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El delincuente y sus jueces desde el punto de vista psicoanalítico (página 2)

Enviado por carmen andreu


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Así, con el fin de que las sentencias no dependieran de las opiniones personales de los jueces, antes de que la Psicología se constituyera como disciplina científica y permitiera el estudio de cada caso con un método psicológico individual, los legisladores trataron de corregir los defectos del sistema de la mejor manera posible, para lo que introdujeron los siguientes principios en la justicia penal:

  • Determinación de tipos casuísticos "Tendencia pseudoexacta de la jurisprudencia".

  • Establecimiento de Tribunales profanos en Derecho (jurados o escabinos), reconociendo la imposibilidad de un enjuiciamiento objetivo y pseudoexacto, con la consiguiente readmisión de la Psicología, en forma de juicio por jurados, según el sentido común.

  • Participación de los peritos médicos en el proceso, vía ensayo, acudiendo a la llamada Psicología científica o Psiquiatría.

Los tres principios han fracasado.

El primero por lo abstracto y casuístico de los tipos penales que ha conseguido que la justicia cotidiana se convierta en una tarea hermética del juez, alejada de la comprensión del hombre normal.

El segundo, que trata de mitigar el divorcio entre la jurisprudencia y la vida, porque a pesar del progreso que representa, ya que ha de juzgar fundándose en la comprensión psicológica, no ha sido capaz de mostrar un camino lo suficientemente hábil para salvar la crisis de la justicia.

El diagnóstico psicológico, no implantado, más que a modo de ensayo, como hemos visto, mediante la intervención de peritos médicos en el proceso, es el único fundamento fiel para la elección del tratamiento penal, con independencia de la postura que se mantenga sobre la pena y las medidas que se deben adoptar para el agente, y a pesar de que ésta sea crítica; si algo hay que hacer con el criminal, el qué depende del juicio psicológico que se extraiga del caso concreto.

En el III capítulo "El papel de la Psicología en el enjuiciamiento del agente" afirman que la elaboración de toda sentencia penal requiere Psicología.

El progreso del Derecho penal consiste en ir haciendo elásticas las normas objetivas, con Liszt "no es el hecho, sino el malhechor el que tiene que ser castigado" se inicia la evolución hacia una Psicología diferente, la que se aplica no se encamina al conocimiento de la personalidad individual, da razón de experimentos psicológicos generales, casi siempre abstractos. Es con el Psicoanálisis con el que surge la Psicología del individuo, que nos puede conducir a la comprensión íntegra de las acciones de los delincuentes.

El Psicoanálisis muestra cómo puede ser querida y odiada la misma persona, inconscientemente, al mismo tiempo.

Las acciones humanas están siempre motivadas de diversas maneras y los distintos móviles son contradictorios muchas veces, por lo que puede darse el caso de que un delito tenga móviles inconscientes no criminales o que surja un hecho lícito de un motivo antisocial.

Por la misma razón, la acción criminal tiene diversos móviles, la mayor parte de ellos desconocidos para el agente y, sólo el conocimiento de la totalidad de los mismos, puede facilitar la plena comprensión del acto.

Propugnan la admisión del Psicoanálisis en el foro, al considerarla como ciencia exacta y estiman insuficiente, por superficial, la Psicología criminal, aunque algunos autores abarcan además del estudio de la inteligencia, el de la vida emocional, más importante para las acciones, delictivas y no delictivas.

En el capítulo IV "La criminalidad como fenómeno general humano" destacan la normalidad del criminal, la mayor parte de ellos son semejantes, desde el punto de vista somático, a los hombres normales, también en cuanto a su constitución anímica, estudiada superficialmente. Las diferencias se encuentran en el desenvolvimiento de la propia vida.

Todo hombre es innatamente un inadaptado, un criminal, y conserva esta tendencia durante los primeros años de su vida.

La única diferencia que hay entre el delincuente y el hombre normal consiste en que éste desvía sus instintos criminales hacia fines inocuos, adquiriéndose éste dominio y ésta desviación permanente de las tendencias primitivamente antisociales, en el transcurso de la educación.

Una parte de los criminales se caracteriza por la tensión excesiva que en ellos existe entre las exigencias sociales y las del instinto, demostrando que los modelos educativos no se han fundido orgánicamente con el Yo y se oponen a éste como a un extraño. Son los neuróticos.

Otra parte no demuestra esta desviación con la norma recibida, poseen un Superyó criminal, se han adaptado a las personas adultas delincuentes que les rodean y a sus modelos criminales, se identifican con una sociedad criminal.

Este tipo criminal, muy extendido, no se diferencia ni siquiera en su estructura psicológica del hombre honrado normal, con la particularidad de que se han adaptado a la parte más baja de la sociedad. Cualquiera de ellos, podría llegar, fuera del medio criminal en que vive, a una adaptación social perfecta. Son los normales.

El último grupo lo constituyen aquellos con un desarrollo retrasado por causas somáticas o patológicas.

A estos tres tipos de delincuentes, proclives al crimen por disposición personal (somática o psíquica) los llaman "crónicos" para diferenciarlos de los "agudos", aquellos que delinquen por encontrarse en condiciones tales que cualquiera en su situación delinquiría. Estos últimos tienen una gran transcendencia para los Tribunales, ya que el tratamiento penal no puede servir para la adaptación ni para la intimidación.

En el capítulo V "La teoría psicoanalítica de la formación neurótica de los síntomas como fundamento de la psicología criminal" advierten que la neurosis representa una concatenación de las tendencias antisociales del hombre civilizado, desviadas al terreno psíquico, representando en su contenido psicológico y en su estructura la reproducción fiel de la justicia penal de los tiempos primitivos.

Delito y pena forman parte de toda psiconeurosis.

El síntoma neurótico, tanto el síntoma corporal de la conversión (enfermedades) como las perturbaciones puramente anímicas, obtienen sentido al desentrañar los móviles inconscientes de los que son encarnación; es el producto de deseos reprimidos, ajenos a la personalidad consciente y condenados por ésta.

Una de las importantes conquistas del Psicoanálisis fue lograr el conocimiento del contenido inconsciente y asocial de los síntomas, describiéndolos como tendencias sexuales infantiles y agresiones contra los miembros de la familia, en primer lugar, los padres.

El complejo de Edipo constituye el contenido inconsciente de todos los síntomas y sueños neuróticos, las investigaciones demuestran que todos los contenidos anímicos que el hombre reprime en su vida posterior, están relacionados con la situación de Edipo.

Inicialmente las investigaciones consideraron el Yo y la vida instintiva, o lo consciente y lo inconsciente, como dos polos opuestos de la personalidad.

Pronto se aclaró que el Yo y lo consciente no eran idénticos, ya que el síntoma no sólo representa el disfraz de un deseo ajeno al Yo (consciente), contiene también un elemento moral, una especie de autocastigo, surgiendo la necesidad de castigarse, (inconsciente) ligada estrechamente al Superyó o parte moral y social del Yo.

La satisfacción de deseos prohibidos, aún en su forma disfrazada de síntomas, provoca la angustia en el Superyó, la misma que de niño se siente ante los educadores, de mayor se tiene ante la propia conciencia; la necesidad de expiación (delito-pena) es la consecuencia de esta angustia inconsciente. Lo que no significa nada más que otro paso, ya que los autocastigos y sufrimientos levantan la angustia impeditiva que existe sobre la conciencia y abren el camino, como patente de corso, a la satisfacción de nuevos deseos prohibidos.

La consecuencia, para este tipo de criminales, es que la caridad (Víctor Hugo en "Los miserables") es un medio preventivo más eficaz que la pena, ya que esta purga al criminal, destruyendo sus impedimentos morales, pero la caridad levanta en los mismos la fuerza impeditiva del Superyó, bastante riguroso, evitando la patente de corso referida.

En el capítulo VI "La pregunta sobre la responsabilidad del procesado y el papel de los peritos médicos ante los tribunales" parten del concepto de responsabilidad puramente psicológico.

La concepción psicoanalítica considera que las acciones humanas están determinadas por móviles conscientes e inconscientes, por lo que el libre albedrío no es más que un deseo narcisista de que el Superyó domine ilimitadamente el aparato anímico del hombre.

Desde este punto de vista psicológico, no moral ni filosófico, el Yo, el Superyó y el Ello, son coeficaces respecto de los otros en todas las acciones humanas; en las personas sanas, las acciones se desenvuelven sometiendo los impulsos dinámicos del Ello a los móviles prevalecientes del Yo, porque el Yo y el Superyó forman un sistema unitario. En los estados patológicos, la influencia del Yo consciente sobre las acciones es menor frente a los móviles inconscientes impulsivos.

Para el tratamiento del delincuente es decisivo comprobar la participación del Yo consciente, supuesto en el que es responsable.

Sólo cabe esperar un efecto duradero sobre las partes inconscientes de la personalidad, a través de la educación en los jóvenes, y el tratamiento psicoanalítico, en los adultos.

Los Códigos Penales y Proyectos de los mismos, al regular la responsabilidad del delincuente ignoran por completo el inconsciente, por lo que no son viables a la luz de la ciencia psicoanalítica.

La reforma del Derecho penal ha de reconocer la eficacia de los móviles inconscientes, sólo a partir de ese punto podrá sustituirse, en muchos casos, la pena por medidas curativas y de educación.

En el capítulo VII "El grado de participación del Yo en los diferentes acontecimientos anímicos y en el delito" destacan el sueño como la más inmediata fuente de conocimiento para la investigación de la criminalidad inconsciente.

Hacen el Psicoanálisis de un sueño con un contenido criminal disfrazado: Se trata de una persona madura con carácter especialmente bondadoso que tuvo el siguiente sueño: "Iba de paseo con un jefe del ejército ruso, cuando advirtió que su acompañante era el Zar en persona. De pronto, apareció un extraño que sacó un puñal, intentando dar muerte al soberano. Nuestro sujeto quiso interponerse para salvarlo; pero no tuvo tiempo de impedir que el desconocido matase al Monarca".

La técnica psicoanalítica consiste en descomponer el sueño en partes aisladas y pedir al sujeto que diga, espontáneamente, lo que le sugieran.

Respecto al Zar: se le llamaba "padrecito".

Respecto al jefe del ejército ruso: declara haber disparado en la guerra contra los rusos, se extraña de haber sido capaz de semejante crueldad.

Respecto del extraño: no se le ocurre nada, dice que le es desconocido; se le sugiere que pueda ser él mismo, lo que rehúsa, diciendo que él lo que quería era salvar al Zar y no asesinarlo.

Podría haber sido el autor soberano de su sueño, representando con éxito el intento de salvación, si su propósito hubiera sido serio.

Empleó, despierto, el mismo mecanismo de ocultación que en el sueño, subrayando el gesto hipócrita de haber intentado salvar a la víctima.

Ha utilizado dos procedimientos para esconder su tendencia criminal:

1.- Una parte de sí mismo se ha representado por un extraño (proyección), dando así cierta satisfacción a la verdad. La idea de dar muerte a alguien es una idea extraña a su Yo moral, pero en la situación especial de la guerra era excusable y la ejecutó.

2.- Ha escondido ésa idea, con el gesto de intentar salvar a la víctima, lo que le sirve para apaciguar al Superyó y poder representarse, sin remordimientos, el asesinato.

Pero no era un asesinato común, era un parricidio; niega el agente su papel de actor y al no ser suficiente y para cubrirse de cualquier sospecha , substituye al padre por el enemigo anterior (substitución), pudiendo así atravesar el sueño la censura del Superyó, a pesar de ser, sin duda, la representación de un asesinato.

Por lo que sueño como el síntoma neurótico, es un escape psíquico de tendencias asociales reprimidas.

El criminal neurótico se encuentra bajo el fuerte influjo de móviles inconscientes, se identifica sólo parcialmente con el Ello, tiene más tendencia a identificarse con el Superyó, una parte de su personalidad está del lado de la sociedad.

El criminal normal tiene toda su personalidad consciente al lado del hecho delictivo y está enfrentado con las exigencias sociales de la convivencia.

El individuo no criminal, que en cierta situación especial reacciona criminalmente, tiene una participación activa del Yo en el hecho, no menor que la del delincuente normal.

Por lo que concluyen afirmando que todos los hombres tienen un gran depósito de tendencias disociales y delictivas y que es común a todos la inclinación a liberarse de dichas tendencias. La diferencia está en la medida en que puede relajarse la dependencia del Yo respecto del Superyó.

En el capítulo VIII "Mecanismos psíquicos generales de la criminalidad" tras afirmar que un acto criminal se produce, prescindiendo de las acciones de los delincuentes normales, porque la dependencia del Yo respecto del Superyó impeditivo se debilita y deja que sus tendencias instintivas ayuden hacia la motilidad a las tendencias del Ello, destacan algunos elementos comunes a los distintos sucesos psíquicos que desembocan o pueden desembocar, en actos criminales.

Uno de ellos es el dolor, que puede ser: sufrido realmente; buscado con intención inconsciente (mecanismo neurótico) y representado y vivido fantásticamente (mecanismo psicótico).

Otro es la racionalización, es otra forma de ganar al Yo para cometer un hecho antisocial, entendida desde el Psicoanálisis como la elección arbitraria de un motivo suficiente ante el yo para el hecho, que obedece, también, a otros móviles no captados por el Yo, esas tendencias inconscientes extrañas al Yo pueden permanecer en la sombra, porque el hecho ya está bastante fundamentado por la motivación que la consciencia ha percibido.

Supuesto del snob racionalizando su impulso de llamar la atención para ser admirado, con el pretexto de servir a los intereses de la cultura, mucho menos trascendentes que las tendencias exhibicionistas ajenas al Yo y que no quiere aceptar ante sí mismo. En el terreno de la criminalidad, es frecuente en algunos delincuentes políticos, que se construyen una teoría política, para poder dar cauce a sus tendencias parricidas, sublimadas, sin remordimientos.

En el capítulo IX "El criminal neurótico" describen al grupo más importante desde el punto de vista criminológico: los criminales por sentimiento de culpabilidad ("Algunos tipos de carácter según el trabajo psicoanalítico" Freud, 1915).

Tienen una conciencia de especial rigor, sufren más ante su propia exigencia moral que ante los tribunales, la pena significa una ventaja moral, apacigua su sentimiento de culpabilidad. El delito representa, en estos casos, la combinación de dos mecanismos: el escondimiento y el autocastigo.

En el carácter del neurótico existe una lucha trágica del individuo contra la sociedad; unos se alzan contra la coacción social, delinquiendo, y otros más benignos, son los excéntricos, quienes salvan su individualidad en su vida privada, haciendo cosas raras, como batir récords, los jugadores, los tenorios.; por lo que el criminal neurótico es un caso particular del carácter neurótico, cuyo actuar instintivo se enreda en las leyes penales.

El criminal neurótico es un enfermo de psiconeurosis, curable como tal, por lo que puede ser tratado médicamente. Sufre por la salud demasiado joven de su vida instintiva, por un primitivismo que no puede soportar su propio Superyó, ni la sociedad que le rodea. No obstante, su actuación socialmente lesiva se produce bajo el influjo de móviles inconscientes, excluidos del imperio de su voluntad, por lo que su castigo carece de sentido, cualquiera que sea la significación de la pena.

En el capítulo X "Perversión y crimen" mantienen que las mismas consideraciones psicológicas que exigen un enjuiciamiento especial para el delincuente neurótico, lo exigen para el pervertido, ya que la base de la responsabilidad criminal es la voluntad consciente del sujeto,

Las perversiones puras son imposibles de corregir, no sufren el influjo de la parte responsable del sujeto, por lo que su prohibición sólo tiene sentido si se trata de perversiones nocivas para la sociedad, el resto deben ser consideradas como asuntos privados.

El complejo de Edipo tiene una significación central en la Psicogénesis de las perversiones, que implican una desviación regresiva hacia los instintos pregenitales.

La educación consistente en reprimir los instintos sexuales haciendo del niño una persona mendaz e hipócrita, es el factor más decisivo de la etiología de las perversiones; es la educación la culpable de la perversión, no el niño. Por ello resulta inadmisible para el sentimiento de justicia castigar al pervertido que no he hecho nada más que convertirse en víctima de las falsas exigencias de la sociedad.

Si es cierto que, según Liszt "todos los delincuentes son víctimas del medio y de la educación", en el supuesto de la delincuencia corriente, la voluntad cponsciente participa en el hecho y se deja influir, pero en el caso del delincuente perverso, no puede cambiar los instintos sexuales perversos.

En el capítulo XI "El diagnóstico criminal psicoanalítico" presentan el siguiente esquema, resultado de un diagnóstico criminal basado en el grado de participación del Yo consciente y del Yo inconsciente, en el hecho:

I.- Criminalidad crónica:

– acciones criminales por causas tóxicas o acontecimientos orgánico-patológicos, en los que el grado de participación del Yo en la acción puede llegar a ser nulo. Pertenece al dominio médico.

– acciones criminales condicionadas neuróticamente, en las que el Yo es ganado para la ejecución del hecho. Son competencia del terapeuta psicoanalista.

– acciones criminales de delincuentes normales no neuróticos con un Superyó criminal, en las que su personalidad se identifica totalmente con la acción. El problema es más de índole pedagógica.

– el criminal genuino, caso límite de hombre sin Superyó, cuya existencia real es cuestionable.

II.- Criminalidad accidental:

delitos por equivocación, cuando el Yo tiene la atención en otra cosa distinta (culpa o negligencia)

– delitos de situación, cuando el choque afectivo provoca una reacción criminal, por quedar anulado el poder impeditivo del superyó.

Si bien será necesaria la reclusión de determinados delincuentes crónicos, durante un tiempo, el castigo en el supuesto del delincuente accidental, carece de sentido, bastando, en cualquier caso, la indemnización civil (multa) y el trabajo obligatorio para indemnizar el hecho.

TENTATIVA DE HOMICIDIO DE UN NEURÓTICO A LA LUZ DEL PSICOANÁLISIS

Una noche de invierno, alquilaron un cuarto en un hotel, por horas, en Berlín, Carlos, de veinticinco años de edad, y su amante, sirvienta de profesión. Cuando ambos se encontraban solos, Carlos disparó un tiro de revólver sobre ella, hiriéndola en el cráneo, y sufrió un desvanecimiento, por lo que pidió ayuda. La policía lo detuvo.

Resultó que los amantes habían decidido suicidarse juntos, reuniéndose aquella noche para este fin, escribiendo cartas de despedida y recorrido bares y establecimientos, antes. El arma se compró con dinero de ella. En el trance del suicidio, después de disparar Carlos sobre ella, no tuvo valor para dispararse él y prefirió entregarse a las autoridades.

La amante quedó tuerta de resultas del disparo.

La solución jurídica del caso, conforme al CP alemán, es la siguiente: el homicidio ejecutado a ruego de la víctima se castiga con pena privativa de libertad no inferior a tres años, la tentativa queda impune, pero si resultan lesiones graves, según la jurisprudencia, la pena es de dos a diez años.

El hecho no tenía móviles manifiestos.

Carlos era joven, sano, aficionado al alcohol y a las mujeres, su madre había muerto siendo él pequeño, su padre fue oficial y estuvo en el frente durante la guerra; Carlos tomó parte en la guerra siendo muy joven, su formación fue escasa y posteriormente la mayor parte del tiempo estaba sin empleo.

La amante, descendiente de buena familia de pequeños burgueses provincianos, estaba al servicio de una familia acomodada y estaba prometida con un paisano con el que los padres querían casarla.

Carlos lo sabía y lo aceptaba, hasta que se perturbó el equilibrio entre los dos.

Un día ella le dijo que sería mejor casarse con el novio y que él podría ser el "amigo de la casa", lo que fue descartado por Carlos produciéndole una fuerte depresión con anuncios de suicidio, por lo que le ruega a ella que le acompañe a morir; ella, también muy desgraciada, acepta y deciden el doble suicidio.

La expresión "amigo de la casa" significa desde el Psicoanálisis, un delito de Edipo realizado, un tercero sin derecho a ello, posee ilícitamente a una mujer que pertenece a otro, es lo que el niño desea en su complejo y es lo que representa esta situación para Carlos, cuya madre murió joven y con quien la amante sostenía una relación en parte maternal, ya que ella era la que se hacía cargo de todo, convidaba y proporcionaba beneficios a la relación.

El inconsciente deseo incestuoso no le era soportable, por lo que decisión de matarla y suicidarse era el intento de resolver, de una manera explosiva, cortándolo, el estado de tensión.

Esta muerte significa a un tiempo el autocastigo y la satisfacción de deseos eróticos. La expresión "unidos por la muerte", muestra la acentuación erótica de la idea de la muerte común, haciendo posible el desencadenamiento del impulso incestuoso, ya que la pena capital dictada contra sí mismo, apacigua todo sentimiento de culpabilidad.

La propuesta de casarse con su novio pudo desencadenar una depresión, en Carlos, porque suponía el triunfo del modelo paterno, por lo que la resolución de matarla significa un intento de robar la mujer al padre. Se dan pues los dos componentes de la situación de Edipo: quitar la mujer al padre y unirse a ella.

El suicidio se refiere al deseo de Edipo llevado al extremo: matándose, mata al padre con el cual se ha identificado, identificación respecto de la mujer. El hombre dueño de la madre, debe morir. Significa la supresión del Superyó, y al mismo tiempo del padre, en él inmiscuido, de donde emanan los sentimientos de culpabilidad, que se callarán con su suicidio.

Finalmente triunfa el impulso de la propia conservación, se reconcilia con su padre, con quien, suprimida la madre-amante, podrá vivir tranquilamente.

Los sentimientos más fuertes de Carlos eran el remordimiento ante el padre y su fijación homosexual inconsciente respecto del mismo. Por lo que renuncia a su deseo incestuoso de morir unido a su amante, refugiándose en su comportamiento pasivo homosexual respecto de su padre. Conducta que significa la satisfacción al revés del complejo de Edipo, es decir, la unión homosexual con el padre.

Carlos es un criminal neurótico que no puede darse cuenta de su Yo consciente en el hecho, por lo que su tratamiento corresponde al Psicoanálisis, para resolver su complejo de Edipo no superado.

ÍNDICE DE CONTENIDOS DEL LIBRO

Al Prólogo de la edición alemana e Introducción hay que añadir dos partes con los siguientes contenidos:

Primera parte

La teoría del delito

  • I. La lucha por el Derecho

  • II. La crisis de la justicia oficial en nuestros días.

  • III. El papel de la Psicología en el enjuiciamiento del agente.

  • IV. La criminalidad como fenómeno general humano.

  • V. La teoría psicoanalítica de la formación neurótica de los síntomas como fundamento de la Psicología criminal.

  • VI. La pregunta sobre la responsabilidad del procesado y el papel de los peritos médicos ante los tribunales.

  • VII. El grado de participación del YO en los diferentes acontecimientos anímicos y en el delito.

  • VIII. Mecanismos psíquicos generales de la criminalidad.

  • IX. El criminal neurótico.

  • X. Perversión y crimen.

  • XI. El diagnóstico criminal psicoanalítico.

Segunda parte

Algunos casos criminales a la luz del psicoanálisis.

  • I. Previas advertencias metodológicas.

  • II. Un delincuente por sentimiento de culpabilidad.

  • III. Tentativa de homicidio de un neurótico.

  • IV. Economía anímica del caso de madame Léfebvre.

Apéndice

Algunas notas sobre el ius puniendi

 

 

 

Autor:

Carmen Andréu Arnalte

Valencia, 30 de noviembre de 2008

Partes: 1, 2
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