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Fundamentos políticos y filosóficos (página 3)


Partes: 1, 2, 3

Comparabilidad: Las decisiones económicas basadas en la información financiera requieren en la mayoría de los casos, la posibilidad de comparar la situación financiera y los resultados en operación de una entidad en períodos diferentes de su vida y con otras entidades, por consiguiente, es necesario que las políticas contables sean aplicadas consistente y uniformemente.

La necesidad de comparabilidad no debe convertirse en un impedimento para la introducción de mejores políticas contables, consecuentemente cuando existan opciones más relevantes y confiables, la entidad debe cambiar la política usada y advertirlo claramente en la información que se presenta, indicando, debidamente cuantificado, el efecto que dicho cambio produce en la información financiera. Lo mismo se aplica a la agrupación y presentación de la información.

Revelación suficiente: La información contable presentada en los estados financieros debe contener en forma clara y comprensib0le todo lo necesario para juzgar los resultados de operación y la situación financiera de la entidad; por lo mismo, es importante que la información suministrada contenga suficientes elementos de juicio y material básico para que las decisiones de los interesados estén suficientemente fundadas.

Prudencia: Las incertidumbres inevitablemente circundan muchas de las transacciones y eventos económicos, lo cual obliga a reconocerlos mediante el ejercicio de la prudencia en la preparación de los estados financieros. Cuando se vaya a aplicar el juicio profesional para decidir en aquellos casos en que no haya bases para elegir entre alternativas propuestas, deberá optarse por la que menos optimismo refleje; pero observando en todo momento que la decisión sea equitativa para los usuarios de la información contable.

Sin embargo, el ejercicio de la prudencia no justifica la creación de reservas secretas u ocultas o provisiones en exceso, ni realizar deliberadamente, subvaluación de activos o ingresos o sobreestimación de pasivos o gastos.

El Control Interno

Según Redondo (1995) el control interno es "hacer un estudio y una evaluación adecuada de control interno existente, como base para determinar la amplitud de las pruebas a las cuales se limitarán los procedimientos de auditorias."

Para el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (1957), el control interno "es el sistema por el cual se da efecto a la administración de una entidad económica, que comprende el plan de organización y todos los métodos, procedimientos, y técnicas orientadas al logro de los objetivos de la empresa, que en forma coordinada se adoptan a un negocio para la protección de sus activos, la obtención de información financiera correcta y segura (Control Interno Contable), la promoción de eficiencia de operación y la adhesión a las políticas prescritas por la dirección (Control Interno Administrativo)"

El autor Chapman (1965) lo presenta como el programa de organización y el conjunto de métodos y procedimientos coordinados y adoptados por una empresa para salvaguardar sus bienes, comprobar la eficacia de sus datos contables y el grado de confianza que suscitan a afectos de promover la eficiencia de la administración y lograr el cumplimiento de la política administrativa establecida por la dirección de la empresa."

En síntesis, el control interno es el procedimiento mediante el cual se realiza una evaluación de los métodos y procesos administrativos que realiza una empresa con el objeto de comprobar que la información financiera obtenida sea la correcta y segura así como la eficiencia en las operaciones para el logro de los objetivos de la empresa.

Clasificación del Control Interno

Para Chapman (1965) el control interno puede clasificarse de la siguiente manera:

1.-Por Objetivos: salvaguardia de activos, confiabilidad de los registros contables; preparación oportuna de la información financiera contable; beneficio y minimización de costos innecesarios, evitar expansión al riesgo no intencional, prevención o detención de errores e irregularidades; aseguramiento de que las responsabilidades delegadas han sido descargadas; descargo de responsabilidades legales.

2.-Por jurisdicción: control interno contable; control interno administrativo.

Control Interno Contable: Consiste en los métodos, procedimientos y plan de organización que se refieren sobre todo a la protección de los activos y asegurar que las cuentas y los informes financieros sean contables. Son las medidas que se relacionan directamente con la protección de los recursos, tanto materiales. Como financieros, autorizan las operaciones y aseguran la exactitud de los registros y la confiabilidad de la información contable.

Control Interno Administrativo: Son procedimientos y métodos que se relacionan con las operaciones de una empresa y con las directivas, políticas e informes administrativos. Son las medidas diseñadas para mejorar la eficiencia operacional y que no tiene relación directa con la confiabilidad de los registros contables2.

3.- Por métodos: controles preventivos; controles de detección.

4.-Por naturaleza: controles organizativos, controles de desarrollo de sistemas; controles de autorización e información, controles del sistema de contabilidad; controles adicionales de salvaguardia; controles de supervisión de la administración; controles documentales.

Normas Internacionales de Contabilidad:

Según Blanco (2004), estas normas son el producto de grandes estudios y esfuerzos de diferentes entidades educativas, financieras y profesionales del área contable a nivel mundial, para estandarizar la información financiera presentada en los estados financieros.

Las NIC, como se les conoce, son un conjunto de normas que establecen la información que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes físicas o naturales que esperaban su descubrimiento, sino más bien normas que el hombre, de acuerdo sus experiencias comerciales, ha considerado de importancias en la presentación de la información financiera.

Son normas de alta calidad, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa. Las NIC son emitidas por el International Accounting Standards Board (anterior International Accounting Standards Committee). Hasta el año 2005, se han emitido 41 normas, de las que 31 están en vigor en la actualidad, junto con 30 interpretaciones.

Listado de las NIC"s emitidas:01

Presentación de Estados Financieros

NIC. 02

Inventarios

NIC. 03

Sustituida por NIC 27 y NIC 28

PERFIL DE INGRESO

NIC. 04

Contabilización de la Depreciación, (Sustituida)

NIC. 05

Sustituida por NIC 01

NIC. 06

Sustituida por NIC 15

NIC. 07

Estado de Flujo de Efectivo

NIC. 08

Ganancia o Pérdida neta del periodo, errores fundamentales y cambios en las políticas contables.

NIC. 09

Costos de Investigación y Desarrollo (Sus.38)

NIC. 10

Eventos después de la fecha Balance

NIC. 11

Contratos de Construcción

NIC. 12

Impuestos a las Ganancias

NIC. 13

Sustituida por NIC 01

NIC. 14

Información de Segmentos

NIC. 15

Información efectos en cambios de precios (Eliminada)

NIC. 16

Propiedades, Planta y Equipos

NIC. 17

Arrendamientos

NIC. 18

Ingresos

NIC. 19

Beneficios a los empleados

NIC. 20

Contabilidad empresas gubernamentales

NIC. 21

Efectos tasa de cambio moneda extranjera

NIC. 22

Combinaciones de Negocios (Sust. IFRS 3)

NIC. 23

Costos por Intereses

NIC. 24

Operaciones de Partes relacionadas

NIC. 25

Contabilidad de Inversiones (Sustituida NIC 39)

NIC. 26

Contabilidad y reportes para planes de beneficio por retiro

NIC. 27

Estados Financieros Consolidados y Contabilización de Inversiones en Subsidiarias

NIC. 28

Contabilización en Empresas Asociadas

NIC. 29

Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias

NIC. 30

Información a Revelar en los Estados financieros de Bancos e Instituciones Financieras

NIC. 31

Información Financiera de los Intereses en Negocios Conjuntos

NIC. 32

Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar

NIC. 33

Ganancias por acción

NIC. 34

Información financiera intermedia

NIC. 35

Explotaciones en interrupción definitiva

NIC. 36

Deterioro del valor de los activos

NIC. 37

Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes

NIC. 38

Activos materiales

NIC. 39

Activos inmateriales

NIC. 40

Inmuebles de inversión

NIC. 41

Agricultura

NIIF (Normas Internacionales de Información Financieras)

Según lo publicado por Ernst y Young (2005), en 1995 se firmó un acuerdo entre el IASC (International Accounting Standards Committee), actual IASB, y la IOSCO (Organización Internacional de los Organismos Rectores de las Bolsas), por el que se comprometían a revisar todas las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), al objeto de que se pudieran utilizar por las entidades que cotizan en las bolsas.

Consecuentemente, en el Consejo Europeo de Lisboa celebrado en el año 2000, se puso de relieve la necesidad de acelerar la potenciación del mercado interior de servicios financieros y se fijó la fecha del 2005 para la implantación de las NIC, actualmente denominadas Normas Internacionales de Información Financiera.

Con esta finalidad, el 19 de julio de 2002 se aprobó el Reglamento de la UE relativo a la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad. El citado Reglamento exige que, a partir del 1 de enero de 2005 a más tardar, todas las entidades que coticen en un mercado regulado de la UE, así como aquéllas que estén preparando su admisión a cotización en esos mercados, elaboren sus cuentas consolidadas basándose en las NIIF

Las NIIF aparecen como consecuencia del Comercio Internacional mediante la Globalización de la Economía, en la cual intervienen la práctica de Importación y Exportación de Bienes y Servicios, los mismos se fueron aplicando hasta llegar a la inversión directa de otros países extranjeros promoviendo así el cambio fundamental hacia la practica internacional de los negocios.

Están compuestas por las disposiciones legales que conforman el marco regulatorio de las Asociaciones Cooperativas en Venezuela, y son las siguientes:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Establece los preceptos programáticos de la economía social y las empresas de este sector.

En su artículo 70 establece entre los medios de participación y protagonismo del pueblo en lo social y económico, a las Cooperativas en todas sus formas (Financieras, Cajas de Ahorro, la Empresa Comunitaria y otras Formas Asociativas.

Más adelante en el artículo 118 esta norma Constitucional reconoce como derecho (ámbito de los Derechos Económicos) a los trabajadores y a la comunidad en lo siguiente:

"Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos."

Esto es la posibilidad de desarrollar asociaciones de carácter social y participativo como las cooperativas, entre otras formas asociativas. Se establece además, que éstas asociaciones podrán realizar cualquier tipo de actividad económica cuya finalidad sea el mejoramiento de la economía popular y alternativa, siempre con la promoción y protección del Estado.

El artículo 184 contempla la obligación para el legislador de activar la descentralización por parte de los Estados, Municipios hacia las comunidades y grupos vecinales organizados, en lo relativo a servicios, que éstos estén en la capacidad de prestar adecuadamente. Este importante objetivo se lograría promoviendo entre otras acciones, la participación de las Cooperativas como manifestación de la economía social en el contexto de los procesos económicos del país.

En el articulo 308 se consagra en esta norma fundamental la responsabilidad que tiene el Estado Venezolano, de proteger e impulsar entre otras organizaciones destinadas al trabajo, el consumo y el ahorro a las cooperativas, en la intención clara de robustecer la economía del país, a través de la participación popular.

Ley Especial de Asociaciones Cooperativas

Desarrolla de manera detallada los aspectos programáticos constitucionales.

Publicada en G.O. Nº 37231 el 02-07-2001 y reformada por el Decreto con rango y fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas, publicado en G.O. Nº 37285 de fecha 18-09-2001, mediante la cual fue derogada la Ley anterior (27-05-1975). Este texto legal se crea con la finalidad esencial de acatar el mandato constitucional en una materia tan importante como las Cooperativas.

En su artículo 1 define su objeto:

a) Establecimiento de normas generales para regular la organización y funcionamiento de las cooperativas (seguridad operativas (seguridad jurídica).

b) Disposición de mecanismos de relación, participación e integración de las

Cooperativas en los procesos comunitarios.

A través de esta ley, las asociaciones cooperativas poseen unas normativas acerca de los procedimientos desde que una cooperativa nace hasta su disolución, todos aquellos documentos y libros que deben tener, estructura organizativa, la función de cada uno de los miembros así como otras disposiciones.

En el Art. 53 establece que las cooperativas deberán llevar una contabilidad conforme a los principios contables generalmente aceptados aplicables a las cooperativas y que el ejercicio económico de las mismas será establecido en los estatutos, sin embargo no especifica que libros contables deben llevarse.

Providencias Administrativas emitidas por SUNACCOP

P.A. No 001, Caracas, publicada en G.O el 29 de Agosto de 2002.: Establece la creación por parte de los organismos de integración y de asociaciones cooperativas, de los fondos de reserva necesarios para el buen desempeño de sus actividades.

P.A. No 004, Caracas, publicada en G.O el 15 de Agosto de 2003.: Norma particularidades en materia de educación cooperativa, expone la obligatoriedad por parte de directivos de asociaciones cooperativas y organismos de integración a actualizarse en el ámbito cooperativo.

P.A. No 005, Caracas, publicada en G.O el 23 de Julio de 2004: Establece la documentación a entregar de manera obligatoria por parte de las cooperativas y organismos de integración a la Superintendencia Nacional de Cooperativas en los diferentes periodos de su ejercicio económico.

Conclusión:

Por ser una investigación de carácter documental, se procedió a la recolección de información contenida de textos, leyes, revistas páginas  Web. Posteriormente a través de la lectura se seleccionó aquellos temas que tuviera relación con la investigación. Dichos temas fueron analizados, para determinar sus argumentos, el punto de vista de los autores, compararlos con lo establecido en las leyes que rigen las organizaciones en estudio.

Tras esta serie de investigaciones se pudo comprobar el deseo de necesidad de aprender de las comunidades, deseo que en algún momento esperamos satisfacer no tanto como educadores, sino como ciudadanos, ya que es deber de todo ciudadano instruir, enseñar, alimentar y sembrar la patria de conocimientos, para q nuestro país no vuelva a ser victima de la ignorancia, y no seamos esclavos del desarrollo y la tecnología de otros países.

Nuestro equipo procura llevar a cabo una educación directa y participativa donde sea la comunidad la que participe con un torrente de preguntas, las cuales se les hizo más fácil realizar por la estrategia educativa que utilizamos en esta ocasión, ya que trabajamos con proyección de imágenes, ya que para nadie es un secreto que en la mayoría de los casos las personas aprenden mas de los videos y canciones que de la teoría sin practica 

Sin mas que decir nos despedimos de ustedes esperando esta redacción sea del agrado del lector y evaluador, no sin antes dejar claro, que el que sabe una ciencia y no la enseña no sabe nada, por eso nuestro propósito es aprender enseñando

Enfoque de experiencias vividas al compartir con la comunidad:

Al llegar a la comunidad de San José de Sta. Rosa, en la Ciudad de Cabimas estado Zulia, a tener la oportunidad de proyectar nuestros conocimientos basados en la investigación sobre fundamentos políticos y filosóficos, fuimos recibidos de una manera muy atenta por los estudiantes de la Misión Ribas, que en esta ocasión eran las personas escogidas para llevar a cabo nuestro propósito de orientación educativa, el facilitador de este grupo de estudiantes ya nos había preparado el área para desempeñarnos de una manera mas sencilla, ya que talvez por la falta de experiencia, entre los integrantes de este equipo existía algo de temor y nerviosismo, temor que fuimos venciendo, a medida que expresábamos los conocimientos que habíamos  adquirido tras una ardua investigación y trabajo en equipo, fuimos tomando ventaja ya que la estrategia utilizada para llegar al publico asistente fue la proyección de imágenes o  diapositivas a través de un video bin, lo cual facilito el entendimiento de los vencedores y agudizo mas aun nuestro propósito.

De esta manera, pudimos adquirir la capacidad intelectual para ejecutar un taller evaluativo en el cual participamos los integrantes de este grupo de sistematización en general, pese a que pertenecíamos a diferentes equipos de trabajo, todo el curso en si conformamos un solo equipo, integrado en la investigación, conformando una alianza de la cual nos quedo la gran experiencia del trabajo en equipo, de la cooperación mutua, del altruismo y pudimos llevar a cabo una auto evaluación entre nosotros mismos, acotando y destacando nuestras habilidades y destrezas en el arte de la oratoria y de la enseñanza, ya que al llevar nuestros conocimientos a la, pudimos observar que el contenido informativo que llevamos a las personas, les llego casi en su totalidad, porque al hacerles preguntas basadas en el tema ellos mostraban estar relacionados con el tema y lo que más nos llenó de satisfacción fue el saber que, o mejor dicho notar que, los asistentes participaban de una manera casi eufórica, bombardeándonos con preguntas de todo tipo y dando a entender su deseo de recibir más información de los diversos talleres que el estudio y aprendizaje que nos ofrece la misión cultura, la cual hicimos llegar a través de la proyección de diapositivas y conceptos básicos e imágenes que hacían un juego único por su diseño, hecho que  encajaba de una manera didáctica con el lenguaje y entendimiento del publico asistente logrando de esta manera su fácil entendimiento, esperando mejorar la estrategia aplicada para la próxima oportunidad que tengamos de llevar nuestros conocimientos a otras personas y darnos la oportunidad de actuar de una vez en el campo como lo que somos a partir del momento en que decidimos impartir nuestros conocimientos a otras personas, educadores activadores culturales de nuestra nación, y así formar la patria que todos queremos, una Patria para todos.

Anexos:

Grupo asistente al Taller de Fundamentos políticos y filosóficos

Bibliografía Consultada:

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Tamayo, M. (1981) El Proceso de la Investigación Científica: Fundamentos de Investigación

 

 

Autor:

Alexander Maldonado

Jesús Quintero

Iraima Romero

Steve E. Marcano Nieves

Partes: 1, 2, 3
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