejan de la contaminación y los efectos de clima, y a temperaturas no mayores de 30°C.

  • Los productos cuyos envases sean más resistentes a la compresión y que sean más pesados, se deben colocar en la parte baja de la carga, y los más livianos en la parte superior.

  • Las comidas preparadas (platos servidos) deben ser transportados es recipientes herméticamente cerrados, para evitar las contaminación por agentes extraños. Los envases que contienen los alimentos deben protegerse del contacto con superficies sucias, del sol directo, el viento, el polvo, la lluvia y otras contaminaciones.

  • El tiempo de transporte sea el mínimo posible a fin de que los alimentos mantengan las temperaturas correctas de conservación para alimentos calientes (más de 65°C) y alimentos fríos (4°C). El tiempo de transporte entre el lugar de preparación y el plantel no debe ser mayor de una hora.

  • Los utensilios descartables que se usen para servir los alimentos NO deben ser reutilizados. Deben descartase inmediatamente después de su utilización.

  • Los productos perecederos (carnes, aves, pescados) deben transportarse en cavas refrigeradas bajo las siguientes condiciones de temperatura: productos congelados -18°C, productos refrigerados (carnes rojas, aves) 4°C y pescados y mariscos sobre abundante hielo.

  • Las cavas de transporte de alimentos serán de material resistente a la corrosión, impermeable, superficies lisas, aislantes y de fácil limpieza. La cava estará dotada de un equipo de refrigeración, cuya producción de aire frío, sea suficiente para asegurar la temperatura adecuada del alimento transportado. Las cavas deben disponer de un termómetro colocado en la parte exterior.

  • El interior de la cava se someterá a una rigurosa limpieza y desinfección antes y después del transporte de los alimentos.

  • El propietario o el representante legal de la unidad de transporte, es el responsable del mantenimiento de las condiciones exigidas por el alimento durante su transporte.

6.10.-De la Recepción de los Alimentos

  • En los actos de recepción de los alimentos deberán estar presente el Director (a) del Plantel o en su defecto el Docente de Enlace PAE, la Vocería Estudiantil, por lo menos un representante de la Asociación Civil de Padres y/o un Representantes.

  • La recepción de los productos se debe programar en días laborables y fuera de horarios pico para que puedan ser revisado cuidadosamente por el personal debidamente entrenado.

  • El Prestador del Servicio, presentará el comprobante de entrega en el mismo momento en que se realiza el acto de recepción de los alimentos. El Director y/o Coordinador de Enlace PAE, la vocera de las madres procesadoras de alimentos, el representante de la organización estudiantil, de la comunidad educativa y de los consejos comunales deberán realizar el control perceptivo de los bienes y/o servicios y elaborar la respectiva Acta de Recepción Definitiva. Una copia del Acta de Entrega Definitiva, se le anexará a la Certificación de la Prestación del Servicio y la misma será entregada a la unidad administradora encargada de su registro.

  • Es responsabilidad del prestador del servicio, presentar el peso en el acto de entrega.

Los Operadores del Servicio conjuntamente con los miembros de la Contraloría Social, aplicarán con carácter de obligatoriedad el método de control perceptivo necesario para verificar las cantidades de alimentos recibidas en las entregas y la calidad de los mismos. De igual manera, dejarán constancia en el Comprobante de Entrega en el mismo momento de la recepción de los alimentos para certificar las cantidades recibidas.

  • Se prohíbe expresamente la retención de los Comprobantes de Entrega.

  • Las entregas no realizadas se anotarán en la columna de alimentos no entregados.

  • Las sustituciones de los alimentos, se realizarán siguiendo las recomendaciones nutricionales para tales efectos.

  • El Prestador del Servicio, deberá reponer los alimentos faltantes en la modalidad de insumos en el tiempo establecido en el comprobante de entrega.

  • Bajo ningún concepto se permitirá canje de alimentos por obras, bienes o servicios distinto a la establecida en el comprobante de entrega y/o contrato que regula la relación comercial.

  • El personal que recibe los productos debe lavarse las manos antes de realizar esta tarea y mantener medidas de higiene para evitar la contaminación de los productos.

  • Durante la recepción debe verificarse que los productos que se reciben y sus cantidades son efectivamente los que fueron ordenados y que éstos estén en condiciones de calidad.

  • No se deben recibir productos que se presenten en las siguientes condiciones:

  • Alimentos que no tiene Registro Sanitario.

  • Transportados en condiciones no higiénicas o por distribuidores no autorizados.

  • Manipulados o retirados de sus envases originales.

  • Alimentos frescos que presenten signos de deterioro en sus características organolépticas de calidad: olor, color, textura o que se presentan en condiciones no higiénicas.

  • Envases sucios, rotos, con abolladuras, deformaciones, abombamiento o presencia de óxido.

  • Etiquetas y rótulos dañados o no legibles, sin indicación de registro sanitario, contenido nutricional y fecha de vencimiento.

  • Alimentos que requieren refrigeración o congelación que no se transportaron en las condiciones adecuadas de temperatura.

  • No se deberán recibirse alimentos etiquetados de la red mercal, cuyo precio estén subsidiados y que solo podrán ser adquiridos por los consumidores en los establecimientos comerciales de la red mercal y en sus mercados itinerantes.

6.11.-Del Almacenamiento y de la Manipulación de los Alimentos

  • El área de almacenamiento de alimentos deberá estar cerca del área de recepción de los alimentos a fin de asegurar el adecuado flujo del proceso.

  • El área de almacenamiento de los alimentos deberá estar suficientemente ventilada e iluminada.

  • Los alimentos deberán almacenarse en temperatura adecuada según su características

  • En el área de almacenamiento y de manipulación de alimentos se de deberá contar los mecanismos que eviten el ingreso de insectos y roedores a las área de almacenamiento y manipulación de alimentos.

  • Los prestadores del servicio manipuladores de alimentos deberán utilizar el uniforme reglamentario y cumplir con las normas de higiene en manipulación e higiene de los alimentos dictadas por la autoridad competente.

  • Las normas de manipulación e higiene de los alimentos deberán ser colocada en un área visible de la cocina escolar.

6.12.-Del Aspecto Educativo

  • Se deberá garantizar en el servicio de comedor el desarrollo del proceso formativo modelado por los docentes y las docentes para el logro de los objetivos y las competencias de aprendizajes que fomenten los valores, los hábitos alimenticios y el cumplimiento de las normas de higiene.

  • El Director del Plantel y los Docentes de Aula desarrollarán estrategias metodológicas, cuyos contenidos de aprendizajes estén relacionados con el Programa de Alimentación Escolar.

  • Los Docentes de Aula deberán velar por el buen funcionamiento del servicio de comedor garantizando el orden y la disciplina.

6.13.-De la Tramitación del Pago de Manipuladores de Alimentos (Madres y/o Padres Procesadores de Alimentos)

  • Solo tendrán derecho a recibir pago por colaboración prestada a la imputación presupuestaria por concepto de beca, salario y bolsas de trabajo los manipuladores de alimentos que prestadores del servicio en la modalidad de insumos (víveres).

  • Los proveedores prestadores del servicio en la modalidad de platos servidos externo e interno a plantel deberán responsabilizarse por el pago de los manipuladores de alimentos conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Trabajo.

  • Solo se procesara el pago del gasto legítimamente causado por ejecución del programa. Bajo ningún concepto de se cancelará a los prestadores del servicio proveedores y manipuladores de alimentos cuando por cualquier razón y/o motivo se suspendiera el servicio de comedor.

6.14.-De la Tramitación de Pago de los Proveedores

  • El prestador del servicio, deberá consignar ante la unidad administrativa del PAE en un lapso no mayor a ocho (8) días hábiles de finalizada la entrega de los alimentos los recaudos y/o piezas probatorias justificativa de los compromisos por la prestación del servicio que se indican a continuación:

  • Tres (3) ejemplares de la Orden de Compra.

  • Tres (3) ejemplares del Comprobante de Entrega, firmados y sellados por los miembros corresponsales de la ejecución de PAE en el plantel.

  • Tres (3) ejemplares de las factura de la prestación del servicio.

  • La unidad administradora del PAE deberá llevar un registro manual y electrónico de los recaudos consignados para la tramitación del pago de los proveedores, mencionado instrumento registrará los siguientes datos:

  • Fecha y hora de la consignación de los recaudos.

  • N° de Orden de Compra.

  • Lugar de la entrega.

  • Monto de la Orden de Compra.

  • Tipo y Modalidad del Servicio.

  • Tiempo de Ejecución.

  • Monto Facturado.

  • Se aplicará multa desde uno (1) por ciento hasta tres (3) por ciento del monto total de la Orden de Compra por mora en la entrega de los recaudos mediante Nota de Débito.

  • El incumplimiento reiterado y de forma injustificada en la entrega oportuna de los recaudos podrá ser razón suficiente para prescindir de la relación comercial.

6.15.-De las Piezas Justificativas de los Compromisos y/o Gastos Causados

  • Las piezas probatorias justificativa de los compromisos del PAE por la prestación del servicio son:

  • Orden de Compra.

  • Comprobante de Entrega.

  • Factura.

6.16.-De la Distribución de las Piezas Probatorias Justificativas de los Compromisos

  • El ordenador de pagos designará un analista de cuenta por cada setenta y cinco (75) planteles beneficiarios para la verificación, validación de las piezas probatorias justificativas de los compromisos.

  • Los analistas de cuenta deberán conformar las facturas, verificar y relacionar las piezas probatorias justificativas de los compromisos aprobados para su pago en un lapso no mayor a tres (3) días hábiles a partir del cierre para la consignación de las piezas probatorias justificativas de los compromisos correspondientes a la última orden de compra.

6.17.-De la Conformación de Facturas y Verificación de las Demás Piezas Probatorias Justificativas de los Compromisos

  • Cuando se reciban las facturas del proveedor, antes de proceder a su pago, se debe verificar la firma que la autoriza y la confrontará con la Orden de Compra y la Nota de Entrega.

  • Los analistas de cuenta, revisaran que las piezas probatorias no presenten enmiendas, ni tachaduras y tengan las respectivas firmas y sellos. Como parte de la revisión, el funcionario responsable se asegurará que los corresponsables de la ejecución del programa del plantel certifiquen compromiso causado en la Nota de Entrega, para ello, se dispondrá de un registro de los datos personales y de las firmas de los ciudadanos (as.) que conforman el comité ejecutor en el plantel.

  • En la exanimación de las piezas probatorias, se deberá comprobar que la facturación no exceda el costo per cápita establecido por el Nivel Central. También se cotejará los montos de los artículos registrados en la Orden de Compra, Nota de Entrega y en la Factura.

  • Todas las piezas probatorias revisadas, se les colocará el respectivo sello húmedo con el indicativo revisado.

  • A las piezas probatorias que se le detecten errores será devueltos y deberán ser corregidas por los proveedores en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles.

  • Las piezas probatorias invalidadas, se les colocará el respectivo sello húmedo con el indicativo anulado.

  • En los casos en que la Nota de Entrega y/o el Acta de Entrega Definitiva registre faltantes, se procederá a la elaboración de una Nota de Débito para el descuento por alimentos no entregados.

  • Las piezas probatorias justificativas de compromiso debidamente validadas, se les colocará el respectivo sello húmedo con el indicativo aprobado para que sean relacionadas en la Orden de Pago.

  • El responsable de la Unidad Administradora del PAE, elaborará la Relación de Orden de Pago en un lapso no mayor de cinco (5) días hábiles a partir del cierre para la consignación de las piezas probatorias justificativas de los compromisos correspondientes a la última orden de compra.

  • El Coordinador Regional del PAE, el Coordinador Municipal y/o Parroquial del PAE y el responsable de la unidad administradora del PAE Certificarán la Ordenación de los Compromisos para su Pago en un lapso no mayor de seis (6) días hábiles a partir del cierre para la consignación de las piezas probatorias justificativas de los compromisos correspondientes a la última orden de compra.

  • La Certificación de la Ordenación de los Compromisos, se realizará por pieza justificativa de los compromisos siguiendo el orden correlativo de la Orden de Compra. Las transacciones bancarias deberán reflejar pagos por pieza justificativas de compromisos, a fin de fortalecer los controles internos.

  • La Unidad Administradora Central, deberá realizar los pagos de los estados de la ordenación de los compromisos remitidos para tal fin por el Director Nacional del PAE en un plazo no mayor a dos días hábiles previa certificación de los compromisos por parte del Ordenador Delegado.

  • El Director Nacional del PAE, cuando remita la Relación de Certificación de Ordenación de los Compromisos para su Pago deberá remitirle copia de mencionado documento con sus soportes en físico – digital al Vice – Ministerio de Participación y Apoyo Académico.

  • El Ordenador de los compromisos, hará que se sellen los ejemplares de las piezas probatorias justificativas de los compromisos cancelados por el nivel central. Para ello, la Unidad Administradora Central suministrará la información referente a los pagos efectuados (Reporte de Órdenes de Pago de Tesorería Nacional y/o Estados de Cuentas Bancarias de los Fondos del PAE).

  • La Unidad Administradora Central deberá informar al Vice – Ministerio de Participación y Apoyo Académico y a la Dirección Nacional del PAE de todos los pagos efectuados a los prestadores del servicio (proveedores y manipuladores de alimentos) indicando lo siguiente:

  • Fecha de Relación.

  • Estado y/o Localidad.

  • Datos del prestador del servicio.

  • Concepto.

  • Monto Pagado.

  • Fecha de Pago.

6.18.-Del Registro y Archivo Administrativo

  • La unidad administradora del PAE, deberá archivar uno (1) de los ejemplares de las piezas probatorias de los compromisos cancelados siguiendo el orden correlativo de la orden de compra de menor a mayor. También deberá archivar el otro ejemplar de la misma pieza en el expediente como parte de la actuación y desempeño del proveedor siguiendo el orden correlativo de la orden de compra de menor a mayor.

6.19.-De Los Demás Mecanismos De Control

  • Los mecanismo de control, se conciben como instrumentos, cuyo propósito es facilitar el control posterior interno y externo de la ejecución del programa. Para ello, se deberá darle cumplimento a las siguientes disposiciones:

  • Los Directores de los Planteles, tienen la responsabilidad y la obligación de archivar las piezas justificativas probatorias de la prestación del servicio de proveedores y de manipuladores de alimentos.

  • El archivo de los manipuladores de alimentos deberá organizarse por expediente de madres y/o padres procesadores de alimentos con los recaudos necesarios para la manipulación de alimentos además de la copia del control interno de asistencia y de los recaudos para la tramitación del pago.

  • El archivo de los proveedores debe organizarse como se especifica a continuación: (i) un (1) ejemplar de las Órdenes de Compras; (ii) un (1) ejemplar de los Comprobantes de Entrega, un (1) ejemplar de las facturas y (iii) (1) ejemplar de la Certificación de la Prestación del Servicio en el Plantel. La Certificación de la Prestación del Servicio, es un medio de verificación integral de la ejecución física de la partida presupuestaria de alimentos y bebidas para personas y de otras partidas presupuestarias ejecutadas en el plantel. Este mecanismo está concebido para facilitar el control posterior de la ejecución física – financiera y evaluar la actuación y desempeño del proveedor mediante la compilación de la Acta Definitiva de Entrega.

  • Todas las piezas justificativas probatorias de la prestación del servicio forman parte del expediente del desempeño y actuación del prestador del servicio en el plantel. Como parte del control de la gestión, se registrará la ejecución física y financiera del PAE en el plantel.

  • Todos los actores del quehacer educativo, tendrán derecho a requerir copia certificada del expediente del prestador del servicio que reposa en el plantel. Este expediente deberá ser archivado en el plantel manteniendo su integridad al menos tres (3) años después de ejecutada la prestación del servicio.

  • Los Directores de los Planteles, consignarán los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes ante la Coordinación Municipal y/o Parroquial del PAE tres (3) ejemplares de la Certificación de la Prestación del Servicio en el plantel[16]

  • El Coordinador Municipal y/o Parroquial del PAE, archivará un (1) ejemplar de la Certificación de la Prestación del Servicio del plantel, ordenará en dos (2) carpetas separadas las Certificaciones de la Prestación del Servicio de los planteles a su cargo para su consignación los primero diez (10) días del mes conjuntamente con el reporte de ejecución física ante el Supervisor Jefe de Municipio Escolar y el Coordinador Regional del PAE.

  • El Coordinador Regional del PAE, remitirá a cada Supervisor Jefe de Municipio Escolar y cada Coordinador Municipal y/o Parroquial del PAE la información de los pagos realizado a los proveedores.

  • Los Coordinadores Municipales y Parroquiales deberán presentar ante el Coordinador Regional del PAE dentro de los primero cinco (05) días hábiles de finalizado cada trimestre del ejercicio fiscal informe de la ejecución física – financiero de los planteles a su cargo. Una copia del informe de ejecución física – financiera deberá ser entregada para su conocimiento y fines al Supervisor Jefe de Municipio y/o Parroquia Escolar, el Director de Zona Educativa y el Auditor Interno Delegado.

  • El Coordinador Regional del PAE, deberá presentar ante el Director Nacional del PAE dentro los primero diez (10) días hábiles de finalizado cada trimestre el informe de ejecución física – financiera trimestral estructurado por municipio y discriminado por nivel y modalidad de estudio. Una copia del informe trimestral de ejecución física – financiera deberá ser entregada para sus conocimiento y fines al Ministro del Poder Popular para la Educación, al Viceministro de Participación y Apoyo Académico, al Director General de Administración y Servicios, al Director General de Planificación y Presupuesto, al Director de la Oficina de Coordinación de Zonas Educativas, el Director de la Oficina General de Evaluación Estratégica y Seguimiento de las Políticas Públicas, al Director General de Supervisión Educativa y al Auditor Interno del Ministerio del Poder Popular para la Educación y su delegado en la región..

  • En la estructura organizacional del PAE, se deberá llevar en todos los niveles de ejecución un expediente de los funcionarios adscritos y un registro de control de asistencia manual y electrónica. El reporte de asistencia mensual, se enviará de forma periódica a la División de Recursos Humanos de la Zona Educativa y al funcionario a quien se le reporta.

  • En la estructura organizacional del PAE, se deberá llevar en todos los niveles de ejecución un registro de visita de usuarios.

  • En todos los niveles de ejecución, se deberá programar planes y programas de supervisión integral e integrada en coordinación con los funcionarios con función supervisora del nivel central, zonal, municipal y/o parroquial y articulado con otros órganos e instituciones públicas.

  • El Vice – Ministerio de Participación y Apoyo Académico, y la Oficina General de Evaluación Estratégica y Seguimiento de las Políticas Públicas, apoyado en el presente manual deberán diseñar y ejecutar planes trimestrales de evaluación y seguimiento de la ejecución del PAE y planes periódicos de evaluación del desempeño de los funcionarios adscritos al programa en todos sus niveles. Los planes de evaluación y seguimiento deberán presentar los indicadores de gestión y los instrumentos a aplicarse. Ejecutado el plan de evaluación y seguimiento se deberá presentar el Informe de Resultados Obtenidos del Plan de Evaluación y Seguimiento del PAE ante el Ministro del Poder Popular para la Educación y una copia para su conocimiento y fines al Director Nacional de PAE.

6.17.-De las Incidencias que Afectan la Calidad de la Prestación del Servicio

  • Las incidencias que pudieran afectar la calidad del servicio se clasificarán de acuerdo a los siguientes tópicos: (i) Selección y Contratación de Proveedores; (ii) Programación de Compras; (iii) Entrega de los Alimentos; (iv) Recepción de los Alimentos; (v) Desempeño del Proveedor (vi); Elaboración de los Alimentos; (vii) Almacenamiento de los Alimentos; (viii) Servicio de Comedor; (ix) Prestación del Servicio; (x) Gestión de Pagos de los Prestadores del Servicio; (xi) Infraestructura y Dotación.

  • Las incidencias de selección y contratación de proveedores deberán ser resuelta por la Comisión de Contrataciones y/o el Coordinador Regional del PAE.

  • La inexactitud en la matricula escolar del plantel reflejada en la Orden de Compra deberá ser informada de inmediato a la Unidad Administrativa para su corrección.

  • Se deberá informar al Supervisor Jefe de Municipio y/o Parroquia Escolar y al Coordinador Municipal y/o Parroquial del PAE de la recepción de la recepción de alimentos fuera del horario escolar.

  • Se deberá informar al Supervisor Jefe de Municipio y/o Parroquia Escolar y al Coordinador Municipal y/o Parroquial del PAE, si la recepción se realizó sin la participación de la Contraloría Social y/o no se realizó el control perceptivo.

  • El Director del plantel deberá registrar las incidencias en las que incurra el proveedor en menoscabo de la calidad del servicio.

  • Los funcionarios que sean informados de las incidencias que afectan la calidad de la prestación del servicio deberán avocarse a resolverlo en el marco de sus competencias y están obligados a darle respuesta por escrito a los interesados en los lapsos establecidos en la ley.

  • Se calificarán como acto de omisión y/o negligencia el reiterado silencio administrativo en que incurran los funcionarios adscritos al PAE.

  • En los casos en que se considere en que el funcionario ha resuelto negativamente, la parte interesada podrá recurrir al jefe inmediato superior, quien deberán avocarse a resolverlo en el marco de sus competencias y deberá darle respuesta por escrito a los interesados en los lapsos establecidos en la ley.

  • Si se demuestra el incumplimiento de parte de un prestador del servicio dependiendo el caso y/o la situación se podrá considerar su sustitución y/o desincorporación inmediata del programa siempre y cuando se informe a la Dirección Nacional del PAE de los motivos y/o razones que justificaron la decisión.

  • Aquel funcionario o funcionaria público que estando en la obligación de sancionar, no cumpla con su deber, será sancionado por la autoridad correspondiente conforme a las leyes.

  • Serán causales de remoción de funcionarios sujeto a libre nombramiento y remoción y/o destitución del cargo además de las disposiciones previstas en las Leyes que regulan la materia y las previstas en el Estatuto de la Función Pública, las siguientes incidencias:

  • Negligencia en el cumplimiento de los deberes inherentes al cargo.

  • Perjuicio material causado por negligencia manifiesta a los recursos y/o bienes de la República.

  • Falta de atención debida al público.

  • Irrespeto a los superiores, subalternos o compañeros.

  • Inasistencia injustificada al trabajo durante dos días hábiles dentro de un lapso de treinta días continuos.

  • Solicitar o recibir dinero u otros bienes para los mismos fines, en los lugares de trabajo.

  • Acto lesivo a los intereses del programa y de la institución.

  • Recomendar o favorecer a personas para que obtengan ventajas o beneficios dentro del programa.

  • Insuficiencia, ineficiencia o impericia en la prestación del servicio.

  • Los prestadores del servicio y funcionarios públicos responderán penal, civil, administrativa y disciplinariamente por los delitos, faltas, hechos ilícitos e irregularidades administrativas cometidas.

  • Corresponderá al Ministerio Público intentar las acciones a que hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, penal, administrativa o disciplinaria en que hubieren incurrido los prestadores de servicio o funcionarios públicos con motivo de sus actuaciones en detrimento del programa.

ANEXO A

Menú base del subsitema de educación básica

Plan de Alimentación del Nivel de Educación Inicial

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 1

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 2

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 3

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 4

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 5

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 6

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 7

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 8

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 9

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 10

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Resumen del Aporte Nutricional del Plan de Alimentación del Nivel de Educación Inicial

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Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Inicial para el Servicio de Almuerzo (Una Ingesta Diaria)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Inicial para el Servicio de Desayuno / Merienda (Dos Ingestas Diarias)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Inicial para el Servicio de Desayuno, Almuerzo y Merienda (Tres Ingestas Diarias)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Plan de Alimentación del Nivel de Educación Primaria

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 1

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 2

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 3

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 4

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 5

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 6

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 7

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 8

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 9

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 10

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Resumen del Aporte Nutricional del Plan de Alimentación del Nivel de Educación Primaria

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Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Primaria para el Servicio de Almuerzo (Una Ingesta Diaria)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Primaria para el Servicio de Desayuno / Merienda (Dos Ingestas Diarias)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Primaria para el Servicio de Desayuno, Almuerzo y Merienda (Tres Ingestas Diarias)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Plan de Alimentación del Nivel de Educación Media General

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 1

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 2

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 3

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 4

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 5

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 6

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 7

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 8

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 9

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 10

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Resumen del Aporte Nutricional del Plan de Alimentación del Nivel de Educación Media General

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Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Media General para el Servicio de Almuerzo (Una Ingesta Diaria)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

Plan de Alimentación del Nivel de Educación Media Técnica

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 1

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 2

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 3

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 4

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 5

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 6

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 7

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 8

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 9

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Análisis Nutricional Menú del Día N° 10

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Resumen del Aporte Nutricional del Plan de Alimentación del Nivel de Educación Media Técnica

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Alimentos Requeridos en el Plan de Alimentación del Nivel de Educación Primaria para el Servicio de Desayuno, Almuerzo y Cena (Tres Ingestas Diarias)

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*El Tiempo del Plan de Alimentación es de diez días

ANEXO B

Declaración jurada del patrimonio

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ACTIVOS

1.- Circulante:

1.1Efectivo disponible y títulos de valores en bancos e institutos financieros:

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1.2 Efectivos en divisas:

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Nota: Debe suministrar dirección exacta de la entidad financiera y fecha de apertura de la cuenta bancaria.

1.3. Acreencias (cuentas por cobrar, préstamos otorgados).

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2.- Acciones o cuotas de participación en sociedades civiles o mercantiles y cualesquiera otros títulos valores con indicación de los datos que permitan su completa identificación.

2.1. Acciones o cuotas de participación en sociedades civiles o mercantiles.

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2.2. Asociaciones Civiles.

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2.3. Inversiones en acciones de sociedades civiles o mercantiles inscritas en la Bolsa de Valores y cualesquiera otros títulos de valores:

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3.-Bienes Muebles (En caso de poseer bienes muebles situados en el extranjero, indicar el país, ciudad y dirección exacta donde están ubicados dichos bienes.

3.1. Mueblajes y Enseres (Se incluirán aquellas cuyo valor individual de adquisición exceda de 200 Unidades Tributarias (U.T.) ó que en conjunto se valor de adquisición exceda de 1.000 Unidades Tributarias (U.T.).

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3.2. Obras de Arte y Joyas (Se incluirán aquellas cuyo valor individual de adquisición exceda de 100 Unidades Tributarias (U.T.) ó que en conjunto se valor de adquisición exceda de 800 Unidades Tributarias (U.T.).

3.3 Vehículos:

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3.4. Naves y Aeronaves:

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3.5.Semoveientes (Sólo se incluirán aquellas cuyo valor de adquisición en conjunto exceda de 200 Unidades Tributarias (U.T.).

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4.- Bienes Inmuebles (Cuando se tengan bienes inmuebles situados en el extranjero, indicar el país, ciudad y los datos de registros, así como la dirección de la oficina ante la cual se hubiere otorgado el documento).

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5.- Derechos o acciones sobre sucesiones:

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6.- Otros activos (Indique el monto y los datos que permitan la completa identificación y ubicación de cualesquiera otros bienes no mencionados anteriormente).

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PASIVO

7.- Saldos en Tarjetas de Créditos

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8.- Hipotecas y otras cuentas por pagar

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9.- Pasivo en divisas

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Nota: Debe suministrar dirección exacta del beneficiario y fecha e la cual contrajo el pasivo.

10.- Otros Pasivos (Indique el monto y los datos que permitan la completa identificación de cualquier pasivo no mencionados anteriormente).

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PATRIMONIO

11.- Patrimonio:

TOTAL PATRIMONIO = TOTAL ACTIVO – TOTAL PASIVO

OTROS INGRESOS

12.- Otros Ingresos.

Indique en la relación que se presenta a continuación, las ganancias anuales obtenidas o estimadas, por concepto distintos al desempeño de sus funciones públicas en los dos (2) años anteriores a la fecha de la declaración:

Actividad Económica

Año 200

Año 200

AUTORIZO DE MANERA EXPRESA E IRREVOCABLE A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y AL ÓRGANO JURISDICCIONAL COMPETENTE PARA QUE SEAN INVESTIGADAS MIS CUENTAS Y BIENES SITUADOS EN EL EXTRANJERO.

Declaro, bajo fe de juramento, que la presente declaración de patrimonio es fiel reflejo de mi situación patrimonial a la fecha indicada.

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Autor:

Edward Carrasco

edwardjose23[arroba]yahoo.es

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[1] -Decreto Ejecutivo Nº. 286 de la fecha 11 de mayo de 1946.

[2] -Ley del Instituto Nacional de Nutrición. Gaceta Oficial de la República de Venezuela. 12 de septiembre de 1968. Número 28.727. A través de esta Ley se deroga el decreto de creación del Patronato nacional de Comedores.

[3] -MED (2004). Manual Técnico y Operativo. Coordinación Nacional. Programa de Alimentación Escolar. Mimeografiado.

[4] -Balleza, V: (1999). Medicamentos, Salud y Seguridad Social. FEPUVA-UCV. Caracas, Venezuela. ISBN 98-001584-1. pp 52-53

[5] -Machado, C. (2003). Política y Programas Sociales (1989-2002). Revista Gaceta Laboral, 9 (2), pp 165-189.

[6] -Decreto N° 146. Programa de Beca Alimentaria, 29-03-1989. GO: 34.209

[7] -Decreto N° 1015. Reforma parcial del Decreto de creación de la Beca Alimentaria, 12-07-1990. GO: 34.514 y Decreto 1721. Reforma parcial de los decretos 146 y 1015, 04-07-1991. GO: 34.753 

[8] -Ministerio de la Familia/CORDIPLAN. (1996). Agenda Venezuela. Sector Social. Oficina Técnica de Coordinación. Ministerio de la Familia. Dirección General Sectorial de Política Social. CORDIPLAN. Caracas, Venezuela. Mimeografiado.

[9] -Balleza, V: (1999). Op. cit, pp 61-62

[10] -Decreto 453. Normas que rigen el Programa de Beca Alimentaria y el Programa de Alimentación Escolar, 08/12/1994. GO: 35.605. 

[11] -Decreto 1376. Mediante el cual se dictan las normas que rigen el Programa de Alimentación Escolar, 01-07-1996. GO: 35.991

[12] -Machado, C. (2003). Op. Cit

[13] -MECD. (2004). Escuelas Bolivarianas. Avance cualitativo del proyecto. Ministerio de Educación Cultura y Deportes. República Bolivariana de Venezuela. Caracas, Venezuela pp 28

[14] – Op. cit.

[15] -República Bolivariana de Venezuela (2008). Informe nacional de seguimiento de la aplicación del plan de acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación. Disponible en: http://www.ciens.ucv.ve:8080/generador/sites/nutricion/archivos/VENEZUELA%20INFORME%20SEGUIMIENTO%20CMA%202008.pdf Descarga marzo, 2009.

[16] – Se tiene previsto a futuro que los prestadores del servicio, accedan al sistema de gestión integral con su clave de usuario en el que podrá descargar la Orden de Compra y la Nota de Entrega. Una vez realizada la recepción del los alimentos, el prestador del servicio, tramitará ante directamente su pago ante la agencia del Banco de Venezuela.

Partes: 1, 2, 3
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