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Valoración económica de los monumentos urbanos (VEMU)


Partes: 1, 2

  1. Introducción
  2. Los monumentos, su importancia e interacción en la construcción de la Nación
  3. Valoración económica de monumentos urbanos
  4. Caso de estudio: localidad "La Candelaria"
  5. Conclusiones de la aplicabilidad de VEMU y las barreras técnicas del caso de estudio
  6. Conclusión
  7. Bibliografía

Introducción

La comprensión del Capital Cultural y de la ciencia que lo estudia, la Economía Cultural, es desde el comienzo del CEC, nuestro objetivo primordial de investigación. La ausencia de herramientas metodológicas, estadísticas y estructurales para medir el Capital Cultural Intangible, y en muchos casos el tangible4, desembocan en un vacío académico que ha limitado el avance hacía la comprensión de la interacción entre el desarrollo y la cultura.

La tangibilidad de un bien cultural como la oferta de bienes o la administración eficiente de monumentos nacionales y atractivos turísticos, se ha visto limitada a los beneficios económicos directamente generados y al concepto de su función social. Esto se debe a la aparente separación entre la economía y la cultura5, situación que se ha gestado por la continua obstinación de los economistas de no comprender la importancia de la cultura en el desarrollo, y en la sistemática negación de los sectores artístico y folklórico de ser considerados como parte esencial del libre mercado.

Toda expresión nace del hombre y de su interacción con su entorno, entonces, ¿dónde está la negativa de una ciencia social de insertar los resultados emocionales e intelectuales del ser humano en su acervo de capital?, y ¿en dónde encuentran fundamento los artistas para decir que sus creaciones van más allá de lo comercial?. Los progresos industriales se han fundamentado en las necesidades de los individuos y en la capacidad de respuesta de la industria de reducirlas por medio de satisfacciones, y la dinámica de la creatividad artística, es el resultado de un profundo estudio de la situación humana, convirtiendo su trabajo final en un multiplicador de las solicitudes de las sociedades. La producción satisface necesidades, el arte las identifica y comunica. Partiendo de este concepto, la creación de metodologías cualitativas y cuantitativas es fundamental para acercar a economistas y artistas. La finalidad de lograr medir las fuentes, los procesos y los resultados de los procesos culturales radica en la necesidad de mostrar al nuevo orden económico, la importancia de la cultura en el acervo de capital, y demostrarle al sector creativo el valor económico de su labor.

No queriendo dejar un vacío en el concepto, es importante comprender que la cultura, tal como nosotros la comprendemos, es la agrupación de expresiones humanas consensuales que identifican una sociedad, de donde se pueden distinguir las expresiones políticas, económicas, sociales, artísticas y folklóricas, como agrupaciones interactuantes y con una alta interdependencia.

Este documento es parte del avance de investigación y desarrollo sobre indicadores culturales, siendo parte fundamental para el cumplimiento de los objetivos del CEC. La postulación académica aquí presentada, es resultado de la creación de indicadores promocionada desde nuestra institución, e intenta demostrar el aporte que hace un monumento al desarrollo de la urbe, por medio de los costos de oportunidad que genera a la economía, siguiendo el contexto universal de los indicadores, que estos sean construidos simples, medibles y universales, para que la metodología generada sea una pequeña parte del conocimiento universal, y se convierta en un eslabón en la unión del desarrollo y la cultura.

CAPITULO I

Los monumentos, su importancia e interacción en la construcción de la Nación

IDENTIDAD NACIONAL

Es una identidad basada en el concepto de nación, es decir, el sentimiento de pertenencia a una colectividad histórico-cultural definida con características diversas tales como idioma, costumbres de interacción, organización social, danzas, visión del mundo, etc.; y que suele tomar como referencia elementos explícitos tales como símbolos patrios, signos culturales distintivos, moneda propia, etc. Quienes declaran su identidad a una determinada nación suelen declarar que asumen, aman y/o se sienten orgullos de las formas concretas que los anteriores factores toman en ella.

Todos los elementos comunes que unen a un pueblo, una nación, personas, tales como el idioma, la religión, gastronomía, folklore, música, danza, y muchos otros elementos; ese sentimiento común a todos los ciudadanos que conforman un país. Esa serie de valores o costumbres pueden ser morales, religiosos, culturales, gastronómicos, sociales, territoriales, en fin, ese conjunto de elementos puede ser de diversa índole siempre y cuando sean comunes a la sociedad. La Identidad Nacional tiene una serie de elementos, si faltara alguno de ellos ya no estaría configurada la Identidad de un país.

DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA IDENTIDAD NACIONAL

La identidad nacional es en muchos casos una construcción de nación efectuada por los nacionalismos del siglo XIX en los estados-nación europeos y americanos, y extendida al resto del mundo por los movimientos de resistencia al imperialismo y el colonialismo, y en la segunda mitad del siglo XX por la descolonización y el tercermundismo.

DEL PAPEL DE LOS MONUMENTOS EN LA CONSTRUCCIÓN NACIONAL

Es toda obra, preferentemente arquitectónica, con algún valor artístico, histórico o social para el grupo donde se erigió.

En la construcción nacional, es cuando edificaciones antiguas son demolidas para darle paso a nuevas obras bien sea para su remodelación o en obras nueva.

RELACIÓN CIUDAD – CIUDADANÍA

El concepto de ciudadanía está ligado a la participación política, al ejercicio de este derecho. Y a la educación del ciudadano, era la educación del hombre para vivir en la sociedad, esto era, para vivir en la ciudad.

El ciudadano se construye en la participación política sobre el destino de la sociedad. Sin una participación en la vida pública no es posible construir la ciudadanía

Sin cuidad no hay ciudadanos y sin ellos no hay ciudad.

MONUMENTOS

Son construcciones de carácter urbano y se encuentran insertas en el imaginario de los ciudadanos, siendo entonces a su vez parte de la construcción de las identidades individuales.

Es aquella obra pública o patente, como estatua, inscripción o sepulcro, puesta en memoria de una acción heroica o cosa singular.

PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL DE UNA CIUDAD

Abarca monumentos, grupos de edificios y sitios que tienen valor histórico, estético, arqueológico, científico, etnológico o antropológico. Patrimonio natural comprende formaciones físicas, biológicas y geológicas excepcionales, hábitat de especies animales y vegetales amenazadas, y zonas que tengan valor científico, de conservación o estético.

IMPORTANCIA DE LOS MONUMENTOS

  • Son iconos del imaginario colectivo, por lo tanto son agentes de la construcción de la nacionalidad.

  • Son recuerdos que se convierten en enseñanzas constantes para las nuevas generaciones de ciudadanos.

  • Se convierten en atractivos turísticos que generan empleo en la economía.

CAPITULO II

Valoración económica de monumentos urbanos

IMPORTANCIA DE COMPRENDER EL APORTE ECONÓMICO DE UN MONUMENTO

Construir un monumento es cuantificable desde la suma de los gastos necesarios para su ejecución, entonces este valor es netamente nominal frente al valor real de este icono de nacionalidad.

Se considera como parte fundamental la "Formación Bruta de Capital Fijo" – FBKF, que es el aporte a la producción nacional de estructuras nuevas fijas que generan productividad

DEL CONTEXTO PARA LA VALORACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE

  • El precio de los bienes inmuebles está sujeto a las condiciones del mercado.

  • Cada edificación tiene un valor comercial – VC, que es aquel por el cual sería comprado si estuviese en venta

  • Muchas naciones han optado por sistemas de valoración estatal – VE de los bienes inmuebles.

  • El VE parte del valor inicial de venta y aplica una tasa de crecimiento cercana a la tasa de inflación, asegurando que el valor del inmueble no varíe en términos reales.

  • Una edificación cuesta: VC = (vm2c * AC) + (vm2t * AT)

  • Donde vm2c es el valor del metro cuadrado construido y vm2t es el valor del metro cuadrado de tierra.

INDICADORES PARA LA VALORACIÓN ECONÓMICA DE MONUMENTOS URBANOS (VEMU)

Demostrar que existen algunos costos de oportunidad importantes para así establecer una construcción como monumento, generando nuevos capitales de sostenibilidad y de la identidad y orgullo nacional.

COSTO DE OPORTUNIDAD POR CONGELACIÓN – COC

Este indicador parte del supuesto que si el bien no es declarado monumento, podría ser sustituido por otra construcción, buscando aumentar la cantidad de m2c y modernizar los m2t anteriores.

En conclusión:

edu.red

COSTO PRODUCTIVO DE OPORTUNIDAD (CPO)

La utilización de un bien inmueble genera una renta, que se convierte en ingreso para su propietario, bien sea por la utilización del bien como agente productivo (local ó industria) o por uso habitacional (arriendo y arriendo figurado).

CPO = aCOC

Donde (a) es el coeficiente de productividad del bien inmueble. Este coeficiente es mensual y podría ser considerado como el costo de oportunidad del capital ó la tasa de interés (Tasa Efectiva Mensual) promedio del mercado. 

La suma de CPO en un año, es igual al ingreso que recibiría el dueño del inmueble por su renta.

COSTO FISCAL DE OPORTUNIDAD (CFO)

Es un tributo fundamental en las finanzas de las ciudades, ya que reporta parte de sus ingresos corrientes ó recurrentes anuales, por medio de los cuales definen sus gastos anuales de funcionamiento e inversión.

CFO = bCOC

Donde b es la tasa tributaria al bien inmueble

LOS MONUMENTOS COMO PRODUCTORES DE CAPITAL PARA LA CIUDAD

La presencia de monumentos en las ciudades, es un motor de desarrollo. Esta afirmación no pretende ser tendenciosa, sino por el contrario busca mostrar como una pieza urbanística es una importante fuente de capital.

Aporta gran cantidad de capital económico en los sectores productivos interdependientes.

Son Generadores directos de capital económico.

Forma parte de un sistema integrado de turismo.

Permite que las regiones que los poseen aprovechen un flujo de ingresos provenientes, en su gran mayoría, de otras regiones.

LOS ESTADOS LOCALES Y LA UTILIDAD DE LOS INDICADORES VEMU

Los indicadores VEMU, como lo dice su nombre su función es indicar, o sea la información que estos arrojan sirve para poder comprender la importancia de los monumentos dentro de la productividad de una ciudad.

El costo de oportunidad por congelación (COC) es el que permite comprender el valor mínimo que posee un monumento, mas no que este sea su valor.

También se puede decir que el costo productivo de oportunidad (CPO) puede ser un indicador el cual informa a las autoridades de la ciudad cual debe ser el costo de recordad mes a mes a las ciudad de origen de su identidad. Si los recuerdos físicos de los sucesos históricos no son apoyados por el gobierno, entonces estos estarían en vía de extinción, lo cual causaría que los maestros no tendrían otra opción de recordar estos sucesos pero mediantes recursos didácticos, como: laminas de acetato, reproducciones de elementos históricos que se perdieron por negligencia.

En fin, el costo fiscal de oportunidad (CFO) se puede utilizar como una herramienta para calcular parte del valor de capital social o explicar cómo cuánto costaría implantar una red social que fomente la conciencia de los ciudadanos sobre sus orígenes.

Observamos que si los monumentos generan capitales económicos, humanos y social siendo parte del capital cultural, y los VEMU permiten su explicación, entonces es posible que los ciudadanos, gobernantes, entre otros, comprendan la importancia de la utilidad de los bienes culturales tangibles para su desarrollo.

CAPITULO III

Caso de estudio: localidad "La Candelaria"

UNIDAD DE ANALISIS: CASA MUSEO 29 DE JULIO DE 1810.

  • Análisis general de la localidad la candelaria

Marco histórico legal

En la ciudad Bogotana se fue reconociendo poco a poco el nombre de La Candelaria, el cual sería el sector más antiguo de Bogotá, esta da a conocer la expansión de la cultura española y los acontecimientos independentista que dan origen a la nación.

Los tiempos de modernidad que surgieron a partir de los años 30, menospreciaban las arquitecturas colonial que se encontraban en este entorno, estos procedieron a destruirlos e imponer estilos neoclásicos. Las destrucciones que hubieron el 19 de abril de 1948 emergieron daños los sectores más tradicionales de Santa Fe como: Egipto, Santa Bárbara y La Candelaria. En 1950, todo da un giro, tal que en las normas de preservación del patrimonio urbano arquitectónico contemplan en centro histórico de Bogotá y se refieren específicamente al sector de La Candelaria.

En 1960, surge un fuerte movimiento de pensamientos políticos y sociales, donde La Candelaria va ser un centro histórico cultural de la Nación, y esto se logra en 1963 con la ley 59. Según los estudios para la conservación de La Candelaria que se realizaron en 1980, esta empezó a recobrar vida.

El reconocimiento de La Candelaria se fortaleció como centro histórico cultural, mediante la primera ley de 1992, que reglamento la división territorial del Distrito Capital 1 y constituyo a La Candelaria como localidad 17.

  • UBICACIÓN GEOGRÁFICA

La Candelaria, la localidad más pequeña del Distrito Capital58, se ubica en el sector centro-oriente de Santa Fe de Bogotá y tiene una extensión de 181,12 hectáreas, de las cuales 68,2% se encuentra urbanizada. En 1990, se encontraba construida o desarrollada urbanísticamente 82,4% del área total de la localidad.

Cuadro No.1 – Distribución del área en La Candelaria.

Indicador

Hectáreas

% sobre el total

Del Distrito

Capital

Área total

181,00

0,07

Área urbana

164,10

0,40

Área

amanzanada

123,50

0,56

Área residencial

86,60

0,52

  • LÍMITES

La localidad limita por todos sus costados con la localidad 3, Santa Fé:

Cuadro No.2 – Límites de la localidad.

costado

Límite

Sur

Calle Cuarta

Oriente

Paseo Bolívar

Norte

Avenida Jiménez

Occidente

Carrera Décima

  • DIVISIÓN TERRITORIAL

La Candelaria está constituida por seis barrios: Santa Bárbara, Egipto bajo, Belén, Las Aguas, La Concordia y el centro administrativo o Candelaria.

Cuadro No.3 – Barrios de la localidad.

Código

Sector

Censal

Barrio

Población

Estrato

1.804

3.103

Las Aguas

6.753

2

2.101

3.204

Belén

4.233

2

1.808

3.203

Santa Bárbara

2.850

2

2.102

3.104

La Concordia

2.938

2

2.103

3.104

Egipto Bajo

4.850

3

4.277

3.110

Centro Administrativo o Candelaria

7.673

3

Figura No. 2 – Ubicación de la localidad.

edu.red

Figura No.2 – Delimitación de la localidad.

edu.red

La Candelaria, por su carácter funcional de centro nacional e histórico, ha concentrado un número considerable de instituciones gubernamentales, culturales, religiosas, educativas, financieras y comerciales, y de población flotante.

  • ARTE Y CULTURA.

La cultura es uno de los ejes de trabajo y fuente de orgullo e identificación básica de la localidad. Se constituye como una de las características más importantes de Santa Fe de Bogotá; También se encuentra la actividad de la recreación, que logra ser convocante con la comunidad capitalina y ese carácter se le ha reconocido desde hace muchos años; Los talleres de teatro, danza, música o títeres y los eventos culturales y artísticos se han popularizado y han revalorado el papel de La Candelaria como centro de confluencia y hospitalidad de la ciudad.

  • CARACTERISTICAS URBANAS DE LA CANDELARIA.

Según la información suministrada por el Departamento Administrativo de Catastro Distrital – DACD tenemos que la localidad "La Candelaria", tiene:

Barrios

6

Predios

8.845

Extensión en metros cuadrados

1.117.643,8 m²

Área construida

1.350.320,1 m²

De esta información analizada con la información catastral sobre VE, se puede obtener que:

Actual VE

$492´´300.611´854.000.oo

Valor Promedio por Predio

$38´517.678.79

Altura Promedio

Una Planta

vm2(L17)

$252.245.3, donde (m2t= m2c)

Esta información permite establecer que si m2t= m2c, se debe a la baja demanda por predios en la zona para ser demolidos, como consecuencia de – 31 – la normatividad vigente70, situación que beneficia la vocación natural de conservación de la localidad.

Cuadro No. XX – Insumos para VEMU.

La Candelaria

Bogotá D.C.

Predios

8.845

1´687.766

Altura Promedio

Una Planta

Tres Plantas

vm²

$252.245.3

$195.639.68

Comparando La Candelaria con la ciudad, es evidente que pese a ser un espacio reducido dentro de la urbe (teniendo sólo el 0,52% del total de predios) su vm² es superior a la media, lo cual muestra que por ser de estratos bajos, su valor económico es de antemano reconocido por el estado y el mercado, pero debe considerarse que en la ciudad ciertas zonas de expansión, son las que bajan el promedio general.

Es importante considerar que para Bogotá un vm2 de $195.639.6874 es relativamente bajo frente a un valor vm² máximo de $ 9´700.000.oo en la ciudad.

Cuadro No. XX – Valores Metro Cuadrado en La Candelaria.

La Candelaria

Bogotá D.C.

Máximo

$1´890.000.oo

$9´700.000.oo

Mínimo

$7.94

$0.oo

Promedio

$252.245.30

$195.639.68

El valor máximo que se presenta en la Localidad, es inferior al de la ciudad, como consecuencia de la relación inversa entre tiempo y precio: a más edad del predio menor valor.

UNIDAD DE ANÁLISIS: CASA MUSEO 20 DE JULIO DE 1810.

ESTIMACIONES VEMU PARA LA CASA MUSEO 20 DE JULIO – PILOTO DE ESTUDIO.

Es innegable el aporte en la construcción de identidad nacional que genera la "Casa del Florero" ó "Museo del Veinte de Julio", ya que es un monumento histórico.

Tomando este bien como piloto, se ha logrado establecer que:

edu.red

Cuadro No. XX – Estimación Actual.

Actualmente, la casa Museo tiene un valor catastral de $274 millones de pesos, pero su valor podría llegar a ser de $10.531 millones, indicador que inicialmente fue considerado como COC, pero su bajo elemento de sacrificio lo excluyó.

Al hacer los cálculos de los indicadores VEMU, se obtuvo: que para obtener el promedio de densificación de la ciudad, como mínimo, la Casa Museo 20 de Julio de 1810 tiene un COC de $1,398 millones, y $108,601 como máximo. Esta amplia diferencia se debe al problema de fuentes, ya que existe una discrepancia entre las mediciones oficiales y las del Museo mismo, en cuanto a su área total. Si se analiza desde la óptica del promedio, el Museo tendría un COC de cerca de $2,800.000, y si se analiza desde el punto de vista de los máximos, sería de cerca de $108 mil millones. El máximo presenta el problema que esta calculado desde el máximo VE por metro cuadrado en la ciudad, el cual es determinado por nuevas construcciones en zonas de alta demanda comercial, lo cual hace que su VE sea alto. Por lo tanto cabe considerar, que el COC sería de $2.824 millones de pesos.

Bajo esta perspectiva, mensualmente el Museo tiene un CPO de $24´250.000, situación alejada de la realidad, ya que solamente produce un promedio de $2´000.00081 mensuales, tan sólo la décima parte. En cuanto a CFO, estaría por el orden de los $198 millones de pesos.

CAPITULO IV

Conclusiones de la aplicabilidad de VEMU y las barreras técnicas del caso de estudio

VEMU se presenta como una serie de herramientas que buscan indicar la relación entre un monumento y la productividad de la ciudad,

El caso de estudio presenta serias barretas técnicas y legales para ser competitivo en el ámbito del mercado de bienes y servicios culturales por su condición legal de ser parte del Ministerio de Cultura, lo cual lo somete a la imposibilidad de generar recursos autónomos, reduciendo su capacidad de acción y desaprovechando las ventajas legales de las donaciones propuestas en la Ley General de Cultura. Pese a esto es claro que VEMU explica en una amplia dimensión el aporte del Museo a la productividad de la Nación. Por esto es necesario comprender el marco normativo que aplica sobre la Casa Museo y proyectar, en la medida de lo posible, la diferencia de Productividad en diferentes marcos legales.

LA PRODUCTIVIDAD DE UN MUSEO EN COLOMBIA.

EL MARCO JURÍDICO: LA LEY GENERAL DE CULTURA Y EL

MINISTERIO DE CULTURA.

La ley General de Cultura creó un marco normativo inexistente para el país desde la promulgación de la Constitución Política de 1991. Básicamente esta Ley, normalizó el ambiente cultural, absorbiendo entidades como Colcultura y creando el Ministerio de Cultura, el cual paso a ser parte del gabinete ejecutivo en compañía de los otros ministerios.

La Ley establece la "Cultura" como parte fundamental de la nacionalidad.

Así pues, según el Artículo 1º parágrafo 5:

"Es obligación del Estado y de las personas valorar, proteger y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación."

Condición que se cumple en el Artículo 4º,

"Definición de patrimonio cultural de la Nación.

El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, Museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.

Las disposiciones de la presente ley y de su futura reglamentación serán aplicadas a los bienes y categorías de bienes que siendo parte del Patrimonio Cultural de la Nación pertenecientes a las épocas prehispánicas, de la Colonia, la Independencia, la República y la Contemporánea, sean declarados como bienes de interés cultural, conforme a los criterios de valoración que para tal efecto determine el Ministerio de Cultura.

Parágrafo 1o.- Los bienes declarados monumentos nacionales con anterioridad a la presente ley, así como los bienes integrantes del patrimonio arqueológico, serán considerados como bienes de interés cultural.

También podrán ser declarados bienes de interés cultural, previo concepto del Ministerio de Cultura, aquellos bienes que hayan sido objeto de reconocimiento especial expreso por las entidades territoriales."

Este Artículo agrupa el patrimonio cultural de la Nación, dejando el espacio para la declaración futura de nuevos patrimonios, recogiendo los anteriormente declarados. La función de nombrar como monumento nacional un elemento urbano, queda en manos del Consejo de Monumentos Naciones, según el Artículo 7º.

"Consejo de Monumentos Nacionales. El Consejo de Monumentos

Nacionales es el órgano encargado de asesorar al Gobierno Nacional en cuanto a la protección y manejo del patrimonio cultural de la Nación."

Para evitar dejar un vacío jurídico, la Ley aclara con un alto nivel de especificidad como y quien debe declarar y manejar estos monumentos, el Artículo 8º de la misma.

"Declaratoria y manejo del patrimonio cultural de la Nación. El

Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Cultura y previo concepto del Consejo de Monumentos Nacionales, es el responsable de la declaratoria y del manejo de los monumentos nacionales y de los bienes de interés cultural de carácter nacional.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de que los bienes antes mencionados puedan ser declarados bienes de interés cultural de carácter nacional.

Parágrafo 1o. Se reconoce el derecho de las iglesias y confesiones religiosas de ser propietarias del patrimonio cultural que hayan creado, adquirido con recursos o que estén bajo su legítima posesión. Igualmente, se protegen la naturaleza y finalidad religiosa de dichos bienes, las cuales no podrán ser obstaculizadas ni impedidas por su valor cultural.

Este Artículo deja en despejado que los elementos urbanísticos que deban ser declarados monumentos, deberán serlo por declaratoria de las autoridades locales, a menos que sea un monumento de carácter nacional.

Ante la necesidad de proteger el patrimonio, la ley, en sus Artículos 10º y 11º, establece la condición contractual de los mismos y su régimen especial.

"Artículo 10.- Inembargabilidad, imprescriptibilidad einalienabilidad. Los bienes de interés cultural que conforman el patrimonio cultural de la Nación que sean propiedad de entidades públicas, nopuede ser objeto de embargo, es perenne e irrenunciable.

Parágrafo. El Ministerio de Cultura autorizará, en casos excepcionales, la enajenación o el préstamo de bienes de interés cultural entre entidades públicas.

Artículo 11.- Régimen para los bienes de interés cultural. Los bienes de interés cultural públicos y privados estarán subyugados al siguiente régimen:

1. Demolición, desplazamiento y restauración. Ningún bien que haya sido declarado de interés cultural podrá ser derribado, destruido, fraccionado o trastornado, sin la autorización de la autoridad que lo haya declarado como tal.

2. Intervención. Entiéndase por intervención todo acto que cause cambios al bien de interés cultural o que afecte el estado del mismo. Sobre el bien de interés cultural no se podrá efectuar mediación alguna sin la correspondiente autorización del Ministerio de Cultura.

3. Plan especial de protección. Con la declaratoria de un bien como de interés cultural se elaborará un plan especial de protección del mismo por parte de la autoridad competente.

El plan especial de protección indicará el espacio afectado, la zona de influencia, el nivel permitido de intervención y las condiciones de manejo y el plan de divulgación que asegurará el respaldo comunitario a la conservación de estos bienes, en coordinación con las entidades territoriales correspondientes.

4. Salida del país y movilización. Queda prohibida la exportación de los bienes muebles de interés cultural. Sin embargo, el Ministerio de Cultura podrá autorizar su salida temporal, por un espera que no exceda de tres (3) años, con el único fin de ser exhibidos al público o estudiados científicamente.

Esta norma delega al Ministerio de Cultura el manejo de los bienes muebles e inmuebles considerados como patrimonio nacional. Ahora bien, desde el Artículo 49º al 55º se dictan patrones relacionados de manera directa con los Museos,

"Artículo 49. Fomento de Museos. Los Museos de país son depositarios de bienes muebles, representativos del Patrimonio Cultural de la Nación. El Ministerio de Cultura, a través del Museo Nacional, tiene bajo se responsabilidad la protección, conservación y desarrollo de los Museos existentes y la adopción de incentivos para la creación de nuevos Museos en todas las áreas de Patrimonio Cultural de la Nación.

Este Artículo fundamenta mucho de lo expuesto de manera teórica en este documento, pero genera una barrera técnica reglamentario a los Museos existentes en el momento de su promulgación, ya que los dispone como parte del Ministerio y limita su desarrollo a las políticas del mismo. De manera contraria, el Artículo 55º plantea una alternativa de creación de recursos propios por parte de los Museos,

"Artículo 55. Generación de Recursos. El Estado, a través del Ministerio de Cultura, estimulará y asesorará la creación de planes, programas y proyectos de carácter comercial, afines con los objetivos del Museo que puedan constituirse en fuentes de recursos autónomos para la financiación de funcionamiento.

Pese al espacio que abre, limita la acción gerencial de los Museos a proyectos ajusten con los objetivos del mismo.

Por otra parte, el Artículo 66º crea el Ministerio de Cultura, de donde según el Artículo 67º es parte la Dirección Nacional de Museos y, como unidad administrativa especial, el Museo Nacional. En este articulado, 83artículos en total, no se deja en claro si la Casa Museo 20 de Julio de 1810es parte de la Dirección Nacional o del Museo Nacional.

ORIGEN DE LOS RECURSOS DE LOS MUSEOS DE COLOMBIA.

Los Museos en Colombia, por lo menos los anteriores a la expedición de la Ley, como hemos visto forman parte del Ministerio de la Cultura, lo cual los hace adjuntas de las destinaciones presupuéstales del mismo.

Los Museos nacionales tienen un papel fundamental en el desarrollo dela nación, como agentes de construcción de capital. No son independientes. Cierto bien mueble debe ser comprado o acepto como donativo, con el fin de aumentar la colección del mismo, este ingreso debe hacerlo el Ministerio y no el Museo. Pese a la libertada de acción del Artículo 55º, la norma genera un flujo Recursos-Ministerio-Museo que reducen la capacidad de acción del Museo.

En complemento a estas limitantes, los recursos obtenidos por los Museos como ingresos por boletería, deben ser depositados en la Tesorería del Ministerio; las nóminas, impuestos y servicios públicos son pagados por la autoridad nacional.

Pero esto genera una sub-manejo de la capacidad potencial de los mismos, como es el caso del Museo del Louvre o la nueva dinámica actualmente presentada por el Museo de Historia de Barcelona.

POSIBLES RECOMENDACIONES AL MINISTERIO DE CULTURA

Algunas posibles recomendaciones de manera general, para insertar productividad a la economía por medio de los Museos en Colombia:

  • Transformar los Museos a Institutos Descentralizados ó Fundaciones.

  • Generar el espacio normativo para la creación "Asociaciones Amigas".

  • Permitir la explotación comercial de las "réplicas" comerciales de los objetos de las colecciones del Museo.

  • Considerar la opción de convertir los Museo en un agente dinámico de fomento de la identidad nacional.

  • Construir una red nacional de Museos para muestras itinerantes.

La junta directiva de los museos debe ser mayoritariamente compuesta por la administración pública. Estas Asociaciones, sin ánimo de lucro, tendrían como objetivo generar recursos para los Museos, y este flujo se entregaría al Ministerio o al Museo, según la norma vigente. El Museo debe aprovechar su vocación de formación nacional, para utilizar sus espacios para el fomento de otras actividades artísticas que conlleven a la construcción de Nacionalidad. Cada Museo tiene una amplia colección de piezas que son de propiedad de la Nación, por lo tanto su explotación debe generar recursos para la Nación. Esta propuesta apunta a establecer salas de exposición para muestras de otros Museos, que se roten de manera Nacional, con una periodicidad tal que cada Museo estrene mensualmente una nueva sala para sus visitantes.

LA PRODUCTIVIDAD DE LA CASA MUSEO 20 DE JULIO

Se calcula que el CPO de este monumento debería ser de $28´241.55090 pesos mensuales, que no está lejana de la realidad, pero su productividad está sujeta a su disquisición legal.

  • ESTRUCTURA DE INGRESOS Y GASTOS DE LA CASA MUSEO

La Casa Museo 20 de Julio de 1810, popularmente denominada "Casa del Florero", es a su vez Museo y monumento. Museo porque expone bienes muebles que son Patrimonio Nacional, Monumento por ser declarado como tal el 20 de julio de 1960. Un solo bloque urbano, reúne patrimonio nacional mueble e inmueble y es generadora de identidad del país.

Ahora bien, el Museo sólo genera ingresos por medio de la taquilla, que en 1999 fue de $3´132.167 de pesos con una entrada mensual media de 4.072 visitantes. Esto arroja un ingreso anual de $37´586.00092 pesos para el Ministerio, generando un beneficio aparente de 53%aproximadamente. La inversión del Ministerio es más alta si consideran los costos de servicios públicos, nómina e impuestos.

Partes: 1, 2
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