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Gestión de Personas (página 3)

Enviado por loreto salazar


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No, en absoluto. Para obtener ese derecho es requisito indispensable que la empresa posteriormente realice el proceso de liquidación.

  • ¿Cómo se efectúa la comunicación de una actividad de capacitación?

  • La empresa debe obtener por papel en cada Dirección Regional del Sence o en www.sence.cl.

  • ¿Cuál es el plazo que tiene la empresa para presentar la comunicación de la actividad?

  • Hasta un día hábil antes de que comience la actividad.

3.3.2 Ejecución de la Actividad de Capacitación

  • ¿Qué pasa si la actividad se desarrolla en condiciones diferentes a las que la  empresa  informó al Sence según la información proporcionada por el OTEC?

  • Si un participante o la empresa detecta que la actividad de capacitación no corresponde con la indicada al Sence, ya sea porque ésta no se ejecuta en el horario establecido, en la dirección señalada o en las horas que corresponde, o por cambio de relator/facilitador, etc, quien conozca del hecho se ve en la obligación de efectuar la denuncia correspondiente ante el Sence, por medio del Buzón Ciudadano presente en la página web www.sence.cl, o dirigiéndose personalmente a la Dirección Regional Sence más cercana, específicamente a la Unidad de Fiscalización.

3.3.3 Rectificaciones

¿Se pueden efectuar modificaciones en la información comunicada al Sence?

Si un participante o la empresa detecta que la actividad de capacitación no corresponde con la indicada al Sence, ya sea porque ésta no se ejecuta en el horario establecido, en la dirección señalada o en las horas que corresponde, o por cambio de relator/facilitador, etc.

¿Qué cambios se pueden efectuar?

Los cambios que se pueden efectuar a las actividades de capacitación dependerán de la causal invocada y del momento de la ejecución de ésta (antes de la fecha de inicio de la actividad, antes de su fecha de término, antes de la liquidación de la actividad o cuando ésta ya se encuentre liquidada).

Los datos que se deben señalar al solicitar los cambios son:

  • Nº de registro de la acción de capacitación

  • Rectificación que se desea realizar

  • Motivo de la rectificación

  • A continuación presentamos un cuadro resumen:

Simbología:

edu.red

edu.red edu.red edu.red edu.red

3.3.4 Liquidación

  • La empresa ha finalizado el proceso de capacitación, ¿Qué corresponde realizar después?

La empresa debe efectuar la liquidación de la actividad de capacitación, proceso por medio del cual la empresa ratifica ante Sence la ejecución de las actividades de capacitación que había informado en forma previa al Servicio.

  • ¿Qué se informa en la liquidación?

La empresa debe informar sobre los participantes que efectivamente cumplieron con asistir al menos al 75% del total de horas con que fue autorizada la acción de capacitación, como también los valores definitivos que fueron desembolsados producto de la actividad de capacitación.

  • ¿Cuál es el plazo máximo que tiene la empresa para liquidar la acción de capacitación?

Son 60 días corridos, contados desde la fecha de término de la actividad.

4.- ¿Qué documentos debe presentar la empresa para liquidar la acción realizada con OTEC?

a) Plataforma atención de público Sence:

  • Dos copias del FUC visado previamente por Sence en el acto de comunicación.

  • Copia de la factura debidamente pagada (se deberá presentar una factura única por cada acción de capacitación).

  • Certificado de asistencia original suscrito por el representante legal del OTEC o algún representante inscrito ante Sence.

b) Vía Internet:

  • Reporte de preliquidación (dos copias).

  • Copia de la factura debidamente pagada (se deberá presentar una factura por cada acción de capacitación).

  • Certificado de asistencia original suscrito por el representante legal del OTEC o algún representante inscrito ante Sence.

  • Beneficio adicional del 20% en acciones de capacitación con acuerdo del Comité Bipartito

  • 1. ¿Qué es el Comité Bipartito de Capacitación?

Es una organización conformada al interior de las empresas, de carácter obligatorio en aquellos casos en que la empresa cuente con 15 ó más trabajadores. En el caso de contar con un menor número de personal, su conformación es de carácter voluntario.

Su función es acordar y evaluar el programa anual de capacitación en la empresa y asesorar a la dirección de la empresa en materias de capacitación.

  • 2. ¿Cuál es el beneficio efectivo?

Las empresas podrán optar a un beneficio adicional del 20% respecto al tope del valor hora por participante fijado por Sence (hora Sence), considerando los topes de valor hora por participante y tramos de derecho a la franquicia a los que éstos tienen derecho según sus niveles de remuneraciones, en la medida que con este beneficio la empresa no supere el gasto efectivo en el que incurrió por participante, por la realización de la acción. Tampoco se podrá superar en ningún caso el tope del 1%.

3.4 LEYES PREVISIONALES

El propósito de las leyes provisionales es la protección presente y futura del trabajador y su grupo familiar. Por esta razón se ha dictado leyes que obligan al trabajador a financiar en su vida activa laboral dos aspectos que son:

3.4.1 FONDO DE PENSIONES

Consiste en un ahorro obligatorio que realiza el trabajador en su vida laboral mes a mes, con el propósito de tener ingresos que le permitan la subsistencia cuando no esté en condiciones físicas e intelectuales de trabajar, a esta etapa se le denomina vida pasiva del trabajador. La vida pasiva del trabajador no solamente es la vejez, puede ser que el trabajador sin estar viejo no pueda trabajar, por limitaciones físicas e intelectuales ocasionada por accidentes o enfermedades.

3.4.2 EL NUEVO SISTEMA PREVISIONAL

Se le llama Nuevo Sistema Previsional, debido al cambio total e indefinido del proceso previsional de los trabajadores chilenos y que incorpora una nueva forma de administración y financiamiento de los fondos de pensiones.

Este sistema consiste en un ahorro que realiza el trabajador de un 10% de sus remuneraciones imponibles que se denomina Fondo de Pensiones, el cual se incrementará mensualmente por los intereses que este fondo gane a través de inversiones en el mercado de capitales y el reajuste anual correspondiente. El reajuste mencionado permite que el dinero no pierda su valor adquisitivo en el tiempo. Este sistema asegura una mayor pensión comparada con el antiguo sistema previsional.

3.4.3 LAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES

Las Administradoras de Fondos de Pensiones ( AFP ), son empresas privadas y cuya estructura legal es la de sociedad anónima. Su propósito principal es administrar los fondos de pensiones de los trabajadores y el seguro de invalidez y sobre vivencia.

Es función de las AFP buscar las inversiones que arrojen la mayor rentabilidad de los fondos de pensiones invertidos además de pagar las pensiones de vejez de los afiliados que opten por los retiros programados.

Las Administradoras de Fondos de Pensiones proveen de los formularios adecuados para que, mensualmente los empleadores integren los valores descontados a los trabajadores por este concepto.

3.4.4 EL ANTIGUO SISTEMA PREVISIONAL

El antiguo sistema previsional, administra los fondos previsionales de pensión, invalidez, sobrevivencia y de salud, de todos los trabajadores imponentes con anterioridad al nuevos sistema, en las diferentes Cajas de Previsión, como Caja de Previsión de Empleados Particulares, Servicio de Seguro Social, Caja de Previsión de la Marina Mercante etc. y que no tomaron la decisión de cambiarse a una AFP.El INP, es una institución pública que administra el sistema previsional de las antiguas cajas de previsión, y tiene como función:

  • Administrar los fondos de pensión.

  • Percibir los fondos de salud del estado.

  • Administrar los fondos de accidentes del trabajo.

  • Administrar los fondo de asignaciones familiares.

  • Pagar las pensiones de vejez.

  • Pagar las pensiones de invalidez.

  • Pagar pensiones de sobre vivencia.

  • Además entrega todos los formularios para la declaración y pago de las cotizaciones previsionales de los trabajadores del antiguo sistema.

3.4.5 PREVIRED

¿Por qué me sirve previred?

Si usted es un trabajador independiente, sin ningún tipo de contrato laboral para el ejercicio de su oficio, a veces con rentas variables y quiere efectuar sus propias cotizaciones previsionales, tanto para la jubilación como para acceder a los sistemas de salud disponibles, PreviRed es la mejor solución.

Previredes el único lugar donde usted podrá pagar todas sus cotizaciones previsionales sin la necesidad de acudir a cada una de estas instituciones: AFP, IPS (EX INP), ISAPRES-FONASA.

En sólo tres sencillos pasos usted puede comenzar a pagar:

1.- Solo debe inscribirse como usuario de previred.

2.- Ingresar datos provisionales.

3.- Finalmente pague con cupón de pago o tarjeta de crédito.

Porque me sirve Previred

Previred es el único lugar donde usted puede administrar el pago de cotizaciones previsionales de todas las empresas y personas que tiene en su cartera de clientes, de manera ordenada y sencilla, sin necesidad de ingresarlos todos los meses ni acudir a cada una de las instituciones (AFP, Isapres, Mutuales, Cajas de Compensación, APV, Depósitos convenidos, Seguro de Cesantía, IPS (ex INP), etc.). Además, PreviRed otorga absoluta seguridad, no sólo porque podrá realizar todas las transacciones conectado a Internet desde su oficina o la comodidad de su hogar, sino porque cuenta con el respaldo y certificación de la Dirección del trabajo.

3.4.6 POLICAS DE BIENESTAR DE UNA EMPRESA

Aunque en los últimos años las empresas han buscado soluciones creativas para asegurar un mejor desempeño de sus empleados y a la vez un mayor equilibrio entre sus trabajos y su vida personal, resulta casi imposible lograr que las políticas de recursos humanos logren solucionar las situaciones en las que se enfrentan el trabajo y la vida personal

Con el mayor auge que han venido teniendo las teorías organizacionales progresistas en lo que se refiere a la relación trabajo-vida, las empresas han desarrollado lineamientos que permitan asegurar el bienestar de sus empleados, siempre teniendo el propósito de captar y conservar al mejor talento humano.

Estas políticas y estrategias van desde horarios flexibles, pasando por largas licencias de paternidad y maternidad remuneradas, hasta seguros médicos familiares, entre otros beneficios.La adopción de estos planes y programas es buena, seguro que es un factor motivador, pero también es seguro que no en todos los casos.Por lo general, cuando las compañías diseñan estos planes, enfocan los beneficios en situaciones específicas que rara vez cobijan a todo el personal.

Por ejemplo, cuando se desarrolla un plan de horarios flexibles para padres y madres que tienen hijos pequeños, se está sin quererlo, dando un trato preferencial a los empleados en esta situación, sin pensar que este plan puede enviar señales erróneas al resto de empleados. Si una secretaria ejecutiva tiene un bebé que requiere de su tiempo y por ello recibe preferencias en sus horas de llegada y salida, ¿qué puede pensar otra secretaria del mismo nivel que tiene un par de hijos adolescentes y a la cual el plan de horarios flexibles no cobija?Seguro que no va a estar muy conforme con el trato que está recibiendo, puede pensar que el trabajo que está dejando de hacer la otra secretaria se lo delegarán a ella y a sus demás compañeras, lo cual no la tendrá muy contenta, puede sentirse desmotivada y empezar a presentar bajos rendimientos o puede presentarse en recursos humanos y exigir el mismo trato dado que tiene hijos que están en una edad en la que también requieren bastante atención. 

Teniendo presente este sencillo ejemplo se nota que una decisión que podría ser entendida como una gran política, flexible y progresiva, que busca el bienestar del personal, se torna en un problema que puede traer graves consecuencias al clima laboral de la firma.Por esta razón, cuando se trata de elaborar programas de bienestar que busquen encontrar el equilibrio empleo-vida, hay que tener en cuenta a todo el personal y todas las situaciones, aunque parece una tarea casi imposible dada la diversidad social que se puede encontrar en una empresa, se deben desarrollar soluciones creativas para lograrlo. Estos programas deben ser flexibles y tienen que empezar desde las tareas de reclutamiento y selección si se quiere contar con el mejor talento humano Cuando se elaboran planes de este tipo hay que comunicar a todo el personal lo que se busca con él para que todos entiendan que no se tienen preferencias y que no hay empleados de primera, segunda o tercera clase, además, estos programas deben ser lo suficientemente flexibles para acomodarse a las diferentes situaciones.  La empresa debe estar en capacidad de ofrecer los mismos beneficios a las dos secretarias del ejemplo.Otro factor básico consiste en dejar claro que aunque se otorguen beneficios, la calidad del trabajo de la persona que los recibe debe seguir siendo igual o mejor que antes de contar con ellos, es decir que la secretaria con el bebé debe cumplir con sus obligaciones de la misma manera que las demás secretarias ejecutivas.Hay que buscar soluciones creativas, con los adelantos tecnológicos es posible que las personas trabajen mayor tiempo de sus casas utilizando la internet. Tal vez no resulte necesario que la coordinadora de un grupo de ventas esté presente cada mañana a las siete para la reunión diaria, si hay la posibilidad de que se pueda adelantar utilizando una sala de chat, un servicio de mensajería electrónica instantánea o una video conferencia.También es importante conocer las expectativas de la gente, el plan se debe construir con base en información de doble vía, de otro modo se quedará corto. Por ello hay que alentar al personal para que exprese lo que quiere y qué soluciones puede presentar para colmar dichas expectativas.

Los planes de beneficios correctamente diseñados y aplicados son elementos altamente motivadores y factores que atraen a las personas talentosas En conclusión, al crear planes de beneficios se debe buscar la equidad más que la igualdad dejando suficientemente claras las reglas del juego a todos los empleados.  

Cajas de compensaciones

4.1 ¿Qué son las cajas de compensación?

Son corporaciones de derecho privado sin fines de lucro, creadas hace más de 50 años como las primeras entidades de seguridad social en Chile, para administrar por cuenta del Estado, las prestaciones de seguridad social conforme a la Ley 18.833, como las asignaciones familiares, los subsidios de cesantía, los subsidios por incapacidad laboral y por reposo maternal de los trabajadores afiliados a Fonasa. Para ello reciben una comisión por la administración de esas prestaciones que es otorgada por el Estado.

Aparte de esa función, las Cajas otorgan hoy una amplia gama de servicios sociales que aportan a la calidad de vida de los chilenos, como créditos a sectores tradicionalmente no banca rizados que se descuentan por planilla; ofrecen alternativas de ahorro de alta liquidez y bajo riesgo, soluciones habitacionales (cuentas de ahorro, leasing, subsidios, PET) y créditos hipotecarios hasta 30 años a partir de julio de 2008, opciones recreacionales y de turismo, actividades educacionales de capacitación y desarrollo, becas universitarias, bonos de escolaridad, prestaciones médicas y dentales, asignaciones de nupcialidad, natalidad y matrícula universitaria, entre otros.

 También otorgan "prestaciones complementarias", que son convenidas entre las empresas afiliadas y/o sus sindicatos con una Caja y que consisten en paquetes de servicios y beneficios de bienestar social con aportes convenidos de empresas y trabajadores que interesen a cada uno de ellos.

4.2 ¿Quién regula y fiscaliza a las cajas?

La Superintendencia de Seguridad Social, en cuanto a su función y actuación y la Contraloría, en cuanto a la administración de los recursos fiscales.

4.3 ¿Quiénes se afilian a las cajas? 

Los trabajadores dependientes del sector privado, los pensionados, los trabajadores del sector público del sector central o descentralizado a partir del 1 de enero de 2008 y próximamente los trabajadores independientes desde 2012.

4.3.1 ¿Cómo me afilio a una Caja?

En el caso de los trabajadores dependientes del sector privado y público, son las entidades empleadoras las que se afilian a una determinada Caja, una vez que sus trabajadores lo deciden por mayoría en una votación y acuerdan en cuál inscribirse.

Se trata entonces de una afiliación colectiva, voluntaria y gratuita.

4.3.2 ¿Cuánto pago mensualmente por pertenecer a una Caja?

Nada. Ni los trabajadores ni los empleadores pagan por pertenecer a una Caja y por recibir algunos beneficios, como los bonos de escolaridad, nupcialidad, entre otros. Únicamente pagan parcial o totalmente aquellos por servicios remunerados que ofrecen las Cajas como los centros turísticos, la administración de programas de bienestar, entre otros.

4.3.3 Ser pensionado, ¿cómo me afilio a una Caja?

Los pensionados sí pueden afiliarse a una Caja de manera individual y acceder a todos los beneficios que éstas les ofrecen. Para ello deben pagar hasta el 2% de su pensión, monto que es descontado al pensionado por la entidad que le paga su previsión.

4.3.4 ¿Quiénes todavía no pueden afiliarse a las cajas?

Los pensionados de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones y las trabajadoras de casa particular.

4.3.5 ¿Cómo se financian las cajas si carecen de fines de lucro?

Los ingresos de las Cajas provienen de la venta de servicios que le prestan al Estado (que no se ha reajustado desde inicios de los 80) y a otras entidades de seguridad social, de los aportes de los pensionados, pero el grueso se genera a partir de la prestación de créditos sociales.

Los recursos provenientes del Régimen de Crédito Social constituyen la principal fuente de ingreso de las Cajas, con la cual se financian las prestaciones que se otorgan en el ámbito de la educación, salud y recreación.

 4.3.6 ¿Cuántas cajas existen en chile?

Actualmente hay cinco cajas de compensación en el país: 18 de Septiembre, Gabriela Mistral, La Araucana, Los Andes y Los Héroes.

Desde 1991 todas ellas se agrupan en la Asociación Gremial de Cajas de Compensación de Asignación Familiar cuyo propósito es cautelar, proteger, desarrollar y proyectar la industria de Cajas.

Actualmente, estas cinco cajas poseen 200 oficinas en todo el país.

4.3.7 ¿Por qué las cajas tienen tanta relevancia en el país?

Porque el sistema de Cajas atiende hoy a 3,5 millones de trabajadores activos, 1,2 millones de pensionados y 2 millones de cargas familiares autorizadas.

O sea, porque impactan las vidas de más 6,5 millones de chilenos de todos los estratos.

Porque poseen 74.904 empresas adheridas.

Porque administran 266 mil cuentas de ahorro para la vivienda.

Porque el sistema de Cajas es número uno en prestaciones dentales del país.

Porque en conjunto entrega 243 mil atenciones médicas y exámenes al año.

Porque es la primera cadena hotelera y de centros recreacionales de Chile gracias a más de 133 centros turísticos y deportivos propios.

Porque es la quinta organización educacional del país, gracias a su red de colegios e institutos.

Porque constituyen uno de los mejores aliados de las empresas del país, al apoyar a sus servicios de bienestar con sus servicios y prestaciones.

  4.3.8 ¿Qué distingue a las cajas de otras entidades privadas de seguridad social? 

 No persiguen fines de lucro y, de esa manera, están obligadas a reinvertir sus excedentes en más y mejores prestaciones y servicios para sus afiliados y familias.

 Además, son altamente "representativas". Sus directorios son bipartitos. Están compuestos por representantes de los trabajadores y de los empleadores de las empresas afiliadas. Esto ha convertido a las Cajas en un "lugar de encuentro" y en "un nexo natural" entre empresas y trabajadores.

4.4 Créditos Hipotecarios

4.4.1 ¿Qué características tienen los créditos hipotecarios que entregan las Cajas?

Son para adquirir (financiar o refinanciar) viviendas nuevas, usadas o inmuebles accesorios de ellas, como estacionamientos y bodegas.

Son hasta 30 años plazo y sin límite de UF. Sin embargo, la Asociación de Cajas de Compensación proyecta que, dado los ingresos monetarios de los afiliados, el grueso de la demanda se concentrará para viviendas de entre 500 y 1.000 UF.

4.4.2 ¿Quiénes podrán acceder a ellos?

Únicamente los 4,7 millones de afiliados a las Cajas: los trabajadores de las empresas adheridas a ellas, los pensionados y los funcionarios públicos que han ingresado a estas instituciones a partir del 1 de enero de 2008.

4.4.3 ¿En qué se diferencian los créditos hipotecarios de las Cajas de Compensación de los que ya ofrecen los bancos?

Las Cajas ofrecen tasas competitivas al igual que los bancos. Las diferencias están en que el pago de los dividendos es descontado por planilla, en el caso de los trabajadores, o de las pensiones, en el caso de los pensionados;

Además, las Cajas no tienen fines de lucro. Por esta razón los ingresos que reciben por estos créditos son reinvertidos en infraestructura, servicios y beneficios para sus afiliados;

Los créditos de las Cajas benefician, sobre todo, a las personas de menores ingresos que no tienen muchas alternativas de financiar la casa propia en otras instituciones financieras.

4.4.4 ¿De qué manera se harán los cobros de estos créditos?

Los dividendos mensuales se pagan por planilla o con descuentos sobre la pensión. El monto mensual de los dividendos no puede exceder el 25% de la remuneración o la pensión líquida del afiliado. En caso de que la remuneración o pensión sea insuficiente para cubrir el monto del dividendo, el afiliado puede complementar sus ingresos con remuneraciones o pensiones líquidas de su codeudor solidario, la cual no puede ser superior a una suma que permita financiar hasta el 30% del monto del dividendo. Los codeudores sólo pueden ser: cónyuge, ascendiente o descendiente en primer grado.

4.4.5 ¿Qué pasa si el afiliado que toma un crédito se cambia de trabajo?

Si el deudor se cambia de trabajo, debe continuar pagando los dividendos a que se haya obligado en el contrato de mutuo hipotecario.

4.4.6 ¿Qué pasa si al afiliado lo echan del trabajo?

Si el deudor principal no puede pagar el dividendo tendrá que hacerlo el codeudor solidario, salvo que en el contrato de mutuo se hubiere contemplado algún seguro que cubra esa eventualidad. 

4.4.7 ¿Se puede repactar este crédito?

Si hay acuerdo de las partes se puede repactar el crédito. También es posible hacer prepago, en la forma como lo contemple el contrato de mutuo que se haya suscrito.

4.4.8 Si es así, ¿cuáles son los costos de esto?

La normativa vigente señala que en el caso de mutuos hipotecarios cuyo capital inicial no supere el equivalente a 5.000 unidades de fomento, el deudor podrá anticipar su pago, sin el consentimiento del acreedor, siempre que pague el capital que se anticipa y los intereses calculados hasta la fecha del pago efectivo más la comisión de prepago. Dicha comisión, a falta de acuerdo, no podrá exceder el valor de un mes y medio de intereses pactados calculados sobre el capital que se prepaga. Se establece también que los pagos anticipados que sean inferiores al 25% del saldo de la obligación requerirán siempre el consentimiento del acreedor.

4.4.9 Los seguros de estos créditos, ¿deben ser contratados de manera independiente?

Los seguros obligatorios que pedirán las Cajas son de incendio y desgravamen y éstos se cobrarán en el dividendo.

4.4.10 ¿Cuál es el tipo de deuda?

El crédito que se entrega es un mutuo y debe garantizarse con la hipoteca de la vivienda y sus bienes.

El monto del mutuo no puede exceder el valor de la tasación del inmueble dado en garantía hipotecaria y estará limitado por la capacidad de pago del afiliado.

4.5 Vivienda:

Las Cajas contribuyen a que los chilenos alcancen el sueño de la casa propia y les ofrecen soluciones habitacionales definitivas a través de variadas alternativas:

  • Crédito Hipotecario

  • Cuentas de ahorro para la vivienda

  • Leasing habitacional.

  • Servicios que ofrecen las cajas de compensaciones.

  • Ahorro

Desde 1996, las Cajas poseen a disposición de los chilenos -afiliados o no al sistema- cuentas de ahorro para la vivienda, que permiten postular al subsidio habitacional del Ministerio de Vivienda y ahorrar para otros fines, puesto que son de libre disposición.

A diferencia de otros instrumentos de ahorro, dan a conocer su rentabilidad diariamente, entregan asesoría en la obtención del subsidio habitacional e incluso -algunas- poseen seguro de vida incorporado.

Otras prestaciones

Gabriela Mistral 18 de Septiembre La Araucana Los Andes Los Héroes
Asesoría y orientación previsional

Asesoría y tramitación de la jubilación

Leasing habitacional.

Programa de ahorro habitacional

Cuenta de ahorro multipropósito

Leasing habitacional (convenio con Mapsa inmobiliaria)

Asesoría obtención de subsidio habitacional

Torneos deportivos

Subsidio leasing habitacional Inmobiliaria Prohogar. Subsidio automático. Ahorro habitacional Ahorro habitacional

Subsidio habitacional

Cuenta de ahorro multiopción.

Leasing habitacional.

Subsidio habitacional.

Estímulo por listas escolares para cargas de enseñanza media

  • Crédito social

Acceder al crédito bancario puede ser una opción compleja para muchos trabajadores y pensionados. Por eso muchas familias chilenas financian sus necesidades en educación, salud, recreación, entre otros, a través del crédito social que ofrecen las Cajas. 

Éste es de rápida aprobación, posee tasas competitivas, se descuenta por planilla y no hace diferencia de tasa por riesgo. Todos los clientes son prime.

4.6.3 Crédito Social: Préstamo en dinero para la satisfacción de necesidades del trabajador y su familia.

Gabriela Mistral 18 de Septiembre La Araucana Los Andes Los Héroes
Crédito social de libre disponibilidad de acuerdo a las necesidades del trabajador

Hasta 48 cuotas fijas

Acceso a la satisfacción de múltiples necesidades. Aprobación en 24 horas. Pago inmediato a solicitud de la empresa. Cuotas fijas en pesos, descuentos por planillas. Aval de la misma empresa. Contrato indefinido. Antigüedad mínima 6 meses Línea de crédito especial para financiar productos propios de la Caja: salud, educación y vacaciones familiares.

Crédito personal: Montos sujetos a evaluación previa. Cumplimiento de requisitos por capacidad de endeudamiento y garantías

Salud, educación, vacaciones, emergencias, automotriz, consolidación de deudas. Libre disponibilidad. Hasta 15 UF sin aval, pago inmediato, aprobación en 10 min, cuotas fijas y en pesos, plazos de 2 a 60 meses Seguro de desgravamen y cesantía voluntario. Libre disposición, cuotas fijas y en pesos, pactadas en descuento por planilla y hasta en 36 meses. Cuota no debe superar el 25 % de la renta líquida. Seguro de desgravamen incluido. Otros seguros opcionales. Aprobación hasta en 48 horas.

4.6.4 Educación

Disminuir la brecha educacional y aportar al desarrollo y bienestar del país es la motivación de las Cajas para capacitar al trabajador y su grupo familiar.

Educación preescolar, básica, media, técnica y universitaria a través de centros propios como de convenios con entidades externas.

Apoyan a las familias con la entrega de bonos escolares, becas de excelencia académica y una variada opción de talleres para el afiliado y su familia.

BENEFICIOS EDUCACIONALES

G. Mistral

18 de Sep.

La Araucana

Los Andes

Los Héroes

Matrícula estudios Superiores Trabajador y carga $18.000

Premios mejor egresados: desde $25.000 a $130.000 Trabajador y carga

Premios a la excelencia académica desde $80.000 a $260.000 trabajador y carga

1º a 8º B: $5.000 1º a 4º M: $6.000 trabajador y carga fam.

E.Téc. Sup. Trabajador y carga fam. $8.000 y $7.000 respectivamente

Inst. Prof. Trabajador y carga $9.000 y $8.000

Univ. Trabajador y carga $12.000 y $10.000

Trastornos aprendizaje carga: $10.000

Estímulos educacionales: Mejores egresados enseñanza superior en los distintos niveles: Trabajador y carga desde $50.000 a $250.000

Beca Corp. de Educación Trabaj. Recup. EM dos años en uno $30.000

Mejores puntajes PSU trabajador y carga

OTEC: Cursos y talleres, PREU, seminarios

CFT e IP con aranceles preferenciales para el trabajador y sus cargas

Beneficios de matrícula Convenios con universidades

Estímulo escolar: En especie, a trabajador y carga con notas 6.0 y 6.2 respectivamente

Cargas de 6º y 7º con notas 6.2 y más, vacaciones escolares de invierno de 4 días y 3 noches en Centro Vacacional de la Caja

Matrícula estudios superiores Trabajador: $20.000 carga: $18.000

Becas de estudio (postulación)

Univ. $46.000 (trabajador y carga)

Téc: $33.000 (carga) 3º y 4º M $23.000 7º y 8ª B $17.000

Becas de excelencia académica E. Univ. $250.000 E. Téc. $180.000

3º y 4º M: $125.000

7º y 8º: $80.000

Convenios para descuentos con universidades e institutos profesionales

Matricula estudios superiores Trabajador: $18.000 Carga: $14.000

Capacitación al trabajador:

60 horas: $7.500 180 hrs: $10.000

Estímulos: Cargas:1º a 6º (6.6): $7.800

7º y 8º (6.5): $17.300

1º a 4º M (6.3): $17.300

Mejores egresados E. Téc. Y Univ. al Trabaj. Y cargas desde $63.000 a $200.000

Alianza con DISTUC y ADISTRA para capacitación y consultorías

Convenios con universidades e I. P.

4.6.5 Salud

Las Cajas poseen una red de 230 centros de salud en el país y convenios con entidades privadas.

Ofrecen:

  • Atenciones médicas.

  • Atenciones dentales.

  • Exámenes preventivos

  • Programas de descuentos en la compra de medicamentos.

En los últimos años, las Cajas se han consolidado como una importante plataforma de atención oftalmológica y dental.

Prestaciones en Salud

G. Mistral

18 de Septiembre

La Araucana

Los Andes

Los Héroes

Clínica odontológica con arancel Colegio de odontólogos bonificado

Financiamiento posible con crédito de la Caja

Centros de Salud y dentales propios

Red de Centros de Salud en convenio

Operativos médicos y dentales para empresas afiliadas

Programas preventivos médicos y dentales

Clínicas, centros médicos y odontológicos propios

Seguros de vida y salud

Convenios

Plataforma de salud enfocada a educar y resolver requerimientos médicos y dentales de los afiliados

Educación y hábitos saludables (ciclo de charlas y material educativo)

Medicina Preventiva (Megasalud)

Medicina Curativa (Megasalud)

Red de convenios de Salud y Farmacias. Convenios dentales.

Descuentos hasta un 65% en atenciones dentales, médicas, laboratorios, ópticas y farmacias.

4.6.6 Servicios de empresas

Las Cajas apoyan la gestión de las empresas gracias a su gama de programas y servicios diseñados especialmente para ellas.

  • Cotizaciones electrónicas: a través de internet, permite a las compañías centralizar las operaciones de pago a entidades como las AFP, compañías de seguro y los bancos.

  • Seguros colectivos

  • Administración de fondos para grupos de trabajadores.

  • Talleres y cursos de capacitación

  • Programas turísticos y recreativos.

 4.6.7 Tercera edad

Desde que se incorporaron en 1998, los pensionados han encontrado en las Cajas una gran compañía y apoyo: 

  • Obtienen asesoría y orientación a la hora del retiro.

  • Acceden a un sinnúmero de actividades recreativas, culturales, deportivas y de capacitación.

  • Participan de viajes turísticos dentro y fuera del país.

  • Tienen acceso a centros médicos y dentales y a importantes descuentos y reembolsos.

  • Reciben bonos y pueden optar con facilidad a créditos sociales e hipotecarios.

4.6.8 Turismo

Las Cajas ofrecen variadas alternativas para que sus afiliados disfruten de sus vacaciones y tiempo libre en compañía de sus familias. Poseen 113 centros turísticos y recreacionales a lo largo y ancho del país, orientados a todos los gustos:

  • Hoteles

  • Cabañas 

  • Camping

  • Centros recreativos 

  • Instalaciones deportivas

Cuentan con precios y formas de pago asequibles, están completamente equipados y cuentan con diversas actividades para entretener a todos los miembros del grupo familiar.

Centros recreativos y vacacionales

Gabriela Mistral 18 de Septiembre La Araucana Los Andes Los Héroes
Gimnasio y club de Campo en R. M.

Centro Vacacional Licanray. Cabañas equipadas para 7 personas. Convenios con hoteles, hosterías, complejos turísticos, centros de veraneo de la 3ª a la 9ª Región.

Centro deportivo y Centro recreacional en la Región Met.

Centro recreativo, centro polideportivo y 2 centros vacacionales en la 5ª Región

1 centro vacacional en la 7ª Región y un Centro Vacacional en la 8ª Región

Convenios con hoteles, cabañas, residenciales y centros de camping a lo largo del país

Convenios para tours internacionales

Parque deportivo y recreativo en la R. M.

Club deportivo la araucana. (ley del deporte)

Red turística en convenio

7 centros recreacionales propios con ofertas de tours por la región cada uno (Iquique, Coquimbo, El Quisco, Las Cruces, Quillón, Frutillar, Puerto Montt)

2 centros deportivos 3 centros recreacionales en la RM.

Centro recreacional en la 5ªRegión

5 centros turísticos: Iquique, la Serena, Los Ángeles, Frutillar, Pto Natales

2 centros recreacionales en El Quisco

Centro Campestre en San Felipe y Futrono

Centro vacacional en Valdivia

Camping en Río Serrano Torres del Paine

Convenios

Agencia de gestión recreativa "RECREACTIVA LOS HEROES", a través de la cual la Caja coordina sus servicios recracionales:

Parque San José de Maipo

Paseos

Tours y excursiones nacionales

Tours internacionales

7 centros recreacionales de norte a sur del país

Cabañas y camping

Convenios con hoteles.

  • Asignación familiar

Desde hace más de 50 años, las Cajas administran este beneficio monetario que entrega el Estado a los trabajadores con el fin de mejorar sus ingresos. Se trata de una asignación diferenciada, fijada en forma anual, que se otorga a quienes acrediten a sus familiares como cargas.

  • Beneficios gratuitos

Parte importante de los excedentes generados por la Cajas se destinan a la entrega de beneficios gratuitos o no retornables para los afiliados. Si bien cada institución tiene sus propios beneficios, en términos generales se trata de bonos en dinero, especies y servicios a los cuales los afiliados y sus familias acceden sólo por pertenecer a las Cajas:

  4.6.11 Bonos

  • De natalidad por cada hijo acreditado como carga.

  • De nupcialidad

  • Por aniversario de matrimonio

  • Asignaciones

  • Por fallecimiento del empleado

  • 4.6.13 Becas

  • Para la educación básica, media y superior, tanto para los trabajadores como para sus hijos.

CUADRO COMPARATIVO BENEFICIOS Y PRESTACIONES DE LAS CAJAS DE COMPENSACION

  • 1. BONIFICACIONES Y PRESTACIONES ADICIONALES

 

GABRIELA MISTRAL

18 DE SEPTIEMBRE

LA ARAUCANA

LOS ANDES

LOS HEROES

Nupcialidad

$17.500

$17.000 permutable por fin de semana en Centro Vacac.

5 días de luna de miel por $20.000 la pareja en Centro Vacac.

$25.000

$14.000

Aniversario de matrimonio

No

No

3 días en Centro Vac. por $30.000 la pareja.

No

No

Natalidad

$16.000

$16.000

$13.000

$22.000

$12.000

Fallecimiento del trabajador

$100.000

$100.000

$80.000

$116.000

$80.000

Fallecimiento de cónyuge

$85.000

$80.000

$60.000

$83.000

$53.000

Fallecimiento de carga

$70.000

$70.000

$60.000

$83.000

$44.000

Ayuda por catástrofe

$90.000

No

No

No

No

 

Las Cajas administran por cuenta del Estado los subsidios de cesantía, los subsidios por incapacidad laboral y por reposo maternal de los trabajadores afiliados a Fonasa. Para ello reciben una comisión por la administración de esas prestaciones que es otorgada por el Estado.

  • Previred

4.7.1 ¿Quiénes Somos?

La primera red chilena de administración en línea de recaudación y pagos previsionales vía Internet.

El canal electrónico oficial, más eficiente y moderno entre los empleadores y trabajadores independientes y las instituciones de previsión.

Supervisados por las Superintendencias de AFP, Isapre y de

Seguridad Social.

  • ¿Qué Hacemos?

Entregar un portal en Internet para que los empleadores realicen sus declaraciones y pagos de cotizaciones previsionales a:

  • Trabajadores y Profesionales Independientes.

  • Trabajadores de Casa Particular.

  • Trabajadores de Empresas de todo tamaño.

  • Pensionados (Salud y CCAF) Retiros Programados y

Rentas Vitalicias.

  • ¿Qué se puede pagar?

Las cotizaciones de los trabajadores a todo el sistema previsional chileno:

  • Isapres

  • AFP

  • INP – Fonasa

  • Mutuales de seguridad.

  • Cajas de compensaciones.

  • Seguro de cesantía.-

  • Ahorro previsional voluntario.-

  • Paras Las Empresas aumenta la eficiencia

  • Mejora los tiempos de procesos.

  • Los datos quedan almacenados y pueden ser utilizados todo los meses sin necesidad de volverá ingresarlos.

  • Se validan los datos en línea, permitiendo corregir los errores fácilmente.

  • Es fácil de usar

  • No se necesita instalar un SW especial.

  • Sólo conexión a Internet.

  • Puede ser utilizado en cualquier PC conectado.

  • No requiere de capacitación especial.

  • No se necesita imprimir planillas, confeccionar ni firmar cheques.

  • Se puede pagar hasta las 23 horas del día 10.

  • Beneficios para las empresas: Es seguro

  • Los datos viajan encriptados.

  • Las claves son determinadas por los propios empleadores.

  • Los pagos se realizan en los portales de los Bancos, bajo sus sistemas de seguridad y claves.

  • La información puede ser respaldada por los empleadores que lo necesiten (Ej. Copiar en CD).

  • Más Beneficios Para Los Empleadores:

  • Tesorería general de la republica:

Permite a los empleadores de las zonas extremas que paguen por Previred, anticipar de 2 meses a 4 días hábiles devolución de la

Bonificación por contratación de Mano de Obra (DL 889).

  • Sence:

Permite a todos los empleadores del país que paguen por Previred, eximirlos de presentar planillas físicas del pago de cotizaciones al liquidar los cursos de capacitación de sus trabajadores.

  • Dirección del trabajo:

Permite a los empleadores agilidad en la obtención de certificados (Ej. Constructoras.

  • Beneficios para los trabajadores

  • Calidad y oportunidad de la información.

  • Eliminación de rezagos.

  • Eliminación de pagos en exceso y cotizaciones menores al mínimo.

  • Menos trámites incentivan cotización de Independientes

  • Beneficios para las instituciones de previsión

  • Disminución de formularios de papel.

  • Eliminación de la digitación de datos.

  • Eliminación de archivos físicos y de microfilmación.

  • Mejor calidad en los datos ingresados.

  • Mejor atención al público en oficinas al eliminarse aglomeraciones en días de pago.

  • Beneficios para el país

  • Aumento de la productividad..

  • Comunicación más expedita entre el sistema previsional y las instituciones reguladoras.

  • Incentivo a pagar las cotizaciones por disminución de trámites.

  • Apoyo a organismos estatales.

  • Contribución a la modernización del Estado.

4.7.8 Pagar con Previred es muy fácil

  • Ingresar a www.previred.com

  • Inscribirse como usuario y completar los datos del empleador.

  • Ingresar los datos de los trabajadores.

  • Generar las planillas de pago.-

  • Ingresar al portal del banco para pagar.

  • Imprimir las planillas pagadas y certificados de cotizaciones.

4.7.9 Cargas retroactivas por Previred

Para efectuarlas en declaración y pago de cotizaciones previsionales por Internet, incorporando cargas familiares retroactivas, las cuales deben ser pagadas primeramente al trabajador, y para mejor comprensión usted debe seguir el procedimiento que se detalla a continuación:

  • Ingresar a WWW. ips.gob.cl – pinchar al costado derecho "cotización, declaración en línea "Ingresar Rut, clave y aceptar.

  • Ver menú costado derecho en "datos del trabajador"

  • Seleccionar el trabajador involucrado y presionar "modificar"

  • Al ingresar a la pantalla de datos debe presionar "siguiente", en la segunda pantalla de estos datos casi al final indica cargas familiares, allí usted debe informar la cantidad de cargas retroactivas que desea compensar de acuerdo a lo pagado en la liquidación de sueldo del trabajador en cuestión. De acuerdo a la renta imponible y al tramo que le corresponda.

  • Para mejor comprensión, debe sacar el valor total a descontar, considerando los valores de acuerdo al año mes y tramo por cada valor diferente; luego efectuar la sumatoria de todos estos valores y dividirlo por el valor actual de la carga de acuerdo a tramo, y anotar este valor en campo rebaja el total de carga a compensar.

  • Finalmente, presionar "siguiente" y en la tercera pantalla le mostrará el sistema los datos modificados para luego "grabar".

  • Puede continuar con el proceso de declaración y pago. Una vez efectuada esta declaración y existiendo Saldo a Favor (situación que se registrará en la planilla declarada), este saldo le será devuelto a través de la sucursal del IPS más cercano al domicilio informado por el empleador, donde deberá llevar documentación de respaldo.

Este portal es el único que le permite efectuar cotizaciones retroactivas. Las cargas son válidas a partir de la fecha que consigna la resolución, pero el pago retroactivo es de acuerdo al código civil hasta cinco años retrospectivo. Por lo anterior es factible que compense todo de una vez.

Ley 16.744

Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Publicada el 1º de Febrero de 1968.

Esta Ley es un Seguro Social OBLIGATORIO contra los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

5.1 Breve reseña de la Legislación Labora en Chile

La Ley N.° 3,170, de 30 de Septiembre de 1916, dictaba reglas sobre accidentes del trabajo. Decía basarse en la doctrina del riesgo profesional; peso, en todo caso, eximia de responsabilidad al patrón cuando el accidente era imputable a culpa de la victima. Quedaba así abierta la puerta a los patrones para eludir la indemnización, alegando que los accidentes se habían producido por culpa de los accidentados, aunque se debieran a casos fortuitos o a los riesgos inherentes al trabajo.

En 1924 se creó en Chile la Ley de Seguro Obrero Obligatorio. Este originó, a su vez, la Caja de Accidentes del Trabajo (creada como una dependencia del Seguro Obrero), que daba a los accidentados del trabajo y enfermos con afecciones profesionales, atención médica completa de buena calidad y sin costo, subsidios, indemnizaciones y pensiones muy ventajosas (los beneficios superaban claramente a los que podían obtener por enfermedades comunes). Por otra parte, creó los Institutos Traumatológicos (que aún existen, incorporados al SNS en 1968), lo que permitió el desarrollo de la Traumatología en Chile.

La Caja de Accidentes del Trabajo quebró debido a los costos crecientes, al uso inadecuado del seguro (denunciando como accidentes laborales muchos que no lo eran), a la falta de medidas preventivas eficaces en las empresas y de una correlación ágil y significativa entre la siniestralidad y las cotizaciones; por último, influyó la tendencia de los Institutos Traumatológicos de atender enfermedades no cubiertas por el Seguro (por razones sociales y también por el interés de los médicos de ampliar su campo de acción).

La Ley de 8 de Septiembre de 1924, sobre Accidentes del Trabajo, que forma parte de la nueva legislación, corrigió los defectos de la del año 1916. Fijó como norma el riesgo profesional, estableciendo que el accidente ocurrido a un obrero en un taller, fábrica o trabajo de cualquiera especie, era un riesgo ocasionado por el trabajo, que debía indemnizarlo el patrón, sin entrar a investigar la causal del accidente, salvo el caso de que se probara que había sido voluntariamente ocasionado por el obrero.

Esta es una ley social de gran importancia y que da amparo decidido y efectivo al obrero que se enferma o adquiere una dolencia debida al trabajo (enfermedad profesional), que se hiere o se inutiliza por razón de sus actividades. Es esta una trascendental conquista sobre el régimen pasado, en que imperaba el individualismo y, como su lógica consecuencia, la indemnización sólo procedía en el caso que se probara culpa en el patrón. Además de la injusticia, en la práctica el obrero estaba siempre perdido por falta de medios y recursos para probar su inocencia y la culpa del contratante.

En el año 1968 fue promulgada la Ley 16.744 que buscó corregir los vicios del sistema y puso un énfasis muy fuerte en la prevención de riesgos.

5.2 Objetivos de la Ley

  • Prevenir: Con el propósito de evitar que ocurra el accidente o se contraiga la Enfermedad Profesional.

  • Otorgar atención médica: Para restituir al trabajador en lo posible, toda su capacidad de trabajo.

  • Otorgar prestaciones económicas: Para repara la pérdida de la capacidad de Ganancia del trabajador y sus derecho-habientes.

  • Rehabilitar: Al trabajador para devolver en todo o en parte sus capacidades de ganancia.

  • Reeducar: Al afectado para darle posibilidades de desempeñar un nuevo oficio o profesión, considerando su capacidad residual de trabajo.

5.3 Personas Protegidas

  • Trabajadores por Cuenta Ajena: Cualquiera sean las labores que ejecuten, o cualquiera sea la naturaleza de la empresa, institución, servicio o persona para quien trabaje. El trabajador por cuenta ajena es aquel cuyas relaciones laborales con la entidad empleadora se rigen por las disposiciones del CODIGO DEL TRABAJO.

  • Funcionarios de la Administración Civil del Estado, municipalidades y de instituciones descentralizadas del estado.

  • Estudiantes de establecimientos fiscales o particulares, que se ACCIDENTEN a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional.

  • Trabajadores Independientes.

  • Trabajadores Familiares.

5.4 Contingencias cubiertas

5.4.1 Accidentes del Trabajo:

Es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.

  • Accidente a causa del trabajo es el que se produce directamente por la ejecución de las tareas o labores propias de su actividad laboral.

  • Accidente con ocasión del trabajo es aquel en el que existe una relación aunque sea indirecta entre el trabajo y la lesión.

Son también considerados accidentes del trabajo:

  • Los accidentes de DIRIGENTES SINDICALES a causa de su cometido gremial.

  • Trabajador enviado al extranjero en caso de SISMOS O CATASTROFES.

  • Trabajador enviado por la empresa a CURSOS DE CAPACITACIÓN.

Excepciones:

  • Los causados por FUERZA MAYOR O EXTRAÑA (terremoto, inundación, temporal) y sin relación con el trabajo de la víctima.

  • Los producidos INTENCIONALMENTE POR LA VICTIMA (negligencia inexcusable) (bromas)

Cuando ocurre un accidente del trabajo el empleador debe dar inmediato aviso al organismo administrador a fin de que el trabajador sea trasladado al Servicio de Urgencia del Instituto, otorgándosele todas las prestaciones correspondientes.

Para una primera atención se puede enviar al accidentado con Solicitud Provisoria de Atención Médica por Accidentes del Trabajo.

La atención médica del trabajador accidentado debe proporcionarse de manera inmediata, sin la exigencia de ninguna formalidad o trámite previo.

El trabajador podrá concurrir a un establecimiento distinto al del organismo administrador cuando se den las siguientes circunstancias:

  • Urgencia del caso en que se encuentre en riesgo de vida.

  • El otorgamiento de atenciones de tratamientos especiales.

  • El lugar donde ocurra el accidente.

El trabajador atendido en una unidad hospitalaria distinta al del organismo administrador, una vez estabilizado y con la certificación del médico tratante, será trasladado a las dependencias médicas de la mutual que corresponda.

Posteriormente el empleador deberá denunciar el accidente a través del formulario denominado Denuncia Individual de Accidentes del Trabajo – DIAT y acompañar los antecedentes pertinentes del trabajador entre otros el contrato de trabajo.

  • Accidentes del Trayecto:

Son los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo o viceversa.

El concepto "habitación" involucra el lugar donde el trabajador habita o pernocta para luego dirigirse a su trabajo y no necesariamente debe ser su domicilio o residencia habitual.

Así como también aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo.

Cuando ocurre un accidente del trayecto el trabajador -en la medida que pueda- deberá trasladarse al centro de atención médica del instituto más cercano, o en caso de no poder movilizarse, deberá avisar a su empleador o Mutualidad debiendo ser trasladado a la Unidad Hospitalaria del organismo administrador.

Sin perjuicio de lo anterior, en los siguientes casos el trabajador podrá recurrir a un establecimiento médico distinto al de su mutual:

  • Urgencia de la lesión.

  • Lugar del accidente y cercanía de servicios de urgencia de prestación médica.

  • Enfermedades Profesionales:

Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte. Se denuncia mediante documento denominado Denuncia Individual de Enfermedad Profesional – DIET.

Cuando se diagnostica una enfermedad profesional corresponde al organismo administrador calificar si una determinada afección, lesión o patología, tiene origen profesional.

Una vez calificada una enfermedad profesional procede a determinar la eventual incapacidad permanente o pérdida de la capacidad de trabajo que una enfermedad le provoca al trabajador.

La evaluación de una enfermedad profesional corresponde que sea realizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) del domicilio del empleador del trabajador, debiendo el organismo administrador remitir todos los antecedentes médicos del trabajador.

De no estar conforme el trabajador (o cualquier interesado) con el grado de invalidez fijado por la respectiva COMPIN, podrá reclamar ante la Comisión Médica de Reclamos de la Ley Nº 16.744, organismo dependiente del Ministerio de Salud.

Las Enfermedades Profesionales se encuentran enumeradas en el Decreto Supremo Nº 109, el cual fue modificado por el Decreto Supremo Nº 73 publicado en el Diario Oficial el 7 de Marzo del 2007, incorporando nuevas patologías a la lista de Enfermedades Profesionales.

5.5 Administración del Seguro

Toda empresa debe adherirse a una Mutual a través de un contrato de afiliación.

Los organismos administradores del seguro en nuestro país son:

Privados:

  • INSTITUTO DE SEGURIDAD DEL TRABAJO (IST)

  • MUTUAL DE SEGURIDAD DE LA CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCIÓN (MSCCHC)

  • ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD (ASCHS)

También existen determinadas entidades, denominadas "Empresas con Administración Delegada" que con autorización de la Superintendencia de Seguridad Social, otorgan ciertas prestaciones de esta ley a sus trabajadores como las médicas y el pago de subsidios e indemnizaciones, debiendo contar con instalaciones médicas propias.(ej: Codelco, La Pontificia UC de Chile, Enami, Compañía Siderúrgica Huachipato, Compañía Minera del Pacífico.

Estatales:

  • INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL (IPS ex INP)

5.6 Historia de las Mutuales

A fines de la década del '50,  la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa), Asociación de Industriales Metalúrgicos (Asimet) y Asociación de Industriales de Valparaíso y Aconcagua (Asiva), deciden enfrentar en conjunto la alta frecuencia y gravedad de los Accidentes Laborales que ocurrían en las industrias. Quienes sufren una lesión son derivados a los hospitales públicos, de regular o mal nivel de eficiencia, o bien a compañías aseguradoras. No existía una labor preventiva organizada ni menos una atención especializada para asistir a ese 35,3% de trabajadores que anualmente se lesionaba, según cifras de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta realidad se traduce en altos costos, ausencias al trabajo, incapacidades laborales, daños económicos y pérdidas de vida. De este modo, se constituyen entidades privadas, sin fines de lucro, que abordarán la cobertura de estos accidentes con eficaces acciones preventivas y de rehabilitación. Así nacen, en 1957, en Santiago, la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), y en Valparaíso el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST), al amparo de la Sofofa y Asimet, y Asiva, respectivamente. Con posterioridad, se crea, en 1963, la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción (MSCCHC). Sólo en 1968 se promulga le Ley 16.744, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, sobre el Seguro Social Obligatorio de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, que reconoce explícitamente a estas corporaciones como operadores.

5.7 Mutuales al día

5.7.1 Amplia cobertura nacional

  • El Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Ley 17.644) que administran las Mutualidades de Empleadores, protege a un 78% de los trabajadores del país.

  • El 21% está cubierto por el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), ex Instituto de Normalización Previsional (INP); y el 1% está afiliado al sistema de Administración Delegada.

  • El total de estos tres porcentajes equivale a la cifra aproximada de 4 millones 600 mil trabajadores protegidos por esta ley.         

5.7.2 Descensos significativos

  • En 1969, cifras oficiales registraban una tasa de accidentabilidad laboral anual de 35,3%. Es decir, cada 27 segundos un trabajador era víctima de una desgracia física en su lugar trabajo.

  • En 2009, el sistema mutual anotó una cifra de 5,5 % anual de trabajadores accidentados.

  • En 1969, el tratamiento promedio de un trabajador accidentado era de 30 días.

  • Hoy, la eficiente atención que ofrece cada una de las modernas clínicas y cómodos hospitales mutuales, además de personal médico de alta especialización,  han reducido esa cifra a 9 días.

  • Cada una de estas cifras corresponde al resultado de una compleja planificación estratégica, en cuya definición, ejecución y control están comprometidos todos los actores de las Mutualidades de Accidentes del Trabajo, además de las empresas y sus trabajadores. 

5.7.3 Un sistema pro-activo y estable

  • El Sistema Mutual se caracteriza por llevar a cabo una tarea que implica la puesta en marcha de programas sistemáticos y oportunos. Entre sus imperativos estratégicos destacan la eficiencia; calidad (ISO 9000); flexibilidad; ecosustentabilidad (ISO 14000); y responsabilidad social empresarial (ISO 26000).

  • La experiencia de más de 50 años protegiendo la salud del trabajador le han significado al Sistema Mutual ser altamente valorado por el Estado, los diferentes gobiernos, empleadores y trabajadores.

  • Por tanto, son instituciones que presentan una sólida estabilidad frente a los cambios políticos que se suceden en el país. 

5.7.4 El Éxito

  • El pilar de mayor base que exhibe el Sistema Mutual en su diario quehacer es la solidaridad (no discriminan a ninguno de sus afiliados).

  • Cada organización mutual está integrada por un Comité Paritario –empresarios y trabajadores- siendo cada uno de ellos responsable del resultado de la gestión que se registre.

  • Estas instituciones sin fines de lucro son autónomas en su gestión y cumplen un efectivo rol asesor en cada una de las empresas adheridas.

5.7.5 Algunos desafíos

Entre las tareas operativas prioritarias que se plantean estas organizaciones figuran:

  • Reducir la tasa de lesiones y enfermedades profesionales.

  • Disminuir los días de tratamiento médico promedio.

  • Aumentar la contribución en la reducción de los costos operacionales de las empresas.

  • Aumentar la contribución al mejoramiento de la competitividad del país.

Como obligaciones de carácter institucional se mencionan:

  • Aumentar la cobertura de protección a trabajadores no cubiertos.

  • Continuar fomentando el desarrollo de la cultura preventiva entre todos los trabajadores del país.

Hay coincidencia entre los administradores de la Ley 17.644 que para llevar a cabo estos desafíos, se requiere cautelar que los cambios no afecten la confianza pública privada que ha sido el gran motor del Sistema.

Las Mutuales estarán sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social.

5.8 Financiamiento del seguro

La fuente principal de financiamiento de esta ley son las cotizaciones de CARGO DEL EMPLEADOR y que son:

5.8.1 Cotización básica:

Cotización básica general, de un 0.90%, que actualmente se encuentra aumentada por una cotización extraordinaria de 0,05%, con lo cual en la actualidad alcanza a un 0,95% de las remuneraciones imponibles que se cancelan a los trabajadores.

5.8.2 Cotización adicional diferenciada:

Cotización adicional diferenciada, se cancela en función de la actividad económica o riesgo de la empresa y oscila entre el 0.00 y el 3.40% de las remuneraciones que paga el empleador a sus trabajadores.

Dicha tasa variará de acuerdo a la evaluación de la siniestralidad efectiva de cada empresa, la cual se realiza cada dos años, a través del procedimiento establecido en el D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Las empresas o entidades que implanten o hayan implantado medidas de prevención que rebajen apreciablemente los riegos de accidentes del trabajo o de enfermedades profesionales, podrán solicitar que se les reduzca la tasa de cotización adicional o que se les exima de ella si alcanzan un nivel óptimo de seguridad.

Las empresas o entidades que no ofrezcan condiciones satisfactorias de seguridad y/o higiene, o que no implanten las medidas de seguridad que el organismo competente les ordene, deberán cancelar la cotización adicional con recargo de hasta el 100%, sin perjuicio, de las demás sanciones que les correspondan.

5.9 Prestaciones del seguro

Los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales se clasifican en las siguientes categorías, según los efectos que producen:

  • Los que producen incapacidad temporal;

  • Los que producen invalidez parcial;

  • Los que producen invalidez total;

  • Los que producen gran invalidez, y

  • Los que producen la muerte.

5.9.1 Prestaciones médicas:

La víctima de un accidente del trabajo o enfermedad profesional recibe gratuitamente hasta su curación o mientras subsisten los síntomas de las secuelas causadas por la enfermedad o accidente.

Las prestaciones médicas pueden ser:

  • Atención Médica, Quirúrgica y Dental.

  • Hospitalización.

  • Medicamentos y Productos farmacéuticos.

  • Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación.

  • Rehabilitación física.

  • Reeducación profesional.

  • Prestaciones Económicas:

Los trabajadores que sufran un accidente laboral, un accidente de trayecto o una enfermedad profesional tienen derecho a percibir las Prestaciones Económicas fijadas por la Ley 16.744.

5.9.2.1 Subsidios:

Cuando el trabajador pierde su capacidad para trabajar en forma temporal, el trabajador recibe un subsidio diario del 100% de su remuneración imponible durante todo el tratamiento hasta que es dado de alta. Es el promedio de los (3) meses anteriores al accidente, con deducción de las cotizaciones provisionales (AFP, IPS y Salud y de los impuestos correspondientes a dicha remuneración).

  • Indemnizaciones (15% y 40% CG):

Cuando el trabajador pierde en forma permanente entre el 15% y 40% de su capacidad de ganancia, recibe de una sola vez una indemnización que va de 1,5 a 15 veces su sueldo base. Considera el promedio de la remuneración imponible de los 6 últimos meses anteriores a la fecha de siniestro para accidentes del trabajo y para enfermedades profesionales los 6 meses anteriores a la fecha de resolución.

5.9.2.3 Pensiones (Más del 40% de CG):

  • Cuando un trabajador pierde en forma permanente entre un 40% y 70% de su capacidad de ganancia (invalidez parcial) recibe una pensión mensual de 35% de su sueldo base. (*)

  • Cuando la pérdida permanente de su capacidad de ganancia es superior o igual al 70%, (invalidez total) recibe una pensión mensual de 70% de su sueldo base. (*)

  • Cuando el trabajador pierde toda su capacidad de ganancia y no puede valerse por si mismo (gran invalidez) recibe una pensión mensual del 100% de su sueldo base. (*)

  • En caso de muerte de un trabajador sus Derecho-Habientes percibirán una pensión de supervivencia correspondiente al 70% del sueldo base.

Derecho Habiente:

  • Cónyuge.

  • Hijos afectos a Asignación Familiar.

  • Conviviente con hijos reconocidos.

  • Ascendientes -descendientes causantes de Asignación Familiar.

(*) Sueldo base es el promedio de las remuneraciones de los seis meses anteriores al accidente o la enfermedad profesional.

5.10 Prevención de Riesgos Profesionales

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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