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La ética judicial y el imperio del Derecho, del dr. Anthony Kennedy


  1. El concepto de ética judicial
  2. Batalla por la neutralidad
  3. Cánones de ética
  4. Comité de Jueces
  5. Reconocimiento del Código Judicial
  6. Circulares de la oficina de Ética Judicial

Este articulo fue creado por Por el Dr.Anthony Kennedy, es Juez del Tribunal Supremo de Estados Unidos. La ética judicial está íntimamente ligada a la independencia judicial y es difícil hablar de una sin referirse a la otra. La ley es una promesa. La promesa consiste en la neutralidad. Si esa promesa no se cumple, si no existe neutralidad en la aplicación de la ley, en su administración e interpretación, la ley deja de existir tal como la concebimos . La independencia judicial tiene una relación estrecha con la neutralidad. Corresponde al poder judicial insistir en que las otras ramas del gobierno le otorguen los recursos, el apoyo y la defensa que requiere para llevar a cabo su labor. Sin embargo, es difícil convencer de ello a las otras ramas del gobierno, en parte porque algunos legisladores creen que el trabajo de los jueces es fácil. Entre los legisladores hay resistencia a aumentar los sueldos y el número de los jueces. Es difícil también porque los recursos son escasos y los legisladores tienen que preocuparse por la construcción de hospitales, escuelas y carreteras … Con todo, un régimen jurídico que funcione es tan importante para el crecimiento de la economía y para una sociedad progresista, como lo son los hospitales, las escuelas y las carreteras. De tal manera que es deber del juez explicar que los tribunales y la ley son un componente importante de la infraestructura de capital de toda sociedad.

El concepto de ética judicial

Todo el concepto de la ética judicial está íntimamente relacionado con la independencia judicial. Si a uno de ustedes se le pidiera que hablara a sus colegas sobre el tema de la ética judicial, es posible que en un principio se sienta poco dispuesto o seguro para hacerlo …. Sin embargo, es muy importante hablar de la ética judicial. Ello no quiere decir que quien lo haga sea perfecto, quiere decir que nos preocupa lo suficiente como para velar por que el poder judicial tenga la reputación de integridad y neutralidad y que en realidad proceda con integridad y neutralidad en todo lo que haga. La ética judicial, así como la independencia judicial, tiene que ver con la apariencia y la realidad. Si se percibe injusticia, si en apariencia parece que la hay, el poder judicial se encontrará bajo la sospecha del descrédito.

Una forma de concebir un código ético para los jueces es asumir que éste consta de tres partes. La primera consiste en que todo juez debe adoptar como código personal las normas más elevadas posibles de conducta personal y profesional. Su vida personal, la forma en que lleva a cabo la relación con su familia y la sociedad inevitablemente llegan a conocimiento del público, y el juez debe actuar con la conducta, con la equidad, con la integridad, con la rectitud que esperamos de nuestros ciudadanos más responsables.

Desde el punto de vista profesional, el juez debe mantener la conducta propia de un alto funcionario judicial. El comportamiento y el carácter son muy importantes. Por ejemplo, para el juez es algunas veces difícil mantener su moderación cuando un abogado trata deliberadamente de polemizar con el tribunal…. Sin embargo, el juez debe insistir en que el abogado respete, no la dignidad personal del juez, sino la dignidad del cargo que ejerce. Y es un arte aprender la forma de controlar a los abogados en el tribunal.

Algunos de los mejores jueces que conozco en el sistema federal nunca han declarado a un abogado en desacato al tribunal, nunca han sancionado a un abogado. Con su conducta, su posición, su forma de proceder inspiran tal respeto hacia el tribunal que ningún abogado se atrevería jamás a intentar una conducta impropia ante ese juez …

Todo litigante aspira a tener una proceso imparcial. Y ese proceso tiene que percibirse como algo neutral, y tiene que serlo realmente… El juez debe garantizar que el proceso sea justo de muchas maneras. Debe dedicar el mismo tiempo a ambas partes y tiene que ser rápido y eficiente.

Cuando a los litigantes se les ofrece un proceso justo, la mayoría piensa que se ha hecho justicia. La mayoría de la gente que lleva una causa ante los tribunales está convencida de que sólo es necesario que una persona neutral y justa escuche su queja para que se haga justicia.

Batalla por la neutralidad

Como parte de su código personal y profesional los jueces deben evitar conflicto de intereses. Es posible que algunos de ustedes tengan familiares en el campo de la agricultura, los negocios o la industria. ¿Ello influye en su opinión? ¿Influye en su actitud? ¿El hecho de que usted proviene de una determinada región del país influye sobre la decisión del caso? Todo esto tiene relación con su perspectiva.

Con todo, el secreto para ser un juez de gran ética es no cesar de examinarse a sí mismo. Yo he sido juez más de 20 años y me sorprende la frecuencia con que tengo que regresar al comienzo mismo y preguntarme: "¿Me encuentro bajo la influencia de alguna actitud parcial oculta, alguna predisposición, alguna predilección, algún prejuicio que ni siquiera yo puedo ver? ¿Qué es lo que me insta a decidir el caso en forma determinada?" Debo examinar mis propios antecedentes y mi propia actitud intelectual a fin de asegurarme de que actuó en forma justa.

La batalla por la neutralidad, la batalla por la equidad en la mente del juez nunca termina. Es preciso tener alguna estructura externa que capacite para luchar por la neutralidad perfecta …. pero, es posible que uno nunca la alcance porque todos somos producto de nuestros prejuicios y antecedentes.

Cánones de ética

Existen, sin embargo, ciertas reglas básicas para un proceso imparcial. Primero, no tener un interés financiero o personal en la causa que se examina. Esto parece muy sencillo, pero, ¿qué pasa si un miembro de su familia tiene acciones en una sociedad o algunos de sus amigos le han dicho que esperan que el caso se resuelva de determinada forma? Este es un conflicto de intereses y debe resistirse.

En Estados Unidos, y me refiero al poder judicial federal, el código de conducta personal está reforzado por cánones de ética escritos. De manera que desde mi punto de vista, el código de conducta personal debe reflejarse en un código de ética escrito y los jueces deben hablar de ese código.

Cuando se oye o se lee el código de ética de Estados Unidos parece tan simple, tan básico, tan elemental que uno podría pensar que todo el mundo estaría de acuerdo con él. El código parece casi simplista, una perogrullada. Permítanme leer los siete cánones de ética. Estos preceptos son principios con los que nadie podría estar en desacuerdo.

  • Los jueces deberán mantener la integridad e independencia del poder judicial.

  • Los jueces deberán evitar la incorrección y la apariencia de incorrección en todas sus actividades.

  • Los jueces deberán desempeñar los deberes de su cargo en forma imparcial y con diligencia.

  • Los jueces pueden realizar actividades extrajudiciales para perfeccionar la ley, el régimen jurídico y la administración de justicia.

  • Los jueces deberán ordenar sus actividades extrajudiciales de manera de reducir al mínimo el riesgo de conflicto con sus deberes judiciales.

  • Los jueces deberán someter informes periódicamente sobre la compensación recibida por actividades relacionadas con la ley y extrajudiciales; y

  • Los jueces deberán abstenerse de actividades políticas.

Algunas de estos cánones, incluso el de los informes, reflejan la posición oficial de la judicatura de Estados Unidos, principalmente para evitar conflictos de naturaleza financiera. La ley nos exige someter una declaración pública en la que se enumeran todas nuestras propiedades, todos nuestros bienes, todos nuestros haberes y todos nuestros ingresos…. Nos preocupaba de tal manera garantizar la apariencia de neutralidad que insistimos en que todos los haberes de los jueces debían ser declarados. Por ejemplo, si un juez es dueño aunque sea de una sola acción en una sociedad, o si su cónyuge o un miembro de su familia posee una acción, ese juez está obligatoriamente descalificado para intervenir en una causa relacionada con esa sociedad…. O si el juez cree que tiene suficiente interés en una causa como para impedirle garantizar la neutralidad, no deberá formar parte del tribunal, aunque los abogados se lo pidan ….

Comité de Jueces

En el sistema federal judicial de Estados Unidos tenemos un comité de jueces que contesta preguntas de todos los miembros de la judicatura que tengan alguna inquietud sobre ética judicial …. El comité no sólo hace algunas recomendaciones al juez y menciona algunos principios para su examen y consideración, sino que le brinda cierta protección. Si más adelante se critica al juez por entender en una causa determinada, el juez puede decir: "Bueno, escribí al comité sobre el asunto y el comité estuvo de acuerdo conmigo".

Permítanme darles un ejemplo. Teníamos un juez que había dedicado tiempo a un caso de antimonopolio sumamente complejo. Durante el proceso conoció a una dama con quien se casó. Descubrió que su esposa tenía un número considerable de acciones en las sociedades involucradas en el caso, así que escribió al comité preguntando qué debía hacer ….

De tal manera que un sistema ético debe tener un código personal y profesional; debe tener un sistema escrito de ética y debe tener un mecanismo para hacerlo cumplir.

Reconocimiento del Código Judicial

De tiempo en tiempo un juez viola el juramento judicial y deshonra la magistratura. Ello acarrea desprestigio para toda la profesión. Es trágico, pero los jueces son seres humanos y, desde luego, están sujetos a las debilidades humanas ….

En el sistema federal de Estados Unidos los jueces pueden ser removidos sólo mediante juicio político del Senado de Estados Unidos. Ha habido sólo siete casos en nuestra historia de 200 años en los que el Senado tuvo que remover a un juez. Otros jueces han renunciado bajo presión …. debido a corrupción, soborno, alcoholismo o inestabilidad mental.

Además de la remoción por juicio político, Estados Unidos tiene un mecanismo disciplinario por el cual se amonesta o censura al juez por su conducta. La propia judicatura controla este mecanismo y creo que es muy importante que cualquier mecanismo para censurar o amonestar a los jueces, medidas que no llegan a la remoción, esté en manos de la judicatura. Con todo, la judicatura, a su vez, debe observar una ética suficientemente fuerte, una tradición de equidad e independencia suficientemente fuertes de su capacidad de encarar sus propios problemas….

Es parte de la independencia judicial. Ello no quiere decir que debemos ocultar o proteger a los miembros de nuestro oficio; significa que debemos ser francos y enérgicos en cuanto a reconocer que debe haber un código judicial, que debe ser específico, que es preciso que comprendamos lo que entraña y que debemos aplicarlo.

Me he extendido por algún tiempo, ahora me gustaría responder a sus preguntas.

Pregunta: La constitución eslovena cuenta con una cláusula especial que estipula que un juez puede ser miembro de un partido político, pero no puede desempeñar ningún cargo en una organización política. Durante las campañas electorales locales y estatales se plantean serios interrogantes acerca de si un juez puede identificarse a sí mismo como miembro de un partido político, y si un juez puede respaldar públicamente a un candidato no judicial a un cargo público. ¿Cree usted que una actividad política tal puede considerarse impropia?

Juez Kennedy: En la estructura estadounidense, tenemos una judicatura federal, de la cual soy miembro, y 50 judicaturas estatales separadas. Algunas de las respuestas que les daré a ustedes hoy reflejan la tradición federal, que es más rigurosa, más antigua, más insistente en cuanto a la separación de poderes. De modo que les daré dos respuestas: una respuesta de los estados y una respuesta federal.

De acuerdo con la tradición federal, nos horrorizaría que un juez respaldara a un candidato político. Creemos que esto no está de acuerdo con la separación de poderes pertinente a nuestro sistema constitucional. Creemos que los jueces no deben tener una identidad política.

En el sistema de los estados, algunos jueces se los nombra mediante elección. Esto hace que nuestros amigos de muchos países europeos se pregunten si ese juez puede ser independiente si lo designan mediante elección. Esto comienza a generar un tremendo volumen de discusión también en Estados Unidos, porque tenemos el problema de las tremendas cantidades de dinero que se destinan a las campañas electorales por televisión, a medida a favor de algún juez. De modo que la pregunta que ustedes hacen acerca de jueces y política toca un punto muy delicado en Estados Unidos.

Si la judicatura ha de ser independiente, debe divorciarse de las actividades políticas. Una judicatura no puede quedar atrapada en las disputas partidistas en las que necesariamente participa un sistema político vigoroso. De modo que no creo que sea prudente que al nombre de un juez se le coloquen rótulos judiciales y políticos, y, por cierto, no creo que un juez deba respaldar a un candidato político. Uno de los sacrificios que se hacen cuando se entra en la judicatura es que hay ciertos aspectos de la vida pública y privada en los que ya no se puede participar, y, finalmente, al intervenir en asuntos políticos se le falta el respeto a la judicatura.

Creo que las promociones y evaluaciones de los jueces deben basarse en sus méritos como estudiosos y en su dedicación a los principios neutrales del derecho. De modo que en la medida en que la cultura y el sistema político de ustedes lo permita, yo tomaría todas las medidas posibles para separar al juez de los endosos políticos y la actividad política.

Pregunta: Eslovenia se encuentra ahora en medio de un debate en torno a los cambios constitucionales. ¿Entiende usted que puede haber algún obstáculo a que una asociación de jueces contribuya a mejorar la ley constitucional organizando discusiones o participando en la preparación de un borrador constitucional?

Juez Kennedy: Los jueces ejercen poder como parte que son del aparato gubernamental. Entonces, es necesario que los jueces — con su experiencia profesional y su compromiso con la neutralidad — participen en aquellas discusiones y actividades que mejoran la ley.

En Estados Unidos tenemos reglas específicas en nuestros cánones que no sólo permiten sino que alientan a los jueces a que enseñen, participen en actividades destinadas a mejorar el sistema legal…

Cuando los jueces estadounidenses buscan aliados, a menudo recurrimos a nuestros amigos y ex colegas… Hacemos esto abiertamente, explicando en una carta abierta cuáles son nuestras preocupaciones judiciales. No podemos estar tan apartados del mundo como para poder o deber desconocer las cuestiones, legislación y políticas que afectan a la judicatura, y creo que es muy apropiado que un juez participe en tales actividades y discusiones.

Sin embargo, un juez debe ser muy cuidadoso al dejar sentado que hace esto como una actividad extra judicial, y que no participará en tales discusiones en el tribunal ni las incluirá en sus opiniones o escritos.

Pregunta: He leído su código de conducta judicial… y me gustaría saber algo más de las provisiones acerca del cumplimiento de estas reglas y, en caso de transgresiones, ¿cuáles son las consecuencias y quién las pone en vigor?

Juez Kennedy: En la judicatura de Estados Unidos tenemos, en cada región, lo que llamamos un circuito judicial. Cada estado y el Distrito de Columbia (la ciudad de Washington) pertenecen a uno de 12 circuitos diferentes. Cada uno de esos circuitos tiene un juez presidente y cada uno de esos jueces presidentes tiene un comité, consistente, por mitades, en jueces substanciadores y jueces de apelación. Cualquier ciudadano o cualquier juez puede presentar una queja contra otro juez.

Algunas de estas quejas son simplemente frívolas. Proceden de un litigante frustrado que hace alguna acusación sin fundamento contra el juez. A estas se las investiga y desecha rápidamente. Si se alegan transgresiones más serias, entonces se sigue una serie de pasos. En algunos casos, el juez presidente y el comité llaman ante sí al juez y, en privado, lo aconsejan… No se deja constancia de los procedimiento del comité, fuera de decir que se tuvo conocimiento de la queja y se dispuso de ella… El comité urge que esta conducta no se repita, señala la violación ética y el daño que este juez le causa a la judicatura.

Si la transgresión se repite o es más grave, la disciplina puede incluir una censura pública y una orden del juez presidente de que al juez transgresor se le retiren ciertos casos. El calendario de ese juez se limitará o se le sacarán de allí los casos en que ha actuado impropiamente.

Si la transgresión es muy grave, y llega a una violación crasa de la ética judicial o a un delito, el juez presidente refiere al juez transgresor al Senado de Estados Unidos para que se le haga un juicio político. Esto ha pasado en dos ocasiones, creo, en los últimos 10 años, y en ambos casos el juez fue destituido.

Algunos de estos problemas ocurren porque un juez es indiferente, carece de sensibilidad o, a veces, es perezoso… Los jueces deben ser estudiosos. Algunos jueces creen que cuando llegan al tribunal, pueden dejar de aprender. Se equivocan. Es cuando uno llega al tribunal que tiene que empezar su aprendizaje. Esto es parte de sus obligaciones éticas. Y algunos jueces norteamericanos — todos los cuales tienen exceso de trabajo — simplemente se vuelven descuidados e insensibles. Esa es la razón por la que nuestra mejor técnica es el consejo impartido por otros jueces, y la mayoría de las veces da resultado.

Permítanme decir que en algunos estados norteamericanos hay comisiones de remoción judicial en las que están representados ciudadanos particulares, no jueces. El sistema federal no es así. En los estados, los mecanismos son muy diferentes de los que acabo de describir.

Pregunta: Entiendo que el código de ética de los jueces norteamericanos estipula que un juez debe abstenerse de la actividad política. ¿Significa eso que a un juez no se le permite ser miembro de un partido político, o simplemente que un juez no debe desempeñar un papel activo en la política?

Juez Kennedy: En general, nosotros no somos miembros de partidos políticos en los que se pagan cuotas partidarias. Sin embargo, en algunos estados a los jueces se les permite hacerlo porque tienen que pertenecer a un partido para votar en elecciones primarias… pero cualquier afiliación política sólo debe permitirle al juez participar en el proceso de votación. El juez no puede usar su nombre para promover una causa política.

Pregunta: Permítanme plantear, a través del ejemplo que sigue, una pregunta en relación con la independencia de los jueces. Hay pendiente un caso de quiebra contra una firma que emitía bonos sin valor. Hay una investigación congresional sobre la responsabilidad de los políticos involucrados en la emisión de esos bonos sin valor. ¿Puede un juez que entiende en el caso de quiebra ser testigo en la investigación? Y, si la respuesta fuera afirmativa, ¿de qué puede valerse el juez para defenderse de las preguntas de los investigadores acerca de los dictámenes formulados en el caso de quiebra?

Juez Kennedy: Soy renuente a comentar en torno a cualquier caso específico del que no conozco todos los antecedentes, pero su pregunta me permite ocuparme de ciertos principios generales. En su mayoría, nuestras reglas prohíben específicamente que un juez sea testigo de reputación. Pero si un juez dispone de cierta información acerca de las actividades que se investigan, entonces, como cualquier otro testigo, el juez debe transmitirles a las autoridades investigadoras los hechos que son de su conocimiento. Doy por sentado que el juez conoció esos hechos antes de incorporarse a su tribunal. Y si el juez hubiera participado en ciertas actividades financieras o supiera de ellas a través de sus actividades privadas, por supuesto que podría ser testigo.

Pregunta: Su código de conducta judicial dice que "los jueces pueden escribir, dar conferencias, enseñar o hablar sobre temas no legales y participar en las artes, los deportes y otras actividades sociales y recreativas, pero éstas no deben confligir con sus deberes judiciales". Yo querría saber, primero, ¿necesitan obtener el consentimiento de alguien? Por ejemplo, en nuestro país debemos obtener el consentimiento del presidente del tribunal si queremos participar en cualquier actividad extrajudicial. Segundo, ¿pueden recibir remuneración por esa actividad extra judicial? Y tercero, ¿tiene un límite esa remuneración? Por ejemplo, ¿puede un juez ganar dinero con sus actividades extrajudiciales?

Juez Kennedy: En el sistema federal, los jueces pueden ganar dinero enseñando o escribiendo. Ese salario está limitado por la ley federal y es de alrededor del 10 por ciento del salario del juez. Pero deben obtener permiso del juez presidente del tribunal antes de hacerlo, para asegurarse de que no haya conflicto con sus actividades judiciales… Nunca podemos cobrar honorarios por darle una conferencia a un grupo que tiene un interés ante el tribunal. Y debemos dar conferencias únicamente en escuelas de abogacía o asociaciones profesionales. En lo que toca a participar en otras actividades como manifestaciones de protesta y manifestaciones y cosas así, los jueces no pueden hacerlo.

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Para terminar, me gustaría decir que esta hora que acabo de pasar me ha resultado fascinante. Hay una afinidad, un vínculo, un lazo de afecto entre todos los jueces de todo el mundo. Compartimos las mismas aspiraciones, las mismas convicciones, las mismas pruebas y tribulaciones, el mismo sentido de logro y entusiasmo cuando adelantamos el imperio de la ley. A medida que llega a su fin este siglo, creo que los historiadores dirán que uno de los grandes avances de nuestra civilización durante estos últimos 100 años ha sido el don de la ley que se le ha hecho a gente de todo el mundo. Al imperio de la ley se lo considera un derecho natural de cada hombre y cada mujer, y los jueces simbolizan tanto la realidad como las aspiraciones de ese imperio de la ley.

Muchas gracias.

Circulares de la oficina de Ética Judicial

CIRCULAR Nº 05 /2006

Asunción, 02 de mayo de 2006.-

PEDIDOS DE SUSPENSIÓN DE AFILIACIÓN A PARTIDOS POLÍTICOS. ACLARACIÓN ANTE INFORMACIONES PERIODÍSTICAS:

Ante la publicación periodística (UH, 01/05/06) en la cual se manifiesta erróneamente que los magistrados tienen el plazo de quince días hábiles para renunciar o solicitar la suspensión de su afiliación a un partido político, previa notificación personal por parte de la Oficina de Ética Judicial. La Oficina de Ética Judicial, con el objeto de evitar confusiones en cuanto al procedimiento, por informaciones no emanadas de este órgano, aclara que:

1) El 30 de junio de 2006 es el plazo máximo de presentación de pedidos de suspensión de afiliación a los partidos políticos, de conformidad con el artículo 66 del Código de Ética Judicial.

La Oficina de Ética Judicial podrá canalizar los pedidos de suspensión y cuenta con modelos al efecto. No obstante, si los magistrados desean canalizarlos por otros medios deberán enviar una copia de la solicitud presentada a la Oficina para su registro. Se solicita a los Señores Magistrados cumplan con esta obligación en la mayor brevedad con el objeto de evitar inconvenientes de último momento.

2) No se realizarán notificaciones personales de la obligación de solicitar la suspensión de afiliación de quienes ejercen una magistratura judicial teniendo en cuenta el carácter público de dicha normativa (Acordada N° 390/2006, art. 2°, 10, 65 y 66 de la Corte Suprema de Justicia; Circular N° 03/2006 de la Oficina de Ética Judicial).

Personal de la Oficina de Ética Judicial, se encuentra visitando los despachos de algunos magistrados con el objeto de promocionar el Código. Quienes deseen un ejemplar del Código de Ética Judicial pueden solicitarlo a la Oficina de Ética Judicial, o bien en las Circunscripciones Judiciales del Interior de la República a la Presidencia de la Circunscripción. O bien, obtenerlo de la página web del Poder Judicial www.pj.gov.py, con la normativa complementaria.

La Oficina se encuentra en el piso 3 de la Torre Norte del Palacio de Justicia de Asunción. Para cualquier consulta se encuentra a su disposición. Su número directo es el (021)425.493. Sus internos en el Palacio de Justicia de Asunción son: 2346, 2347 y 2348.

ABOG. ESTEBAN KRISKOVICH – DIRECTOR COORDINADOR -OFICINA DE ÉTICA JUDICIAL

NOTICIAS RELACIONADAS CON LA ÉTICA JUDICIAL

Y TEXTOS PARA LA REFLEXIÓN

* En el mes de junio se llevó a cabo la XIII Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas de Justicia en República Dominicana, uno de los temas centrales fue el establecimiento de un Modelo de Código de Ética Judicial para nuestros pueblos. Al mismo asistió el actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay, Prof. Dr. José Raúl Torres Kirmser.

* La Oficina de Ética Judicial realizó visitas a las distintas circunscripciones judiciales del país durante el mes de junio, para presentar la Oficina y recibir los pedidos de suspensión de afiliación de los magistrados judiciales a los partidos políticos. Se visitaron las siguientes circunscripciones judiciales: Itapúa, Alto Paraná, Caaguazú, Caazapá, Villarrica, Misiones, Pilar, Amambay y Concepción. Se agradece a los magistrados por su receptividad. En adelante también se prepararán cursos de capacitación sobre el Código para las Circunscripciones Judiciales de toda la República.

* Gran participación de los magistrados en solicitudes de desafiliación a partidos políticos mientras ejerzan el cargo, de conformidad con el art. 10, numeral 3, del Código de Ética Judicial. El nivel de cumplimiento de los magistrados en la normativa es de alrededor del 90 %, en brevedad se completará el faltante teniendo en consideración que faltan completar algunos trámites dificultados por la distancia o algunos procedimientos administrativos.

* La Corte Suprema de Justicia se encuentra en estudio de la conformación de los órganos dispuestos por el Código de Ética Judicial, vale decir el Consejo Consultivo y el Tribunal de Ética Judicial. En breve tendremos novedades sobre la efectiva conformación de los mismos, acorde con lo dispuesto en los arts. 42, 50 y 67 del Código de Ética Judicial.

Textos para reflexionar

Frases éticas

*Una justicia politizada, dirigida o presionada desde el poder, es propia de los regímenes autoritarios no de los democráticos"

* Cuida tu vida privada y procura que tu conducta pública sea intachable, evita los malos comentarios y se honesto y sencillo pues no sólo se requiere ser honrado sino parecerlo"

*Se ético y te transformarás en un misterioso alquimista colmado de oro, dinero y virtud;

pero cuando lo logres no seas soberbio, la modestia es gratitud y es bello ser grato. (Lic. Modesto Santos Villacrés)

*Es deber del Juez respetar la dignidad de las personas y sus derechos"

*

"Es deber del Juez comportarse en todo momento y lugar conforme con las reglas sociales del decoro a fin de mantener incólume la imagen judicial"

*"Es deber del Juez respetar y hacer respetar la institucionalidad del Poder Judicial como Poder del Estado".

*"Ser Juez es muy difícil, y ser Juez perfecto es imposible. El único que ha existido fue crucificado en medio de dos ladrones"

*"Señores Abogados: Respeten la autoridad, es el principio de coordinación y de ordenación social".

*"Sin autoridad, tendremos anarquía, y sin libertad, totalitarismo".

*"Solamente un juez íntegro puede ser un juez imparcial".

*"La Resolución injusta daña tanto casi como la tardía"

*"Busca la Justicia en la Aplicación de la Ley, no la ley justa"

*Severidad y bondad, dos cualidades que permiten aplicar la ley con sentido humano"

*"No seas suntuoso, arrogante o prepotente, recuerda que la justicia que impartes, es terrena" Dr. Luis Fernández Doblado

*"Una justicia libre, en manos de jueces sometidos, no es sino una ficción henchida de ironía"

*Tus mejores amigos o peores enemigos peden ser tus compañeros de trabajo, de ti depende que se conviertan en unos o en otros.

*"Un buen Juez debe enseñar con el ejemplo"

*"La tarea del juez es más que formidable y responsable, ¿quién más esta facultado para privar del patrimonio, de la libertad o incluso en algunos países, de la vida a uno se sus semejantes? Piense: Cómo desearía que fuera el magistrado que resolviera sobre su vida y sus bienes, sus derechos e intereses……….."

*Sin la Ética la ciencia más profunda se desvirtúa y se convierte en charlatanería"

*Un juez ante todo, debe ser honesto. En segundo lugar, ha de poseer una razonable dosis de habilidad. A ello ha de unir valor y ser un caballero…." Lord Canciller Lyndhurst

Boletín de Ética Judicial

Órgano Oficial de la Oficina de Ética Judicial

de la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay

Número 3. Julio de 2006

Corte Suprema de Justicia

Presidente: Prof. Dr. José Raúl Torres Kirmser

Vicepresidente Primero: Prof. Dr. Víctor Manuel Núñez Rodríguez

Vicepresidente Segundo: Dr. Wildo Rienzi Galeano

Ministro: Dr. José V. Altamirano

Ministro: Prof. Dr. Miguel Oscar Bajac Albertini

Ministro: Prof. Dr. Sindulfo Blanco

Ministro: Prof. Dr. Antonio Fretes

Ministro: Prof. Dr. César A. Garay

Ministra: Prof. Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa

Oficina de Ética Judicial

Director Coordinador: Prof. Abog. Esteban Kriskovich

Funcionarios:

Jefa de Denuncias: Abog. Romina E. Taboada Tonina

Jefa de Consultas: Abog. Alicia Velázquez Llano

Jefa de Gestión: Lic. Birgitt Knust Chekerdemián

Encargado: Magno Aquino Martínez

Auxiliar: Noelia Centurión

Oficina de Ética Judicial. Torre Norte. Palacio de Justicia de Asunción. Calle Alonso y Testanova. Asunción. Paraguay. Telef. 425493. E-mail: [email protected]

 

 

Autor:

Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.

"A LA CULTURA DEL SECRETO, SI A LA LIBERTAD DE INFORMACION"

Santiago de los Caballeros,

República Dominicana,

2014.

"DIOS, JUAN PABLO DUARTE Y JUAN BOSCH – POR SIEMPRE"

[1] Tomado de: http://usinfo.state.gov/journals/itdhr/0999/ijds/kennedy.htm