Descargar

Propuesta para la creación de unidad de investigaciones financieras en la policía del estado Bolívar


Partes: 1, 2

    RESUMEN

    El presente trabajo se realizó con la finalidad de ser expuesto como un tema de tesis para obtener el título de Magíster Scientiarium en Ingeniería Industrial. El autor del mismo es Licenciado en Administración de Empresas y trabaja en la Policía del Estado Bolívar ocupando cargos de liderazgo, además de tener una dedicación parcial a la docencia en la Escuela de la Policía del Estado Bolívar y el Servicio de Emergencias Bolívar 171. La elección del tema se hizo tomando en cuenta la necesidad de una tarea que permita demostrar la capacidad de gestión de recursos en función de una realidad nacional y contemporánea para lograr un producto viable, factible y útil realmente. Para ello se consideró no solo la capacidad tecnológica de que dispone el autor y su nuevo marco de conocimientos gerenciales, sino que además se tomó en cuenta la necesidad del cliente por un producto que se pueda mantener en el tiempo, actualizándose fácilmente para conservar su capacidad competitiva sin necesidad de inversiones que impacten significativamente la estabilidad económica del cliente o que impliquen cambios importantes de reingeniería, estableciendo un esquema de mínima inversión con máxima ganancia económica y de valor agregado. Siempre se mantuvo una visión gerencial con la idea de presentar un trabajo que permita la interrelación de ambos mundos: el de la tecnología como gestora del ingenio, del conocimiento y de la innovación de máquinas y herramientas, así como el mundo de la gerencia como gestora de recursos y estrategias económicas.

    El problema de investigación planteado, es de carácter práctico y busca satisfacer una necesidad surgida últimamente en el sector económico y financiero venezolano, más específicamente para el Estado Bolívar, debido a la invasión mediante múltiples y sofisticados mecanismos, de los mercados financieros con capitales habidos de forma ilícita. Esta realidad tiene una trascendencia internacional ya que las organizaciones delictivas que practican estas técnicas, son unidades muy bien organizadas que poseen poder tecnológico, económico e influencias en todos los estratos sociales y políticos; a la vez se encuentra enmarcado como un problema mundial que afecta y es afectado por lo que se sucede en las distintas naciones. La globalización y sus implicaciones y herramientas hacen cada vez más difícil la lucha contra el flagelo de la legitimación de capitales, por lo que se hace cada vez más importante el disponer de una plataforma tecnológica que permita un control preventivo y curativo para el saneamiento y mantenimiento de los esquemas financieros y valores económicos de la moneda sin perder el balance entre el valor del dinero su poder adquisitivo real.

    En el presente proyecto se plantea una propuesta que pretende ser económica y viable, actualizable y segura, confiable y eficiente para la instalación de una plataforma de información mediante la tecnología de las comunicaciones digitales, de la seguridad de la información y de los programas manejadores de bases de datos para una Unidad de Inteligencia Financiera en la Policía del Estado Bolívar.

    Asimismo, se diseñó una estructura organizada, provista de una Misión, Visión, Facultades, demás lineamientos, responsabilidades y políticas a seguir con plena mención del plan de estrategias macro de adecuación del sistema actual a lo requerido para la lucha contra el delito de Legitimación de Capitales, así como de las acciones, estrategias y condiciones, que conllevan a la propuesta de un Sistema de Gestión, en el área de la Investigación Penal fundamentado en la calidad. Culminando con la ejecución de un estudio de costo-beneficio, del Sistema de Gestión propuesto, con el objeto de definir la viabilidad económica del proyecto.

    La estructura Organizacional, así como la plataforma tecnológica planteada en el presente trabajo podrá efectivamente ser instalada en cada una de las Policías Regionales dependientes del Ministerio del Interior y Justicia, para de esa manera conformar una efectiva red contra la comisión del delito de Legitimación de Capitales, evitando la vulnerabilidad, en este aspecto, del aparato Financiero de nuestra Nación.

    INTRODUCCIÓN.

    El presente trabajo, tuvo como finalidad poder presentar los resultados y conclusiones obtenidos por el autor, de un estudio gerencial que permitió exponer los mecanismos y actividades que consideró de importancia y necesarios para poder crear la denominada Unidad de Investigaciones Financieras (UNIFBO) en la Policía del Estado Bolívar. Para lo cual fue necesario considerar la actualidad política, social y económica de la Nación con la finalidad de entregar un producto viable técnica y económicamente, haciendo uso de un programa de gestión de los recursos disponibles y de esa manera lograr resultados reales, confiables, efectivos y eficientes en tiempo y espacio. Los resultados del presente estudio servirán de base para generar las recomendaciones necesarias que serán presentadas ante el Comando General de la Policía del Estado Bolívar para su evaluación y ejecución.

    En el presente documento se utilizó una terminología propia del tema y aceptada con alcance internacional por los organismos mundiales relacionados con el medio; por lo tanto, se hace necesario identificarse con la terminología para poder comprender con mayor claridad el presente Trabajo de Grado en todos sus aspectos. En primer lugar, es importante y necesario acotar que los términos Lavado de Dinero o Blanqueo de Dinero presentaban problemas de aceptación y alcance jurídico en los marcos legales nacionales e internacionales; por tal motivo los organismos internacionales establecieron y dieron aceptación legal, correcta y de alcance internacional al término

    Legitimación de Capitales[1].

    La legitimación de capitales, es el termino adoptado por el legislador de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (LOSEP), en una reforma parcial del 30 de septiembre de 1.993, para referirse al delito de lavado de dinero, lavado de capitales o lavado de activos o blanqueo de dinero, términos estos usados por los organismos supragubernamentales y la mayoría de los países.

    La creación de la Unidad de Investigaciones Financieras (UNIFBO) en la Policía del Estado Bolívar, es un proyecto ambicioso de alcance multidisciplinario, que involucra el uso de lo mejor de la tecnología de la información como primera herramienta para el éxito. En sus inicios estará coordinada por la Fiscalía Superior del Ministerio Público del Estado Bolívar y en forma directa será útil para diferentes entes gubernamentales que en un momento dado operan como una única unidad de trabajo indisoluble e interdependiente como lo son el C.I.C.P.C., (Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas), la D.I.S.I.P., (Dirección General Sectorial de los Servicios de Inteligencia y Prevención), la D.I.M. (Dirección de Inteligencia Militar), la G.N.B. (Guardia Nacional Bolivariana), la D.E.X. (Oficina Nacional de Identificación y Extranjería), la Fiscalía General de la República, el SENIAT., (Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria), etcétera. En forma indirecta servirá a entes internacionales como la INTERPOL, el FBI (Federal Bureau and Investigation) o la DEA (Drug Enforcement Agency) por ejemplo, ya que llenará el vacío existente en el territorio nacional por la falta de una herramienta confiable que permita supervisar e identificar actos delictivos de legitimación de capitales foráneos y locales.

    Se trata de una figura que consiste en una plataforma de tecnología de punta que permite detectar situaciones fuera de lo normal o sospechosas en el campo financiero y de esa manera poder combatir el problema de legitimación de capitales; hay que entender que no es posible combatir a los grupos mafiosos e ilegales sin las herramientas tecnológicas adecuadas, para lo cual se hace necesario ser tan expeditos y si es posible más rápidos en el manejo de la información que la velocidad con que se mueven los grupos ilícitos en los procesos de legitimación de capitales.

    Desde ya hace bastante tiempo, inclusive desde antes de la invención de las computadoras, existía el problema de legitimación de capitales; pero es en estas últimas décadas que se ha observado un incremento exponencialmente significativo y acelerado de esta actividad, ocasionando problemas importantes en el sector financiero y en las cuentas de capital de las naciones en casi todas partes del mundo. Esta actividad es ilegal y tiene su raíz en los negocios obscuros que buscan hacer legal sus ingresos o ganancias fuera de la intervención de unidades reguladoras estatales, logrando tener un alcance que traspasa el ámbito del comercio local, regional y nacional, adquiriendo así una proyección internacional. En estos casos se trata de entidades bien organizadas, sofisticadas y altamente tecnificadas, que establecen imperios delictivos mediante el uso de diferentes herramientas para lograr un enriquecimiento ilícito.

    El evidente desarrollo tecnológico de estas últimas décadas ha impulsado el desarrollo en los procesos de intercambio comercial, permitiendo establecer un escenario caracterizado por un desarrollo económico y social donde los más privilegiados son las naciones desarrolladas, éste nuevo entorno tecnológico, económico y social estableció un nuevo escenario mundial que conocemos como la globalización y que hoy todavía está en creciente auge, donde nuevos actores hacen acto de presencia en forma impactante y significativa. Pero así como la tecnología permitió y permite el desarrollo de naciones, incrementando su capacidad económica y estableciendo mercados sin fronteras espaciales, así mismo los imperios del crimen organizado se han aprovechado de esta realidad para sus propios intereses que no guardan relación con un orden social y económico preestablecido y legítimo.

    Debido a que se trata de procedimientos no normados legalmente, estos capitales no son susceptibles de ser comprobados y declarados, por lo que no generan tributos al estado y deterioran sensiblemente el esquema financiero de una sociedad; pues al tratarse de capitales no controlados por ninguna banca o entidad reguladora, se convierten en capitales ficticios pero de impacto real o más bien se debe decir que se trata de dinero verdadero que se inyecta a un sistema financiero sin autorización de los entes reguladores y que por tal razón no forman parte de un reflejo real del valor del dinero en un momento dado y de su presencia cambiaría internacional, afectando significativamente la estabilidad económica de una nación al establecerse fugas de capital hacia fuera y generación de dinero no reciclado en el mercado interno a la vez que genera papeles comerciales u otras formas de dinero que no se encuentran respaldados por figuras reales como el oro de las arcas en las reservas internacionales o las monedas de la banca nacional reguladora.

    Debido a este incremento en el ámbito mundial de las actividades financieras de legitimación de capitales por parte de organizaciones delictivas con diferentes ordenes y niveles de especialización, han surgido innumerables situaciones difícilmente controlables que a su vez han generado preocupación en los distintos estratos de los gobiernos y sistemas financieros mundiales.

    Los primeros textos internacionales que han tipificado la legitimación de capitales datan de 1988. En estos momentos la mayoría de los países occidentales han establecido mecanismos de represión, es por eso que es importante analizar cuáles son las opciones que se han aplicado para organizar y estructurar el procesamiento de la información sobre este tipo de actividades.

    El presente trabajo de grado está distribuido en cuatro capítulos, el primero trata de la realidad del problema describiéndolo, formulándolo y avalando la necesidad del trabajo mediante una justificación para la realización de este proyecto. En el segundo capítulo se plantean los conocimientos teóricos y técnicos necesarios para entender el problema, así como la solución propuesta; aquí incluimos una recomendación de las variables e indicadores a considerar al momento de implantar la plataforma con personal técnico especializado. Para el tercer capítulo se establecieron las consideraciones metodológicas que garantizan la calidad y veracidad del texto como documento científico, se identificaron las estrategias, técnicas, población, muestra y valores de metodologías científicas consideradas y por considerar. En el último Capítulo se presento lo relacionado con la gestión financiera del proyecto, un análisis administrativo del mismo con la determinación del costo estimado en bolívares en referencia a una tasa cambiaria más estable en el tiempo como son el US$ y el Euro, de manera de poder ajustar la inversión en el tiempo para la ejecución del proyecto.

    CAPITULO I

    EL PROBLEMA.

    En la actualidad, muchos países del denominado tercer mundo en su mayoría, no cuentan con una infraestructura adecuada para la supervisión y control de capitales habidos mediante procedimientos ilícitos. Nuestro país no escapa de esta realidad, se detectan con mayor frecuencia actividades relacionadas con la Legitimación de Capitales, generalmente asociada con el narcotráfico. En general, se ha divisado a Colombia como el país productor de muchas drogas ilícitas que son exportadas a distintas naciones en el mundo haciendo uso de Venezuela como un puerto de distribución y donde USA es el principal consumidor mundial.

    En función de ello, se requiere determinar, qué es la Legitimación de Capitales, y según la convención de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, aprobadas en Viena el 19 de diciembre de 1988, se definió por primera vez este delito como, la apariencia de legalizar el dinero proveniente del tráfico de drogas, terrorismo y de otras actividades ilícitas, que buscan entrar en el sistema financiero nacional o internacional, a través de depósitos, colocaciones, transferencias, participaciones o inversiones realizadas por clientes naturales o jurídicos. Utilizando el sistema bancario y cualquier otro medio financiero, pretenden ocultar el origen de fondos provenientes de estos negocios ilícitos, dándoles apariencia de legalidad. Los modos de operar de estas organizaciones delictivas son incontables, sin embargo utilizan generalmente la informática y las telecomunicaciones para lograr penetrar las instituciones financieras; de allí es que se hace necesario poder identificar plenamente cuáles son los mecanismos empleados por éstas, para poder atacar con éxito dichas operaciones.

    El delito de Legitimación de Capitales, afecta enormemente la Macro y Micro Economía de los países vulnerándolas hasta el punto de originar enormes crisis financieras que socavan las capacidades de Negocios internos y externos. Por ello, en años recientes, Gobierno Nacional ha creado dos instrumentos legales como lo son: La Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada (2005) y las Normas para la Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales (Gaceta Oficial 178 – 2005 del 16/12/05), que aunados al Código Orgánico Procesal Penal (1996) y a la Ley de los Cuerpos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (1998), sirven de marco para la lucha contra este delito; y más allá permiten a los Cuerpos Auxiliares como lo es la Policía del Estado Bolívar, tener la competencia legal necesaria para coadyuvar en el esclarecimiento de hechos ilícitos vinculados a la Legitimación de Capitales.

    Por ser un delito encubierto, en muchas ocasiones transcurre sin ser detectado, sin embargo, las autoridades estadales mediante pesquisas e investigaciones de carácter penal han descubierto significativas operaciones de lavado de dinero, siendo el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de nuestro país el único ente encargado por tradición, de esclarecer este tipo de delito, a continuación se presentan gráficas estadísticas del índice de ocurrencia del delito de Legitimación de

    Capitales en nuestro país.

    Años

    Nro. DeAveriguaciones iniciadas

    Variación % con el año anterior

    % del total acumulado

    2003

    42

    1.8

    2004

    209

    498

    8.8

    2005

    796

    381

    33.5

    2006

    1179

    148

    49.6

    2007

    1554

    132

    65.3

    2008

    2379

    153

    100

    TOTAL

    6159

    258.89

    TABLA 1. CANTIDAD DE DELITOS DETECTADOS POR PROCESAR

    Años

    Averiguaciones culminadas

    Solicitudes del Exterior

    Total

    Variación % del año anterior

    % del total acumulado

    2003

    5

    0

    5

    1.1

    2004

    18

    7

    25

    500

    5.7

    2005

    41

    27

    68

    272

    15.5

    2006

    41

    34

    75

    110

    17.1

    2007

    53

    32

    85

    113

    19.4

    2008

    123

    58

    181

    213

    41.2

    TOTAL

    281

    158

    439

    100

    TABLA 2 CANTIDAD DE AVERIGUACIONES CULMINADAS Entrada en vigencia de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada. Fuente: C.I.C.P.C. Div. De Operaciones (2008) [2].

    Como puede apreciarse (Ver tablas 1 y 2), para el período de cinco años estudiado (2003-2008), existe una significativa diferencia entre el número de averiguaciones iniciadas (6159) y el número de averiguaciones concluidas (281), pudiendo evidenciarse que aún con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y otros instrumentos legales, que rigen y sancionan el delito de Legitimación de Capitales en nuestro país, se requiere de un esfuerzo conjunto de los entes que fungen con Administradores de Justicia, para poder controlar la grave incidencia de este delito.

    La situación antes descrita permitirá dar respuesta a la siguiente interrogante: Cuáles deben de ser las herramientas tecnológicas y recursos mínimos necesarios que deberán ser considerados, utilizados e instalados para poder crear la UIF (Unidad de Investigaciones Financieras) en la Policía del Estado Bolívar y así poder disponer de una plataforma que permita detectar en forma eficiente los distintos mecanismos de enriquecimiento ilícito para que puedan ser procesados por el sistema legal penal venezolano.

    El proyecto estará delimitado en un primer plano al contexto nacional, dentro del territorio geográfico del Estado Bolívar. Como segundo factor delimitador, se establecerá que el trabajo estará enmarcado en el contexto de la legitimación de capitales. Es por ello que se limitará al estudio de la forma o modalidad de supervisión y control de capitales habidos fraudulentamente, como producto de colocación en mercados que puede causar volatilidad e inestabilidad macro y micro económico de la sociedad.

    Dado que el producto que se plantea en el presente trabajo se ajustará a una herramienta con implicaciones tecnológicas de vanguardia, así como en resultados apoyados en un marco jurídico del entorno geográfico donde se utilizará, entonces se encontrará condicionado al hecho muy contemporáneo que se experimenta en nuestro País, donde el marco jurídico está en proceso de cambio y todavía se encuentra en un estado de entropía que espera alcanzar su estabilidad en un corto plazo.

    El universo de estudio se centrará en dos vertientes; la primera relacionada con los procesos de legitimación de capitales y la segunda centrada en el sistema de tecnología que luego se recomendará para establecer una plataforma de control y supervisión de la primera.

    El presente estudio será desarrollado como una investigación no experimental del tipo aplicado, ya que permitirá la creación de una Unidad de Investigaciones Financieras en la Policía del Estado Bolívar. Para ello, se requiere: Para la fase de diagnóstico: 1.- Identificar las señales de alerta de posibles mecanismos de legitimación de capitales. 2.- Identificar los mecanismos mas comunes que se aplican para la legitimación de capitales por parte de sistemas, empresas y personas que practican una economía fundamentada en las actividades de enriquecimiento ilícito; y

    3.- Identificar cuales son los mecanismos de mayor éxito y seguros que se utilizan en diversas partes del mundo contra el delito del legitimación de capitales. Para la fase del diseño de la propuesta: 1.-Establecer la Misión, Visión, Facultades, demás lineamientos y políticas a seguir, para la Unidad de Investigaciones Financieras de la Policía del Estado Bolívar; 2.- Crear una estructura organizativa para la Unidad de Investigaciones Financieras en la Policía del Estado Bolívar, y, 3.- Diseñar un Manual de Organización para La Unidad de Investigaciones Financieras en la Policía del Estado Bolívar.

    En consecuencia, el anteproyecto contiene los siguientes objetivos:

    1. OBJETIVOS.

    Con el desarrollo de este estudio se lograrán los siguientes objetivos:

    1.1. OBJETIVO GENERAL.

    1.1.1. Elaborar una propuesta para la creación de una Unidad de Investigaciones Financieras, y dar conocer cuáles serían los mejores mecanismos que deberían utilizarse para instalarla y ponerla en operación en la Policía del Estado Bolívar, con la finalidad de hacerla eficiente de acuerdo a los recursos humanos y tecnológicos disponibles, conservando la legitimidad establecida por el sistema legal venezolano.

    1.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

    1.2.1. Para la fase de diagnóstico.

    1.2.1.1. Identificar las señales de alerta de posibles mecanismos de legitimación de capitales.

    1.2.1.2. Identificar los mecanismos mas comunes que se aplican para la legitimación de capitales por parte de sistemas, empresas y personas que practican una economía fundamentada en las actividades de enriquecimiento ilícito.

    1.2.1.3. Identificar cuales son los mecanismos de mayor éxito y seguros que se utilizan en diversas partes del mundo contra el delito del legitimación de capitales.

    1.2.2. Para la fase del diseño de la propuesta.

    1.2.2.1. Establecer la Misión, Visión, Facultades, demás lineamientos y políticas a seguir, para la Unidad de Investigaciones Financieras de la Policía del Estado Bolívar.

    1.2.2.2. Crear una estructura organizativa para la Unidad de Investigaciones Financieras en la Policía del Estado Bolívar.

    1.2.2.3. Establecer cuáles han de ser las Características de diseño de la Unidad de Investigaciones Financieras de la Policía del Estado Bolívar. Con plena mención del plan de estrategias macro de adecuación del sistema actual a lo requerido para la lucha contra el delito de Legitimación de Capitales, así como de las acciones, estrategias y condiciones, que conllevan a la propuesta de un Sistema de Gestión, en el área de la Investigación Penal.

    1.2.2.4. Diseñar un Manual de Organización para La Unidad de Investigaciones Financieras en la Policía del Estado Bolívar.

    CAPITULO II

    MARCO TEÓRICO

    1. REVISIÓN DE LITERATURA.

    Luego de haber efectuado diversas entrevistas e investigación mediante la Internet, no se pudo localizar trabajo alguno relacionado con niveles de pregrado o postgrado, tanto en instituciones Nacionales como Extranjeras, relacionados con la temática, sin embargo, a continuación se presentan una breve sinapsis de los logros de países que enfrentan este delito, en materia legal y de operaciones policiales conjuntas en la lucha contra este flagelo.

    Debido al incremento en el ámbito mundial de las actividades financieras de legitimación de capitales por parte de organizaciones delictivas con diferentes órdenes y niveles de especialización, han surgido innumerables situaciones difícilmente controlables que a su vez han generado preocupación en los distintos estratos de los gobiernos y sistemas financieros mundiales. En estos momentos la mayoría de los países occidentales han establecido mecanismos de represión, es por eso que es importante analizar cuáles son las opciones que se han aplicado para organizar y estructurar el procesamiento de la información sobre este tipo de actividades.

    En 1988, el AUSTRAC (Austarlian Transaction Reports and Analysis Center), organismo australiano de la lucha contra la legitimación de capitales, se estableció para aplicar la ley de presentación de informes acerca de las transacciones financieras, de 1988. En varios sentidos, se parece a la FINCEN, el servicio de los Estados Unidos. En efecto, los legisladores australianos han establecido un sistema de declaración automática de las transacciones en efectivo y de las transferencias internacionales, además de la declaración de las operaciones sospechosas. En consecuencia, el papel de AUSTRAC consiste, en primer lugar, en reunir las declaraciones de las instituciones financieras, incorporarlas en la base de datos del servicio y analizarlas sistemáticamente o, en casos seleccionados, para detectar las operaciones ilícitas. Sin embargo, en la legislación se le ha encomendado también un papel normativo y de supervisión de la banca, respecto de la conformidad con las disposiciones jurídicas acerca de la legitimación de capitales. El AUSTRAC ha hecho esfuerzos particularmente importantes en cuanto al desarrollo y la interconexión de las bases de datos. Esa información es después puesta a la disposición de los servicios de represión o de los organismos gubernamentales cuyo acceso está autorizado, así como de los homólogos extranjeros, con los cuales se han concertado acuerdos.

    En año 1990, En los Estados Unidos la FINCEN (Financial Crimes Enforcement Network) [3] se estableció para servir de enlace entre el sector bancario y financiero, las autoridades de tutela y los servicios de policía. La red, integrada por aproximadamente 200 empleados de diferentes ministerios tales como los servicios de aduanas, servicios tributarios, servicios secretos, FBI, inspección postal, Dirección de lucha contra las drogas (DEA), Banco Federal, etc., dependen del Departamento Federal del Tesoro (U.S. Departament of Treasury); el FINCEN es un centro de análisis de informaciones, según los propios términos de su primer Director, B.M. Bruh. No forma parte de sus atribuciones realizar investigaciones, aunque jurídicamente tenga la capacidad de investigar al igual que los demás servicios de represión. Sin Embargo, apoya activamente a los servicios de investigación brindándoles conocimientos especializados, información y técnicas que les permitan desmantelar las redes de legitimación de capitales aconsejándoles a todo lo largo de las investigaciones. Su papel principal es el de ser un órgano de reunión de información. En efecto, la FINCEN ha desarrollado una red de conexión con las bases de datos existentes, asimismo, ha creado su propia base de datos, principalmente alimentada por las declaraciones obligatorias hechas por los bancos. Para poder efectuar el intercambio de información acerca de las operaciones internacionales de legitimación de capitales, ha firmado acuerdos de cooperación con un gran número de servicios homólogos con ubicación en todo el mundo.

    En virtud de la ley de 12 de julio de 1990, en Francia, el servicio TRACFIN (Traitement du Reseignement et Action Contre les circuits Financiers clandestins) [4] se estableció sometido a la autoridad del Ministerio de Finanzas, su papel se limita a la explotación directa e inmediata de la información que suministra la banca. Esta, desde 1993, debe declarar a TRACFIN las operaciones que le parezcan provenir del tráfico de drogas o de alguna actividad de la delincuencia organizada. Se realiza entonces una investigación previa, que no requiere autorización de la policía judicial. Si existen elementos concordantes que permiten suponer que la operación se vincula con una actividad de legitimación de capitales, el expediente se transmite al Fiscal de la República territorial competente, quien decide qué curso se habrá de seguir.

    En Europa desde el 10 de junio de 1991 se obliga a declarar las operaciones sospechosas [5], de igual forma que en los Estados Unidos con organizaciones como la red de represión de delitos financieros (FINCEN), del departamento del tesoro de los Estados Unidos y Canadá con el centro australiano de análisis e informes sobre transacciones (AUSTRAC). Esta obligación de declarar operaciones sospechosas se ha ido incorporando progresivamente a las legislaciones nacionales. En el momento en que la mayoría de los países occidentales han establecido mecanismos de represión, es instructivo analizar cuáles son las opciones que se han aplicado para organizar y estructurar el procesamiento de la información sobre la actividad de legitimación de capitales.

    El 11 de enero de 1993, en Bélgica se crea la CTIF (Cellule de Traitement des Informations Financiéres), es un ejemplo de servicios cuya independencia está garantizada por al legislación, establecida en virtud de la ley de la misma fecha, y disponiendo de personalidad jurídica, lo cual le confiere una autonomía presupuestaria y de decisión. Según la legislación esa célula, sometida al control de los Ministros de Justicia y Finanzas, está al mando de un magistrado del poder judicial, perteneciente al ministerio público. La tarea principal de la CTIF es centralizar y procesar las declaraciones de sospechas. No es un organismo de investigación y se contenta con transmitir al Fiscal del Rey los casos cuyas primeras investigaciones hayan confirmado su carácter dudoso.

    En 1993, en los Países Bajos, en virtud de una Ley promulgada fue establecido El MOT (Meldpunt Ongebruikelijke Transsacties), que se encarga de regular las declaraciones de transacciones no habituales; es un organismo independiente, administrado por el Ministerio de Justicia pero cuyo director se nombra por decreto real en virtud de una recomendación del Ministerio de Justicia, con la anuencia del Ministro de Finanzas. El MOT, al igual que sus homólogos europeos, es un organismo encargado de reunir y analizar las declaraciones obligatorias. Sin embargo, la masa de información que recibe es más voluminosa, porque no se refiere a las declaraciones de operaciones sospechosas, sino de transacciones no habituales, una buena parte de las cuales resultará a fin de cuentas legítima.

    El 14 de mayo 1997[6] se expuso ante la Organización de los Estados Americanos, un corto documento denominado Documento de trabajo para el proyecto de constitución de la red interinstitucional contra la legitimación de capitales, presentado por la delegación de Venezuela. Este documento esbozaba la necesidad de establecer una red de legitimación de capitales en Venezuela y los organismos que deberían participar en ella.

    2. BASES TEÓRICAS.

    2.1. MECANISMOS DE PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA EN MATERIA DE LEGITIMACIÓN DE CAPITALES.

    La lucha contra la legitimación de capitales sólo será eficaz si los servicios encargados de combatirlo tienen acceso a la información sobre las transacciones financieras y los movimientos internacionales de fondos y capitales en todas sus modalidades. Hasta un período reciente, el secreto bancario constituía un gran obstáculo para recopilar información financiera, lo cual dificultaba luchar contra las bien organizadas estructuras de poder económico de los traficantes y las organizaciones delictivas. Sin transformar a los banqueros en confidentes de la policía, fue preciso encontrar un medio jurídico que permitiese a los servicios de represión seguir la pista de las operaciones de legitimación de capitales, cuando la comunidad internacional reconoció la importancia de esas actividades. Desde finales del decenio 1980, la mayoría de los Estados que han aprobado una legislación sobre legitimación de capitales, han establecido un sistema que permite a las instituciones financieras comunicar a las autoridades ciertas operaciones bancarias y, en particular, toda operación que pueda encubrir en forma evidente o sospechosa, actos de legitimación de capitales que incluso muchas a veces obligan a la banca a hacerlo.

    El tipo de declaraciones que deberán presentar esos organismos depende de la legislación vigente. Podrá consistir en una declaración sistemática de ciertas operaciones, incluso no sospechosas, como la transferencia de dinero en efectivo, o en una declaración tan sólo de las operaciones cuyo contexto permita sospechar un movimiento de dinero mal habido al banquero u operador. En todos estos casos, esta declaración deberá procesarse, a fin de determinar con precisión si se trata de un caso de legitimación de capitales, para lograr la posterior detención de los autores y el decomiso de los bienes de origen delictivo.

    2.2. ESTRUCTURA DE LOS DISPOSITIVOS DE LUCHA CONTRA LEGITIMACIÓN DE CAPITALES.

    Estas dependerán fundamentalmente de las opciones adoptadas en cada país con respecto a lo siguiente: a). El tipo y la cantidad de información de que disponen los servicios de lucha; b). La estructura de la organización encargada de la lucha contra la legitimación de capitales; y c). Las funciones correspondientes a dicha organización.

    2.3. NATURALEZA Y ORIGEN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA.

    Este punto merecería de por sí un estudio completo y con mayor grado de profundidad, lo cual no es el objetivo del presente trabajo; sin embargo, no podemos dejar pasar este tema sin comentarlo, pues es parte importante de las bases teóricas necesarias para poder comprender y así desarrollar una acertada propuesta sin omitir en forma significativa la información necesaria que pueda justificar cada una de las partes del trabajo expuesto. En efecto, la eficiencia de los servicios de lucha contra la legitimación de capitales depende básicamente de la información que puedan recopilar y de la que éstos se nutren. Las unidades contra la legitimación de capitales pueden en realidad adolecer de una grave falta de información debido a la carencia de medios jurídicos o prácticos para recopilarla, así como algunas veces de una falta de imaginación para ir a reunirla. Pero también pueden adolecer de un exceso de información, que transforma al organismo de análisis en un órgano de almacenamiento de información que, a fin de cuentas sólo podrá utilizar cuando sepa lo que busca, lo que traduce la actividad en una operación correctiva sin carácter preventivo.

    2.3.1. La información emanará de tres fuentes fundamentales.

    A los fines de poder efectuar las verificaciones, en función de la Ley es vital poder establecer que la información provenga de las siguientes fuentes: a). Las declaraciones obligatorias formuladas por las personas y entidades regidas por la ley; b). Las diversas bases de datos informatizados a las que pueda tener acceso; y c). Los intercambios de información con otros servicios de lucha u otras administraciones.

    2.3.2. Las declaraciones obligatorias.

    A continuación se presentan dos ejemplos relativos a las declaraciones que deberán hacerse a las autoridades:

    a. La ley impone la transmisión sistemática de informaciones relacionadas al conjunto de las operaciones que suelen servir para la legitimación de capitales: en la práctica, los movimientos de fondos en efectivo y las transferencias internacionales de fondos.

    b. Las profesiones previstas en la ley sólo rinden cuenta a las autoridades de las transacciones que parezcan tener vínculo con una operación de legitimación de capitales: es la declaración de sospechas.

    2.3.3. Las declaraciones automáticas.

    Partes: 1, 2
    Página siguiente