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Ensayo sobre los expedientes por parte del registrador de títulos (Santiago, Rep Dom) (página 3)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

Por virtud de las disposiciones del artículo 169 del Reglamento de General de Registros de Títulos, el Tribunal competente para conocer el Recurso Jurisdiccional sobre las decisiones dictadas por el Director Nacional de Registro de Títulos es el Pleno del Tribunal Superior de Tierras de la jurisdicción del Registro de Títulos que originalmente emitió el acto o decisión recurrida, esto por virtud de las disposiciones del artículo 169 del Reglamento de Registros de Títulos.

b) Plazo

Por virtud de las disposiciones del artículo 78 párrafo I, de la Ley 108-05, "el plazo para interponer el Recurso Jurisdiccional es de treinta (30) días calendario a partir de la fecha en que este recurso queda habilitado". [24]

c) Forma de Interponer el Recurso Jurisdiccional

Por disposición del artículo 171 del Reglamento de Registros de Títulos, el Recurso Jurisdiccional debe ser presentado mediante instancia escrita y motivada tanto en hechos como en derecho, conteniendo las siguientes menciones:

  • Especificar que se trata de un Recurso Jurisdiccional.

  • Estar dirigida al Pleno del Tribunal Superior de Tierras territorialmente competente.

  • Especificar el acto o decisión impugnada, identificando el expediente y la fecha del mismo.

  • Especificar la calidad del recurrente y sus generales, justificando su interés.

  • Estar motivada y contener las razones y justificaciones por las que se interpone el recurso jurisdiccional.

  • Hacer constar la fecha del recurso.

  • Estar debidamente firmada por el recurrente, o su representante si lo hubiere.

  • Anexar copia certificada del acto recurrido.

Al igual que ocurre con los demás recursos administrativos que la Ley establece, la validez del recurso está condicionada a la notificación del mismo en la octava franca por acto de alguacil a las otras partes afectadas o involucradas en el acto o decisión recurrida, haciendo acopio de las disposiciones contenidas en el artículo 73 del Código de Procedimiento Civil que establece que "el término ordinario de los emplazamientos es el de la octava franca de ley",[25]

Las demás partes involucradas, si las hubiere, deberán depositar sus objeciones u observaciones al Pleno del Tribunal en un plazo de cinco (5) días hábiles a partir de la notificación. En caso de no presentar objeción al recurso, se presume que se ha dado aquiescencia al mismo. Vencidas estas formalidades de depósito, notificación y contestación, el Pleno del Tribunal Superior de Tierras queda habilitado para conocer el Recurso de forma contradictoria, siguiendo el procedimiento establecido para las litis sobre derechos registrados, excepto con lo relacionado a las notificaciones de las partes.

Finalmente, el Pleno del Tribunal Superior de Tierras tiene un plazo de 30 días laborables para fallar el caso, a partir de la fecha del depósito de la instancia, sin perjuicio de las observaciones realizadas en este trabajo sobre el aspecto de la contradictoriedad.

2.9.5 De los Sub-registradores

Salvo la exigencia de sólo dos años de ejercicio profesional señalada para el Sub-registrador, y tres años para ser Registrador, no existe otra diferencia en los requisitos para ocupar estos cargos.

La figura del Sub-registrador es creada por el artículo 18 del Reglamento General de los Registros de Títulos, en tanto que el artículo 19 de este mismo texto se refiere a las exigencias para ocupar este cargo. El artículo 18 del Reglamento reza textualmente: "En aquellos Registros donde el volumen de operaciones lo justifique, la Suprema Corte de Justicia, podrá designar y atribuir funciones a los Sub-registradores de Títulos".[26] En verdad este funcionario registral deviene en una especie de Registrador Adjunto, es más que un sustituto temporal, es obvio que se procura distribuir la carga de trabajo que lleva a cuestas el Registrador de una oficina de gran volumen de operaciones.

Para un Registro de mediano volumen entonces será necesario pensar en la figura del Abogado Ayudante que reemplace temporalmente al Registrador en ocasión de vacaciones, licencias, etc. Estas oficinas deben tener garantizada la calidad profesional calificada en todo momento, sobre todo en el nuevo sistema que impone la Ley No. 108-05 y sus Reglamentos, de manera singular en ocasión del establecimiento de recursos administrativos y jurisdiccionales.

2.9.6 Precalificador

Los precalificadores son designados por la Suprema Corte de Justicia al igual que toda la conformación del personal de Registro de Títulos y la Jurisdicción Inmobiliaria. La función principal que ejerce el precalificador en la evaluación de los expedientes que ingresan al Registro de Títulos es la de calificar si el expediente procede o no.

Esta actividad es de gran valor ya que el precalificador evalúa las características tanto intrínsecas como extrínsecas que debe poseer cada acto que conforma el expediente.

Al finalizar la calificación de cada acto o expediente el precalificador llena un formulario en el cual hace constar que se ha realizado la calificación conforme a lo expresado en dicho formulario.

Entre los requisitos para ser precalificador se encuentran:

  • Ser dominicano mayor de edad.

  • No haber sido condenado a penas aflictivas o infamantes.

  • Superar las pruebas generales de ingreso al poder judicial y las pruebas específicas de capacidad para el desempeño del cargo.

2.9.7 Digitador

Con la implementación tecnológica ejercida en el poder Judicial surge una figura imprescindible en el Registro de Títulos que es la del digitador. Para éste, la Suprema Corte de Justicia exige las mismas formalidades de ingreso que los demás empleados del Registro de Títulos. Su función central es la de digitar todo el trabajo que emerge del área de precalificación.

2.9.8 Dígito y Revisión

En vista de lo que conlleva un error material en un expediente al momento de su digitación, el Registro de Títulos posee el área de dígito y revisión en la cual se realiza la última revisión antes de que los expedientes sean impresos, asegurando de esta forma alcanzar un porcentaje mínimo de errores materiales en el expediente.

2.9.9 Departamento de Impresión

El departamento de impresión como lógicamente lo indica, es un área destinada única y exclusivamente a imprimir los actos que conforman el expediente. Dichos expedientes impresos son entregados a la oficina del Registrador para la formalidad de plasmar su firma.

2.9.10 Departamento de Recepción y Entrega

Dicho departamento realiza las actividades de recepción de solicitudes y entrega de expedientes. Al momento de ingresar cualquier tipo de expediente a esta área, el recepcionista de documentos realiza la función de velar que el expediente esté integrado con toda la documentación requerida para dicha solicitud.

2.9.11 Secretaria (Auxiliar de Registro)

Al igual que los demás departamentos del Registro Títulos, la secretaria juega un rol de marcada importancia en la dinámica del registro. Posee diversas funciones ya que es el enlace entre el solicitante y los demás departamentos que componen el órgano. Entre sus funciones inmediatas están:

  • Realizar citas con la Registrador.

  • Convocar reuniones internas para el personal de los diversos departamentos, precedidas por la Registradora y /o el Encargado de Operaciones.

  • Recibir notificaciones del órgano.

  • Realizar inventario del material gastable de los departamentos.

En el plano auxiliar, la secretaria realiza dicha función en la asistencia dada al Registrador de Títulos como también a los demás departamentos del Registro.

2.9.12 Departamento de Inscripción

El departamento de inscripción está encargado de introducir en un mismo sistema de cómputo la descripción del expediente al momento de su ingreso, detallando las siguientes características:

  • Descripción del expediente.

  • Fin perseguido.

  • Ubicación.

Dicho sistema automatizado de inscripción hace la función de un libro diario el cual es denominado folio electrónico.

2.9.13 Encargado de Operaciones

Esta persona está ligada al área técnica y su coordinación en base al sistema funcional de los diferentes departamentos del Registro de Títulos. Su función supervisora está ligada a velar por el correcto funcionamiento de las actividades técnicas que se llevan a diario en el Registro de Títulos.

2.10 La Informática y el Registro Inmobiliario

La necesaria modernización de la técnica de los procedimientos registrales, requieren de la aplicación de la informática que es un instrumento técnico fundamental en la vida moderna. La informática ofrece múltiples ventajas a los Registros de la Propiedad Inmobiliaria, puesto que facilita y agiliza las operaciones y las informaciones que ofrecen.

En esta trayectoria de cambio se ha avanzado en muchos países, en sustituir aunque en forma parcial, el sistema escrito por el soporte tradicional y este por el soporte magnético y utilizar la computadora en forma central y no periférica, de modo que la base de datos sea un soporte de archivos, textos y procedimiento registral.

2.10.1 La Ley y la Tecnología

La Ley solo se refiere a la tecnología, en las motivaciones, señalando que:

  • Las nuevas tecnologías están transformando las prácticas tradicionales aplicables a la mensura, registro y titulación permitiendo definir con mayor precisión el objeto del Derecho, controlar la documentación, simplificar y agilizar los procesos de la institución para hacerla mas eficiente.

  • El Marco legal previsto en al Ley 1542, que especificaba las tecnologías de uso admisible para la mensura y catastro, ha quedado totalmente superado por los avances y transformaciones producidos en esta materia, manteniéndose con su uso los márgenes de errores materiales propios de las mismas y las posibilidades de conflictos.

  • La tecnología y seguridad del sistema, para el registro y custodia de los planos catastrales, para los certificados de títulos y para las sentencias de tribunales, no contemplan ninguna instancia con autoridad suficiente para su actualización.

  • Se hace indispensable el establecimiento de un marco normativo que contemple la utilización de nuevas tecnologías de la informática que soporten adecuadamente la gestión y la toma de decisiones en la Jurisdicción, estableciendo mecanismo y herramientas que faciliten la conservación y custodia de los documentos técnicos y legales, reduciendo el tiempo de respuesta a los usuarios.

2.10.2 Sistemas Tecnológicos de Apoyo a la Gestión de los Registros de Títulos

Para apoyar el modelo de gestión operativa de lo Registros de Títulos se diseñó, se aprobó y se inició la implementación de un sistema tecnológico compuesto de las siguientes herramientas de apoyo:

2.10.2.1 Sistema de Recuperación, Control y Explotación de Archivos (SIRCEA)

Consiste en la organización física de la documentación, el procesamiento de parte de la misma mediante imágenes digitales, tales como certificados de títulos, planos, resoluciones y sentencias y expedientes de los diferentes órganos de la Jurisdicción. Construida con doble digitación y control de calidad bajo normas de Organización Internacional para la Estandarización (ISO 9000.)

La integridad de los documentos es garantizada mediante firma digital. Se procesaron cerca de 4,5 millones de documentos, un 75% del volumen registral del país. La recuperación de los libros de Certificados de Títulos de ocho Oficinas de Registros, de todos los planos del país de la Dirección de Mensuras, y de los expedientes y sentencias de los Tribunales Superiores y sus Tribunales de Jurisdicción Original.

2.10.2.2 Sistema de Gestión y Automatización Registral (SIGAR)

Es el sistema construido a partir de las imágenes digitales de los originales de certificados de títulos. Permite armar electrónicamente el tracto histórico de los derechos registrados sobre un inmueble, además de materializar el folio real en formato digital; fue diseñado, desarrollado e implementado en forma piloto en la Oficina de Registro de San Cristóbal, permitiendo la automatización de procesos registrales, reduciendo considerablemente el tiempo de respuesta, al igual que facilitándole al público el acceso a los datos.

El descongestionamiento de los expedientes registrales en cinco de los ocho registros.

2.10.2.3 Sistema de Seguimiento de Expedientes en el Registro de Títulos (SISET)

Es el sistema que contiene una base de datos construida con la información de los expedientes que se inician en los Registros de Títulos, contribuyendo con la agilización de los trámites y facilitando el control de plazos, que es uno de los objetivos importantes del nuevo marco normativo.

2.10.2.4 Sistema Cartográfico y Parcelario de la Jurisdicción Inmobiliaria (SCyP)

Es el sistema que contiene una base de datos espacial georreferenciada de diferentes productos cartográficos para controlar y registrar cartográficamente los planos que describen cada inmueble. Está operando desde marzo 2005 cubriendo a todo el país, con imágenes satelitales de más alta resolución en las 34 ciudades más pobladas. El Sistema Cartográfico y Parcelario de la Jurisdicción Inmobiliaria (SCyP) no estaba contemplado en el diseño original del programa y se ha convertido en el más moderno sistema cartográfico del país, lo cual motivó al Congreso a trasladarle a la Jurisdicción Inmobiliaria las funciones de la Dirección General de Catastro Nacional.

2.10.2.5 Red de Estaciones Permanentes (REP)

Es el sistema que contiene una base de datos generada con información recibida de los satélites que conforman la constelación del Sistema de la Navegación que usa Engranaje de Distribución y Medición de la Distancia (NAVSTAR) del Sistema de Posicionamiento Global (GPS) y la reconstrucción de la red de puntos de control geodésicos, para uso de los profesionales de la agrimensura, entre otros.

CAPÍTULO III

Metodología

3.1. Diseño, tipo de investigación y métodos

Según Hernández y Sampieri (2000), el diseño se refiere al plan o estrategia concebida para responder a las preguntas de investigación, éste señala al investigador lo que debe hacer para alcanzar sus objetivos de estudio, contestar las interrogantes que se ha planteado y analizar la certeza de las hipótesis formuladas en un contexto en particular[27]

Esta investigación tiene un diseño no experimental bajo un enfoque cuantitativo. Es no experimental, ya que no se trata de llevar a la comprobación los supuestos planteados y es cuantitativa, ya que los resultados de la misma se presentan en forma numérica, es decir en cuadros y gráficos con sus interpretaciones de lugar.

  • Tipo de investigación

Esta investigación es de tipo transversal o transaccional, documental (bibliográfica), de campo y descriptiva. Es transversal o transaccional, ya que su propósito es describir variables y analizar su incidencia e interrelación en un momento dado.

Es documental (bibliográfica) debido a que es realizada en fuentes de información tales como libros sobre propiedad inmobiliaria, registro de títulos, derecho procesal para la jurisdicción inmobiliaria, entre otros; periódicos, revistas jurídicas e Internet. De campo, porque se recogieron informaciones que provienen de las entrevistas realizadas a través del cuestionario aplicado al personal administrativo del Registro de Títulos y abogados vinculados a la rama inmobiliaria.

  • Método

El método se puede decir que es la secuencia y explicación de la trayectoria que ha seguido cualquier estudio. El método es el camino a seguir mediante una serie de operaciones, reglas y procedimientos fijados de antemano de manera voluntaria y reflexiva, para alcanzar un determinado fin que puede ser material o conceptual. Ayuda a una mejor utilización de los medios para acceder al conocimiento de la realidad, a fijar de antemano una manera de actuar racional y eficaz, a operar una misma realidad y a evaluar los resultados de la acción[28]

En este estudio se aplicó el método deductivo, porque el mismo parte de lo general para llegar a lo particular y de elementos concretos para poder aportar conclusiones más generales. Parte de la observación de la realidad para llegar a conclusiones más amplias.

3.2. Universo, población y muestra

El universo o población se refiere al conjunto de elementos dentro del cual están reunidos todas las características que se deseen investigar[29]en este caso estuvo compuesto por el personal administrativo del Registro de Títulos, para un total de 41 personas y abogados vinculados a la rama inmobiliaria para un total de 3,577 según los datos proporcionados por el colegio de abogados del departamento de Santiago.

La muestra es un subgrupo de la población. Es un subconjunto de elementos que pertenecen al conjunto definido en sus características el cual es denominado población[30]

Con relación a esta definición, el tipo de muestra utilizada en este estudio es probabilística, ya que todos los sujetos a ser estudiados tienen la misma posibilidad de ser elegidos y de que previamente se han definido las características de la población.

La selección de la muestra se efectuó, en el caso de los abogados por medio del proceso metodológico aleatorio simple, tomando como referencia la fórmula de Fisher y Navarro (1997), para poblaciones finitas, a fin de obtener el menor número de personas que se necesitan para realizar la investigación, apegada a la mayor realidad posible. La fórmula utilizada fue la siguiente:

edu.red

Donde

  • n= Tamaño necesario de la muestra

  • N= Tamaño de la población

  • Z= Margen de confiabilidad o número de unidades de desviación estándar en la distribución normal que producirá el nivel deseado de confianza.

  • p= Probabilidad de que el evento ocurra.

  • q= Probabilidad de que el evento no ocurra.

  • e= Error o diferencia máxima entre la media muestral y la media de la población.

Para este caso, se ha decidido tomar un margen de confiabilidad de 93% (1-d) que corresponde a Z= 1.81, con un error de estimación e= 7% y se supone que se conoce el tamaño de la población (N= finito).

Para la determinación de la muestra se ha procedido de la siguiente manera:

edu.red

Para el caso del personal administrativo del Registro de Título, se ha decidido tomar el 100% de la población debido al tamaño de la misma, para un total de 41 encuestas.

3.3. Técnicas e instrumentos

La técnica utilizada es la encuesta, la cual busca conocer los fenómenos estudiados a través de la aplicación de un cuestionario en forma escrita[31]en este caso aplicado al personal administrativo del Registro de Títulos y a los abogados vinculados a la rama inmobiliaria en la ciudad de Santiago.

El cuestionario fue diseñado en base a los indicadores extraídos de las variables, los cuales sirvieron de apoyo para la elaboración de las encuestas. El cuestionario se diseñó de manera que las respuestas fueran de fácil selección para los entrevistados, formulado por preguntas diversas.

3.4 Confiabilidad y validez de los datos

En una investigación la validez se refiere al grado en que, lo que ha sido medido, corresponde a otras medidas independientes obtenidas a través de distintos instrumentos de investigación. La confiabilidad en la investigación es la medida en que se obtendrán los mismos resultados si se repite la investigación.

La validez y la confiabilidad se discuten en la investigación como propiedades del instrumento de investigación, ya sea éste el protocolo de la prueba o el plan de entrevista.

En este caso de estudio para probar la confiabilidad y validez se dieron los siguientes pasos:

  • Los hallazgos fueron comprobados por diversos medios e instrumentos de Investigación. Se utilizaron una gran variedad de instrumentos que sirvieron para corroborar los resultados, tales como: entrevistas a expertos, análisis de los datos recogidos por entendidos en el área, opinión de profesores, etc.

  • Repetir las encuestas e instrumentos para procurar por consistencia en las respuestas de los sujetos.

Además la confiabilidad de este estudio dependió en gran medida de la aplicación del instrumento de medición, el cual demostró ser consistente al producir los mismos resultados o ser sistemáticamente preciso en los mismos.

En esta investigación, todos los conceptos aplicados fueron extraídos de bibliografías confiables y generalmente aceptadas.

Además el instrumento de medición elaborado, fue sometido a revisión por parte de expertos en las áreas de contenido y de metodología, en este caso por la asesora de monográficos Lic. Mirian Mena.

3.5 Procedimiento de recolección de datos

Luego de haber seleccionado el diseño de la investigación y habiendo determinado la muestra de acuerdo a lo planteado en el problema a investigar, el siguiente paso consistió en recolectar los datos pertinentes a las variables involucradas y de ellas se seleccionar sus indicadores, los cuales dieron como resultado las preguntas que conformaron el cuestionario aplicado.

Otro de los pasos consistió en comunicarse con las instancias seleccionadas, donde se les informó acerca del propósito de la investigación y se solicitó su colaboración para los fines de la misma. Después de haber conseguido los permisos correspondientes, se procedió a la aplicación del cuestionario tanto a los empleados, como a los abogados seleccionados, a fin de conseguir los objetivos propuestos.

En la recolección de los datos participaron además dos elementos importantes y vinculados entre sí: Primero, la selección y elaboración del instrumento de medición que consistió en un cuestionario de preguntas cerradas, para que los resultados fueran confiables y válidos; segundo, la aplicación de dicho instrumento a la población seleccionada para medir las variables y sus indicadores.

3.6 Procedimiento de análisis de los datos

El análisis de los resultados consistió en interpretar los hallazgos relacionados con el problema de investigación, los objetivos propuestos y preguntas formuladas, y las teorías o presupuestos planteados en el marco teórico, con el fin de evaluar si se confirman las teorías o no, y si generan debates con la teoría ya existente.

En esta fase se realizó el tratamiento estadístico-matemático de todos los datos obtenidos a través de los cuestionarios que fueron aplicados, luego se procedió a clasificarlos y tabularlos. Una de las herramientas utilizadas fue el programa hoja de cálculo Excel para obtener los porcentajes y los gráficos de lugar.

CAPITULO IV

Presentación y análisis de los datos

4.1 Presentación de los resultados obtenidos del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago

Tabla 1

Edad

Opciones

Frecuencia

%

18 a 25 años

46

29

26 a 30 años

55

33

31 a 35 años

44

28

36 a 40 años

12

8

41 a 50 años

3

2

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 1 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 33% de los encuestados afirma estar entre las edades de 26 a 30 años, el 29% dice tener entre 18 a 25 años, el 28% afirma tener de 31 a 35 años, el 8% dice tener de 36 a 40 años y 12% restante asegura tener de 41 a 50 años. Según los datos presentados en la tabla, se puede notar que la mayoría de encuestado son relativamente jóvenes.

Gráfico No.1

Edad

edu.red

Fuente: Tabla No. 1.

Tabla 2

Sexo

Opciones

Frecuencia

%

Masculino

85

53

Femenino

75

47

Total

160

100

Fuente: Pregunta No. 2 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 53% de los encuestado pertenecen al sexo masculino, mientras que el 47% restante son del sexo femenino. Aunque en la grafica se puede notar que la mayor cantidad de encuestados son hombres, hay que destacar el aumento que ha tenido la mujer en los últimos años en el ámbito profesional.

Gráfico No.2

Sexo

edu.red

Fuente: Tabla No. 2.

Tabla 3

Estado civil

Opciones

Frecuencia

%

Casado/a

54

34

Soltero/a

60

37

Divorciado/a

0

0

Unión libre

46

29

Viudo/a

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 3 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 37% de los encuestados dijo estar solteros, el 34% dijo estar casados legalmente con su pareja y el 29% dice que viven con su pareja en unión libre.

Gráfico No.3

Estado civil

edu.red

Fuente: Tabla No. 3.

Tabla 4

Tiempo que lleva en el ejercicio de su profesión

Opciones

Frecuencia

%

De 1 a 5 años

70

43

De 6 a 10 años

60

38

De 11 a 15 años

20

13

Más de 16 años

10

6

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 4 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 43% de los encuestados afirma que tienen entre 1 a 5 años ejerciendo su profesión, el 38% dice que tiene entre 6 a 10 años, el 13% dijo que tiene de 11 a 15 años y el 6% restante dice que tiene más de 16 años.

Gráfico No.4

Tiempo que lleva en el ejercicio de su profesión

edu.red

Fuente: Tabla No. 4.

Tabla 5

Nivel de conocimientos acerca de la aplicación de la Ley 108-05 y sus reglamentos

Opciones

Frecuencia

%

Conozco bastante

67

42

Regular

93

58

Poco

0

0

No tengo conocimiento

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 5 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 58% de los encuestados afirma tener un conocimiento regular acerca de la aplicación de la Ley 108-05 y sus reglamentos, mientras que el 42% afirman que conocen bastante. Lo que significa que en cierta medida los abogados encuestados conocen los procedimientos para la aplicación de la ley 108-05.

Gráfico No.5

Nivel de conocimientos acerca de la aplicación de la Ley 108-05 y sus reglamentos

edu.red

Fuente: Tabla No. 5.

Tabla 6

Frecuencia que somete a Registro de Títulos expedientes de Declaración de Condominios

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

31

19

Casi siempre

46

29

A veces

83

52

Ninguna

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 6 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 52% de los encuestados aseguran que a veces se somete a Registro de Títulos expedientes de Declaración de Condominios, el 29% asegura casi siempre y el 19% dice que siempre. En este sentido un condominio es forma de propiedad en la cual los individuos compran y se convierten en propietarios de una unidad de vivienda en un complejo de múltiples unidades; el propietario también comparte responsabilidad financiera por las áreas comunes. En el país este tipo de propiedad se denomina horizontal. Por lo que se puede decir que la mayoría de los encuestados se registra frecuentemente este tipo de propiedad.

Gráfico No.6

Frecuencia que somete a Registro de Títulos expedientes de Declaración de Condominios

edu.red

Fuente: Tabla No. 6.

Tabla 7

Frecuencia que deposita a Registro de Títulos expedientes de certificaciones de estatus jurídico de inmueble

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

25

19

Casi Siempre

57

29

A veces

78

52

Ninguna

0

0

Total

100%

Fuente: Pregunta No. 7 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

Según el 52% de los encuestados, a veces depositan a Registro de Títulos expedientes de certificaciones de estatus jurídico de inmueble, el 29% dice que casi siempre y el 19% dice que siempre. En este sentido, La Ley 108-05, distingue, en su artículo 89, una clasificación de expedientes en cuanto a los documentos registrables, entre los cuales se encuentran los relativos a las certificaciones de estatus jurídico de inmuebles. De acuerdo a la tabla anterior, se puede decir que la mayoría de encuestados depositan frecuentemente a Registro de Títulos certificaciones de estatus jurídico de inmuebles.

Gráfico No.7

Frecuencia que deposita a Registro de Títulos expedientes de Certificaciones de estatus jurídico de inmueble

edu.red

Fuente: Tabla No. 7.

Tabla 8

Frecuencia que deposita expedientes de Transferencias en el Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

66

41

Casi Siempre

50

31

A veces

44

28

Ninguna

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 8 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 41% de los encuestados asegura que siempre deposita expedientes de Transferencias en el Registro de Títulos, el 31% dice que casi siempre, y el 28% asegura que a veces. Por lo que se puede notar que este tipo de expediente son los que con mayor frecuencia depositan los encuestados.

Gráfico No.8

Frecuencia que deposita expedientes de Transferencias en el Registro de Títulos

edu.red

Fuente: Tabla No. 8.

Tabla 9

Frecuencia que deposita expedientes de Inscripción y cancelación de hipotecas

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

39

24

Casi siempre

51

32

A veces

70

44

Ninguna

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 9 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 44% de los encuestados afirman que solo a veces deposita expedientes de Inscripción y cancelación de hipotecas, el 34% asegura que casi siempre y el 24% dice que siempre. En este sentido, este tipo de expedientes son documentos que extinguen derechos reales inmobiliarios. Por lo que se puede decir que este tipo de expediente se deposita frecuentemente.

Gráfico No.9

Frecuencia que deposita expedientes de Inscripción y cancelación de hipotecas

edu.red

Fuente: Tabla No. 9.

Tabla 10

Consecuencias de los errores técnicos ocasionados por el Registro de Títulos al ejercicio de su profesión

Opciones

Frecuencia

%

Inconformidad del cliente

30

19

Pérdida de efectivo

0

0

Pérdida de tiempo

29

18

Todas las anteriores

101

63

Ninguna

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 10 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 63% de los encuestados considera que los errores técnicos ocasionados por el Registro de Títulos causan todas las opciones que tenían para responder, el 19% afirma que causa la inconformidad de los clientes y el 18% asegura que causa pérdida de tiempo. En este sentido, este tipo de error es cometido por el Registro de Títulos, que no modifica la esencia del derecho, ni su objeto, ni su sujeto, ni su causa, y que es fruto de un error tipográfico, de una omisión, o de una contradicción entre el documento generado y el que fue tomado como fundamento. Por lo que se puede decir que los errores técnicos cometido por el Registro de Títulos traen consigo grandes consecuencias.

Gráfico No.10

Consecuencias de los errores técnicos ocasionados por el Registro de Títulos al ejercicio de su profesión

edu.red

Fuente: Tabla No. 10.

Tabla 11

Nivel de conocimiento acerca de los plazos que establece la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Reglamento General de Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Conozco bastante

88

55

Regular

72

45

Poco

0

0

Ninguno

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 11 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 55% de los encuestados aseguran que conocen bastante sobre plazos que establece la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Reglamento General de Registro de Títulos para los casos de depósito de expedientes y demás procesos, mientras que el 45% restante asegura que tiene un nivel de conocimiento regular. Por lo que se puede decir, que la mayoría de encuestados tiene un alto nivel de conocimiento acerca de los plazos que se establecen en la ley 108-05 y Reglamento General de Registro de Títulos.

Gráfico No.11

Nivel de conocimiento acerca de los plazos que establece la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y el Reglamento General de Registro de Títulos

edu.red

Fuente: Tabla No. 10.

Tabla 12

Frecuencia se ven afectados los expedientes que usted deposita en el Registro de Títulos en cuanto a la caducidad de los plazos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

64

39

Casi siempre

60

38

A veces

36

23

Nunca

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 12 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 39% de los encuestados afirman que siempre se ven afectados los expedientes que deposita en el Registro de Títulos en cuanto a la caducidad de los plazos, el 38% dice que casi siempre y el 23% restante afirma que a veces. La caducidad es la pérdida de uno o varios derechos por no ejercitarlos durante el plazo señalado en la ley. La caducidad contiene un plazo extintivo, ya que la ley consagra en forma objetiva un plazo para la realización de un acto jurídico o un hecho, de suerte que el plazo prefijado indica el límite de tiempo dentro del cual puede validamente expresarse la voluntad destinada a producir el efecto de derecho previsto. Por lo que se puede notar, según la opinión de la mayoría de los encuestados, que los plazos en el Registro de Títulos no se están cumpliendo a cabalidad.

Gráfico No.12

Frecuencia se ven afectados los expedientes que usted deposita en el Registro de Títulos en cuanto a la caducidad de los plazos

edu.red

Fuente: Tabla No. 12.

Tabla 13

Tiempo que tardan los expedientes para ser liquidados en Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

1 a 45 días

32

20

46 a 90 días

10

6

3 a 9 meses

118

74

1 año o más

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 13 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 74% de los encuestados afirman que el tiempo que tardan los expedientes para ser liquidados en Registro de Títulos es de 3 a 9 meses, el 20% dice es de 1 a 45 días, mientras que el 6% restante dice que es de 46 a 90 días. En cuanto a la ejecución de documentos en Registro de Título el Reglamento general de dicho organismo presenta el plazo de 45 días para la expedición del expediente y 15 días luego de caducar el plazo. Por lo que se puede decir que, según la mayoría de los encuestados, no se esta cumpliendo con el plazo establecido.

Gráfico No.13

Tiempo que tardan los expedientes para ser liquidados en Registro de Títulos

edu.red

Fuente: Tabla No. 13.

Tabla 14

Consecuencias le trae consigo la caducidad de los plazos a su ejercicio de su profesión

Opciones

Frecuencia

%

Perdida de transacciones inmobiliarias

0

0

Perdida de clientes

30

19

Estancamientos de casos jurídicos

18

11

Todas las anteriores

112

70

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 14 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

La caducidad es la pérdida de uno o varios derechos por no ejercitarlos durante el plazo señalado en la ley. En este sentido, el 70% de los encuestados afirman que todas las alternativas dadas por opciones a escoger, son las consecuencias de la caducidad en los plazos, el 19% asegura que la consecuencia mayor es la perdida de clientes, mientras que el 11% dice que es el estancamiento de casos jurídicos. Lo que significa que la caducidad de los plazos trae serias consecuencias para los abogados.

Gráfico No.14

Consecuencias le trae consigo la caducidad de los plazos a su ejercicio de su profesión

edu.red

Fuente: Tabla No. 14.

Tabla 15

Frecuencia que se presentan consignaciones erróneas en los expedientes que usted deposita en Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

0

0

A veces

96

60

Nunca

64

40

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 15 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 60% de los encuestados afirman de solo a veces se presentan consignaciones erróneas en los expedientes que deposita en Registro de Títulos, mientras que el 40% afirma que nunca. Por lo que se puede notar que las consignaciones erróneas en los expedientes están presentes, aunque no tan frecuentemente.

Gráfico No.15

Frecuencia presentan consignación errónea en los expedientes que usted deposita en Registro de Títulos

edu.red

Fuente: Tabla No. 15.

Tabla 16

Frecuencia que los expedientes que usted deposita en Registro de Títulos presentan Vicios de Expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

12

8

A veces

92

57

Nunca

56

35

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 16 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 57% de los encuestados dicen que solo a veces los expedientes que deposita en Registro de Títulos presentan Vicios de Expedientes, el 35% dice que nunca y el 8% afirma que casi siempre. El artículo 56 del Reglamento General de Registro de Títulos expresa que constituyen vicios de forma sustanciales, y como tales son motivo de devolución de expedientes a los Tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria, el no consignar, el consignar erróneamente o de forma insuficiente o equívoca los datos que permitan aplicar correctamente el principio de especialidad en relación a los sujetos y al objeto del derecho registral. Por lo anterior se puede decir que, según la mayoría de encuestados, que aunque no tan frecuentemente, se presentan vicios en los expedientes.

Gráfico No.16

Frecuencia que los expedientes que usted deposita en Registro de Títulos presentan Vicios de Expedientes

edu.red

Fuente: Tabla No. 16.

Tabla 17

Alternativas que considera es causa de los errores de digitación que se cometen en el Registro de Títulos

Opciones

Frecuencia

%

Falta de personal

76

47

Estructura no adecuada

0

0

Falta de los equipos tecnológicos

11

7

Todas la alternativas

73

46

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 17 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El Registrador de Títulos tiene que hacer una calificación a fondo, con los esmeros propios del buen padre de familia, su interés debe orientarse al auspicio de la mayor seguridad jurídica. Sin embargo, se han detectado la comisión de errores en los expedientes durante las funciones propias del registro de títulos. En este sentido, el 47% asegura que la falta de personal es la causa de los errores de digitación que se cometen en el Registro de Títulos, el 46% afirma que es el conjunto de todas las opciones dadas y el 7% asegura que es la falta de equipos tecnológicos. Por lo que la falta de personal constituye una de las causas principales en la comisión de errores en el Registro de Títulos.

Gráfico No.17

Alternativas que considera es causa de los errores de digitación que se cometen en el Registro de Títulos

edu.red

Fuente: Tabla No. 17.

Tabla 18

Los expedientes que deposita en Registro de Títulos han tenido errores en el asiento registral

Opciones

Frecuencia

%

Si

50

31

No

110

69

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 18 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

Según el 69% de los encuestados los expedientes que han depositado no han tenido errores en el asiento registrar, mientras que el 31% restante afirma que si.

Hay error en el Asiento Registral, cuando en su confección el Registrador se ha apartado de lo que constaba en el documento presentado. Los errores materiales se dan cuando: se escriben unas palabras por otras; se cambia el nombre de los titulares o se omite alguna circunstancia, sin que se altere el sentido y contenido del derecho que se busca inscribir. En este sentido se puede decir que según la mayoría de encuestados son muy pocos los expedientes que han tenido errores en el Asiendo Registral.

Gráfico No.18

Alternativas que considera es causa de los errores de digitación que se cometen en el Registro de Títulos

edu.red

Fuente: Tabla No. 18.

Tabla 19

Frecuencia han sufrido errores en el título los expedientes que usted deposita

Opciones

Frecuencia

%

Siempre

0

0

Casi siempre

0

0

A veces

96

60

Nunca

64

40

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 19 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 60% de los encuestados considera que solo a veces los expedientes que ha depositado han sufrido errores en el título, mientras que el 40% asegura que nunca. En este sentido se puede decir que, aunque no es tan frecuente, pero en algunas ocasiones se da este error en los expedientes.

Gráfico No.19

Frecuencia han sufrido errores en el Títulos los expedientes que usted deposita

edu.red

Fuente: Tabla No. 19.

Tabla 20

Evaluación de la capacitación del personal de Registro de Títulos en cuanto al manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Alto

19

12

Medio

95

59

Bajo

46

29

Ninguno

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 20 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 59% de los encuestados considera que el personal de Registro de Títulos posee una capacitación media en cuanto al manejo de los expedientes se refiere, el 29% dice que es baja, mientras que el 12% asegura que es alta. Por lo que se puede decir que según la mayoría de encuestados los empleados de Registro de Títulos están medianamente capacitados para el manejo de los expedientes que son depositados en esa dependencia.

Gráfico No.20

Evaluación de la capacitación del personal de Registro de Títulos en cuanto al manejo de los expedientes

edu.red

Fuente: Tabla No. 20.

Tabla 21

Consideración acerca de la cantidad de personal que labora en el Registro de Títulos para el manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Abundante

0

0

Suficiente

14

9

Regular

84

52

Poco

62

39

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 21 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 52% de los encuestados considera que la cantidad de personal de labora en el Registro de Títulos para el manejo de los expedientes es regular, el 39% dice que es poco, mientras que el 9% asegura que es suficiente. En este sentido ni la ley 108-05 ni el reglamento interno de la dependencia especifican la cantidad de empleados que debe tener el Registro de Títulos en un Distrito Judicial.

Gráfico No.21

Considera que la cantidad del personal que labora en el Registro de Títulos para el manejo de los expedientes es

edu.red

Fuente: Tabla No. 21.

Tabla 22

Rendimiento del personal de Registro de Títulos en cuanto al manejo de expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Alto

9

6

Medio

36

23

Bajo

115

71

Ninguno

0

0

Total

160

100%

Fuente: Pregunta No. 22 del cuestionario aplicado a los abogados del Distrito Judicial de Santiago.

El 71% de los encuestados considera que del personal de Registro de Títulos en cuanto al manejo de expedientes tiene un rendimiento bajo, el 23% considera que es medio, mientras que el 6% dice que es alto. Por lo que se puede decir que, para los encuestados, existen problemas en cuanto al rendimiento del personal que labora en el Registro de Títulos.

Gráfico No.22

Rendimiento del personal de Registro de Títulos en cuanto al manejo de expedientes

edu.red

Fuente: Tabla No. 22.

Tabla 23

Consideración acerca de la cantidad de computadoras existentes en Registro de Títulos para el manejo de los expedientes

Opciones

Frecuencia

%

Abundante

0

0

Suficiente

0

0

Regular

84

52

Poco

76

48

Total

160

100%

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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