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El papel del Estado en la resolución del conflicto


  1. Introducción
  2. Interpretar el papel del Estado en la resolución del conflicto, estructura del poder judicial y principios rectores
  3. Definición de Estado
  4. El papel del Estado democrático social de Derecho y Justicia como garante de la tutela judicial efectiva
  5. Poder Judicial
  6. Principios que rigen el funcionamiento de los órganos que forman el Poder Judicial
  7. Conclusión
  8. Bibliografía

Introducción

El estudio de este tema tiene como objetivo principal Interpretar el Papel del Estado en la Resolución del Conflicto, estructura del Poder Judicial y Principios Rectores.

Para el logro de este objetivo, el cual nos hemos propuesto alcanzar, requerimos estudiar algunos aspectos importantes, que nos permitan comprender en mejor medida el tema, es por ello, que nos propondremos enfatizar en algunos aspectos de vital importancia, tales como; Definición de Estado, El Papel del Estado Democrático Social de Derecho y Justicia como garante de la Tutela Judicial Efectiva, Estructura del Poder Judicial, Funcionamiento de los diferentes Órganos que forman el Poder Judicial en todas sus actuaciones, y Principios que rigen el funcionamiento de los Órganos que forman el Poder Judicial.

Se requerirá estudiar brevemente algunos conceptos significativos para complementar este contenido, entre los cuáles podemos citar; Definición de Estado, Estado Democrático Social de Derecho y Justicia, Resolución del Conflicto, Tutela Judicial Efectiva, Poder Público Nacional de Venezuela, Poder Judicial, Estructura del Poder Judicial en Venezuela, Funcionamiento de los diferentes Órganos que forman El Poder Judicial en todas sus actuaciones, Tribunal Supremo de Justicia, Corte de Apelaciones y Tribunales Superiores,

Tribunales de Primera Instancia, Juzgados de Municipio, Corte Marcial, y los Principios que rigen el funcionamiento de los Órganos que forman El Poder Judicial.

Interpretar el papel del Estado en la resolución del conflicto, estructura del poder judicial y principios rectores

OBJETIVOS:

  • 1. Definición de Estado. El Papel del Estado Democrático Social de Derecho y Justicia como garante de la Tutela Judicial Efectiva.

  • 2. Estructura del Poder Judicial

  • 3. Funcionamiento de los diferentes Órganos que forman el Poder Judicial en todas sus actuaciones

  • 4. Principios que rigen el funcionamiento de los Órganos que forman el Poder Judicial.

Definición de Estado

Es una organización social constituida por un grupo de individuos establecidos sobre un territorio determinado y sujetos a la autoridad de un mismo gobierno.

El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Usualmente, suele adherirse a la definición del Estado, el reconocimiento por parte de la comunidad internacional.

El papel del Estado democrático social de Derecho y Justicia como garante de la tutela judicial efectiva

ESTADO DEMOCRATICO Y SOCIAL DE DERECHO Y DE JUSTICIA

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en  el articulo 2  consagra que "Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". 

Esta constitución democrática compromete su existencia axiológica en el privilegio que le asigna a los derechos humanos como derechos fundamentales caracterizados por la universalidad de sus titulares.

Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar general. Por ello, la justicia, la educación, la salud, la seguridad social, el propender a un desarrollo integral de la sociedad y del individuo, el establecimiento y la protección de los derechos humanos, siendo funciones indelegables del Estado.

En este sentido, el cumplimiento de su función debe avocarse a orientar y apuntalar a la sociedad hacia la protección de los derechos humanos. No basta establecer bases teóricas y leyes para el entendimiento de estos derechos, sino que debe ir más allá, hasta llegar a la función de educar, proteger, asistir y colaborar con aquellos ciudadanos y ciudadanas a quienes les han sido conculcados sus derechos humanos. 

La justicia social comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de organización de la sociedad en general, o en su caso, de acuerdo a un colectivo social determinado. Comprende por tanto el tipo de objetivos colectivos que deben ser perseguidos, defendidos y sostenidos y el tipo de relaciones sociales consideradas admisibles o deseables, de tal manera que describan un estándar de justicia legítimo.

  • RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

La resolución de conflictos es una técnica, ensayada por profesionales experimentados que representan a las partes en disputa a cualquier nivel (individual-interestatal) que ofrecen una vía alternativa para cada parte que desde su punto de vista puede favorecer la resolución del conflicto en todas sus facetas.

Enfoques para abordar los conflictos

A grandes rasgos existen tres enfoques para abordar los conflictos:

  • 1. Enfoque jurídico-moral o normativo: Trata de abordar el conflicto aplicando una serie de normas jurídicas o morales. Es útil cuando existe un consenso básico entre las partes sobre esas normas y lo que se discute es la aplicabilidad de estas en el caso concreto.

  • 2. La negociación o regateo coercitivo: El conflicto se considera omnipresente, ya que se presupone que se debe a una tendencia a dominar, inherente al individuo en sociedad, o imputable al menos a la escasez material.

  • 3. Resolución de conflictos: Se entiende una situación en que las partes establecen unas relaciones, sin temor, que resultan aceptables para todos según sus preferencias individuales. Además estás relaciones deben reflejar un "perfecto conocimiento" que elimine el riesgo de que la violencia estructural convierta a una de las partes en "esclavos felices". Cuando un conflicto queda resuelto la situación se mantiene ya que las partes están satisfechas

  • TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

El derecho a la tutela judicial efectiva es la posibilidad de reclamar a los órganos judiciales la apertura de un proceso para obtener una resolución motivada y argumentada sobre una petición amparada por la ley. Está reconocido en el artículo 24 de la Constitución y significa la prevalencia del fondo sobre la forma, el contenido sobre el continente, de forma que prime siempre el principio "pro actione".

Al hablar de Tutela Jurídica Efectiva, es necesario tomar como punto de partida el concepto de Jurisdicción, ya que la misma es una función potestad reservada por el Estado (elemento constitucional). El uso de su soberanía (elemento político), para ejercerla en forma de servicio público (elemento administrativo) por órgano predeterminados e independientes, para la realización concreta de los intereses peticionados de los ciudadanos con carácter de definitivo y con posibilidad de coacción en un proceso judicial (elemento procesal). Concatenemos esto con los Art. de la CRBV 26;49;253.

  • PODER PÚBLICO NACIONAL DE VENEZUELA

El Poder Público Nacional está dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral los cuales tienen funciones distintas.

Estructura del Poder Público Nacional

Poder Legislativo: es unicameral y reside en la Asamblea Nacional, siendo la encargada de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, además de las que rigen en el Distrito Capital, las Dependencias y los Territorios Federales. Además le está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 167 diputados que sirven por cinco años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional. El número de diputados puede variar según el aumento de la población. Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que éste se convierta en ley, pero el presidente tiene poder de veto. En ese caso, la Asamblea Nacional reconsidera el proyecto de ley. El Presidente y los Vicepresidentes de la Asamblea la promulgarán, el proyecto de ley se convierte en ley, aún sin la firma del Presidente de República.

Poder Ejecutivo: es ejercido por el Presidente de la República, Vicepresidente o Vicepresidenta Ejecutivo, Ministros o Ministras y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación. El Presidente de la República es el Jefe del Estado y del Poder Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción de gobierno. También es elegido de forma democrática por un periodo de 6 años, y puede ser reelegido indefinidamente.

Poder Judicial: es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley, constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, los órganos de investigación penal, los auxiliares y funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia y los abogados autorizados por el ejercicio.

Poder Ciudadano: es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela; las funciones de sus cargos son: prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.

El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa. A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará una partida anual variable. (Art. 274 CRBV). Este poder está constituido por los siguientes organismos: Defensoría del Pueblo, Ministerio Público y Contraloría General de la República.

Poder Electoral: Es una de las ramas autónomas del Poder Público Nacional, este poder está constituido por el siguiente organismo: Consejo Nacional Electoral (CNE).

Poder Judicial

Es el poder encargado de administrar justicia, ordena concretamente el poder judicial, le corresponde conocer de las causas y asuntos civiles, mercantiles, penales, del trabajo, de menores, militares, políticos y fiscales, sin distingo de las personas que intervengan en ellos; decidirlos definitivamente y ejecutar o hacer ejecutar las sentencias que dictare, la justicia se administra en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela.

El Poder judicial es un poder del Estado que, de conformidad con el ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos.

Por "Poder", en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad y autonomía.

ESTRUCTURA DEL PODER JUDICIAL DE VENEZUELA

El Poder Judicial de Venezuela es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales que se subdividen en Tribunales de Jurisdicción ordinaria: Las Cortes de Apelaciones, Tribunales Superiores, Tribunales de Primera Instancia y Tribunales de Municipio, y especial como la Corte Marcial, esto se fundamenta en la Constitución de la República, en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

FUNCIONAMIENTO DE LOS DIFERENTES ÓRGANOS QUE FORMAN EL PODER JUDICIAL EN TODAS SUS ACTUACIONES

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es el máximo órgano del sistema judicial de Venezuela. Como tal, El Tribunal Supremo es la cabeza del Poder Judicial de la República Bolivariana de Venezuela, sustituyendo en 1999 a la Corte Suprema de Justicia. Es el máximo tribunal de Venezuela. Está formado por 32 Magistrados, el Magistrado presidente de la Sala Constitucional también preside el Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo de Justicia, está conformado por 7 salas o instancias las cuales se dividen el trabajo según su competencia, estas salas son: Sala Plena, Sala Constitucional, Sala Político-administrativa, Sala Electoral, Sala de Casación Civil, Sala de Casación Social, Sala de Casación Penal. Sus miembros son elegidos por la Asamblea Nacional, por un periodo de 12 años, sin derecho a reelección.

  • Sala constitucional: Que maneja todo lo que sea inconstitucional. Está por encima de la ley.

  • Sala político administrativa: Que es donde se maneja el contencioso administrativo.

  • Sala electoral: Donde se maneja todos los asuntos electorales del país. Cuando se habla de electorales no es solamente la parte del CNE es de los sindicatos, es la de todos organismos que tenga elecciones.

  • Sala de casación civil: Que maneja todo lo que sea civil y mercantil en última instancia.

  • Sala penal: La cual maneja todos los asuntos de materia penal.

  • Sala de casación social: Maneja la materia laboral.

Atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia

Le corresponde defender el orden establecido por la Constitución de Venezuela, mantener el equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta.

  • Corresponde al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial, la inspección y vigilancia de los tribunales de la República y de las Defensorías Públicas. Igualmente, le corresponde la elaboración de su propio presupuesto y del presupuesto del Poder Judicial.

  • Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Presidente de la República, y en caso de ser afirmativo, continuar conociendo la causa, con previa autorización de la Asamblea Nacional, hasta sentencia definitiva.

  • Declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Vicepresidente Ejecutivo, Diputados de la Asamblea Nacional o del propio Tribunal Supremo de Justicia, los Ministros, del Procurador General, del Fiscal General, del Contralor General de República, del Defensor del Pueblo, los Gobernadores, oficiales o almirantes de la Fuerza Armada Nacional, Diplomáticos de la República, y en caso afirmativo, remitir los autos al Fiscal General; y si el delito fuere común se continuará conociendo de la causa hasta la sentencia definitiva.

  • Dirimir las controversias administrativas que se susciten entre la República, algún Estado, Municipio u otro ente público.

  • Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos del Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.

  • Conocer de los recursos de interpretación sobre el contenido y alcance de los textos legales, y en los términos contemplados en la ley.

  • Dirimir los conflictos de competencia entre tribunales, sean ordinarios o especiales, cuando no exista otro tribunal superior o común a ellos en el orden jerárquico.

  • Conocer del recurso de casación.

  • Las demás que establezca la ley.

Magistrados: Cada sala está conformada por 5 Magistrados o Jueces principales a excepción de la Sala Constitucional la cual está compuesta por 7 magistrados y el Tribunal Supremo de Justicia en pleno el cual reúne a los 32 magistrados de todas las salas.

Los magistrados son elegidos por la Asamblea Nacional, la ley determina el proceso de elección, también pueden ser removidos por ella mediante una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, previa audiencia al interesado, en caso de faltas graves ya calificadas por el Poder Ciudadano. Equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta.

Requisitos para ser Magistrado

  • Tener nacionalidad venezolana por nacimiento y no poseer otra nacionalidad.

  • Ser ciudadano o ciudadana de reconocida honorabilidad.

  • Ser jurista de reconocida competencia, gozar de buena reputación, haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince años y tener título universitario en materia jurídica; o haber sido profesor universitario titular durante un mínimo de quince años; o ser o haber sido Juez superior en la especialidad correspondiente a la Sala para la cual se postula, con un mínimo de quince años en el ejercicio de la carrera judicial, y de reconocido prestigio en el desempeño de sus funciones.

  • Los demás que establezca la ley.

Funcionamiento

El Tribunal Supremo con una Sala Plena que está integrada por los Magistrados de todas las Salas, y una Junta Directiva cuyos miembros presidirán las respectivas Salas. La Sala Plena tendrá un Secretario y un Alguacil. La Junta Directiva del Tribunal Supremo y de cada una de sus Salas duraran dos años en sus funciones y podrán ser reelegidos, por un periodo igual.

CORTE DE APELACIONES Y TRIBUNALES SUPERIORES

Son los tribunales de máxima jerarquía en el poder judicial venezolano, solo con excepción del Tribunal Supremo de Justicia, Las cortes de Apelaciones, se encuentran únicamente en materia penal, mientras que los tribunales superiores, se encuentran en el resto de las ramas del derecho, aunque estos, esencialmente cumplen la misma función. Estos tribunales, están distribuidos en todo el país y asignados a ciertas zonas geográficas denominadas circunscripciones judiciales. En la actualidad, existen 24 circunscripciones judiciales, que abarcan el territorio de un Estado.

Las Cortes de Apelaciones y los Tribunales Superiores, se encargan de conocer todos aquellos recursos establecidos en las diferentes leyes venezolanas, con la sola excepción del recurso de casación, el cual es competencia exclusiva del Tribunal Supremo de Justicia, estos tribunales, corrigen a los tribunales de primera instancia, o su inmediato inferior, ratifica sus decisiones o las anula, los insta y les ordena a cumplir o hacer cumplir ciertas reglas, al igual que conocen y deciden acerca de las inhibiciones, recusaciones, revisiones, Amparos Constitucionales presentados por las partes en el proceso como tal.

TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA

Se dividen en lo civil, mercantil, del trabajo, penal, etc. O pueden acumular varias de estas jurisdicciones inclusive las especiales, como ocurre en algunos estados, por la escasa densidad de población, u otras circunstancias.

JUZGADOS DE MUNICIPIO

Los primeros, funcionan en la cabecera de cada Municipio y tiene una competencia determinada en la Ley, los departamentos funcionan, en la cabecera de departamentos. Deben observarse que la nueva ley orgánica de régimen municipal, establece la casi total desaparición de los distritos, los cuales son sustituidos por los municipios.

LA CORTE MARCIAL

Funcionará en la Capital de la República, tendrá jurisdicción sobre todo el territorio nacional y deberá estar compuesta de cinco miembros principales y diez suplentes, los que durarán en sus funciones por todo el tiempo del período constitucional.

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA:

Es el órgano encargado de la administración del Poder Judicial.

JURISDICCIÓN DE CORTES INTERNACIONALES EN VENEZUELA:

La Magistrada Presidente del Tribunal Supremo de Justicia Luisa Estella Morales aseguró que la Constitución de Venezuela de 1999 está "por encima" de tratados internacionales ratificados, y por tanto órdenes basadas en la aplicación de los mismos, provenientes de tribunales internacionales, "no son vinculantes" en Venezuela.

Principios que rigen el funcionamiento de los órganos que forman el Poder Judicial

CLASES DE ÓRGANOS JURISDICCIONALES

Existen varias clasificaciones dependiendo de la estructura interna, de la medida del poder que ejercen los Tribunales, según el grado de jurisdicción.

1.- SEGÚN LA ESTRUCTURA INTERNA:

  • Tribunales Colegiados: Son los que están integrados por varios jueces, tales como el Tribunal Supremo de Justicia, donde las Salas están conformadas por varios Magistrados, la Corte Marcial, Corte Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, etc.

  • Tribunales Unipersonales: Son todos aquellos tribunales del país tales como los Juzgados Superiores, de Primera Instancia, de Municipio, etc. En la actualidad en Caracas, existen doce tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Familia del Área Metropolitana de Caracas. Existen igualmente veinticinco Tribunales de Municipio y diez Tribunales Ejecutores en Materia Civil.

2.- SEGÚN LA MEDIDA DEL PODER QUE EJERCEN LOS TRIBUNALES:

  • Tribunales Ordinarios: Son los que ejercen la jurisdicción en materia civil, mercantil y penal. En principio deben conocer todas aquellas causas de tipo civil, mercantil y penal.

  • Tribunales Especiales: Son aquellos cuyos conocimientos de causas están limitadas a cierto tipo de controversias, tales como asuntos mercantiles, de protección al niño y al adolescente, laborales, agrarios, entre otros.

  • Tribunales Contenciosos-Administrativos: Son aquellos Tribunales que ejercen la jurisdicción en los asuntos relacionados con las controversias frente al Poder Público Nacional, Estadal o Municipal y los particulares.

3.- SEGÚN EL GRADO DE JURISDICCIÓN:

  • Tribunales Superiores o de alzada

  • Tribunales Inferiores o de primer grado

Conclusión

El Estado es una organización social constituida por un grupo de individuos establecidos sobre un territorio determinado y sujetos a la autoridad de un mismo gobierno.

Las funciones esenciales del Estado Social coinciden el Estado de Derecho, los pactos, tratados y convenios suscritos por Venezuela. Su finalidad radica en crear, conservar y comprometerse a materializar esos derechos para satisfacer las demandas y necesidades de sus habitantes para lograr el bienestar general.

El derecho a la tutela judicial efectiva es la posibilidad de reclamar a los órganos judiciales la apertura de un proceso para obtener una resolución motivada y argumentada sobre una petición amparada por la ley.

El Poder Público Nacional está dividido en 5 poderes los cuales son: El poder legislativo, el poder ejecutivo, el poder judicial, el poder ciudadano y el poder electoral los cuales tienen funciones distintas.

El Poder judicial es un poder del Estado que, de conformidad con el ordenamiento jurídico, es el encargado de administrar justicia en la sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos.

El Poder Judicial de Venezuela es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia y otros tribunales que se subdividen en Tribunales de Jurisdicción ordinaria: Las Cortes de Apelaciones, Tribunales Superiores, Tribunales de Primera Instancia y Tribunales de Municipio, y especial como la Corte Marcial.

Bibliografía

http://doctrina.vlex.com.ve/vid/organizacion-judicial-venezolana-tribunales-212796597

http://es.wikipedia.org/wiki/Estado

http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_Judicial

http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_Judicial_de_Venezuela

http://es.wikipedia.org/wiki/Poder_P%C3%BAblico_Nacional_(Venezuela)

http://es.wikipedia.org/wiki/Resoluci%C3%B3n_de_conflictos

http://es.wikipedia.org/wiki/Resoluci%C3%B3n_de_conflictos

http://es.wikipedia.org/wiki/Tribunal_Supremo_de_Justicia_de_Venezuela

http://jnblanco.blogspot.es/i2008-03/

http://jvictorhp.blogspot.com/2011/03/estado-y-resolucion-de-conflictos.html

http://profesionalesdevzla.mforos.com/1465565/7844203-tutela-judicial-efectiva/

http://www.definicionlegal.com/definicionde/Tutelajudicialefectiva.htm

http://www.monografias.com/trabajos41/estado-y-conflictos/estado-y-conflictos2

 

 

Autor:

Maria de los A. Pérez