Descargar

Marco histórico, jurídico legal medio ambiental en Cuba (página 2)


Partes: 1, 2

 

2. Marco Legal sobre el Medio Ambiente.

Las Convenciones son la base fundamental del derecho internacional, de ellas se engendran normas jurídicas, derechos y principios.

Otra forma de aplicación del derecho internacional es a través de conceptos como el Consuetudinario: Si una acción es aplicada durante un largo período de tiempo por un número significativo de países, que lo aceptan como una obligación jurídica, pasa a formar parte del derecho CONSUETUDINARIO y por lo tanto puede considerarse como una Norma Jurídica Internacional.

El derecho consuetudinario prohíbe en sus territorios actividades que causen daños al Medio Ambiente de otros países o partes de otras regiones. Hacer uso "razonable" de recursos naturales comunes, como la atmósfera, las cuencas por ejemplo. En estos casos el problema radica en el término de " razonable ", ya que no se mide la cantidad de CO2, NOx u otras sustancias que de un área o región pasa a otra las áreas provocando acciones contaminantes a los vecinos o receptores en general.

El principio de precaución, es un elemento importante usado en la arena internacional ya que estipula: las actividades que dañen al Medio Ambiente deben ser restringidas o incluso prohibidas, por esto, el abordaje del problema ha de indicar la sinergia ambientalista mundial, .este principio se incluye en Conferencias y convenios

En los países Europeos de la comunidad, el marco legal fundamental que regula las evaluaciones del impacto ambiental se puede analizar de la siguiente manera:

  • A tenor del Tratado de Roma , donde se incluye entre sus objetivos el de "mejorar las condiciones de vida y de trabajo de su población ",se inicia el desarrollo de una serie de programas que en su 1er. Programa de acción en 1973; se forma un instrumento jurídico del cual derivan los reglamentos, decisiones y directivas.
  • En el 2do. Programa, se continúa con el objetivo anterior y da cierta prioridad a temas de contaminación de aguas continentales y marinas.
  • El 3er. Programa estimuló la aceptación del principio de "quien contamina paga", esto permitió que se aprobara el primer reglamento o directiva de impacto ambiental.
  • El 4to.Programa , atendió la reducción y control de la contaminación, lo más importante en este programa, es que se precisa al medio ambiente como el componente esencial de la política económica , industrial , agrícola y social de la Comunidad.
  • El 5to.Programa entra en vigor desde enero de 1993, en el se sostiene que el medio ambiente y el desarrollo sostenible son indisociables y adopta la expresión de desarrollo sostenible.

Otras acciones legales se contemplan en:

  • Acta única Europea ; en su artículo 25 añade un epígrafe "medio ambiente "y en el artículo 130 R , punto 2, se afirma la necesidad de la acción comunitaria con el objetivo de prevenir, conservar, proteger el medio ambiente.

– Directiva 91/271/CEE, sobre la depuración de las aguas residuales, se fijan diferentes tratamientos para las aguas, con requerimientos de plazos de cumplimiento hasta el año 2005, según el tipo de agua a tratar.

Estos son algunos ejemplos, bastantes generalizados, en los que se puede apreciar el interés sobre el medio ambiente. En los países Europeos se sigue trabajando en este sentido incrementándose sus acciones para mejorar el medio ambiente cada vez más .

En América Latina, se ha desarrollado el espíritu del movimiento ambientalista concretándose en hechos importantes dentro de entidades financieras y organizaciones importantes como:

– El Banco Interamericano de Desarrollo ( BID ) , acordó que para tramitar proyectos se requiere la inclusión de elementos básicos sobre definiciones ambientales de los proyectos ,donde se exigen, entre otros, los siguientes datos : costos de medidas paliativas para contrarrestar el efecto ecológico ; administración de riesgos mediante la Identificación , cuantificación y diseño de medidas preventivas, etc.

– El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), a fin de garantizar una adecuada consideración de aspectos ambientales desarrolla el sistema de planificación y análisis ambiental (SPAA) .

Organización Panamericana de la Salud (OPS) , a través del Centro Panamericano de Ecología humana y salud , se preocupa por la evaluación ambiental relacionada con la salud .

Los acuerdos y acciones de diferentes organizaciones internacionales y ONG han permitido que en todos los países del hemisferio se introdujeran acciones legales con instrumentos precisos en función de la preservación del medio ambiente.

3. Análisis del tema medio ambiental en Cuba.

La aplicación consecuente de la política ambiental en cuba se ha caracterizado por pasos concretos desde mucho antes de la celebración de la cumbre de Río, si partimos del análisis de la crítica situación social con altos niveles de pobreza, desempleo, analfabetismo, bajos niveles de salud, en que se encontraba sumido nuestro país antes del triunfo de la Revolución, los cuales fueron elementos del medio ambiente que constituyeron prioridad en la política de la revolución desde los inicios del año 1959.

La política ambiental cubana, desde sus inicios, ha estado definida y sustentada por los principios de desarrollo económico y social equitativo para todo el pueblo, delineado por nuestro proceso revolucionario y entre ellos podemos enumerar:

1.-Transformación total de la estructura agraria, basada en grandes latifundios ( el 8 % de los propietarios poseían más del 80 % de las tierras).

2.- Se erradicó el analfabetismo (de un millón de analfabetos) el 70 % de la población ha alcanzado el 6to. grado y la totalidad de los niños está escolarizada hasta el 9no. grado.

3.-.Se disminuyó la tasa de mortalidad infantil de 60 a 7,9 por mil nacidos vivos, la esperanza de vida se incrementó de 61 a más de 75 años.

4.- Se incrementaron los servicios eléctricos de un 56 % al 94 % de la población.

5.- Se incrementó la superficie boscosa nacional de un 14 % a un 19,5 – 21 %.

6.- Se erradicó el desempleo, la miseria y la inseguridad laboral de los trabajadores.

No obstante lo anterior, han existido errores y deficiencias, entre otras cosas, por la insuficiente conciencia, conocimiento y educación ambiental, la carencia de una mayor exigencia en la gestión, una aún insuficiente incorporación de la dimensión ambiental en las políticas, planes y programas de desarrollo, y por la ausencia de un sistema jurídico lo suficientemente integrador y coherente.

Entre los pasos concretos que ha ido dando nuestro país para enfrentar el problema medio ambiental, podemos citar en orden cronológico, algunos de los más importantes:

1.- La Constitución de la República de Cuba del 24 de febrero de 1976, que estableció la soberanía nacional sobre el medio ambiente y los recursos naturales del país, así como la necesidad de su protección.

2.- La creación de la Comisión Nacional para la protección del medio ambiente y conservación de los recursos naturales, 1976.

3.- Promulgación de la Ley 33, aprobada el 27 de diciembre de 1980, por la Asamblea Nacional del Poder Popular: " Protección del Medio Ambiente y del Uso Racional de los Recursos Naturales ". Esta ley es de carácter general y por su propia naturaleza, trató de brindar pautas concretas, fijar determinadas prohibiciones y marcos permisibles de acción para las legislaciones complementarias. Se puso especial atención a que sus preceptos fueran de posible cumplimiento, tomando en consideración las condiciones actuales, previendo también el futuro desarrollo del país.

4.- La ley 62 . Código Penal de 1988, contempla un capítulo , el IV que aborda los Delitos contra la salud pública y en el título VI, los delitos contra los bienes patrimoniales. En este aspecto se contemplan sanciones de multas y privación de libertad en concordancia a la fechoría.

5.- Promulgación del Decreto-Ley 118 en enero de 1990. " Estructura, la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección del Medio Ambiente y su órgano Rector."

6.- Modificación en 1992 del artículo 27 de la Constitución de la República, quedando de esta manera : "Artículo 27.- El Estado protege el medio ambiente y los recursos naturales del país. Reconoce su estrecha vinculación con el desarrollo económico y social sostenible para hacer más racional la vida humana y asegurar la supervivencia, el bienestar y la seguridad de las generaciones actuales y futuras. Corresponde a los órganos competentes aplicar esta política.

Es deber de los ciudadanos contribuir a la protección del agua, la atmósfera, la conservación del suelo, la flora, la fauna, y todo el rico potencial de la naturaleza."

7.- Aprobación del Programa Nacional de Medio Ambiente y desarrollo, adecuación cubana de la agenda XXI, en 1993.

8.- Creación del Ministerio de Ciencia Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), 1994. El cual dirige toda la política que sobre el medio ambiente se genere en el país

9.- Resolución 16/94 del Consejo de la Administración provincial del Poder Popular. El reglamento de Ornato, higiene y servicios comunales. Esta resolución limita aspectos sobre el ornato en la Ciudad de la Habana, como son: la tala de árboles, daño a jardines, colocación de elementos que dañen o limiten el paisaje, la contaminación de ríos , el vertimiento de albañales a las vías públicas, etc.

10.- Estrategia Ambiental Nacional aprobada en 1996, después de un amplio proceso participativo de conciliación y enriquecimiento se recogen los principios de nuestra política ambiental, citando algunos de ellos tenemos:

a) Coadyuvar al desarrollo económico y social sobre bases sostenibles.

b) Concentrar los esfuerzos en los principales problemas ambientales del país, sin descuidar los problemas locales y las prioridades que ellos demanden.

c) Perfeccionar los mecanismos económicos-financieros que permitan enfrentar los principales problemas ambientales actuales y las necesidades del desarrollo.

d) Concentración de las acciones en torno al CITMA, en su calidad de rector de la política ambiental.

e) Participación activa de todos los actores sociales, tanto a nivel central como local, sobre la base de una acción coordinadora, fundada en la cooperación y la corresponsabilidad.

f) Formación de una conciencia ambiental, profundizando en las acciones de educación, divulgación e información ambiental.

11. – Es así que en junio de 1997 es aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular la ley # 81 del medio ambiente, que deroga la ley # 33 y el Decreto-ley 118/90. La cual consta de XIV títulos, con un total de 163 artículos.

En la misma, en su título I, capítulo 3, plantea varios objetivos fundamentales a tener en cuenta dentro de los que se encuentran los incisos siguientes:

"c) Promover la participación ciudadana en la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible.

d) Desarrollar la conciencia ciudadana en torno a los problemas del medio ambiente, integrando la educación, la divulgación y la información ambiental.

f) Propiciar el cuidado a la salud humana, la elevación de la calidad de vida y el mejoramiento del medio ambiente en general."

En la ley, se especifican otros elementos que no estaban contemplados o que se integran, en un sólo cuerpo. Se pueden enumerar las siguientes características de interés: las áreas protegidas, la Flora y la Fauna silvestre, la Atmósfera, el uso sostenible de los recursos Paisajísticos, la preservación del Patrimonio Cultural asociado al entorno natural, elemento de valor para el desarrollo turístico cubano, el ruido y otros factores físicos que afectan la salud y tranquilidad psíquica de los seres humanos.

Hay dos artículos que están vinculados con el Gobierno local Municipal del Poder Popular y que los faculta para: " "Art.15.Corresponde a los órganos locales del Poder ?, dirigir, coordinar y controlar en lo que a ellos compete y conforme a la legislación vigente, las acciones en materia de:

  1. Evaluación de las prioridades ambientales del territorio y los planes pertinentes para su gestión.
  2. Ordenamiento territorial.
  3. Uso del suelo., forestación, reforestación, vías de circulación, construcciones, servicios públicos y saneamiento.
  4. Protección de las fuentes de abastecimiento de agua.
  5. Protección del medio ambiente en los asentamientos humanos, …
  6. Creación y mantenimiento de áreas verdes.
  7. Identificación de las áreas protegidas del territorio, …
  8. Prevención, control y rehabilitación con respecto a la ocurrencia de desastres naturales u otros tipos…
  9. Preservación del patrimonio cultural asociado al entorno natural".

"Art. 16. Los Organos Locales del Poder Popular, podrán proponer a los órganos y

organismos competentes el establecimiento en sus respectivos territorios, en atención a su

situación particular, de normas y parámetros ambientales más rigurosos o específicos que

Como se puede apreciar, la ley permite a los órganos locales proponer soluciones territoriales acorde a los intereses particulares de la región.

Por todo lo anteriormente expuesto y tomando en cuenta la explotación indiscriminada de los recursos naturales del planeta, a nivel internacional, se ha logrado un despertar de alerta roja en favor del cuidado y desarrollo del medio ambiente, por lo que sentimos como una obligación de nuestra educación, promover el amor y el respeto hacia la conservación del medio natural que nos rodea

No obstante, no bastan las leyes, decretos, normas y resoluciones, sino se crea una conciencia ambientalista a través de la Educación Ambiental que propicie el mejoramiento de la calidad de la vida.

Conclusiones.

A pesar del trabajo y dedicación de organismos internacionales como: PNUMA, PNUD, FCE, UNESCO, FAO, NNUU; y de programas y cooperaciones entre naciones e instituciones ONG, se requiere precisar aspectos que son todavía escabrosos como: la paz y el desarme mundial, las nuevas relaciones económicas, la globalización el enfrentamiento a la pobreza, las pérdidas de la biodiversidad.

Por esto, no bastan las cooperaciones y los programas si no hay una educación ambiental, una posición que permita no sólo ejecutar sino llevar a vías de éxito al desarrollo sostenible. Claro esta que la cooperación y los programas son necesarios y ayudan, pero se hace imprescindible incluir a un número mayor y creciente de personas en la batalla por el medioambiente, a través de propaganda y el convencimiento.

La participación de la población en las decisiones sobre el medio ambiente y sus condiciones de vida es vital, no sólo suponen una democratización, sino promueven que la población se comprometa con la conservación y protección de las bases ecológicas de la subsistencia de la especie humana y la vida en general.

Bibliografía.

Ayes Ametller, Gilberto: Medio ambiente: Impacto y desarrollo. Editorial Científico-Técnica. Colección Divulgación Científica. Ciudad de La Habana, 2004.

 

 

 

Autor:

DrC. Prof. Titular. Ing. Gilberto N. Ayes Ametller

Ficha del Autor:

Ing. Gilberto Norberto Ayes Ametller.

Categoría académica: Doctor en Ciencias Técnicas

Categoría docente: Profesor Titular.

Nivel en que trabaja: Educación Superior.

Centro de trabajo: Instituto Superior Pedagógico para la Educación Técnica y Profesional "Héctor Alfredo Pineda Zaldívar". "Universidad Pedagógica Técnica"

Cargo que ocupa: Asesor Técnico Docente de la Rectoría.

Dirección particular: ave 91 No. 28406, El Cano, La Lisa. Ciudad de La Habana.

Proyecto de investigación:

  • "Modelo de Instituto Politécnico de Informática"  Programa: Proyecto de Investigación asociado al Programa Ramal 2: "La educación Preuniversitaria, Técnica y profesional y de Adultos: transformaciones actuales y futuras".
  • "Evaluación de Impactos ambientales". Ministerio de Salud Pública. MINSAP
Partes: 1, 2
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente